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Ministerio de Defensa trabaja en regulación para control de armas

Regulaciones y polémica. El Ministerio recordó que el Código Orgánico Integral Penal sanciona con pena privativa de la libertad de 3 a 5 años a las personas que tengan o utilicen un arma de fuego sin la autorización de las autoridades.

El Ministerio de Defensa informó ayer que ya trabaja en la regulación de control de armas luego de que el presidente Guillermo Lasso autorizara la tenencia y porte de las mismas de uso civil para defensa personal bajo estrictos requisitos, entre otras medidas para combatir la inseguridad en el país.

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En un comunicado, el Ministerio puntualizó que la emisión del Decreto Ejecutivo que autoriza la tenencia y porte de armas de uso civil para defensa personal “no implica libertad absoluta para poseer un arma, sino la decisión de hacer cumplir la Ley de Armas vigente”.

Dicha ley establece, de manera clara, que los ciudadanos podrán tener acceso a un arma de fuego tipo pistola o revólver, para su protección, previa autorización del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, recordó.

Con el fin de regular el cumplimiento del decreto, el Ministerio de Defensa Nacional coordina con las restantes instituciones del Estado que forman parte de los protoco- los de control previos al otorgamiento de los permisos de tenencia o de porte de armas para uso particular.

LA CLAVE 1 de abril. El jefe de estado anunció el decreto, entre otras acciones.

El Ministerio recordó que el Código Orgánico Integral Penal sanciona con pena privativa de la libertad de 3 a 5 años a las personas que tengan o utilicen un arma de fuego sin la autorización de las autoridades.

Por ello, el Ministerio de Defensa trabaja en los protocolos imprescindibles para regular la tenencia de armas y el porte respectivo, apuntó al avanzar que cuando termine con la elaboración del acuerdo ministerial, lo dará a conocer y publicará conforme corresponda. METRO/EFE

El feriado de Semana Santa no es recuperable y tiene tres días de descanso: Viernes 7, sábado 8 y domingo 9 de abril. En estos días de asueto también se aplica la reducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 12% al 8% a la prestación de todos los servicios definidos como actividades turísticas. Pero si te toca trabajar, calcula cuánto te deben pagar.

FOTOHISTORIA

Lo que le deben pagar. Según establece el cuarto punto del artículo 55 del Código del Trabajo de Ecuador, “el trabajo que se ejecutare el sábado o el domingo deberá ser pagado con el 100% de recargo”. Esto incluye también a días de descanso como los feriados.

Quiere decir que si una persona trabaja en un feriado deberá cobrar doble por su desempeño que recibe cuando trabaja días ordinarios, de lunes a viernes.

La hora de trabajo se debe multiplicar, el valor de la misma, por dos. Ese resultado que le arroje lo multiplica por 8 (que es de la jornada) y el monto que le de es lo que le debe pagar. / METRO ECUADOR

Empezó el trámite para juicio

foto internet

La Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional abocó conocimiento de la solicitud de juicio político contra el presidente, Guillermo Lasso, acusado por la oposición de peculado en empresas públicas, causa ya admitida por la Corte Constitucional. Según el cronograma, la Comisión tiene 10 días para recibir las pruebas de cargo y descargo, otro periodo similar para evaluarlas y otros 10 días para redactar un informe en el que recomendará continuar o no con el juicio. Ese informe debe ser entregado al presidente de la Asamblea Nacional (Parlamento), Virgilio Saquicela. METRO ECUADOR

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