Documento3ladignidadesmásfuertequelaviolencia

Page 1

El Tercer Expolio y la Reconquista

Seguimiento de empresas transnacionales en Guatemala www.eltercerexpolioylareconquista.blogspot.com memoriagua@yahoo.com Autor: Andrés Cabanas Díaz

Documento número 3 6 de agosto, 2013

Comunidades q´eqchi´versus Hudbay Minerals. La dignidad es más fuerte que la violencia Andrés Cabanas "El 17 de enero de 2007, durante un desalojo violento de tierras, mujeres maya q´eqchi´ de la comunidad Lote Ocho, El Estor, Izabal, fueron violadas sexualmente por guardias de la seguridad privada de la Compañía Guatemalteca de Níquel (CGN), conjuntamente con agentes de la Policía Nacional Civil y el Ejército. El 27 de septiembre de 2009 guardias de la seguridad privada de la CGN dieron muerte a Adolfo Ich y lesionaron a Germán Chub, dejándolo parapléjico, cuando reprimieron a pobladores que protestaban para detener otro desalojo de tierras, en la comunidad Las Nubes. Las víctimas de estos hechos presentaron tres demandas legales en Canadá, buscando justicia y resarcimiento ante la indiferencia e impunidad en el sistema de justicia de Guatemala. Como resultado de las demandas, el 22 de julio de 2013 la Jueza Carole Brown de la Corte de Justicia de Ontario, Canadá, emitió un fallo aceptando que en ese país se juzgue a la empresa HudBay Minerals por los crímenes cometidos en Guatemala por la CGN, que era subsidiaria de HudBay cuando ocurrieron los hechos de violencia".[1]

La denuncia del poder corporativo La admisión de la demanda en Canadá cuestiona uno de los pilares básicos del poder transnacional: la ignorancia de las violaciones de


Documentos El Tercer Expolio y la Reconquista, número 3

Página 2

derechos humanos que cometen empresas subsidiarias de empresas matrices (fundamentalmente del Norte) en cualquier parte del mundo. Esta ignorancia con conocimiento de causa parte de una ficción múltiple: las empresas capitalistas funcionan de manera autónoma y aislada, sin conexiones entre ellas; las empresas en Guatemala no tienen vinculación con las matrices en Canadá u otros lugares; las empresas en Canadá u otros países no pueden hacer nada frente a abusos reiterados contra poblaciones, que incluyen engaños, división de las comunidades, violencia, desalojo. La evidencia demuestra, sin embargo, que estas empresas se interconectan en intereses, ámbitos de trabajo, financiadores, propiedad, formas de operación, etc. y que no solamente son conocedoras, sino que promueven incumplimiento de leyes y hechos de violencia para preservar sus beneficios. La ficción mil veces repetida pretende eludir responsabilidades por graves delitos cometidos y ampara la actual estrategia de despojo, que implica a empresas transnacionales, gobiernos, grupos armados y actores locales. La omisión de responsabilidad (el intento de la misma) se ve favorecida por una estructura corporativa construida sobre la falta de transparencia, el ocultamiento de la propiedad e inversores de la empresa y el aprovechamiento de condiciones institucionales y sociales poco proclives al control de las empresas: Estados e instituciones débiles o inexistentes, legislación de mínimos, concepción de los derechos de las empresas como prevalecientes sobre los derechos sociales y derechos de los pueblos, desconocimiento de los Convenios Internacionales, especialmente el Convenio 169. Hudbay Minerals, la empresa radicada en Canadá demandada por hechos cometidos por su subsidiaria Compañía Guatemalteca del Níquel, argumentó en su defensa esta inexistencia de responsabilidad: "Sedes corporativas no podrían ser responsabilizadas legalmente por daños causados por actos de subsidiarias.[2] Sin embargo, la Jueza Carole Brown determinó que "una reclamación puede ser presentada contra una corporación matriz, por haber fallado al prevenir violaciones de los derechos humanos en una mina, administrada por su subsidiaria radicada en el extranjero" (ibídem).


Documentos El Tercer Expolio y la Reconquista, número 3

Página 3

Así, la resolución del tribunal canadiense apunta a la línea de flotación del poder (y la impunidad) de las empresas transnacionales, al evitar que éstas se "escondan detrás de su estructura corporativa legal para abdicar de su responsabilidad por los abusos de derechos humanos que ocurren en sus operaciones mineras en diversos lugares del mundo" (ibídem).

Patrones de actuación La demanda presentada y admitida (en sí misma, un reconocimiento de la contundencia de las acusaciones contra la empresa, aunque no es una sentencia) revela también un patrón de comportamiento de las empresas transnacionales en Guatemala. Este patrón se fundamenta, entre otros, en: la utilización repetida de la violencia; la vinculación entre cuerpos de seguridad privados y cuerpos de seguridad públicos, en un contexto de conexiones empresaspoderes públicos. En el primer caso, la violencia es instrumento fundamental e inseparable para la expansión de las empresas, no es coyuntural ni accidental. Un modelo de acumulación esencialmente excluyente no puede desarrollarse sin el uso de la fuerza, lo que implica comprender que eventuales espacios de diálogo y negociación son complementarios y funcionales a esta estrategia de violencia, no la sustituyen. La vinculación mencionada en el segundo apartado se refiere a la acción conjunta de fuerzas de seguridad públicas (Estado) y privadas (de las empresas). En El Estor fueron guardias privados, miembros de la Policía Nacional Civil y el Ejército los autores de la violencia sexual: "A finales de 2006 y principios de 2007, policía, militares y fuerzas de seguridad privadas llevaron a cabo un número de desalojos forzosos en estas comunidades reclamadas a HMI Nickel (entonces llamado Skye Resources). En el curso de estos desalojos, fuerzas de seguridad privadas, policía, y militares quemaron cientos de casas, dispararon, robaron mercancías, y por lo menos en una comunidad, violaron en grupo a varias mujeres".[3]


Documentos El Tercer Expolio y la Reconquista, número 3

Página 4

La vinculación Empresas-Estado se evidencia igualmente en la participación de militares, en activo o retirados, en hechos de violencia: el Profesor Adolfo Ich fue asesinado por el jefe de seguridad de la empresa CGN, Mynor Rolando Padilla González, ex teniente coronel. No es un hecho aislado: en Barillas y San José del Golfo, ex militares contratados por las empresas (Juan Roberto Garrido en Barillas, Pablo Silas Orozco en San José del Golfo) ejercen sistemáticas acciones de intimidación.

Omisiones de los Estados y la sociedad La implantación de las empresas, y sobre todo la violencia que ejercen para la acumulación, no es posible sin acciones conscientes, u omisiones calculadas, por parte de los Estados y sociedades de origen de las empresas (el país donde está inscrita la empresa matriz pero también otros países que otorgan fondos públicos o privados para el funcionamiento de la misma). El derecho internacional favorece a las empresas frente a los derechos colectivos. En el marco de la diplomacia comercial, los gobiernos "ponen a disposición de las empresas mecanismos para la internacionalización, exenciones fiscales, créditos blandos y la puesta a disposición de un aparato diplomático que empieza con la monarquía y sigue con ministros, diplomáticos, etc. A ellos les toca abrir mercados y, si hay algún conflicto, negociar directamente con las autoridades locales".[4] En esta lógica, los derechos de las empresas, entre otros el derecho a enriquecerse sin condicionamientos, están por encima de los derechos de los pueblos. En sentido estricto, el actual modelo económico y el accionar de las empresas transnacionales, parte fundamental de este modelo, no pueden desarrollarse sin violación de derechos. Pero la responsabilidad es, además de institucional, social: ciudadanos, movimientos, organizaciones, cuya labor de solidaridad puede ir más allá de la transferencia de fondos que realizan las ONGs tradicionales, de la denuncia –necesaria- de las injusticias existentes en Guatemala, o de la exigencia de controles sociales sobre las empresas. Su labor debe trascender a la investigación de la actuación de las empresas e instituciones (fondos de inversión, fondos de pensiones, cancillería, y otros) y a la concreción de luchas sociales antisistémicas, es decir,


Documentos El Tercer Expolio y la Reconquista, número 3

Página 5

antimodelo y antitransnacionales, en la búsqueda de nuevas formas de vida.

Una demanda histórica Para la organización Derechos en Acción, acompañante de las comunidades q´eqchi´, la demanda sentará precedentes en cuanto a la responsabilidad de las empresas mineras canadienses. Murray Klippenstein, abogado defensor de las demandantes, la considera una "advertencia a las corporaciones". Afirma: "Este caso muestra claramente que se puede demandar a empresas canadienses, ante los Tribunales canadienses, por las atrocidades en contra de los derechos humanos que se cometieron en el curso de las actividades que realizan estas empresas en el extranjero". En el mismo sentido se pronuncian 17 organizaciones sociales de Guatemala: "El fallo de la Corte de Justicia de Canadá tiene un significado trascendental, ya que puede contribuir a impedir que empresas extractivas transnacionales continúen violando los derechos humanos y depredando los recursos naturales en Guatemala, en Latinoamérica y el resto del mundo" (Comunicado de prensa 17 organizaciones). Así, la demanda puede abrir espacios para nuevas demandas contra empresas, como Ecoener Hidralia Energía Hidro Santa Cruz (Barillas), tanto dentro como fuera del país. De forma complementaria al impacto jurídico, la demanda debilita un principio político, construido contra las víctimas y sobre el derrotismo. Este principio afirma que la impunidad de las empresas no puede ser combatida, debido a la asimetría del poder: los recursos económicos, políticos, jurídicos de las empresas frente a la razón y la voluntad de las personas y comunidades afectadas. La admisión de demanda, fruto de la tenacidad jurídica y de la organización comunitaria, abre una pequeña grieta en la impenetrable "lex mercatoria", definida por Juan Hernández Zubizarreta como "el nuevo derecho corporativo global que tutela los derechos de las


Documentos El Tercer Expolio y la Reconquista, número 3

Página 6

empresas transnacionales, basándose en reglas de comercio e inversiones cuyas características son imperativas, coercitivas – sanciones, multas, presiones diplomáticas y militares– y ejecutivas".[5] El 22 de julio de 2013 se evidenció que la lucha de las comunidades supera la violencia; la dignidad se impone a la compra de voluntades; la defensa de la vida sobresale sobre la promoción de beneficios; el orgullo tiene más fuerza que la legalidad impositiva y privatizada. La condición para que esto se convierta en una tendencia irreversible es la lucha conjunta de comunidades y movimientos sociales, en Guatemala y los países de origen de las empresas transnacionales. La construcción, afirma Susan George en su ensayo "Pongamos freno a las corporaciones", de "sólidas coaliciones y alianzas de intereses en el lugar, y de vínculos con grupos similares en el lugar donde la compañía tiene su sede central, casi invariablemente en el Norte". Se trata de eliminar el poder violento e impune de las empresas centrando los derechos en las personas y la naturaleza, en un marco que reposiciona a los Estados como garantes de poder colectivo.

Notas [1]Comunicado de 17 organizaciones sociales http://es.scribd.com/doc/157310398/Comunicado-Prensa-Sobre-Fallo-en-Canada.

en

[2] Comunicado del Bufete de Abogados “Klippensteins Barristers & Solicitors” que ha acompañado la demanda de comunidades q`eqchi´en Canadá. [3] http://www.chocversushudbay.com/la-demanda?lang=es. [4] La otra cara de la Marca España. Miguel Muñoz Ortega. [5] Juan Hernández Zubizarreta, Lex mercatoria: Un nuevo derecho corporativo global a favor de las empresas, en ALAI, número 476, junio de 2012.


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.