Código de Ética ¿Instrumento idóneo para motivar y controlar el ejercicio étic

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Código de Ética ¿Instrumento idóneo para motivar y controlar el ejercicio ético de los ingenieros?

“Análisis desde lo jurídico” Henry León Galindo Director Jurídico Consejo Profesional de Ingeniería Eléctrica, Mecánica y Profesiones Afines


Regulación – Ejercicio Ingeniería Riesgo Social

Ingeniería

Ética Profesional

Ejercicio Legal

Matrícula Profesional


Consejos Profesionales de IngenierĂ­a en Colombia


Código de Ética – Ley 842 de 2003 Generales

Sociedad

Licitaciones

Deberes y Prohibiciones Profesión Trabajo

Clientes

Colegas


Procesos Disciplinarios Quejas

10%

Incumplimiento Contractual Reglamentos TĂŠcnicos

30%

60%

Otros


Jurisprudencia Constitucional Henry León Galindo Director Jurídico Consejo Profesional de Ingeniería Eléctrica, Mecánica y Profesiones Afines


Corte Constitucional Sentencia C – 570 de Abril 2004 “Las normas no pueden imponer patrones de comportamiento a los profesionales de la ingeniería, referidos a un modelo de vida que se desea impulsar, en desmedro de la autonomía personal. “ “Las normas disciplinarias deben tener un grado de determinación aceptable constitucionalmente, con conceptos que no pueden ser absolutamente imprecisos e inciertos, pues conduciría al juzgador, con criterios subjetivos, a darles contenido”.


Corte Constitucional Sentencia C – 570 de Abril 2004 “Un código de ética no puede imponer una concepción perfeccionista de las personas, no es aceptable constitucionalmente como parámetro para establecer un código de ética de las profesiones. Un modelo del profesional que se quiere formar no puede comprender aspectos de la vida privada particular y no se pueden imponer, con fuerza jurídica, a través de los códigos éticos de las profesiones y de las sanciones disciplinarias.”


Corte Constitucional Sentencia C – 296 de Abril 2012 En efecto, en este caso la norma demandada tiene una explicación constitucionalmente legítima, es idónea y proporcional ya que trata de prevenir y evitar el riesgo social que conlleva el ejercicio de la ingeniería, profesiones afines y auxiliares.


Corte Constitucional Sentencia C – 166 de Abril 2015 El concepto de riesgo permite a las personas y a las instituciones prever situaciones que antes se consideraban imprevisibles, y responder a ellas de manera eficaz y eficiente. La ley puede establecer requisitos de idoneidad para el ejercicio de ciertas profesiones u oficios, siempre que quede claramente demostrado que tal reglamentación es necesaria para minimizar riesgos sociales o para proteger derechos de terceras personas. http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2015/C-166-15.htm


Reglamentos TĂŠcnicos El Ingeniero cumple funciones importantes: a) Dar fe PĂşblica b) Garantizar cumplimiento normatividad


Gracias Henry Leรณn Galindo henry.leon@consejoprofesional.org.co


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