Asesoría en Brechas Pensionales

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Sistema Pensional Colombiano ( Brechas Pensionales )


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Pensión por Muerte prematura

Pensión por Invalidez

Pensión de vejez

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Antecedentes

Ley 100 de 1993

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Sistema General de Pensiones

• Vejez • Invalidez • Sobrevivencia

Sistema General de Salud

• Enfermedad general • Maternidad

Sistema General de Riesgos Laborales

• Accidente de trabajo • Enfermedad laboral

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Antecedentes

Ley 100 de 1993

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Sistema General de Pensiones

• Vejez • Invalidez • Sobrevivencia

Sistema General de Salud

• Enfermedad general • Maternidad

Sistema General de Riesgos Laborales

• Accidente de trabajo • Enfermedad laboral

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Ingreso Base de Cotización (IBC) ¿Qué es el Ingreso Base de Cotización (IBC) ?

Mínimo: 1 smlmv Máximo: 25 smlmv

$21.945.075

 Trabajadores dependientes: salario mensual.  Trabajadores de salario integral: 70% salario integral.  Trabajadores independientes: ingreso que declaren y no podrá ser inferior al 40% del valor mensualizado del contrato.  Trabajadores con ingreso menor al smmlv: se cotiza sobre 1 smmlv y puede ser beneficiaria del subsidio del FSP.

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Cotización La cotización es el porcentaje del salario total del trabajador con el cual deben contribuir empleadores y trabajadores para el pago de las prestaciones que otorga el Sistema General de Pensiones 11,5% Cuenta de Ahorro Individual

16% 3% Gastos de administración y seguros previsionales

Distribución de la cotización

1,5% Fondo Garantía de Pensión Mínima Empleador: 75%....12% Trabajador: 25%.....4%


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Ingreso Base de Liquidación (IBL) RPM Es el promedio de los salarios sobre los cuales ha cotizado el afiliado durante los 10 años cotizados anteriores al reconocimiento de la Pensión o el promedio de salarios de todo el tiempo (si aquel fuere inferior), actualizados de acuerdo al IPC.

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Monto de la pensión de vejez, invalidez y sobrevivientes.

RAI Monto de la pensión de invalidez y sobrevivientes.

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Pensión por Vejez Colpensiones

AFP

Fondo común NO Requisitos: Edad y Semanas

CAI NO Requisitos: Capital

Indemnización sustitutiva

Devolución de saldos

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Cálculo Régimen de prima media (RPM) Porcentaje del IBL r = 65.5 - 0.5(s) s = (IBL/SMMLV) Mínimo entre el 55.5% y el 65% en forma decreciente, según el nivel de ingresos. El monto máximo oscilará

Se incrementa 1.5% por cada entre el 70.5% y el 80%. 50 semanas adicionales a las 1300 exigidas Máximo 1800 semanas

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Pensión por Vejez IBL $ 877.803 $ 1.000.000 $ 2.000.000 $ 3.000.000 $ 4.000.000 $ 5.000.000 $ 6.000.000 $ 7.000.000 $ 8.000.000 $ 9.000.000 $ 10.000.000 $ 11.000.000 $ 12.000.000 $ 13.000.000 $ 14.000.000 $ 15.000.000 $ 16.000.000 $ 21.945.075

Salarios mínimos

Monto mínimo

Monto máximo

1,0 1,1 2,3 3,4 4,6 5,7 6,8 8,0 9,1 10,3 11,4 12,5 13,7 14,8 15,9 17,1 18,2 25,0

65,0% 64,9% 64,4% 63,8% 63,2% 62,7% 62,1% 61,5% 60,9% 60,4% 59,8% 59,2% 58,7% 58,1% 57,5% 57,0% 56,4% 55,5%

80,00% 79,93% 79,36% 78,79% 78,22% 77,65% 77,08% 76,51% 75,94% 75,37% 74,80% 74,23% 73,66% 73,10% 72,53% 71,96% 71,39% 70,50%

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Pensión por Vejez Mario Rojas cumplió 62 años el 1 de marzo de 2018, fecha a la cual había cotizado 1420 semanas. Su salario era de $8.000.000 y su IBL $6.000.000. ¿Según estos datos con cuanto se pensionó en el Régimen de Prima Media? R = 65,5 – 0,5 (s) R = 65,5 – 0,5 ( 6.000.000 / 877.803 ) R = 65,5 – 3,62 = 62,08%

La brecha mensual sería:

Para pensionarse requiere tener mínimo 1300 semanas cotizadas. Cuenta con 120 semanas adicionales, es decir 2 grupos de 50. 2 X 1,5% = 3,0% adicional

$8.000.000 - $3.904.943 = $4.095.057

51,19%

El monto de la pensión sería: 62,08% + 3,0% = 65,08% del IBL, por lo tanto el monto final sería: Pensión = IBL* Tasa de reemplazo = $6.000.000 X 65,08% = $3.904.943

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Pensión por Vejez AFP Régimen de Ahorro Individual (RAI)

Capital para financiar pensión de salario mínimo. $250 millones (Datos aproximados)

-Mujeres 57 años y Hombres 62 años. - Sin capital suficiente pero con 1.150 semanas.

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- Mujeres 57 años y hombres 62. - No alcanzan a cotizar el mínimo de semanas exigidas para la GPM. - No reúnen en su cuenta el capital necesario para financiarse una pensión.

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Pensión por Vejez ¿Si Mario Rojas en Colpensiones obtuvo una pensión de $3.904.943, cuánto capital debería tener en un fondo privado para obtener una mesada igual ? 250 millones

?

$ 1.112.135.240 $877.803

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$3.904.943

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Pensión por Invalidez La pérdida del 50% o más de la capacidad laboral Quien haya cotizado el 75% de las semanas para vejez, solo se le exigirá que haya cotizado 25 semanas en los últimos 3 años.

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50 semanas cotizadas en los últimos 3 años anteriores a la fecha de estructuración de la invalidez.

Menores de 20 años necesitan 26 semanas de cotización en el año anterior a la invalidez.

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PensiĂłn por Invalidez

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Pensión por Invalidez Mario Rojas inició su vida laboral a los 21 años, actualmente tiene 30 años y ha cotizado a pensión durante los 9 años. Mario ha sufrido un accidente común que le ha generado una disminución de la capacidad laboral en 60%. El salario actual de Mario es de $8.000.000 pero su IBL es de $6.000.000. ¿Según estos datos cuál sería su monto de pensión por invalidez? Mario cotizó durante 9 años que equivalen a 450 semanas, es decir La brecha sería: que se pensionaría con el 45% mensual de su IBL

$8.000.000 - $2.700.000 = $5.300.000 PI = 45% X $6.000.000 PI = $2.700.000

66,25%

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Pensión por Sobrevivencia

Muerte del cotizante o Pensionado

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Ser beneficiario del fallecido. 50 semanas cotizadas en los últimos 3 años anteriores a la fecha del fallecimiento

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Pensión por Sobrevivencia Beneficiarios

Monto

• •

En forma vitalicia, el cónyuge o la compañera o compañero permanente. En forma temporal, el cónyuge o la compañera o compañero permanente, menor de 30 años y sin hijos.

100% (o 50% si existen hijos) del valor de la pensión.

• •

100% (o 50% si existen Hijos menores de 18 años. cónyuge) del valor de Hijos entre 18 y 25 años si estudian y dependían económicamente del la pensión, distribuida causante. en partes iguales. Hijos inválidos si dependían económicamente del causante mientras subsistan las condiciones de invalidez.

A falta de cónyuge, compañero o compañera permanente e hijos con derecho, serán beneficiarios los padres del causante si dependían económicamente.

100% del valor de la pensión.

Si no hubiese cónyuge, compañero o compañera permanente, hijos o padres 100% del valor de la pensión distribuida en con derecho, la pensión corresponderá a los hermanos inválidos. partes iguales.

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Pensión por Sobrevivencia En caso de que no existan ninguno de los beneficiarios nombrados anteriormente, entonces…..

Régimen de Prima Media

Los recursos se destinarán al Fondo Común de Reparto, pues no se constituyen como un bien heredable.

Régimen de Ahorro Individual Las sumas de la cuenta individual pasan a ser parte de la masa sucesoral de bienes del causante así: • Hijos legítimos, extramatrimoniales y adoptados. • Padres legítimos o adoptantes. • Hermanos. • Sobrinos. En caso de no existir los anteriores, el saldo se destinará al FSP o al ICBF.

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PensiĂłn por Sobrevivencia

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Pensión por Sobrevivencia Mario Rojas tenía 35 años al fallecer y devengaba un salario de $8.000.000 con un IBL de $6.000.000, sus beneficiarias de pensión fueron su esposa e hija de 5 años, teniendo en cuenta que cotizó a pensión durante 15 años, responda: ¿Cuánto fue el monto de la pensión para sus beneficiarias?.

Mario cotizó durante 15 años que equivalen a 750 semanas, es decir La brecha sería: que se pensionaría con el 55% mensual de su IBL

$8.000.000 - $3.300.000 = $4.700.000 PS = 55% X $6.000.000 PS = $3.300.000

58,75%

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Helda Fabiana Leรณn - Diana Garzรณn Lozano M. 3203409648 - 3108584831 Helda.leon@metlife.com.co Diana.garzon@metlife.com.co

ยกGracias!


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