Empresas en Crisis: Mecanismos de Recuperación

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Conversatorio Empresas en crisis – mecanismos de recuperación

Los acuerdos privados y la ley 1116 de 2006


Generalidades de la insolvencia Ing. Mario Ariza


Una realidad Crear una empresa es como un sueĂąo, puedes tenerlo incluso sin mucho esfuerzo, pero mantenerla vigente se te puede convertir en una pesadilla si no tomas las decisiones correctas en el momento apropiado.


¿Cuándo hay crisis en una empresa?  Cuando no tiene mercado,  Cuando no puede participar en el mercado en condiciones que le permitan competir rentablemente,  Cuando a consecuencia de la pérdida de su capital de trabajo (por múltiples razones) no puede atender el cumplimiento de sus obligaciones en forma oportuna,  Cuando presenta un estado patrimonial que lesiona o amenaza gravemente el interés de los acreedores y la satisfacción normal y ordenada de sus créditos.


Qué lleva a una empresa a la crisis Aspectos particulares económicos y estratégicos del sector (locales o mundiales)

Políticas gubernamentales cambiantes

La necesidad de mantenerse vigente con altos sacrificios

CRISIS Falta de planeación estratégica Toma de decisiones no oportuna


Síntomas de una empresa en crisis Mora en el pago de: Proveedores Obligaciones financieras Obligaciones laborales Impuestos Cesación de pagos detonante de la crisis. Puede ser voluntaria o involuntaria, pero con efectos patrimoniales.


Síntomas de una empresa en crisis • Iliquidez La falta de liquidez conduce a problemas operativos lo que afecta la ejecución de los proyectos. Los recursos que genera la operación son insuficientes para atender el pago oportuno de las obligaciones


Síntomas de una empresa en crisis • Insolvencia que lleva a procesos ejecutivos El incumplimiento en los pagos conduce a procesos ejecutivos usualmente con embargos de dineros y bienes. El activo realizable es inferior al pasivo exigible.


Efectos de la insolvencia Posible incumplimiento en los contratos en ejecución Altos costos financieros Sanciones de diversos tipos Inconformidad de los trabajadores Posibles demandas laborales, civiles y penales. Incertidumbre general sobre el futuro


Disyuntiva ante una crisis

Búsqueda de una solución entre varias posibilidades que permitan la recuperación de la empresa o su apropiada liquidación.


Finalidad de un acuerdo RESTRUCTURAR

SOLUCIONAR

PREVENIR

REORGANIZAR

RECUPERAR


Estructura de un proceso de reorganización Contable-Financiero

Jurídico Estratégico


Planeación estratégica Base de la planeación

Definir misión de la empresa

Norte para cumplir la misión y evaluar desempeño

Establecer objetivos de la organización

Factores internos y externos. Transversal a la cía.

Analizar la situación

Definir e implementar estrategias para alcanzar objetivos

Planes de acción para lograr los objetivos


Posibles causas de las liquidaciones obligatorias (encuesta)


Posibles causas de las liquidaciones obligatorias (encuesta)


Causas externas de la insolvencia empresas en reorganizaciรณn

Fuente: Supersociedades. Cรกlculos grupo EEFF sobre 121 empresas


Causas externas de la insolvencia empresas en reorganizaciรณn

Fuente: Supersociedades. Cรกlculos grupo EEFF sobre 121 empresas


Causas internas de la insolvencia empresas en reorganizaciรณn

Fuente: Supersociedades. Cรกlculos grupo EEFF sobre 121 empresas


Causas internas de la insolvencia empresas en reorganizaciรณn

Fuente: Supersociedades. Cรกlculos grupo EEFF sobre 121 empresas


Fuente: Supersociedades SIGS Mรณdulo de Procesos


Porcentaje de empresas que entran a procesos de reorganización

En el año 2016, de 63.112 empresas que ya existían en el país, 264 entraron en reorganización lo que equivale a algo más de cuatro empresas por cada mil


LEY 550 DE 1999 Fuente: Supersociedades SIGS Mรณdulo de Procesos


LEY 1116 de 2006 – OTRAS ENTIDADES DE VIGILANCIA Fuente: Supersociedades SIGS Módulo de Procesos


PERSONAS NATURALES COMERCIANTES O JURÍDICAS ACEPTADAS EN REORGANIZACIÓN Y VALIDACIÓN JUDICIAL SEGÚN TAMAÑO ACUMULADO A DICIEMBRE 31 DE 2016 Procesos de Reorganización

Procesos de validación Judicial

Total

Grande Mediana Micro Pequeña

149 348 46 393

22 55 2 55

171 403 48 448

No Disponible

465

71

536

1401

205

1606

Tamaño

TOTAL

Fuente: Supersociedades SIGS Módulo de Procesos


PERSONAS NATURALES COMERCIANTES O JURÍDICAS ACEPTADAS EN REORGANIZACIÓN Y VALIDACIÓN JUDICIAL SEGÚN TAMAÑO ACUMULADO A DICIEMBRE 31 DE 2016

Fuente: Supersociedades SIGS Módulo de Procesos


PERSONAS NATURALES COMERCIANTES O JURÍDICAS ACEPTADAS EN REORGANIZACIÓN Y VALIDACIÓN JUDICIAL

Tamaño económico, conforme a lo establecido en la Ley 905 de 2004. >>Micro: Valor en activos entre 0-500 SMLMV y trabajadores entre 0 -10. >>Pequeña: Valor en activos entre 501 SMLMV -5,000 SMLMV y trabajadores entre 1150. >>Mediana: Valor activos entre 5,001 SMLMV-30,000 SMLMV y trabajadores entre 51200. >>Grande: Valor activos mayor de 30,001 SMLMV y trabajadores mayor a 200. Nota: El cálculo del tamaño se efectúa teniendo en cuenta el valor de los activos única y exclusivamente Fuente: Supersociedades SIGS Módulo de Procesos


PERSONAS NATURALES COMERCIANTES O JURÍDICAS ACEPTADAS EN REORGANIZACIÓN Y VALIDACIÓN JUDICIAL SEGÚN SECTOR PRODUCTIVO ACUMULADO A DICIEMBRE 31 DE 2016

Fuente: Supersociedades SIGS Módulo de Procesos


PERSONAS NATURALES COMERCIANTES O JURÍDICAS ACEPTADAS EN REORGANIZACIÓN Y VALIDACIÓN JUDICIAL SEGÚN DEPARTAMENTO ACUMULADO A DICIEMBRE 31 DE 2016

Fuente: Supersociedades SIGS Módulo de Procesos


Fundamento de los RegĂ­menes Concursales Dra. Catalina HernĂĄndez


Modalidades de acuerdo


Clases de acuerdo (por su naturaleza) • • • •

Transacción: Contrato en que las partes terminan extrajudicialmente un litigio o precaven un litigio eventual (art 2469 C.C) Solo obliga a los que lo suscriben. No es concursal (art 30 Dto 1730/09) No hay participación de juez

• Reglamentados por ley de concursos • Prima el principio de la mayorías (obliga ausentes y disidentes). Debe respetarse orden de prelación legal • Pueden celebrarse dentro de proceso o por fuera de él. • Hay participación de juez para confirmar o validar


Clases de acuerdo (por su propósito) Recuperatorio

• Preservar la empresa viable, • normalizar relaciones comerciales y crediticias, mediante su reestructuración operacional, administrativa, de activos y pasivos

Liquidatorio

• Liquidar ordenadamente el patrimonio para cancelar acreencias hasta donde alcancen los activos


QuĂŠ es un Acuerdo Privado


El Acuerdo Privado No son exigibles los supuestos de la concursalidad

Son recomendables cuando hay pocos acreedores y el pasivo estรก concentrado. Debe ser oportuno. No tienen protecciรณn frente a terceros. Los bienes pueden ser perseguidos y embargados por quienes no lo suscriben. No hay fuero de atracciรณn Si se incumple se puede acudir al proceso concursal. Menos riesgo de extinciรณn de la empresa


Cómo seleccionar el mecanismo apropiado Validado • Cuando es necesario que los efectos se extiendan a todos los acreedores aplicando el principio de las mayorías

Concursal • Situación de crisis avanzada, con muchos acreedores y procesos ejecutivos en contra; se dan los supuestos de la concursalidad


Características del Acuerdo Privado

INFORMALES • El deudor puede escoger con cuales acreedores relevantes celebra el acuerdo • Vincula solo a los que lo suscriben • No lo reglamenta la ley

• El acuerdo tiene que respetar la ley, el orden público y las buenas costumbres • Puede generar obligaciones para todos los suscriptores • No requieren igualdad de trato

• No hay participación del estado ni para confirmar, ni para validar el acuerdo • No hay calificación de créditos


La ley 1116 Régimen judicial de insolvencia

Protección del crédito

Recuperación y conservación de la empresa (unidad de explotación económica y fuente generadora de empleo)


Beneficios de la ley Permite negociar acuerdos favorables para el pago de las acreencias en relación con:  Plazo,  Períodos de gracia y  Tasas de interés. No reconocimiento para fines de votación.


Beneficios de la ley Le brinda un tiempo a la compaùía para su recuperación antes de continuar pagando obligaciones atrasadas.


Beneficios de la ley Mejora en el inmediato plazo la liquidez y el capital de trabajo lo que le permite seguir operando.


Beneficios de la ley ďƒ˜Suspende los procesos de naturaleza ejecutiva en los juzgados; ordena su remisiĂłn a la Superintendencia de Sociedades. ďƒ˜Ordena el levantamiento de medidas cautelares.


Aspectos procedimentales de la admisiรณn a un proceso concursal


Personas con derecho a acceder a los beneficios de la ley Al régimen de insolvencia pueden acceder: Las personas naturales comerciantes , Las personas jurídicas no excluidas de su aplicación, que realicen negocios permanentes en el territorio nacional, de carácter privado o mixto y Las sucursales de sociedades extranjeras y los patrimonios autónomos afectos a la realización de actividades empresariales.


Supuestos de admisión (art. 9)

El inicio del proceso de reorganización de un deudor persona natural comerciante o persona jurídica supone la existencia de: Una situación de cesación de pagos o Una situación de incapacidad de pago inminente.


Supuestos de admisión (art. 9)

1. Cesación de pagos.

Cuando se incumpla el pago por más de noventa (90) días de dos (2) o más obligaciones a favor de dos (2) o más acreedores, contraídas en desarrollo de su actividad, o


Supuestos de admisiรณn (art. 9)

1. Cesaciรณn de pagos (cont.)

Cuando tenga por lo menos dos (2) demandas de ejecuciรณn presentadas por dos (2) o mรกs acreedores para el pago de obligaciones.


Supuestos de admisiรณn (art. 9)

1. Cesaciรณn de pagos (cont.)

En cualquier caso, el valor acumulado de las obligaciones en cuestiรณn deberรก representar no menos del diez por ciento (10%) del pasivo total a cargo del deudor a la fecha de los estados financieros de la solicitud.


Supuestos de admisión (art. 9)

2. Incapacidad de pago inminente. Cuando acredite la existencia de circunstancias en el respectivo mercado o al interior de su organización o estructura, que afecten, o razonablemente puedan afectar en forma grave, el cumplimiento normal de sus obligaciones, con un vencimiento igual o inferior a un año. En el caso de las personas naturales comerciantes, no procederá la causal de incapacidad de pago inminente.


Otros presupuestos de admisiรณn (art. 10) 1. No haberse vencido el plazo establecido en la ley para enervar las causales de disoluciรณn, sin haber adoptado las medidas tendientes a subsanarlas. 2. Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a lo establecido por la ley.


Otros supuestos de admisión (art. 10) 3. Estar al día en el pago de las mesadas pensionales, bonos y títulos pensionales exigibles. 4. No tener a cargo obligaciones vencidas por retenciones de carácter obligatorio, a favor de autoridades fiscales, por descuentos efectuados a los trabajadores o por aportes al Sistema de Seguridad Social Integral. (modificado Ley 1429 de 2010).


Legitimaciรณn (art. 11)


Solicitud de admisión (art. 13) El escrito de solicitud debe ir acompañado de: 1. Los cinco (5) estados financieros básicos de los tres (3) últimos ejercicios con sus dictámenes. 2. Los cinco (5) estados financieros básicos, con corte al último día calendario del mes inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud.


Solicitud de admisión (art. 13) 3. Un estado de inventario de activos y pasivos con corte al último día calendario del mes inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud. 4. Memoria explicativa de las causas que llevaron a la situación de insolvencia. Características de la crisis insuperable que produce efectos económicos de no pago


Solicitud de admisión (art. 13)

5. Un proyecto de calificación y graduación de acreencias del deudor, así como el proyecto de determinación de los derechos de voto correspondientes a cada acreedor. 6. Un flujo de caja para atender el pago de las obligaciones.


Solicitud de admisión (art. 13)

7. Un plan de negocios de reorganización del deudor que contemple no solo la reestructuración financiera, sino también organizacional, operativa o de competitividad, conducentes a solucionar las razones por las cuales es solicitado el proceso, cuando sea del caso.


Admisión o rechazo de la solicitud (art. 14)

¿supuestos y requisitos ajustados a la ley?

NO

SI

Requerimiento de aclaración

Auto de admisión

3 días

Remisión aclaraciones

10 días


Admisiรณn o rechazo de la solicitud (art. 14)

Cuando el requerimiento no sea respondido oportunamente o la respuesta no contenga las informaciones o explicaciones pedidas, la solicitud serรก rechazada.


Admisión o rechazo de la solicitud (art. 14)

Si la solicitud es presentada por acreedores la autoridad competente requerirá al deudor para que, dentro de los treinta (30) días siguientes presente los documentos exigidos en la ley. Si la información allegada por el deudor no cumple dichos requisitos se le requerirá para que dentro de los diez (10) días siguientes los allegue al proceso.


Admisiรณn o rechazo de la solicitud (art. 14)

Requerimiento no se cumple

Apertura del proceso de liquidaciรณn judicial / remociรณn inmediata de los administradores


Efectos de la solicitud (art. 17)

Necesidad de Autorizaciรณn del juez del Concurso

Ineficacia


Inicio del proceso de reorganizaciรณn (arts. 18 y 19)


Inicio del proceso de reorganización (arts. 18 y 19)

• Inscripción del auto de inicio del proceso de reorganización en el registro mercantil de la Cámara de Comercio del domicilio del deudor. • Nombramiento del Promotor quien deberá elaborar el Proyecto de Calificación y Graduación de Créditos.


Inicio del proceso de reorganización (arts. 18 y 19)

• Actualización del inventario de activos y pasivos y envío a la Superintendencia • Fijación de un aviso que informe sobre el inicio del proceso, en la sede y sucursales del deudor.


Inicio del proceso de reorganización (arts. 18 y 19)

• Advertencia al deudor que, sin autorización del juez del concurso, no podrá realizar enajenaciones ni constituir cauciones sobre bienes del deudor, ni hacer pagos o arreglos relacionados con sus obligaciones, ni adoptar reformas estatutarias tratándose de personas jurídicas. • Aviso a todos los acreedores sobre la fecha de inicio del proceso de reorganización


Procesos de ejecuciรณn nuevos y en curso (art. 20)

No podrรก admitirse ni continuarse demanda de ejecuciรณn o cualquier otro proceso de cobro en contra del deudor


Continuidad de contratos (art. 21)

Por el hecho del inicio del proceso de reorganización no podrá decretarse al deudor la terminación unilateral de ningún contrato


Procesos de restituciรณn de bienes operacionales (art. 22)

No podrรกn iniciarse o continuarse procesos de restituciรณn de tenencia sobre bienes muebles o inmuebles con los que el deudor desarrolle su objeto social


Calificación y Graduación de Créditos y Derechos de Voto (art. 24)

Proyecto de Calificación y Graduación de Créditos y Derechos de Voto: Detalle claro de las obligaciones y los acreedores de las mismas, debidamente clasificados para el caso de los créditos. Se corre traslado en las oficinas del juez del concurso por cinco días.


Objeciones (art. 29)

El Juez del concurso corre traslado del Proyecto de Calificación y Graduación de Créditos y Determinación de Derechos de Voto por 5 días para que los acreedores objeten. De las objeciones se corre traslado por tres (3) días para que el deudor se pronuncie con relación a las mismas, aportando las pruebas documentales a que hubiere lugar. Vencido el plazo, corre un término de diez (10) días para provocar la conciliación de las objeciones.


Objeciones (art. 29)

Las objeciones no conciliadas serĂĄn decididas por el juez del concurso en una audiencia. La Ăşnica prueba admisible para el trĂĄmite de objeciones es la documental. Una vez lo anterior, se fija el plazo para celebrar el acuerdo.


El Acuerdo (arts. 31 a 39)

Plan de reorganización

Flujo de caja proyectado (con obligaciones)

Acuerdo de reorganización

4 meses desde el Proyecto de Graduación de Créditos


El Acuerdo (arts. 31 a 39)

Debe tener carácter general, de forma que no quede excluido ningún crédito reconocido o admitido.

Debe respetar, para efectos del pago, la prelación, los privilegios y preferencias establecidas en la ley.


El Acuerdo (arts. 31 a 39)

Aprobado con los votos favorables de un nĂşmero plural de acreedores que representen, por lo menos la mayorĂ­a absoluta de los votos admitidos.


Plazos del proceso Preparaci贸n informaci贸n

Confirmaci贸n

Admisi贸n

0___ 1_______ 3________ 5_______________9____10 meses Solicitud

PCGC

Tiempo total : 10 -12 meses

Acuerdo


GarantĂ­as mobiliarias


GarantĂ­as mobiliarias Ley 1676, art 50

Necesarios para operar

Debe reportarse asĂ­ por el deudor en solicitud

No procesos ejecutivos

Criterio bien necesario

No necesarios para operar Si procesos ejecutivos

Acreedor debe demostrar que el bien no es necesario

Cuando Juez del Concurso considera que bienes corren riesgo deterioro o perdida


Garantías mobiliarias Ley 1676, art 50

Promotor reconoce:

En la calificación y graduación reconoce:

Valor de la obligación garantizada con intereses pactados

Acreedor tiene derecho

Se le pague su obligación con preferencia a los demás acreedores

Se respeta el plazo e intereses pactados inicialmente.

Si acreedor vota acuerdo y acepta el pago en términos allí contenidos con una prelación distinta, puede solicitar que la obligación no garantizada se reconozca como crédito garantizado hasta tope del valor dado en garantía.


Garantías mobiliarias Ley 1676, art 52

Prelación 1116

Prelación 1676

PensionadosLaborales- Fiscal

Pensionados

Prendarios

Garantías mobiliarias

Hipotecarios

Laborales- Fiscales

Proveedores,

Prendarios

Quirografarios

Hipotecarios Proveedores Quirografarios



• chernandez@acsorar.com Cel. 301 596 8877 • mario.ariza@acsorar.com Cel. 321 349 2075


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