RETILAP - Reglamento T茅cnico de Iluminaci贸n y Alumbrado P煤blico ING. MARIO E. QUIROGA R. ESPECIALISTA EN ILUMINACION
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INTRODUCCION: FUNDAMENTOS DE ILUMINACIÓN ANTECEDENTES E INICIO ALCANCE
INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN PRODUCTOS PERSONAS CONFORMIDAD CON EL PRESENTE REGLAMENTO EXEPCIONES
IMPACTO RETILAP ACTUALIDAD PREGUNTAS
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Intensidad luminosa (candelas – [cd])
Flujo luminoso (lúmenes – [lm]) Iluminancia (luxes - lx)
Luminancia [cd/m2]
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Ley 143 de 1994 “URE”. Ley 697 “URE como asunto de interés social y se fomenta el uso de energías alternativas” Decreto 2424 de 2006 “Requisitos mínimos para diseño, soporte y demás equipos para AP”. UPME 2007-2008. “Caracterización de las bombillas para uso interior y exterior comercializadas en Colombia”. Decreto 3450 de 2008 “Plazo final del cambio de bombillas incandescentes – 1° de enero/11”. Modificado por ítem 5. RETILAP Link de acceso Resolución 181331 (Agosto 2009). Resolución 180265 (Febrero 2010). Resolución 180540 (Marzo 2010) VIGENTE 4. Resolución 181568 (Septiembre 2010) Modifica partes. 5. Resolución 182544 (Diciembre 2010) Modifica partes. 6. Resolución 180173 (Febrero 2011) Modifica partes. 7. Resolución 182544 (Diciembre 2012) Modifica partes. 8. Resolución 180173 (Febrero 2014) Modifica partes - Transitoriedad. 9. Resolución 91872 (Diciembre 2012) Aclara- Contenido mercurio. 10. Resolución 90980 (Noviembre 2013) Aclara y adiciona – Decorativa ACTUALIZANDO: En proyecto Capítulos 1, 2 y 8 (Public) 1. 2. 3.
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USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGÍA. Ejemplos: Repotenciación bombillas de AP. Reemplazo de bombillas incandescentes por fluorescentes
compactas de balasto incorporado (ahorradoras). Estudio sostenibilidad ambiental en colegios.
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Incandescentes
Fluorescente compacta con balasto integrado
VS
100 W 1400 lm
Eficacia bombilla: 10 a 14 lm/W Vida nominal: 1000 horas
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27 W 1450 lm
Eficacia bombilla: 43 a 65 lm/W Vida nominal: 3000 a 8000 h Precauciones: Contenido de mercurio. Instalaciones en Balas de incandescentes. Interruptores de luz piloto. Ciclos ON/OFF 7
Vapor de mercurio
Sodio alta presiรณn
VS. 5400 lm
70 W
Eficacia bombilla: โ ค 60 lm/W Interdistancia postes: 10 a 35 m
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7000 lm
Eficacia bombilla: 90 a 150 lm/W Interdistancia postes: 20 a 65 m
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250 W HPS – 25.000 horas vs 170 W LED 100.000 horas Vida útil driver: 7 años Vida útil LED: 100.000 horas (L70) Garantía Luminaria, LED y driver: 5 años.
Y la instalación eléctrica antigua qué ??
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LO BÁSICO Y FUNDAMENTAL
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Bombillas Fluorescentes Compactas Integradas Empaque: Aproximadamente el 24 % de las muestras probadas no indican el flujo nominal y cerca del 8 % no suministra el valor de vida nominal de la bombilla. Se encontró información contradictoria en los valores especificados de tensión nominal y vida nominal. No se indicaba el representante comercial o importador para mas de 8 referencias de bombillas probadas.
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Bombillas Fluorescentes Compactas Integradas Medición de flujo luminoso
CLASIFICACIÓN
RANGO
CANTIDAD
%
SUPERIOR
> 103 % del Flujo Nominal
34
20,4
ESTÁNDAR
De 90% al 103% del Flujo Nominal
62
37,1
INFERIOR
< 90% del Flujo Nominal
71
42,5
167
100
TOTAL
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PF: 0,58 Cap. DPF: 0,95
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Vs.
De una sola bombilla PF: 0,47 (Estudio UPME)
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INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN PRODUCTOS PERSONAS CONFORMIDAD CON EL PRESENTE REGLAMENTO EXEPCIONES
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Nuevas. Ampliación de instalaciones de iluminación. Remodelaciones de instalaciones de iluminación y AP.
Diseño detallado obligatorio para AP, iluminación industrial, comercial con espacios mayores a 500 m2 y en general lugares de más de 10 puestos de trabajo , salones donde se imparta enseñanza o lugares con alta concentración de personas en un mismo salón (50 o más) durante periodos mayores a 2 horas. El diseñador del sistema de iluminación deberá considerar varias alternativas de diseño, recomendando aquella o aquellas que durante la vida útil del proyecto tengan el menor VPN, incluyendo entre otros el costo de la energía y mantenimiento. Asociación Colombiana de Ingenieros
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Parรกmetros de cumplimiento en Iluminaciรณn interior
iluminancia de รกreas circundantes. iluminancia de รกreas de tarea.
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Par谩metros de cumplimiento en Iluminaci贸n AP:
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SISTEMAS DE CONTROL DE ILUMINACIÓN Las nuevas edificaciones industriales, comerciales o de uso oficial con más de 500 m² de construcción deben disponer de sistemas de control de iluminación, con criterio URE. Entre otras posibles, se podrá usar por lo menos una de las siguientes formas para controlar el nivel de iluminación artificial en un recinto interior: ⇒ Encendido/apagado manual, ⇒ Atenuación del flujo luminoso de las fuentes. ⇒ Encendido/apagado automático; ⇒ Pasos inteligentes con control automático y ⇒ Atenuación del flujo luminoso de las bombillas o dimerización automática.
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Limpieza de luminarias
Limpieza de superficies del local
A
Limpieza de luminarias Reemplazo de bombillas
100
Limpieza de luminarias
Limpieza de luminarias
MANTENIMIENTO en Instalación de iluminación interior ELABORACIÓN PLAN DE MANTENIMIENTO B C
Tiempo de funcionamiento 20
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27 partidas arancelarias + 2 (Diseño e interventoría) El cumplimiento de los requisitos se deberá probar mediante los ensayos pertinentes en laboratorios acreditados o reconocidos según la normatividad vigente.
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Deberán cumplir RETILAP toda persona natural o jurídica que diseñe, construya, mantenga y ejecute actividades relacionadas con las instalaciones de iluminación y AP. Así como los productores, importadores y comercializadores de los productos objeto del presente reglamento. La persona responsable del diseño de un Sistema de Iluminación deberá entregar un documento que manifieste que el diseño cumple con los requisitos aplicables RETILAP y además deberá contener su nombre, su firma, así como su matrícula profesional. Formación académica en iluminación, experiencia certificable o certificado de la competencia profesional y responderá por los efectos de esa iluminación cuando esta se realice bajo este diseño.
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Todos los productos objeto del presente reglamento deben demostrar conformidad mediante un certificado de producto expedido por un OC acreditado. Toda instalación de iluminación construida, remodelada o ampliada durante la vigencia del RETILAP requiere la declaración de conformidad, dicha declaración debe ser suscrita por la persona calificada responsable de la construcción del SI (formación académica en materia de iluminación, experiencia certificable o certificado de competencia). Las instalaciones que en este reglamento específicamente se determine la exigencia de un dictamen de inspección, son consideradas como de certificación plena y deberán validar la declaración del constructor mediante un dictamen de inspección expedido por un organismo de inspección acreditado.
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Cambio masivo de bombillas incandescentes. A la fecha, prohibida comercialización de bombillas incandescentes. Después del 31 de diciembre de 2015 prohibido uso y comercialización de bombillas incandescentes halógenas. Falta de laboratorios acreditados, se promueve la utilización de laboratorios del país. Entre otros…
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Actualmente existen 3 capítulos en consulta y se encuentra en proyecto modificatorio el RETILAP. “La demostración de la conformidad con el RETILAP es requisito para que el prestador del servicio de energía eléctrica efectúe la energización definitiva de la instalación o dé continuidad al mismo. El prestador del servicio de energía deberá dentro de su proceso de atención de solicitudes de conexión o ampliación del servicio, informar al cliente sobre el obligatorio cumplimiento de los reglamentos técnicos RETIE y RETILAP en sus instalaciones, así como requerir los documentos de “Declaración de Conformidad” expedida por el constructor y diseñador, y el “Dictamen de Inspección”, cuando éste aplique, según lo dispuesto en el literal a) del numeral 820.4.2.” Link: RETILAP
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160
ORGANISMOS Y LABORATORIOS ACREDITADOS
140
Con alcance RETILAP Total acreditados
120
100
80
60
40
20
0
Organismos de Certificaci贸n
Organismos de Inspecci贸n
Laboratorios de ensayos
Organismos y laboratorios acreditados por el ONAC a la fecha Asociaci贸n Colombiana de Ingenieros
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En cuanto a Organismos de certificación que tengan dentro de su alcance el RETILAP y se encuentran acreditados por la ONAC “Organismo Nacional de Acreditación de Colombia”, a la fecha existen 9 de los cuales 2 no tienen completo su alcance, por tanto estos no podrían certificar todos los productos con alcance RETILAP. 2 retirados y 1 suspendido.
Organismo de inspección acreditados en RETILAP a la fecha existen 8 prestando este servicio, dos (2) suspendidos y 3 retirados.
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Laboratorios de ensayos acreditados con alcance RETILAP a la fecha existen 6, 2 de los cuales son de universidades reconocidas del país y presentan el mayor alcance de ensayos, sin embargo no cubren todos los exigidos por la reglamentación, es más, de integrarse todos los acreditados no abarcarían todo el alcance RETILAP. Por otra parte existían antes dos laboratorios más acreditados que actualmente aparecen con su acreditación retirada.
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Generar transparencia y confianza a consumidores al publicar los certificados de conformidad y dictámenes de inspección. Hacer obligatorio la consulta de dictámenes de inspección a operadores de RED.
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Dar suficiente claridad e información a los habitantes de viviendas que tengan instalaciones que utilicen alambre o cableados con conductores de aluminio. A la fecha existen cinco denuncias a organismos de certificación de las cuales a la fecha 2 no se han cerrado. En general el consumidor no denuncia ante las autoridades competentes SIC y SSPD.
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•
Respecto al control y vigilancia que ha realizado la SIC, a la fecha se han encontrado entre algunos los siguientes resultados: Se realizó la prohibición de la comercialización de 4 referencias de tubos o bombillas fluorescentes de marcas reconocidas. Investigación a un almacén de cadena de grandes superficies por incumplimiento del RETILAP en la venta de tubos o bombillas fluorescentes de una referencia en particular.
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[1] Ministerio de Minas y Energía. Resolución No. 180540 de Marzo 30 de 2010. «Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público - RETILAP». 2010.
[2] Illuminating Engineering Society Of North America - IES. «The IESNA Lighnting Handbook. Reference & Application». Ninth Edition. 2000. [3] International Commission on Illumination – CIE. «New Terms Circulated for Div. LB 2004-10-18». CIE Div. 4. 2004. [4] Manual Único de Alumbrado Público – MUAP. http://www.uaesp.gov.co/uaesp_jo/index.php?option=com_content&view=article&id=327 &Itemid=161. [5] H. A. E. Keitz. Cálculos y medidas en luminotecnia. Imprenta Heroes S.A. Philips. España. ISBN: 84-283-0576-5-tela. [6] http://www.si3ea.gov.co/Portals/0/Iluminacion/IFR.pdf.
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GRACIAS MARIO ERWIN QUIROGA RIAÑO INGENIERO ELECTRICISTA, ESPECIALISTA EN ILUMINACIÓN. BLOG: WWW.MARIOLIGHTINGEXPERT.BLOGSPOT.COM Correo electrónico: quiroga_mario@hotmail.com
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