ACUERDOS DE LA HABANA: ¿JUSTICIA O IMPUNIDAD? Por: Ana Ramírez Zuluaga1
Desde que iniciaron las conversaciones de paz en la Habana, ha existido el debate sobre qué tanta justicia se aplicaría a los guerrilleros de las FARC, responsables de cometer graves violaciones a los Derechos Humanos en Colombia ¿Justicia, justicia a medias, o impunidad? Lo cierto es, que tras un estancamiento perjudicial donde ni el gobierno ni las FARC pudieron acabar el uno con el otro, la guerrilla colombiana estaría lejos de mostrarse derrotada a la hora de negociar con quien fue su enemigo férreo por más de 50 años, y si, aunque a ninguno nos guste la idea, no existe algo como un ‘arrepentimiento tal que motive a todos los líderes y participantes de las FARC a entregarse a la justicia y pagar largas condenas por los delitos cometidos’. Al momento de negociar se busca llegar a compromisos; cada una de las partes debe ceder, expresar sus inconformidades, y llegar a un acuerdo ¿resulta fácil? Por supuesto que no, y más teniendo en cuenta la complejidad y cantidad de actores que durante más de medio siglo acumuló este conflicto, pero lo cierto es, que si no empezamos por entender los ánimos con los que se sentaron a negociar el gobierno y las FARC (nadie quiere sentarse a negociar para perder), será imposible entender el resultado final que busca ‘castigar’ a estos últimos. En este sentido, resulta también importante entender que los sistemas de justicia rara vez tienen la capacidad de asumir efectivamente múltiples casos de violaciones a los DDHH, pero pueden en cambio asumir pocos casos de forma eficaz (Todd Howland, 2012). El Marco Jurídico para la Paz fue severamente criticado por distintos sectores políticos que expresaban su inconformidad ante la existencia de una paz con impunidad, a lo cual el Gobierno, en cabeza del comisionado para la paz, Sergio Jaramillo, expuso que al concentrar los recursos en la investigación de los máximos responsables, se podría entender mejor lo que ocurrió, cuáles fueron los patrones de criminalidad y cuáles las estructuras que los practicaron, y así, un número mayor de víctimas podría 1
Profesional en Cs. Políticas con énfasis en RR.II.
llegar a saber lo que en realidad sucedió (Alto Comisionado para la Paz, 2016). Este debate retrata de manera adecuada la complejidad de las negociaciones de paz en un país tan complejo como Colombia, donde mientras se negocia el fin del conflicto, en sus zonas rurales su población vive en medio del mismo.
Así entonces, resulta importante entender el concepto de Justicia Restaurativa, el cual busca, desde la comunidad y con la participación de víctimas y victimarios, la reparación de los graves daños perpetrados durante el conflicto. Nuevamente, y tal como expuse en el punto anterior, tampoco resulta fácil, ni se podrá lograr en poco tiempo, que víctimas y victimarios convivan de manera pacífica, dadas las atroces y consecutivas violaciones a los DDHH que las comunidades rurales han enfrentado a lo largo del conflicto, pero si los transgresores no empiezan por pedir perdón, y las víctimas por empezar a asimilarlo (sin afanes, entendiendo que es un proceso, y que están en todo su derecho de perdonar, más no de olvidar) no se podrá caminar hacia el futuro, ni reemplazar una cultura de venganza por una de perdón y reconciliación, y Colombia podría estancarse en una guerra que, como bien nos ha mostrado la historia, nos ha alejado del progreso. El enfoque de la Justicia Transicional y Restaurativa debe entenderse entonces como un elemento clave para la culminación y sostenibilidad de un proceso de paz sólido y una reconciliación efectiva, que garantice, antes que nada, el derecho a la verdad, justicia, reparación y no repetición a los directamente afectados por la guerra, y que en ningun momento pretende reemplazar, sino complementar a la justicia punitiva, pues como se expresa en los Acuerdos, habrá penas de hasta 20 años de cárcel para quienes no confiesen ante la Comisión de la Verdad. Adicional a esto, existirá una Jurisdicción Especial para la Paz, compuesta por Magistrados que serán elegidos por un comité integrado por un delegado de la ONU, uno del Instituto para la Justicia Transicional, uno de la Corte Suprema, uno de un comité integrado por todas las universidades públicas y uno del Presidente de la Corte Europea de Derechos Humanos. Este, se encargará de juzgar a quienes cometieron los delitos de mayor gravedad, y de acuerdo al Derecho Internacional Humanitario y sus decisiones, primarían sobre las de los demás jueces de Colombia. Este Tribunal solo
existirá mientras se juzguen estos delitos y no formaría parte de la justicia ordinaria (La Silla Vacía, 2016). Es difícil llegar a un acuerdo cuando el conflicto se vive en el campo pero su terminación se decide en la ciudad, que muchas veces fría y distante a lo que ocurre en la periferia, se niega la oportunidad de imaginar una Colombia diferente, pero si víctimas y transgresores pueden darle una oportunidad al cambio y trabajar en la reconciliación, nosotros, desde la ciudad, podemos intentar construir paz con nuestras acciones diarias. Empecemos por informarnos sobre los Acuerdos y salir a hacer valer la democracia en las urnas, con una decisión consciente y argumentada de nuestro voto.
BIBLIOGRAFÍA: La Cultura de la Paz y la Reconcialiación (2015). Fundación Konrad Adenauer Stiftung. Los Derechos Humanos en los Procesos de Paz (2012). Todd Howland Proceso de Paz (2016). La Silla Vacía.