Caso de las comunidades Afrodescendientes desplazadas de la cuenca del rio Cacariaca

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CASO DE LAS COMUNIDADES AFRODESCENDIENTES DESPLAZADAS DE LA CUENCA DEL RÍO CACARICA (OPERACIÓN GÉNESIS) VS. COLOMBIA

Corte interamericana de derechos humanos


Demanda: Comunidades del rio Cacaraica denuncian la desposesión ilegal de los territorios ancestrales pertenecientes a las comunidades afrodescendientes de la cuenta del rio Cacarica”, añade el documento y los actos crueles e inhumanos a los que fue sometido el señor Marino López en el poblado de Biajo, así como los daños ala vida de los pobladores del lugar .

Las comunidades buscan que el estado les otorgue una reparación civil por los daños causados . Ellos consideran que el Estado no actuó de manera pertinente frente los abusos de la operación génesis y la operación Cacaraica . Así mismo no salvaguardo la existencia de dicha comunidades . Ellos aluden a la cantidad de muertes y de pobladores desaparecidos o que e migraron a otro lugar . Estos hechos responden a l año 1997 en los días 24 al 27. Esta demanda fue presentada en el 2003


Hechos ocurridos: El desplazamiento de 5000 campesinos rurales , que permanecieron hacinadas en condiciones infrahumanas durante cerca de cuatro años Despojo ilegal de tierras pertenecientes a las comunidades afrodescendientes Actos crueles e inhumanos a los que fue sometido el señor Marino López en el poblado de Biajo, así como la privación de su vida .

Estos hechos son atribuibles al Estado por la aquiescencia o colaboración que prestaron agentes de la fuerza pública para las operaciones de esos grupos, lo cual les facilitó las incursiones a las comunidades del Cacarica y propició o permitió la comisión de este tipo de actos”. Y por no a ver asegurado la existencia de estas comunidades

Se llevo a cabo entre el 24 y el 27 de febrero de 1997, en el marco de la operación Génesis, la cual se concentró entre los ríos Salaquí y Truandó, destinada a capturar o dar de baja a integrantes de las Farc.


Sentencia: La Corte declaró que el Estado es responsable por haber incumplido con su obligación de garantizar los derechos a la integridad personal y a no ser desplazado forzadamente (contenido en el derecho de circulación y residencia. Estado es responsable por la violación al derecho a la propiedad colectiva protegido por el artículo 21 de la Convención Estado es responsable por la violaciones de derechos de los niños y niñas

Realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional Brindar el tratamiento adecuado y prioritario que requieran las víctimas del presente caso Restituir el efectivo uso, goce y posesión de los territorios de las comunidades.

Garantizar que las condiciones de los territorios que se restituyan a las víctimas del presente caso. (reparación a familia de Mario)


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