TITULO III
DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR
Capítulo I: Normas de convivencia de la IE
Art. 11. Definición de normas de convivencia: Las normas de convivencia son pautas de protocolo, respeto y organización que rigen el espacio, el tiempo, los bienes y el transito entre las personas que comparten un lugar, espacio sea virtual o físico en un momento determinado. En ese sentido, las normas de convivencia comprenden una serie de deberes y normas de obligado cumplimiento, fundamentadas en el respeto mutuo, la tolerancia y el desempeño compartido de los deberes. Para que funcionen, deben ser conocidos y comprendidos por todos los miembros que forman parte del espacio físico o virtual
Art. 12. Normas de convivencia en la IE: Al inicio del año escolar, cada docente de aula, tutor o tutora dedica las primeras sesiones a la elaboración de las Normas de Convivencia de su aula. Para su elaboración es necesario tener en cuenta lo siguiente:
a) Promover la participación de sus estudiantes, en un ambiente democrático, respetuoso e inclusivo, con igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, respeto y valoración a las diferencias culturales y lingüísticas.
b) Emplear un estilo de redacción en sentido positivo, con lenguaje sencillo y en primera persona del plural.
c) Considerar la etapa del desarrollo y las características específicas de los y las estudiantes.
d) Adecuar las normas a las necesidades específicas de las y los estudiantes del aula.
e) Considerar las competencias y capacidades del Currículo Nacional vigente.
f) Mantener coherencia con las Normas de Convivencia de la institución educativa.
g) Una vez concluida la elaboración de las Normas de Convivencia del aula, estas son aprobadas por el director.
Art. 13. En el caso de la Emergencia sanitaria u otra similar que genere brindar clases no presenciales, se hace necesario plasmar acciones adecuadas para brindar soporte socioemocional dentro del contexto del estudiante. Entre ellas se propone:
a) Identificarse adecuadamente en todo momento con nombres y apellidos completos.
b) Las estudiantes con dificultades para asistir a las clases virtuales deben reportarlo a la auxiliar de educación.
c) Encender el micrófono cuando se requiera.
d) Emplear vocabulario adecuado y respetuoso.
e) Solicitar oportunamente la palabra.
f) Respetar los acuerdos establecidas al iniciar la sesión.
g) Al ingresar debe encender la cámara cuando lo solicite el docente. Esto considerando el empleado de plataformas virtuales de interacción como Zoom, meet, cisco, Teams, etc.
h) Cuidar la imagen y prestigio del colegio haciendo buen uso de las plataformas y redes sociales.
i) Ser responsables con la entrega de actividades planificadas.
j) Cumplir con el horario de atención asignado a las estudiantes.
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k) Al momento de enviar actividades por correo, WhatsApp u otra plataforma la estudiante debe identificarse con nombre completo y de manera respetuosa.
l) Los padres de familia deben comunicarse permanentemente con los miembros de la institución educativa para absolver sus inquietudes de manera respetuosa e identificándose.
Art. 14. De las acciones una vez aprobadas las normas de convivencia del aula
a) Publicarlas en un lugar visible del aula, en un formato adecuado y, si fuera posible, distribuir un ejemplar, en formato virtual o escrito, a cada estudiante del aula.
b) Incluirlas en la carpeta pedagógica del tutor o tutora responsable.
c) Evaluar su cumplimiento por lo menos una vez al bimestre.
Art. 15. Para el año escolar 2022 las normas de convivencia institucionales son:
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Art. 16. Medidas correctivas: De conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Reglamento de la Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas, aprobado por Decreto Supremo N° 010 2012 ED, es toda acción que tiene por objeto orientar la formación y el cambio de comportamientos inadecuados en los estudiantes, de acuerdo a su edad y nivel de desarrollo, respetando su dignidad y sin vulnerar sus derechos.
Se aplican a través de estrategias que motiven a las personas involucradas a responsabilizarse de las consecuencias de sus acciones, comprender las causas de su comportamiento, cambiarlo, reparar el daño causado y a restablecer las relaciones afectadas. Estas estrategias implican diálogo, mediación, negociación, consejería, reparación, autorregulación, entre otras.
TITULO IV
DE LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
Capítulo I: Derechos de los integrantes de la comunidad educativa
Art. 17. De los estudiantes: La Constitución Política del Perú reconoce a las personas como sujetos de derecho, a quienes se les debe garantizar el respeto de su dignidad. Asimismo, y al aprobar la Convención sobre los Derechos del Niño, la Organización de las Naciones Unidas determina los derechos de todas las personas menores de 18 años que los países deben promover y respetar
Art. 18. De los docentes
a) Cumplir en forma eficaz el proceso de aprendizaje de los estudiantes, realizando con responsabilidad y efectividad los procesos pedagógicos, las actividades curriculares y las actividades de gestión de la función docente, en sus etapas de planificación, trabajo en aula y evaluación, de acuerdo al diseño curricular nacional.
b) Orientar al educando con respeto a su libertad, autonomía, identidad, creatividad y participación; y contribuir con sus padres y la dirección de la institución educativa a su formación integral. Evaluar permanentemente este proceso y proponer las acciones correspondientes para asegurar los mejores resultados.
c) Respetar los derechos de los estudiantes, así como los de los padres de familia.
d) Presentarse a las evaluaciones médicas y psicológicas cuando lo requiera la autoridad competente, conforme a los procedimientos que establezca el reglamento.
e) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo.
f) Aportar en la formulación del proyecto educativo institucional, asumiendo con responsabilidad las tareas que les competan.
g) Participar, cuando sean seleccionados, en las actividades de formación en servicio que se desarrollen en instituciones o redes educativas, Unidades de Gestión Educativa Local, Direcciones Regionales de Educación o Ministerio de Educación.
h) Presentarse a las evaluaciones previstas en la Carrera Pública Magisterial y a las que determinen las autoridades de la institución educativa o las entidades competentes.
i) Ejercer la docencia en armonía con los comportamientos éticos y cívicos, sin realizar ningún tipo de discriminación por motivos de origen, raza,sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole.
j) Conocer, valorar y respetar las culturas locales, en el ámbito nacional, y la lengua originaria.
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k) Contribuir a la afirmación y desarrollo cultural y ciudadano de los miembros de la institución educativa de la comunidad local y regional.
l) Informar a los padres de familia sobre el desempeño escolar de sus hijos y dialogar con ellos sobre los objetivos educativos y la estrategia pedagógica, estimulando su compromiso con el proceso de aprendizaje.
m) Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuentas de los bienes a su cargo que pertenezcan a la institución educativa.
n) Asegurar que sus actividades profesionales se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los derechos humanos, la Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y democrática.
o) Coadyuvar al trabajo en equipo de los profesores de la institución educativa y, si fuera el caso, de las instancias de gestión educativa descentralizada.
p) Participar en los sistemas tutoriales que desarrolle la institución educativa.
q) Otros que se desprendan de la presente ley o de otras normas específicas de la materia.
Art. 19 Personal administrativo: Los derechos del personal administrativo deben garantizar un espacio de trabajo justo y acorde a la normatividad laboral vigente:
a) participación en equipos de trabajo, así como en otras instancias de toma de decisión de la IE.
b) funciones y objetivos claramente delimitados para la exitosa concreción de sus labores.
c) Ser contemplados en las Normas de convivencia de la IE a fin de garantizar el respeto y trato justo por parte de otros integrantes de la comunidad educativa.
d) participación en estrategias de fortalecimiento de las competencias requeridas para el ejercicio de sus responsabilidades.
Art. 20 Directivos: Los derechos que un directivo tiene, adicionalmente a los que recibe como docente, de acuerdo a los previsto en la Ley 29944, “Ley de la Reforma Magisterial”, están vinculadas a recibir las condiciones básicas para proveer el servicio educativo desde las IIEE, y se sintetiza en lo siguiente:
a) tiempo de trabajo
b) provisión de condiciones básicas y de calidad
Art. 21. Auxiliares de educación
a) Percibir oportunamente la remuneración mensual que le corresponde.
b) Recibir las asignaciones, incentivos y demás beneficios que correspondan de acuerdo a ley
c) Estabilidad laboral sujeta a las condiciones que establece el la Ley de la Reforma Magisterial.
d) Gozar de licencias, permisos, destaques, reasignaciones y permutas. Vacaciones. Seguridad social de acuerdo a Ley.
e) Libre asociación y sindicalización.
f) Reconocimiento de su tiempo de servicios efectivos para el otorgamiento de beneficios sociales.
g) Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpido por motivos de representación política y sindical, según sea el caso. Condiciones de trabajo que garanticen un eficiente cumplimiento de sus funciones dentro de los alcances de la presente norma.
h) Reconocimiento por parte del Estado, la comunidad y los padres de familia de sus acciones sobresalientes en el ejercicio de su función
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Art. 22. De las Familias: Los derechos de la familia de manera simplificada se sintetizan en lo siguiente:
a) Participación en el proceso formativo de los estudiantes.
b) Atención por parte de la IE.
c) Participación en proceso de la IE a través de la APAFA y CONEI
d) Denunciar conductas irregulares en la IE que afecten directamente a los estudiantes (maltrato, abuso, discriminación, negligencia, violencia, etc.)
Capítulo 2: Responsabilidades de los integrantes de la comunidad educativa
Art. 23. Del director: Es responsable de la gestión pedagógica, administrativa, institucional y comunitaria; ejerce su liderazgo basándose en los valores éticos, morales y democráticos; teniendo presente en todo momento la misión y visión de la institución.
Art. 24 Funciones del director en lo pedagógico
a) Promueve una práctica de evaluación y autoevaluación de su gestión institucional y da cuenta de ella ante la comunidad educativa y autoridad superior, semestral
b) Formula, coordina, ejecuta y evalúa el PEI, PCI, Plan de Trabajo Anual y Reglamento Interno; con la participación de la comunidad educativa porrasina
c) Organiza y dirige el servicio de monitoreo, supervisión y acompañamiento en la Institución, promoviendo una práctica democrática en el marco del buen desempeño docente.
d) Organizar, conducir y evaluar sus procesos de gestión institucional y pedagógica.
e) Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión, experimentación e investigación educativa.
Art. 25. Funciones del director en lo administrativo
a) Preside el CONEI, el Comité de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas Empresariales y otras que la Ley señala.
b) Recepciona y evalúa en coordinación con el CONEI, Comité de Tutoría, Orientación y Convivencia Escolar, toda clase de denuncias, quejas y reclamos en primera instancia administrativa, conforme a ley. Salvo los casos de maltrato que se expresan en otro tipo de normas
c) Aprueba mediante Resolución Directoral,los documentos de gestión institucional,como: el PAT, RI, PEI, PCEI previo acuerdo de Asamblea y firma los convenios interinstitucionales que se estime conveniente previa revisión.
d) Ejecutar de manera eficaz el presupuesto del mantenimiento anual del mantenimiento escolar.
e) Informar oportunamente la ejecución del presupuesto de mantenimiento escolar y otros que beneficien de la I.E.
f) Participar, con el Consejo Educativo Institucional, en la evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo. Estas acciones se realizan en concordancia con las instancias intermedias de gestión, de acuerdo a la normatividad específica.
g) Delegar Funciones a los subdirectores y a otros miembros de su comunidad educativa.
h) Designa a los coordinadores de los programas de recuperación, afianzamiento y nivelación previa evaluación.
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i) Organiza el proceso de matrícula, autoriza el traslado de matrícula y exoneración de asignaturas, así como la aplicación de las pruebas de ubicación, según lo que establece la normatividad vigente.
j) Elabora el rol de vacaciones del personal directivo previa coordinación.
k) Autoriza la rectificación de nombres y apellidos de los alumnos en los documentos pedagógicos oficiales, de acuerdo con las normas específicas.
l) Expide certificados de estudios y otros documentos de carácter técnico pedagógico y administrativo de su competencia
m) Estimula o sanciona según el caso a los docentes, personal administrativo y alumnos de la Institución Educativa de conformidad con las normas emitidas por el MINEDU y el presente reglamento.
n) Solicita oportunamente al Órgano Intermedio la cobertura de las plazas docentes o administrativas vacantes y el reemplazo del personal docente con licencias, de acuerdo a ley
o) Otorga permisos al personal a su cargo, en caso debidamente justificado, informando al Órgano Intermedio de esta acción.
p) Llama la atención verbalmente y por escrito al personal de la Institución Educativa, por incumplimiento de funciones, y en caso de faltas o infracciones, suspende hasta por treinta días sin goce de remuneraciones según lo que establece el Art.81 inc.81.2 y el Art. 88 del D.S. Nº 004-2013-ED y el presente reglamento.
q) Preside las jornadas de reflexión establecidas en la calendarización; con el propósito de informar sobre el cumplimiento de los compromisos de gestión.
r) Autoriza la justificación resolutiva de inasistencias de los estudiantes, teniendo en cuenta los plazos de ley.
s) Estimular el buen desempeño docente estableciendo en la institución educativa, prácticas y estrategias de reconocimiento público a las innovaciones educativas y experiencias exitosas.
t) Velar por el mantenimiento y conservación del mobiliario, equipamiento e infraestructura de la institución educativa,
u) Gestionar la adquisición y/o donaciones de mobiliario y equipamiento, así como la rehabilitación de la infraestructura escolar.
v) Optimizar la calidad de los aprendizajes y del desempeño docente, con medidas que promuevan y estimulen a la innovación Pedagógica y la diversificación curricular, la investigación y propuestas experimentales, orientadas a cualificar los logros de aprendizaje y propuesta docente en el aula y el desarrollo de diversos talentos en estudiantes y docentes.
w) Monitorear, supervisar y evaluar continuamente el servicio Educativo acompañando y asesorando los esfuerzos de los docentes por mejorar la calidad de práctica pedagógica.
x) Crear espacios y oportunidades constantes de ínter aprendizajes de reflexión y sistematización de la práctica dirigidas a mejorar las competencias de los docentes y las condiciones de aprendizaje de los alumnos.
y) Organizar en forma regular eventos de capacitación y actualización docente, así como evaluar su ejecución e impacto otorgando certificación y/o resolución de felicitación
z) Suscribir convenios y/o contratos entre la Institución educativa y otras entidades con fines educativos y culturales, donde se beneficie nuestra I.E., sin afectar las horas de aprendizaje en el aula.
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aa)Autorizary promover visitas de estudio, excursiones y demás actividades de aprendizaje fuera de la Institución educativa, supervisando la existencia de medidas y previsiones que garanticen el aprovechamiento pedagógico de éstas experiencias.
bb)Garantizar el cumplimiento efectivo del tiempo de aprendizaje, evitando la pérdida de horas con actividades no consideradas en el PAT.
cc) Incentivar la participación de los alumnos ofreciéndoles canales y oportunidades constantes, permitiendo y alentando diferentes formas de organización autónoma,como municipios escolares y consejos estudiantiles, dirigidos a contribuir al desarrollo del proyecto educativo del centro educativo y a satisfacer sus propios intereses.
dd)Presentar su informe de gestión anual ante la comunidad educativa.
ee)Conformar el comité de Gestión de recursos financieros, el cual deberá informar de manera pública y transparente a la comunidad educativa del manejo de recursos y bienes del centro educativo.
ff) Presidir el comité de Gestión de recursos financieros que tendrá entre sus funciones adjudicar la administración de kioscos de la Institución educativa de acuerdo a las normas y disposiciones vigentes, con conocimiento del consejo escolar, así como autorizar el uso eventual y alquiler de ambientes y/o equipos conservación del medio ambiente, de las instalaciones y equipos.
gg)Coordinar con la asociación de padres y madres de familia el uso de los fondos que ella recaude, teniendo en cuenta los requerimientos del plan de trabajo anual y la priorización de sus gastos para los requerimientos pedagógicos y de participación cultural y deportiva.
hh)Informa de manera semestral y cuando la necesidad lo amerite, al CONEI y toda la comunidad educativa, sobre la problemática institucional y su solución, incluido el movimiento económico de la I.E.
Art. 26. Funciones del subdirector La Subdirección de Formación General sigue en jerarquía a la directora del plantel y tiene como funciones:
a) Planificar, organizar, capacitar, monitorear, asesorar y evaluar las actividades técnico pedagógicas y administrativas. Es el líder pedagógico por excelencia.
b) Participar en la formulación de instrumentos técnicos y de gestión de la IE.
c) Elaborar el PCIE en coordinación con el personal docente y jerárquico.
d) Conducir, supervisar y evaluar el desarrollo integral del currículo articulando las acciones académicas, de tutoría y orientación del educando de acuerdo a las orientaciones metodológicas.
e) Implementar a los docentes en el proceso de monitoreo, acompañamiento y supervisión educativa.
f) Monitorea, supervisa y acompaña el trabajo de los Asesores, Jefe de Taller y Jefe de Laboratorio, según las funciones que establece el reglamento.
g) Convoca a los Asesores y Coordinador TOE cada mes a reuniones técnico pedagógicas con el propósito de evaluar el trabajo realizado y reprogramar acciones.
h) Coordina la elaboración de documentos para la evaluación del educando, asimismo la elaboración de cuadros estadísticos y gráficos referentes al rendimiento promedio bimestral y anual, así como publica el cuadro de méritos de los alumnos bimestralmente y toma medidas para el mejoramiento continuo.
i) Mantiene actualizada las nóminas de matrículas, respetando los procedimientos administrativos vigilando la adecuada administración del SIAGIE y supervisa la correcta elaboración de las actas: finales, de recuperación y subsanación.
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j) Informa a la Dirección y a los padres de familia en forma bimestral sobre resultados de la evaluación de los educandos en coordinación con los Asesores de aula.
k) Controla la Asistencia y permanencia diaria del personal a su cargo, así como otorga los permisos respectivos según lo que establece el presente reglamento.
l) Vela por el estricto cumplimiento de las horas efectivas de clase; así como de la permanencia del personal a su cargo durante su jornada laboral; informando al inmediato superior del no cumplimiento de las mismas.
m) Ejecuta el cronograma, del trabajo pedagógico conforme al plan de estudios, y el cuadro de distribución de horas,horario de clasesy turnos de acuerdo a la normatividad vigente.
n) Coordina con el Directora en el aspecto técnico pedagógico de su competencia.
o) Es responsable de la organización y ejecución del día del logro, feria de ciencias y otras actividades relacionadas con el proceso de aprendizaje informando a la dirección, Consejo académico y al CONEI.
p) Vela por el orden y disciplina de la IE “Raúl Porras Barrenechea””, coordinando con la Coordinadora del TOE, informando al comité de Tutoría.
q) Informa a los alumnos sobre cursos de subsanación, aplazados, y el cronograma de fechas para su evaluación.
r) Desarrolla acciones de sensibilización a la comunidad educativa, para la conservación y mantenimiento de la infraestructura, equipos, mobiliario y material.
s) Elabora en coordinación con TOE, el horario de atención a padres de familia, por parte de los docentes y auxiliares.
t) Dirigir la elaboración y ejecución del Plan de Supervisión Interna.
u) Asumir las funciones de la directora durante su ausencia.
v) Hacer cumplir el Reglamento Interno del Colegio.
w) Disponer el reemplazo de los ausentes en coordinación con las asesorías respectivas.
x) Atender a los alumnos y padres de familia en el aspecto académico.
y) Presentar a la Dirección del plantel un informe periódico sobre las actividades técnico pedagógicas.
z) Elaborar y remitir el parte mensual de asistencias e inasistencias en forma oportuna a la Dirección.
aa)Organizar, planificar, ejecutar y evaluar el Plan de acción para la Mejora de los Aprendizajes.
bb)Promover el desarrollo educativo, recreativo, cultural y deportivo de la comunidad.
cc) Programar y desarrollar acciones de capacitación y actualización para el personal.
dd)Desarrollar acciones de orientación y difusión de las actividades.
Art. 27. Del órgano de participación, concertación y vigilancia (CONEI): sus funciones son reguladas en el DS N.° 011 2012 ED,
a) Participar en la formulación y evaluación del proyecto Educativo Institucional.
b) Participar en los procesos destinados al ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo de la institución, de acuerdo con la normatividad especifica que emita el Ministerio de Educación.
c) Vigilar el acceso, matricula oportuna, inclusión educativa y calidad del servicio que brinda la institución educativa.
d) Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad, inclusión, pertinencia del servicio educativo, logros de aprendizaje y el adecuado uso y destino de los recursos.
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e) Colaborar con el director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de trabajo pedagógico, el numero de semanas lectivas y la jornada de personal docente y administrativo.
f) Coordinar con el Consejo Participativo Local de Educación de su circunscripción
Art. 28. Del Jefe de laboratorio:
a) Dictar 12 horas de clase
b) Organizar, coordinar, monitorear, ejecutar y evaluar el proceso enseñanza aprendizaje en el laboratorio.
c) Monitorear la labor del personal auxiliar de laboratorio y/o docente que trabaja y/o hace uso del laboratorio.
d) Programar, organizar y coordinar el uso del laboratorio.
e) Mantener actualizado el inventario de equipo o módulo de laboratorio.
f) Velar por el buen funcionamiento del laboratorio.
g) Elaborar el programa de mantenimiento y conservación de los equipos e insumos del laboratorio.
h) Informar periódicamente a su jefe inmediato sobre el funcionamiento del laboratorio.
i) Participar en la organización y ejecución de la feria de ciencias.
j) Apoyar en aula con estudiantes en caso de ausencia de algún docente cuando tenga la disponibilidad de tiempo.
k) Promover, elaborar, organizar, implementar y evaluar el Proyecto Ambiental.
Art.29. Coordinador pedagógico: Depende de Sub Dirección de Formación General, y sus funciones son:
a) Promuevo el desarrollo de las siguientes actividades:
• Carpeta de recuperación
• Evaluación diagnóstica de entrada
• Período de consolidación de competencias
• Período de refuerzo escolar, para lograr el desarrollo de las competencias de los estudiantes
b) Monitoreo que las y los docentes a mi cargo cuenten con la planificación curricular correspondiente (programación anual, experiencia de aprendizaje, proyectos, etc.).
c) Elaboro, con el equipo directivo, el Plan de Acompañamiento Pedagógico, que incluye:
• Prioridades para la formación docente en servicio sobre la base de necesidades formativas
• Cronograma general de acciones formativas Brindo acompañamiento pedagógico a las y los docentes a través de:
➢ Observación del desempeño docente, diálogo reflexivo y asesoría pedagógica
➢ Gestión de la implementación de los grupos de interaprendizaje (GIA)
➢ Liderazgo en el desarrollo del trabajo colegiado
➢ Promoción del desarrollo de talleres, cursos y tutoriales virtuales.
➢ Y otros.
d) Monitoreo el desarrollo de las actividades de retroalimentación realizados por las y los docentes para la mejora de los aprendizajes.
e) Promuevo la implementación, en las semanas de gestión, de actividades como:
• Desarrollo profesional docente (acciones de capacitación docente)
• Promoción de las comunidades de aprendizaje
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f) Gestiono las reuniones del trabajo colegiado con las y los docentes de las áreas curriculares a mi cargo, promoviendo un espacio de análisis y reflexión de la práctica pedagógica, para la toma de acuerdos que promuevan la mejora de los aprendizajes.
g) Reporto al equipo directivo avances y dificultades presentadas en la implementación de mis tareas.
h) Promuevo la comunicación con los padres de familia o cuidadores a cargo de los estudiantes.
Art. 30. Del Docente del Aula de Innovación Pedagógica
a) Asesorar a los docentes en el uso y aplicación de las TIC en el trabajo educativo y en la solución de los problemas que se presenten.
b) Asesorar a los docentes en el uso de recursos informáticos (uso de laptos)
c) Identificar y atender las necesidades de capacitación docente en el aprovechamiento educativo de las TIC.
d) Velar por el mantenimiento de los equipos informáticos.
e) Reportar el estado de los recursos TIC a su superior inmediato.
f) Tener un inventario actualizado de los recursos TIC del aula de innovación pedagógica a su cargo.
g) Dar a conocer en coordinación con la dirección y los docentes, el horario de uso del aula de innovación pedagógica, garantizando el acceso a todos los estudiantes.
h) Incentivar y actualizar a los docentes en sus horas libres.
i) Promover la participación de la comunidad educativa en el aprovechamiento educativo de las TIC.
j) Asesorar proyectos para la feria de Ciencias.
k) Implementar talleres de programación y robótica en coordinación con la coordinadora pedagógica y docentes de EPT.
l) Crear y mantener actualizada la pagina web de la Institución Educativa, así como redes sociales para una óptima comunicación con la comunidad educativa.
m) Apoyar a los docentes en el SIAGIE
Art. 31. De los Coordinadores de áreas.
1. Asesor de ciencias: Depende de Sub Dirección de Formación general, y sus funciones son:
a) Orientar, coordinar, monitorear y evaluar la programación curricular, la elaboración del material educativo y el proceso técnico pedagógico en las áreas a su cargo en la Hora Colegiada.
b) Promueve el desarrollo de métodos, técnicas y material educativo en base al intercambio de experiencias entre los docentes delárea a su cargo y su actualización y capacitación permanente.
c) Brinda asesoramiento y acompañamiento técnico pedagógico a los docentes a su cargo en la preparación de clases y en los diferentes aspectos del desarrollo del Aprendizaje.
d) Coordina cada fin de mes en la Hora Colegiada, con los docentes a su cargo, para que informen sobre el trabajo académico efectuado y tomar decisiones tendientes a mejorar el nivel educativo.
e) Informa periódicamente a su inmediato superior sobre lo actuado en su asesoría.
f) Informa por escrito sobre las acciones del monitoreo y supervisión.
g) Presentar semanalmente su Plan de Actividades ante la SD.
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h) Informar la primera semana de cada mes sobre la Asistencia de la Hora Colegiada y el Plan de Reforzamiento de los profesores a su cargo.
i) Elaborar, ejecutar y evaluar su Plan de Trabajo.
j) Integrar el equipo de monitoreo y supervisión interna.
k) Atender en primera instancia cualquier requerimiento de los docentes de las áreas de Matemática y Ciencia, Tecnología y Ambiente informando a la Subdirección correspondiente.
l) Coordinar, supervisar y evaluar el desarrollo del PEA durante el año escolar.
m) Programar y realizar reuniones periódicas entre los docentes de las áreas a su cargo para intercambiar experiencias sobre el desarrollo de los programas educativos.
n) Supervisar el material educativo que se elabora.
o) Dictar doce (12) horas de clase.
p) Participar en la elaboración de medios y materiales educativos.
q) Participar en la elaboración del Plan Anual de Trabajo, PEI, RI.
r) Planificar, organizar y evaluar las diversas actividades inherentes al cargo emitidas por el MINEDU.
s) Reemplazar a los profesores que faltan, ingresando al aula en apoyo a los auxiliares que tengan más de una sección sin profesor.
t) Participar en la organización, planificación, ejecución y evaluación de las actividades relacionadas con Educación Ambiental.
Art. 32. Órgano de coordinación
1. Coordinador de grado/área
a) Orientar y promover la participación de los actores de la IE en la planificación, ejecución y evaluación curricular de las áreas curriculares, a partir de las necesidades, características e intereses de los estudiantes y del contexto, considerando las metas de aprendizaje.
b) Programar acciones para implementar y realizar seguimiento a las estrategias establecidas en el plan de mejora para alcanzar las metas de aprendizaje proyectadas para cada área curricular y grado.
c) Coordinar la elaboración de evaluaciones diagnosticas y análisis estadístico de los logros de aprendizaje.
d) Realizar el acompañamiento pedagógico a los profesores a su cargo y promover estrategias formativas diversas (sesiones compartidas) para garantizar la mejora de los procesos pedagógicos y los aprendizajes.
e) Promover la integración de las TIC en los procesos pedagógicos.
f) Organizar al equipo docente para formar comunidades de aprendizaje por áreas curriculares, grados o ciclos, a partir de las dificultades y fortalezas identificadas en el proceso de acompañamiento, para la mejora de su desempeño.
g) Orientar a los docentes en el desarrollo de estrategias de reforzamiento pedagógico.
h) Conducir de manera pertinente las horas de trabajo colegiado y promover estrategias de aprendizaje pertinentes de acuerdo al área, grado o ciclo.
i) Realizar el acompañamiento y monitoreo a los docentes.
j) Dar a conocer el cronograma de monitoreo a los docentes.
2. Coordinadora de TOE (rvm 212 2020 MINEDU)
a) Orientar, planificar, supervisar, monitorear y evaluar las actividades de los tutores en el marco del Plan de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar.
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b) Dinamizar el trabajo del Comité de tutoría y orientación educativa o la que haga de sus veces.
c) Promover espacios de reflexión, capacitación, apoyo mutuo a través de las reuniones de trabajo colegiado.
d) Coordinar e involucrar agentes sociales o aliados de la comunidad que contribuyan a la implementación de acciones de la tutoría y orientación educativa.
e) Realizar acompañamiento al tutor o tutora sobre el trabajo de tutoría y orientación educativa, para lo que se requiere organizar las horas de libre disponibilidad durante la semana para tal fin.
f) Detectar señales de alerta de situaciones de vulneración de los derechos de los estudiantes y coadyuvar en la atención de casos de acuerdo a la normativa vigente.
3. Comité de Tutoría y orientación educativa
a) Elaborar, ejecutar y evaluar el Plan de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolaren función deldiagnóstico de las necesidades e intereses de los estudiantes, de acuerdo con las particularidades de las modalidades, niveles educativos y ciclos de los servicios educativos, teniendo en cuenta los proyectos educativos locales y regionales, si los hubiera
b) Participar en la elaboración, actualización, implementación y evaluación de los instrumentos de gestión de la institución educativa, garantizando la implementación de la tutoría, orientación educativa y convivencia escolar
c) Asegurar el desarrollo de la tutoría individual y grupal en espacios seguros y según las necesidades de orientación.
d) Desarrollar actividades de orientación a las familias a nivel de institución educativa y de aula.
e) Coadyuvar en el desarrollo de acciones de prevención y atención oportuna de los casos de violencia escolar y otras situaciones de vulneración de derechos, considerando las orientaciones y protocolos de atención y seguimiento propuestos por el sector.
f) Coordinar con el Consejo Educativo Institucional (CONEI), la UGEL u otras instituciones, el desarrollo de actividades formativas, preventivas y promocionales relacionadas con la tutoría y orientación educativa, y convivencia escolar
g) Promover durante el año escolar las reuniones de trabajo colegiado y grupos de interaprendizaje de tutoría y orientación educativa (TOE) para planificar y evaluar las acciones con los tutores en materia de tutoría y orientación educativa, y convivencia escolar
h) Reunirse por lo menos una vez cada bimestre con los tutores para evaluar y planificar las acciones de la TOE y los planes tutoriales de aula, con participación de los docentes y auxiliares de educación.
i) Difundir y promover el uso de los materiales educativos relacionados con a la TOE, la Convivencia Escolar y temas afines.
j) Promover, convocar y articular acciones con instituciones públicas y privadas con el fin de consolidar una red de apoyo a la tutoría y orientación educativa, y a la promoción de la convivencia escolar, acciones de prevención y atención de la violencia.
k) Elaborar, actualizar y evaluar las normas de convivencia, asegurando su incorporación en el reglamento interno y su difusión a todos los integrantes de la comunidad educativa.
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l) Asegurar la afiliación de la institución educativa al SíseVe, la actualización periódica de los datos del responsable y el registro de los casos de violencia escolar.
m) Garantizar el ejercicio de la disciplina con base en un enfoque de derechos, sin ningún tipo de castigo físico ni humillante.
4. De los Tutores (212-2020-MINEDU)
a) Brindar acompañamiento socioafectivo y cognitivo a los estudiantes.
b) Apoyar en la comunicación y el trabajo colegiado con los docentes que realizan clase, así como auxiliares de educación y psicólogos (si los hubiera).
c) Orientar a las familias de sus estudiantes, generando apoyo para continuar el trabajo de tutoría en el hogar.
d) Informar a las familias acerca de los avances y dificultades en el desarrollo de las competencias de cada estudiante y brindar recomendaciones para ser implementadas por las familias.
e) Planificar e implementar acciones según las estrategias de tutoría y orientación
f) educativa.
g) Promover con el ejemplo un comportamiento ético dentro y fuera de la I.E., así como aquellos aprendizajes que se espera desarrollar en los estudiantes.
h) Informar oportunamente al director y al Comité de tutoría y orientación educativa o la que haga de sus veces toda situación, hecho o acontecimiento que vulnere los derechos de las y los estudiantes.
i) Colaborar con el Comité de tutoría y orientación educativa o la que haga sus veces en la elaboración y ejecución de actividades del Plan de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar.
j) Promover relaciones democráticas y de buen trato entre los estudiantes.
k) Detectar señales de alerta de situaciones de vulneración de los derechos de los estudiantes y coadyuvar en la atención de casos de acuerdo a la normativa vigente.
l) Realizar visitas domiciliarias a las familias de sus estudiantes, cuando se estipule en los modelos de servicio educativo y en función de los protocolos establecidos exclusivamente por el Ministerio de Educación.
5. Municipio escolar
a) Cumplir y hacer cumplir los estatutos del Municipio Escolar.
b) Velar por la vigencia y respeto de los derechos de sus miembros en la institución educativa.
c) Elaborar un plan de trabajo en coordinación con los comités de aula.
d) Organizar comisiones de trabajo integrados por los (as) regidores de los comités de aula para ejecutar las actividades programadas.
e) Coordinar con la dirección de la institución educativa, docentes y la APAFA la ejecución de las actividades programadas en su plan de trabajo.
f) Realizar gestiones ante instituciones públicas y/o privadas y organizaciones de base para conseguir el apoyo en la ejecución de su plan de trabajo.
Art. 33. Órgano de ejecución
1. Docentes de primaria y secundaria (rvm 273-2020-minedu)
a) Participar de forma conjunta, responsable, democrática y solidaria en el adecuado desarrollo del periodo lectivo, presencial o no presencial, según sus respectivos roles y responsabilidades asignadas.
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b) Planificar de manera colegiada las actividades destinadas al retorno del servicio educativo presencial, con la finalidad de acoger y ayudar a los estudiantes frente a experiencias adversas que pueden haber sido identificadas en el diagnóstico situacional previo.
c) Registrar los insumos y rendir cuenta a la UGEL o DRE, según corresponda, sobre el seguimiento de los insumos adquiridos en el kit de higiene, a través del sistema "Mi Mantenimiento".
d) Participar de manera responsable y permanente en los programas y/o acciones de formación en servicio promovidas por el Minedu, desde una reflexión crítica sobre la práctica y del esfuerzo por generar alternativas en múltiples contextos o situaciones.
e) Promover actividades para el fomento y fortalecimiento de la lectura a nivel institucional, en colaboración con las familias y la comunidad, considerando los recursos brindados por el Minedu a través del programa “Leemos Juntos”, que están disponibles en la plataforma web de Aprendo en casa y otros que las II.EE. consideren pertinentes.
f) Promover actividades de movimiento, deporte, actividades artístico-culturales y actividades complementarias de encuentro con la comunidad educativa con un fin formativo, con la finalidad de priorizar el cuidado del estudiante y su bienestar integral.
g) Promover actividades para el fortalecimiento de la alianza escuela, familia y comunidad, considerando los recursos brindados por el Minedu y que están disponibles en la plataforma web de Aprendo en Casa y Perú Educa; y otros que la IE considere pertinente y a través de los Iniciativas pedagógicas: “Expresarte, Orquestando y Talleres Deportivos Recreativos” así como la participación de los y las estudiantes en los concursos escolares
h) Planificar, acompañar y monitorear la implementación del proceso de evaluación formativa de los aprendizajes, en concordancia con el CNEB y la Resolución Viceministerial N° 094 2020 MINEDU y la Resolución Viceministerial N° 193 2020 MINEDU
i) Planificar, implementar y evaluar las acciones de tutoría y orientación educativa en el aula, de acuerdo a la Resolución Viceministerial N° 212 2020 MINEDU
j) Rendir cuenta sobre el cumplimiento de objetivos y logros de aprendizaje, de las dificultades encontradas, y de las acciones de consolidación de aprendizajes, incluyendo los logros y dificultades respecto de la carpeta de recuperación de vacaciones, el periodo de consolidación de aprendizaje y el periodo de refuerzo escolar, dispuestos en la Resolución Viceministerial N° 193 2020 MINEDU
k) Participar de espacios de diálogo, fortalecimiento e interaprendizaje entre pares a través de trabajo colaborativos como las comunidades profesionales de aprendizaje profesional.
l) Promover en la práctica pedagógica la realización de la evaluación y retroalimentación en el acompañamiento a los estudiantes su cargo y sus resultados educativos.
m) Hacer seguimiento desde la sinergia, entre docentes, psicólogos, directivos y padres de familia que van actualizando el seguimiento periódico del estado de salud y el bienestar socioemocional de las y los estudiantes de la IE.
n) Promover un adecuado clima escolar a través del buen trato hacia los estudiantes y la promoción de una adecuada convivencia entre estudiantes y adultos estudiantes.
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o) Promover la participación de los sabios y líderes de la comunidad en los procesos de aprendizaje y el desarrollo del buen vivir.
2. Docente de Banda
a) Responsable de los estudiantes que integran la Banda de Músicos en el desarrollo de sus actividades.
b) Es responsable que los estudiantes a su cargo permanezcan en el aula en el horario de clases.
c) Participa obligatoriamente con la banda de músicos del plantel en las actividades programadas dentro y fuera de la Institución educativa.
d) Integrar comisiones de trabajo y colaborar con la dirección del plantel cuando éste lo requiera.
e) Orienta a los estudiantes y velar por su seguridad física y moral, durante sus intervenciones dentro y fuera de la Institución.
f) Organiza el comité de banda de estudiantes de la institución educativa y coordina con quien corresponda para prestar un buen servicio.
g) Los servicios que presta la banda en forma particular están sujeto a un costo económico cuyo fondo servirá para el mantenimiento e implementación de instrumentos.
h) Coordina con el Comité de Banda e informa a la dirección sobre el balance económico.
i) Comunica por escrito al ente superior su participación en actividades fuera de la IE, haciendo de conocimiento al padre de familia, así como el registro de asistencia diaria de los estudiantes integrantes de banda, incluyendo el control de comportamiento.
j) Presentar al inicio del año académico un plan de trabajo y un cronograma de actividades.
k) Velar por la buena conservación y manejo de los instrumentos bajo su responsabilidad; contando con un inventario actualizado, en caso de deterioro o pérdida debe comunicar de inmediato al director del plantel.
l) Conduce y dirige a la banda de músicos en las actividades que sean necesarias, responsabilizándose del comportamiento de sus integrantes en resguardo del prestigio de la Institución.
m) Las sesiones de práctica con instrumentos los debe realizar fuera de las horas de clase para evitar incomodidades con el sonido.
n) Depende directamente de subdirección de formación general.
3. Auxiliares de educación. Las funciones están reguladas en la RVM N° 107-2021MINEDU Funciones generales
a) Apoyar a los profesores de turno en el desarrollo de actividades de vigilancia de la disciplina de los estudiantes durante el ingreso, recreo, salidas, visitas y otras actividades pedagógicas que se organizan en la lE.
b) Propiciar y coadyuvar al mantenimiento de un adecuado clima institucional de cooperación, amistad y respeto entre los miembros de la comunidad educativa donde labora.
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c) Mantener actualizado el cuaderno de incidencias, la ficha de seguimiento de los estudiantes a su cargo; el registro de asistencia y control diario de los estudiantes y; llevar un cuaderno de inasistencias, traslados y retiros de estudiantes.
d) Informar y coordinar con la dirección o responsables del comité de tutoría y orientación educativa los problemas de conducta de los estudiantes y proponer acciones que posibiliten mejorar dichas conductas, así como reportar la asistencia de los estudiantes.
e) Vigilar constantemente la salud e higiene de los estudiantes y, además, la cabal conservación de los materiales, muebles y equipos de la lE.
f) Atender a los estudiantes que se accidenten o sufran alguna dolencia y si es necesario trasladarlos alcentro de saludmás cercano,en coordinación con elequipo directivo y familiares directos.
g) Vigilar de manera permanente a los estudiantes durante el recreo y las horas de clases, en los diversos espacios de la IE (áreas deportivas, talleres, laboratorios, servicios higiénicos y otros).
h) Participar, acompañar y colaborar activamente en las actividades cívicas, deportivas y culturales de los estudiantes de la lE.
i) Coordinar con la dirección y/o el comité de tutoría y orientación educativa, y con los padres de familia la solución de los problemas sobre conducta y puntualidad de los estudiantes a su cargo.
j) Colaborar con la entrega y recojo de las libretas de informaciones, citaciones, comunicados, directivas y otros documentos que emitan la dirección, los profesores o tutores de la IE.
k) Atender a los padres de familia en coordinación con el profesor, así como apoyar en la organización y elaboración de documentación, registros varios y otros previstos en las normas de convivencia, tutoría y orientación educativa.
l) Participar en la elaboración de los diferentes instrumentos de gestión (Proyecto Educativo Institucional PEI, Proyecto Curricular de la Institución Educativa PCIE, Plan anual de Trabajo PAT, Reglamento Interno RI, etc.) de la lE para lograr los objetivos institucionales previstos.
m) Participar en los procesos de autoevaluación personal e institucional, de acuerdo a lo previsto en el plan de trabajo para la mejora y acreditación institucional, cuando corresponda.
n) Cuidar los recursos materiales y equipamientos que le sean asignados, (mobiliarios, equipo de cómputo, material educativo, u otros) y pertenencias de los estudiantes.
o) Apoyar al responsable del SIAGIE para el debido procesamiento de boletas de notas de los estudiantes y colaborar en la entrega del informe respectivo a los padres de familia.
p) Otras que se desprendan de la presente y otras normas específicas de la materia.
FUNCIONES ESPECIFICA
a) Promover el orden en las formaciones y actividades cívicas dentro o fuera de la IE, en coordinación con los profesores.
b) Efectuar rondas periódicas en los diversos ambientes de la IE. a fin de velar por el cumplimiento de las normas de convivencia escolar y de ser necesario fuera de la lE.
c) En ausencia del profesor, el auxiliar de educación permanece en el aula asignada cumpliendo las funciones inherentes a su cargo de auxiliar de educación.
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d) Promover el orden y la disciplina en el aula durante la ausencia del profesor.
e) Llevar el registro diario de asistencia de los estudiantes, así como de las incidencias de incumplimiento de las normas de convivencia; y hacer seguimiento de las recomendaciones, dando cuenta al profesor tutor correspondiente en prevención de la discriminación y violencia en la lE.
f) Desarrollar estrategias de diálogo permanente con los estudiantes, profesores y profesores tutores.
g) Monitorear el ingreso y salida de estudiantes de la lE, faltas, tardanzas, permisos y el registro de la agenda escolar.
h) Monitorear el ingreso y salida de los estudiantes a las aulas, talleres, laboratorios y otros espacios de aprendizaje de acuerdo a la programación.
i) Brindar auxilio a los estudiantes en casos de emergencia.
j) Apoyar en las actividades tutoriales y de consejería estudiantil programadas por el tutor y la lE.
4. Secretaria
a) Atender y orientar con cortesía y amabilidad al público usuario que asiste a su área.
b) Brindar un buen trato y lealtad hacía sus superiores y compañeros de trabajo.
c) Emplear austeramente los materiales asignados, utilizándolos exclusivamente en su labor.
d) Recepcionar, clasificar, registrar, distribuir y archivar la documentación de la Dirección.
e) Redactar la documentación de Dirección de la IE y la presentación para la firma.
f) Organizar y mantener actualizado el archivo de la Dirección, de acuerdo a las normas legales vigentes, cuidando de su seguridad, conservación y confidencialidad.
g) Realizar el seguimiento y control de la documentación que se encuentra en trámite en la dirección, orientar e informar al público usuario sobre su situación.
h) Preparar los pedidos de materiales y útiles de oficina para el personal de la IE, los distribuye y cuida de su seguridad y control.
i) Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento del mobiliario, equipo y documentos de la dirección, así mismo mantiene actualizado el inventario correspondiente.
j) Reproducir la impresión de los documentos que son requeridos por el personal de la dirección.
k) Organizar la agenda de actividades del Director, concertar citas y reuniones de trabajo para el público usuario así como el personal de la IE de acuerdo a sus indicaciones.
l) Elaborar y expedir certificados de estudios.
m) Elaborar las invitaciones para las ceremonias conmemorativas.
n) Recauda, controla y deposita en la entidad financiera los fondos directamente recaudados en forma oportuna. Cumple la función de tesorera.
o) Lleva al día los libros de caja y el correspondiente legajo de comprobantes.
p) Elaborar las actas en reuniones y sesiones que convoque la directora
q) Elaborar los cuadros para la asignación del profesor (CAP) el cuadro nominal del personal (CNP).
r) Archivar los documentos de Gestión Institucional: PEI, PAT y RI; así como las Nóminas de Matrícula por cada año lectivo.
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Art. 34. Órgano de apoyo
1. Auxiliar de laboratorio
a) Participar en la elaboración del plan de trabajo y cronograma de prácticas de laboratorio.
b) Preparar los equipos, instrumentos y materiales para las prácticas de laboratorio.
c) Apoyar al docente en la tarea técnico pedagógica.
d) Llevar el libro de registro de prácticas de laboratorio.
e) Elaborar el cuadro de requerimiento, equipo, instrumentos y materiales, para laboratorio.
f) Solicitar materiales y reactivos químicos para el buen funcionamiento del laboratorio.
g) Apoyar en la actualización del inventario físico del laboratorio, registrando materiales e instrumentos: nuevos, en buen estado y aquellos que estén en desuso.
h) Realizar la limpieza, mantenimiento y conservación de los equipos e instrumentos del laboratorio.
i) Clasificar, codificar y registrar todos los equipos, instrumentos, materiales, sustancias y reactivos químicos; manteniendo actualizado el inventario del laboratorio.
j) Realizar otras funciones afines al cargo que se le asigne.
k) Depende del jefe del laboratorio.
l) Cumplir otras funciones afines a su cargo que le sean asignadas por el director y/o subdirector de Formación General del Plantel.
2. Auxiliar de biblioteca
a) Coordinar, programar, ejecutar y evaluar las acciones de apoyo al proceso de enseñanza en la biblioteca.
b) Inventariar el material bibliográfico, muebles y demás enseres que cuentan en la biblioteca.
c) Confeccionar fichas bibliográficas, catálogos y codificar los textos de consulta, revistas, folletos, láminas y otros.
d) Ordenar en estantes y anaqueles libros y/o revistas, catálogos y ficheros.
e) Orientar a los lectores en el uso adecuado de catálogos, textos, revistas, libros y otros documentos garantizando su conservación.
f) Elaborar y hacer cumplir el reglamento de biblioteca.
g) Entregar material bibliográfico a los interesados y controlar la devolución.
h) Tener actualizado el registro de los libros u otro material prestado, así como la renovación de los plazos vencidos informando al jefe inmediato superior.
i) Informar por escrito al jefe inmediato superior oportunamente sobre las ocurrencias producidas en la prestación del servicio.
j) Velar por el mantenimiento y conservación del material bibliográfico (empaste, encuadernación).
k) Promover campañas para implementar el material bibliográfico y banco de libros.
l) Ambientar la sala de lectura con apoyo de la dirección, PP.FF. y educandos a fin de prestar un eficiente servicio a los mismos.
m) Entregar en el mes de marzo y recepcionar al culminar las actividades académicas los textos de consulta de biblioteca de aula, bajo inventario, informando por escrito a su superior.
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n) Participar en el inventario general que se hace todos los años en el mes de diciembre en la Biblioteca.
o) Participar en la recepción, clasificación, catalogación y registro del material de lectura y otros.
p) Participar en el proceso de depuración del material bibliográfico.
q) Llevar un cuaderno de ocurrencias y cargos.
r) Realizar y actualizar el inventario de bienes culturales de la biblioteca al término del año escolar, en coordinación con la docente bibliotecaria.
s) Recoger los libros con la debida anticipación (mes de diciembre).
t) Realizar otras funciones afines al cargo que desempeñan y las que ordene la superioridad.
3. Personal CIST.
MISIÓN. Coordinar, y acompañar a los directivos, coordinadores y docentes en el uso de las TIC, mediante la asistencia técnica, acompañamiento y formación docente en alfabetización digital y el uso eficiente de los recursos educativos, equipos tecnológicos y ambientes de aprendizaje.
Son funciones:
a) Planificar la gestión de las actividades que corresponde a los recursos tecnológicos, acompañamiento y formación docente en el marco de la alfabetización digital y el uso de herramientas pedagógicas TIC.
b) Promover, asistir y orientar a los docentes de las diferentes áreas curriculares en la incorporación de las TIC en las sesiones de aprendizaje.
c) Orientar a los profesores acerca del uso y eficiente de los recursos tecnológicos con los que cuenta la IE.
d) Desarrollar y ejecutar propuestas de formación en alfabetización digital al personal de la institución educativa, en base al diagnóstico, para fortalecer estrategias de integración de las herramientas tecnológicas a los procesos de aprendizaje.
e) Asistir y participar activamente en las reuniones de coordinación con el equipo directivo y convocar a reuniones con profesores de aulas de innovación (si lo hubiera), coordinadores pedagógicos y responsables de aulas funcionales para promover la integración de las TIC en las sesiones de aprendizaje.
f) Coordinar con los docentes de Educación para el Trabajo el uso adecuado de programas informáticos que empleen en ocupaciones con demanda en el mercado laboral local y regional.
g) Apoyar el desarrollo de las sesiones del área de inglés en el aula funcional TIC, verificando las condiciones técnicas de los equipos y el uso de los mismos por parte de los estudiantes.
h) Participar en actividades (capacitaciones, reuniones de trabajo, talleres y pasantías) relacionada a las TIC, previa coordinación con la dirección de la institución educativa, el mismo que son programadas por el MINEDU, DRE, UGEL y otras entidades.
i) Supervisar las instalaciones y velar por el mantenimiento de los equipos informáticos y de comunicación, asegurando el correcto funcionamiento, sistema eléctrico, sistema de pozo a la tierra, sistema pararrayos, sistema de alarmas y red de datos.
j) Realizar soporte técnico a las evaluaciones a las plataformas tecnológicas y pedagógicas TIC que desarrolle el MINEDU para las II.EE. JEC en las distintas áreas curriculares, realizando la actuación, despliegue, recopilación, sincronización entre otros.
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k) Reportar el estado y el cronograma el uso de los recursos tecnológicos al Coordinador Administrativo y de Recursos Educativos de la IE. con la finalidad de mantener un mecanismo de supervisión de los mismos.
l) Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo a las herramientas pedagógicas TIC, y/o aplicaciones, equipos informáticos y de comunicación, garantizando capacidad y operatividad de los recursos tecnológicos de la IE.
m) Realizar soporte técnico a las plataformas tecnológicas y pedagógicas TIC que desarrolle el MINEDU para las II.EE. JEC en las distintas áreas curriculares realizando actualización, despliegue, recopilación, sincronización entre otros.
n) Elaborar procedimientos y formatos que permiten gestionar el estado y uso de los recursos tecnológicos, los mismos que se deben reportar al coordinador administrativo y de recursos educativos para su administración y control.
o) Velar por la seguridad de las aulas funcionales TIC, así como por la seguridad informática de los recursos tecnológicos.
p) Garantizar el uso adecuado del acceso a internet, utilizando mecanismos de seguridad que permite el acceso solo a páginas de uso educativo, las páginas no permitidas se deben bloquear.
q) Administrar, configurar y brindar soporte al servidor y los servicios implementados, tales como DNS, DHCP, filtro de contenido, entre otros.
r) Realizar otras funciones relacionadas a la misión del puesto asignadas por el órgano de Dirección de la Institución Educativa.
s) Presentar el Plan Anual de Trabajo.
5. Psicóloga.
MISION: Brindar asistencia técnica y soporte socioemocional a los directivos y actores de la comunidad educativa para el desarrollo adecuado de las acciones de tutoría y de la orientación educativa. Así mismo, coordinar e implementar acciones para la orientación psicopedagógica efectiva a los y las estudiantes que buscan garantizar su bienestar personal, emocional, cognitivo y/o social. Promover una convivencia basada en el respeto por el otro, en la gestión y resolución de conflictos, en el reconocimiento de la diversidad y en la promoción de la participación.
a) Planificar actividades de su competencia a desarrollarse durante el año escolar en articulación con los planes de trabajo del equipo de soporte de la institución educativa.
b) Participar junto con el Coordinador de Tutoría en la elaboración del Plan de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar de la IE.
c) Sensibilizar y capacitar a la comunidad educativa sobre TOE sus modalidades y estrategias en todos los espacios, instancias o actividades que se programen en la IE.
d) Liderar la ejecución del diagnóstico socioemocional de los estudiantes y focalizar los casos de estudiantes en riesgo.
e) Implementar y monitorear un sistema de detección de riesgo social y prevención de la deserción escolar en coordinación con los miembros del Comité de Tutoría.
f) Apoyar el monitoreo de la implementación de la tutoría (sus modalidades y estrategias), informar al director y coordinador de tutoría, e implementar junto a ellos acciones para mejorar sus resultados.
g) Desarrollar un programa de desarrollo de capacidades dirigido a la comunidad educativa sobre estrategias de prevención, detección y atención de estudiantes con dificultades socioemocionales (aprendizaje, habilidades blandas, otros)
h) Coordinar, derivar y hacer seguimiento a casos de estudiantes que requieran una atención especializada.
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i) Implementar espacios de interaprendizaje para docentes sobre la interacción y motivación de las y los estudiantes en el aula, con el objetivo de mejorar los logros de aprendizaje.
j) Brindar asistencia técnica para la activación de una red interinstitucional de apoyo a la institución educativa que brinden servicios en beneficio de los estudiantes y la comunidad educativa.
k) Organizar actividades de orientación vocacional para estudiantes de los últimos años de la educación secundaria.
l) Brindar orientación a directivos y docentes sobre las ofertas, requisitos y pasos para postular a becas de educación superior para estudiantes.
m) Realizar informes técnicos en el marco de sus competencias.
n) Acompañar y brindar asistencia técnica en acciones de promoción de la participación estudiantil propiciando que los estudiantes sean protagonistas de su desarrollo personal y social.
o) Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el órgano Directivo de la Institución Educativa.
p) Presentar el Plan Anual de Trabajo.
6. Personal de mantenimiento. (PERSONAL DE SERVICIO II).
El personal de servicio desempeña sus funciones con responsabilidad y eficiencia, se encarga del mantenimiento y cuidado de las aulas, mobiliario, baño, patio, ventanas, infraestructura y otros.
MISIÓN. Contribuir a brindar un mejor servicio educativo a través del ordenamiento, mantenimiento Cumpliendo las siguientes funciones:
a) Realizar actividades de mantenimiento, conservación y limpieza del local escolar, ambientes de aprendizaje, oficinas, servicios higiénicos y espacios exteriores a su cargo (limpieza de pisos, paredes, techos, ventanas, puertas y muebles en general) en forma permanente.
b) Velar por el cuidado y conservación del mobiliario, equipos y materiales educativos de la IE.
c) Informar sobre las condiciones de las instalaciones, mobiliarios y equipos de la IE.
d) Mantener cerrada las aulas y ambientes en las horas y días no laborables.
e) Apoyar el desarrollo de actividades escolares especiales, instalando escenografías, y otros en espacios y ambientes adecuados.
f) Custodiar los materiales de mantenimiento y limpieza a su cargo.
g) Realizar labores de conserjería, y seguridad orientando el ingreso y salida de las personas, así como equipos, materiales y/o vehículos de la institución.
h) Llevar un cuaderno de incidencias que lo presentará mensualmente a la Dirección y en caso de incidencias mayores comunicar por escrito de inmediato.
i) Realizar el mantenimiento permanente de las áreas verdes de la institución educativa, inclusive en las vacaciones del medio año.
j) Emitir informes correspondientes a su función.
k) Presentar su Plan Anual de Trabajo
l) Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el órgano Directivo de la Institución Educativa.
7. Personal de mantenimiento. (PERSONAL DE SERVICIO II).
El Trabajador de servicio III tiene las siguientes funciones:
a) Cumple actividades de vigilancia y seguridad preferentemente en horario nocturno y en días no laborables.
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b) Custodiar locales y los bienes que existen en su interior de acuerdo a las condiciones de seguridad y control establecidas.
c) Controlar y orientar el ingreso y salida de personas, así como equipos, materiales y/o vehículos de la institución.
d) Realizar actividades de limpieza, conservación y mantenimiento de infraestructura (aulas, ambientes y espacios) y equipamiento institucional.
e) Realizar rondas permanentes por todos los ambientes y espacios de la institución educativa.
f) Operar equipos de seguridad y ascensores, transportando personas y/o materiales en general de acuerdo a instrucciones
g) Elaborar los informes correspondientes a su función y llevar registros sencillos de documentos.
h) Controlar y velar por el mantenimiento y conservación de los equipos y/o bienes de área.
i) Recabar la dotación de bienes requeridos por el área y coordinar el suministro oportuno de los servicios necesarios.
j) Llevar un cuaderno de ocurrencias en su turno haciendo presente a la Dirección cualquier hecho anormal siendo responsable de pérdidas y perjuicios que se produzcan en su turno por descuido o negligencia en su función.
k) Guardar reserva y confidencialidad en el desarrollo de sus labores, así como en las gestiones y/o trámites encomendados
l) Presentar su Plan Anual de Trabajo
m)Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el órgano Directivo de la Institución Educativa.
8. PERSONAL DE VIGILANCIA
MISION. Cautelar la integridad de la infraestructura, equipos, materiales, espacios y ambientes de aprendizaje, así como de la comunidad educativa.
Son funciones:
a) Registro y control de ingreso y salida de las personas en la institución educativa.
b) Verificar y registrar los bienes, mobiliarios, materiales y equipos de la institución educativa, asimismo, los espacios y ambientes.
c) Realizar recorridos dentro de la institución de forma periódica durante la jornada laboral para fortalecer las estrategias de seguridad.
d) Efectuar la identificación de las personas en el acceso y en el interior de la institución educativa.
e) Elaborar reporte de las condiciones e incidentes ocurridos en la institución educativa.
f) Detectar y prevenir actos de violencia o de transgresión en la Institución educativa.
g) Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el Órgano Directivo de la Institución Educativa.
h) Presentar su Plan Anual de Trabajo.
Art. 35. Órgano de participación
1. APAFA (DS 004-2006-ED)
a) Participar en el proceso educativo de los hijos de sus asociados, buscando la inclusión o incorporación de las personas con discapacidad en igualdad de oportunidades.
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b) Colaborar en las actividades educativas que ejecuta la Institución Educativa, fomentando las buenas relaciones humanas entre los integrantes de la comunidad educativa promoviendo un clima institucional favorable para el aprendizaje.
c) Vigilar la distribución oportuna y el uso adecuado del material educativo que utilizan los estudiantes y denunciar ante las autoridades educativas la venta o sustracción de los libros o textos escolares oficiales de distribución gratuita.
d) Velar por la mejora de los servicios, infraestructura, equipamiento, mobiliario escolar y materiales, tanto educativos como lúdicos.
e) Cooperar con la Institución Educativa para salvaguardar la seguridad e integridad física de los estudiantes.
f) Proponer y coordinar con el Director de la Institución Educativa, mecanismos y estrategias que contribuyan a evitar la deserción y la inasistencia de los estudiantes.
g) Gestionar y/o colaborar con la implementación de comedores escolares, programas de apoyo alimentario, de salud física y mental, de deportes, recreación, orientación vocacional, visitas guiadas de estudio y otros servicios que contribuyan al bienestar de los estudiantes.
h) Recibir de parte del Director de la Institución Educativa, información sobre el manejo administrativo, financiero y económico de la Institución Educativa.
i) Denunciar ante los órganos competentes las irregularidades que se produzcan en las instituciones educativas.
j) Participar, a través de veedores elegidos por la Asamblea General, en los procesos de adquisición de bienes y servicios que se realice en la Institución Educativa y en los comités especiales que se constituyan en las Unidades de Gestión Educativa Local y las Direcciones Regionales de Educación, en el marco de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y demás normas vigentes.
k) Proponer estímulos para los estudiantes, personal docente y administrativo que logren un desempeño destacado en la Institución Educativa.
l) Brindar información y rendir cuenta documentada a los asociados.
m) Participar, a través de sus representantes, en el Consejo Educativo Institucional.
n) Organizarse en instituciones de grado superior para formar parte de los órganos de participación, concertación y vigilancia ciudadana previstos en la Ley General de Educación, eligiendo a sus representantes ante el Consejo Participativo Local de Educación y el Consejo Participativo Regional de Educación, de acuerdo con las disposiciones específicas que dicte el Ministerio de Educación.
2. PADRES DE FAMILIA
a) Mantener estrecha relación con la Institución Educativa atendiendo las llamadas que se realiza.
b) Justificar las inasistencias de sus menores hijos oportunamente.
c) Comunicar el estado de conectividad del o la estudiante en caso sea deficiente y dificulte la comunicación con los docentes
d) Participan en las escuelas de padres y reuniones que organice la Institución Educativa.
e) Elaborar un horario con sus hijos e hijas respecto a las actividades que realizan diariamente.
f) Ubicar en casa un lugar tranquilo, ventilado e iluminado en el que puedan estudiar y realizas sus tareas escolares los y las estudiantes sin distracciones.
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g) Conversar con sus hijos e hijas sobre las actividades que realizarán en sus sesiones de aprendizaje.
h) Motivar a sus hijos e hijas a realizar las actividades propuestas en cada sesión de clases.
i) Promover una comunicación positiva en casa.
j) Reportar los hechos de violencia escolar mediante la línea gratuita 0800 76 888 del SiseVe
3. Asociación de Exestudiantes
a) Participar en la programación, organización y ejecución de actividades en beneficio de la comunidad educativa.
b) Promover el respeto como un valor institucional.
c) Rendir homenaje a los ex directivos, docentes y/o administrativos que laboraron en la IE
d) Fomentar permanente solidaridad e integración entre los miembros de la asociación.
e) Realizar acciones de proyección social en beneficio de la comunidad local.
f) Regirse exclusivamente a las funciones establecidas según sus estatutos.
TITULO V
DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO
Capítulo I: Jornada laboral
Art. 36. Jornada de trabajo: La jornada de trabajo se realiza de lunes a viernes, de acuerdo a los lineamientos establecidos por el MINEDU y autorizados por Resolución Ministerial y Viceministerial
Art. 37. Jornada de trabajo del profesor con aula a cargo: La jornada de trabajo semanal mensual del profesor que ejerce sus funciones de enseñanza en aula, se formaliza de la siguiente manera:
a) Docentes por horas.
b) 30 horas pedagógicas c) 32 horas.
Los profesores que se desempeñan en el Área de Gestión Pedagógica, pueden ampliar su jornada de trabajo hasta alcanzar las cuarenta (40) horas para asumir otros cargos, siempre que la necesidad del servicio lo justifique.
Art. 38. Jornada de trabajo del personal jerárquico: El personal jerárquico tiene asignada una jornada de trabajo de cuarenta (40) horas pedagógicas semanal mensual, distribuidas en los turnos de funcionamiento de la institución educativa. Tienen a su cargo el dictado obligatorio de doce (12) horas de clase, las cuales forman parte de su jornada de trabajo.
Art. 39. Jornada de trabajo del director y subdirector: El Director y Subdirector de institución educativa, tiene asignada una jornada de trabajo de cuarenta (40) horas cronológicas semanal mensual.
Capítulo II: Horario de funcionamiento de la Institución Educativa
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Art. 40. El horario de funcionamiento del colegio es continúo ofreciendo el servicio educativo en los turnos de mañana y tarde en el horario siguiente:
Secundaria: 07: 45 3:30 p.m.
Art. 41. Las actividades permanentes se realizarán en la formación de los días lunes cuando exista necesidad de dar informes o recomendaciones de la semana.
Art. 42. Para las ceremonias especiales o actuaciones del calendario cívico escolar se realizarán según lo planificado en la calendarización del año escolar.
Capítulo II: Horario laboral del personal en la IE
Art. 43. Del personal directivo
Director 07:30 03:30 pm.
Art. 44. De Sub Dirección de Formación General
a) Tarde: 07:30 03:30 pm.
Durante la ausencia del director, el Subdirector asume las funciones de director y la toma de decisiones lo realizará con el coordinador pedagógico.
Art. 45. De la variación del horario del personal directivo.
El director puede variar ligeramente en el horario de ingreso por necesidad de servicio Por ejemplo: ingreso 09:00 am hasta 05:00 pm para monitorear al personal de mantenimiento.
Art. 46. Del personal jerárquico: Coordinación de Tutoría y Orientación Educativa y Jefe de Laboratorio tienen el siguiente horario:
Inicio de la Jornada Laboral 07:30 am hasta cumplir su horario.
Art. 47. Del personal docente
a) Nivel secundario: Los docentes se rigen por la normativa de las resoluciones ministeriales y viceministeriales establecidas por el Minedu, y que por lo general en nuestra institución el horario de trabajo es desde las 07:45 03:30 pm.
Art. 48. De los auxiliares de educación secundaria: Su horario de trabajo es de lunes a viernes y su ingreso varía según necesidad de servicio:
Ingreso 07:30 hasta cumplir su jornada laboral.
Ingreso 09:30 hasta cumplir su jornada laboral.
Art. 49. Del docente de biblioteca: Su horario es de 07:30 03:30 pm. p.m. de lunes a viernes.
Art. 50. Del personal administrativo:
a) Secretaría: 08:00 04:00 pm
b) Auxiliar de laboratorio: de lunes a viernes a partir de las 07:45 am hasta cumplir su horario.
c) Auxiliar de biblioteca: de lunes a viernes de 07:30 hasta las 03:30 pm.
d) Personal de servicio: su labor es de lunes a viernes en los siguientes horarios
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Primer turno : 06:00 a.m. 02:00 p.m.
Segundo turno : 02:00 p.m 10:00 p.m.
Tercer turno : 10:00 pm 06:00 am.
e) Guardianía: Según horario y según turno.
f) Personal CAS 07:30 03:30 pm. (Según horario o necesidad de servicio).
Capítulo IV: Control de asistencia
Art. 51. De las tardanzas: La tardanza es el ingreso del profesor al centro de trabajo después de la hora establecida.
Art. 52. De la inasistencia: Se considera como inasistencia al centro de labores lo siguiente:
a) La no concurrencia al centro de trabajo
b) No desempeñar funciones habiendo concurrido al centro de trabajo
c) Retiro antes de la hora de salida sin justificación alguna
d) No registrar el ingreso y/o salida sin justificación
Art. 53. Los descuentos por tardanza se efectúan en función al factor hora/ minuto de acuerdo a la jornada de trabajo del profesor.
Los descuentos por inasistencia se efectúan en función a la treintava parte del ingreso mensual por cada día no laborado
Capítulo V: Vacaciones
Art. 54. Periodo vacacional por áreas de desempeño laboral
Los periodos vacacionales de los profesores se determinan de acuerdo al área de desempeño laboral en la que presta sus servicios:
El profesor que labora en el Área de Gestión Pedagógica goza de sesenta (60) días anuales de vacaciones remuneradas, las que en todos los casos deben coincidir con las vacaciones de los estudiantes. El profesor que labora en las Áreas de Gestión Institucional, Formación Docente o Innovación e Investigación, goza de treinta (30) días de vacaciones anuales remuneradas
Art. 55. Actividades de los profesores en las vacaciones escolares
En las vacaciones escolares de medio año o las propuestas por el Ministerio de Educación en épocas de pandemia, los profesores del Área de Gestión Pedagógica desarrollan actividades propias de su responsabilidad en el trabajo educativo, sin necesidad de asistir a la institución educativa. Sin embargo, en caso las instancias de gestión educativa descentralizada programen actividades que requieran de la asistencia del profesor, este se encuentra en la obligación de participar en las mismas, (Siempre y cuando se dé la posibilidad de la asistencia física) caso contrario se procederá con los descuentos correspondientes.
Los profesores de las otras áreas de desempeño laboral están obligados a asistir a la institución educativa, siempre y cuando la situación lo amerite.
Art. 56. Condiciones para el goce de vacaciones
Las vacaciones de los profesores son irrenunciables, no son acumulables y el tiempo que duran se computa como tiempo de servicios.
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Para el caso de los profesores que laboran en el área de Gestión Pedagógica, tienen derecho al reconocimiento oficial del periodo vacacional como tiempo de servicios, siempre y cuando acrediten como mínimo tres (03) meses de servicios en el año lectivo o periodo promocional anterior, considerando seis (06) días por cada mes laborado
Capítulo VI: Licencias
Art. 57. Licencia
Es el derecho del profesor para no asistir al centro de trabajo por uno o más días. Se formaliza mediante resolución administrativa por la Instancia de Gestión Educativa Descentralizada. Su tramitación se inicia en su centro laboral y culmina en la instancia superior correspondiente. Puede ser con goce o sin goce de remuneraciones.
Capitulo VII: Licencias con goce de Remuneraciones
Las razones que permiten la solicitud de la licencia con goce de remuneración están descritas en el literal a) del artículo 71 de la Ley de la Reforma Magisterial.
Art. 58. Licencia por incapacidad temporal
La licencia por incapacidad temporal se rige por lo siguiente:
a) Se otorga conforme a las disposiciones de la Ley N.° 26790, Ley de Modernización de la Salud y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.° 009 97 SA.
b) Corresponde al empleador el pago de remuneraciones hasta por los primeros veinte (20) días, correspondiendo a ESSALUD el pago del subsidio a partir del vigésimo primer día hasta un máximo de once (11) meses y diez (10) días consecutivos.
c) Si ESSALUD, a través de la Junta Médica diagnostica incapacidad permanente, la Instancia de Gestión Educativa Descentralizada cesará al profesor por este motivo.
d) Corresponde a la Instancia de Gestión Educativa Descentralizada, abonar la diferencia remunerativa con el subsidio que otorga ESSALUD hasta completar el 100% de la remuneración.
Art. 59. Licencia por maternidad
La licencia por maternidad se rige por lo siguiente:
a) Se otorga conforme a las disposiciones de la Ley N.° 26790, Ley de Modernización de la Salud y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 009 97 SA; así mismo por las Leyes N.° 26644, 27403, 27408 y 29992.
b) Es el derecho a gozar de cuarenta y cinco (45) días de descanso prenatal y cuarenta y cinco (45) días de descanso post natal.
c) En tanto el informe médico o el certificado de incapacidad temporal lo disponga, el goce puede ser diferido, parcial o totalmente y acumulado al postnatal, a decisión de la profesora gestante, comunicando a la Instancia de Gestión Educativa Descentralizada dos (02) meses antes de la fecha probable del parto.
d) El descanso post-natal se extenderá treinta (30) días naturales adicionales en los casos de nacimiento múltiple o nacimiento de niños con discapacidad.
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e) En caso de adelanto de alumbramiento, los días de adelanto se acumularán al descanso post-natal. Si el alumbramiento es después de la fecha probable de parto, los días de retraso serán considerados como descanso médico por incapacidad temporal.
Art. 60. Licencia por adopción
La licencia por adopción se rige por lo siguiente:
a) Conforme a la Ley N.° 27409 Ley que Otorga Licencia Laboral por Adopción, el profesor tiene derecho a una licencia con goce de remuneraciones por treinta (30) días naturales, a partir del día siguiente de la resolución de colocación familiar y suscrita el acta de entrega del niño y siempre que el adoptado no tenga más de doce (12) años de edad. La falta de comunicación al empleador en un plazo de quince (15) días naturales a la entrega del niño impide al profesor el goce de la misma.
b) Si los peticionarios son profesores y cónyuges, la licencia será tomada por la mujer.
c) Si el personal directivo tiene vacaciones pendientes, éste será computado a partir del día siguiente de vencida la licencia.
Art. 61. Licencia por paternidad
La licencia por paternidad se rige por lo siguiente:
a) El profesor de la actividad pública, tiene derecho a licencia remunerada por paternidad por cuatro (04) días hábiles consecutivos, en caso de alumbramiento de su cónyuge o conviviente declarada judicialmente.
b) La licencia se computa desde la fecha que el profesor indique, comprendida entre la fecha de nacimiento del hijo y la fecha en que la madre o el hijo o hija sean dados de alta por el centro médico respectivo.
c) El profesor debe comunicar al empleador, con una anticipación no menor de quince (15) días naturales, respecto de la fecha probable del parto.
Art. 62. Licencia por fallecimiento de padres, cónyuge e hijos
La licencia por fallecimiento de padres, cónyuges e hijos se rige por lo siguiente:
a) Se concede en cada caso, si el deceso se produjera en la provincia donde presta servicios el profesor, la licencia es por ocho (08) días calendario y si el deceso o sepelio se produjera en provincia distinta al de su centro de trabajo, la licencia es por quince (15) días calendario.
b) Se computa a partir del día siguiente del fallecimiento
c) Se concede sin deducción del período de vacaciones.
Art. 63. Licencia por siniestros
a) La licencia por siniestros se rige por lo siguiente:
b) Se concede en los casos de causa fortuita o fuerza mayor como terremotos, inundaciones, huaycos, incendios, conmoción social, y similares.
c) Es determinada por la autoridad competente, sin exceder el plazo de treinta (30) días calendario.
Art. 64. Licencia por estudios de posgrado, especialización o perfeccionamiento
El profesor puede solicitar licencia con goce de remuneración por estudios de posgrado, especialización o perfeccionamiento, autorizados por el MINEDU y los Gobiernos Regionales.
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La licencia se otorga al profesor hasta por un máximo de dos (02) años, bajo las siguientes condiciones:
a) Acreditar un mínimo de tres (03) años como profesor nombrado.
b) Contar con el auspicio o propuesta de la casa superior de estudios a través del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo PRONABEC o por el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación CONCYTEC.
c) Compromiso a servir en su entidad por el doble del tiempo de licencia, contados a partir de su reincorporación.
d) El profesor al que se le otorgó licencia por estudios no podrá solicitar una nueva licencia de este tipo antes de que transcurra un período equivalente al doble de la licencia inicialmente concedida.
Art. 65. Licencia por capacitación organizada por el Minedu o los gobiernos regionales
La licencia con goce de remuneración por asumir representación oficial del Estado Peruano se otorga al profesor que represente al Perú en certámenes de carácter nacional y/o internacional de carácter científico, educativo, cultural y deportivo.
La Resolución de licencia será expedida por el MINEDU y es hasta por treinta (30) días.
Art. 66. Licencia por citación expresa, judicial, militar o policial
La licencia con goce de remuneración por citación expresa, judicial militar o policial se concede al profesor que deba concurrir a lugar geográfico diferente a su centro laboral para resolver asuntos, judiciales, militares o policiales, previa presentación de la notificación. Se otorga por el tiempo que dure la concurrencia más el término de la distancia
La licencia no procede por detención privativa de la libertad.
Art. 67. Licencia por representación sindical
La licencia con goce de remuneración por representación sindical se otorga a ocho (8) miembros de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores Docentes Nacional o Federación Magisterial Nacional, constituido para la defensa de los derechos e intereses del Magisterio Nacional,que se encuentren debidamenteinscritos en elRegistro de OrganizacionesSindicales de Servidores Públicos - ROSSP correspondiente.
Por cada Dirección Regional de Educación, o la que haga sus veces, corresponde otorgar licencia con goce de haber a dos (2) representantes de la Base del Sindicato Magisterial o Sindicato de Profesores debidamente inscrito en el ROSSP. El Secretario General del Sindicato de Trabajadores Docentes Nacional o Federación Magisterial Nacional, según corresponda, acredita a los representantes regionales para el otorgamiento de la licencia con goce de remuneraciones.
La licencia es por el período de un (1) año, renovable hasta el período que dure el mandato del representante sindical, conforme lo establece el estatuto inscrito en el ROSSP.”
Art. 68. Licencia por desempeño de consejero regional o regidor municipal
La licencia con goce de remuneración por desempeño como Consejero Regional o Regidor municipal se otorga conforme a la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y Ley Orgánica de Municipalidades, cuando los profesores son electos como Consejeros Regionales o Regidores Municipales respectivamente, en atención al interés común del servicio educativo,
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se les concede hasta un (01) día semanal mensual de licencia con goce de remuneraciones por el tiempo que dure su mandato.
Mientras ejerzan su función como Consejero o Regidor, por su cargo docente no pueden ser reasignados sin su consentimiento.
Capítulo VIII: De la licencia sin goce de remuneraciones
Art. 69. Disposiciones generales de la licencia sin goce de remuneración
La licencia sin goce de remuneración se rige por las disposiciones generales siguientes:
a) Por razón del servicio, la solicitud de licencia puede ser denegada, diferida o reducida.
b) El profesor debe contar con más de un (01) año de servicios efectivos y remunerados en condición de nombrado, para solicitar licencia.
c) Procede atender la petición del profesor de dar por concluida su licencia sin goce de remuneraciones antes del periodo solicitado, debiendo retomar sus funciones.
d) No procede otorgar licencias por motivos personales durante el periodo de aplicación de los instrumentos de las evaluaciones extraordinarias de desempeño docente a los profesores que no hayan aprobado la evaluación ordinaria
Art. 70. Duración de la licencia sin goce de remuneración
Las razones que permiten la solicitud de la licencia sin goce de remuneración están descritas en el literal b) del artículo 71 de la Ley de la Reforma Magisterial y su duración se rigen por las siguientes reglas:
a) El profesor para atender asuntos particulares, puede solicitar licencia hasta por dos (02) años, continuos o discontinuos, contabilizados dentro de un periodo de cinco (05) años.
b) Por estudios de posgrado, especialización y capacitación en el país o el extranjero relacionado con su nivel educativo profesional, sin el auspicio o propuesta del MINEDU o del Gobierno Regional hasta por dos (02) años.
c) Por desempeño de funciones públicas por elección o por asumir cargos políticos o de confianza. Su vigencia es mientras permanezca en el cargo asumido.
d) Por enfermedad grave de los padres, cónyuge, conviviente reconocido judicialmente o hijos hasta por seis (06) meses. Se adjuntará el diagnóstico médico que acredite el estado de salud del familiar.
Capítulo IX: De los Permisos
El permiso es la autorización del jefe inmediato, previa solicitud de parte del profesor, para ausentarse por horas del centro laboral durante la jornada laboral. Se concede por los mismos motivos que las licencias, así como otras normas específicas y se formaliza con la papeleta de permiso.
Art. 71. Permiso con goce de remuneraciones
El permiso con goce de remuneración se rige por las reglas siguientes:
a) Por enfermedad: Se concede al profesor para concurrir a las dependencias de ESSALUD, debiendo a su retorno acreditar la atención con la constancia respectiva firmada por el médico tratante.
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b) Por maternidad: Se otorga a las profesoras gestantes para concurrir a sus controles en las dependencias de ESSALUD o facultativo de su preferencia,debiendo a su retorno acreditar la atención con la constancia firmada por el médico tratante.
c) Por lactancia: Se concede a la profesora en periodo de lactancia a razón de una (01) hora diaria al inicio o al término de su jornada laboral hasta que el hijo cumpla un (01) año de edad. No hay compensación y se autoriza por resolución de la autoridad competente.
d) Por capacitación oficializada: Se concede al profesor propuesto para concurrir a certámenes, seminarios, congresos auspiciados u organizados por el MINEDU o Gobierno Regional, vinculados con las funciones y especialidad del profesor.
e) Por citación expresa de la autoridad judicial, militar o policial: Se concede al profesor previa presentación de la notificación o citación respectiva, para concurrir o resolver diligencias judiciales, militares o policiales dentro de la localidad.
f) Por onomástico: El profesor tiene derecho a gozar de descanso físico en el día de su onomástico, si éste recae en un día no laborable, el descanso físico será el primer día útil siguiente.
g) Por el día del Maestro: El profesor tiene derecho a gozar de permiso por el día del Maestro.
h) Para ejercer docencia Superior o Universitaria: Los profesores que laboran en el Área de Gestión Institucional tienen derecho a gozar de permisos para ejercer docencia en Institutos o Escuelas Superiores y Universidades. El tiempo máximo será de seis (06) horas semanales y es compensado con trabajo adicional en el mes. Se requiere contar para este caso con la aprobación de su superior jerárquico.
i) Por representación sindical: Son las facilidades que la Autoridad Administrativa concede a los miembros de la Junta Directiva vigente e inscrito en el Registro de Organizaciones Sindicales de Servidores Administrativos (ROSSP) siempre que no afecte el funcionamiento de la entidad.
Art. 72. Permiso sin goce de remuneraciones
El permiso sin goce de remuneración se rige por las reglas siguientes:
a) Por motivos particulares: Se concede al profesor para que atienda asuntos particulares debidamente sustentados, los mismos que son acumulados mensualmente y expresados en horas.
b) Por capacitación no oficializada: Se concede al profesor cuando el certamen, seminario o congreso no es auspiciado por la entidad, ni es propuesto por la misma.
c) Por enfermedad grave de padres, cónyuge, conviviente o hijos: Se concede al profesor en caso de enfermedad grave de padres, cónyuge, conviviente o hijos, previa a la presentación del certificado médico correspondiente.
TITULO VI
Capítulo I: Matricula
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DE LAS RESPONSABILIDADES DE LA IE A NIVEL INSTITUCIONAL
Art. 73. Finalidad del proceso de matrícula
El proceso de matrícula tiene por finalidad llevar a cabo un conjunto de actividades destinadas a viabilizar el ejercicio del derecho a la educación de un/a estudiante, por medio de la matrícula en una lE o un Programa. La matrícula permite:
a) El ingreso de un NNA, joven o adulto al SEP.
b) La continuidad de un estudiante en el SEP.
Art. 74. Personas facultadas para realizar el proceso matrícula
Para determinar qué persona está facultada para realizar el proceso de matrícula, y las acciones en torno a este, se debe considerar la edad del estudiante al momento de iniciar el proceso de matrícula.
Supuestos para el proceso de matrícula:
a) Cuando el/la estudiante tiene dieciocho (18) años cumplidos: en ese caso el/la estudiante realiza directamente el proceso, para lo cual debe presentar su DNI o partida de nacimiento.
b) Cuando el/la estudiante no tiene dieciocho (18) años cumplidos: en ese caso el/la representante legal del/de la estudiante realiza el proceso, para lo cual debe presentar su DNI y un documento que acredite su condición como representante legal, así como el DNI o la partida de nacimiento del/de la estudiante.
c) Los extranjeros pueden acreditar su identidad y edad presentando los documentos que la autoridad nacional de migraciones reconozca como válidos.
En caso, al momento de realizar el proceso de matrícula, el/la estudiante o su representante legal no tenga ninguno de los documentos antes señalados, se procederá de acuerdo a la norma vigente que regule el proceso de matrícula.
Art. 75. De las condiciones sobre el proceso de matrícula
El proceso de matrícula es gratuito. Está prohibido que se exija al estudiante, o a su representante legal, la adquisición de materiales escolares, material didáctico, útiles escolares, uniformes u otros, como condición para la matrícula y la prestación del servicio educativo.
La matrícula en nuestra institución educativa se realiza con enfoque inclusivo e intercultural. Está prohibido todo acto de discriminación contra un/a estudiante, o contra su representante legal, que impida realizar el proceso de matrícula, por cualquier índole
Art. 76. Del proceso de matrícula
El proceso de matrícula consiste en un conjunto de etapas que concluye en la inscripción o registro de un/ a estudiante en la IE. El proceso puede realizarse de manera presencial y/o remota, a través de dispositivos electrónicos y medios digitales,
Art. 77. Tipos de proceso de matrícula
El proceso regular de matrícula se realiza antes de iniciar las clases. Este proceso tiene un alcance masivo y debe realizarse dentro del trimestre previo al inicio de clases. También puede realizarse el proceso excepcional que se realiza desde el inicio de clases hasta antes de finalizar el año escolar, tal y como se muestra en el siguiente gráfico.
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Art. 78. Al concluir el año escolar, el/ la director/a de la IE, o el/la responsable, Identifica qué estudiantes continuarán sus estudios en la IE en el siguiente año,a fin de que,cuando se realice el proceso regular de matrícula, se les asocia en la etapa de registro en el SIAGIE
Si, Al concluir el año escolar, un/a estudiante no fuese continuar sus estudios el año siguiente en la IE; el/la estudiante, o su representante legal, deberá comunicarlo a la IE
Art. 79. Edades normativas
La edad normativa es la edad que se establece como referente para determinar en qué grado debe matricularse un/a estudiante, considerando su edad cronológica al 31 de marzo del año para el que se solicita la matrícula.
Art. 80. Exoneraciones
El/la estudiante, o su representante legal, puede solicitar la exoneración de las competencias de las áreas de Educación Religiosa y/o de Educación Física, al momento de realizar el proceso de matrícula.
La solicitud o solicitudes de exoneraciones puede presentarse de manera presencial o virtual, según disponga la lE.
Art. 81. Gestión del SIAGIE
El proceso de matrícula concluye con el registro de la información del/de la estudiante en el SIAGIE. En caso de ingreso, se crea una FUM y toda la información se registra en el SIAGIE. En caso de continuidad, se registra en el SIAGIE la nueva información sobre la trayectoria educativa del/de la estudiante.
Art. 82. Sobre los datos personales
A través de la FUM se recoge información calificada como datos personales, conforme lo establecido en la normativa específica de la materia, la cual es almacenada en la base de datos del SIAGIE.
Capítulo II: Evaluación de los estudiantes
Art. 83. Implementación de la evaluación para el aprendizaje a) El proceso de evaluación para el aprendizaje tiene como finalidad la mejora continua de los procesos de aprendizaje y el desarrollo de las competencias a través de la retroalimentación y, a la par, la mejora continua de los procesos de enseñanza a través de la reflexión. Esto involucra analizar información sobre el nivel de desarrollo de las
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competencias que ponen en juego los estudiantes al enfrentarse a experiencias de aprendizaje.
b) La evaluación para el aprendizaje supone estructurar un proceso que toma en cuenta la información recibida acerca del nivel de desarrollo de las competencias e incluye una evaluación que permita conocer las características y necesidades de aprendizaje de cada estudiante, así como obtener información sobre sus intereses y preferencias de aprendizaje.
c) La evaluación formativa debe darse de manera continua durante todo el periodo lectivo para lo cual, se pueden utilizar las siguientes preguntas de manera secuencial:
1. ¿Qué se espera que logre el estudiante?
Los propósitos de aprendizaje se determinan a partir de las características de los estudiantes, el nivel de desarrollo de las competencias en el que se encuentran y la situación a afrontar. Sobre la base de ello, el docente teniendo como referente lo descrito en los distintos niveles de los estándares de aprendizaje deberá determinar los propósitos de aprendizaje, es decir aquello que se espera logre el estudiante. Esto implica la comprensión profunda del desarrollo de la competencia a evaluar.
A partir de estos propósitos el docente debe comunicar a sus estudiantes los criterios con los que serán evaluados y promover su comprensión. Estos criterios pueden incluir procesos, estrategias y recursos que contribuyen al desarrollo de una competencia. Son los referentes del aprendizaje útiles en la evaluación formativa.
En conclusión, los propósitos de aprendizaje son necesarios para saber qué se espera que aprendan los estudiantes y en concordancia con ellos se determinan los criterios de evaluación que son indispensables para saber qué nivel de desarrollo de las competencias o los recursos implicados en estas, se espera de los estudiantes.
2. ¿Qué sabe hacer o qué ha aprendido el estudiante?
Es a partir de las experiencias de aprendizaje, que los estudiantes desarrollan o usan recursos (conocimientos, habilidades, actitudes), lo que nos dará evidencias del desarrollo de sus competencias.
Mediante las evidencias, el docente podrá determinar el desarrollo de diversos aspectos o recursos implicados en una competencia, mientras avanza el proceso de enseñanza y de aprendizaje. Al cabo de un tiempo adecuado en el proceso de enseñanza aprendizaje, existirán nuevas evidencias que permitan conocer si el estudiante ha progresado en el desarrollo de sus competencias.
Las experiencias de aprendizaje planteadas deben cumplir dos condiciones:
✓ Que demanden emplear competencias, lo que implica que no pueden ser afrontadas en periodos breves de tiempo dada su complejidad;
✓ Que, en la medida de lo necesario y lo posible, reproduzcan o reflejen la realidad.
En conclusión, para saber qué ha aprendido cada estudiante o qué nivel de logro alcanzó en su competencia, es indispensable contar con evidencia que nos dé cuenta de qué sabe hacer el estudiante en relación con los criterios de evaluación establecidos para evaluar el aprendizaje.
3. ¿Qué debe hacer para seguir aprendiendo?
Para garantizar que cada uno de los estudiantes siga aprendiendo, estos deben recibir del docente una retroalimentación adecuada y oportuna. Ello implica que el docente
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teniendo claridad sobre lo que se espera logre el estudiante y aquello que sabe hacer o ha aprendido establezca en forma escalonada y gradual los próximos pasos y dialogue con él sobre sus avances, dificultades y aquello qué podría hacer para mejorar sus producciones y actuaciones.
Art. 84. Implementación de la evaluación del aprendizaje
A nivel del aula, la evaluación del aprendizaje se realiza con fines certificadores y consiste en que los docentes establezcan e informen en momentos de corte determinados el nivel de logro de cada estudiante en cada una de las competencias desarrolladas hasta dicho momento. Para llevar a cabo la evaluación del aprendizaje se tomará en consideración lo siguiente:
a) La IE define al inicio del año lectivo como se dividirá el periodo lectivo y la configura en el SIAGIE.
b) Al término de cada periodo, el docente debe hacer un corte para informar el nivel del logro alcanzado hasta ese momento a partir de un análisis de las evidencias con las que cuente.
c) Para determinar el nivel del logro de la competencia es indispensable contar con evidencias relevantes y emplear instrumentos adecuados para analizar y valorar dichas evidencias en función de los criterios de evaluación.
d) Estos niveles de logro progresan a lo largo del tiempo y cada vez que se determinan constituyen la valoración del desarrollo de la competencia hasta ese momento.
e) La rúbrica es un instrumento recomendado para establecer el nivel de logro de una competencia, ya que contiene los criterios de evaluación previstos y conocidos oportunamente por los estudiantes.
f) Para valorar el nivel de logro alcanzado en el proceso de desarrollo de las competencias se usará, la escala tal como se establece en el CNEB:
NIVEL DE LOGRO Escala Descripción
AD LOGRO DESTACADO
Cuando el estudiante evidencia un nivel superior a lo esperado respecto a la competencia. Esto quiere decir que demuestra aprendizajes que van más allá del nivel esperado.
A LOGRO ESPERADO
Cuando el estudiante evidencia el nivel esperado respecto a la competencia, demostrando manejo satisfactorio en todas las tareas propuestas y en el tiempo programado.
B EN PROCESO
Cuando el estudiante está próximo o cerca al nivel esperado respecto a la competencia, para lo cual requiere acompañamiento durante un tiempo razonable para lograrlo.
C EN INICIO
Cuando el estudiante muestra un progreso mínimo en una competencia de acuerdo al nivel esperado. Evidencia con
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frecuencia dificultades en el desarrollo de las tareas, por lo que necesita mayor tiempo de acompañamiento e intervención del docente.
Art. 85. Desde el enfoque de evaluación formativa se considera que las conclusiones descriptivas aportan información valiosa a los estudiantes y sus familias sobre los avances, dificultades y oportunidades de mejora que se requieren en el proceso de desarrollo de las competencias. Por ello, al término de cada periodo, se informará sobre cada estudiante y para cada competencia lo siguiente:
a) A partir de ciclo III de EBR. Se consignará el nivel de logro alcanzado para cada competencia desarrollada y las conclusiones descriptivas se consignarán indispensablemente por cada competencia que se encuentre en el nivel de logro C. En el caso de las competencias que se encuentren en otro nivel de logro (B, A, AD), el docente consignará conclusiones descriptivas cuando lo considere conveniente. En el caso de estudiantes con NEE, se deberá incluir en las conclusiones descriptivas los apoyos educativos y los ajustes razonables (aprendizajes, tiempos, materiales, formas de evaluación, entre otros) brindados por la IE y el docente durante el periodo lectivo. En todos los casos, las conclusiones descriptivas deben incluir recomendaciones personalizadas orientadas al desarrollo de cada competencia.
b) En el caso de las competencias transversales del CNEB, que no están adscritas a un área y a un docente, se evaluará según criterio pertinente y haciendo uso de los instrumentos necesarios para su adecuada evaluación.
c) Dado que la información útil al estudiante y al docente está vinculada al desarrollo de cada competencia, no se asignará un nivel de logro a cada área curricular. Vale decir, el docente solo registrará e informará el nivel de logro de cada competencia.
Art. 86. Documentos para registrar y comunicar el desarrollo de las competencias
a) Registro auxiliar de evaluación de los aprendizajes Es el instrumento que utiliza el docente para registrar los avances, logros y dificultades que se observan en el progreso de las competencias de los estudiantes, durante y al final del proceso de aprendizaje.
Para el uso de este instrumento hay que considerar lo siguiente:
1. Información relevante obtenida bajo el principio de que evaluar no es lo mismo que calificar y que, en consecuencia, se privilegie la evaluación sobre la calificación. De esta manera, se debe preferir las conclusiones fruto de la observación de los procesos de aprendizaje que aporten insumos para dar andamiaje y retroalimentar por sobre una multitud de calificaciones de aspectos muy parciales que no representan información significativa para el docente ni aportan al desarrollo de la gestión autónoma del aprendizaje por parte de los estudiantes.
2. La información obtenida se usará para brindar retroalimentación al estudiante, informar a las familias, así como para establecer conclusiones descriptivas y los niveles de logro de los estudiantes al finalizar el periodo evaluado.
3. La información es fuente para la elaboración del Informe de progreso de las competencias y del Acta oficial de evaluación
b) Informe de progreso de las competencias
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Es el documento mediante el cual se comunica los niveles de logro alcanzados por el estudiante en cada competencia al final de cada periodo, así como las conclusiones descriptivas según sea el caso.
Para la elaboración de este informe hay que considerar lo siguiente:
1. El Informe de progreso se elabora en base a la evaluación de los avances, logros y dificultades evidenciados en el progreso de las competencias de los estudiantes, consignados en los instrumentos usados para la evaluación de los aprendizajes.
2. Este informe será entregado a las familias y a los estudiantes según sea el caso, a fin de reflexionar sobre avances y dificultades, brindar recomendaciones y acordar compromisos para apoyar la mejora de los aprendizajes. Se recomienda tener un espacio de diálogo para este fin.
3. Los formatos de Informe de progreso de las competencias pueden ser generados a partir de los formatos presentados en los anexos correspondientes (anexos Nº 01 al 06) o diseñados por la IE según sus características y necesidades. El SIAGIE no adecuará formatos para cada IE.
Art. 87. A partir del ciclo III de EBR. El informe de progreso registrará el nivel de logro alcanzado en cada competencia desarrollada y se consignará conclusiones descriptivas cuando el nivel de logro sea C, y, en el caso de otros niveles de logro como B, A o AD cuando eldocente lo considere conveniente.Alfinalizarelperíodo lectivo todas las competencias deben haber sido desarrolladas y por consiguiente tendrán asignado un nivel de logro.
Art. 88. Acta Oficial de Evaluación
Es el documento oficial que el director de la IE emite desde el SIAGIE, a partir de la información que los responsables de cada IE ingresan sobre la trayectoria educativa de los estudiantes. Las Actas consignan la información sobre los niveles de logro alcanzados por los estudiantes, en cada competencia, en un grado o periodo lectivo.
Art. 89. Registro en el SIAGIE
a) A lo largo del periodo lectivo, el docente debe consignar el nivel de logro alcanzado por el estudiante solo de las competencias que se han desarrollado y evaluado explícitamente en cada periodo.
b) Todas las competencias del CNEB deben contar con un nivel de logro que describa la situación del estudiante y el SIAGIE permitirá su registro.
c) Al final del periodo lectivo se debe consignar el último nivel de logro alcanzado en cada una de las competencias. Este nivel de logro es el que se consignó a cada competencia en el último periodo trabajado.
TITULO VII
DERECHOS, DEBERES, FALTAS, SANCIONES DE LOS ESTUDIANTES
Art. 90. SON DERECHOS DE LOS ALUMNOS
a) Tener asegurada su matrícula previo cumplimiento de los requisitos exigidos por la Dirección.
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b) Recibir una formación integral en cada grado de estudios que le brinde seguridad moral y física, así como los servicios de orientación y bienestar que le ayuden en las diferentes etapas de su desarrollo físico intelectual y socio emocional.
c) Recibir el asesoramiento de sus profesores y tutores sobre el desarrollo y aprendizaje de sus áreas o temas propuestos por los alumnos.
d) A ser tratados con dignidad, respeto y amor, sin discriminación de raza, color o creencia religiosa, y ser informado de las disposiciones que le conciernen como alumno.
e) A ser informados del Reglamento Interno de la Institución Educativa.
f) A denunciar ante la instancia superior, con pruebas sustentatorias, actos que atenten contra su integridad física, moral o espiritual.
g) A elegir y ser elegidos en las organizaciones estudiantiles de la Institución Educativa.
h) A participar de las actividades que le permitan lograr sus objetivos de aprendizaje y socialización.
i) A recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus deberes.
j) A expresar libremente y en forma alturada sus ideas, problemas y necesidades ante las autoridades, profesores y tutores de la Institución Educativa.
k) A ser evaluado con honestidad, justicia e imparcialidad.
l) Ser atendidos con la mayor comprensión y discreción en las consultas, reclamos de evaluación que formulan, dentro de las 24 horas, de recibida la información.
m) En caso de no ser atendido adecuadamente recurrirá a su Tutor (a) quien tomará las medidas pertinentes.
n) Recibir información sobre el proceso de su evaluación
o) Formular reclamos al término de cada Bimestre/trimestre o al finalizar el año después de recibir la libreta dentro de los cinco días, cuando los calificativos no corresponden a los obtenidos.
p) Dirigir al director, subdirector, Profesor de Aula o área, Tutory/o Auxiliares de Educación sus reclamos, preocupación, sugerencias y demás inquietudes vinculadas tanto a su desempeño académico, como al funcionamiento general de la Institución Educativa.
Art. 91. SON DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS
a) Aceptar y cumplir el RI de la Institución Educativa.
b) Conservar en todas partes,cuidadosamente su prestigio personal, demostrando en todo momento lealtad y nobleza a la Institución Educativa.
c) Mantener un alto nivel disciplinario cumpliendo estrechamente las disposiciones e indicaciones de la Dirección, Docentes y Auxiliares.
d) Demostrar identidad y respeto por los símbolos patrios, por la Institución Educativa y sus distintivos.
e) Asistir con puntualidad a las clases programadas por la institución educativa vía la modalidad remota.
f) Las inasistencias y tardanzas en primera instancia serán justificadas con carácter obligatorio personalmente por el Padre de Familia o apoderado, al día siguiente con el profesor de aula en educación Primaria y con el auxiliar o tutor en Secundaria.
g) El alumno que habiendo tenido alguna evaluación el día de su inasistencia no podrá ser evaluado nuevamente, si en el plazo máximo de cinco días no presenta al profesor(a) del área o aula correspondiente la ficha de justificación de inasistencia para primaria y solicitud de inasistencia para secundaria. Para el caso de inasistencia por representación institucional la justificación será por el docente asesor o responsable quienes deben informar a la dirección durante su participación.
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h) Usar un lenguaje correcto y alturado cuidando el buen uso del vocabulario durante el proceso de interacción con docentes y demás estudiantes.
Art. 92. De las Clases:
a) Los alumnos mantendrán en clase un comportamiento disciplinado, atento, respetuoso y activo de acuerdo a las normas de convivencia establecidas al inicio del año escolar 2022
b) Los docentes de la Institución Educativa podrán llamarla atención,amonestare informar sobre el comportamiento de los alumnos
c) Los y las estudiantes no pueden fomentar el desorden o establecer diálogos personales durante el desarrollo de las clases.
Art. 93. De las Faltas y Sanciones
Están contemplados diversos tipos de faltas y sanciones para los alumnos que fomenten comportamientos inadecuados, las mismas que buscan hacer posible la recuperación de la conducta normal y deseable en el alumno (a) que incurre en la falta, así como la salvaguarda del derecho educativo de los demás estudiantes. Entre las faltas se consideran.
Art. 94. Faltas Leves
a) Ingresar tarde a las clases virtuales sin que se justifique oportunamente.
b) Fomentar el desorden durante las clases o enviando audios o escritos no acordes al tema que se está desarrollando
c) Desobedecer las indicaciones del docente d) Compartir emoticonos inadecuados que resalte dar mensajes de doble sentido.
e) No cumplir con los acuerdos de convivencia.
f) Copiar las tareas de sus compañeros
Art. 95. Faltas Graves
a) La reincidencia en las faltas señaladas en artículo anterior.
b) Falta de respeto al personal docente.
c) Insultar a sus compañeros
d) Compartir archivos de carácter grosero en los grupos de WhatsApp
e) Faltar a la verdad o tergiversarla de manera maliciosa.
f) Emitir juicios injuriosos o difamación contra los docentes o sus compañeros
g) Escribir palabras soeces en horas de clase, a través de cualquier medio en los que se encuentren trabajando.
h) Faltar de palabra o burlarse del docente o sus compañeros
i) Acoso sexual entre alumnos.
j) Usar negativamente las redes sociales, repercutiendo negativamente en la imagen personal, social e institucional.
Art. 96. De las Sanciones.
Las sanciones se realizarán de acuerdo a la falta cometida por las o los estudiantes.
Art. 97. Sanciones por Faltas Leves
a) Amonestación verbal
b) Registro en el parte diario para primaria y registro anecdotario para secundaria
c) Entrevista con padres de Familia y firma de compromiso.
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d) Calificativo desaprobatorio en comportamiento (C).
e) Participación obligatoria en talleres de deberes y derechos.
f) El tutor o docente puede asignar una actividad direccionada a resarcir o a provenir sucesos similares en el futuro.
Art. 98. Sanciones por Faltas Graves
a) Se condiciona la matrícula:
1. En el caso que haya presentado reiterados problemas de conducta durante el año, la matrícula del siguiente año estará condicionada a una mejora de conducta del estudiante.
2. En el mes de diciembre de cada año, se evaluará el desempeño escolar, en caso de haber superado la causa que motivó el condicionamiento de su matrícula, este quedará levantado, de lo contrario se comunicará al padre de familia para que recoja los documentos de escolaridad.
Art. 99. Control de Asistencia y Permisos:
a) El Coordinador del TOE a través de los auxiliares de educación llevará el control de asistencia de los y las estudiantes.
b) El o la estudiante que acumule tres faltas a la semana deberá de justificar de manera obligatoria,
c) Los y las estudiantes obligatoriamente deberán participar de manera puntual en las clases virtuales programadas con su docente de aula o área.
d) Los y las estudiantes tendrán permisos por salud, problemas económicos, problemas de cobertura o deterioro del instrumento tecnológico que este usando para sus clases virtuales.
e) Los permisos también se extienden por perdidas familiares o problemas de salud de familiares cercanos.
TITULO VII
DE LA ATENCIÓN A LA COMUNIDAD EDUCATIVA
Capítulo I: Atención a las familias
Art. 100. Durante las clases remotas el horario de atención a las familias es flexible en la IE solamente por parte de dirección, los maestros solamente brindan atención mediante llamadas telefónicas, mensajes de texto y WhatsApp según las necesidades que se requiera atender.
Capítulo II: Mecanismos de resolución de conflictos
Art. 101. De los estudiantes: El estudiante aprende no solo en el aula sino básicamente en la vivencia cotidiana, siendo el centro y destinatario principal de la educación. Con el apoyo y orientación de los docentes puede cumplir un rol preponderante en la resolución de conflictos en la institución educativa. Esto se da cuando:
a) Practica la tolerancia, la solidaridad, el diálogo y la convivencia armónica con sus compañeros, profesores y comunidad.
b) Participa en experiencias democráticas en el aula y la escuela.
c) Verbaliza o manifiesta claramente intereses y preocupaciones ante los docentes.
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d) Contribuye a que las organizaciones estudiantiles se constituyan en espacios para dialogar, escuchar, establecer juicios y acuerdos, tolerar las diferencias y respetarse mutuamente.
e) Respeta los acuerdos tomados en el aula entre los compañeros, siempre que se hagan en el marco del respeto y bienestar de los estudiantes.
Art. 102. Del personal docente en la IE: El director es la máxima autoridad de la institución educativa y tiene la gran responsabilidad de conducirla y dar cuenta de los resultados de su gestión. Su aporte o rol en la resolución de conflictos que se suscita en el ámbito educativo se fortalece cuando:
a) Ejerce su liderazgo basándose en los valores éticos, morales y democráticos.
b) Valora el diálogo y el respeto a las opiniones diversas.
c) Promueve la constitución del Consejo Educativo Institucional. Promueve que todos los docentes sin distinción de ningún tipo ni preferencia accedan a capacitaciones. Impulsa y apoya el desarrollo de las organizaciones estudiantiles.
d) Toma decisiones oportunas ante las diversas problemáticas que se suceden en la escuela, teniendo como principio el bienestar de los estudiantes.
e) Prohíbe y sanciona explícitamente toda práctica de maltrato o agresión contra los estudiantes y ante la transgresión de sus derechos, actúa oportunamente en cumplimiento de la normatividad y protección de los estudiantes.
f) Promueve reuniones de interaprendizaje entre todos los integrantes de la comunidad educativa.
g) Hace cumplir las leyes y normas institucionales de protección de los derechos de los estudiantes.
h) Garantiza la elaboración e implementación del Plan de Convivencia Democrática de la institución educativa.
i) Supervisa que los procedimientos y medidas correctivas permitan que las y los estudiantes reflexionen y aprendan de la experiencia vivida, para lo cual promueve la participación y compromiso de las madres y padres de familia y apoderados, a fin de contribuir a su formación integral y a la convivencia democrática en la institución educativa.
j) Apoya las acciones del equipo responsable de la convivencia democrática en la institución educativa.
k) Comunica y rinde cuentas acerca de los procesos y logros de la convivencia democrática a la Asamblea de padres y madres de familia y a los demás integrantes de la comunidad educativa.
Art. 103. De los tutores: El docente es el agente fundamental del proceso educativo y tiene como misión contribuir en la formación integral de los estudiantes en todas las dimensiones del desarrollo humano. Por su cercanía con los estudiantes y padres de familia, el rol que cumple en la resolución de conflictos se fortalece cuando:
a) Promueve que la disciplina escolar se administre de modo compatible con el respeto a la dignidad del niño, niña y adolescente. Respeta las habilidades y diferencias que existen entre los niños, niñas y adolescentes.
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b) Acuerda con los estudiantes normas de convivencia en el aula que faciliten un ambiente agradable, tolerante, respetuoso, facilitador del trabajo educativo y las relaciones sociales.
c) Promueve y facilita la participación estudiantil en Municipios Escolares, Defensorías Escolares, Consejos Estudiantiles, clubes y otros, bajo principios democráticos de organización institucional.
d) Promueve un clima favorable al buen entendimiento y sentido de justicia con los demás colegas, autoridades de la escuela, estudiantes y padres de familia.
e) Establece canales de información, comunicación y diálogo con los padres de familia para conocer sus demandas e intereses vinculados al proceso educativo de los niños, niñas y adolescentes.
f) Programa horarios de atención a los padres de familia.
g) Respeta las creencias e ideologías de sus colegas, autoridades educativas, estudiantes y padres de familia.
h) Recoge los aportes y sugerencias de los estudiantes y padres de familia que contribuyan al proceso pedagógico.
Art. 104. De las familias: Participan activamente en la Asociación de Padres de Familia (APAFA), comités de aula u otras instancias de representación a fin de contribuir al mejoramiento de los servicios que brinda la institución educativa. Entre sus acciones a la promoción de la convivencia tenemos
a) Promueven el diálogo y acciones pacíficas ante divergencias con las autoridades educativas priorizando el bienestar de sus hijos.
b) Respetan la vida privada de todas las personas y educan a sus hijos en la práctica de valores y respeto a los derechos de los demás.
c) Emiten sus opiniones o aportes a la gestión educativa de la escuela en los espacios y momentos apropiados.
d) Asumen con eficiencia y probidad los cargos y comisiones que se le designe a nivel de la institución educativa o de aula.
Capítulo III: Mecanismos de derivación de casos a instituciones aliadas
Art. 105. En muchas ocasiones será necesario que la IE conozca de cerca a los aliados estratégicos que los apoyarán en casos complejos o de violencia, que desde fuera de la escuela impacta en la vida de nuestros estudiantes. Estos aliados apoyarán en casos que exceden las responsabilidades de la IE, velando siempre por la seguridad de las niñas, niños y adolescentes.
Institución
Propósito Centro de Emergencia Mujer.
Hospital De Apoyo de Palpa
Comisaría Palpa
Fiscalía especializada de la familia.
Servicios públicos especializados y gratuitos, de atención integral y multidisciplinaria para víctimas de violencia familiar y sexual.
Atención de emergencias y accidentes de cualquier miembro de la comunidad educativa
Garantizar el orden público, la seguridad ciudadana y la paz social.
Intervenir en casos de violencia familiar, abandono, tutela de derechos de menores, etc. También realiza acciones preventivas como charlas familiares, campañas de sensibilización, entre otras.
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Defensoría del Pueblo.
Defensoría
Municipal del Niño, Niña y adolescente (DEMUNA)
Defender y promover los derechos de las personas, supervisar la eficacia de la actuación de la administración estatal y supervisar la adecuada prestación de los servicios públicos para que todos los peruanos, especialmente los que se encuentran en situación de vulnerabilidad.
Proteger y promover los derechos de los niños y adolescentes en la jurisdicción de la municipalidad.
Art. 106. Funciones de los Comité de Gestión Escolar
A.- Funciones del Comité de Gestión de las Condiciones Operativas.
Gestiona las prácticas vinculadas al CGE 3, tales como: la matrícula, la asistencia de estudiantes y del personal de la I.E., los riesgos cotidianos, de emergencias y desastres, el mantenimiento del local, el funcionamiento adecuado del quiosco, cafetería o comedor escolar, según sea el caso y de acuerdo a la normatividad vigente, las intervenciones de acondicionamiento, el inventario y la distribución de materiales y recursos educativos, el acceso a la comunicación (lenguas originarias, lengua de señas peruana u otras) y la provisión de apoyos educativos que se requieran en un marco de atención a la diversidad, etc. Concentra funciones y competencias ligadas al desarrollo de capacidades para gestión del riesgo (a través del uso de dispositivos de seguridad, señaléticas, extintores, botiquines, tablas rígidas, megáfono, baldes con arena, etc.), logística, gestión financiera, contratación, mantenimiento del local y de los materiales, inventario, entre otros. Asimismo, en caso de que la IE cuente con personal administrativo, las responsabilidades asumidas por este comité deben estar articuladas con las acciones que dicho personal viene ejecutando como parte de sus funciones de apoyo a la gestión escolar.
FUNCIONES:
1. Participar en la elaboración, actualización, implementación y evaluación de los instrumentos de gestión de la institución educativa, contribuyendo al sostenimiento del servicio educativo.
2. Implementar los procesos de recepción, registro, almacenamiento, distribución (cuando corresponda) e inventario de los recursos educativos de la institución educativa, así como aquellos otorgados por entidades externas a la IE, verificando el cumplimiento de los criterios de asignación y gestión según la normativa vigente.
3. Elaborar, implementar y evaluar el Plan de Gestión del Riesgo de Desastres según la normativa vigente, así como la implementación de simulacros sectoriales programados o inopinados.
4. Reportar los incidentes sobre afectación y/o exposición de la IE por peligro inminente, emergencia y/o desastre, así como las necesidades y las acciones ejecutadas a las instancias correspondientes según la normativa vigente.
5. Realizareldiagnóstico de necesidades deinfraestructura dellocaleducativo,incluyendo las de mantenimiento, acondicionamiento, así como aquellas relacionadas al Plan de Gestión de Riesgos de Desastres.
6. Realizar la programación y ejecución de las acciones de mantenimiento y acondicionamiento priorizadas bajo la modalidad de subvenciones, según la normativa vigente y las necesidades identificadas.
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7. Actualizar la información en los sistemas informáticos referidos a la gestión de condiciones operativas a fin de que, a través de los mismos, se pueda cumplir con las funciones a cargo del Comité, registrar la matrícula oportuna, así como atender los reportes solicitados por las personas y/o entidades que lo requieran.
8. Formular e incorporar en el Plan Anual de Trabajo, las acciones, presupuesto asociado, personal a cargo y otros aspectos vinculados a la gestión de recursos propios y actividades productivas y empresariales u otros ingresos obtenidos o asignados a la IE, en concordancia con las prioridades definidas en los IIGG.
9. Rendir cuentas sobre los recursos financieros obtenidos o asignados a la IE, ante el CONEI, la comunidad educativa y/o la UGEL, de forma semestral o según la normativa vigente.
10. Implementar el proceso de adjudicación de quioscos, cafeterías y comedores escolares, que incluye la elaboración y difusión del cronograma y las bases, la absolución de consultas, la evaluación de las propuestas técnicas y la adjudicación del o los quioscos, cafeterías y comedores escolares, garantizando la transparencia del proceso en conformidad con las bases establecidas.
11. Supervisar el funcionamiento de los quioscos, cafeterías y comedores escolares, la calidad del servicio ofrecido, la administración financiera del mismo, así como sancionar el incumplimiento de cualquier acuerdo extendido al momento de la adjudicación de acuerdo con las cláusulas del contrato y la gravedad de la falta.
12. Implementar el proceso de racionalización a nivel de la institución educativa para plazas de personal docente, directivo, jerárquico, auxiliar de educación y administrativo, conforme a los procedimientos e indicadores establecidos en la normativa vigente.
13. Formular la propuesta del cuadro de horas pedagógicas de acuerdo al número de secciones aprobado y a los criterios de la normativa vigente, presentarlo ante la UGEL/DRE e incorporar los ajustes solicitados, de corresponder, hasta su validación.
14. Implementar las actividades establecidas para el proceso de contratación de personal administrativo y profesionales de la salud en la institución educativa, de acuerdo a su competencia, según la normativa vigente.
15. Promover el desarrollo de las prácticas de gestión asociadas al Compromiso de Gestión Escolar 3.
Las funciones 10, 12, 13 y 14, referidas al proceso de adjudicación de quioscos, cafeterías y comedores, de racionalización, a la formulación del cuadro de horas pedagógicas y al proceso de contratación de personal administrativo y de salud, obedecen a la realización de actividades específicas y, por tanto, culminan con el logro de sus objetivos, en los casos en que correspondan.
Para la implementación del proceso de racionalización (función 12) y formulación y aprobación del cuadro de horas pedagógicas (función 13) solo participan los integrantes del Comité de Gestión de Condiciones Operativas, a quienes la normativa vigente sobre dichos temas asigne roles y/o funciones.
B.- Funciones del Comité de Gestión Pedagógica. Gestiona las prácticas vinculadas alCGE 4,tanto aquellas orientadas a promoverelaprendizaje y desarrollo profesional de los docentes, así como aquellas orientadas al diseño, implementación y organización de los procesos de enseñanza y aprendizaje. Concentra funciones y competencias ligadas a la organización de espacios de interaprendizaje profesional y de trabajo colegiado, el monitoreo y acompañamiento de la práctica docente, el desarrollo profesional docente, la planificación y adaptación curricular, la evaluación de los aprendizajes,
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el monitoreo del progreso de las y los estudiantes a lo largo del año y la calendarización del tiempo lectivo.
FUNCIONES:
1. Participar en la elaboración, actualización, implementación y evaluación de los instrumentos de gestión de la institución educativa, contribuyendo a orientar la gestión de la IE al logro de los aprendizajes previstos en el CNEB.
2. Propiciar la generación de Comunidades de Aprendizaje para fortalecer las prácticas pedagógicas y de gestión, considerando las necesidades y características de los estudiantes y el contexto donde se brinda el servicio educativo.
3. Generar espacios de promoción de la lectura, de interaprendizaje (entre pares) y de participación voluntaria en los concursos y actividades escolares promovidos por el MINEDU, asegurando la accesibilidad para todas y todos los estudiantes.
4. Desarrollar los procesos de convalidación, revalidación, prueba de ubicación de estudiantes, reconocimiento de estudios independientes, y supervisar las acciones para la recuperación pedagógica, tomando en cuenta la atención a la diversidad.
5. Promover el uso pedagógico de los recursos y materiales educativos, monitoreando la realización de las adaptaciones necesarias para garantizar su calidad y pertinencia a los procesos pedagógicos y la atención de la diversidad.
6. Promover Proyectos Educativos Ambientales Integrados (PEAI) que contengan las acciones orientadas a la mejora del entorno educativo y al logro de aprendizajes, en atención a la diversidad, asegurando su incorporación en los Instrumentos de Gestión.
7. Promover el desarrollo de las prácticas de gestión asociadas al Compromiso de Gestión Escolar 4.
C.- Comité de Gestión del Bienestar.
Gestiona las prácticas vinculadas al CGE 5, tales como la generación de acciones y espacios para el acompañamiento socioafectivo y cognitivo, la gestión de la convivencia escolar, la participación democrática del personal de la IE y de las y los estudiantes en decisiones clave, la participación de las familias en la elaboración de los instrumentos de gestión, la disciplina con enfoque de derechos, la promoción de una cultura inclusiva que valore la diversidad, la atención a situaciones de conflicto o violencia, la prevención de casos de violencia, la promoción del bienestar, etc. Concentra funciones y competencias ligadas a la gestión de espacios de participación, elaboración participativa y difusión de las normas de convivencia de la I.E., gestión de la prevención de la violencia escolar, atención oportuna a casos de violencia, restitución de la convivencia y resolución de conflictos y gestión de la red institucional de protección junto con otras instituciones.
FUNCIONES:
1. Participar en la elaboración, actualización, implementación y evaluación de los instrumentos de gestión de la institución educativa, contribuyendo a una gestión del bienestar escolar que promueva el desarrollo integral de las y los estudiantes.
2. Elaborar, ejecutar y evaluar las acciones de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar, las cuales se integran a los Instrumentos de Gestión.
3. Desarrollar actividades y promover el uso de materiales educativos de orientación a la comunidad educativa relacionados a la promoción del bienestar escolar, de la Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar democrática e intercultural y de un clima escolar positivo e inclusivo, con enfoque de atención a la diversidad.
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4. Contribuir en el desarrollo de acciones de prevención y atención oportuna de casos de violencia escolar y otras situaciones de vulneración de derechos considerando las orientaciones y protocolos de atención y seguimiento propuesto por el Sector, en coordinación con los actores de la comunidad educativa correspondientes.
5. Promover reuniones de trabajo colegiado y grupos de interaprendizaje para planificar, implementar y evaluar las acciones de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar con las y los tutores, docentes, auxiliares de educación y actores socioeducativos de la IE.
6. Articular acciones con instituciones públicas y privadas, autoridades comunales y locales, con el fin de consolidar una red de apoyo a la Tutoría y Orientación Educativa y a la promoción de la convivencia escolar, así como a las acciones de prevención y atención de la violencia,y casos críticos que afecten elbienestarde las y los estudiantes.
7. Promover el ejercicio de la disciplina, ciudadanía y la sana convivencia, basado en un enfoque de derechos y de interculturalidad, garantizando que no se apliquen castigos físicos o humillantes, ni actos discriminatorios.
8. Conformar brigadas con los integrantes de la comunidad educativa con el fin de implementar acciones que promuevan la atención de las y los estudiantes en aquellas situaciones que afecten su bienestar (peligro inminente, incidentes, emergencias, desastres u otros).
9. Promover el desarrollo de las prácticas de gestión asociadas al Compromiso de Gestión Escolar 5.
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