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from Contralínea 674
ARELI CANTÚ
VÍCTIMA DE LA OSCURA “LEGALIDAD”
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ADRIÁN RAMÍREZ/PRESIDENTE DE LA LIGA MEXICANA DE DEFENSA DE DERECHOS HUMANOS
La justicia es ciega. ¿Pero qué tan ciega puede casa que después nos enteramos que llamaban casa ser en un mundo de cortinas de humo que sólo de seguridad, donde también fueron golpeados y fodisfraza las violaciones a derechos humanos tografi ados. con falsas y manipuladas investigaciones por parte de la comisión estatal de derechos humanos y FisRetención ilegal calías y donde las mujeres se vuelven blanco fácil en un mundo de desigualdad, de falta de perspectiva Siete horas después de su detención fueron prede género, de ego y poder machista sin escrúpulos y sentados en la Fiscalía Especializada en Secuestro de conciencia? Nezahualcóyotl, ante los agentes del Ministerio Pú
Areli Cinthya Cantú Muñoz y su hijo fueron blico Ricardo Godínez Díaz y Hugo Ortiz Téllez. arrestados de manera ilegal, víctimas de abusos por Ahí policías ministeriales continuaron golpeándolos parte de las autoridades de Seguridad Pública Estay amenazándolos, en presencia de los agentes citatal que violaron gravemente su derecho a la libertad dos. Incluso con la participación de uno de ellos. personal, a la integridad Colocaron la cabeza y a la presunción de del niño en una mesa y le inocencia, presa de deAreli Cantú y su hijo, entonces de 13 apuntaron con un arma. litos fabricados, víctima años de edad, fueron arrrestados de Le dijeron a Areli que si de tortura sexual, física y sicológica detenida junto con su hijo, quien manera ilegal. Policías del Estado de México abusaron de ambos no hacía lo que ellos le decían, violarían y asesinarían a su hijo enfrente era menor de edad en el de ella. Así la obligaron a momento de los hechos. fi rmar una declaración Detención ilegal haber participado en un secuestro.
El 8 de noviembre de 2012, Areli Cinthya Cantú Muñoz y su hijo, en ese entonces de 13 años de edad, Óscar Uriel Martínez Cantú, fueron sacados con violencia de su domicilio, por hombres encapuchados vestidos de civiles, quienes rompieron la puerta y robaron objetos de valor.
Fueron paseados en vehículos durante horas, mientras eran golpeados y amenazados. Areli, además, fue abusada sexualmente. Los llevaron a una que no pudo leer, donde se declaraba culpable de
Desaparición forzada transitoria
El niño Óscar Uriel fue liberado en la mañana del 9 de noviembre de 2012, al comprobar por medio de su Clave Única de Registro de Población (CURP) que contaba apenas con 13 años de edad. Fue él quien dio aviso a los familiares de Areli lo que había ocurrido, aunque no pudo precisar el lugar donde los habían tenido retenidos. Fue has
ta el 10 de noviembre cuando la familia se enteró Areli había estado en la Fiscalía Especializada en Secuestro de Nezahualcóyotl, Cuando la buscaron ahí, el policía ministerial Raúl Rayón Sigüenza les infirmó a los ministeriales que había sido trasladada a Toluca.
La buscaron en las instalaciones de la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJEM), donde negaron que Areli estuviera ahí. Luego de seguir buscando en otras fiscalías, regresaron a la sede de la Procuraduría y por fin les dijeron que sí estaba ahí pero que no podían hablar con ella porque sería preentada a lo medios de comunicación.
Violación al principio de presunción de inocencia
El entonces procurador general de Justicia del Estado de México, Miguel Ángel Contreras Nieto, presentó a Areli y a otras nueve personas (entre ellas un menor de edad) ante los medios de comunicación como una peligrosa delincuente, miembro de una banda perteneciente a los Caballeros Templarios, responsable de diversos secuestros, homicidios y extorsiones cometidos en los municipios de Ixtapaluca, Chalco y Valle de Chalco. Todo esto antes de ser presentada ante el juez de control de detención.
Vinculación a proceso
Fue hasta el 11 de noviembre de 2012 cuando los familiares pudieron tener comunicación con ella, quien les llamó desde el Centro de Readaptación Social de Santiaguito.
Por los hechos antes mencionados se inició una queja ante la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México con sede Chalco. Al expediente se le asignó el número CODHEM/CHA/654/2012 y sus acumulados CODHEM/CHA/719/2012 y CODHEM/CHA/720/2012; y expediente CODHEM/CHA/701/2013. A pesar de las evidencias, la Comisión nunca realizó investigaciones y se limitó a escuchar los testimonios de los policías y agentes del MP. Por el contrario, durante el proceso revictimizó a Areli para concluir en febrero de 2014 que no existían elementos para acreditar violaciones a los derechos humanos.
En la Fiscalía Especializada en Delitos Cometidos por Corporaciones Policiacas se inició la carpeta de investigación 333100040052412 por los delitos de abuso de autoridad, robo y lo que resulte.
El 16 de noviembre de 2012 Areli fue vinculada a proceso en el Distrito Judicial de Toluca. El juez or
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denó declinar la competencia a favor del Juzgado de Control del Distrito Judicial de Chalco por motivos de territorio.
El 4 de marzo de 2013, la madre de Arelli, quien se desempeñaba como profesora, fue asesinada al salir de su trabajo. Los probables responsables fueron policías ministeriales y agentes del ministerio público de la Fiscalía Antisecuestros, en represalia por las denuncias hechas en su contra ante distintas instancias y por haber mostrado en redes sociales la corrupción de las que eran parte para fabricar culpables, con testimonios de varias de sus víctimas en diferentes municipios de su jurisdicción. Debido a este hecho, días antes de concluir el periodo de investigación, el
abogado Álvaro Álvarez renunció por temor a que las represalias también recayeran sobre él.
Defensa inadecuada
A Areli le asignan entonces a un defensor de oficio, Juan Carlos Tovar. Como consta en videograbaciones de audiencia intermedia, ella manifiesta al juez su deseo cambiar de abogado, pues no estaba teniendo una defensa adecuada. Su defensor anterior había ofrecido pruebas y éstas se habían acordado favorables, pero el Tovar no las estaba presentando. También consta que manifestó al juez su deseo de mencionar las pruebas que quería se aportaran y que su defensor de oficio no tomaba en cuenta, interrumpiéndola para decirle que eso tenía que hablarlo con su abogado, a pesar de haberle manifestado previamente que no estaba teniendo una defensa que considerara adecuada.
Debido a que las pruebas contundentes de su defensa no fueron presentadas; a la nula valoración que el juez de Juicio Oral dio a los testimonios de la defensa, y pese a las contradicciones de la parte acusadora, Areli fue sentenciada a 35 años de prisión. La única prueba en su contra era el testimonio de los policías ministeriales del 6 de mayo de 2016 ante el Juez Osvaldo Villegas Cornejo.
La sentencia fue apelada y la Sala resolvió que debía dictarse una nueva sentencia. El Juez Villegas volvió a sentenciar en el mismo sentido el 29 de noviembre de 2016. Para el 13 de diciembre de 2016 un familiar de Arelli se presentó en las instalaciones de los juzgados de Juicio Oral del Distrito Judicial de Chalco para interponer el recurso de apelación a la sentencia. Pero el acceso le fue negado bajo el argumento de que sólo podían ongresar abogados previa identificación con cédula profesional. Por ello, el 16 de marzo de 2017 le fue notificada a Arei el Auto de inadmisión. Tal resolución está siendo combatida a la fecha en juicio de amparo.
Familiares de Areli solicitaron el 28 de agosto de 2013 al titular de la entonces PGJEM, Miguel Ángel Contreras Nieto, audiencia para que se les informara sobre el trámite que se le estaba dando a las carpetas de investigación 302070840567612, 333100040052412 y 302080620075313 (por el secuestro del que la acusan, la denuncia hecha contra policías ministeriales y el homicidio de la madre de Areli, respectivamente), expediente que quedó registrado con el número DGJC/EP/1872013. La audiencia les fue negada y en respuesta Jesús Benito Nares Pérez, en sus facultades de director general Jurídico y Consultivo, dijo que las investigaciones se mantenían en trámite, observando los principios de legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez y estricto respeto a los derechos humanos; y que se resolverá conforme a derecho.
En noviembre de 2013, Areli fue vinculada a proceso por otro secuestro cometido en septiembre de 2012. Una señora se presentó ante el MP a decir que buscando fotos de secuestradores en internet, vio la foto que los medios de comunicación publicaron el 10 de noviembre de 2012, y que “reconoció” a Areli como una de las participantes de su secuestro. Todo, a pesar de que en su declaración inicial en 2012 menciona a una única mujer que participó en su secuestro como delgada, pelirroja y de cabello lacio, cuando Areli es de complexión robusta, cabello negro y rizado. Ese ilegal reconocimiento fue suficiente para que un juez la vinculara a proceso y la Sala confirmara el Auto de vinculación apelada. Quien en ese momento era su defensor de oficio se negó a agotar el recurso de apelación argumentando que su carga de trabajo le impedía dedicar más tiempo a ese asunto. Junto a Areli, vincularon a otras cuatro personas en las mismas circunstancias pero al tener un defensor particular, lograron el amparo y protección de la justicia contra esa vinculación a proceso. Al mencionarle al defensor de oficio esta resolución e incluso proporcionándole los datos del amparo, dio el asunto por concluido y no hizo nada al respecto. Por este segundo caso, Arelli fue también sentenciada pero debido a irregularidades durante el juicio, la Sala ordenó reponer el proceso desde la apertura del juicio.
Durante su estancia en prisión, Areli ha sido hostigada e intimidada en diversas ocasiones. La más importante ocurrió en 2015, cuando otra interna la estaba amenazando y extorsionando para obligarla a vender drogas dentro del penal. Debido a que denunció esta situación ante el juez de su causa, quién ordenó a la entonces directora del centro penitenciario, Florencia Genoveva Juárez Coatl, atender el asunto, el 10 de octubre del mismo año las autoridades tomaron represalias contra ella y familiares e hijos el día de la vista familiar.
Además, la enviaron a segregación y la despojarton en su momento se hicieron, por la tortura a la que del dinero que ganaba por la venta de artesanías faAreli y su sobrino fueron sometidos. En junio la Fisbricadas en el penal. Por estos hechos se inició una calía de Combate a la Corrupción (antes Fiscalía Esqueja en la Comisión de Derecos Humanos del Especializada en Delitos Cometidos por Corporaciotado de México, bajo el expediente CODHEM/ nes Policiacas) informó a la Comisión que extravió SP/791/2015 y por el que el organismo solicitó la carpeta de investigación, por lo que se dio parte medidas precautorias. a la Contraloría Interna, donde radicaron la queja
El 27 de noviembre de 2018, aproximadamente FGJEM/OIC/INV/261//2019. Por su parte, la a las 22:30 horas, Areli fue sacada de su celda para, Unidad de Asuntos Internos (antes Inspección Gesupuestamente, presentarla ante una notifi cación. neral de las Instituciones de Seguridad Pública) inUna vez en locutorios, vio que no había nadie. Le formó que ha fenecido el plazo para sancionar a los dijeron que pasara al servicio médico. La certifi can servidores públicos. y la pasan al edifi cio de Diiagnóstico, Ubicación y tratamiento. Allí había 13 o 14 hombres internos Propuesta de reparación integral esperando también. Estaban presentes subdirector, comandantes, jefes de turno y nadie le daba una exDerivado de la reforma de 2011 a la Constituplicación de lo que estaba pasando. Empezaron a ción en materia de derechos humanos y derivado de revisar a los hombres. Un sujeto del sexo masculino los principios de convencionalidad y control difuso, del que desconoce su identidad se acercó a decirle: el Estado tiene la obligación de investigar, sancionar “Ya no le muevas, te conviene dejar las cosas como y reparar el daño por violación a derechos humanos. están”. La mantuvieron Areli Cinthya Cantú por 2 horas hasta que se acercó un jefe con “dos noticias: una bueEs urgente una investigación que sancione a los culpables. Así como una Muñoz y su hijo tienen el derecho a la verdad y la justicia de la investigana y una mala; la buena indemnización por las violaciones a los ción de los hechos relaes que no alcanzaron derechos humanos de toda la familia cionados con la tortura boleto de avión, la mala que fue denunciada ante es que se regresan a su la Comisión de Deredormitorio”. Nadie le explicó nada y la regresaron chos Humanos del Estado de México y ante la Fisal dormitorio. calía de combate a la corrupción. Es imperante una
El 29 de noviembre de 2019 Areli fues trasladajusta investigación a la violación de sus derechos y se da al Centro Federal de Readaptación Social (Cesancione a los responsables. También se exige que fereso) 16, ubicado en Morelos, sin ninguna notifi - se le indemnice por la violación grave a los derechos cación para que pudiera defenderse. No se le perhumanos como familia, individualmente y del intemitió avisar a su abogado, ni le dieron explicación rés superior del menor. alguna del porqué del traslado. Por estos hechos se Lo anterior deriva tanto del régimen previsinterpuso el amparo en el Juzgado Sexto de Distrito to constitucionalmente como de los instrumentos en Nezahualcóyotl. El 25 de marzo de 2019 el Juez internacionales ratifi cados por México y de los cride Distrito resolvió dejar insubsistente el ofi cio que terios de organismos internacionales, los cuales se ordena su traslado, por lo debe ser devuelta al lugar manifi estan claramente en el sentido de que es un de reclusión de origen (Centro de Readaptación derecho efectivo de las personas agraviadas obtener Social Huitzilzingo, en Chalco). Recientemente el una reparación proporcional a la gravedad de las tribunal de alzada ha confi rmado esa sentencia. Se violaciones y al daño sufrido. Dicha recomendación sigue a la espera de que la autoridad responsable reconoce que a Areli le fueron violados sus derechos deje de posponer su traslado. a la libertad y seguridad personales; a la integridad
En abril del 2019, se inició ante la Comisión de personal y; al debido proceso. Derechos Humanos del Estado de México una queTortura nunca más. Ni un culpable fabricado ja con el fi n de dar seguimiento a las denuncias que más. Acceso a una indemnización.