REVISTA SEMBREMOS
Volumen 3, No 10 Agosto de 2016 ISSN 2389 7376
Paz
Acuerdo Final para la Terminaciรณn del Conflicto y la Construcciรณn de una PAZ Estable y Duradera
Miércoles 24 de Agosto de 2016 .
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http://www.altocomisionadoparalapaz.gov.co/Paginas/inicio.aspx
Fundación Progresista SEMBREMOS LA PAZ
La Revista de la Fundación Progresistas "Sembremos La Paz", desde la pedagogía, la formación, la argumentación, la estructuración del proceso de paz y el pos conflicto, acoge las siguientes secciones. Entrevistas, análisis y perspectivas históricas. Cifras y datos relevantes del conflicto nacional . Informes especiales de conflictos internacionales. Aportes desde la cátedra, la academia y sectores políticos. Reseña de libros, publicaciones y documentos para la Paz. Investigaciones destinadas a desarrollar procesos de acumulación de conocimientos y experiencias de la vida nacional. Expresiones de gremios, sectores políticos y la sociedad. Avances en el proceso nacional de diálogos para la paz . Generación de puentes de comunicación hacia el futuro del país. Fundación Progresista “Sembremos La Paz” - Nit: 900360245-6: Cl 12 A Sur No 11 B 26, Tel: 300 294 28 49 – Fax: 8125123 Email: fundacionprogresistasslp@gmail.com Twitter: @sembremoslapaz Bogotá DC - Colombia
Sembremos La Paz, Bogotá, Agosto. de 2016. Vol. 3 No 10, Pag. 1
“Espacio de difusión de actividades, puntos de vista y apreciaciones bajo el criterio del periodismo alternativo, que busca reflejar la realidad nacional en procura de contribuir a la paz, con análisis y estudios del conflicto urbano y rural, sin dejar de lado la particularidad que implican los diálogos de paz y la negociación en el cese del conflicto y el pos conflicto en el país”.
LA PEDAGOGร A DE LA PAZ
Agosto de 2016, Bogotรก - Colombia ISSN: 2389 7376
Director: Miguel Ospino Rodríguez Consejo editorial: Doris Orjuela Pedro Ferrín Fabio Cifuentes Miguel Pacheco Ricardo Morales Editor: Fernando Ballesteros Redacción y corrección de estilo: María Camila Ospino Diseño, Diagramación y Fotografía Fabio Zapata Las opiniones emitidas en los artículos son responsabilidad de los autores y no comprometen a la Fundación Progresista “Sembremos La Paz”
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CONTENIDO
En este número Editorial ….…………………………………………...… 5 La Paz Un Hecho Político ………….………………..… 6 Voces y Cartas: Congreso a aprobar la convocatoria del plebiscito ……….……...………..…. 7 Un Acuerdo especial ……………………………….…..…. 8 Un Reconocimiento Especial ……………………..…... 10 Texto del Acuerdo Final de Paz ……………………. 12 Un Punto Particular del Acuerdo ….………..….…. 16 Punto No 1 de la Agenda de Paz: Reforma Rural Integral …..……………………………………….…... 20 El significado étnico y de género En los Acuerdos de Paz …….………………………….. 44 Designación, Dr Cesar Gaviria, Líder del plebiscito por el SI a la Paz ………… 46 Las Frases de la Paz ………………….………………… 47 Símbolo de la Paz ….….……………….………………… 48 Video Beneficios y oportunidades de la Paz … 49 Agradecimientos ……………………………………………. 50
En este número parte del documento y análisis del hecho de la firma del Acuerdo de Paz entre el Gobierno de Colombia y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia - FARC
Sembremos La Paz, Bogotá, Agosto de 2016. Vol. 3 No 10, Pág. 3
Revista de la Fundación Progresista “Sembremos La Paz”
http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2016/08/24/gobierno-de-colombia-y-farclogran-historico-acuerdo-final-de-paz
EDITORIAL
Las delegaciones del Gobierno Nacional y de las FARC-EP han llevado a la realidad el Acuerdo Final, integral y definitivo, sobre los puntos de la “Agenda del Acuerdo General para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera en Colombia”. Los diálogos de La Habana al poner fin al conflicto armado nacional, ante testigos nacionales, delegados de Cuba y del Reino de Noruega, representantes de los países garantes, Venezuela y Chile, reafirman el Artículo 22 de la Constitución Política de la República de Colombia que impone la paz como un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento. El texto de 297 hojas, incluye el Acuerdo marco; los 6 puntos de la Agenda: “Hacia un Nuevo Campo Colombiano”; “Apertura democrática para construir la Paz”; “Acuerdo sobre el Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y definitivo y Dejación de las Armas”; “Solución al Problema de las Drogas Ilícitas”; “Sistema Integral de verdad, Justicia, Reparación, y No repetición, incluyendo la Jurisdicción Especial para la paz y compromiso sobre Derechos Humanos”; e “Implementación, Verificación y refrendación”, y los protocolos respectivos. Suscrito el Acuerdo, serán los colombianos los encargados de revalidar el 2 de octubre mediante plebiscito su aprobación y puesta en marcha final. Lamentable que víctimas, organizaciones sociales y de Derechos Humanos, comunidades enteras incluyendo grupos étnicos, mujeres, campesinos, jóvenes, académicos, representantes de las Iglesias y comunidades de fe, y ciudadanos que sintieron el rigor de la guerra no puedan disfrutar ni agradecer este gesto de inicio para la construcción de una paz que esperamos sea sincera. Fundación Progresista “Sembremos La Paz” - Nit: 900360245-6: Cl 12 A Sur No 11 B 26, Tel: 300 294 28 49 – Fax: 8125123 Email: fundacionprogresistasslp@gmail.com Twitter: @sembremoslapaz Bogotá DC - Colombia
Sembremos La Paz, Bogotá, Agosto de 2016 Vol. 3 No 10, Pág. 5
Editorial
HECHO POLITICO
Voces y cartas: 'La paz se hizo posible, ahora vamos a construirla': Juan Manuel Santos Agosto 24 de 2016.1
Sembremos La Paz, Bogotá, Agosto de 2016. Vol. 3 No 10, Pag. 6
“El acuerdo logrado con las Farc en materia de cese bilateral y del fuego y desarme significa el fin de esa guerrilla como un grupo armado ilegal”. “Es un paso trascendental hacia el fin de cinco décadas de guerra en Colombia y que, además, abre la puerta hacia la transformación de un país que se acostumbró a la confrontación armada”. “No solamente se acordó el fin de las confrontaciones, con un cese al fuego y hostilidades bilateral y definitivo, sino que también se definió un cronograma preciso para que las Farc dejen las armas para siempre. Esto significa, ni más ni menos, el fin de las Farc como grupo armado” “Quiero valorar expresamente el paso que hoy dan las Farc al acordar que la lucha por sus convicciones ya no será armada, sino, como debe ser, política, con ideas y argumentos”. “Lo cierto es que nos acostumbramos al horror de la guerra. Se volvió parte de la vida cotidiana. Hoy, por fortuna, con lo que se acaba de firmar, damos vuelta a esta trágica y larga página de nuestra historia”. “Nos llegó la hora de vivir sin guerra”. Abramos juntos una nueva etapa de nuestra historia, una en la que –unidos– podremos alcanzar cualquier meta, superar cualquier obstáculo, hacer de nuestra nación el país que siempre hemos soñado… ¡Un país en paz! 1
Aparte del Discurso del Presidente Juan Manuel Santos., sobre el Acuerdo de Paz suscrito con las FARC. Bogotá, 24 de Agosto de 2015
Ante la convocatoria de un Plebiscito por la Paz, hecha por el presidente Juan Manuel Santos para el próximo 2 de octubre, las plenarias de Senado y Cámara, estudiaran su formalidad. El día que se convoque, el Congreso votará la pregunta que se le hará a los colombianos en las urnas, la fecha de convocatoria y la autorización para que se lleve a cabo este proceso. El presidente del Congreso, Mauricio Lizcano, al respecto afirmó que “el mandatario solicita la autorización para convocar al plebiscito; y el Congreso, en cámaras independientes, lo autoriza e inmediatamente se convoca”. “Tiene que darse en Cámara y en Senado de forma separada. Él pide la autorización y nosotros lo autorizamos en las sesiones”. Por su parte, el senador Armando Benedetti, uno de los promotores de la campaña por el Sí, está convencido que ganarán por amplia mayoría en las urnas. “El Congreso tiene más o menos un mes para pronunciarse, seguramente se hará mucho más rápido para que convoquemos al pueblo colombiano, seguramente la diferencia va a ser enorme y la gente se va a desbordar a votar por la paz” 1
Nota de la redacción
“Todas esas leyendas y mitos que ha creado la oposición, que son los que les gusta la guerra, van a quedar enterrados para siempre”, añadió. Informado el Congreso por el Presidente y obtenido el sí, se pondrá en marcha el aparato electoral colombiano a fin que más de 34 millones de ciudadanos acudan a las urnas, en una logística que costará cerca de 350 mil millones de pesos, según el registrador nacional, Juan Carlos Galindo. La Corte Constitucional ha señalado que es obligatorio garantizar que los colombianos no tendrán ninguna presión armada en las votaciones, que se cumpla con un umbral de aprobación del 13 por ciento y que “el grupo armado ilegal deponga el uso de las armas y de la violencia como paso previo y obligatorio a la refrendación popular”. La pregunta en el tarjetón del plebiscito deberá ser clara y concisa, de manera que sea respondida con un sí o un no. “Para garantizar la libertad del elector”, la pregunta no puede ser tendenciosa o inducida, a fin de evitar que la voluntad del ciudadano pueda ser manipulada o direccionada.
MENSAJES PÚBLICOS
Congreso a aprobar la convocatoria al plebiscito. 1
Sembremos La Paz, Bogotá, Agosto de 2016 Vol. 3 No 10, Pág. 7
Voces y cartas:
RESUMEN DEL ACUERDO Sembremos La Paz, Bogotá, Agosto de 2016. Vol. 3 No 10, Pag. 8
Un Acuerdo Especial. 1 Luego de cuatro años de conversaciones, este miércoles 24 de agosto de 2016, terminaron las negociaciones entre el Gobierno Colombiano y representantes de las Fuerzas Armadas revolucionarias de Colombia - Farc.
El Tercero,. “Cese al fuego y de hostilidades bilateral y definitivo y la dejación de las armas”, tiene como objetivo la terminación definitiva de las acciones ofensivas entre la Fuerza Pública y las Farc-EP.
Fueron 6 los puntos finales que contiene el acuerdo, que pretende contribuir a las transformaciones necesarias para sentar las bases de una paz estable y duradera, tras más de 50 años de confrontación.
Contiene por igual el acuerdo de “reincorporación de las Farc a la vida civil –en lo económico, lo social y lo político- de acuerdo con sus intereses.
El Primero, “Reforma rural integral”, busca contribuir a la transformación, cerrando las brechas entre el campo y la ciudad. Con este se busca contribuir a erradicar la pobreza, promover la igualdad y asegurar el pleno disfrute de los derechos ciudadanos.. El Segundo, “Participación política“, "abre una apertura democrática para construir la paz”. La implementación de los acuerdos contribuirá a la ampliación y profundización de la democracia en cuanto implicará la dejación de las armas y la proscripción de la violencia como método de acción política para todas y todos los colombianos a fin de transitar a un escenario de amplia participación. 1
Nota de la redacción
El sexto y último, “Mecanismos de implementación y verificación” crea una “comisión de implementación, seguimiento y verificación del Acuerdo Final de Paz y de diferencias”, integrada por representantes del Gobierno Nacional y de las Farc con el fin, entre otros, de hacer seguimiento a los componentes del acuerdo y verificar su cumplimiento, servir de instancia para la resolución de diferencias, y el impulso y seguimiento a la implementación legislativa. Adicionalmente se crea un mecanismo de acompañamiento para que la comunidad internacional contribuya de distintas maneras a garantizar la implementación del acuerdo final; una estructura y Secretaria Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz que asegure su oportuna puesta en funcionamiento y acuerdo para facilitar la ejecución del cronograma del proceso de dejación de armas.
RESUMEN DE L ACUERDO
El Cuarto, “Solución al problema de las drogas ilícitas”, promueve una nueva visión que dé un tratamiento distinto y diferenciado al fenómeno del consumo, al problema de los cultivos de uso ilícito, y a la criminalidad organizada asociada al narcotráfico, asegurando un enfoque general de derechos humanos y salud pública, diferenciado y de género. El Quinto, “Víctimas”, crea el sistema integral de verdad, justicia, reparación y no repetición, que contribuye a la lucha contra la impunidad, con mecanismos judiciales que permiten la investigación y sanción de las graves violaciones a los derechos humanos y las graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario, con mecanismos extrajudiciales complementarios. que contribuyan al esclarecimiento de la verdad de lo ocurrido, la búsqueda de los seres queridos desaparecidos y la reparación del daño causado a personas, a colectivos y a territorios enteros.
Sembremos La Paz, Bogotá, Agosto de 2016 Vol. 3 No 10, Pág. 9
Un Acuerdo Especial.
RECONOCIMIENTOS Sembremos La Paz, Bogotá, Agosto de 2016. Vol. 3 No 10, Pag. 10
Un Reconocimiento Especial.1 El amplio pronunciamiento de la comunidad internacional, ha reconocido la pertinencia del Acuerdo de Paz en Colombia. A nivel Internacional, el reconocimiento y apoyo de mandatarios, organizaciones y líderes mundiales al Acuerdo no se ha hecho esperar. Mauricio Macri, Presidente de Argentina través de un comunicado dijo “El Acuerdo Definitivo constituye un paso histórico que contribuirá a traer prosperidad no sólo a Colombia sino también a toda la región, consolidándola como una zona de paz”, Luis Almagro en un mensaje de vídeo divulgado por la OEA dijo que “El Gobierno de Colombia nos ha solicitado apoyar la etapa del posconflicto a través de una serie de acciones de monitoreo y acompañamiento en los territorios”. En Chile el ministro de Relaciones Exteriores, Heraldo Muñoz, se pronunció diciendo que “Es un momento histórico”; así mismo la presidenta de ese país Michelle Bachelec y el presidente de Francia, François Hollande, felicitaron por teléfono a Juan Manuel Santos al igual que otros lideres de Estado. 1
Nota de la redacción
La primera ministra noruega, Erna Solberg, señalo que “Este es un triunfo para todo el pueblo colombiano. Felicito a las partes”. “El acuerdo pretende solucionar muchos de los retos básicos que llevaron al conflicto facilitando una participación política amplia, acceso a la tierra y alternativas a la producción de coca”, dijo también el ministro de Exteriores noruego, Børge Brende. Otro de los gobernantes que felicitó a Colombia fue Evo Morales que escribió en su cuenta de Twitter: “El diálogo y la negociación han triunfado en Colombia. Ha vencido la paz y hemos ganado todas y todos. ¡Felicidades Colombia!” En una llamada telefónica igualmente, el presidente Barack Obama felicitó al presidente Santos por el histórico acuerdo de paz y reiteró su compromiso de apoyo. Personalidades como Hillary Clinton, Rigoberta Menchu, Rafael Correa, La jefa de la diplomacia europea, Federica Mogherini, La Izquierda Unitaria Europea / Izquierda Verde Nórdica, Human Rights Watch (HRW), El Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) reconocieron este hecho de paz.
La secretaria general Iberoamericana, Rebeca Grynspan, calificó el acuerdo como "uno de los eventos más importantes de la historia reciente de América Latina". "Nos llena de esperanza a todos que el conflicto armado más largo de Latinoamérica pueda terminarse finalmente. Especialmente en un momento en el que los conflictos y las guerras en otras partes del mundo parecen aumentar y continuar", dijo el presidente de la Asamblea General de la ONU, Mogens Lykketoft. Desde Perú, Congreso y Presidente pedro Pabo Kuczinsky y se felicitó al presidente Santos "por este significativo avance, que es el resultado de una firme y definida voluntad política“ Así mismo el Gobierno portugués dijo que ahora corresponde a los colombianos tomar una decisión histórica sobre la solución a un "largo y doloroso conflicto"
RECONOCIMIENTOS
Desde España se ha trasladado su "más sincera felicitación" a Colombia por el acuerdo de paz con las guerrillas de las FARC. Se reconoce como "un acontecimiento histórico que pone fin a medio siglo de conflicto y sienta las bases para una Colombia más próspera que haga realidad las aspiraciones de mayor bienestar de los colombianos". En un comunicado del Ministerio de Asuntos Exteriores, el Gobierno recuerda que España ha apoyado los esfuerzos por la paz en Colombia tanto ahora como en anteriores procesos, y recalca que seguirá acompañando al país en la etapa de consolidación de la paz que se inicia hoy, bilateralmente a través de la Cooperación Española, como Estado Miembro de la UE y desde su presencia en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas Desde Venezuela, Su Presidente Nicolás Maduro, cuyo país actuó como acompañante del proceso, dijo que Colombia puede contar "con todo el apoyo para construir la paz". El Gobierno canadiense dijo que "el acuerdo establece los cimientos para la paz y prosperidad futura de todos los colombianos. El éxito de estos esfuerzos muestra que, a través del diálogo, la paz es posible".
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Un Reconocimiento Especial.
TEXTO DEL ACUERDO Sembremos La Paz, Bogotá, Agosto de 2016 Vol. 3 No 10, Pag. 12
Acuerdo Especial, 19 de Agosto de 2016. 1 1
Acuerdo de Paz en la Habana El Gobierno Nacional y las FARC EP, adoptan el siguiente Acuerdo Especial en los términos del artículo 3 común a los Convenios de Ginebra de 1949, que se depositará, inmediatamente tras su firma, ante el Consejo Federal Suizo en Berna. I. Ley de Amnistías, indultos y tratamientos penales especiales. Las partes acuerdan que el Gobierno Nacional presentará ante el Congreso de la República la propuesta de proyecto de ley de amnistías, indultos y tratamientos penales especiales, cuyos contenidos se adjuntan a este Acuerdo. Dicho proyecto consta de cuatro títulos. Un primer título relativo a su objeto y principios, aplicables a todos sus destinatarios y cuyo texto se encuentra en el Anexo I a este Acuerdo. Un segundo título relativo a las amnistías, indultos y otros tratamientos penales especiales, cuyo texto también se encuentra en el Anexo I a este Acuerdo. 1 Acuerdo General para la
Un tercer título relativo a los tratamientos penales especiales diferenciados para agentes del Estado, cuyo texto se adjunta a este Acuerdo como Anexo II. Y un cuarto título relativo a disposiciones finales, aplicables a todos sus destinatarios, cuyo texto también se encuentra en el Anexo I a este Acuerdo. Los cuatro títulos antes indicados constituirán un mismo proyecto de ley inescindible. El proyecto de ley de amnistías, indultos y tratamientos penales especiales antes indicado, se presentará ante el Congreso de la Republica al día siguiente de la Acuerdo Final 24.08.2016 Página 254 de 297 entrada en vigencia del “Acto Legislativo 01 de 7 de julio de 2016, por medio del cual se establecen instrumentos jurídicos para facilitar y asegurar la implementación y el desarrollo normativo del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera”. El mencionado proyecto de ley se tramitará siguiendo el procedimiento legislativo especial para la paz establecido en dicho Acto Legislativo.
terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera en Colombia. https://www.mesadeconversaciones.com.co/sites/default/files/AcuerdoGeneralTerminacionConflicto.pdf
II. Secretaria Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz Ambas partes se comprometen a adoptar las medidas necesarias para poner en funcionamiento a la mayor brevedad la Secretaria Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz, con el fin de que el Secretario Ejecutivo reciba oportunamente las comunicaciones de los destinatarios del proyecto de Ley mencionado en el punto I de este acuerdo, en los cuales estos manifiesten su sometimiento y puesta a disposición de la Jurisdicción Especial para la Paz así como las actas de compromiso previstas en el acuerdo de dejación de armas, entre otras funciones que acuerden las partes. III. Acto Legislativo de creación de la Jurisdicción Especial para la Paz. Las partes acuerdan que el Gobierno Nacional presentará ante el Congreso de la República un proyecto de acto legislativo de creación de la Jurisdicción Especial para la Paz. El acto legislativo de creación de la Jurisdicción Especial para la Paz, se presentará ante el Congreso de la Republica al día siguiente de la entrada en vigencia del “Acto Legislativo 01 de 7 de julio de 2016, por medio del cual se establecen
instrumentos jurídicos para facilitar y asegurar la implementación y el desarrollo normativo del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera”.
Dicho Proyecto tendrá los siguientes contenidos:. 1º.- La introducción de un artículo transitorio a la Constitución Política mediante el cual se creará la Jurisdicción Especial para la Paz. 2º.-Dicho artículo transitorio contendrá las normas constitucionales sobre: a) La Jurisdicción Especial para la Paz es una jurisdicción especial que ejerce funciones judiciales de manera autónoma y preferente sobre los asuntos de su competencia, en especial respecto a conductas consideradas graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario o graves violaciones de los Derechos Humanos. Se aplicará únicamente a conductas cometidas con anterioridad a su entrada en vigor. b) La norma que establezca que el Tribunal para la Paz es la máxima instancia y el órgano de cierre de la Jurisdicción especial para la Paz
TEXTO DEL ACUERDO
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Acuerdo Especial, 19 de Agosto de 2016
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Acuerdo Especial, 19 de Agosto de 2016 3 c) La creación de cada uno de los órganos de la Jurisdicción Especial para la Paz, así como el número de integrantes de cada uno de ellos: (i) Sala de reconocimiento de verdad, de responsabilidad y de determinación de los hechos y conductas, (ii) Sala de Amnistía o indulto, (iii) Sala de definición de situaciones jurídicas, (iv) Tribunal para la Paz, (v) Unidad de Investigación y acusación. 3º.- El reconocimiento de la facultad de los magistrados y magistradas integrantes de la JEP para adoptar el reglamento de dicha jurisdicción. 4º.- Los magistrados y fiscales de la Jurisdicción especial para la Paz serán nacionales colombianos sin perjuicio de que un número minoritario de magistrados sean extranjeros. Los magistrados y fiscales no tendrán que ser jueces de carrera, y no se les aplicará ninguna limitación de edad. 5º.- La garantía del Derecho a la defensa y del debido proceso, así como la libertad de escoger abogado acreditado para el ejercicio de la profesión en cualquier país.
6º.- Régimen especial de la acción de tutela respecto de providencias y resoluciones de la Jurisdicción Especial para la Paz. 7º.- Régimen de la extradición, mediante la incorporación a la Constitución Política del texto establecido en el numeral 72 del acuerdo de Jurisdicción Especial para la Paz de 15 dic 2015, salvo la mención “(…) En el Acuerdo final de paz (..)”, existente en su último párrafo. 8º.- Participación en política de conformidad con lo establecido en el numeral 36 del acuerdo de Jurisdicción Especial para la Paz de 15 dic 2015. 9º.- Régimen especial de resolución de conflictos de jurisdicción y competencias. 10º.- La entrada en funcionamiento de la Jurisdicción especial para la Paz a partir de la aprobación de este Acto Legislativo sin necesidad de ninguna norma de desarrollo, sin perjuicio de lo que establezca el reglamento de dicha jurisdicción. Además de las anteriores normas constitucionales, las partes podrán incluir otras en el mencionado Acto Legislativo, tales como el
Tratamiento que se dará a las sentencias impuestas previamente por la justicia ordinaria respecto a las personas y conductas competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz. La Comisión de Seguimiento que se constituya por las partes para la implementación del Acuerdo Final elaborará un texto con la propuesta de Acto Legislativo, texto que se incorporará a este Acuerdo Especial como anexo III, tras la firma del acuerdo final. El Gobierno Nacional se compromete a no tramitar ninguna solicitud de extradición que afecte a las personas contempladas en el numeral 72 del acuerdo de la JEP, hasta la entrada en vigor del Acto Legislativo de creación de la Jurisdicción Especial para la Paz. Las partes acordaran otro artículo transitorio que incorporará a la Constitución Política la literalidad del Acuerdo sobre las víctimas del conflicto: “Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación, y No Repetición, incluyendo la Jurisdicción Especial para la Paz y el compromiso sobre derechos humanos”, alcanzado el 15 de diciembre de 2015. Lo acordado en este párrafo modifica lo establecido en el punto IV del
acuerdo alcanzado entre las partes en fecha 12 de mayo de 2016 exclusivamente en lo referido a la incorporación del Acuerdo sobre las víctimas del conflicto: “Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación, y No Repetición, incluyendo la Jurisdicción Especial para la Paz y el compromiso sobre derechos humanos” a la Constitución Política. IV.- Este Acuerdo Especial tendrá vigencia desde el momento de su firma, quedando sin efecto si las partes concluyeran las actuales conversaciones sin alcanzar un Acuerdo Final de Paz. V.- De este Acuerdo Especial se firman cinco ejemplares originales e idénticos, uno para cada una de las partes, uno para cada país garante y uno para ser remitido al Consejo Federal Suizo para su depósito, el cual no deberá ser de acceso público hasta la firma del Acuerdo Final de Paz. Humberto de la Calle Delegación del Gobierno Nacional Iván Márquez Delegación de Paz de las FARC EP Idun Aarak Tvedt, Por Noruega como país garante Iván Mora Por Cuba como país garante. .
TEXTO DEL ACUERDO
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Acuerdo Especial, 19 de Agosto de 2016.
COLUMNA PERMANENTE Sembremos La Paz, Bogotá, Agosto de 2016. Vol. 3 No 10, Pag. 16
El Punto No 1 de la Agenda: Reforma Rural Integral Desde mediados del año 2013 cuando se aprobó el punto 1 de los acuerdos de La Habana, se planteó un cambio en la concepción y estructura de la tenencia de la tierra en Colombia y la necesidad de un nuevo legislación agraria con miras hacia la sociedad del Posconflicto, necesariamente integrado con una reforma urbana y rural integral. La marcada concentración de la propiedad de la tierra, los altos índices de usabilidad y monopolio de la tierra con vocación agropecuaria, el indiscriminado abuso en las áreas de reserva ambiental, hídrica y de protección por la minería intensiva, y las barreras invisibles establecida por las redes del narcotráfico, el olvido estatal, la desarticulación de la infraestructura vial de tierras en manos de campesinos y comunidades étnicas, entre otros males, ha propiciado una infranqueable talanquera al uso productivo, seguro y constante de la mayoría de las tierras del país. 1
Un PUNTO Particular del Acuerdo.1 Los modelos de reforma agraria, y con ello las reformas urbanas rentistas del pasado, deben ser un referente claro a fin que la implementación del compromiso para la Reforma Rural Integral - RRI del posconflicto, con base en el Fondo de Tierras, no termite siendo el botín de propios y extraños. Se recuerda que este tiene la responsabilidad de asignar mínimo tres millones de hectáreas para entregar a campesinos sin tierra o “sin tierra suficiente”, a trabajadores con vocación agraria, desplazados y a hombres y mujeres cabeza de familia, cuyo censo de familias beneficiarias se ha estimado entre 250.000 a 300.000 familias
Miguel Ospino Rodríguez, Director Revista Sembremos La Paz.
Ante la evidente conflictividad de los activos que nutren el fondo, se hace necesario la formalización y blindaje del proceso de identificación, titulación y tenencia de la tierra como interés prioritario con base en férreas políticas agrarias concebidas y enfocadas hacia el posconflicto. Por igual acompañar el modelo con la reactivación de una remozada jurisdicción agraria especial, la modernización del Catastro Nacional, del Censo Rural, de la contribución de impuestos por Predial y el rediseño de los planes de uso del suelo establecidos en la ley 388 de 1997. Otro elemento a tener en cuenta es la debida atención en las denominadas zonas de reserva campesina, como territorios de paz con presencia de colaboradores de la guerrilla, para lo cual, las FARC identificaron en su momento 54 zonas que equivalen a nueve millones de hectáreas la mayoría con complejas autonomías políticas y las 28 zonas veredales y campamentarias de concentración de cerca de 6000 ex guerrilleros, ubicadas en los departamentos de mayor devastación por la guerra del otrora grupo guerrillero.
COLUMNA PERMANENTE
En los acuerdos, la creación del Banco de Tierras, se nutrirá de las ocho fuentes más polémicas, corruptas e inestables de la tenencia de la tierra: 1. Tierras adquiridas con subsidio provisto por el Estado; 2. Tierras adquiridas por los campesinos con créditos; 3. Tierras donadas; 4. Tierras expropiadas por motivos e interés social; 5. Tierras inexplotadas recuperadas del actual, sistema de extinción Administrativa de dominio por incumplimiento de la función social y ecológica; 6. Tierras provenientes de extinción judicial en favor de la nación; 7. Tierras provenientes de la desafectación de áreas de la ley 2 de 1959, que protegía bosques donde ya no los hay y que hoy no pueden adjudicarse y 8. Tierras recuperadas para la nación de baldíos indebidamente apropiados o adjudicados.
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Un PUNTO Particular del Acuerdo.
COLUMNA PERMANENTE Sembremos La Paz, Bogotá, Agosto de 2016. Vol. 3 No 10, Pag. 18
Otro elemento de suprema atención se deberá dar en el desarrollo de los Programas de Desarrollo Rural con Enfoque Integral (PDEF), que implican la erradicación de cultivos ilícitos; la participación comunitaria y, la priorización de las zonas para proyectos de desarrollo rural por niveles de pobreza, donde cohabitan grupos de afectación directa por el conflicto, débil presencia institucional y alta presencia de la informalidad. Otro elemento es el compromiso mediante el cual “El gobierno se compromete a asegurar la financiación de todos los compromisos derivados del acuerdo”, que según cálculos puede alcanzar la suma de 200 billones en los próximos diez años. Los planes Nacionales de vías terciarias, de riesgo y drenaje; de salud rural: de educación rural; de constitución y mejoramiento de vivienda rural; de fomento a la economía solidaria y cooperativas rurales; de asistencia integral, técnica, tecnológica para investigación y comunicaciones, entre otros. Así mimo el apoyo y consolidación de los ingresos para las
Un PUNTO Particular del Acuerdo.
familias campesinas en las etapas de re colonización, siembra, promoción y comercialización de sus productos campesinos; recursos para la protección social y garantías de derechos de los trabajadores rurales; y la creación de un sistema de seguridad física, alimentaria y nutricional para la población rural. A efectos que se haga sostenible el acuerdo y la paz del futuro sin afectar el equilibrio presupuestal, el crecimiento económico y el desarrollo de la nación, se debe no solo garantizar la disponibilidad del Congreso de la República para aprobar las reformas necesarias sino por igual trasparentar las instituciones rectoras de la administración, la vigilancia y el censo de la tierras, sus usos urbanísticos y ambientales.
COLUMNA PERMANENTE
Un último elemento de orden financiera, es el relacionado con los instrumentos de financiación para el fortalecimiento de los liderazgo campesinos, el frena a la extranjerización de la propiedad rural, el impedir el acaparamiento de tierras; creando una nueva ley de Ordenamiento Territorial, la regulación de la producción de los biocombustibles y la previsión de medidas de contención frente al impacto que recibe el agro a partir de los Tratados de Libre Comercio suscritos y atinentes a la cadena productiva de los alimentos y productos agropecuarios. La esencia del perenne conflicto colombiano se ha nutrido a partir del monopolio y concentración de la propiedad, la tenencia violenta de la tierra, el uso inadecuado y acaparamiento de los roles de producción y demanda y el constante conflicto social que le rodea. ¡El Acuerdo de Paz alcanzado por el Gobierno Colombiano y la Farc, con una alta dosis de reconocimiento de elementos étnicos, de género, con enfoque diferencial, prioritario de la dimensión sociocultural y de reivindicación de la población victimizadas, debe materializarse en toda una revolución en el manejo de los recursos de nuestros territorios y punta de lanza del cambio de vocación del campo para que todos los colombianos demos uso responsable, sostenible y con sentido social que nuestra tierra necesitas, tanto para el presento como de futuras generaciones!
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Un PUNTO Particular del Acuerdo.
PUNTO No1 del ACUERDO Sembremos La Paz, Bogotá, Agosto de 2016 Vol. 3 No 10, Pag. 20
Acuerdo General para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera en Colombia. PUNTO No 1 de la Agenda: Hacia un Nuevo Campo Colombiano: Reforma Rural Integral 1.1. Acceso y Uso. Tierras improductivas. Formalización de la propiedad. Frontera agrícola y protección de zonas de reserva. 1.1.1. Fondo de Tierras para la Reforma Rural Integral Con el propósito de lograr la democratización del acceso a la tierra, en beneficio de los campesinos y de manera especial las campesinas sin tierra o con tierra insuficiente y de las comunidades rurales más afectadas por la miseria, el abandono y el conflicto, regularizando los derechos de propiedad y en consecuencia desconcentrando y promoviendo una distribución equitativa de la tierra, el Gobierno Nacional creará un Fondo de Tierras de distribución gratuita. El Fondo de Tierras, que tiene un carácter permanente, dispondrá de 3 millones de hectáreas durante sus primeros 10 años de creación, las que provendrán de las siguientes fuentes: • Tierras provenientes de la extinción judicial de dominio a favor de la Nación: el Gobierno Nacional adelantará las reformas necesarias
para agilizar el proceso judicial de extinción, con el fin de revertir la concentración ilegal de tierras. • Tierras recuperadas a favor de la Nación: es decir, baldíos indebidamente apropiados u ocupados, recuperados mediante procesos agrarios, sin perjuicio de los campesinos y las campesinas que puedan ser beneficiarios del programa de formalización. (Esta fuente deberá resultar fortalecida con la formación y actualización catastral que se adelantará en el marco de este Acuerdo) • Tierras provenientes de la actualización, delimitación y fortalecimiento de la Reserva Forestal, con destino a los beneficiarios y beneficiarias del Fondo de Tierras: la sustracción de tierras mediante este mecanismo estará condicionada a la formulación, con la participación de las comunidades, de planes que garanticen sostenibilidad social y ambiental. • Tierras inexplotadas: tierras recuperadas mediante la aplicación del actual procedimiento de extinción administrativa de dominio, por incumplimiento de la función social y ecológica de la propiedad.
rurales (ver 1.1.3.). 1.1.3 . Personas beneficiarias: los beneficiarios y las beneficiarias del plan de adjudicación gratuita y del subsidio integral y el crédito especial, serán trabajadores y trabajadoras con vocación agraria sin tierra o con tierra insuficiente, priorizando a las mujeres rurales, mujeres cabeza de familia y a la población desplazada. También podrán ser beneficiarias asociaciones de trabajadores y trabajadoras con vocación agraria sin tierra o con tierra insuficiente, así como personas y comunidades que participen en programas de asentamiento y reasentamiento con el fin, entre otros, de proteger el medio ambiente, sustituir cultivos ilícitos y fortalecer la producción alimentaria. Las personas beneficiarias del plan de adjudicación gratuita y del subsidio integral serán seleccionadas con la participación de las comunidades locales — hombres y mujeres—, como garantía de transparencia y eficacia. Gobierno y comunidades velarán por evitar la especulación con la tierra en el marco de estos programas.
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• Tierras adquiridas o expropiadas por motivos de interés social o de utilidad pública, adquiridas para promover el acceso a la propiedad rural, con la correspondiente indemnización. • Tierras donadas: el Gobierno Nacional adelantará las gestiones necesarias para facilitar los procedimientos de donación de tierras al Fondo de Tierras, en el marco de la terminación del conflicto y de la construcción de la paz. 1.1.2. Otros mecanismos para promover el acceso a la tierra: como complemento de los mecanismos anteriores, el Gobierno Nacional se compromete a: • Subsidio integral para compra: se otorgará un subsidio integral para la compra de tierras por parte de las personas beneficiarias (ver 1.1.3.), en las zonas priorizadas y como herramienta alternativa que contribuya a solucionar problemas puntuales de acceso, y que cuente con medidas específicas para facilitar el acceso de las mujeres al subsidio. • Crédito especial para compra: Se abrirá una nueva línea de crédito especial subsidiada de largo plazo para la compra de tierras por parte de la población beneficiaria con medidas especiales para las mujeres
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Acuerdo General para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera en Colombia. 1.1.4. Acceso integral: en desarrollo de los principios de bienestar y buen vivir, y de integralidad, además del acceso a tierra, el Gobierno Nacional pondrá a disposición de los hombres y mujeres beneficiarios del Fondo de Tierras, planes de acompañamiento en vivienda, asistencia técnica, capacitación, adecuación de tierras y recuperación de suelos donde sea necesario, proyectos productivos, comercialización y acceso a medios de producción que permitan agregar valor, entre otros, y escalará la provisión de bienes públicos en el marco de los Programas de Desarrollo Agrario Integral con Enfoque Territorial, en adelante PDET. Además de las medidas mencionadas en este numeral y las referidas en el 1.1.1. en materia de acceso a tierra, el Gobierno Nacional pondrá en marcha, en el marco de los estímulos a la producción agropecuaria que se detallan en el numeral 1.3.3., medidas para apoyar la generación de ingresos, la superación de la pobreza y fomentar la economía solidaria y el cooperativismo de los campesinos que ocupan predios categorizados como mini o microfundio.
1.1.5. Formalización masiva de la pequeña y mediana propiedad rural: con el propósito de regularizar y proteger los derechos de la pequeña y mediana propiedad rural, es decir, garantizar los derechos de las personas que sean legítimas dueñas y poseedoras de la tierra, de manera que no se vuelva a recurrir a la violencia para resolver los conflictos relacionados con ella y como garantía contra el despojo de cualquier tipo, el Gobierno Nacional formalizará progresivamente, con sujeción al ordenamiento constitucional y legal, todos los predios que ocupa o posee la población campesina en Colombia. Con este propósito, el Gobierno Nacional formalizará 7 millones de hectáreas de pequeña y mediana propiedad rural, priorizando áreas como las relacionadas con los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), Zonas de Reserva Campesina, y otras que el Gobierno defina. En desarrollo de este propósito el Gobierno: Adecuará un plan de formalización masiva y adelantará las reformas normativas y operativas pertinentes, garantizando la participación de las comunidades y sus organizaciones.
gratuita o subsidio integral para compra y los baldíos formalizados, éstos y aquella serán inalienables e inembargables por un período de 7 años. Pasarán al Fondo de Tierras los predios distribuidos y los adquiridos mediante el subsidio integral para compra que hayan recibido apoyo integral y sin embargo caigan durante este período en situación de inexplotación por parte de las personas beneficiarias, salvo fuerza mayor o caso fortuito, o que sean usados ilegalmente. En todo tiempo se promoverá y protegerá la función social de la propiedad rural y, en particular, la agricultura familiar. 1.1.7. Restitución: el Gobierno Nacional y las FARC-EP comparten el propósito de que se reviertan los efectos del conflicto, que se restituyan a las víctimas del despojo y del desplazamiento forzado y a las comunidades sus derechos sobre la tierra, y que se produzca el retorno voluntario de mujeres y hombres en situación de desplazamiento. Para ello se pondrán en marcha las medidas acordadas en el punto 5 “Víctimas”. 1.1.8. Algunos mecanismos de resolución de conflictos de tenencia
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• El plan deberá contar con medidas específicas que permitan superar los obstáculos que afrontan las mujeres rurales para la formalización de la propiedad. • Garantizará la gratuidad de la formalización de la pequeña propiedad rural, acompañando tanto el proceso de adjudicación de baldíos, como el de saneamiento de la propiedad. • En el marco de la jurisdicción agraria que se cree, el Gobierno se asegurará de la existencia de un recurso ágil y expedito para la protección de los derechos de propiedad. • En caso de que la propiedad formalizada sea inferior a una Unidad Agrícola Familiar (UAF)2 , el pequeño propietario y propietaria formalizados podrán también beneficiarse del plan de acceso del Fondo de Tierras y de los mecanismos alternativos como crédito y subsidio para compra para contribuir a superar la proliferación de minifundios improductivos. 1.1.6. Tierras inalienables e inembargables: con el fin de garantizar el bienestar y el buen vivir de las personas beneficiarias y de evitar la concentración de la tierra distribuida mediante la adjudicación
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Acuerdo General para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera en Colombia. y uso y de fortalecimiento de la producción alimentaria: con el propósito de contribuir en la regularización y protección de los derechos de propiedad, promover el uso adecuado de la tierra, mejorar su planificación y ordenamiento, prevenir y mitigar los conflictos de uso y tenencia, y en particular solucionar los conflictos que amenacen o limiten la producción de alimentos, el Gobierno Nacional: • Creará mecanismos ágiles y eficaces de conciliación y resolución de conflictos de uso y tenencia de la tierra, que tengan como propósito garantizar la protección efectiva de los derechos de propiedad en el campo; resolver los conflictos relacionados con los derechos de tenencia y uso de la tierra; y, en general, promover la regularización de la propiedad rural, incluyendo mecanismos tradicionales y la intervención participativa de las comunidades en la resolución de conflictos. Además, pondrá en marcha con igual propósito, una nueva jurisdicción agraria que tenga una adecuada cobertura y capacidad en el territorio, con énfasis en las zonas priorizadas, y con mecanismos que
garanticen un acceso a la justicia que sea ágil y oportuno para la población rural en situación de pobreza, con asesoría legal y formación especial para las mujeres sobre sus derechos y el acceso a la justicia y con medidas específicas para superar las barreras que dificultan el reconocimiento y protección de los derechos de las mujeres sobre la tierra. Se promoverá la participación de las mujeres y sus organizaciones en los diferentes espacios que se creen para la conciliación y resolución de conflictos sobre uso y tenencia de la tierra. • Creará una instancia de alto nivel que se encargará de la formulación de lineamientos generales de uso de la tierra, atendiendo las características de su vocación, el bien común y las visiones territoriales de desarrollo rural construidos en el marco de las instancias de participación que contarán con representación equilibrada de hombres y mujeres. En el diseño de los lineamientos se tendrá en cuenta: 1) la sostenibilidad socio-ambiental y la conservación de los recursos hídricos y de la biodiversidad;
1.1.9. Formación y actualización del catastro e impuesto predial rural: con el propósito de propiciar el uso adecuado, productivo y sostenible de la tierra, crear un sistema de información que sirva para la promoción del desarrollo agrario integral, incrementar el recaudo efectivo de los municipios y la inversión social, estimular la desconcentración de la propiedad rural improductiva, y en general regularizar con transparencia la propiedad de la tierra, el Gobierno Nacional pondrá en marcha: • Un Sistema General de Información Catastral, integral y multipropósito, que en un plazo máximo de 7 años concrete la formación y actualización del catastro rural, vincule el registro de inmuebles rurales y se ejecute en el marco de la autonomía municipal. En desarrollo de los principios de Priorización y de Bienestar y Buen vivir, este catastro deberá producir resultados tempranos en las zonas priorizadas, en el marco de lo que acuerden el Gobierno Nacional y las FARC-EP. Este sistema tendrá información desagregada por sexo/género y etnia, que permita, entre otros, contar con información sobre el tamaño y las características
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2) la compatibilidad entre vocación y uso del suelo rural; 3) la prioridad de la producción de alimentos para el desarrollo del país, que permita que coexista con otras actividades económicas y promocionando su progresión hacia la autosuficiencia; 4) las particularidades sociales, culturales y económicas de los territorios. • Promoverá el uso efectivo de los espacios de participación y decisión en la planificación de los usos del suelo rural y el ordenamiento del territorio. • Creará mecanismos de concertación y diálogo social entre el Gobierno Nacional, regional y local, los campesinos y las campesinas y las comunidades indígenas, negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras, y otras comunidades en donde conviven diferentes etnias y culturas, y las empresas del sector privado que adelanten su actividad económica en los territorios rurales, con el fin de generar espacios formales de interlocución entre actores con diversos intereses, que permitan impulsar una agenda de desarrollo común, orientada hacia la sostenibilidad socio-ambiental, el bienestar de los pobladores y el crecimiento económico con equidad.
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Acuerdo General para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera en Colombia. de los predios en manos de mujeres, su relación con la tierra y las formas de titulación. • Apoyo técnico, administrativo y financiero a los municipios para la formación, donde sea necesario, actualización y conservación del catastro rural. • La garantía de una amplia y efectiva participación ciudadana que vele por la transparencia de la información. En todo caso, los asuntos de orden catastral, que tengan que ver con las comunidades rurales, contarán con la participación de sus integrantes. En ningún caso lo aquí acordado afectará los derechos adquiridos por las comunidades indígenas y afrodescendientes y demás comunidades rurales. • Un sistema para que los municipios liquiden, cobren y recauden efectivamente el impuesto predial, en desarrollo de la actualización catastral y dentro del marco de su autonomía. • La adecuación de una normatividad para que los municipios fijen las tarifas del impuesto predial en desarrollo del principio de progresividad: el que más tiene más paga, fundamentado en la equidad y la justicia social.
• Incentivos a los municipios incluyendo, cuando sea necesario, transferencias a las finanzas municipales, para que adopten exenciones al impuesto predial para las personas beneficiarias de los programas de acceso y para los pequeños productores. Los propósitos de la formación y actualización integral del catastro, como del registro de inmuebles rurales, además de obtener el mejoramiento sostenible de la información y de los procesos catastrales, apuntarán a dar seguridad jurídica y social, especialmente a la pequeña y mediana propiedad rural, en beneficio de la producción alimentaria y del equilibrio ambiental. 1.1.10. Cierre de la frontera agrícola y protección de zonas de reserva: con el propósito de delimitar la frontera agrícola, proteger las áreas de especial interés ambiental y generar para la población que colinda con ellas o las ocupan, alternativas equilibradas entre medio ambiente y bienestar y buen vivir, bajo los principios de Participación de las comunidades rurales y Desarrollo sostenible, el Gobierno Nacional:
desarrollo, incluidos programas de reasentamiento o de recuperación comunitaria de bosques y medio ambiente, que sean compatibles y contribuyan con los objetivos de cierre de la frontera agrícola y conservación ambiental, tales como: prestación de servicios ambientales, dando especial reconocimiento y valoración a los intangibles culturales y espirituales y protegiendo el interés social; sistemas de producción alimentaria sostenible y silvopastoriles; reforestación; Zonas de Reserva Campesina (ZRC); y en general, otras formas de organización de la población rural y de la economía campesina sostenibles. • Con el fin de promover el uso adecuado de la tierra, además de la nueva estructura catastral y de la progresividad del impuesto predial (1.1.9.), el Gobierno adoptará las medidas y creará los incentivos necesarios para prevenir e impulsar soluciones a los conflictos entre la vocación de la tierra y su uso real, teniendo en especial consideración el plan de zonificación ambiental del que trata este punto y teniendo en cuenta el principio de Bienestar y Buen Vivir. Las sustracciones de las Zonas de Reserva Forestal a las
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• Desarrollará en un plazo no mayor a 2 años un plan de zonificación ambiental que delimite la frontera agrícola y que permita actualizar y de ser necesario ampliar el inventario, y caracterizar el uso de las áreas que deben tener un manejo ambiental especial, tales como: zonas de reserva forestal, zonas de alta biodiversidad, ecosistemas frágiles y estratégicos, cuencas, páramos y humedales y demás fuentes y recursos hídricos, con miras a proteger la biodiversidad y el derecho progresivo al agua de la población, propiciando su uso racional. • Para el desarrollo del Plan, el Gobierno Nacional tendrá en cuenta los propios emprendimientos de convivencia y desarrollo, y la participación de las comunidades y organizaciones rurales —hombres y mujeres— como garantía del cumplimiento de los propósitos de este punto, sin perjuicio de los intereses comunitarios y socioambientales y del bien común. • Apoyará a las comunidades rurales que actualmente colindan con, o están dentro de, las áreas que deben tener un manejo ambiental especial detalladas previamente, en la estructuración de planes para su
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Acuerdo General para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera en Colombia. que se refiere este Acuerdo, priorizarán el acceso a la tierra para campesinos y campesinas sin tierra o con tierra insuficiente, a través de diferentes formas de organización o asociación, incluidas las Zonas de Reserva Campesina, que contribuyan al cierre de la frontera agrícola, al fortalecimiento de la economía campesina y a la agricultura familiar. • Las ZRC son iniciativas agrarias que contribuyen a la construcción de paz, a la garantía de los derechos políticos, económicos, sociales y culturales de los campesinos y campesinas, al desarrollo con sostenibilidad socio-ambiental y alimentaria y a la reconciliación de los colombianos y colombianas. En consecuencia, el Gobierno Nacional, en concertación con las comunidades, y teniendo en cuenta lo planteado en los principios de Bienestar y buen vivir y Participación de la Reforma Rural Integral, promoverá el acceso a la tierra y la planificación de su uso en las ZRC, haciendo efectivo el apoyo a los planes de desarrollo de las zonas constituidas y de las que se constituyan, en respuesta a las iniciativas de las comunidades y organizaciones agrarias que éstas
consideren representativas, de manera que cumplan con el propósito de promover la economía campesina, contribuir al cierre de la frontera agrícola, aportar a la producción de alimentos y a la protección de las Zonas de Reserva Forestal. Se promoverá la participación activa de las comunidades —hombres y mujeres— que habitan en las ZRC en la ejecución de sus planes de desarrollo. • En el marco de los procesos de constitución de ZRC, el Gobierno, como resultado de mecanismos de concertación, definirá con las comunidades interesadas las áreas de cada una de ellas, atendiendo las necesidades de los campesinos que adelantan o quieran adelantar procesos de constitución. La constitución de las ZRC estará acompañada de procesos de formalización de la propiedad. 1.2. Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) 1.2.1. Objetivo: el objetivo de los PDET es lograr la transformación estructural del campo y el ámbito rural, y un relacionamiento equitativo entre el campo y la ciudad, de manera que se asegure:
entre la calidad de vida rural y urbana, y fortalecer los encadenamientos entre la ciudad y el campo; • El reconocimiento y la promoción de las organizaciones de las comunidades, incluyendo a las organizaciones de mujeres rurales, para que sean actores de primera línea de la transformación estructural del campo; • Hacer del campo colombiano un escenario de reconciliación en el que todos y todas trabajan alrededor de un propósito común, que es la construcción del bien supremo de la paz, derecho y deber de obligatorio cumplimiento. 1.2.2. Criterios de priorización: el proceso de transformación estructural del campo debe cobijar la totalidad de las zonas rurales del país. Se priorizarán las zonas más necesitadas y urgidas con PDET para implementar con mayor celeridad y recursos los planes nacionales que se creen en el marco de este Acuerdo. Los criterios de priorización de las zonas serán: • Los niveles de pobreza, en particular de pobreza extrema y de necesidades insatisfechas; • El grado de afectación derivado del conflicto;
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• El bienestar y el buen vivir de la población en zonas rurales—niños y niñas, hombres y mujeres— haciendo efectivos sus derechos políticos, económicos, sociales y culturales, y revirtiendo los efectos de la miseria y el conflicto; • La protección de la riqueza pluriétnica y multicultural para que contribuya al conocimiento, a la organización de la vida, a la economía, a la producción y al relacionamiento con la naturaleza; • El desarrollo de la economía campesina y familiar (cooperativa, mutual, comunal, micro empresarial y asociativa solidaria) y de formas propias de producción de las comunidades indígenas, negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras, mediante el acceso integral a la tierra y a bienes y servicios productivos y sociales. Los PDET intervendrán con igual énfasis en los espacios interétnicos e interculturales para que avancen efectivamente hacia el desarrollo y la convivencia armónica; • El desarrollo y la integración de las regiones abandonadas y golpeadas por el conflicto, implementando inversiones públicas progresivas, concertadas con las comunidades, con el fin de lograr la convergencia
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Acuerdo General para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera en Colombia. • La debilidad de la institucionalidad administrativa y de la capacidad de gestión; • La presencia de cultivos de uso ilícito y de otras economías ilegítimas. 1.2.3. Planes de acción para la transformación regional: para cumplir con los objetivos de los PDET, en cada zona priorizada es necesario elaborar de manera participativa un plan de acción para la transformación regional, que incluya todos los niveles del ordenamiento territorial, concertado con las autoridades locales y las comunidades. Los planes deben contemplar: • El enfoque territorial de las comunidades rurales que tenga en cuenta las características sociohistóricas, culturales, ambientales y productivas de los territorios y sus habitantes, así como sus necesidades diferenciadas en razón del género, edad, pertenencia étnica, orientación sexual e identidad de género diversa, y condición de discapacidad, y la vocación de los suelos, para poder desplegar los recursos de inversión pública de manera suficiente y en armonía con los valores tangibles e intangibles de la nación.
• Un diagnóstico objetivo, elaborado con la participación de las comunidades —hombres y mujeres—, en el que se consideren bajo el enfoque territorial señalado las necesidades en el territorio y las acciones que coordinen los diferentes elementos, y tenga metas claras y precisas que posibiliten la transformación estructural de las condiciones de vida y de producción. El Plan Nacional de Desarrollo acogerá las prioridades y metas de los PDET. 1.2.4. Mecanismos de participación: la participación activa de las comunidades —hombres y mujeres— en conjunto con las autoridades de las entidades territoriales, es la base de los PDET. Para ello se establecerán instancias de decisión en los distintos niveles territoriales, en las que se incluya la presencia representativa de las comunidades, incluyendo la de las mujeres rurales y sus organizaciones, y el acompañamiento de los órganos de control, para: • Definir las prioridades en la implementación de los planes nacionales (vías, riego, infraestructura, servicios, etc.) en el territorio, de acuerdo con las necesidades de la población;
desigualdad, para alcanzar el bienestar de la población rural; y por otra, la integración y el cierre de la brecha entre el campo y la ciudad. La superación de la pobreza no se logra simplemente mejorando el ingreso de las familias, sino asegurando que niños, niñas, mujeres y hombres tengan acceso adecuado a servicios y bienes públicos. Esa es la base de una vida digna. Por eso la superación de la pobreza en el campo depende, ante todo, de la acción conjunta de los planes nacionales para la Reforma Rural Integral, que en una fase de transición de 10 años, logre la erradicación de la pobreza extrema y la reducción en todas sus dimensiones de la pobreza rural en un 50%, así como la disminución de la desigualdad y la creación de una tendencia hacia la convergencia en mejores niveles de vida en la ciudad y en el campo. Las medidas para la superación de la pobreza deberán tener enfoque de género que permita hacer frente a las necesidades particulares de las mujeres en el campo.
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• Asegurar la participación comunitaria en la ejecución de las obras y su mantenimiento; • Establecer mecanismos de seguimiento y veeduría de los proyectos. 1.2.5. Medios: los PDET serán el mecanismo de ejecución en las zonas priorizadas de los diferentes planes nacionales que se deriven del Acuerdo. El Gobierno nacional destinará los recursos necesarios para garantizar el diseño y ejecución de los planes de acción para la transformación estructural, con el concurso de las entidades territoriales. 1.2.6. Seguimiento y evaluación: los programas y planes de acción para la transformación regional de cada zona priorizada tendrán mecanismos de seguimiento y evaluación local, regional y nacional, como parte de los mecanismos generales de verificación y seguimiento de los que trata el punto 6 para garantizar que lo que se acuerde, se implementa y se cumple. 1.3. Planes Nacionales para la Reforma Rural Integral El objetivo central de los planes nacionales para la Reforma Rural Integral es por una parte la superación de la pobreza y la
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Acuerdo General para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera en Colombia. 1.3.1. Infraestructura y adecuación de tierras 1.3.1.1.Infraestructura vial: con el propósito de lograr la integración regional y el acceso a los servicios sociales y a los mercados, incidir favorablemente sobre el precio de los alimentos como garantía del derecho a la alimentación y mejorar el ingreso de la población campesina, el gobierno nacional creará e implementará un Plan Nacional de Vías Terciarias. En su desarrollo, el Plan tendrá en cuenta los siguientes criterios: • La participación activa de las comunidades —hombres y mujeres— en la priorización, ejecución y seguimiento de las obras. • La asistencia técnica y la promoción de las capacidades organizativas de las comunidades para garantizar el mantenimiento y la sostenibilidad de las obras. • El estímulo a la economía local dando prioridad a la contratación de trabajadores y trabajadoras y adquisición de materiales locales. • La promoción y aplicación de diversas soluciones tecnológicas. • La importancia de garantizar la sostenibilidad de las condiciones socioambientales.
1.3.1.2.Infraestructura de riego: con el propósito de impulsar la producción agrícola familiar y la economía campesina en general, garantizando el acceso democrático y ambientalmente sostenible al agua, el gobierno nacional creará e implementará el Plan Nacional de Riego y Drenaje para la economía campesina, familiar y comunitaria. Para el desarrollo del Plan se tendrán en cuenta los siguientes criterios: • La promoción y aplicación de soluciones tecnológicas apropiadas de riego y drenaje para la economía campesina, familiar y comunitaria, de acuerdo con las particularidades de las zonas, del proyecto productivo y de las comunidades. • La recuperación de la infraestructura de riego de la economía campesina, familiar y comunitaria. • El acompañamiento a las asociaciones de usuarios y usuarias en el diseño y formulación de los proyectos de riego y drenaje. • La asistencia técnica y la promoción de las capacidades organizativas de las comunidades para garantizar el mantenimiento, la administración y la sostenibilidad
. • La oferta de soluciones de acceso comunitario a internet para centros poblados. 1.3.2. Desarrollo social: salud, educación, vivienda, erradicación de la pobreza. 1.3.2.1. Salud: con el propósito de acercar la oferta de servicios de salud a las comunidades — niños, niñas, mujeres, hombres, personas con pertenencia étnica, personas con orientación sexual e identidad de género diversa y en condición de discapacidad—, fortalecer la infraestructura y la calidad de la red pública en las zonas rurales y mejorar la oportunidad y la pertinencia de la prestación del servicio, se creará e implementará el Plan Nacional de Salud Rural. Para el desarrollo del Plan se tendrán en cuenta los siguientes criterios: • La construcción y el mejoramiento de la infraestructura sobre la base de un diagnóstico amplio y participativo que permita atender al mayor número de usuarios y usuarias en cada región, la dotación de equipos, incluyendo la adopción de nuevas tecnologías para mejorar la atención (ej. Telemedicina), y la disponibilidad y permanencia de personal calificado.
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económica y ambiental de los proyectos de riego y drenaje. • La promoción de prácticas adecuadas para el uso del agua en el riego. • La preparación para mitigar los riesgos originados por el cambio climático. 1.3.1.3.Infraestructura eléctrica y de conectividad: con el propósito de garantizar condiciones de vida digna y mejorar la conectividad, el gobierno nacional diseñará e implementará un Plan Nacional de Electrificación Rural y un Plan Nacional de Conectividad Rural, con los siguientes criterios: • La ampliación de la cobertura eléctrica. • La promoción y aplicación de soluciones tecnológicas apropiadas de generación eléctrica de acuerdo con las particularidades del medio rural y de las comunidades. • La asistencia técnica y la promoción de las capacidades organizativas de las comunidades para garantizar el mantenimiento y la sostenibilidad de las obras. • La capacitación en el uso adecuado de la energía para garantizar su sostenibilidad • La instalación de la infraestructura necesaria para garantizar el acceso a internet de alta velocidad en las cabeceras municipales
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Acuerdo General para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera en Colombia. • La adopción de un enfoque diferencial y de género, que tenga en cuenta los requerimientos en salud para las mujeres de acuerdo a su ciclo vital, incluyendo medidas en materia de salud sexual y reproductiva, atención psicosocial y medidas especiales para mujeres gestantes y los niños y niñas, en la prevención, promoción y atención en salud. • La creación de un modelo especial de salud pública para zonas rurales dispersas, con énfasis en la prevención, que permita brindar atención en los hogares o en los lugares de trabajo. • Un sistema de seguimiento y evaluación permanente para garantizar la calidad y oportunidad de la atención. 1.3.2.2. Educación rural: con el propósito de brindar atención integral a la primera infancia, garantizar la cobertura, la calidad y la pertinencia de la educación y erradicar el analfabetismo en las áreas rurales, así como promover la permanencia productiva de los y las jóvenes en el campo, y acercar las instituciones académicas regionales a la construcción del desarrollo rural, el gobierno nacional creará e implementará el Plan Especial de Educación Rural.
Para el desarrollo del Plan se tendrán en cuenta los siguientes criterios: • La cobertura universal con atención integral a la primera infancia. • Modelos flexibles de educación preescolar, básica y media, que se adapten a las necesidades de las comunidades y del medio rural, con un enfoque diferencial. • La construcción, reconstrucción, mejoramiento y adecuación de la infraestructura educativa rural, incluyendo la disponibilidad y permanencia de personal docente calificado y el acceso a tecnologías de información. • La garantía de la gratuidad educativa para educación preescolar, básica y media. • El mejoramiento de las condiciones para el acceso y la permanencia en el sistema educativo de niños, niñas y adolescentes a través de un acceso gratuito a útiles, textos, alimentación escolar y transporte. • La oferta de programas e infraestructura de recreación, cultura y deporte. • La incorporación de la formación técnica agropecuaria en la educación media (décimo y once).
1.3.2.3.Vivienda y agua potable: con el propósito de garantizar condiciones de vida digna a las personas que habitan en el campo, el Gobierno Nacional creará e implementará el Plan nacional de construcción y mejoramiento de la vivienda social rural. Para el desarrollo del Plan se tendrán en cuenta los siguientes criterios: • La aplicación de soluciones de vivienda adecuadas, de acuerdo con las particularidades del medio rural y de las comunidades, con enfoque diferencial y de género. • La promoción y aplicación de soluciones tecnológicas apropiadas (acueductos veredales y soluciones individuales) para garantizar el acceso al agua potable y el manejo de aguas residuales. • El otorgamiento de subsidios para la construcción y para el mejoramiento de vivienda, que prioricen a la población en pobreza extrema, las víctimas, los beneficiarios y las beneficiarias del Plan de distribución de tierras y a la mujer cabeza de familia. Los montos del subsidio no reembolsable, que podrán cubrir hasta la totalidad de la solución de vivienda, se fijarán atendiendo los
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• La disponibilidad de becas con créditos condonables para el acceso de hombres y mujeres rurales más pobres a servicios de capacitación técnica, tecnológica y universitaria que incluya, cuando sea pertinente, apoyos a la manutención. • La promoción de la formación profesional de las mujeres en disciplinas no tradicionales para ellas. • La implementación de un programa especial para la eliminación del analfabetismo rural. • El fortalecimiento y la promoción de la investigación, la innovación y el desarrollo científico y tecnológico para el sector agropecuario, en áreas como agroecología, biotecnología, suelos, etc. • Incremento progresivo de los cupos técnicos, tecnológicos y universitarios en las zonas rurales, con acceso equitativo para hombres y mujeres, incluyendo personas en condición de discapacidad. Se tomarán medidas especiales para incentivar el acceso y permanencia de las mujeres rurales. • Promover la ampliación de oferta y la capacitación técnica, tecnológica y universitaria en áreas relacionadas con el desarrollo rural.
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Acuerdo General para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera en Colombia. requerimientos y costos de construcción en cada región, con el fin de garantizar condiciones de vivienda digna. • La participación activa de las comunidades —hombres y mujeres— en la definición de las soluciones de vivienda y la ejecución de los proyectos. • La asistencia técnica y la promoción de las capacidades organizativas de las comunidades para garantizar el mantenimiento, la operación y la sostenibilidad de las soluciones de acceso al agua y manejo de aguas residuales. • Promover prácticas adecuadas para el uso del agua potable. 1.3.3. Estímulos a la producción agropecuaria y a la economía solidaria y cooperativa. Asistencia Técnica. Subsidios. Crédito. Generación de ingresos. Mercadeo. Formalización laboral. 1.3.3.1. Estímulos a la economía solidaria y cooperativa: con el propósito de estimular diferentes formas asociativas de trabajo de o entre pequeños y medianos productores y productoras, basadas en la solidaridad y la cooperación, y que promuevan la equidad de género , la autonomía económica y
la capacidad organizativa en especial de las mujeres rurales, y fortalezcan la capacidad de los pequeños productores y productoras de acceder a bienes y servicios, comercializar sus productos y en general mejorar sus condiciones de vida, de trabajo y de producción, el Gobierno Nacional creará e implementará el Plan nacional de fomento a la economía solidaria y cooperativa rural. Para el desarrollo del Plan se tendrán en cuenta los siguientes criterios: • El acompañamiento, apoyo técnico y financiero a las comunidades rurales —hombres y mujeres— en la creación y fortalecimiento de cooperativas, asociaciones y organizaciones solidarias y comunitarias, especialmente aquellas vinculadas con la producción y el abastecimiento alimentario, en particular la producción orgánica y agroecológica, y las organizaciones de mujeres. • El fortalecimiento de las capacidades productivas y de las condiciones de acceso a los instrumentos de desarrollo rural (medios de producción, asistencia técnica, formación y capacitación,
producción de la economía campesina, familiar y comunitaria, de manera descentralizada. La asistencia integral técnica y tecnológica es un servicio público gratuito para los beneficiarios y beneficiarias del Fondo de Tierras y para los pequeños productores y productoras, priorizando a mujeres cabeza de familia, y contará con un subsidio progresivo para los medianos productores y productoras. • La regulación y supervisión de la calidad del servicio de asistencia técnica y tecnológica, incluyendo un sistema de seguimiento y evaluación participativo y comunitario, que tenga en cuenta la participación de las mujeres. La vinculación de la asistencia técnica y tecnológica con los resultados de procesos de investigación e innovación agropecuaria, incluyendo el uso de las tecnologías de la comunicación y la información. • La promoción y protección de las semillas nativas y los bancos de semillas para que las comunidades —hombres y mujeres— puedan acceder al material de siembra óptimo y, de manera participativa, contribuyan a su mejoramiento,
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crédito y comercialización, entre otros). • Estimular la economía solidaria y cooperativa como medio para canalizar recursos y servicios a la población rural. • El apoyo con medidas diferenciales a las organizaciones comunitarias y asociaciones para contribuir a la gestión de proyectos de infraestructura y equipamiento (vías, vivienda, salud, educación, agua y saneamiento básico, riego y drenaje). 1.3.3.2.Asistencia técnica: con el propósito de fortalecer las capacidades productivas de la economía campesina, familiar y comunitaria para desarrollar sus proyectos productivos y estimular procesos de innovación tecnológica, el Gobierno Nacional diseñará e implementará un Plan nacional de asistencia integral técnica, tecnológica y de impulso a la investigación. Para el desarrollo del Plan se tendrán en cuenta los siguientes criterios: • La garantía de la provisión del servicio de asistencia integral, técnica y tecnológica (avances en los aspectos técnico-productivos, organizativos y sociales, de gestión, administración, informática, finanzas, mercadeo y capacitación) a la
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Acuerdo General para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera en Colombia. incorporando sus conocimientos propios. Además, la estricta regulación socio-ambiental y sanitaria de los transgénicos, propiciando el bien común. Lo anterior en el marco de la obligación inquebrantable del Estado de tomar las medidas y usar las herramientas necesarias para salvaguardar el patrimonio genético y la biodiversidad como recursos soberanos de la nación. 1.3.3.3. Subsidios, generación de ingresos y crédito: además de los subsidios que el Gobierno Nacional otorgará a la economía campesina, familiar y comunitaria, mediante los planes y programas de distribución de tierras, asistencia técnica, vivienda, infraestructura y, en general, de todos los bienes y servicios sociales que constituyen el acceso integral, el Gobierno Nacional diseñará e implementará un Plan para apoyar y consolidar la generación de ingresos de la economía campesina, familiar y comunitaria, y de los medianos productores y productoras con menores ingresos, que cuente con una perspectiva de género que permita a las mujeres superar barreras de acceso al financiamiento. Para el desarrollo del Plan se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
• La provisión de recursos de capital semilla no reembolsables que permitan el arranque exitoso de los proyectos productivos de los beneficiarios y beneficiarias de distribución de tierras. • La promoción de fondos agropecuarios rotatorios de las asociaciones de pequeños productores y productoras y de los medianos productores y productoras con menores ingresos. • La adopción de un sistema de garantías que facilite el acceso de la economía campesina, familiar y comunitaria al crédito agropecuario. • A la luz de lo acordado en el punto 1.1.6 sobre inembargabilidad e inalienabilidad, la provisión de líneas de crédito blandas, ágiles, oportunas y subsidiadas para la economía campesina, familiar y comunitaria, y actividades complementarias, y con subsidios progresivos para los medianos productores y productoras con menores ingresos, orientados a apoyar el derecho a la alimentación, la reconversión productiva y la generación de valor agregado. Las líneas de crédito subsidiadas para la compra de tierra se otorgarán exclusivamente a los pequeños productores y productoras.
el empoderamiento económico de las mujeres rurales. Para el desarrollo del Plan se tendrán en cuenta los siguientes criterios: • La promoción de asociaciones solidarias, incluyendo las asociaciones de mujeres rurales, para comercialización que provean información y logística, administren los centros de acopio y promocionen los productos del campo, dando especial atención a las áreas priorizadas, de manera que se minimice progresivamente la intermediación, se reduzca el precio final al consumidor, se propicien relacionamientos directos entre quienes producen y consumen ,y se creen condiciones para garantizar mejores ingresos para los productores y productoras. • Financiación o cofinanciación de centros de acopio para la producción alimentaria de la economía campesina, familiar y comunitaria que atiendan las particularidades y las necesidades de la región así como la promoción de la administración de los centros de acopio por parte de las comunidades organizadas. • La promoción en los centros urbanos de mercados para la producción de la economía campesina, familiar y comunitaria.
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• La promoción de seguros de cosecha subsidiados para la producción agropecuaria de la economía campesina, familiar y comunitaria en todas sus modalidades. El fomento de una cultura de manejo de todo tipo de riesgos. • Junto con los manuales de crédito subsidiado, se informará ampliamente y se acompañará prioritariamente a los pequeños productores y productoras rurales en el uso de los mecanismos de normalización de cartera, que les permita retomar la producción de la economía campesina, familiar y comunitaria en sus predios para proteger su subsistencia. 1.3.3.4.Mercadeo: con el fin de garantizar condiciones adecuadas para la comercialización de los productos provenientes de la producción de la economía campesina, familiar y comunitaria, y mejorar su disponibilidad como garantía del derecho a la alimentación, el Gobierno Nacional creará e implementará el Plan nacional para la promoción de la comercialización de la producción de la economía campesina, familiar y comunitaria, que cuente con una perspectiva de género que promueva
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Acuerdo General para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera en Colombia. • La promoción de encadenamientos de la pequeña producción rural con otros modelos de producción, que podrán ser verticales u horizontales y en diferente escala, en función de la integración campo-ciudad, en beneficio de las comunidades — mujeres y hombres— y para agregar valor a la producción. • El diseño e implementación progresiva de un mecanismo de compras públicas para atender la demanda de las entidades y programas institucionales, que de manera descentralizada, fomente la producción local para apoyar la comercialización y absorción de la producción de la economía campesina, familiar y comunitaria. • La implementación para los productores y las productoras, de un sistema de información de precios regionales que se apoye en las tecnologías de la información y las comunicaciones. 1.3.3.5. Formalización laboral rural y protección social: el Gobierno Nacional fortalecerá al máximo el sistema de protección y seguridad social de la población rural, con un enfoque diferencial y de género. A la luz de las normas de la OIT de las que Colombia es parte y con el propósito de garantizar el trabajo digno y los
derechos de los trabajadores y trabajadoras del campo, y su protección social (protección a la vejez, maternidad y riesgos laborales), el Gobierno Nacional creará e implementará el Plan progresivo de protección social y de garantía de derechos de los trabajadores y trabajadoras rurales. El Plan habrá de dignificar las condiciones laborales rurales, mediante la aplicación plena, con la inspección del trabajo, de la normatividad sobre relaciones contractuales, la regulación correspondiente sobre jornada, remuneración y subordinación, considerando los desarrollos jurisprudenciales favorables a los trabajadores y trabajadoras, las normas internacionales de la OIT aplicables, sobre el trabajo en general y el trabajo rural en particular, que permitan garantizar de manera efectiva, y en igualdad de condiciones para hombres y mujeres, el derecho fundamental al trabajo. Para el desarrollo del Plan se tendrán en cuenta los siguientes criterios: • Campañas para la erradicación del trabajo infantil y medidas inmediatas para la erradicación de las peores formas de trabajo infantil.
trabajadores y trabajadoras puedan exigir debidamente sus derechos laborales y tramitar adecuadamente conflictos de carácter laboral. Los planes y programas social y ambientalmente sostenibles que se desarrollarán en las zonas rurales, se harán con el concurso de la mano de obra de las comunidades de la zona —hombres y mujeres. Las condiciones laborales de estos programas se adecuarán a la normativa internacional y nacional, y se regirán por los principios de dignidad y equidad. • La extensión de programas para la protección eficaz del riesgo económico de la vejez hacia la población rural de tercera edad en extrema pobreza que no está cubierta por el sistema de seguridad social considerando las necesidades especiales de las mujeres adultas mayores. • Promover esquemas de protección al embarazo, parto, lactancia y atención en salud para el recién nacido, ampliando progresivamente en cobertura y calidad los sistemas de salud y subsidio familiar, con enfoque especial en la mujer trabajadora.
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• La garantía de protección social, mediante un beneficio económico periódico para los trabajadores y trabajadoras del campo en edad de jubilarse y de un subsidio de riesgos laborales, proporcional a un ahorro individual acompañado de un subsidio por parte del Estado. • La promoción y estímulo de procesos organizativos de los trabajadores y trabajadoras del campo a través de formas asociativas basadas en la solidaridad y la cooperación, de tal forma que se facilite el acceso a servicios del Estado orientados al bienestar de los trabajadores y trabajadoras. • La promoción de la vinculación laboral de las personas en situación de discapacidad. • La promoción de la vinculación laboral de las mujeres en áreas productivas no tradicionales. • La capacitación a los trabajadores y trabajadoras agrarios y a las empresas, en materia de obligaciones y derechos laborales, y el fomento de la cultura de la formalización laboral. • El fortalecimiento del sistema fijo de inspección laboral y la creación de un sistema móvil de inspección en las áreas rurales que permita que los
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Acuerdo General para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera en Colombia. 1.3.4. Sistema para la garantía progresiva del derecho a la alimentación: en desarrollo de la obligación de garantizar de manera progresiva el derecho humano a la alimentación sana, nutritiva y culturalmente apropiada, con el propósito de erradicar el hambre y en esa medida fomentar la disponibilidad, el acceso y el consumo de alimentos de calidad nutricional en cantidad suficiente, el Gobierno Nacional pondrá en marcha un sistema especial para la garantía progresiva del derecho a la alimentación de la población rural. La política alimentaria y nutricional en las zonas rurales se basa en el incremento progresivo de la producción de alimentos, la generación de ingresos, y en general la creación de condiciones de bienestar mediante los planes nacionales de acceso a tierras, infraestructura, riego, vivienda y agua potable, asistencia técnica y capacitación, mercadeo, crédito, la promoción de formas asociativas basadas en la solidaridad y la cooperación, y demás planes establecidos en el presente acuerdo. Esta política reconoce el papel fundamental de las mujeres rurales en la contribución a la satisfacción del derecho a la alimentación.
Es necesario asegurar que todos los planes nacionales cumplan de manera transversal con los objetivos de la política alimentaria y nutricional propuestos, mediante un sistema que los articule en los territorios y que tomará en cuenta los siguientes criterios: • El desarrollo de planes departamentales y locales para la alimentación y nutrición culturalmente apropiadas, con la participación activa de las comunidades, la sociedad, el Gobierno Nacional y los gobiernos departamentales y municipales, para articular en el territorio las medidas y establecer las metas. • El establecimiento de consejos departamentales y municipales de alimentación y nutrición, con representación del Gobierno y amplia representación de la sociedad y las comunidades — hombres y mujeres—, con el fin de proponer y participar en la definición de los lineamientos para el diseño y puesta en marcha de las políticas alimentarias y nutricionales a través de los planes departamentales y locales, movilizar recursos de la región, monitorear el riesgo y hacer seguimiento al cumplimiento de las metas.
• La promoción de mercados locales y regionales que acerquen a quienes producen y consumen y mejoren las condiciones de acceso y disponibilidad de alimentos en las áreas rurales del país. • La realización de campañas orientadas a promover la producción y el consumo de alimentos con un alto contenido nutricional, el manejo adecuado de los alimentos y la adopción de buenos hábitos alimenticios, que tenga en cuenta las características del territorio y fomente la producción y el consumo de alimentos nacionales. • Adicionalmente, la provisión de condiciones e incentivos a la producción y a la comercialización, incluyendo, cuando sean necesarios, apoyos directos para el fortalecimiento productivo, con el fin de que en la economía campesina, familiar y comunitaria se eviten o minimicen los impactos negativos que supongan la internacionalización de la economía y la liberalización del comercio.
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• El establecimiento de un Consejo nacional de alimentación y nutrición integrado por autoridades nacionales, departamentales y municipales y representantes elegidos y elegidas en el marco de los consejos departamentales y municipales, que proponga y participe en la definición de los lineamientos de la política alimentaria, coordine los planes departamentales y locales, informe y monitoree el riesgo, y haga seguimiento nacional a las metas. • El desarrollo de programas contra el hambre y la desnutrición con cobertura nacional, especialmente para la población rural en condiciones de miseria, las mujeres gestantes y lactantes, niños y niñas, y para la tercera edad. Estos programas incluirán planes de choque para la población rural más vulnerable y en pobreza extrema. • La adopción de esquemas de apoyo para fortalecer, desarrollar y afianzar la producción y el mercado interno, que incluyan asistencia técnicacientífica, orientados a promover la cualificación de la economía campesina, familiar y comunitaria, ambiental y socialmente sostenible, que contribuyan a su autosuficiencia y al autoconsumo.
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Acuerdo General para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera en Colombia.
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El significado étnico y de género en el acuerdo de paz. 1 En más de una página y en particular en la Introducción y el capítulo étnico en el acuerdo final suscrito entre el Gobierno Nacional y las Farc, se incluyeron textos alusivos a la reinvindicación de los derechos de las minorías étnicas, las mujeres, poblaciones sujetos a derechos, en condiciones de vulnerabilidad y víctimas del conflicto. Del Punto Tres (3)Fin del Conflicto y En específico en el Primer (1) punto Cuatro (4) Solución al problema de de la Agenda, “Hacia un Nuevo Drogas Ilícitas, se destaca el enfoque Campo Colombiano: Reforma Rural diferencial acorde al territorio y Integral”, como principios rectores se especialmente de genero a fin de acoge la transformación estructural proteger y resarcir los daños rural con equidad, igualdad y causados a los mujeres, niña, democracia; El enfoque de genero población vulnerable y étnica reconociendo a las mujeres como afectadas por el conflicto. ciudadanas autónomas sujetas a En el Punto Cinco (5), Acuerdo sobre medidas específicas dentro del Víctimas del Conflicto, el “Sistema acuerdo; y la priorización hacia la Integral de Verdad, Justicia, población vulnerable, las mujeres y Trasparencia y No Repetición”, los niños como beneficiarios directos incluida la Jurisdicción Especial de la dentro de la política de desarrollo Paz y los Compromisos sobre agrario. derechos Humanos, buscan dar En el Punto Dos (2) de la Agenda, respuesta a los testimonios dejados “Participación política: Apertura en la Habana y espacios de justicia democrática para construir la paz”, del país, sobre desplazamiento se promociona la participación forzado, homicidio, tortura, política y ciudadana de la mujer secuestro, violencia sexual, dado el importante papel que han ejecuciones extrajudiciales y cumplido en la prevención y reclutamiento forzado de menores, solución de los conflictos y en la mujeres y población étnica. Otros consolidación de la paz, y la temas son los desaparecidos, la necesidad de promover su reparación integral, restitución de participación en el marco del fin del tierras y rehabilitación psicosocial. conflicto y la gobernabilidad. 1
Pedro Ferrín Ordóñez, Abogado Universidad Nacional de Colombia, Ex representante a ala acmara
libre determinación, la autonomía y el gobierno propio, a la participación, la consulta y el consentimiento previo libre e informado; a la identidad e integridad social, económica y cultural, a los derechos sobre sus tierras, territorios y recursos, que implican el reconocimiento de sus prácticas territoriales ancestrales, el derecho a la restitución y fortalecimiento de su territorialidad, los mecanismos vigentes para la protección y seguridad jurídica de las tierras y territorios ocupados o poseídos ancestralmente y /o tradicionalmente. “El enfoque étnico que se incluyó en el acuerdo final de paz fue ganado con la propia lucha de los pueblos indígenas y afrodescendientes”, comentó Iván Márquez en su discurso el pasado miércoles 24 de agosto, al cierre de las negociaciones entre guerrilla de las Farc y el Gobierno colombiano, después de cuatro años de dialogo. Ahora, viene la implementación de los acuerdos en consonancia con los derechos de los pueblos étnicos indígenas y afros logrados en la Constitución de 1991.
COLUMNISTA INVITADO
Del Capitulo Sexto (6) del Acuerdo Final de Paz de la Habana sobre “Implementación, verificación y refrendación”, se incluye el Capítulo Étnico (6.1.12,) como principios, los contemplados en el ordenamiento jurídico internacional, constitucional, jurisprudencial y legal, especialmente el principio de no regresividad, reconocido en el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como los principios y derechos reconocidos en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer CEDAW, Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial CERD, Declaración de Acción de Durban, la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, y el Convenio 169 de la OIT sobre Derechos de los Pueblos Indígenas y Tribales. En la interpretación e implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera en Colombia, con enfoque étnico se tendrá en cuenta entre otros los siguientes principios a la
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El significado étnico y de género en el acuerdo de paz.
FRASES DE PAZ
Líder del Plebiscito por el SI A LA PAZ César Augusto Gaviria Trujillo. Nació en Pereira, 31 de marzo de 1947.
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Economista, Abogado y Político, fue presidente de Colombia entre 1990 y 1994. Ex Secretaria General de la Organización de los Estados Americanoos, OEA de 1994 a 2004 y Director del Partido Liberal Colombiana, entre 2005 y 2009. Durante su gobierno se convocó una Asamblea Nacional Constituyente, a través de un movimiento social y estudiantil denominado la Séptima Papeleta. Como resultado de esta se promulgó la Constitución Política de Colombia de 1991, de grandes reformas sociales y económicas en el país.
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FRASES DE PAZ
Las Frases de la Paz
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RECONOCIMIENTO
Símbolo de la Paz
Nairo Quintana
Ciclista Colombiano
http://www.altocomisionadoparalapaz.gov.co/Prensa/Paginas/2016 /agosto/Cuales-son-los-beneficios-y-oportunidades-de-la-paz.aspx
RECONOCIMIENTO Sembremos La Paz, Bogotรก, Agosto de 2016 Vol. 3 No 10, Pรกg. 49
Beneficios y Oportunidades de la Paz.
Agradecimientos “Deseamos corresponderles, a todos los que han hecho posible este Cuarto aporte de paz“; a los amigos, compañeros, librepensadores, articulistas, y voluntarios que han facilitado el camino que permite estar juntos en este momentos «Sembrando La Paz». Su desprendimiento nos obliga y genera una deuda de gratitud y agradecimiento, que esperamos haber honrado con diligencia y sinceridad. Desde la «Fundación Progresista Sembremos La Paz», a nuestros lectores, consultores, catedráticos, maestros, profesores y espontáneos, esperamos haberles cumplido, y especialmente proveerles de material de paz, para la reflexión, el análisis y la toma de decisiones. Son los leyentes, los amigos que mantendrán la chispa encendida para mejorar, llenar expectativas y ampliar este espacio de diálogo fraterno por la paz en Colombia. “Se puede producir material para el debate, el conocimiento y la información, con poco dinero, pero no se podría compartir esta experiencia sin los miembros de la sociedad civil, las instituciones, los gremios y organizaciones de base. Por ello les damos las gracias a todas y todos, y esperamos que nos lean y nos demuestren lo maravilloso que es poder compartir enseñanzas, ideas, alegrías y tristezas.” “Lo que yo más valoramos es la sinceridad, y de antemano nos ponemos a las ordenes de los lectores y damos las gracias por hacernos ver las omisiones, faltas, descuidos y equivocaciones en que habríamos involuntariamente podido incurrir. Las observaciones, comentarios, consejos y aportes son muy importantes para este ejercicio de paz, que siempre apreciaremos y con diligencia atenderemos.” “En este espacio aportamos por la paz que tanto anhela el país, bajo una propuesta de vida de una manera diferente. Gracias por valorar este esfuerzo, ya que las cosas realmente importantes son los hechos de paz y el contenida de la Revista Sembremos La Paz, nos motiva a ser mejores persona cada día.”
Revista Fundación Progresista “Sembremos La Paz” Director: Miguel Ospino Rodríguez
Consejo editorial: Doris Orjuela Pedro Ferrín Fabio Cifuentes Miguel Pacheco Ricardo Morales
Editor: Fernando Ballesteros
Redacción y corrección de estilo: María Camila Ospino
Diseño, Diagramación y Fotografía Fabio Zapata Las opiniones emitidas en los artículos son responsabilidad de los autores y no comprometen a la Fundación Progresista “Sembremos La Paz”
Impresión
ÂżAprueba usted los acuerdo del paz acordados en la habana para la paz de Colombia?