Ministerio del Ambiente
Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles-SENACE
“DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ” “AÑO DE LA INVERSIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA”
Mecanismo objetivo de evaluación y selección del Jefe del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE I.
Antecedentes El Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – SENACE, creado mediante la Ley N° 29968, es el ente encargado de aprobar los Estudios de Impacto Ambiental Detallados regulados por la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental - SEIA. De acuerdo a su Ley de creación, es función del Consejo Directivo del SENACE proponer el nombramiento del Jefe de dicha entidad, según los requisitos establecidos para el cargo. En tal sentido, el Consejo Directivo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7° de la citada Ley N° 29968, ha decidido aprobar el presente mecanismo objetivo de evaluación y selección del Jefe del SENACE. El mecanismo objetivo de evaluación y de selección consta de tres fases: i) Fase preparatoria, ii) Fase de selección, y iii) Fase de designación. El proceso se detalla en el Diagrama de Flujo del Anexo N° 01. Durante las dos (02) primeras fases, se evaluará la idoneidad profesional y moral, la especialidad requerida para el ejercicio del cargo y la inexistencia de incompatibilidades y conflicto de interés de los candidatos.
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Fase Preparatoria La fase preparatoria se desarrollará según las siguientes etapas: • • • 1.1.
Etapa de identificación y aprobación de los candidatos. Etapa de conformación del Comité Especial. Etapa de convocatoria al concurso por invitación. Etapa de identificación y aprobación de los candidatos a. En sesión del Consejo Directivo del SENACE los miembros del mismo presentarán su propuesta de candidato, a fin de identificar a los candidatos que se convocarán al concurso por invitación. b. Mediante Acuerdo de Consejo Directivo se dará inicio al mecanismo objetivo de evaluación y selección del Jefe del SENACE y se aprobará la relación integrada de hasta ocho (08) candidatos, sugeridos en el seno del Consejo Directivo y aprobados por el mismo. Esta relación integrada se remitirá a la Comisión Especial a que se refiere el numeral 1.2.
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