Actividad integradora. Las Secretarías de Estado

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Módulo 2. Estado, Constitución y Gobierno Unidad 2. Panorama del Derecho Administrativo y nociones de Derechos Sesión 4. Administración pública en México Actividad integradora. Las Secretarías de Estado División de Ciencias Sociales y Administrativas

Licenciatura en Derecho Alumno: Mireya Guadalupe Villegas Vázquez Matrícula: ES1821016814 Clave: DE-DEECG-1802-M2-037 Mtra. Ana Lilia Zaragoza Lázaro Fecha de entrega: 8 de septiembre 2018

LAS SECRETARÍAS DE ESTADO 1


Introducción El presente trabajo tiene el propósito y desarrollo del crecimiento sobre la evolución de la administración pública en México, órganos y su fundamentación jurídica, a partir del Derecho Administrativo. Se explica la fundamentación a través de los momentos históricos del Derecho Administrativo Mexicano, la vinculación de las bases constitucionales de la administración pública con su ley orgánica y la identificación dentro de cinco Secretarías de Estado su ámbito formal y material.

Desarrollo I.

Momentos históricos del Derecho Administrativo Mexicano

El inicio del Derecho Administrativo se efectúa en la época de la Asamblea Constituyente, en la Francia revolucionaria a la acción administrativa, las atribuciones del poder público, caracteres de las instituciones administrativas, intereses y derechos del hombre. Sus aportaciones importantes fueron las numerosas leyes administrativas y de la jurisprudencia del Consejo de Estado francés del siglo XIX. Emerge del orden regulador, la estructura y funcionamiento de la administración pública al orden jurídico dentro de la norma entre particulares bajo las reglas del derecho y sistema normativo, por lo cual se denomina el derecho administrativo y así es como surge la ciencia del derecho administrativo. Surgimiento del Derecho Administrativo Mexicano A partir del inicio de la Independencia en México apareció el derecho administrativo, así lo acreditan los decretos de la Soberana Junta Provisional Gubernativa del Imperio Mexicano. Miguel Hidalgo y Costilla inició el movimiento de Independencia y contó con la necesidad de nombrar a lo que en la actualidad se consideran como los primeros

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secretarios de Estado que serían el del despacho de hacienda, y el de gracia y justicia (Tena, 2002. p23). El del 5 de octubre de 1821, se habilitó y confirmó a las autoridades existentes, el ejercicio de la administración de justicia y funciones públicas, y fue hasta el 12 de octubre de 1821 cuando se asignó sueldo anual, al regente del Imperio, Agustín de Iturbide, y el reglamento para el gobierno interior y exterior de las Secretarías de Estado. Y así se considera antecedente remoto vigente de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, mediante decreto de 8 de noviembre de 1821.En el ámbito del derecho administrativo existe un sinfín de disposiciones normativas a los ordenamientos y transformaciones en la reforma administrativa.

Estructura la Administración Pública Constitución 1812 Secretarías de Estado Constitución 1812, artículos 222 y 224, dependencia del ámbito del Poder Ejecutivo Federal, el artículo 90 de la Constitución en vigor, puede llevarse a cabo mediante actividad legislativa del Congreso. Departamentos Administrativos Constitución de 1917, órgano superior de la administración pública, artículos 90 y 92 departamentos administrativos, en los términos del texto. Consejo de Salubridad General Constitución de 1917, órgano previsto en la numeral 1a. de la fracción XVI del artículo 73 constitucional, conforme a la cual, depende directamente del Presidente de la República.

Reforma Administrativa Después de la consumación de la Independencia. Se Dispuso la Constitución federal de 1824 al establecer en la fracción I de su artículo 161. El inicio de la administración pública federal y administraciones públicas y sus dos tipos la Secretaría de Estado y el Departamento Administrativo distribuida en Federal, del Distrito Federal, de los Territorios Federales, Estatal y 3


Municipal. Además de que se regulo el derecho mexicano, y el acto de autoridad en cuya virtud se priva a una persona de su propiedad, así mismo la facultad reglamentaria en la fracción II de su artículo 110, de la Constitución de 1824, donde confirió al presidente de la República. Y la creación de la administración pública del Distrito Federal, mediante decreto del 18 de noviembre de 1824. En la Constitución Política de 1917, se previeron diversos artículos que hacen alusión o tienen injerencia con la administración pública y son la base constitucional del Derecho Administrativo Mexicano, entre otros, dichos artículos

son: 3, 16, 21, 27, 28, 89, 90, 92, 115, 124, 126, 127, 128 y 134

Administración Pública Conjunto de instituciones que atienden a la población para ejercer facultades, con órganos constituidos con los particulares. Está relacionada con la política y direcciona los recursos del Estado. Derecho Administrativo Depende de la existencia de la administración pública es el derecho de los servicios públicos, y orden jurídico para regular las actividades del Estado, organización y atribuciones a través de las instituciones que forman parte de la administración. El Derecho Administrativo regula:  La estructura y organización del poder encargado normalmente de realizar la función administrativa.  Los medios patrimoniales y financieros que la administración necesita para su sostenimiento y para garantizar la regularidad de su actuación.  El ejercicio de las facultades que el poder público debe realizar bajo la forma de la función administrativa.  La situación de los particulares con respecto a la administración. Así lo señala Gabino Fraga (2000).

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Criterios del Derecho Administrativo Criterio Legalista Alexandre François Auguste Vivien el conjunto de leyes que constituyen la base y la regla de la administración de un Estado determinado Criterio Subjetivo El concerniente a un sujeto específico, que para unos es el Estado; en opinión de otros, el Poder Ejecutivo; para otros más, la administración pública; a los que se agregan quienes optan por el órgano de aplicación, multiplicidad de interpretaciones que da lugar a los criterios de actividad total del Estado, de actividad del Poder Ejecutivo y de actividad de la administración pública. Criterio de la actividad total del Estado El profesor Santi Romano sostuvo: “El derecho administrativo es el conjunto de principios que regulan la actividad concreta mediante la cual el Estado y las otras entidades públicas persiguen sus propios intereses” Criterio de la actividad del Poder Ejecutivo El relativo a la actividad del Poder Ejecutivo a la organización, funciones y procedimiento del Poder Ejecutivo. Criterio de la actividad de la Administración Pública En razón de que ni todas las áreas del Poder Ejecutivo se inscriben en el ámbito de la administración pública, ni todas las áreas de ésta se insertan en el Poder Ejecutivo.

II.

Vinculación de las bases constitucionales de la administración pública con su ley orgánica

Las bases constitucionales de la administración pública se encuentran dentro Ley Orgánica de la Administración Pública Federal son el ordenamiento y funciones de cada área y

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estructura orgánica administrativa. Además está conformado el Gobierno Federal, Estatal y Municipal.

Así está establecido en el artículo 1 de Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Artículo 1o.- La presente Ley establece las bases de organización de la Administración Pública Federal, centralizada y paraestatal. La Presidencia de la República, las Secretarías de Estado, los Departamentos Administrativos y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, integran la Administración Pública Centralizada. Los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal, las instituciones nacionales de crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, las instituciones nacionales de seguros y de fianzas y los fideicomisos, componen la administración pública paraestatal. De la Competencia de las Secretarías de Estado y Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, dentro de sus artículos: Artículo 26. Para el despacho de los asuntos del orden administrativo, el Poder Ejecutivo de la Unión. Artículo 27. Secretaría de Gobernación Artículo 28. Secretaría de Relaciones Exteriores Artículo 30. Secretaría de Marina Artículo 31. Secretaría de Hacienda y Crédito Público Artículo 33. Secretaría de Energía Artículo 34. Secretaría de Economía Artículo 35. Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación Artículo 36. Secretaría de Comunicaciones y Transportes Artículo 37. Secretaría de la Función Pública Artículo 38. Secretaría de Educación Pública Artículo 39. Secretaría de Salud Artículo 40. Secretaría del Trabajo y Previsión Social Artículo 41. Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano Artículo 41 Bis. Secretaría de Cultura Artículo 42. Secretaría de Turismo Artículo 43. Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal

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III.

Identificación dentro de cinco Secretarías de Estado su ámbito formal y material

Función administrativa es la organización conocida como administración pública, vista desde dos puntos: I.

Ámbito Formal Según Fraga “El organismo público que ha recibido del poder político la competencia y

los medios necesarios para la satisfacción de los intereses generales” (Fraga, 2000. p119). Secretarias dentro del Ámbito Formal 1. 2. 3. 4. 5. II.

Secretaría de Relaciones Exteriores Secretaría de Hacienda y Crédito Público Secretaría de Economía Secretaría de Energía Secretaría de Turismo Ámbito Material Según Fraga “La actividad de este organismo considerado en sus problemas de gestión y

de existencia propia tanto en sus relaciones con otros organismos semejantes como con los particulares para asegurar la ejecución de su misión” (Fraga, 2000. p119). Secretarias dentro del Ámbito Material 1. 2. 3. 4. 5.

Secretaría de Gobernación Secretaría de Desarrollo Social Secretaría de Salud Secretaría del Trabajo y Previsión Social Secretaría de Educación Pública Funciones del Estado Administración en los asuntos de la sociedad entre secretarías de Estado y departamentos

administrativos con el tiempo han ido creciendo de acuerdo a las necesidades de la población. Fraga señala que: “Este constante movimiento en la creación de las secretarías de Estado no puede ser atribuido al simple capricho de los gobernantes, sino que con la gradual transformación del Estado ha habido necesidad de aumentar y especializar aquellos organismos” (Fraga, 2000. p184).

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Reformas Constituyente Permanente Administración paraestatal Creación del departamento administrativo por el Constituyente de Querétaro fue con la intención de encargarle las nuevas actividades socioeconómicas que iba a desarrollar el Estado. Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal De conformidad con el artículo 1o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, puede asentarse que la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal es parte integrante de la Administración Pública Centralizada Federal. Órganos reguladores de coordinación en materia energética artículo 28 constitucional, publicada en el Diario Oficial de la Federación de 20 de diciembre de 2013, dispuso: “El Poder Ejecutivo contará con los órganos reguladores coordinados en materia energética, denominados Comisión Nacional de Hidrocarburos y Comisión Reguladora de Energía, en los términos que determine la ley”.

Conclusión El propósito logrado con la realización de la Actividad integradora. Las Secretarías de Estado, analice a detalle las funciones de la administración pública sus inicios y antecedentes del crecimiento en nuestro país, sus órganos y su fundamentación jurídica del Derecho Administrativo. En términos del artículo 90 de la Constitución, la administración pública es centralizada y paraestatal, establecida en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal que regula las diversas Secretarías de Estado. fundamentación a través de los momentos históricos del Derecho Administrativo Mexicano, la vinculación de las bases constitucionales de la administración pública con su ley orgánica y la identificación dentro de cinco Secretarías de Estado su ámbito formal y material.

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Fuentes De Consulta Bibliografía Tena, F. (2002). Leyes fundamentales de México 1808-2002. México: Porrúa. Bibliografía Electrónica Texto de apoyo, División de Ciencias Sociales y Administrativas UNADM. (2018). Módulo 2. Estado, Constitución y gobierno. Unidad 2. Panorama del Derecho Administrativo y nociones de Derechos Humanos Sesión 4. Administración pública en México. 8 septiembre 2018, de Universidad Abierta y a Distancia de México Sitio web: https://unadmexico.blackboard.com/bbcswebdav/institution/DCSA/MODULOS/DE/M2_DEEC G_2017_02/U2/S4/Descargables/DE_M2_U2_S4_TA.pdf

Fernández Ruiz, J. (2016). Derecho Administrativo. 8 septiembre 2018, de UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas Sitio web: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4455/16.pdf

Fernández Ruiz, M. (2015). Base Constitucional de la Administración Pública. 8 de septiembre 2018,

de

UNAM,

Instituto

de

Investigaciones

Jurídicas

Sitio

web:

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4034/7.pdf

Legislación  

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

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