CORPORATE DEFENSE
RESPONSABILIDAD PENAL DE LA PERSONA JURÍDICA
MAROTO-RUIZ DE INFANTE & BAILLO ABOGADOS
Madrid: Paseo de la Habana Nº54, 2ºIzq (28036) Tlf Atención al cliente.: (+34) 915 619 361 Fax.: 915 631 341 www.mrbabogados.es
Barcelona: Gran Vía de Les Corts Catalanes Nº 645, 7º 2º (08010) Tlf.: Atención al cliente.: (+34) 931 847 393 Fax.: 931 847 393 www.sbcabogados.es
MAROTO-RUIZ DE INFANTE & BAILLO ABOGADOS
Maroto-Ruiz de Infante & Baillo y SBC Abogados son firmas de abogados cuyo objetivo claro y concreto está en generar un valor añadido a nuestros clientes, mediante estrategias legales bien fundamentadas y soportadas por la experiencia profesional de sus abogados más el apoyo de un consejo académico de catedráticos universitarios. Ofrecemos un servicio jurídico especializado, absolutamente enfocado en entender la necesidad de nuestros clientes a través de una atención personalizada y cercana que se traduce en que los abogados de las distintas especialidades jurídicas son accesibles y están en permanente disposición. Este asesoramiento con el cliente lo establecemos a través de una relación de confianza mutua y duradera en el tiempo y por ello nos apoyamos en los comentarios y encuestas de calidad que los propios clientes nos facilitan.
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EXPERIENCIA DE LOS ABOGADOS Los abogados- socios que cuentan con una dilatada experiencia profesional de mas de 20 años, han llevado hasta la fecha un numero importante de procedimientos jurídicos a particulares y empresas. Hemos participado en un gran número de procedimientos jurídicos vinculados con el penal económico y de la empresa.
DERECHO PENAL DE LA EMPRESA
El despacho presta un asesoramiento muy especializado entre otros en: ▪ ▪ ▪ ▪ ▪ ▪ ▪ ▪ ▪ ▪ ▪ ▪
Corporate Defense Asesoramiento y prevención de delitos penales económicos Estafa Apropiación indebida Insolvencias punibles Alteración de precios en subastas y concursos públicos Cibercrimenes económicos y patrimoniales Delito publicitario Fraude de inversiones Abuso de información privilegiada Delitos societarios Falsedades
CCORPORATE DEFENSE RESPONSABILIDAD PENAL PERSONA JURIDICA
MAROTO-RUIZ DE INFANTE & BAILLO ABOGADOS
RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS EMPRESAS Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2015 de reforma del Código Penal (el 1 djulio de 2015) es obligatorio que todas las empresas en España dispongan de un programa de cumplimiento y exención de responsabilidad penal de las personas jurídicas. Esta nueva Ley recoge la exención de responsabilidad para aquellas personas jurídicas (empresas) que hayan cumplido con sus deberes de vigilancia y control sobre sus propios representantes o empleados con capacidad de decisión, organización y control, estableciéndose sobre estos medidas idóneas para eliminar o reducir el riesgo de comisión de delitos en beneficio de la entidad. La responsabilidad penal a la que pueda estar sujeto cualquier empleado dentro del ámbito de la empresa, ahora es extensible con esta nueva Ley a los directivos y administradores que dirijan y representen a dicha empresa.
¿QUE SE PRETENDE CON ESTA NUEVA LEY?
¿COMO PUEDE EVITAR LA EMPRESA ESTA RESPONSABILIDAD PENAL?Esta reforma penal busca incentivar la autoorganización de las personas para evitar que en su seno se intenten conseguir los objetivos sociales mediante la realización de actos delictivos.
No se trata, de que la empresa solo se esfuerce en prevenir, detectar y reaccionar ante delitos cometidos contra ella, sino que se esfuerce en investigar conductas que le favorecen pero que son delictivas y por tanto perseguibles por Ley . A tal efecto, los responsables de la empresa pasan a ser destinatarios de unos deberes de supervisión, vigilancia y control (CP art.31 bis. 1, 2 y 4) cuya infracción puede determinar consecuencias jurídico-penales. ¿COMO PUEDE EVITAR LA EMPRESA ESTA RESPONSABILIDAD PENAL? La empresa necesita disponer de un modelo de organización y gestión adoptado por el órgano de administración que incluya medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos de la misma naturaleza que los cometidos. Es necesario que demuestre que este modelo de prevención y control se ha implantando con eficacia dentro de la empresa, lógicamente antes de que se produzca la comisión del delito. Debe existir una supervisión del funcionamiento y del cumplimiento del modelo de prevención que estará asignada a un órgano de la empresa con poderes autónomos de iniciativa y control que realice un seguimiento continuado. La empresa esta exenta de toda responsabilidad si el autor de los delitos elude de forma fraudulenta estas medidas de control.
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¿CUAL ES EL MODELO A SEGUIR? CORPORATE DEFENSE Elaboración de un código de conducta, manual de Prevención y respuesta de delitos, el cual sea conocido y asimilado por toda la empresa. El modelo desde el punto de vista de asesoramiento Jurídico de nuestro Despacho, se basa en: El análisis de riesgos de la empresa para detectar los puntos donde puede ser más probable que se realicen conductas delictivas. El establecimiento de un sistema de detección de dichas conductas. En la formación de los empleados de la organización al efecto de que conozcan y certifiquen de manera individual este modelo de prevención. En la evaluación periódica y actualización de los sistemas en función de los nuevos riesgos (nuevos empleados, nuevos servicios, cambios organizacionales).
PLATAFORMA DE FORMACIÓN ON LINE
PLATAFORMA E-LEARNING
ESPACIO DE PARTICIPACIÓN Y COLABORACIÓN
MEDIO DE INFORMACIÓN
COMUNICACIÓN ENTRE PARTICIPANTES
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PLATAFORMA DE FORMACIÓN ON LINE ¿QUÉ OFRECE?
GESTIÓN DE USUARIOS
GESTIÓN DE RECURSOS MONITORIO DE PROGRESO ADMINISTRACIÓN DEL ACCESO A LA PLATAFORMA
CAPACIDAD MULTILENGUAJE FLUJOGRAMA DE PUNTUACIÓN CONTROL DE APRENDIZAJE
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CONSECUENCIAS JURIDICAS PARA LA EMPRESA Es fundamental que la empresa disponga de los protocolos de actuación comentados anteriormente dado que el incumplimiento de los mismos, puede derivar en una responsabilidad penal que incluso incluya penas privativas de libertad, para los órganos de dirección y legales representantes, así como la adopción de medidas cautelares entre otras como la disolución de la empresa
Nuestro despacho profesional especialista en Derecho Penal-Económico y Mercantil, se pone a su entera disposición a fin de concretar una primera entrevista sin compromiso ni coste alguno por su parte, a fin de explicarle esta nueva situación y la posibilidad de desarrollar estos trabajos profesionales que le eximan de cualquier responsabilidad Penal futura.
LA NUEVA LEY EN LOS MEDIOS
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Madrid: Paseo de la Habana Nº54, 2ºIzq (28036) Tlf Atención al cliente.: (+34) 915 619 361 Fax.: 915 631 341 www.mrbabogados.es
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