Decreto 75/2010, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Sección séptima. Tutores Artículo 46. Tutoría y designación. 1. La acción tutorial y orientadora de los alumnos forma parte de la función docente. 2. Cada grupo de alumnos tendrá un profesor tutor que será designado por el director, preferentemente de entre los profesores que impartan docencia a la totalidad del grupo. 3. El profesor tutor de los grupos de segundo curso de un ciclo formativo de formación profesional será también el tutor del módulo de formación en centros de trabajo. 4. Cuando las características del grupo de alumnos u otras circunstancias así lo aconsejen, se podrán establecer medidas de apoyo a la función tutorial. 5. Los institutos potenciarán la continuidad de los tutores con el mismo grupo cuando esto sea posible, especialmente en los cursos primero y segundo de educación secundaria obligatoria. 6. El jefe de estudios, en colaboración con el departamento de orientación, coordinará el trabajo de los tutores. Para facilitar el desarrollo de la acción tutorial, se fi jarán reuniones periódicas, que serán presididas por el jefe de estudios y a las que asistirán los tutores de, al menos, los diferentes cursos de la educación secundaria obligatoria y de los programas de cualifi cación profesional inicial. A dichas reuniones asistirá el profesor del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria de la especialidad de orientación educativa. Artículo 47. Competencias. 1. El profesor tutor ejercerá las siguientes competencias: a) Participar en el desarrollo del plan de acción tutorial y del plan de orientación académica y profesional bajo la coordinación del jefe de estudios, en colaboración con los demás miembros del equipo docente y con el departamento de orientación. b) Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades académicas y profesionales. c) Promover la coherencia en el proceso educativo de cada alumno, contribuyendo a su adecuado desarrollo cognitivo, emocional y social.