Boletín informativo MESA PERMANENTE DE CONCERTACIÓN CON LOS PUEBLOS Y ORGANIZACIONES INDÍGENAS
Sesión MPC Oct 15 y 16
Informamos a los Pueblos Indígenas de Colombia y la opinión pública, que los días 15 y 16 de octubre de 2015, en Sesión de la Mesa Permanente de Concertación con los Pueblos y Organizaciones Indígenas, se llegó a los siguientes acuerdos, los cuales detallamos a continuación, a partir de los temas agendados:
I. Plan Nacional de Desarrollo (presupuesto 2015, 2016 y metas e indicadores) Este primer punto es la reiteración de los acuerdos y compromisos pactados entre el Gobierno Nacional y el Gobierno Indígena en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2014 - 2018 Acuerdo: Dar cumplimiento a los acuerdos del PND 2014 – 2018 que establecen: 1. “Durante cada vigencia fiscal, como parte de la elaboración de los anteproyectos de presupuesto que cada sección presupuestal presenta al Ministerio de Hacienda y Crédito Público -MHCP, se señalarán de manera específica las partidas presupuestales destinadas a cumplir los acuerdos con los Pueblos Indígenas establecidos en el PND.
Antes del envío de los anteproyectos al MHCP, se convocará a la Mesa Permanente de Concertación, con el objeto de analizar y revisar la correspondencia con lo establecido en Plan Nacional de Desarrollo”.1 2. “Con relación a los criterios de asignación y redistribución presupuestal del año 2015, se acuerda que las instituciones del Gobierno Nacional, entregarán en el marco de la MPC, una propuesta de redistribución el día 13 de febrero de 2015, con el fin de alcanzar el 20% del monto acordado con el Gobierno en cabeza del Director del DNP, en representación del Gobierno Nacional, así mismo para los años siguientes se presentarán las metas estimadas de programación anual”.2 Para el cumplimiento de estos dos acuerdos se planteó: Realizar una reunión de alto nivel en cabeza del Ministro del Interior, Ministro de Hacienda, el Director Nacional de Planeación y los delegados de la Mesa permanente de Concertación, con acompañamiento de los organismos de Control, a fin de establecer los mecanismos y estrategias que garanticen el cumplimiento de los acuerdos pactados en el marco de la consulta y concertación del PND 2014-2018 con los pueblos indígenas. Está reunión se proyectó en Sesión para realizarse en los primeros 15 días del mes de Noviembre. 3. “Se creará una comisión mixta entre el Gobierno Nacional y los Pueblos Indígenas, con el fin de concertar por cada uno de los acuerdos alcanzados en el marco de consulta y concertación del PND 2014 -2018 con Pueblos Indígenas, los indicadores y metas en el tablero de control. 1 Acuerdo correspondiente a los compromisos pactados con los Pueblos Indígenas en el marco del Plan
Nacional de Desarrollo 2014 – 2018 “Todos por nuevo un país”. Artículo 115 de la Ley 1753 de 2015 que expide el PND.
2 Acuerdo correspondiente a los compromisos pactados con Pueblos Indígenas en el marco del Plan
Nacional de Desarrollo 2014 – 2018 y ratificados en sesión de MPC del mes de mayo de 2015
La comisión contará con un plazo de dos meses a partir de la protocolización para tal fin, esta propuesta será presentada ante la MPC y lo concertado será parte integral de los acuerdos de esta consulta”.3 Para el cumplimiento de este acuerdo se planteó: ·
- La Secretaría Técnica de la Mesa Permanente de Concertación con los Pueblos y Organizaciones Indígenas delegada por el Ministerio del Interior enviará una comunicación a las entidades del Gobierno para que se pronuncien sobre la propuesta que existe en materia de metas e indicadores del PND 2014 – 2018, previa a la reunión de alto nivel.
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- Respuesta desde las diferentes instituciones de Gobierno sobre la propuesta que existe en materia de metas e indicadores del PND 2014 – 2018, previo a la reunión de alto nivel.
II. Presentación de la Contraloría General de la Nación, sobre hallazgos en materia presupuestal en el marco del seguimiento al Decreto Ley 4633 de 2011. Acuerdo: Convocar una sesión de la Mesa Permanente de Concertación con los Pueblos y Organizaciones Indígenas en la cual se trate el Decreto Ley 4633 para la concreción de un documento CONPES y el plan financiero que permita su implementación. Prevista para la última semana de Noviembre
3 Acuerdo correspondiente a los compromisos pactados con Pueblos Indígenas en el marco del Plan
Nacional de Desarrollo 2014 – 2018
III. Diálogo sobre la reglamentación de la consulta previa. Acuerdo: Establecer un dialogo entre los Pueblos Indígenas y el Gobierno Nacional sobre el Derecho Fundamental a la Consulta Previa y su aplicación en el ámbito nacional. Para avanzar con este diálogo se proponen las siguientes actividades: - Realizar un foro sobre el derecho fundamental a la Consulta Previa para Pueblos Indígenas. Las organizaciones indígenas participarán en la definición de la metodología del mismo. Proyectado para los días 9 y 10 de diciembre de 2015 - Realizar un espacio Autónomo de los delegados y delegadas indígenas de la MPC para analizar el derecho a la Consulta Previa. - Reunión de presidentes de las Organizaciones Indígenas con asiento en la MPC y el Gobierno Nacional con el fin de analizar el instrumento de política pública más pertinente para la reglamentación del derecho fundamental a la Consulta Previa. IV. Presentación de la propuesta de la ruta metodológica del proceso de consulta previa del proyecto de Decreto Ley que regula las condiciones de reclusión y resocialización de los indígenas privados de la libertad. Acuerdo: Protocolización de la ruta metodológica del instrumento jurídico por medio del cual se regularán las condiciones de reclusión y resocialización de los indígenas privados de la libertad. V. Socialización del ajuste institucional de la entidad de tierras. (Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural) Acuerdo: Se deja el posicionamiento por parte de los Pueblos Indígenas que no puede entenderse la presentación realizada como consulta y concertación. Se acuerda la participación de manera plena y efectiva en el ajuste institucional de la entidad de tierras.
Para avanzar en esta participación se plantean las siguientes actividades: - Envío desde el Ministerio de Agricultura de toda la información producida hasta el día de hoy en materia de ajuste institucional de la entidad de tierras. Fecha pactada: 30 de octubre - Realizar una sesión de la Comisión Nacional de territorios, con participación de la MPC y el delegado ante el Consejo directivo del INCODER, con el objeto de discutir el ajuste institucional y definir la ruta para la consulta de la política de tierras. Fecha pactada: Segunda semana de noviembre VI. Censo Nacional de Población y Vivienda (DANE) Acuerdos: 1. Adecuar conjuntamente la producción estadística oficial para pueblos indígenas, basadas en las buenas prácticas y estándares nacionales e internacionales estadísticos, protegiendo la diversidad étnica y cultural. En los casos en que se realicen encuestas Y/o módulos específicos para medir las realidades particulares de los pueblos indígenas (…) 2. Realización del proceso de consulta y concertación con los Pueblos Indígenas para el XVIII Censo Nacional de Población y VII de Vivienda. Con el fin de avanzar con estos acuerdos se plantean las siguientes actividades: - Iniciar sesiones técnicas preparatorias a la MPC con los equipos que designen las organizaciones indígenas y delegados del DANE. Fecha pactada: Semana del 19 al 23 de octubre - Realizar la sesión de la MPC para la Realización del proceso de consulta y concertación con los Pueblos Indígenas para el XVIII Censo Nacional de Población y VII de Vivienda. Fecha pactada: Segunda semana de noviembre VII. Presentación y protocolización de la ruta metodológica de la Consulta previa del SEIP Acuerdo: Protocolización de la ruta metodológica para la consulta del SEIP
VIII. Presentación de la propuesta de ruta metodológica para el tema de Cabildos Indígenas en contexto de Ciudad, Municipio, Distrito y/o Área Metropolitana en Colombia Acuerdo: Aprobación de la ruta metodológica que conlleve a la protocolización del protocolo de cabildos urbanos. IX. Presentación de la propuesta de Decreto de Vivienda Urbana. Ministerio de vivienda, Ciudad y Territorio Este tema no se abordó, debido a la inasistencia de las Entidades correspondientes. Adicionalmente a los temas agendados: X.
Se abordó el tema del proyecto de Ley Estatutaria 130 de 2015 "por medio de la cual se desarrolla parcialmente el Acto Legislativo 2 de 2015, se reforma la Ley 270 de 1996 y se dictan otras disposiciones" Este tema se abordó en esta Sesión de la MPC por solicitud de la Comisión Nacional de Coordinación del Sistema Judicial Nacional y la Jurisdicción Especial Indígena, quienes reunidos en su 6ª Sesión, analizaron el proyecto de Ley Estatutaria 130 de 2015 ", llegando a la conclusión que la Jurisdicción Especial no fue incluida en este Proyecto Ley. Debido a esto y a que dicho Proyecto Ley, está cursando en estos momentos en el Congreso de la República, más la coyuntura actual de vulneración y cuestionamientos a la Jurisdicción Especial Indígena, se abordó el tema, llegando a los siguientes acuerdos: 1. Inclusión de un Artículo para adicionar en el Proyecto de Ley Estatutaria 130 de 2015 “por medio de la cual se desarrolla parcialmente el Acto Legislativo número 2 de 2015, se reforma la Ley 270 de 1996 y se dictan otras disposiciones. Texto del Artículo: Coordinación con la Jurisdicción Especial Indígena. La Gerencia de la Rama Judicial tendrá a su cargo el desarrollo e implementación de una política pública intercultural en materia de coordinación con la Jurisdicción Especial Indígena, a través de una unidad que cumplirá las siguientes funciones: 1. Elaborar los proyectos, planes y programas que se requieran con el fin de incluir, e n e l Plan Sectorial de Desarrollo de la Rama Judicial, actividades encaminadas al fortalecimiento y apoyo de la Jurisdicción Especial Indígena y los sistemas de justicia propia de los Pueblos Indígenas.
2. Diseñar propuestas que impulsen los desarrollos normativos de la coordinación de la Jurisdicción Especial Indígena con el Sistema Judicial Nacional. 3. Apoyar la implementación efectiva de los Planes de Salvaguarda Étnica respecto a las estrategias y acciones necesarias para el fortalecimiento de los sistemas de derecho propio de los Pueblos Indígenas afectados por el conflicto armado. 4. Impulsar y actualizar estudios, investigaciones y proyectos de geo-referenciación y para el atlas judicial, que identifiquen los Pueblos Indígenas, autoridades propias, impacto d e l ejercicio de la Jurisdicción Especial Indígena en la administración de justicia, despachos judiciales, organizaciones de base, entre otros. 5. Facilitar y orientar la formación intercultural que imparta la Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla” a magistrados, jueces, empleados judiciales y autoridades indígenas y operadores de justicia indígena. 6. Impulsar y fortalecer las escuelas de derecho propio de los Pueblos Indígenas, a través de sus Autoridades propias, con el apoyo de la Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla”. 7. Impulsar mejoras tecnológicas tendientes a la recolección de información estadística sobre el ejercicio de la Jurisdicción Especial Indígena. 8. Compilar y publicar las decisiones y sentencias judiciales de trascendencia para los Pueblos Indígenas y traducirlas a las diferentes lenguas indígenas. 9. Convocar, presidir y financiar, periódicamente, las sesiones de la Comisión Nacional de Coordinación del Sistema Judicial Nacional y la Jurisdicción Especial Indígena, así como las mesas departamentales de coordinación inter-jurisdiccional. 10. Apoyar y fortalecer los escenarios de coordinación entre organismos de investigación judicial y control que faciliten la práctica, el intercambio y el traslado de pruebas técnicas requeridas para que las Autoridades Indígenas desempeñen funciones propias de la Jurisdicción Especial Indígena. 11. Asignar en el anteproyecto del presupuesto anual de la Rama Judicial los recursos de inversión y funcionamiento para financiar la Jurisdicción Especial Indígena y su coordinación con el Sistema Judicial Nacional, así como el fortalecimiento de los sistemas de justicia propia de los Pueblos Indígenas. 12. Intervenir cuando sea requerida en procesos de conflictos de jurisdicciones entre l Jurisdicción Especial Indígena y el Sistema Judicial Nacional.
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2. De conformidad con lo previsto en el artículo 7° y 246 de la Constitución Política de Colombia y con la propuesta de artículo precedente, se acordó suprimir la expresión “la indígena” del último inciso del artículo 5° del Proyecto de Ley Estatutaria 130 de 2015, e incluir al final del mismo, el inciso que se encuentra destacado en negrilla, así: Artículo 5º. El artículo 12 de la Ley 270 de 1996 quedará así: ARTICULO 12. DEL EJERCICIO DE LA FUNCION JURISDICCIONAL O CONSULTIVA POR LA RAMA JUDICIAL. La función jurisdiccional y consultiva se ejerce como propia y habitual y de manera permanente por las corporaciones y personas dotadas de investidura constitucional o legal para hacerlo, según se precisa en la Constitución Política y en la presente Ley Estatutaria. Dicha función se ejerce por la jurisdicción constitucional, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial y las Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial, la jurisdicción de lo contencioso administrativo y la jurisdicción ordinaria que conocerá de todos los asuntos que no estén atribuidos por la Constitución o la ley a otra jurisdicción. También ejerce dicha función de manera excepcional la Fiscalía General de la Nación. La jurisdicción penal militar, la indígena y la justicia de paz ejercen funciones jurisdiccionales pero no hacen parte de la Rama Judicial. Cuya propuesta de modificación es: La Jurisdicción Especial Indígena hace parte de la Rama Judicial desde el punto de vista funcional. El Consejo de Gobierno Judicial y la Gerencia de la Rama Judicial desarrollarán una política pública intercultural en materia de coordinación, de acuerdo con el artículo X de esta Ley. El artículo X, hace referencia a la propuesta concertada entre la MPC y el Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio de Justicia y del Derecho. XI. Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático en París – COP21 Acuerdo: Participación de delegados(as) indígenas en el escenario de COP-21 a realizarse en Paris a finales del presente año Para el logro de este acuerdo desde el Ministerio del Interior se tramitará con la Cancillería el tema de la participación y acreditación representantes indígenas en el escenario de COP 21