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RESUMEN EJECUTIVO. Cabo Dorado es un proyecto de inversión en el Estado de Baja California Sur; particularmente en la zona conocida como Cabo del Este en el Municipio de Los Cabos; este proyecto tiene por objeto el promover el turismo especializado, alrededor del intercambio cultural, educativo, científico y deportivo entre México y el continente Asiático, así como servir de punto de encuentro para fomentar el desarrollo de negocios, destinando para ello un predio de 3,770.5 hectáreas. Cabo Dorado es promovido por la empresa La Rivera Desarrollos BCS S. de R. L. de C.V., en una coinversión entre inversionistas estadounidenses y asiáticos; que han decidido promover un concepto radicalmente diferente al proyecto que se pretendía hacer en esa misma ubicación y que fue tan cuestionado en su momento.
1.
Objetivos.
El proyecto Cabo Dorado se propone como partícipe en la consolidación del modelo de desarrollo para el municipio, considerado como de vocación netamente turística; en este sentido, el proyecto que se propone está definido por seis elementos que integran sus objetivos: 1.- Fomentar el turismo cultural, conformarse como un espacio de permanente intercambio cultural, a través de la constante instalación de exhibiciones, eventos y festivales. 2.- Facilitar turismo de bienestar y salud, a través de la convergencia del conocimiento en la materia. 3.- Favorecer el turismo de intercambio en temas tecnológicos y comerciales, a través de espacios que faciliten dicha actividad. 4.- Fomentar el turismo de educación e investigación, a través de la creación de un espacio dinámico dedicado a la Educación y la Investigación de temas multilaterales. 5.- Fomentar el turismo deportivo, a través de espacios dedicados al deporte de alto rendimiento de diversas disciplinas y el intercambio especializado entre profesionales del sector. 6.- Aprovechar el potencial de turismo de Sol y Playa de la zona. Como soporte de estos elementos, Cabo Dorado considera el desarrollo de 9 hoteles, viviendas para visitantes temporales y residentes y dos campos de golf; asimismo, se contará con infraestructura de soporte a la actividad turística como centro de esparcimiento, centro de salud, centro deportivo de Primer Nivel y zonas comerciales.
Cabo Dorado, consiste en un Proyecto diferente e innovador que por su concepto de diseño, ha tomado como elementos base de su desarrollo al ambiente y los recursos naturales, por lo que,
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ajusta su diseño a los elementos ambientales del sitio, tanto en lo que se refiere a su superficie de desplante, como a la disponibilidad de agua, elementos ambos ya definidos y autorizados lo que permite hacer un uso eficiente y sustentable del espacio físico y de los recursos naturales.
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Principales obras y/o actividades.
Cabo Dorado debe entenderse como un Desarrollo Inmobiliario que engloba un conjunto de obras y actividades relativas a la preparación y construcción, operación y mantenimiento de elementos diversos como son: hoteles, condominios, desarrollos habitacionales, restaurantes, instalaciones de comercio, servicios en general y equipamiento, campos de golf e infraestructura asociada a la dotación de los servicios necesarios para su viabilidad tales como una Obra de conducción de agua y Planta de Tratamiento de Aguas residuales, la reubicación de una aeropista y el consiguiente Cambio de Uso de Suelo de Terrenos Forestales derivado del desplante del conjunto de elementos que conforman al proyecto a efecto de consolidar un Uso de Suelo Turístico, acorde con las políticas de Desarrollo y Uso de Suelo vigentes para la zona. Para efectos de contextualizar los elementos que conforman el proyecto se propone asumir una perspectiva de escalas: Obras Proyecto Integral El proyecto se propone en un predio de 3,770.5 hectáreas, así como en un área conformada por derecho de vía de 7.11 hectáreas, necesaria para el tendido de la obra de abasto de agua al proyecto. Obras Proyecto – Predio. El proyecto propone asignar un Uso de Suelo Turístico (conforme al Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de los Cabos POELMC) a 1,219.3 hectáreas, equivalentes al 32.3% de la superficie total del predio en donde se requiere efectuar el Cambio de Uso de Suelo de Terrenos Forestales y un Uso de Suelo Conservacionista (conforme al POELMC) a 2,551.2 hectáreas, equivalentes al 67.7 % de la superficie total del predio en donde No se efectuará Cambio de Uso de Suelo de Terrenos Forestales y se mantendrán las condiciones actuales de vegetación.
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Imagen: Distribución de los elementos que conforman el proyecto.
Cabo Dorado se concibe como un espacio que albergará en sus 3,770.5 hectáreas de propiedad, instalaciones para el desarrollo de actividades culturales de danza, música, expresiones artísticas visuales e instalaciones hoteleras y residenciales de soporte de estas actividades, Clubes de playa, campos de golf, campus universitario, clínica médica e infraestructura de servicios. Es así como se considera la construcción de 9 hoteles, lo que permite una ocupación del suelo con amplias zonas de conservación entre las unidades, muy por debajo de los límites máximos permitidos en la regulación ambiental, de esta forma solamente 1,219.3 hectáreas correspondientes al 32.3% de la superficie total del predio, será utilizada para el desarrollo de todas las obras que conforman el mismo y el restante 67.7% de la superficie correspondiente a 2,551.2 hectáreas tendrá un uso de Conservación y se mantendrá en las condiciones naturales bajo un esquema de protección por parte de la empresa promovente del proyecto.
3.
Área y/o región donde se ubica.
El proyecto Cabo Dorado se propone ubicar en el Municipio de Los Cabos, al Sur del Pueblo de La Ribera (designado como Delegación Municipal), en un predio de 3,770.5 hectáreas.
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El predio propiedad de Cabo Dorado se conforma por 3 grandes áreas o polígonos, dentro de los cuales se plantea ejecutar el proyecto en 5 Fases englobadas de la siguiente manera: Polígono 1 (Engloba Fase I, Fase II y Fase III) con una superficie total de 1,394.7 hectáreas, equivalentes al 37% % del total del predio. Polígono 2 (Engloba Fase IV) con una superficie total de 619 hectáreas, equivalentes al 16% del total del predio. Polígono 3 (Engloba Fase V) con una superficie total de 1,755.6 hectáreas, equivalentes al 46% del total del predio. Para efectos del proyecto, el concepto de Fases no se debe asumir como definición cronológica o temporal, pero como capítulos de desarrollo del proyecto, cada Fase agrupada parte de conjunto de elementos que conforman al proyecto Cabo Dorado. El Sistema Ambiental Regional (SAR) donde se ubica el proyecto se dividió en dos grandes zonas, una terrestre y una marina. Los criterios empleados para la delimitación del SAR (terrestre) fueron los hidrológicos, vegetación terrestre y usos de suelo, y límites administrativos (POELMC y del ANP Cabo Pulmo). Los criterios empleados para la delimitación del SAR Marino consideraron un km mar adentro de la zona adyacente al SAR, oleaje y mareas, área administrativa del Parque Nacional
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Cabo Pulmo. Es importante resaltar que aún y cuando se tomó en cuenta el ambiente marino, el proyecto no tendrá injerencia alguna sobre el medio marino, pues todas sus obras se desarrollarán en tierra, respetando los límites de zona federal marítimo terrestre.
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Del producto del análisis y cruce de la cartografía temática de detalle y de los resultados obtenidos de identificación y evaluación de procesos ambientales, se delimitaron seis unidades ambientales. Cabe aclarar que la descripción y análisis del “Sitio del Proyecto” se le considera continuo del SAR, por lo que se destaca que el ejercicio de delimitación de Unidades Ambientales (topoformas) efectuado para el “Sitio del Proyecto” tiene una coincidencia total con los elementos ambientales que definen el Sistema Ambiental Regional. Así las unidades ambientales son claramente descritas e identificadas en planos geo-referenciados del sitio.
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Incidencia y/o congruencia con los principales instrumentos regulatorios aplicables.
El contexto de disposiciones jurídicas que se analizan con el objeto de establecer el análisis de injerencia y/o congruencia legal del proyecto son las siguientes: Carácter Vinculante, Aplicables al proyecto.
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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento en materia de Evaluación del Impacto Ambiental. Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento. Ley de Bienes Nacionales y el Reglamento para el uso y aprovechamiento del mar territorial, vías navegables, playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar. Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y su Reglamento. Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Programa de Ordenamiento Ecológico General del Territorio Plan de Ordenamiento Ecológico del Municipio de Los Cabos, B.C.S. Normas Oficiales Mexicanas (14) Carácter vinculante, No Aplicables al proyecto por regular un territorio diferente al sitio propuesto para su desarrollo. Decreto de creación del Área Natural Protegida, categoría de Parque Nacional, Cabo Pulmo el 6 de junio de 1995. Programa de Manejo del Área Natural Protegida, categoría de Parque Nacional, Cabo Pulmo 13 de noviembre de 2009. Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional Sitio RAMSAR Área Natural Protegida Cabo Pulmo. Programa de Ordenamiento Ecológico Marino del Golfo de California POEMGC (publicado en el D.O.F. el viernes 15 de diciembre de 2006). Instrumentos de Regionalización, no vinculantes., carentes de carácter regulatorio. Área de Importancia para Conservación de las Aves-AICA (CONABIO) Regiones Hidrológicas Prioritarias CONABIO Regiones Terrestres Prioritarias CONABIO Regiones Marinas Prioritarias CONABIO Análisis de vacíos y omisiones en conservación de la biodiversidad terrestre de México: espacios y especies CONANP-CONABIO Por lo que se refiere a la Autorización de Cambio de Uso de suelo de Terrenos Forestales (CUSTF), respecto de las condiciones de uso, aprovechamiento, cambio de uso de suelo de terrenos forestales a turísticos, afectaciones a la biodiversidad, a la cobertura vegetal, al suelo y a los servicios ambientales, todos estos elementos fueron en su oportunidad evaluados y autorizados por la SEMARNAT a través de su Delegación Federal en el Estado de Baja California Sur, al amparo de lo establecido en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable para lo que se refiere a CUSTF, estas condiciones han sido compensadas y atendidas de conformidad al procedimiento establecido en la LGDFS y su Reglamento, por lo que estos derechos son validos y aplicables al predio en cuestión y a cualquier proyecto que se presente dentro del área autorizada y que se
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ajuste a lo previamente definido. Bajo esta consideración, el proyecto propuesto a EIA se ajusta en su huella de desplante a la autorización de CUSTF y al motivo de uso que da origen a la mencionada autorización por lo cual, la Autorización para CUSTF es válida y aplicable y sustenta los Derechos adquiridos los cuales son tutelados por lo establecido en la Carta Magna como se ha señalado anteriormente. Por lo que respecta a los derechos de uso y aprovechamiento del agua, la autorización emitida por la Comisión Nacional del Agua, que establece los volúmenes para el aprovechamiento y uso del agua en el terreno para el desarrollo de un proyecto turístico, es válida de pleno derecho, por ende, se ubica en el plano de Derechos adquiridos que protege la Carta Magna y no está sujeta ni a interpretación ni rectificación alguna, toda vez que las condiciones ambientales y legales que la sustentan son las mismas que le dieron origen y que el proyecto que se propone desarrollar en esta propiedad se ajusta a las condiciones de la autorización y no las modifica. Es importante resaltar que el uso del agua concesionada a favor de la titular, no pone en peligro el equilibrio ecológico de los ecosistemas ni el acceso de la otros interesados al agua, esto con base en la NOM-011-CONAGUA-2000 y la Actualización de la Disponibilidad Media Anual de Agua Subterránea Acuífero (0320) Santiago Estado de Baja California Sur, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de agosto de 2009 de lo que se desprende que el Acuífero del que se abastecerá el agua del proyecto, no presenta déficit, cuenta con disponibilidad por 4.15 millones de m3, considera la existencia de concesiones de uso por 15.7 millones de m 3 y se encuentra garantizada la Descarga Natural Comprometida por un volumen de 4.6 millones de m 3. Siendo que las concesiones a favor del titular fueron otorgadas en 1994 y 1996 y que han sido consideradas en la Actualización de la Disponibilidad Media Anual de Agua Subterránea Acuífero (0320) Santiago Estado de Baja California Sur, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de agosto de 2009 efectuada en apego a la NOM-011-CONAGUA-2000. Del análisis realizado con respecto a la vinculación de los instrumentos de planeación y ordenamientos jurídicos aplicables, se identificó que el SAR se encuentra en un contexto reglamentado y planificado por dichos instrumentos con usos asignados “Turismo” y “Conservacionista”, por ende, se ha previsto el desarrollo de la zona teniendo como elementos de orientación estos dos criterios básicos. Así, de dicho análisis se determinó que el proyecto es compatible, pues se ajusta a la vocación de uso de suelo Turismo y Conservacionista y cumple con los límites establecidos de ocupación establecidos en el POELMC. Respecto del Plan de Ordenamiento Ecológico del Municipio de Los Cabos, B.C.S. (POELMC) publicado en la Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 31 de Agosto de 1995, el proyecto se propone en un predio de 3,770.5 hectáreas regulado en su totalidad por dicho Plan el cual clasifica al territorio del Municipio en Unidades de Gestión Ambiental, atribuyendo una Política Ambiental y una Vocación de Uso de Suelo a cada una de ellas.
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Como se indica, la propiedad abarca una superficie de 3,770.5 hectáreas, de las cuales 2,741.96 hectáreas (72.7% de la superficie total) se localizan dentro de la UGA T-13; 336.7 hectáreas (8.9 % de la superficie total) se localizan dentro de la UGA T-14; mientras que 691.8 hectáreas (18.3 % de la superficie total) se localizan dentro de la UGA T-19. El POELMC define para dichas UGA T-13, T-14 y T-19 las siguientes políticas, vocaciones de Uso de Suelo y Criterios Ecológicos: UGA
Política
T-13
Conservación
T-14
Conservación
T-19
Conservación
Vocación del Uso del Suelo Aptas para turismo de densidad bruta hasta 10 cuartos/ha y usos conservacionistas de baja densidad y poca demanda del ambiente Aptas para turismo de densidad bruta hasta 10 cuartos/ha y usos conservacionistas de baja densidad y poca demanda del ambiente Aptas para la conservación y actividades productivas de baja densidad y poca demanda sobre el ambiente preservación de la naturaleza y uso forestal.
Adicionalmente define que a cada UGA le aplican los siguientes criterios ecológicos: Criterios Ecológicos aplicables a la UGA T-13: A 1, B 1 al 5, C 1al 4, D 1 al 2, K 18, E 1 al4, F 1 al 4, F 6 y 8, I 1 al 22, J 1al 6. Criterios Ecológicos aplicables a la UGA T-14: A 1, B 1 al 5, E 1 al 4, F 1 al 4, F 6 y 8, H 1, H 3 al 6, I 1 al 22, J 1 al 6, K 19 al 23. Criterios Ecológicos aplicables a la UGA T-19: D 1 y D 2 En la fracción del predio localizada dentro de la UGA T-13 el proyecto contempla la construcción y operación de infraestructura necesaria para la actividad turística, en una superficie total de ocupación de 1,130.7 hectáreas (41.3% de la superficie del predio localizada dentro de la UGA T13) en las cuales efectuará el Cambio de Uso de Suelo de Terrenos Forestales a favor del uso de suelo Turismo que prevé la vocación de la UGA T-13, con lo cual el proyecto cumple con la Vocación de Uso de Suelo en lo relativo a “Aptas para turismo”. UGA
T-13
Política
conservación
Vocación del Uso del Suelo
Aptas para turismo de densidad bruta hasta 10 ctos/ha y usos conservacionistas de baja densidad y poca demanda del ambiente
Criterios Ecológicos Aplicables A1 B 1-5 C 1-4 D 1-2 K 18 E 1-4 F 1-4, 6 y 8 I 1-22 J 1-6
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En dicha superficie destinada al turismo se contará con una capacidad instalada de 4,020 cuartos hoteleros distribuidos en 8 hoteles y 6,061 viviendas (equivalentes a 18,183 cuartos hoteleros); lo cual acumulado equivale a una densidad bruta de 8.1 cuartos/ha. Es importante señalar que dada la superficie de 2,741.96 hectáreas del predio que se distribuyen en la UGA T-13, dicha porción del predio cuenta con un potencial máximo de instalación de hasta 27,419 cuartos hoteleros, por lo que el proyecto cumple con la densidad bruta permitida “hasta 10 cuartos/ha” para dicha UGA T-13 con una densidad menor al límite previsto en el POELMC. En la fracción del predio localizada dentro de la UGA T-13 el proyecto destina 1,611.24 hectáreas (58.76% de la superficie del predio localizada dentro de la UGA T-13) como Reserva con Uso Conservación, con lo cual el proyecto también se da cumplimiento a la Vocación de Uso de Suelo prevista para la UGA T-13, en lo relativo a “usos conservacionistas de baja densidad y poca demanda del ambiente”. El proyecto se propone en una propiedad cuya superficie total es de 3,770.5 hectáreas, de las cuales 336.7 hectáreas (8.9 % de la superficie total) se localizan dentro de la UGA T-14, siendo que a dicha UGA le corresponde la siguiente Política, Vocación del Uso del Suelo y Criterios Ecológicos: UGA
Política
Vocación del Uso del Suelo
Criterios Ecológicos Aplicables A1
T-14
Conservación
Aptas para turismo de densidad bruta hasta 10 ctos/ha y usos conservacionistas de baja densidad y poca demanda del ambiente
B 1-5 E 1-4 F 1-4, 6 Y 8 H 1, 3-6 I 1-22 J 1-6 K 19-23
Del total del predio; una fracción de 336.7 hectáreas se localizan dentro de la UGA T-14 (8.9 % de la superficie total del predio). En la fracción del predio localizada dentro de la UGA T-14 el proyecto contempla la construcción y operación de infraestructura necesaria para la actividad turística, en una superficie total de ocupación de 88.6 hectáreas (26.3% de la superficie del predio localizada dentro de la UGA T-14) en las cuales efectuará el Cambio de Uso de Suelo de Terrenos Forestales a favor del uso de suelo Turismo que prevé la vocación de la UGA T-14, con lo cual el proyecto cumple con la Vocación de Uso de Suelo en lo relativo a “Aptas para turismo”. En dicha superficie destinada al turismo se contará con una capacidad instalada de 60 cuartos hoteleros distribuidos en 1 hotel y 80 viviendas (equivalentes a 240 cuartos hoteleros); lo cual acumulado equivale a una densidad bruta de 0.9 cuartos/ha. Es importante señalar que dada la superficie de 336.7 hectáreas del predio que se distribuyen en la UGA T-14, dicha porción del predio cuenta con un potencial máximo de instalación de hasta 3,367 cuartos hoteleros, por lo que el proyecto cumple con la densidad bruta permitida “hasta 10 cuartos/ha” para dicha UGA T14 muy por debajo del límite máximo autorizado por el POEL.
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En la fracción del predio localizada dentro de la UGA T-14 el proyecto destina 248.1 hectáreas (73.7% de la superficie del predio localizada dentro de la UGA T-14) como Reserva con Uso Conservación, con lo cual el proyecto también se da cumplimiento a la Vocación de Uso de Suelo prevista para la UGA T-14, en lo relativo a “usos conservacionistas de baja densidad y poca demanda del ambiente”. De la superficie del total del proyecto que es de 3,770.5 hectáreas, 691.8 hectáreas (18.3 % de la superficie total) se localizan dentro de la UGA T-19, siendo que a dicha UGA le corresponde la siguiente Política, Vocación del Uso del Suelo y Criterios Ecológicos: UGA
T-19
Política
Vocación
conservación
Aptas para la conservación y actividades productivas de baja densidad y poca demanda sobre el ambiente preservación de la naturaleza y uso forestal.
Criterios Ecológicos Aplicables D1
D2
En la fracción del predio localizada dentro de la UGA T-19 el proyecto contempla destinar el total de las 691.8 como Reserva con Uso Conservación libre de infraestructura, con lo cual el proyecto da cumplimiento a la Vocación de Uso de Suelo prevista para la UGA T-19, en lo relativo a “Aptas para la conservación y actividades productivas de baja densidad y poca demanda sobre el ambiente preservación de la naturaleza y uso forestal”. En la fracción del predio localizada dentro de la UGA T-19 no se contempla dotación de densidad inmobiliaria. Respecto del análisis de todos los instrumentos regulatorios vinculantes y de los instrumentos No Vinculantes antes señalados, se identifica que el proyecto se apega a las disposiciones jurídicas aplicables por lo que se concluye que el proyecto cumple con los instrumentos legales aplicables
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Principales impactos ambientales.
La evaluación de los impactos ambientales se llevó a cabo a nivel “multiescala”, con un enfoque en tres escalas, cada una está enfocada a valorar en un contexto acorde a los diferentes niveles de complejidad del proyecto. De esta manera se identificaron y valoraron los impactos ambientales considerando las interacciones “Proyecto a escala de SAR”, “Proyecto-Componentes Ambientales” y “Elementos del proyecto-Componentes Ambientales”. Del análisis realizado, se identificaron, en las tres escalas, impactos adversos pero ninguno es significativo. A las escalas “Proyecto a escala de SAR” y “Proyecto-Componentes Ambientales” se identificaron impactos benéficos que contribuyen con la consolidación del uso Turismo y uso Conservacionista, establecidos en el POELMC. Únicamente a escala “Proyecto a escala de SAR”, se identificaron impactos adversos y benéficos acumulativos. En el estado actual del SAR, ninguno de los impactos identificados provoca alteraciones significativas en los ecosistemas y sus recursos naturales o en la salud, que
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puedan obstaculizar la existencia y desarrollo del hombre y de los demás seres vivos, así como la continuidad de los procesos naturales. Los impactos ambientales adversos identificados a nivel “Proyecto a escala de SAR” son: a) Reducción de la Amplitud de los Ambientes presentes en el SAR por el uso de suelo turismo, b) Presión sobre la administración de Recursos Naturales y Servicios, por transformación del uso del territorio en el SAR, acorde a las políticas de Desarrollo previstas y c) Presión sobre la administración de Recursos Naturales y Servicios, por crecimiento poblacional (residente y temporal) en el SAR, acorde a las políticas de Desarrollo previstas. Los beneficios que se generan por el desarrollo del proyecto son: i) Consolidación del uso Turismo y Conservacionista previsto por el POELMC para las UGAS T-13, T-14 y el Uso Conservacionista de la UGA T-19 y ii) Contribución a la consolidación del modelo de Desarrollo previsto por el Gobierno del Estado de BCS. El Agua utilizada en las actividades económicas del proyecto, será tratada y reutilizada en el propio proyecto, sin que exista descarga de aguas residuales al medio ambiente, esto se implementará mediante una estrategia integral de uso eficiente del agua, en todo el ciclo de uso de la misma, desde su extracción y conducción de los pozos al sitio del proyecto, dentro de las instalaciones donde se le de uso, hasta su tratamiento y uso posterior en el riego y mantenimiento de campos de golf y de las áreas verdes asociadas al proyecto, esto favorece la infiltración y mejora de las condiciones micro climáticas dentro del sitio de desarrollo del proyecto. Todo ello se plasma en un Programa de Disponibilidad de agua y un Programa integral de Hidrología y Procesos Litorales que definen estrategias, líneas de acción y mecanismos de medición de eficiencia y eficacia en su aplicación. Consciente de la magnitud del desarrollo, además de una planeación y diseño sustentable del proyecto respecto del consumo de agua, el consumo de energía es también un elemento clave en el diseño, previendo el aprovechamiento de la energía solar en la iluminación de todas las áreas públicas del desarrollo, así como de los servicios básicos de las instalaciones hoteleras, residenciales y de servicios, liberando con ello energía de la Red de abasto y reduciendo asimismo su huella ecológica por la autogeneración de energía de forma directa. El grupo inversionista asiático es líder en el desarrollo uso y aplicación de tecnologías de generación de energía limpia, particularmente de la energía solar, por lo que este elemento es una fortaleza del proyecto que garantiza la aplicación de tecnología de vanguardia y un uso eficiente de la energía. Como todo proyecto de desarrollo, la evaluación de los impactos ambientales directos e indirectos, han permitido diseñar una estrategia de atención preventiva, de mitigación y compensación que garantice la sustentabilidad del sitio del proyecto sin comprometer el equilibrio ecológico de la región. En este sentido, la remoción de la cobertura vegetal, prevista en la autorización de Cambio de Uso de Suelo de Terrenos Forestales, además de aportar los recursos económicos de compensación al Fondo Forestal Mexicano, como lo establece la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, que ya han sido aportados, ha previsto el establecimiento de un Banco de Germoplasma, que favorezca las acciones de revegetación y restauración de la cobertura
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vegetal con especies del propio ecosistema en el sitio, sino que contribuya con las acciones del Gobierno Federal, Estatal y Municipal en sus programas, con la certidumbre de disponer, en este banco de germoplasma, del material genético propio de la región con lo que contribuye a conservar la riqueza florística de la zona. Por lo que respecta a la fauna, el 67.7% de la superficie total de la propiedad, se le ha dado un destino de uso de Conservación, superficie dentro de la cual, se mantendrá un Programa de rescate y reubicación de la fauna silvestre que garantice, por medio de su aplicación y evaluación de resultados, la continuidad de los procesos evolutivos de las especies de fauna características de la región en su entorno natural. Otra de las externalidades propias del desarrollo de la sociedad, es la generación de residuos, tanto el servicio de recogida como de transporte y disposición final de residuos, es un elemento que se considera como acción propia del proyecto; el diseño, construcción y operación de una instalación para manejo de residuos sólidos urbanos, será un compromiso a ejecutar de manera conjunta con el Municipio, para dotar de este servicio, hoy inexistente en la región de Cabo del Este, no solo al proyecto Cabo Dorado, sino a todas las poblaciones cercanas como lo son, entre otras, La Riviera y Cabo Pulmo, donde la basura generada es hoy por hoy enterrada y/o quemada con los consecuentes impactos adversos al ambiente que esto genera. En congruencia con los compromisos de mitigación y adaptación al cambio climático, Cabo Dorado ha considerado en su desarrollo una serie de elementos que le dan congruencia a su desarrollo con estos mecanismos y contribuyen a la reducción de su huella de carbono. En primer lugar, las edificaciones que se localizan frente a la línea de costa, además de ser respetuosas en la protección y conservación de la duna costera activa de la playa, la cual se localiza sobre la cota +2 msnm, ha previsto como límite de edificación en frente de playa la cota +6msnm esto ha sido considerando los modelajes de incremento del nivel del mar en los próximos 50 años, así como el oleaje de marejada en casos extremos. Esta medida permite preservar el equilibrio ecológico en la playa y el frente de mar así como proteger a la población, como mecanismo de adaptación al cambio climático. Por otra parte, por lo que respecta a las emisiones atmosféricas, el desarrollo prevé limitar el uso de vehículos automotores dentro del mismo, desarrollando un sistema de transporte interno del proyecto que minimice el uso de vehículos y favorezca la reducción de gases de efecto invernadero. En este sentido el grupo inversionista asiático es líder en el desarrollo equipos y proyectos de transporte público lo que facilita el acceso a tecnología de punta y su aplicación en el proyecto. Como elemento de fortaleza del proyecto, el establecimiento de un mecanismo de intercambio y capacitación en temas de investigación y desarrollo, Cabo Dorado, será el medio por el cual la población de jóvenes de la región, como primera beneficiaria, dispondrá de elementos para participar en los programas de educación y formación profesional que se prevé que existan en el proyecto. Esto conlleva el fortalecimiento de las actividades económicas y el incremento en la calidad de vida de la población de la región. El desarrollo de un Centro de Investigación del Gofo de California, como mecanismo de intercambio y de desarrollo de recursos humanos, se prevé que contribuya en el fortalecimiento de las actividades de protección y Conservación del Parque Marino Nacional Cabo Pulmo, desde acciones de difusión y educación ambiental, hasta el
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desarrollo de líneas de investigación y generación de conocimiento en este rico ecosistema de la región, así como de los vastos y valiosos recursos naturales que existen en el Golfo de California y sus islas.
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Medidas de mitigación, compensación o restauración.
La administración de las estrategias para la prevención y mitigación de los impactos ambientales, a través del Sistema Integral de Gestión Ambiental (SIGA) propuesto, fija dos ámbitos de aplicación. El primero se da en el ámbito de planeación que está conformado por tres subsistemas que integran la información relativa a las “estrategias ambientales”, “acciones ambientales” e “índices ambientales”. El segundo ámbito corresponde al de operación que integra un “programa general de cumplimiento ambiental” y 11 programas específicos. La aplicación del SIGA prevendrá y mitigará los impactos identificados para el proyecto, a la vez que permitirá llevar a cabo la planificación, implementación, revisión y medición de las actividades que se ejecutarán durante el desarrollo del proyecto.
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Justificación de elección del sitio respecto a otras posibles alternativas.
El proyecto se propone en un territorio que ha sido valorado y definido a través de procesos democráticos y participativos de definición de las alternativas de desarrollo, siendo que el Programa Estatal de Desarrollo, el POELMC y el conjunto de autorizaciones con que cuenta el titular en el ámbito de competencia de otras autoridades convergentes, acotan las alternativas a respetar las Políticas Ambientales del POELMC y la Vocación de Uso de Suelo Turismo y Conservacionista previstas para el territorio en cuestión. Por lo que es la única alternativa para el proyecto. Cabo Dorado se plantea como un proyecto que se concibe como el medio capaz de amalgamar lo mejor de las culturas de la Cuenca del Pacifico en un espacio sustentablemente planificado y desarrollado, con una amplia participación de la población local y regional que contribuya el desarrollo sustentable de Baja California Sur y de México, en un esquema innovador de desarrollo en armonía con el ambiente y con la participación de la población local.
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