Vol. 03. N° 14
Septiembre 07 de 2018
ISSN 2500-5030
Observatorio S&D
Escuela Superior de Guerra “General Rafael Reyes Prieto” Centro de Estudios Estratégicos sobre Seguridad y Defensa Nacionales Boletín del Observatorio de Seguridad y Defensa
ESCUELA SUPERIOR DE GUERRA “General Rafael Reyes Prieto”
OBSERVATORIO S&D 2018. Boletín digital. ESCUELA SUPERIOR DE GUERRA “General Rafael Reyes Prieto” Centro de Estudios Estratégicos sobre Seguridad y Defensa Nacionales (CSEDN) Bogotá D.C., Colombia.
DIRECTIVOS
Director: Mayor Gener al Fr ancisco J avier Cr uz Ricci Subdirector: Br igadier Gener al I.M. Oscar Eduar do Her nández Dur án Director CSEDN: Cor onel Milton Or lando Var gas Mar iño Jefe de Investigación: Teniente Cor onel (RA) Car los Alber to Ar dila Castr o, Ph.D (e) Editora: Er ika Paola Ramír ez Benítez M.A. (c) Asistente editorial: Felipe For er o Rodr íguez
El Boletín del Observatorio de Seguridad y Defensa del Centro de Estudios Estratégicos sobre Seguridad y Defensa Nacionales (CSEDN), es una publicación virtual quincenal que recoge temas de la coyuntura nacional e internacional y análisis crítico producto de sus investigadores. Las ideas expuestas son de exclusiva responsabilidad de sus autores y no expresan la posición oficial ni el pensar institucional de la Escuela Superior de Guerra “General Rafael Reyes Prieto” o del Centro de Estudios Estratégicos sobre Seguridad y Defensa Nacionales
Derechos exclusivos de publicación y distribución de la obra del Centro de Estudios Estratégicos sobre Seguridad y Defensa Nacionales (CSEDN). Esta publicación tiene periodicidad quincenal.
¿Cómo citarnos? Apellido, N. (Año. mes, día). Título del artículo. Observatorio S&D, Vol. (N°). Recuperado de [Dirección electrónica]
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CONTENIDO
Centro de Estudios Estratégicos sobre Seguridad y Defensa Nacionales. La Cooperación Internacional en Haití: Antes y Después del terremoto 2010 (II). Carlos Alberto Ardila Castro PhD (c) .......................................................................................……05
La Crisis Migratoria Como Nueva Tendencia En Pactos Internacionales (II) . Jaime Cubides Cárdenas PhD(c) & Natalia Andrea Torres Galindo ..………...................... 09 La migración como un problema de seguridad en América Latina, caso de Brasil: consideraciones desde el constructivismo. Farid Camilo Rondón Raigoza..………………..……………….…..…………...…..……...……….15 Militarización de la policía estadounidense: un terreno peligroso. Rafael Pirazán Hernández.……………………...…..……..…………...…..……………….………..19 Ciberseguridad en la Unión Europea. Felipe Forero Rodríguez......……………………..…..……..…………...…..….………..….............23 Japón fortalece su equipamiento militar al considerar a Corea del Norte como una amenaza. Andrés Castillo Montoya...…..……………………..……..…………...…..………..………...……...25 Evolución de la Estructura del Grupo Terrorista AQMI y sus Estrategias Tácticas en Malí Andrea Carolina Coy Garzón.……………………..……..…………...…..………..………...……...29
Departamento Ejército. El dilema de la seguridad: un acercamiento al caso de oriente medio. Ricardo Andrés Coronado González ...…..…..……………………..………..…..………...……...31
Comunidad externa
El liderazgo en la toma de decisiones. Abdon Estibenson Uribe Taborda – Escuela Posgrados de la Fuerza Aérea Colombiana….35
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CONTENIDO
Recursos Académicos Libros sugeridos…...…………………………….……………...……………………………..39 Artículos sugeridos..…………………………………………...……………….……………..40
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La Cooperación Internacional en Haití: Antes y después del Terremoto 2010 (II)1. Carlos Ardila Castro PhD (c). - Jefe de Investigación ESDEG2 Continuando con el análisis de las situaciones que se presentaron antes y después del terremoto en Haití, en la presente entrega se realizó una descripción de los contextos históricos, económico político y social, caracterizando la necesidad de una respuesta internacional con el fin de estabilizar el país y neutralizar los efectos negativos que dicha situación generaría para el continente. Entender el contexto histórico, político, social y económico permite conocer las verdaderas necesidades de una nación. El caso haitiano constituye un claro ejemplo de lo anterior, en esta nación han sucedido fenómenos muy particulares que configuraron su actual situación, como por ejemplo, fue el país que primero logro su independencia y fue promotor de las independencias de varias naciones latinoamericanas, pero a diferencia de estas, no ha logrado consolidarse como un estado moderno.
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Se puede iniciar la historia de Haití, desde el 5 de diciembre de 1492, día en que Cristóbal Colon piso tierra en una isla habitada por indígenas arawak, caribes y tainos, llamándola la Hispaniola. En el año de 1640, se inicia el asentamiento de aventureros franceses² en la isla de la Tortuga. En 1647, España y Francia firman el tratado de Ryswich, lo cual permitió la presencia de una mayor cantidad de colonos franceses y con ella, la importación de esclavos africanos con el fin de atender las necesidades agrícolas principalmente el cultivo de la caña de azúcar. Con lo anterior, se formó la comunidad de Saint Domigue. Según Lockward, “la formación de la comunidad de St Domigue y sus peculiaridades en términos de religión, origen de los pobladores-tanto blancos como mulatos y negros-, así como de la presencia de filibusteros y bucaneros, sin considerar el hecho de que la población negra hablaba idiomas diferentes que correspondían a la zona en que fueron hechos prisioneros, daban una configuración particular a la colonia” (Lockward, 2010). En el año 1717, se nombra a Charles de Belnac como gobernador de la isla. En 1722 se produce el primer levantamiento de colonos, lo cual ocasiono la prohibición del
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Artículo corto de análisis coyuntural resultado del proyecto de investigación: “Desafíos para la Seguridad y Defensa Nacional de Colombia”, que hace parte de la línea de investigación: “Políticas y modelos de seguridad y defensa” del grupo de investigación “Centro de Gravedad”, reconocido y categorizado en (A) por COLCIENCIAS registrado con el código COL0104976 vinculado al Centro de Estudios Estratégicos sobre Seguridad y Defensa Nacionales (CSEDN), adscrito y financiado por la Escuela Superior de Guerra “General Rafael Reyes Prieto”, Colombia. 1
Director de la Investigación. Doctorando en Educación de la Universidad Internacional Iberoamericana, Magíster Honoris Causa en Inteligencia Estratégica de la Escuela de Inteligencia y Contrainteligencia “Brigadier General Ricardo Charry Solano”, Colombia. Magister en Relaciones y Negocios Internacionales de la Universidad Militar Nueva Granada, Colombia. Profesional en Ciencias Militares de la Escuela Militar de Cadetes “General José María Córdova”, Colombia. Jefe de Investigación de la Escuela Superior de Guerra de la República de Colombia. Contacto: carlosardilacastro@gmail.com y/o ardilac@esdegue.mil.co 2
Principalmente Bucaneros y Filibusteros, quienes vivían del contrabando, la piratería y de criar cerdos y animales salvajes. 5
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porte de armas a los hombres de color, siendo fijados los límites de la parte española y francesa en el año de 1776, los cuales no correspondes a los actuales. Finalmente, en el tratado de Basilea en el año de 1795, España cede a Francia la parte oriental de la isla. En el año de 1802, llega un ejército enviado por Napoleón para sofocar la revueltas del general Toussaint, haciéndolo prisionero y enviándolo a Francia en donde muere cautivo. Aprovechando esta situación, los generales Petion y Dessalines inician la búsqueda de la independencia definitiva de la metrópoli, lográndola el 1 de enero de 1804 cuando Jean Jacques Dessalines se proclamó gobernador vitalicio y posteriormente emperador. En todo el siglo XIX, Haití se debatió entre la inestabilidad política y el gobierno de una serie de dictadores militares que finalizaron en 1913 con la elección del primer presidente civil Michel Oreste (Lockward, 2010). La situación en el siglo XX no cambio mucho pasando por una invasión de los Estados Unidos que ocurrió desde 1915 hasta 1934, en estos diecinueve años de ocupación no se logró delinear y fortalecer el Estado, generando más inestabilidad e intervención de República Dominicana en la época del dictador Leónidas Trujillo. François Duvalier quien en un principio prometía cambios en la sociedad se posesiono en 1957 y permaneció en el poder hasta 1971 año de su muerte, dejando el poder a su hijo Jean Claude Duvalier quien lo ejerció hasta 1986, anteriores gobiernos crearon una de las más sangrientas historias en la política haitiana.
Con la caída de los Duvalier asumió Leslie Manigat en 1987, para ser depuesto por un golpe militar en 1988. En 1991, fue elegido Jean Bertrand Aristide que a su vez fue depuesto el 30 de septiembre por un golpe, se mantuvo en el exilio y en 1995, fue repuesto con ayuda del gobierno norteamericano, en el año 1996 entrega el poder al actual presidente René Preval. Contexto Económico Entre los países del hemisferio, Haití es considerado el más pobre, lo es solo menos 22 naciones africanas, de un total de 174 estados, según el informe de PNUD³. Las principales causas de esta situación son: la inestabilidad, la ausencia de gobernabilidad y una gran corrupción que permea todos los escenarios del país. Algunos de los indicadores económicos más importantes son:
“Población viviendo con menos de USD 1 por día: 53,9% (2001) Ingreso per cápita: 400 USD PIB per cápita: 1844 USD Tasa de crecimiento anual del PIB: 0.4% Inflación anual: 27% Deuda externa total: 1.225 millones de dólares (2004) Deuda externa per cápita: 140 dólares (2004) Total neto de ayuda oficial al desarrollo: 200 millones de dólares (2003) Gasto público en salud: 3% del PIB (2003) Ayuda extranjera: 30-40 % del presupuesto anual
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Según el PNUD (2007-2009), Haití ocupo el puesto 146 entre 177 con un IDH de 0,529. 6
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Cuadro 1. Exportaciones anuales brutas de Haití en millones de dólares.
Fuente: Banco Central de Haití (s.f.)
Importaciones: 1.375 millones de dólares (2003) Exportaciones: 469 millones de dólares (2003)” (Oppenherimer, 2009).
Se puede observar según palabras de Ángel Lockward (2010), que Haití no ha crecido económicamente desde 1960: Haití tiene unos 40 años sin crecimiento económico y desde 1960 hasta 1996 exhibe un promedio anual de -1,6%, el que después del a salida de Duvalier, en vez de ser menos, se incrementó en 5,2%, lo que quiere decir que, aunque parezca mentira, vivían mejor, en términos económicos durante la dictadura. En el Cuadro 1, se puede observar la evolución de las exportaciones de Haití en el periodo de 2003 al 2008. En el ámbito político, Haití a lo largo de su historia se ha caracterizado por la existencia de diferentes regímenes dictatoriales, como los ocurridos desde su independencia hasta 1995 con la reposición de Aristide y en 1996 la elección del actual
presidente René Preval. Lo anterior, ha generado que sus estructuras políticas no se hayan consolidado y que su configuración como Estado haya sufrido un retardo considerable con respecto a otras naciones del continente. Los poderes públicos que coexisten en Haití son los siguientes: el poder legislativo, compuesto por la Cámara de Diputados y el Senado; el poder ejecutivo, que es ejercido por el Presidente de la República, como jefe de estado y el primer ministro como jefe de gobierno; y el poder judicial, ejercido por la Corte de Casación y sus cortes tribunales subalternos. Los tres están en constante confrontación y mutuamente se debilitan, por las pugnas dentro de los diferentes grupos de interés que se mueven por intereses particulares y generan un alto grado de corrupción desde el alto gobierno. Haití se considera como un estado fallido, según Sonia Aldas Mejías, las características que definen esta situación coinciden con la realidad haitiana así:
Una situación de violencia prolongada donde las facciones enfrentadas se 7
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disputan el control de los recursos nacionales. Bandas armadas que sin aspirar a alcanzar el poder tienen el control de determinadas áreas del territorio del país. Un grave deterioro de la calidad de vida de los ciudadanos que carecen de los servicios más básicos (salud, vivienda, educación, justicia) e infraestructuras. Desmoronamiento de las estructuras que garantizan un mínimo de estabilidad y seguridad. Las Fuerzas Armadas, en el caso haitiano, la policía son capaces de mantener el orden y el cumplimiento de la ley” (Instituto Español de Estudios Estratégicos, 2005).
La situación social de Haití se podría considerar la más grave dentro de Latinoamérica, presentándose algunos de los indicadores menos positivos:
Esperanza de vida al nacer: 53 años (2005-2010)
Tasa de natalidad: 29 nacimientos por cada 1.000 habitantes (2005-2010) Tasa de mortalidad: 13 muertes por cada 1.000 (2005-2010) Mortalidad niños menores de 1 año: 74 de cada 1.000 niños vivos Desnutrición total: 74% del total de la población Acceso a servicios sanitarios: 34% de la población Médicos: 25 por cada 100.000 habitantes Alfabetismo adulto: 52% Población económica mente activa: 40.7% del total (2004) Desempleo: 5% de la PEA (2003)” (Ibíd.).
El contexto histórico, económico, político y social, ha ocasionado que Haití se convierta en uno de los países más pobres del mundo, siendo objeto de la ayuda de la cooperación internacional, la cual ha pasado por diferentes etapas las cuales las veremos en el artículo siguiente.
Referencias. Feldmann, A., Montes, J. E. & Piraces, S. (2009). Haití: huracanes en un año de calma. Revista de Ciencia Política, Vol. 29(2), pp. 453-469. Garcia Encina, C. (2010). Haití: EEUU y la ayuda militar ante los desastres naturales. Real Instituto El Cano. Recuperado de: https://goo.gl/WjNv8o Gauthier, A. (2010). Haití: geopolítica revuelta después del terremoto. Real Instituto El Cano. Recuperado de: https://goo.gl/XiUVUW Instituto Español De Estudios Estratégicos. (2005). Crisis locales y seguridad internacional: El caso haitiano. Cuadernos de estrategia No131. Madrid. Lockward, A. (2010). Haití, la tragedia. Bogotá: Cangrejo Editores. Malamud, C. (2004). Haití: España debe decir sí. Real Instituto El Cano. Recuperado de: https:// goo.gl/DDdoxF Oppenheimer, A. (2009). Los estados Desunidos de Latinoamérica. Madrid: Algaba Ediciones. Vargas Llosa, M. (2009). Sables y Utopías, visiones de A mérica Latina. Bogotá: Aguilar.
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La Crisis Migratoria Como Nueva Tendencia En Pactos Internacionales (II)1 Jaime Cubides Cárdenas PhD(c)2 CSEDN & Natalia Andrea Torres Galindo3 – Universidad Católica de Colombia 1. Pactos Internacionales en Colombia Según el jurista Torres (2016), “los derechos humanos responden al discurso internacional, en el cual los Estados suscriben compromisos internacionales frente a sus iguales y, bajo las condiciones del Derecho Internacional Público, cumplen con esas obligaciones.” (p. 32) Por ello, en el presente acápite, se desarrolla el primer eje temático donde se citan los diferentes Pactos Internacionales atinentes al derecho al asilo ratificados por Colombia, ubicados de manera cronológica, los cuales resumidos se encuentran:
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El primer Pacto Internacional ratificado por Colombia fue la Convención4 sobre asilo, suscrita en la VI Conferencia Panamericana de La Habana, el 20 de febrero de 1928 y ratificada por Colombia por medio de la Ley 75 de 1931, la cual regula las relaciones mutuas entre varios países de América, dentro de los cuales se encuentran Venezuela, Colombia y Argentina, para conceder el derecho de asilo y se establece en sus cuatro artículos, a quienes no se les concedería5 este derecho, y si se concede a casos particulares el derecho será limitado. Segundo, se encuentra la Convención sobre Asilo Político, ratificada por Colombia por medio de la ley 15 de 1936, en la cual países como Argentina, Colombia y Venezuela aprueban que, se sustituirá el artículo 1o de la Ley 75 de 1931 por el mismo texto exceptuando que si será lícito el asilo de dichas personas y deberán ser entregadas de inmediato cuando el Gobierno Local lo requiera.
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Artículo corto alineado al proyecto de investigación : “Desafíos para la Seguridad y Defensa Nacional de Colombia – Fase III”, que hace parte de la línea de investigación: “Políticas y modelos de seguridad y defensa” del grupo de investigación “Centro de Gravedad”, reconocido y categorizado en (A) por COLCIENCIAS registrado con el código COL0104976 vinculado al Centro de Estudios Estratégicos sobre Seguridad y Defensa Nacionales (CEESEDEN), adscrito y financiado por la Escuela Superior de Guerra “General Rafael Reyes Prieto”, Colombia. En colaboración con el grupo de investigación “Persona, Instituciones y Exigencias de Justicia”, reconocido y categorizado en A1 por COLCIENCIAS, registrado con el código COL0120899, vinculado al Centro de Investigaciones Socio jurídicas de la Universidad Católica de Colombia (CISJUC), adscrito a la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de Colombia. 2
Abogado, y especialista en Derecho Público de la Universidad Autónoma de Colombia, especialista y Magíster en Docencia e Investigación con énfasis en las ciencias jurídicas de la Universidad Sergio Arboleda y Magíster en Derecho de la misma casa de estudios, Doctorando en Derecho en la línea de investigación de Derecho Constitucional de la Universidad de Buenos Aires, Argentina. Docente asociado e Investigador Senior y Líder del Grupo de Investigación: “Persona, Instituciones y Exigencias de Justicia” con código COL0120899 con Categoría A1 en Convocatoria 781 de 2017 de Colciencias y el cual, está vinculado al Centro de Investigaciones Socio Jurídicas de la Universidad Católica de Colombia (CISJUC). Contacto: jacubides@ucatolica.edu.co. 3
Auxiliar de investigación del Grupo de Investigación “Persona, Instituciones, Exigencias de Justicia” e integrante del Semillero de Investigación “Observatorio de Justicia Constitucional y Derechos Humanos” vinculado al Centro de Investigaciones Socio-Jurídicas (CISJUC) de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de Colombia. Estudiante de derecho de la misma casa de estudios. Contacto: natorres61@ucatolica.edu.co. 9
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Tercero, la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, ratificada por la Ley 35 de 19616, en la cual por primera vez se da un concepto de refugiado7, se estableció las medias para su protección, imponiéndoles deberes y aclarando los derechos de los cuales son acreedores. De igual manera, considerando que la concesión del derecho de asilo puede resultar excesivamente onerosa para ciertos países, la solución satisfactoria de los problemas cuyo alcance y carácter internacionales han sido reconocidos por las Naciones Unidas, es por medio de la solidaridad internacional. Por ello que, se reconoce el carácter social y humanitario del problema de los refugiados, y la Convención tiene por
objetivo hacer cuanto le sea posible por evitar que este problema se convierta en causa de tirantez entre Estados. Sin embargo la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, ha sido foco de críticas ya que “las insuficiencias que este sistema de protección de derechos recibe manifiestan la necesidad de actualizarlo atendiendo a las condiciones sociales actuales”. (Merino, 2008, p.2) Aspecto que será analizado más adelante dentro de este acápite. Cuarto, la Convención sobre Asilo Territorial, suscrita en la X Conferencia Interamericana de Caracas en 1954 y ratificada por medio de la Ley 92 de 1962, que establece claramente cuándo procede el derecho al asilo, con las prerrogativas
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Es necesario hacer una precisión conceptual debido a que, para algunos autores se entiende que los Pactos, Convenios y Tratados Internacionales son términos especiales y diferentes y para otros son sinónimos, por ello en esta ponencia se acoge la postura de que son sinónimos, pues se acepta la tesis de que estos son arreglos que de manera general buscan proteger los derechos humanos por medio de negociaciones entre Estados parte, esto quiere decir que, en principio no habría ninguna diferencia so pretexto de los nombres; este es el caso de la Naciones Unidas (2006) quienes expresan que dentro de los principales Tratados Internacionales de Derechos Humanos se encuentran los Pactos Internacionales tales como el “Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales” (p. 9), el “Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos” (p. 23) y los diferentes convenios como el “Convenio de la Organización Internacional del Trabajo de 1948” (p. 13), “Convenio de La Haya sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en materia de Adopción Internacional” (p. 126), “los cuatro convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949” (p. 176), “Convenio sobre las migraciones en condiciones abusivas y la promoción de la igualdad de oportunidades y de trato de los trabajadores migrantes (Nº 143), Convenio relativo al trabajo forzoso u obligatorio (Nº 29) y el Convenio relativo a la abolición del trabajo forzoso (Nº 105)” (p. 179). 5
Artículo 1o.” No es lícito a los Estados dar asilo en Legaciones, navíos de guerra, campamentos o aeronaves militares, a personas acusadas o condenadas por delitos comunes, ni a desertores de tierra y mar. Las personas acusadas o condenadas por delitos comunes que se refugiaren en alguno de los lugares señalados en el párrafo precedente deberán ser entregadas tan pronto como lo requiera el gobierno local. Si dichas personas se refugiaren en territorio extranjero, la entrega se efectuará mediante extradición y solo en los casos y en la forma que establezcan los respectivos tratados y convenciones o la Constitución y Leyes del país de refugio” . 6
Artículo citado en el pie de página número 10.
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Artículo 1: “Definición del término "refugiado" A. A los efectos de la presente Convención, el término "refugiado" se aplicará a toda persona: (…) debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país; o que, careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos, fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera regresar a él. En los casos de personas que tengan más de una nacionalidad se entenderá que la expresión "del país de su nacionalidad" se refiere a cualquiera de los países cuya nacionalidad posean, y no se considerará carente de protección del país de su nacionalidad a la persona que, sin razón válida derivada de un fundado temor, no se haya acogido a la protección de uno de los países cuya nacionalidad posea (…)” 10
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necesarias para que los Estados partes se puedan autodeterminar en algunos casos por medio de reservas. Quinto, se encuentran los “Pactos Internacionales de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de Derechos Civiles y Políticos, así como el Protocolo Facultativo de este último, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en votación Unánime, en Nueva York, el 16 de diciembre de 1966”, ratificados por Colombia por medio de la Ley 74 de 1968. En el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos se impone la necesidad entre los Estados parte de reconocer el derecho humano a la igualdad entre hombres y mujeres, el de la vida aboliendo la pena de muerte y la esclavitud, protegiendo la dignidad humana prohibiendo cualquier tipo de tortura, tratos crueles e inhumanos, garantizando el derecho a la libertad, libre circulación, presunción de inocencia, libertad de pensamiento, entre otros. Sin embargo, se hará especial énfasis en el artículo 13 del mencionado Pacto, pues establece: Artículo 13. El extranjero que se halle legalmente en el territorio de un Estado Parte en el presente Pacto sólo podrá ser expulsado de él en cumplimiento de una decisión adoptada conforme a la ley, y, a menos que razones imperiosas de seguridad nacional se opongan a ello, se permitirá a tal extranjero exponer las razones que lo asistan en contra de su expulsión, así como someter su caso a revisión ante la autoridad competente o bien ante la
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persona o personas designadas especialmente por dicha autoridad competente, y hacerse representar con tal fin ante ellas. (Naciones Unidas Derechos Humanos, 1966). Como se puede apreciar, en el Pacto solamente se reduce a decir cuando se aplica el derecho al asilo, por lo tanto, se procede a ampliar su definición citando el artículo 27 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948) que indica que: Toda persona tiene el derecho de buscar y recibir asilo en territorio extranjero, en caso de persecución que no sea motivada por delitos de derecho común y de acuerdo con la legislación de cada país y con los convenios internacionales. Como de igual manera se encuentra establecido en el artículo 14 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) que afirma: 1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país. 2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas. De esta manera, se empieza a reconocer como derecho humano; la consecuencia que se deriva de este reconocimiento implica para el Estado acogedor la garantía de otros derechos, por ejemplo, la persona migrante puede: 11
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Buscar protección fuera de su país de origen o de residencia habitual y disfrutar de ella en caso de huir de un conflicto que pone su vida en peligro y tener fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un determinado grupo social. La persecución por motivos de género, incluida aquella motivada por la preferencia sexual y la identidad de género, están incluidas en las causas de persecución que reconoce este derecho. (Comisión Española de Ayuda al refugiado, s. f) Lo que conlleva a que los países que los acogen deben velar por que no tengan ningún tipo de discriminación, tanto a nivel personal, es decir por pertenecer a alguna raza, religión o un tipo de preferencia sexual, como a nivel laboral, pues se les debe brindar garantías de supervivencia dignas que los ayuden a adquirir un mejor estilo de vida. Sexto, se encuentra la Convención Americana Sobre Derechos Humanos8 ratificado por Colombia por medio de la Ley 16 de 1972, y específicamente en el artículo 22 del derecho de Circulación y de Residencia, numeral 7o, se establece que: “Toda persona tiene el derecho de buscar y recibir asilo en territorio extranjero en caso de persecución por delitos políticos o comunes conexos con los políticos y de acuerdo con la legislación de cada Estado y los convenios internacionales”. En este caso,
todos los países del continente de América se ven en la obligación de permitir la estadía de las personas que se encuentren en situación de persecución conforme a lo que determine la normativa interna y los convenios entre países. Séptimo, la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, suscrita en Cartagena de Indias el 9 de diciembre de 1985, ratificada por medio de la Ley 409 de 1997, tiene como propósito consolidar en América las condiciones que permitan el reconocimiento y respeto de la dignidad inherente a la persona humana y asegurar el ejercicio pleno de sus libertades y derechos fundamentales. Además, prevé en el artículo 15 sobre la aplicación del derecho al asilo que: “Nada de lo dispuesto en la presente Convención podrá ser interpretado como limitación del derecho de asilo, cuando proceda, ni como modificación a las obligaciones de los Estados parte en materia de extradición”. Finalmente, en el puesto octavo se encuentra la Convención Interamericana contra el Terrorismo, ratificada por la Ley 1108 de 2006, donde se establecen las condiciones en las que se da el derecho al asilo y cuando se da su negación, exactamente: Artículo 13. Denegación de asilo. Cada Estado Parte adoptará las medidas que corresponda, de conformidad con las disposiciones pertinentes del derecho interno e internacional, a fin de asegurar que el asilo no se otorgue a las personas
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La Corte Interamericana de Derechos Humanos, por medio de sentencias, opiniones consultivas y supervisiones de cumplimiento, en su labor de garantizar y defender los derechos humanos y derechos pactados en la Convención Americana de Derechos Humanos, sanciona a los Estados parte por el incumplimiento de lo pactado (Cubides, Castro y Barreto, 2017). 12
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respecto de las cuales haya motivos fundados para considerar que han cometido un delito establecido en los instrumentos internacionales enumerados en el artículo 29 de esta Convención.
Como es evidente, Colombia ha tenido una gran preocupación por normativizar el derecho al asilo, “sin embargo, el cumplimiento por parte del Estado de estas obligaciones ratificadas internacionalmente, ha sido una tarea no lograda en la práctica” (Cubides, Grandas & Gonzales, 2016, p. 46); los Pactos Internacionales firmados solo se reducen a establecer cuándo procede o no este derecho y solamente la Convención sobre el Estatuto de Refugiados ratificada por Colombia por medio de la Ley 35 de 1961, hace un pronunciamiento
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profundo a la aplicación de este derecho, elaborando un concepto, imponiendo los deberes y obligaciones que tiene un refugiado y previendo otras situaciones de carácter laboral, educativo y social, pero como es claro, es un Pacto muy antiguo el cual no puede satisfacer a cabalidad las necesidades actuales por las que se vive en el país, porque el contexto histórico de cuando se firmó al actual es totalmente diferente, y una de las grandes discrepancias radica en que, al momento de su firma no había tanto flujo de personas como lo es hoy en día. De esta manera, se procede a analizar la problemática actual de la migración venezolana en donde se ha visto afectado el país de Colombia y en la cual se evidencia el número creciente de personas que se trasladan de un territorio a otro.
(Cita fuera de texto) ARTÍCULO 2. INSTRUMENTOS INTERNACIONALES APLICABLES. 1. Para los propósitos de esta Convención, se entiende por “delito” aquellos establecidos en los instrumentos internacionales que se indican a continuación: a) Convenio para la represión del apoderamiento ilícito de aeronaves (…) b) Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la aviación civil (…) c) Convención sobre la prevención y el castigo de delitos contra personas internacionalmente protegidas, inclusive los agentes diplomáticos (…) d) Convención Internacional contra la toma de rehenes (…) e) Convenio sobre la protección física de los materiales nucleares, firmado en Viena el 3 de marzo de 1980. f) Protocolo para la represión de actos ilícitos de violencia en los aeropuertos que prestan servicios a la aviación civil internacional, complementario del Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la aviación civil, firmado en Montreal el 24 de febrero de 1988. g) Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la navegación marítima (…) h) Protocolo para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de las plataformas fijas emplazadas en la plataforma continental, hecho en Roma el 10 de marzo de 1988. * 13 i) Convenio Internacional para la represión de los atentados terroristas cometidos con bombas (…)
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La migración como un problema de seguridad en América Latina: El caso de Brasil y las consideraciones desde el constructivismo. Farid Camilo Rondón Raigoza — CSEDN. El tema de la migración en América Latina ha sido poco trabajado en la región en términos de leyes y políticas, dado que, con excepción de unos países en determinados periodos de su historia (como Argentina, Brasil, Chile o Venezuela), la región no ha tenido grandes oleadas de inmigrantes, pero si se ha consolidado en las últimas décadas ruta de migración. Latinoamérica ha sido históricamente poco atractiva para las migraciones en comparación con países como Estados Unidos. No obstante, actualmente la discusión es central ya que se ha dado un fenómeno de migración a nivel regional (desde Venezuela) que atañe a todo el continente, y que, por lo tanto, lleva a nuevas consideraciones sobre lo que representa este fenómeno para los países latinoamericanos. En el presente texto, se tiene como objetivo esbozar unas consideraciones parciales sobre lo que puede implicar este fenómeno migratorio en los apuntes sobre seguridad en la región, y de forma específica en Brasil; haciendo uso de la teoría constructivista, desde la visión de la Escuela de Copenhague. En ese orden, la hipótesis que se intenta sostener es que el fenómeno tiende hacia una securitización por parte de los países vecinos, a pesar de que haya posiciones contrarias y divergentes al respecto.
En este marco, se señala el concepto de securitización, que hace referencia al hecho de que un asunto público se convierte en una amenaza, saliendo del escenario político, para entrar al ámbito de la seguridad (Escáñez, s.f.). Esto, se da con el objetivo de que se puedan tomar medidas extraordinarias respecto a un tema de importancia, sacándolo del debate democrático. En ese orden de ideas, esta teoría considera que la seguridad es un concepto construido socialmente, es decir, no es estático; depende del momento y las decisiones políticas. Al respecto, se debe señalar que existe un actor securitizador, es decir, un ente que se encarga de categorizar la amenaza y darle relevancia en él ámbito nacional, este es por antonomasia el Estado (Escáñez, s.f.). También se da la audiencia, la cual hace referencia a quienes son objetos de percepción de ese fenómeno y se busca que lo conciban como amenaza (Escáñez, s.f.). En el caso de la migración y su construcción como amenaza a la seguridad, se puede rastrear una tendencia que comienza con el atentado del 11 de septiembre de 2001, después del cual, Estados Unidos empieza a tener leyes y políticas migratorias más fuertes, haciendo clasificaciones de emigrantes y amplios controles (Vélez, 2008). Todo ello,
Fuente: Sayão (2018). 15
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justificado bajo el entramado de que este constituía un asunto de Seguridad Nacional. Bajo esta óptica, se señala que América Latina tiene un desafío en cuanto a cómo considerar la migración de venezolanos en el continente, y en específico, en Sudamérica. Se señalan dos posturas y tendencias: una primera, en términos de considerar el problema de forma humanitaria; y una segunda, que lleva a darle especial relevancia a los impactos que tiene en el ámbito de la seguridad de los Estados. Esto no implica que sean contrarias y que no se puedan manejar de forma correlacionada. Un caso reciente para la discusión es el caso brasileño, dado que:
De acuerdo a la información que maneja la gobernación de Roraima [Estado de Brasil fronterizo con Venezuela], este año ingresaron 30 mil inmigrantes venezolanos. Este flujo sin control incrementó el “tráfico de drogas, de personas y de armas”. Por ese motivo el general Gustavo Dutra, jefe de la Primera Brigada de Infantería de la Selva se reunió con la gobernadora Campos para tratar la delicada situación fronteriza (“Brasil analiza militarizar […]”, 2018, párr. 5). Por lo cual, el tema se empieza a manejar bajo la óptica de la seguridad, y por ello, ante la tensa situación que se manejaba en la frontera por la sobresaturación en la prestación de servicios (“Brasil analiza militarizar […]”, 2018, párr. 5). El presidente Michel Temer, acepta la propuesta de la
gobernadora de Roraima Suely Campos, y militariza los límites con Venezuela. De esta manera, “el mandatario afirma que tomó la medida para garantizar la seguridad de los brasileños que viven en Roraima y la de los venezolanos que cruzan la frontera huyendo de la crisis” (“Brasil militariza la […]”, 2018). No obstante, es necesario tener en cuenta que el presidente brasileño se había resistido a militarizar la frontera (“Michel Temer […]”, 2018); sin embargo, el creciente descontento en la población lleva a que se genere un fenómeno, en el cual el actor principal de la securitización es la ciudadanía, mientras que la audiencia es el gobierno. Ya que, se lleva a que se tome la decisión de militarizar a partir de procesos de violencia producidos por los brasileños, como se dio cuando “grupos de hombres cargando piedras y palos, incendiaron tiendas de campaña y otros artículos pertenecientes a los venezolanos. El incidente forzó a unos 1,200 migrantes a regresar a Venezuela y al gobierno brasileño a militarizar la zona” (“Países vecinos colocan […]”, 2018, párr. 4). La migración, ante sus dimensiones y afectación, es sacada del debate público y pasa a ser reconocida como un tema de seguridad; lo cual, permite que se puedan tomar acciones que hagan frente a la crisis; llevándolo a cabo de la misma forma que se ha hecho en Río de Janeiro, por medio del aumento del pie de fuerza militar (Bill, 2018). Estas no necesariamente tienen que ser efectivas, en el presente caso de Brasil, al tener una frontera de 2.200 kilómetros (“Brasil analiza militarizar […]”, 2018), puede, al aumentar sus controles, incentivar que se aumente el tránsito por pasos clandestinos, dejando a las migraciones a manos de grupos ilegales y la delincuencia (Artola, 2005). 16
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Ahora bien, este fenómeno no solo se produce en Brasil: Buena parte de la logística en la región está coordinada y ejecutada por efectivos del Ejército lo que ha generado críticas, como la del Consejo Nacional de Derechos Humanos que en mayo cuestionó la "militarización" del operativo y dijo que "va en contramano de lo estipulado en la nueva Ley de Migración de sustituir el paradigma de la seguridad nacional por la lógica de los derechos humanos (“Michel
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Temer […]”, 2018, párr. 8). Empero, en la construcción de la amenaza, la migración se posiciona como un tema de relevancia para las elecciones cercanas que se efectuarán en Brasil. Esto afecta al pueblo brasileño quien empieza a ver los migrantes como una amenaza para la seguridad de su territorio. Por lo tanto, los hacen objeto de sus políticas de seguridad, siendo el gobierno el encargado de pasar este debate público al ámbito de la seguridad por medio de la militarización, y aplicándose, de esta manera, un debate amplio que debe ser entendido tomando como base la teoría de la securitización.
Referencias. Artola, J. (2005). Debate actual sobre migración y seguridad. Migración y Desarrollo, (5). Bill, R. (2018). El auge de los militares en América Latina. The New Y ork Times. Recuperado de: https://goo.gl/PGYwxg Brasil analiza militarizar la extensa frontera que comparte con Venezuela (2018). El Clarín. Recuperado de: https://goo.gl/khXeTN Brasil militariza la frontera con Venezuela: minuto a minuto de la crisis migratoria. (2018). CNN Español. Recuperado de: https://goo.gl/pgqZXo Delgado, A. (2018). Países vecinos colocan trabas para rechazar éxodo venezolano. El Nuevo Heraldo. Recuperado de: https://goo.gl/ybmxQu Escáñez, F. (s.f.). La teoría del poder estructural y la securitización: Una propuesta teórica para el estudio de las transformaciones del poder y la seguridad. Madrid: Universidad Complutense de Madrid. Recuperado de: https://goo.gl/tGDqct Michel Temer: Es inapropiado cerrar la frontera Brasil-Venezuela. (2018). El Nacional. Recuperado de: https://goo.gl/bCQrQL Rivera, F. (2008). Migraciones y seguridad. Universidad Andina Simón Bolívar. Recuperado de: https://goo.gl/HCynp7
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Estado de la migración venezolana
Fuente: El Comercio (2018)
La crisis de migrantes venezolanos ya se ha categorizado como un tema de relevancia a nivel regional, por lo cual, Brasil no es el único país que se encuentra tomando medidas respecto a ellos. Por esto, de forma subcontinental, 12 países (Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Ecuador) se reunieron en Quito el 4 de septiembre. En esta reunión acordaron seguir acogiendo migrantes a partir de los lazos de “hermandad” y “solidaridad”, sin dejar de lado sus procesos de seguridad (Once países latinoamericanos […], 2018). En tal sentido, se señala: Se trata de una exigencia destinada a garantizar la seguridad de los emigrantes, evitar el tráfico de personas, la violencia sexual contra los emigrantes y la xenofobia, pero también destinada a garantizar la seguridad de las propias sociedades de acogida (“Once países latinoamericanos […]”, 2018, párr. 9).
Once países latinoamericanos acuerdan seguir acogiendo migrantes venezolanos (4 de septiembre de 2018). El Espectador. Recuperado de: https://goo.gl/AHe9Yx 18
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Militarización de la policía estadounidense: un terreno peligroso. Rafael Pirazán Hernández - CSEDN La Guerra Civil en los Estados Unidos, es uno de los acontecimientos más importantes en la historia de ese país. La denominada Era de la Reconstrucción, que la sucedió, fue un escenario en el que se forjaron varios elementos que sostienen la actual democracia estadounidense. Uno de ellos, instalado por el Acta Posse Comitatus, es la aguda diferenciación entre las funciones derivadas de la defensa nacional (national defense/ security) y la seguridad interior (homeland security) o el orden público (law enforcement), así como los roles de las Fuerzas Militares, que corresponden exclusivamente a la primera categoría (Tighe & Brown, 2015). Esto, ha sido determinante para las relaciones cívico-militares y aquellas entre las fuerzas de protección civil y la ciudadanía, como un ejemplo para el diseño de la arquitectura institucional de los sectores de seguridad y defensa en otros países. El acta pretendía, en su momento, limitar el poder del Gobierno Federal sobre los Estados, impidiéndole ejercer control sobre sus territorios a través del uso de las Fuerzas Militares para el mantenimiento del orden público, sin la autorización expresa del Congreso (Tighe & Brown, 2015). De ahí, se deriva la aún vigente premisa de que, sólo fuerzas de carácter policial, bajo la jurisdicción de cada Estado o del Gobierno Federal, pueden ocuparse de las operaciones de seguridad interna —en el caso de Estados
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Unidos, las policías estatales y, en circunstancias excepcionales, la policía federal. No obstante, varios acontecimientos han abonado el terreno para que lo anterior no se cumpla a cabalidad y esto se ha hecho evidente en los últimos años.
Capacidades insuficientes A través de los años, han existido intenciones claras de revisar el A cta Posse Comitatus para hacerla más flexible y/o considerar excepciones coyunturales. Un ejemplo reciente tuvo lugar en 2005, durante la administración de George W. Bush. El huracán Katrina hizo evidentes las dificultades que pueden suponer los desastres naturales para las fuerzas de protección civil de los Estados, e incluso para la Guardia Nacional y la Guardia Costera, sobre las cuales no recae la restricción de Posse Comitatus. Su magnitud, en varios casos, puede exceder las capacidades de dichos cuerpos y, por lo tanto, socavar la efectividad en la protección de los ciudadanos y sus bienes. El gobierno de Bush planteó entonces la reconsideración del Acta, con miras a la utilización de capacidades militares en la atención de catástrofes como ‘Katrina’ (Powell, 2005). Esto podría llevarse a cabo mediante la participación directa de los servicios militares o el equipamiento y/o entrenamiento de las fuerzas policiales con capacidades de naturaleza militar. No obstante, la idea enfrentó la férrea oposición de distintos sectores, tanto en esa ocasión como en cualquier otro momento en que se promoviera, como en 2007, cuando se presentó la iniciativa ante el Congreso sin éxito alguno (Behreandt, 2008). Sin embargo, 19
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la revisión del Acta ya venía discutiéndose por una razón diferente y, ciertamente, más controversial. La disyuntiva frente al terrorismo Los sucesos ocurridos el 11 de septiembre de 2001, dieron lugar a cambios significativos a nivel nacional e internacional, que derivaron en la denominada guerra contra el terrorismo. Este último, un fenómeno que se reconoció como la principal amenaza para los ciudadanos y naciones del mundo, preocupaba de forma especial a los Estados Unidos. Además, en el intento por formular una estrategia para combatirlo, se vislumbró un escenario en el que los Estados se enfrentarían a actores irregulares, cuyas capacidades no podían calcularse fácilmente; un reto para el cual no estaban preparados. En los Estados Unidos, como en otros países, se elevaron ante la opinión pública y la esfera política preocupaciones por la deficiencia de las capacidades de las fuerzas de seguridad interna —las policías estatales y la federal— para sortear amenazas terroristas, que ocurriesen en los confines de su jurisdicción, perpetradas por actores diversos y no estatales, configurándolos como parte de sus competencias y no las de las Fuerzas Militares. Este debate incluía la posible revaluación del A cta Posse Comitatus, pues esta estableció la frontera entre dichas competencias e impuso como deseable el carácter no militar de las policías (Manley, 2003). Lo anterior, plantea una disyuntiva que pondría a prueba la administración Bush, muy pronto, en 2002. Bush y sus consejeros en seguridad nacional, consideraron el posible despliegue de tropas en los suburbios
de Buffalo (Nueva York), tras conocerse la presencia de individuos aparentemente relacionados con Al-Qaeda, con la presunta intención de operar allí. Aunque el entonces Presidente, se abstuvo de esta medida, algunos de sus consejeros argumentaron que él, como Comandante en Jefe, tenía la potestad de emplear los servicios militares dentro del territorio nacional para la protección de la ciudadanía (Mazzetti & Johnston, 2009). Esto no fue suficiente para convencerle de sobrepasar los límites del Posse Comitatus y esa decisión sentaría un precedente respecto a la idea de involucrar tropas militares en operaciones de seguridad interna, aún en el contexto de la lucha contra el terrorismo. Policías con dotación militar No obstante, la necesidad de robustecer las capacidades de las policías en Estados Unidos era una realidad y, para lograrlo, se han utilizado recursos que, aunque legales, ponen en peligro un elemento crucial en la concepción estadounidense de la seguridad interna: el carácter no militar de las fuerzas policiales. Principalmente, el equipamiento de las policías estatales con dispositivos militares, transferidos desde los servicios militares; un procedimiento avalado por el programa 1033 de 1997, que le permite al Departamento de Defensa traspasar el exceso de material a su disposición a otras agencias públicas (Haltiwanger, 2017). Ese material, que ha pasado gradualmente a manos de las agencias policiales, incluye armamento y tecnología militar, que no suele ser empleado por un servicio encargado de preservar el orden público. No fue hasta 2014, bajo la administración de Barack Obama, que se 20
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impondría una restricción a esa práctica equiparable a una progresiva militarización de las policías. Esto, tras las masivas críticas de quienes consideraban que la policía disponía de armamento más pesado del necesario para atender situaciones de orden público (Haltiwanger, 2017). Así, se hizo evidente el creciente fortalecimiento del músculo armado de las policías que, aunque deban atender nuevas amenazas relacionadas con el terrorismo y —más frecuentemente— con fenómenos en auge como el crimen organizado, aún cuentan entre sus funciones el mantenimiento del orden público y la protección cotidiana de la ciudadanía. Esto es polémico en un país donde las relaciones entre los oficiales de policía y los ciudadanos han sido marcadas por casos lamentables de abuso de la autoridad. El escenario actual La actual administración Donald Trump, en poco más de año y medio, ha levantado dicha
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restricción y reactivado el equipamiento de las policías con material de grado militar. Consigo, se han revigorizado las críticas desde diversos sectores. En el debate público, ha sido expresada la preocupación por las posibles consecuencias y, se ha alertado que se puede estar gestando una “mentalidad de guerra” en los oficiales (Haltiwanger, 2017). Esto, es un escoyo gigantesco cuando se trata de preservar el carácter no militar de las fuerzas policiales y se suma a los elementos más hostiles de la coyuntura estadounidense: una situación de seguridad frágil, que involucra temas como el acceso a las armas, el terrorismo, los conflictos raciales, el consumo de drogas y el crimen organizado. Además de un gobierno cuyas decisiones propician, frecuentemente, la salida masiva de personas a las calles en señal de protesta. Estos factores no hacen una buena fórmula, ni para las relaciones entre la policía y la ciudadanía ni para la salud de la primera como agencia pública.
Referencias Behreandt, D. (2008). Congress Reverses Posse Comitatus Act Changes. Retrieved from: https:// goo.gl/k2z8QD Haltiwanger, J. (2017). Trump Endorses Militarization of Police, Rolls Back Obama-Era Restrictions on Providing Military Gear. Retrieved from: https://goo.gl/EFDkiC Manley, G. J. (2003). The Posse Comitatus Act Post-9/11: Time For A Change? Retrieved from: https://goo.gl/n6zSQU Mazzetti, M., & Johnston, D. (2009). Bush Weighed Using Military in Arrests. Retrieved from: https://goo.gl/21twdU Powell, S. (2005). Bush considers changes to Posse Comitatus Act. Retrieved from: https:// goo.gl/1mrm1J Tighe, S. & Brown, W. (2015). The Militarization of Law Enforcement: Bypassing the Posse Comitatus Act. Retrieved from: https://g oo.gl/UyZjAE
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La reactivación del Programa 1033
La militarización de la policía en Estados Unidos, que ha tenido lugar mediante el traspaso de tecnología y armamento militar a las agencias de policía para ser utilizado en sus labores de seguridad interna, encuentra su fundamento en el programa 1033 de 1997. Aunque la administración de Barack Obama había impuesto restricciones sobre el mismo, el gobierno de Donald Trump las ha levantado, argumentando que el aprovechamiento de esta práctica puede servir como herramienta de disuasión del crimen organizado. Tras la medida, anunciada el año pasado, el Fiscal General defendió su conveniencia en distintas ocasiones denominándola, incluso, como una forma de “salvar vidas”. A pesar de esto, las críticas no han sido pocas y en el debate público se sigue evaluando la pertinencia (McDonald, 2018). Aunque las razones esbozadas desde el Gobierno no parecen disipar los reparos de varios sectores de la sociedad, la gran posibilidad para ratificar la idoneidad
del robustecimiento de las capacidades de las policías, poniendo a su disposición material militar, es que resulte efectiva —y eficiente— en la lucha contra el crimen y la delincuencia organizados. La mitad del periodo presidencial de Trump está cerca y con ello se harán balances en todas las áreas; si el correspondiente a la seguridad interna en las zonas involucradas es favorable, la reactivación del programa 1033 podría sumar partidarios.
McDonald, E. (4 de Septiembre de 2018). Militarization of police has no effect on crime, but might harm reputation in community, study says. Recuperado de: https://goo.gl/bR4Zn2 22
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Ciberseguridad en la Unión Europea. Felipe Forero Rodríguez – CSEDN En un contexto que se desarrolla velozmente en consecuencia de la globalización y del creciente flujo de información, la ciberseguridad se impone como uno de los temas más importantes de la última década. Conforme a ello, surgen una serie de amenazas en el ciberespacio, por lo cual, los gobiernos actualizan sus estrategias en esta materia. Cada vez es mayor, el esfuerzo conjunto entre distintas instituciones, tanto al interior de Estados, como de manera conjunta, por afrontar las amenazas de manera adecuada. En las décadas pasadas, las naciones europeas han enfrentado los mismos desafíos y retos que Estados Unidos, en términos de ciberseguridad. Sin embargo, Estados Unidos posee algunas ventajas frente a Europa: una sola política exterior, unas Fuerzas Armadas centralizadas, poder legal y presupuestal del Gobierno Federal. Mientras que, Europa, se ve frenada en gran medida por: la diversidad de políticas exteriores propias de cada Estado; las distintas Fuerzas Armadas existentes; el doble desarrollo que le deben dar a sus políticas de ciberseguridad de manera simultánea, tanto a nivel nacional, como multilateral, buscando agrupar soberanías, mediante la Organización del Tratado del Atlántico Norte -OTAN- (Ilves, Evans, Cilluffo & Nade, 2018). Ejemplo de lo anterior, es la reciente aprobación del gabinete germano de la nueva
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organización para crear su agencia de ciberseguridad propia. La decisión busca, que Alemania cuente su versión de una Agencia de Proyectos de Investigación Avanzada de defensa. La cual lleva el nombre de A gencia para la Innovación en Ciberseguridad y contará con un presupuesto de 230 millones de dólares para el periodo de 2019 – 2022 (“German Cabinet approves […]”, 2018). En la actualidad, uno de los debates actuales sobre la seguridad en Internet, gira en torno tanto a, la necesidad, como a los límites de la acción pública de cara a los procesos de descentralización de Estados y, al ciberespacio privado. Lo anterior, es contrario a la visión original de una Internet autorregulada, descentralizada y resiliente. La cual, se ha visto comprometida, dadas vulnerabilidades estructurales que van allá del alcance de cualquier actor individual (Bossong, Wagner, 2018). Dichas vulnerabilidades, están siendo crecientemente explotadas por un número en incremento de actores dañinos. Estos actores, cada vez más, ofrecen sus servicios y productos de malware a la venta, los cuales son ampliamente accesibles y disponibles a nivel mundial. Este fenómeno, ha obligado a los gobiernos, a inclinarse por procesos multiactor y por enfoques de governancia coordinada, para mejorar la ciberseguridad. Lo anterior, no solo en términos de actores estatales, se acude también a privados y, a actores de otro tipo (Bossong, Wagner, 2018).
Otra característica propia de la ciberseguridad, es lo reciente. Es un tema que nace en el marco de la Guerra Fría, y que
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empieza a ser ampliamente estudiado hasta la década de los 90. Esto, junto con el rápido desarrollo del flujo de datos que se da en la misma época y el amplio mercado que se abre entre la población civil del común, hacen que las estrategias construidas a nivel macro, para defenderse de ciberataques tiendan a verse entorpecidas por las tensiones respecto, al monitoreo de privados, como a la propiedad privada del ciberespacio. Prueba de lo anterior, es que la legislación existente en la Unión Europea UE- frente a este tema es muy reciente y se puede apreciar el carácter inmediatista subyacente. Es hasta el año 2001, que se empieza a legislar en la UE para hacer frente a esta nueva amenaza. “El Marco Directriz en combatir el fraude y la falsificación de instrumentos electrónicos de pago, el cual define comportamientos fraudulentos los cuales los Estados miembro de la UE deben tomar en cuenta al definir ofensas castigables por la ley” (Beşliu, 2017). Respecto a lo anterior, y haciendo una revisión rápida de la bibliografía existente, algunas de las conclusiones obtenidas son:
Lo nuevo del tema y, por tanto, lo nuevo de la legislación existente, lleva a que las medidas preventivas no se construyan con gran proyección a nuevas amenazas, resulta demasiado complejo. En consecuencia, las medidas han sido inmediatistas. Sea obligatorio crear esfuerzos conjuntos entre actores de diferente tipo como lo son: empresas privadas, particulares, Estados, órganos multilaterales, organizaciones no gubernamentales, entre otras. Si un país se ve limitado en su actuar, por legislación o tratados vinculantes – como miembros de la UE o de la OTAN - o, se tienen problemas para legislar en conjunto – como en la UE – dichos Estados, deben fortalecer sus esfuerzos internos y preparar su infraestructura, en caso de que se tomen medidas en bloque. Se debe financiar, en mayor medida, la investigación sobre ciberseguridad para construir estrategias e infraestructura preventiva y no inmediatista.
Referencias. Beşliu, D. (2017). Combating Cybernetic Offenses – A need for European Security. Retrieved from https://goo.gl/bL8Uxi Bossong, R. & Wagner, B. (2017). A typology of cybersecurity and public-private partnerships in the context of the EU. Crime, Law and Social Change, 67(3), pp. 265-288. doi:http:// dx.doi.org/10.1007/s10611-016-9653-3 Ilves, L. K., Evans, T. J., Cilluffo, F. J., & Nadeau, A. A. (2016). European union and NATO global cybersecurity challenges: A way forward. Prism: A Journal of the Center for Complex Operations, 6(2), pp. 126-141. Retrieved from: https://goo.gl/U4bhf7 Sebastian Sprenger: German Cabinet approves new cybersecurity agency. (2018). Fifth Domain. Retrieved from: https://goo.gl/ZfPFnf 24
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El fortalecimiento militar de Japón: medida frente a la identificación de Corea del Norte como amenaza Andrés Castillo Montoya - CSEDN En consecuencia de las amenazas nucleares y misilísticas de Corea del Norte y la creciente actividad aérea y naval de China en la región (McCurry, 2018), el ministro de Defensa de Japón ha solicitado un aumento de su presupuesto para el ámbito militar al parlamento nipón. De ser aprobado por la Dieta, el gasto militar aumentaría en un 2.1% a 5.2 trillones de yenes (47.6 billones de dólares) (Wakatsuki & Westcott, 2018). Entre las adquisiciones propuestas en el presupuesto, se encuentran seis cazas F-35A (por un valor 89.6 millones de dólares) (Wakatsuki & Westcott, 2018) y dos sistemas de misiles de defensa anti-balísticos terrestres Aegis Ashore americanos (equivalentes a 266 millones de dólares), los cuales serían desplegados específicamente para seguir e interceptar misiles norcoreanos (McCurry, 2018). Adicionalmente, el Ejército japonés busca financiar la compra de un interceptor barco-a-aire SM-3 Block IIA con rango y precisión expandidos, además de mejorar sus jets y destroyers para hacerlos compatibles con interceptores avanzados (McCurry, 2018). Este equipamiento militar, se sumaría a otros dos sistemas A egis A shore, misiles SM3 y misiles Patriot A dvanced Capability-3 comprados a los Estados Unidos tan sólo ocho meses atrás, cuando el gabinete japonés afirmó que debía proteger continuamente y
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sostenidamente al país del desarrollo nuclear de Corea del Norte (McCurry, 2017). Dicho reforzamiento de las capacidades militares del Estado asiático corresponden a que Pyongyang, desde inicios de 2016, ha llevado a cabo tres pruebas nucleares y ha lanzado 40 misiles balísticos. De los cuales, dos fueron disparados sobre territorio japonés, desencadenando alarmas en las comunidades del norte del país (McCurry, 2018). A raíz de lo anterior, el ministerio de Defensa de Japón, a través de su Libro Blanco, ha anunciado que Corea del Norte continua constituyendo una amenaza seria e inminente para su Seguridad Nacional (Lintner, 2018). Asegurando que, su capacidad nuclear y sus misiles balísticos son una prueba de que el ambiente de seguridad alrededor de Japón es cada vez más severo (McCurry, 2018). Asimismo, el Libro Blanco ha hecho referencia a otros casos de seguridad que Tokio debería considerar dentro del escenario regional. En primer lugar, el documento menciona el gasto militar de Beijing y su actividad naval en el Mar de la China Meridional, además de su actividad aérea y marítima alrededor de las disputadas Islas Senkaku en el Mar de la China Oriental. Al respecto, el ministerio afirmó que Beijing estaba intentando cambiar unilateralmente el statu quo regional a través de la coerción construyendo bases militares en el Mar de la China Meridional y enviando navíos cerca de las Islas Senkaku, las cuales son administradas por Japón pero reclamadas por China. Por otro lado, el reporte también enfatiza las crecientes ambiciones militares de
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Rusia, instando a Tokio a monitorear la actividad del país euroasiático cerca de su frontera marítima, teniendo en cuenta su cercanía con las disputadas Islas Kuril, las cuales fueron tomadas por parte de las tropas soviéticas a finales de la Segunda Guerra Mundial (McCurry, 2018). Finalmente, el reporte concluye exhortando a Japón a fortalecer su alianza con Estados Unidos y a reafirmar sus capacidades defensivas, dadas las potenciales fuentes de fricción que lo rodean. Al respecto, hay que resaltar que Japón ha progresado últimamente sus ejercicios militares conjuntos con aliados como Estados Unidos, Reino Unido y Australia (McCurry, 2018). En virtud de lo anterior, y tan sólo cuatro días después de la solicitud de aumento del presupuesto militar, el ministerio de Defensa ha decidido equipar a la Fuerza Marítima de Autodefensa de Japón con dos destroyers Atago mejorados con misiles estándar 6 (SM-6) de defensa aérea. Ambos navíos estarán equipados con el sistema americano Cooperative Engagement Capability -CEC-, el cual permitirá a los destroyers actuar como parte de una cuadrícula más amplia de plataformas de sensores y armas que permitan a otros navíos equipados con CEC compartir información de vigilancia y enfoque de blancos (Takahashi, 2018). La postura adoptada por Japón, dentro del escalamiento de tensiones entre Tokio y Pyongyang, corresponde a una reacción natural derivada de su obligación como Estado por proteger su Seguridad y Defensa Nacionales dentro del Sistema Internacional. El comportamiento de Corea del Norte,
podría atribuirse a su necesidad de demostrar a sus vecinos, a Estados Unidos y al mundo en general su poderío militar y su arsenal nuclear, lo que constituye una violación de la soberanía nacional y el espacio aéreo de otros Estados al sobrevolar misiles en territorio japonés, infringiendo un principio básico de derecho de internacional público. Históricamente, las relaciones entre Japón y Corea del Norte no han sido las mejores. Han estado marcadas por ambientes de tensión y desconfianza. Esto, se atribuye a varios motivos, entre ellos, el papel colonialista que Japón jugó en la península coreana entre 1910 y 1945 y los secuestros de ciudadanos japoneses por parte de Pyongyang, motivados porque el gobierno norcoreano quería enseñarles japonés a sus espías norcoreanos. Sin embargo, recientemente ha sido posible constatar eventos puntuales que serían un indicio de una mejoría de las relaciones bilaterales entre ambos gobiernos. En primer lugar, se produjo la liberación de un detenido japonés por parte de Corea del Norte, quien había sido capturado por filmar una instalación militar en la ciudad de Nampo, al oriente del país, una actividad que no complace al gobierno norcoreano, pues es juzgada como espionaje (“North Korea releases […]”, 2018). En segundo lugar, se llevó a cabo una reunión entre Japón y Corea del Norte, encabezada por Shigeru Kitamura, jefe del Gabinete de Inteligencia y la Oficina de Investigación de Japón, y Kim Song-hye, alto oficial norcoreano encargado de la reunificación. Esta reunión, podría indicar que ambos países están asumiendo una
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actitud determinada a mejorar las relaciones y propiciar un ambiente bilateral de menor hostilidad y agresividad (Demetriou, 2018). Para finalizar, es posible concluir que Japón, a pesar de reforzar su presupuesto y su arsenal militar, para confrontar la amenaza que representa Corea del Norte para la región, también está cumpliendo un papel conciliador por medio de la diplomacia para sortear la resolución pacífica de las indiferencias entre ambos países. Por su
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parte, Corea del Norte debe cesar las hostilidades y respetar la soberanía de Tokio, concluir sus operaciones nucleares y suspender las operaciones militares que puedan provocar tensiones en las relaciones, siempre abogando por el uso del diálogo y la diplomacia como mecanismos de resolución de conflictos, con el fin de propender por la paz y la seguridad internacionales, como dicta la Carta de las Naciones Unidas.
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Kim Jong Un establece cronograma para desnuclearizar Corea del Norte
Fuente: Reuters (2018)
Kim Jong Un dio a conocer por primera vez un cronograma para desnuclearizar Corea del Norte, apuntando al final del actual mandato de Donald Trump, según aseguraron funcionarios surcoreanos. Kim y el presidente surcoreano, Moon Jae-in, se reunirán en Pyongyang del 18 al 20 de septiembre en el marco de su tercera cumbre y discutirán "medidas prácticas" hacia la desnuclearización, dijo el asesor de seguridad nacional de
Moon, Chung Eui-yong, un día después de reunirse con Kim. La cumbre podría dar un nuevo impulso a las conversaciones entre Corea del Norte y Estados Unidos sobre la desnuclearización luego de que Trump canceló el mes pasado una visita a Pyongyang del secretario de Estado Mike Pompeo, citando la falta de progresos en el tema. El anuncio fue muy bien recibido por el presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, quien escribió en su cuenta de Twitter: “Gracias presidente Kim. ¡Vamos a superar esto juntos!". Kim Jong Un establece cronograma para desnuclearizar Corea del Norte, Trump alaba anuncio. (2018). Dinero. Recuperado de: goo.gl/1i5BjL 28
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Evolución de la Estructura del Grupo Terrorista AQMI y sus Estrategias Tácticas en Malí. Andrea Carolina Coy Garzón CSEDN Malí se encuentra ubicado geográficamente, en la región del Sahel. Dicho país, se ha visto afectado durante años por grandes estructuras terroristas que paulatinamente se han expandido, logrando tomarse el norte del país realizando un alto número de atentados, infundiendo terror, realizando tráfico ilícito de armas y mercancías ilícitas, y logrando realizar ataques de gran magnitud no solo a nivel local sino internacional a través de las distintas alianzas de los grupos terroristas. Malí, ha sido uno de los países más afectados por este conflicto de la región africana, por dicha razón, se realiza un análisis de la expansión del grupo terrorista Al-Qaeda en el Magreb Islámico -AQMIteniendo en cuenta las alianzas que ha realizado en su estructura, las cifras de ataques terroristas en el país hasta el año 2015 y cómo el grupo terrorista AQMI ha evolucionado en el modo de realizar sus ataques (Castro, 2017). El terrorismo yihadista en Malí, se remonta en la década de los años noventa en Argelia, donde autoridades de dicho país impiden la llegada al poder de El Frente islámico de salvación -FIS- como una política en la que las autoridades de Argelia veían una amenaza para países occidentales, esto trajo como consecuencia una guerra civil que dejo aproximadamente 100.000 muertos. Dicha represión hacia el islamismo, generó la creación de grupos terroristas que protegen y
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defienden la yihad de manera global. Para el año 2007, con esta serie de sucesos se creó de manera oficial AQMI, dicho grupo logro unificar todas las células islamistas ubicadas en el Magreb, las cuales, consideran como desleales a quienes no sigan su pensamiento radical. Sin embargo, dicha organización actuaba inicialmente con una especie de franquicia de Al-Qaeda denominado Grupo Salafista para la predicación y el combate -GSPC-, reivindicándose con grupos étnicos, tuaregs, negros africanos fulani y songhhai (Cobo, 2018). Adicionalmente, la AQMI realizó alianzas con distintos grupos terroristas como los son: Front Libération Mancina, A nsar alDin, Ansar al-Shaira, en agosto del año 2013 con Les Signataires para le sang y MUJAO quienes más adelante serían A l-Morabitum el cual sufre una división en el 2015, la cual se divide en parte en alianza con AQMI, y otra parte con el Daesh (Tebas, 2017). Durante el periodo de tiempo del 2000 -2015, según una gráfica de Global terrorism database -GTD-, Malí ha sido el país con mayor cantidad de ataques, y de manera consecutiva con un constate aumento. A partir Imagen 1. Evolución de los atentados terroristas de 2000 a 2015
Fuente: Blanco Castro (2017) 29
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del año 2006, los grupos terroristas inician la realización de ataques, los cuales, tienen un crecimiento paulatino a partir del 2012. Es importante resaltar que, el 2006 fue el año en el que el GSPC y el grupo Al-Qaeda se fusionan y a partir del siguiente año los ataques tienen un considerable aumento (Castro, 2017). El crecimiento de AQMI, inició a ser bastante fuerte, debido a que en sus filas se unieron una gran cantidad de jóvenes islamistas provenientes de Malí y países vecinos como Mauritania, Nigeria y Senegal, los cuales tenían un liderazgo argelino, permitiendo de esta manera, que este grupo se convirtiera en una amenaza de alta difusión, teniendo en cuenta que dichos jóvenes tenían un contacto con la población local (Cobo, 2018). Con esto, hubo un cambio en su forma táctica y que debido a ello, los ataques realizados fueran más contundentes. Los cuales, por lo general, inician con dos o tres personas no mayores de 20 años, quienes normalmente suelen morir durante el ataque, tomando rehenes y dejando una gran magnitud de muertos, empleando como
medios de destrucción carros bomba, vehículos explosivos improvisado, el uso de fusiles automáticos y granadas (Tebas, 2017) Otro factor importante, en el cambio de las tácticas de operación del grupo AQMI, es el de objetivos de ataque, debido a que anteriormente se enfocaban en realizarlos a bases militares en zonas rurales, ahora buscan realízalos en zonas turísticas y lugares de alto nivel económico, centrándose en realizar la mayor cantidad de afectación, para lograr impacto psicológico y que sea mediático a nivel internacional (Tebas, 2017). Esta, es una problemática que no solo afecta la seguridad Nacional de Malí, sino la seguridad Internacional. Siendo una de las razones por las que Malí ha tenido que acudir a la ayuda de otros países como Francia y a las Naciones Unidas, que pone en marcha la misión MINUSMA, con el objetivo de garantizar seguridad, protección de los derechos humanos a personas civiles que se encuentran en la zona ocupada por parte de los terroristas, teniendo en cuenta que la intervención militar por parte de Malí no ha logrado combatir el terrorismo.
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lLa Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en Malí (MINUSMA) fue establecida por el Consejo de Seguridad en su S/RES/2100, de 25 de abril 2013, para apoyar los procesos políticos en ese país y llevar a cabo una serie de tareas relacionadas con la seguridad. Se ha pedido a la Misión que ayude a las autori30 dades de transición de Malí a estabilizar el país y aplicar la hoja de ruta de transición. (Naciones Unidas, 2018)
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El dilema de la seguridad: un acercamiento al caso de Oriente Medio (I). Ricardo Andrés Coronado González – Departamento Ejército A inicios del 2011, el mundo entero presenció una serie de movilizaciones civiles en el norte de África y Oriente Medio. El desarrollo de regímenes autoritarios, la falta de libertades civiles y el deseo de una mayor democratización, hicieron que la olla a presión en que se había convertido esta zona, estallase dejando consecuencias políticas nefastas para algunos países que aún no se recuperan del impacto revolucionario. En Yemen, la insurrección civil logró derrocar al presidente Ali Abdullah Saleh, dando indicios de una posible transición política que cambiaría la sit uación del país arábigo. Sin embargo, simpatizantes de Saleh que pregonaban su regreso al poder, y fuerzas de Abd Rabbu Mansour Hadi (exvicepresidente) se han enfrentado desde entonces por el control del Estado, desencadenando inestabilidad política e institucional en el país. Por otra parte, en Siria, el gobierno de Bashad Al Asad logró reprimir las revueltas propias de la Primavera Árabe; a pesar de ello, dicha movilización fue el inicio de la guerra faccionaria que ha deteriorado al país desde entonces. La falta de control institucional por parte de los Estados mencionados, ha ocasionado que, tanto Irán como Arabia
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Saudita, intervengan de forma indirecta en sus conflictos locales. Los Estados fallidos, se convierten en un área sin dominio que, puede significar ventaja geopolítica y de recursos. Además, el temor de que una de las facciones apoyada por dichas potencias tome el control, ha generado un apoyo militar continuo a las milicias en conflicto, y contribuye a que las disputas lleguen su punto más álgido. Teniendo en cuenta lo anteriormente descrito: ¿Cómo el dilema de la seguridad ha contribuido a la escalada del conflicto en Yemen y Siria? ¿Inseguridad? En el marco de las relaciones internacionales, existe una teoría denominada ‘el dilema de la seguridad’, ajustada y defendida en el seno de las posturas realistas de dicha disciplina. De acuerdo con Pérez Gil (2000): Ninguna autoridad legal o legítima parece que pueda estar revestida de poder para controlar el comportamiento de los Estados soberanos. Una consecuencia de todo esto es que cada uno debe velar por su propia seguridad, protección y supervivencia. La autotutela significa, entonces, que cada Estado adopta por sí mismo las medidas que considera oportunas o adecuadas para proveer su propia defensa. Si bien, cada potencia parece tener sus objetivos geopolíticos y económicos, la necesidad imperante es la seguridad de cada Estado, en un contexto en el cual sus vecinos
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parecen no poder controlar sus problemas internos. En Siria, Rusia y Estados Unidos, han medido sus fuerzas en el marco de los enfrentamientos entre las milicias que, buscan derrocar el poder de Al Sad. Irán, que desde el inicio de su programa nuclear, ha tenido problemas diplomáticos con Estados Unidos, es un fuerte aliado de Rusia y de la causa de Al Asad en Siria. El papel de Irán en la provincia, ha sido crucial, puesto que: "ha construido bases en Siria, enviado miles de efectivos en calidad de asesores militares y ayudado a reclutar, entrenar y armar a combatientes de otros países musulmanes" (“Tejiendo el tapete […]”, 2018). Su apoyo a las milicias chiitas, ha significado un aval en los esfuerzos de Rusia por mantener el statu quo en el país, y le ha brindado un acercamiento al régimen de Al Sad, (de corte chiita) que, en un futuro, podría ser un aliado trascendental de la república islámica debido a sus recursos, y su importancia geopolítica en la región. Aunque Irán ha ganado terreno en el conflicto Sirio, Arabia Saudita no parece querer ceder el poder al bloque ruso; por lo tanto, se ha unido a la causa de Estados Unidos y el bloque occidental en el conflicto. El país Árabe, ha contribuido con esfuerzos económicos y armamentísticos, ya que “multimillonarios de ese país han enviado donaciones al grupo yihadista y se calcula que unos 2.500 hombres sauditas se han incorporado a las filas de Estado Islámico” (“Quien Pelea […]”, 2016). Los esfuerzos, se traducen, en evitar que el bloque liderado por Rusia e Irán logre un pleno
control sobre las provincias clave que se encuentra en disputa y, que han sido objeto de las escaramuzas entre los dos bandos. El otro tablero del ajedrez geopolítico entre las potencias del Medio Oriente es Yemen. El país de la península arábiga representa una zona de gran importancia debido a su cercanía con Arabia Saudita y los Emiratos Árabes Unidos. Desde marzo de 2015, las dos facciones en conflicto, son las del presidente reconocido en el ámbito internacional, Abd Rabbu Mansour Hadi y los combatientes del grupo rebelde chiita denominados: “Huties”. A pesar de la negativa por parte de Irán, en cuanto a su apoyo a los rebeldes Huties, “un informe de las Naciones Unidas indicó, sin embargo, que la nación de los ayatolás suministra material bélico a los insurgentes desde 2009” (Nieto, 2015). Ante el avance del grupo revolucionario chiita en Yemen, Arabia Saudita inició una intervención militar de la mano de una coalición de países árabes, entre los cuales están: Emiratos Árabes Unidos, Qatar, Bahrein y Kuwuait. La razón de dicha intervención, radica en que los países de la coalición “creen que los hutíes no son más que una fuerza intermediaria de Irán” (Velásquez, 2015), de forma que actúan de manera mancomunada para lograr cierto poder en la región. La guerra, entre los bandos financiados por las dos potencias, ha desencadenado en una de las mayores crisis humanitarias del mundo, ya que de acuerdo con amnistía internacional “unos 22,2
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millones de personas yemeníes dependen actualmente de la ayuda humanitaria para sobrevivir. Para impedir la llegada de suministros a las fuerzas huzíes, la coalición dirigida por Arabia Saudí ha impuesto un bloqueo parcial por mar y aire” (“Yemen: la guerra olvidada […]”, s.f.). Lejos de acabar,
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la guerra solo se ha intensificado, y parece que ninguno de los dos bandos quiere abandonar la zona Yemení, la cual a pesar de ser económicamente pobre, es geopolíticamente valiosa en la disputa de Medio Oriente por parte de Arabia Saudita e Irán.
Referencias. Nieto, S. (2015). ¿Por qué apoya Irán a los hutíes de Yemen?. A BC. Recuperado de https:// goo.gl/xF4qt4 Pérez Gil, L. (2000). El dilema de la seguridad nacional en la teoría de las Relaciones Internacionales. Recuperado de https://goo.gl/MwYnLj Quién pelea contra quién en la guerra en Siria. (2016). BBC. Recuperado de: https://goo.gl/ qhT3na "Tejiendo el tapete": la estrategia de Irán en Siria en apoyo del gobierno de Bashar al Asad. (2018). BBC. Recuperado de https://goo.gl/Pov234 Velásquez, M. (2015). ¿Qué pasa en Yemen? Estas son las claves para entender el conflicto. CNN. Recuperado de https://goo.gl/M9728M Yemen: la guerra olvidada. Amnistía internacional. (s.f.) Recuperado de https://goo.gl/DTC4PT
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¿Quiénes son los Hutíes?
Fuente: Global Voices (2015)
Los hutíes o huzíes no son originalmente un grupo armado de oposición, en un principio, hacía referencia a una Familia o Clan de Yemen. No correspondía a una secta o rama religiosa. Sin embargo, el movimiento de rebeldes Ansar Allah, que significa creyentes o ayudantes de Dios, lo tomó como nombre oficial. Ese hecho, se da luego de que su líder Hussein Badreddin al – Houthi fue asesinado en 2004, evento que desata la insurrencción hutí (“Derribando mitos […]”, 2015):
Aunque no existen estadísticas acerca de la composición de los Ansarullah, comúnmente conocidos como hutíes; se cree que muchos de sus miembros son zaidíes pero también provienen de diversas escuelas religiosas del Islam chiita y sunita, incluyendo Ismailismo, Shafiʿi, y Ja’afari. Muchos sunitas y soldados también se unieron a los hutíes y lucharon junto a ellos. De hecho, destacados líderes Shafi’i como Saad Bin Aqeel, Muftí de Ta’iz, pertenecen a los líderes hutíes y oficiaron el sermón del viernes en una de las sentadas previas a su ingreso a la capital.
Derribando mitos acerca de los hutíes en Yemen, un país devastado por la guerra. (2015). Global Voices. Recuperado de: https:// goo.gl/1Hp5VY
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El papel del Estado en el Posconflicto (I). Abdon Estibenson Uribe Taborda Escuela de Posgrados de la Fuerza Aérea Colombiana. Introducción. Los conflictos a nivel mundial se han desencadenado por razonas económicas, sociales, religiosas, étnicas, entre otras; las cuales, en muchos casos, han conllevado a procesos de diálogo, que al finalizar la etapa de la confrontación armada y pasando por un segundo plano que es el darle una solución política. Por otro lado, es conocido que durante y después de un Conflicto Armado, la población civil y las Fuerzas Armadas son las más afectadas. En este escrito se toma en cuenta para su análisis prospectivo, una línea de tiempo y la revisión literaria relacionada con las vivencias de los procesos de Posconflicto a nivel internacional y regional de países que han sostenido conflictos y que han firmado procesos de Paz, como los siguientes: El Salvador, Nicaragua, Guatemala, Irlanda del Norte, Indonesia, Honduras y Sierra Leona. Fundamento Teórico Durante muchos años se retomó sobre el conflicto, sus causas y consecuencias, sin embargo, se hace referencia a un término muy conocido, que incluye los desafíos a los que se enfrenta la sociedad y el Estado, una vez terminado un conflicto ya sea de forma total o parcial. En muchas ocasiones, estos
desafíos resultan ser más difíciles de superar que incluso el mismo conflicto. Para conocer el origen del término Posconflicto, “nos debemos remitir a 1992 cuando el secretario general de la ONU Butros Ghali, plantea su documento llamado agenda para la paz, en el cual recoge y formula los elementos para la construcción de la paz” (Hurtado, 2014). Cuando existe la etapa de diálogo entre el Estado y las Organizaciones armadas ilegales, y se pueden tener indicios en consecuencia de su terminación total o parcial, se hace necesario hablar de posconflicto, como una serie de “tareas que se proyectan en el tiempo mucho más allá del cese del enfrentamiento” (Molano, 2014). El término posconflicto es usado para referirse a todos los retos que se presentan para la construcción de paz, una vez superado el conflicto ya sea a través de negociaciones o de la victoria militar, siendo “el
Fuente: Escuela de cultura de paz— Universidad Autónoma de Barcelona (s.f.) 35
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fortalecimiento y la solidificación de la paz para evitar una recaída en el conflicto” (Agarriza, 2013) Hablar de posconflicto resulta complejo, pues involucra una serie factores que hace ardua la tarea de evitar o solucionar de manera eficiente los problemas derivados. Es así como “los países enfrentan a la complejidad de la violencia y la migración de las actividades delictivas en los años siguientes, los vínculos entre las condiciones que causan los conflictos y las que persisten en el posconflicto” (Hoglund, 2004). Como consecuencia de la guerra, los hábitos propios de la misma no desaparecen pues la violencia se convierte en una forma de vida y un medio económico; existe dificultad cultural, psicológica y económica de pasar de las armas al trabajo no violento, al igual que un paso sociocultural de la imposición de la fuerza al consenso y de la huida y clandestinidad a la libertad (Garzón, Parra & Pineda, 2003).
Se estima que “la violencia permanece como uno de los principales obstáculos para la reconstrucción y estabilización de las sociedades después de la guerra” (Hoglund, 2004). A continuación, se plantean las experiencias. Irlanda del Norte La experiencia Norirlandesa permite reflexionar sobre varias problemáticas relacionadas con los conflictos, los procesos de paz y la violencia dentro de las que se
encuentran: la ausencia de presencia estatal, lo cual ha permitido la presencia de grupos disidentes que rechazaron los acuerdos, lo cual es visto como la falta de control estatal total y los que migraron sus actividades delictivas generando mayor índice de inseguridad y criminalidad (Lair, 2009). Las actividades criminales económicamente lucrativas compensaron sus pérdidas financieras al terminarse la guerra, que en este caso, varios grupos disidentes evolucionan hacia la conformación de verdaderas estructuras involucradas en cualquier tipo de tráfico criminal que les permita mantener su accionar. Teniendo en cuenta, que estos factores dificultan los procesos de desmovilización y aumentan la resistencia de los miembros de esas organizaciones (Lair, 2009). La investigación y la intervención prolongada de la academia y las ONG, han permitido que este país logre componer, en la actualidad, la memoria histórica de su conflicto. Familiares afligidos siguen a la espera de integrar a la memoria la totalidad de los testimonios y medidas que ofrezcan “esperanzas reales de justicia” (Quintero, 2014). El Salvador El conflicto que vivió El Salvador, tiene una dimensión política-económica entre la guerrilla y el gobierno (Infante, 2013). Por otra parte, se atribuye como otro de los detonantes del Conflicto Armado: la concentración de riqueza, que generó una inmensa brecha entre la población. Estos factores, ocasionaron una serie de eventos que dieron lugar desde 1929 a golpes
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militares, lo que propició el surgimiento de grupos guerrilleros como el conocido Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional -FMLN-, una alianza entre cinco grupos que se habían alzado en armas contra las dictaduras militares; tras un fuerte derramamiento de sangre que continuo con el estallido de la guerra civil en 1980, El salvador tuvo que soportar 60 años de represión (Manrique, 2009). La nueva etapa en la cual se encuentra inmerso el país, es conocida como Posconflicto. Un nuevo e inesperado periodo inmerso en acciones de violencia en Latinoamérica, como el resultado de un inminente descuido del gobierno y la sociedad, mientras que surgían bandas delincuenciales como las llamadas ‘Maras’, que fueron responsables de extorciones, muertes, narcotráfico y terrorismo en El Salvador. Se afirma así, que el fin de la guerra no implicó una disminución en los índices de violencia: mientras que alrededor de 6.250 personas murieron anualmente por causa de la guerra, en el período de la posguerra, los homicidios ascendieron de 8.019 en 1996 a 8.281 en 1998 (Vesga, 2002). Guatemala Finalizado el conflicto armado, tras la firma de la paz, Guatemala inicia un periodo de posconflicto que posibilito la apertura de canales de participación y reorganización de sectores sociales golpeados por la violencia contrainsurgente. Es decir, los cambios institucionalizados en tiempos de paz proveyeron acceso a oportunidades para activar la justicia expresada en juicios
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(Benítez, 2016). Se logran avances significativos en materia de justicia transicional con el apoyo de la cooperación internacional, han impulsado iniciativas para promover el derecho de las víctimas, y de la sociedad en general, a la verdad, la reparación y la justicia. Al mismo tiempo surgen nuevos retos como el desarrollo de un Estado democrático multinacional en el que todos sus actores de igual manera se tuvieran en cuenta para la creación de nuevos estamentos capaces de brindarles en el marco de la equidad, la obtención de derechos a todos los ciudadanos y el reconocimiento de su propia cultura, la protección de aquellos lugares que ancestralmente les pertenecieron como las zonas de ritos y la particularidad de su autogobernabilidad (Mosquera & Sarmiento, 2015). Otros de los aspectos en el marco del Posconflicto de Guatemala, es la aplicación del concepto de seguridad democrática en la realidad nacional; concepto que es muy amplio pues que no se limita únicamente a la protección contra las amenazas de orden público y de seguridad interna a cargo de la policía nacional civil, sino al respeto de los derechos humanos y al carácter multiétnico, pluricultural y multilingüe de la nación Guatemalteca (Garzón, Parra & Pineda, 2003).
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Observatorio S&D - Vol. 03. N° 01 - Febrero 9 de 2018
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