Sistematizaci贸n de Experiencias en Contexto de Encierro
Mar铆a de la Paz Bareiro
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Colección IDIE Mercosur – Nº 11 Sistematización de Experiencias en Contexto de Encierro Ficha Técnica Autora: María de la Paz Bareiro Edición Marcela Capra © Organización de Estados Iberoamericanos Octubre, 2013 IDIE MERCOSUR-Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa
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Índice Presentación ............................................................................................... 8 Introducción .............................................................................................. 10 1. Marco conceptual .............................................................................. 11 1.1. Marco normativo ................................................................................................12 1.2. Acciones y estrategias regionales ...................................................................14 El Plan Iberoamericano de Alfabetización y Educación Básica de Personas Jóvenes y Adultas ........................................................................................................14 1.3. Enfoques de la educación en contexto de encierro ....................................15 1.4. La educación como un derecho fundamental...............................................16 2. Experiencias de los países ................................................................. 19 2.1. Experiencia Nicaragua: Habilitación laboral para privadas y privados de libertad de Nicaragua .................................................................................19 2.1.1. Contexto nacional en el que se desarrolla la experiencia ................20 2.1.2. Marco legal nacional ................................................................................21 2.1.3. El proyecto: Habilitación laboral para privados y privadas de libertad a nivel nacional ........................................................................23 a. Antecedentes ......................................................................................................23 b. Descripción del proyecto ..................................................................................24 b.1. La propuesta pedagógica ................................................................................24 b.2. Los materiales e instrumentos utilizados ........................................................25 b.3. Los instructores e instructoras ..........................................................................26 c. Principales logros ...............................................................................................27 d. Principales desafíos............................................................................................28 e. Aspectos innovadores .......................................................................................29 2.2. Experiencia Ecuador: Habilitación laboral para privados de libertad en el Centro de Rehabilitación Social de Varones Quito N° 1 ...................29 2.2.1. Contexto nacional en el que se desarrolla la propuesta...................29 2.2.2. Marco legal nacional ................................................................................32 2.2.3. El proyecto: Habilitación laboral para privados de libertad en el centro de rehabilitación social de varones N° 1 de Quito ........................34 a. Antecedentes ......................................................................................................34 b. Descripción del proyecto ..................................................................................35 b.1. La propuesta pedagógica ...................................................................................35 b.2. Los materiales ......................................................................................................36 b.3. Los instructores ....................................................................................................36 c. Principales logros ...............................................................................................37 d. Principales desafíos............................................................................................37 e. Aspectos innovadores del proyecto ................................................................38 4
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2.3. Experiencia Paraguay: Programa de educación para adultos ................. 38 2.3.1. Contexto Nacional ................................................................................... 38 2.3.2. Marco normativo nacional ...................................................................... 40 2.3.3. El Proyecto: Educación de personas jóvenes y adultas en contextos de encierro ................................................................................................. 42 a. Antecedentes...................................................................................................... 42 b. Descripción del proyecto .................................................................................. 43 b.1. La propuesta pedagógica .................................................................................. 44 b.2. Los materiales ...................................................................................................... 45 b.3. Los instructores ................................................................................................... 45 c. Logros del proyecto .......................................................................................... 45 d. Principales desafíos ........................................................................................... 47 e. Aspectos innovadores ....................................................................................... 48 2.4. Experiencia Argentina ....................................................................................... 49 2.4.1. Contexto Nacional ................................................................................... 49 2.4.2. Marco Legal Nacional .............................................................................. 50 2.4.3. La propuesta nacional ............................................................................ 52 a. Principales logros ............................................................................................... 56 b. Prioridades ............................................................................................................... 56 c. Continuidades.......................................................................................................... 57 2.4.4. Una experiencia Argentina específica: La Educación en Contextos de Encierro, Universidad Nacional de San Martín. Centro de Estudios Universitarios de la Unidad Penitenciaria Nº 48 - CUSAM ........... 57 2.5. Experiencia de Brasil: Programa Nacional de Seguridad con Ciudadanía (PRONASCI) de Brasil ................................................................................. 59 2.5.1. Contexto Nacional ................................................................................... 59 2.5.2. Marco normativo nacional ...................................................................... 61 2.5.3. La propuesta nacional ............................................................................ 63 a. Principales logros ............................................................................................... 66 b. Principales desafíos ........................................................................................... 66 c. Aspectos innovadores de la política ............................................................... 67 3. Conclusiones ..................................................................................... 69 4. Avances ............................................................................................. 72 5. Desafíos de la Educación en Contextos de Encierro .................................. 73 Referencias ............................................................................................... 77 Anexos ...................................................................................................... 80
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Siglas AECID CAJ CAM CE CECC CEPAL CINE CNJ CNPCP CONFINTEA CRSVQ CUSAM DGEEC DGEP DNRS ECE EJA ENCCEJA ENEN EPJA ETQ FIDEG FLACSO FUNAP IBGE IDDD IDIE INDH INECIP INEP INFOPEN ITTC JNDA LDB LEP MEC MINED 6
Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo Centro de Actividades Juveniles Comunidad Autónoma de Madrid Centros Educativos en contexto de Encierro Coordinación Educativa y Cultural de Centroamérica Comisión Económica para América Latina y el Caribe Clasificación Internacional Normalizada de la Educación Consejo Nacional de Justicia Consejo Nacional de Políticas Criminal y Penitenciaria Conferencia Internacional de Educación de Adultos Centro de Rehabilitación Social de Varones N°1 de Quito Centro Universitario San Martín Dirección General de Estadísticas, Encuestas y Censos Dirección General de Educación Permanente Dirección Nacional de Rehabilitación Social Educación en Contextos de Encierro Educación de Jóvenes y Adultos Exámenes de Certificación en la Enseñanza Básica Exámenes de Enseñanza Media Educación de Personas Jóvenes y Adultas Escuela Taller Quito Fundación Internacional para el Desafío Económico y Global Facultad Latino Americana de Ciencias Sociales Fundación Prof. Dr. Manoel Pedro Pimentel de Amparo al Preso Instituto Brasileiro de Geografía y Estadística Instituto de Defensa del Derecho de Defensa Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa, Mercosur Informe Nacional de Desarrollo Humano Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales Instituto de Estudios e Investigación Educacional Sistema Integrado de Informaciones Penitenciarias Instituto Tierra, Trabajo y Ciudadanía Junta Nacional de Defensa del Artesano Ley de Directrices y Bases de la Educación Nacional Ley de Ejecución Penal Ministerio de Educación y Cultura Ministerio de Educación de Nicaragua IDIE MERCOSUR-Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa
MJDHC MJT OEA OEI ONU PETPI PIA PNEEPyM PNUD PPL PRODEPA PROLABOR PRONASCI PRONATEC RedLECE SECAP SEGIB SENAAI SINAFOCAL SNPP SPB SPN UNESCO
Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos Ministerio de Justicia y Trabajo Organización de los Estados Americanos Organización de los Estados Iberoamericanos Organización de las Naciones Unidas Programa Educativo Técnico – Profesional Integral Plan Iberoamericano de Alfabetización y Educación Básica de Personas Jóvenes y Adultas Programa Nacional de Educación en Establecimientos Penitenciarios y de Minoridad Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo Personas Privadas de Libertad Programa de Educación Bilingüe de Jóvenes y Adultos Programa Laboral Programa Nacional de Seguridad con Ciudadanía Programa Nacional de Acceso a la Enseñanza Técnica y Empleo Red Latinoamericana de Educación en Prisiones Servicio Ecuatoriano de Capacitación Profesional Secretaría General Iberoamericana Servicio de Atención a Adolescentes Infractores Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral Sistema Nacional de Preparación Profesional Servicio Penitenciario Bonaerense Sistema Penitenciario Nacional Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
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Presentación La cooperación en materia educativa requiere, entre otros aspectos, conocer, valorar, registrar, evaluar y sistematizar diversas experiencias que dan respuesta a múltiples necesidades; así como también profundizar el estudio de los campos del conocimiento. De este modo y en cumplimiento de los objetivos institucionales de la OEI, del Plan Iberoamericano de Alfabetización y en el marco de “Metas Educativas 2021: La educación que queremos para la generación del Bicentenario”, el Instituto de Desarrollo para la Innovación Educativa (IDIE MERCOSUR) especializado en alfabetización y educación de personas jóvenes y adultas, con Sede en Asunción, realiza desde 2008 estudios, investigaciones y sistematizaciones destinadas a identificar buenas prácticas, y a favorecer el intercambio de experiencias entre los países del Mercosur. Si bien todas las publicaciones y actividades del IDIE se encuentran en la página web www.oei.org.py, valoramos la necesidad de establecer una línea de publicaciones impresas “Colección IDIE MERCOSUR” que tengo el placer de presentar, cuyo tamaño y diseño favoreciera su uso como elemento de estudio, trabajo o consulta. Para el desarrollo de las investigaciones y su publicación contamos con el inestimable apoyo del Ministerio de Educación de Paraguay y del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España, así como con la colaboración de los Ministerios de Educación de los países del Mercosur. Agradecemos a todos quienes colaboran con esta iniciativa y deseamos que estos recursos sean de vuestro interés y utilidad para mejorar la educación de nuestros jóvenes y adultos. Luis Scasso Director General de Cooperación y Educación Permanente Organización de Estados Iberoamericanos
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Introducción Con la Educación de Personas Jóvenes y Adultas (EPJA) en contextos de encierro se cumple un derecho fundamental para aquellas personas que por diversos motivos se encuentran privadas de libertad, pero no así de los otros derechos. Por lo tanto, los Estados están obligados a ofrecer y garantizar una diversidad de ofertas así como facilitar a las personas privadas de libertad el acceso a la información, teniendo en cuenta las necesidades específicas de aprendizajes de estas personas y teniendo en cuenta las dimensiones de accesibilidad, disponibilidad, adaptabilidad y aceptabilidad que el derecho a la educación presupone para todos los sujetos. El objetivo de esta sistematización es describir las experiencias de educación en contexto de encierro que algunos países están llevando a cabo, identificando los principales logros y desafíos de modo a comprender las iniciativas, los procesos y los resultados, con el fin de mejorar las propias prácticas; comunicar y compartir con otras experiencias los aprendizajes surgidos y aportar a la reflexión crítica. Además, de pensar en estrategias novedosas, de encontrar líneas de acción común que van más allá de lo singular y concreto y mirar así la región a partir de los múltiples saberes y culturas. La sistematización pretende organizar la información recopilada sobre las acciones y prácticas, propias de cada país iberoamericano. Por lo tanto, el producto de esta sistematización pretende servir a los actores directamente involucrados en las experiencias y en los diferentes proyectos, como también aportar elementos para otras experiencias similares con una perspectiva iberoamericana. El documento aborda tres experiencias concretas que han contado con el apoyo de la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI) que son las experiencias de Nicaragua, Ecuador y Paraguay. Además de experiencias de Argentina y de Brasil, países estos, que cuentan con una larga trayectoria en lo que hace a la educación en contexto de encierro. El documento cuenta con un breve marco conceptual, posteriormente plantea una caracterización de las experiencias y a partir de ellas identifica los avances e innovaciones a tener en cuenta y los desafíos que como países iberoamericanos enfrentan, para por último, concluir con recomendaciones generales. 10
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1. Marco conceptual En las últimas dos décadas, la población penitenciaria en América Latina y el Caribe ha crecido significativamente, como consecuencia de una política que busca solucionar tensiones y problemáticas sociales por medio del aprisionamiento, en sintonía con el crecimiento de la agenda internacional de “seguridad”. Esta estrategia se manifiesta en el uso excesivo de la privación de libertad como respuesta al delito, el crecimiento del aparato represivo, el aumento de las penas, el abuso de la prisión preventiva, la disminución del uso de medidas alternativas al encarcelamiento, la lentitud de la justicia (Scarfó, 2009). Rangel (2009) afirma que por lo general, los encarcelamientos se enmarcan en contextos de graves y múltiples violaciones de los derechos humanos, de intensa vulneración y discriminación, de pérdida de la dignidad humana, así que la prisión resulta solamente en el agravamiento de este cuadro. Los reflejos de dicha política son perversos, como la superpoblación carcelaria y el consecuente hacinamiento, la desatención a la diversidad de los colectivos encarcelados (de género, raza, etnia, edad, orientación sexual e identidad de género, nacionalidad, discapacidad, entre otras). Es innegable que en los últimos años se ha avanzado en el continente en cuanto a la legislación referente al derecho a la educación de las personas privadas de libertad. Con todo, Croso (2011) reconoce que existen, por un lado, vacíos importantes en términos de marcos legales pero principalmente una gran distancia entre lo que dictan las leyes y la realidad en las prisiones. En América Latina y el Caribe, las acciones de educación en contexto de encierro en general son dispersas, temporarias, fragmentadas y desarticuladas, con superposición de actividades y programas dentro de una misma prisión. En muchos países, hay una irregularidad en la oferta de servicios y programas, de una región a otra, o incluso de una cárcel a otra de la misma ciudad. Se hace necesaria en los países de la región una política integral y permanente, articulada con otras acciones estatales.
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1.1. Marco normativo En cuanto al marco internacional afirma Muñoz (2009) que existen las “Reglas mínimas para el Tratamiento de los Reclusos”, aprobadas por el Consejo Económico y Social en 1957. De conformidad con lo dispuesto en el documento, “se tomarán disposiciones para mejorar la instrucción de
todos los reclusos capaces de aprovecharla (…). La instrucción de los analfabetos y la de los reclusos jóvenes será obligatoria y la administración deberá prestarle particular atención… La instrucción de los reclusos deberá coordinarse, en cuanto sea posible, con el sistema de instrucción pública a fin de que al ser puestos en libertad puedan continuar sin dificultad su preparación”.
Asimismo, en 1990 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó los “P rincipios Básicos para el Tratam iento de los Reclusos” en los que señaló que “con excepción de las limitaciones que sean
evidentemente necesarias por el hecho del encarcelamiento, todos los reclusos seguirán gozando de los derechos humanos y las libertades fundamentales” y que “todos los reclusos tendrán derecho a participar en actividades culturales y educativas encaminadas a desarrollar plenamente la personalidad humana”.
En la “Declaración de Hamburgo sobre la educación de adultos” y en el “Plan de Acción para el Futuro” (1997), aprobados en la V Conferencia Internacional de Educación de Adultos (V CONFINTEA), celebrada por la UNESCO, se avanzó en el abordaje de este derecho. En el plan, se reconoce el derecho de todas las personas encarceladas a aprender: a)
proporcionando a todos los presos información sobre los diferentes niveles de enseñanza y formación y acceso a los mismos; b) elaborando y aplicando en las cárceles programas de educación general con la participación de los presos, a fin de dar respuesta a sus necesidades y a sus aspiraciones en materia de aprendizaje; c) haciendo más fácil que las organizaciones no gubernamentales, los profesores y otros responsables de actividades educativas trabajen en las cárceles, posibilitando así el acceso de las personas encarceladas a los establecimientos docentes y fomentando iniciativas para relacionar los cursos seguidos en las cárceles con los que tienen lugar fuera de ellas. El Marco de Acción de Belém (2009), aprobado en la VI CONFINTEA, afirma además que nadie puede ser objeto de exclusión por el hecho de haber sido encarcelado (Muñoz 2009).
En cuanto al marco regional, se destaca la resolución de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos (OEA), “P rincipios y Buenas P rácticas sobre 12
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la P rotección de las P ersonas P rivadas de Libertad en las Am éricas” (2008). En el documento, se garantiza que “las personas privadas de libertad tendrán derecho a la educación, la cual será accesible para todas las personas, sin discriminación alguna y tomará en cuenta la diversidad cultural y sus necesidades especiales”. Además, afirma que los Estados miembros de la OEA “promoverán en los lugares de privación de libertad, de manera progresiva y según la máxima disponibilidad de sus recursos, la enseñanza secundaria, técnica, profesional y superior, igualmente accesible para todos, según sus capacidades y aptitudes, (…) en estrecha coordinación e integración con el sistema de educación pública; y fomentarán la cooperación de la sociedad a través de la participación de las asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales e instituciones privadas de educación”. Acrecienta que “los lugares de privación de libertad dispondrán de bibliotecas, con suficientes libros, periódicos y revistas educativas, con equipos y tecnología apropiada, según los recursos disponibles” (Croso, 2011, p.6). Igualmente, los Jefes de Estado y de Gobierno Iberoamericanos se comprometieron, durante la XV Cumbre Iberoamericana (Salamanca, España, octubre de 2005), a eliminar el analfabetismo en la región entre los años 2008 y 2015, para lo cual encomendaron a la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB) la presentación del “Plan Iberoamericano de Alfabetización y Educación Básica de Personas Jóvenes y Adultas”. La SEGIB designó a la Organización de los Estados Iberoamericanos la coordinación del proceso de formulación de tal Plan. En ese proceso, la OEI desarrolló durante el año de 2006 un amplio trabajo de consultas y acuerdos comunes con los Ministerios de Educación de los países Iberoamericanos, que se propusieron establecer metas para la reducción significativa de los índices actuales de analfabetismo (OEI-SEGIB 2008). En el 2006, en la Declaración aprobada por la XI Cumbre Iberoamericana de jefes de Estado y de Gobierno (Montevideo, Uruguay, 2006), se decide la puesta en marcha del Plan, el cual reconoce que la alfabetización es un componente imprescindible en los programas de desarrollo económico y social, y propone satisfacer necesidades de grupos de población que sufren pobreza o exclusión. En cuanto al marco normativo nacional, el derecho a la educación de personas privadas de libertad no está referido directamente en todas las leyes generales de educación de la región. Por otro lado, este derecho puede estar incluido en otras legislaciones, aun en la Constitución del país, como es el caso de México y Ecuador. En Paraguay y en Argentina figura en la Ley General de Educación. Se considera que la ley argentina del 2006 es un avance porque atiende a las necesidades de la educación en IDIE MERCOSUR-Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa
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contextos de encierro, de manera particular e integral, definida como modalidad del sistema educativo. En otros países, el tema aparece en normativas relacionadas al régimen penitenciario, como en Brasil, Bolivia, Nicaragua, El Salvador, Venezuela, Chile, Panamá, Perú y Guatemala. En Colombia, se menciona la educación en las cárceles tanto en la Ley General de Educación cuanto en el Código Nacional Penitenciario y Carcelario (Rangel 2009). Al mismo tiempo, varios países en la región han adoptado una ley que estipula la reducción directa de la pena de las personas privadas de libertad que estudian, como México, Uruguay, Venezuela, Perú, Guatemala, Colombia, Panamá, Bolivia y Costa Rica (Rangel 2009). En Brasil, se aprobó una ley en estos términos en junio de 2011, celebrada por las organizaciones de la sociedad civil como un gran logro (Croso, 2011). 1.2. Acciones y estrategias regionales Múltiples han sido las iniciativas que se han generado alrededor de la temática de educación de personas jóvenes y adultas y la educación en contextos de encierro. Entre ellas podemos identificar algunas que han implicado el involucramiento a nivel iberoamericano y regional como el Mercosur. El Plan Iberoamericano de Alfabetización y Educación Básica de Personas Jóvenes y Adultas 1 (PIA) ha tenido como punto de partida la realidad y las necesidades de cada país, así como las acciones y estrategias de alfabetización que desarrollan, aprovechando la voluntad de intensificar tales procesos con el fin de estimular el surgimiento de nuevas iniciativas que busquen la superación del analfabetismo en la región. En el campo específico de la educación en establecimientos penitenciarios, la Organización de Estados Iberoamericanos ha apoyado la formación de la Red Latinoamericana de Educación en Prisiones (RedLECE) en la esfera del grupo EUROsociAL-Educación, creado durante un Seminario llevado a cabo en Belo Horizonte (Brasil) en el marco del III Foro 1
En ese sentido, el PIA asume las orientaciones y el cumplimiento de los compromisos internacionales fijados en la Agenda para el Futuro de la V Conferencia Internacional de Educación de Adultos, CONFINTEA (1997), en la iniciativa Educación para Todos de la UNESCO (Dakar, 2000), en los Objetivos de Desarrollo del Milenio (2000), en el Proyecto Regional de Educación para América Latina y el Caribe (PRELAC, 2002), que amplifica el compromiso de Dakar con la alfabetización para abarcar a toda la población, y en la agenda propuesta para la Década de las Naciones Unidas para la Alfabetización (2003-2012).
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MERCOSUR Educativo. La Comisión Europea ha financiado la RedLECE desde sus inicios, la misma fue liderada por el Centro Internacional de Estudios Pedagógicos (CIEP) del Ministerio de la Educación Nacional de Francia. Los países que han participado de la red fueron: Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Honduras, México, Paraguay, Perú y Uruguay. La Red consideró a la educación para las personas privadas de su libertad como un derecho humano a lo largo de toda la vida y no como una oferta opcional. En 2006, los representantes de las administraciones gubernamentales latinoamericanas responsables por las políticas de educación en los establecimientos penitenciarios, se reunieron en Brasil para proponer a los Ministros del MERCOSUR y Asociados a la Coordinación Educativa y Cultural de Centroamérica (CECC) que aprobasen la creación de la Red Latinoamericana de Educación en los Establecimientos Penales. En dicha reunión, los Ministros de Educación de los países del MERCOSUR expresaron su apoyo a la iniciativa del Programa EUROsociaAL de la Unión Europea, con la participación de la OEI, de organizar la Red Latinoamericana de Educación en Establecimientos Penitenciarios. Esta Red se transformó en un foro especializado de análisis, intercambio y cooperación técnica entre los países latinoamericanos y tiene como objetivo prestar apoyo a los responsables, planificadores y gestores a cargo da elaboración, aprobación e implementación de las políticas públicas educativas, con el fin de incrementar sus capacidades y competencias, de modo que esto resulte en la mejoría de las condiciones de acceso y permanencia en el sistema educativo de los sujetos privados de libertad, concebida como un derecho para toda la vida (UNESCO 2008, p.26). 1.3. Enfoques de la educación en contexto de encierro Históricamente han existido y aún hoy coexisten distintas concepciones acerca de la educación en cárceles, por un lado, la que plantea a la educación como tratamiento, discurso que ha pasado por distintas etapas: asociada a la idea de mejoramiento moral y luego, con el auge de la criminología positivista, a la reducción de la peligrosidad, y en tercer término, el tratamiento como “resocialización” (Zaffaroni, 1991); ideología que, tal como expresan Buján y Ferrando (1998): “…no ha constituido otra cosa que un sistema autoritario, militarizado y moralizante, que pretende la imposición de valores y pautas de conducta en el ámbito económico, social y cultural a los individuos sometidos a su instancia de control”. (p.43). IDIE MERCOSUR-Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa
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Por otro lado, la concepción que ve a la educación como una forma de pasar el tiempo, es decir, la educación constituiría un medio para mantener ocupado al preso, lo cual también implica un modo de control y conservación del orden de la institución penitenciaria. Del mismo modo, la educación puede ser considerada como un beneficio, que deviene como valor de premio y castigo por parte de aquellos que ejercen la autoridad en el encierro y que, a su vez, permitiría acceder a ciertos “beneficios” procesales, como por ejemplo calificar ante el juez para lograr salidas transitorias. Y por último, la perspectiva de ver a la educación como un derecho, desde esta visión la educación no debería ser un beneficio, por el contrario, constituye un derecho que hace a la condición de ser humano; a partir de ella la persona construye lazos de pertenencia con la sociedad y le permite elaborar herramientas que posibiliten generar proyectos de vida (AAEA, 2009). En tanto el relator especial de las Naciones Unidas para el Derecho a la Educación de 2004 a 2010, Muñoz, señaló que existen tres modelos educativos que se aplican en contexto de encierro: el modelo médico, el de deficiencia cognitiva y el instrumental. El modelo médico parte de la premisa de que las personas privadas de libertad tienen algún tipo de enfermedad y concibe la educación como un tratamiento para lo que percibe como deficiencias psicológicas; el modelo de deficiencia cognitiva parte de la premisa de que la persona en situación de encierro es moralmente inferior y por lo tanto se centra en la promoción de su desarrollo moral; y el modelo instrumental se centra en la vinculación del aprendizaje a la formación para el empleo. No obstante, ninguno de los tres toma en cuenta el concepto de educación como derecho humano fundamental, promotora de la dignidad humana común a todas las personas. 1.4. La educación como un derecho fundamental En el contexto de los derechos humanos, CLADE (2011) afirma “se está haciendo un esfuerzo a escala mundial para llegar a las minorías desfavorecidas, modificando y ampliando a tal efecto el sistema de educación oficial y promoviendo otras posibles alternativas no oficiales en favor de determinados grupos. Las más desfavorecidas son las personas que no saben leer ni escribir. En un mundo dominado por los mensajes escritos, el saber leer y escribir está considerado, con razón o sin ella, como el conocimiento más elemental de todos y como un conocimiento esencial para el progreso educacional”.
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La educación es un derecho humano fundamental a lo largo de la vida, ampliamente reconocido en los instrumentos internacionales y en las constituciones nacionales, que debe ser garantizado a todas las personas, independientemente de sus condiciones, sin ninguna excepción. Todos los seres humanos son sujetos de derechos, de modo que las personas en contexto de encierro tienen el derecho inalienable a una educación de calidad, así como los que están fuera de la prisión, sin discriminaciones ni limitaciones. La violación del derecho a la educación es un mecanismo que perpetúa desigualdades y discriminaciones (Croso, 2011, p.4). La atención a la educación de personas jóvenes y adultas privadas de libertad es un tema de inmensa importancia en el campo de la reducción de desigualdades de oportunidades educativas, es más, la educación en establecimientos penitenciarios es, sobre todo, un derecho y como tal debe ser garantizado a todos que manifiesten su deseo de acceder a la escolarización (UNESCO 2008, p.26). La educación debe ser un fin en sí mismo, esencial para la dignidad humana, la autonomía, el desarrollo personal y social, fundamental para reducir la vulneración social, cultural y emocional de la población reclusa, colectivo que sufre múltiples discriminaciones y estigmatizaciones. El derecho a la educación también opera como un derecho “llave”, porque abre el conocimiento a otros derechos y a cómo ejercerlos (Scarfó, 2009). La realización del derecho a la educación presupone cuatro dimensiones fundamentales: accesibilidad, disponibilidad, adaptabilidad y aceptabilidad. En contextos de encierro, la accesibilidad se relaciona con el acceso a la educación para todas las personas reclusas, procesadas o sentenciadas, sin ninguna restricción, eliminando los obstáculos de todo tipo, como traslados, falta de materiales didácticos, de docentes y de infraestructura adecuada. La disponibilidad significa que debe existir la oferta educativa que sea necesaria. Considerando la variedad de trayectorias educativas en contextos de encierro, ella debe ser amplia y flexible. La adaptabilidad , por su parte, presupone que la educación se adapte a las personas que la reciben y al contexto que las rodea, es decir, a la población privada de libertad, en toda su diversidad. Por fin, la aceptabilidad prevé que la educación impartida en las cárceles tenga calidad, contenido IDIE MERCOSUR-Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa
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relevante y culturalmente apropiado, no discriminatorio, que contribuya con el desarrollo personal, la autonomía, la reconstrucción de la autoestima y la dignidad de las personas privadas de libertad (Muñoz, 2009). La educación en las cárceles es una obligación del Estado y debe incluir, entre otras cosas, el acceso de la población privada de libertad a la educación formal, no formal e informal, que incluyan educación básica y superior, programas de alfabetización, formación profesional, actividades creadoras y culturales, educación física y deportes y servicios de bibliotecas (Muñoz, 2009).
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2. Experiencias de los países En este apartado se describen las experiencias educativas y formativas dirigidas a la población privada de libertad, que fueron apoyadas por la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI) en Nicaragua, Ecuador y Paraguay. Las dos primeras son experiencias de capacitación laboral y la de Paraguay aborda la educación básica, media y capacitación laboral. Y por otro lado, se abordan las experiencias de Argentina y Brasil, que tienen una larga trayectoria en la educación en contexto de encierro y que se han considerado claves para el abordaje de la misma, con el objetivo de contar con más elementos para ofrecer una mirada más amplia de la misma temática. La caracterización de las experiencias se ha realizado a través del análisis de documentos a los que se ha tenido acceso a través de las páginas institucionales, publicaciones y otros que han sido proporcionados por los referentes de los países y de la OEI. 2.1. Experiencia Nicaragua: Habilitación laboral para privadas y privados de libertad de Nicaragua La experiencia de Habilitación laboral para privadas y privados de libertad que se toma para este trabajo, ha sido desarrollada en Nicaragua a nivel nacional entre el 2011 y el 2012, dando continuidad a una intervención realizada en el año 2010. Se presenta una breve contextualización del país, además de identificar las normativas existente sobre la temática, para luego abordar la educación de personas jóvenes y adultas en Nicaragua y específicamente los aspectos principales que hicieron a la experiencia de habilitación laboral para las personas privadas de libertad. Las fuentes de información han sido la documentación de formulación del proyecto, el informe técnico final y la evaluación del proyecto y otras documentaciones extraídas de páginas oficiales.
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2.1.1. Contexto nacional en el que se desarrolla la experiencia Nicaragua, al igual que el resto de países de la región centroamericana, se caracteriza por tener un gran porcentaje de población joven. Se ha estimado que la edad media de la población es de 16 años. De acuerdo al Informe Nacional de Desarrollo Humano (INDH) 2011 del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) “Juventudes Construyendo Nicaragua”, en el año 2010, la mitad de la población tenía menos de 22 años de edad. En el año 2005 había 623 mil mujeres y hombres adolescentes (13 a 17 años) y 1.18 millones de jóvenes (entre 18 y 29 años), los que representaban un 35% de la población total. En el año 2009, los y las adolescentes ascendían a unos 746 mil y los jóvenes de 18 a 29 años eran unos 1.27 millones. En conjunto representaban el 34.8% de la población total de Nicaragua en ese año 2. En el año 2009, según datos de la Fundación Internacional para el Desafío Económico y Global (FIDEG), el 44.7% de todos los hogares de Nicaragua estaban en situación de pobreza monetaria, usando el método de consumo para la medición (9.7% en pobreza extrema y 35% en pobreza no extrema). El promedio de personas que conforman un hogar a nivel nacional es de 4.9 miembros, así también el número de personas que habitan una vivienda es de 5.2 en promedio 3. La pobreza afecta por igual a diferentes regiones del país y las familias no pobres representan solamente la cuarta parte de la población. El resto de los hogares a nivel nacional viven en condiciones de pobreza o extrema pobreza al no satisfacer sus necesidades básicas. Las más frecuentes son la alta dependencia económica, vinculada a la baja educación o analfabetismo, las condiciones inadecuadas de vivienda (hacinamiento), la falta de agua potable, servicios higiénicos, alcantarillado y energía eléctrica. Para quienes sufren la pobreza, ésta se presenta llena de privaciones materiales, sociales y culturales. La pobreza es una condición que degrada a quien la padece, lesiona la autoestima y afecta muchas veces el espíritu de lucha (Ayala, 2012). En este contexto social, las personas jóvenes y adolescentes están inmersas en el 61.5% de hogares en estado de pobreza 4. Así lo afirma el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo en su Informe Nacional de Desarrollo Humano 2011 “Juventudes construyendo Nicaragua”, al referirse a la pobreza propiamente de los sectores de la 2
Informe Nacional de Desarrollo Humano. Programas de las Naciones Unidas. Construyendo Juventudes, Nicaragua 2011. 3 VII Censo de Población y IV de Vivienda 2005. Mayo 2006. INIDE. Ficha censal p.10. 4 Informe de Desarrollo Humano PNUD. Las Juventudes construyendo Nicaragua. 2011
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juventud y la adolescencia, para lo cual emplea la metodología Índice de Pobreza Multidimensional, basado en el concepto de pobreza como privación de opciones y oportunidades, además de la privación de ingreso o consumo. De acuerdo a esta medición multidimensional de la pobreza enfocada en adolescentes y jóvenes, el informe indica que la juventud se enfrenta a distintas privaciones. Se muestra que dos tercios de los jóvenes entre 25 y 29 años no han completado su secundaria, en parte por la inserción laboral que les ha impedido continuar estudiando. En cuanto al mercado laboral, el 41% de este grupo de jóvenes están subempleados y/o trabajan en el sector informal y el 19% indican baja calidad del empleo (PNUD, 2011). Si en lugar de considerar el total de adolescentes y jóvenes se tiene en cuenta sólo los que están ocupados, la proporción de adolescentes y jóvenes que trabaja en el sector informal asciende al 66% y los que están subempleados al 25%. En definitiva, los datos indican las limitaciones que enfrenta la juventud para obtener ingresos, así como el círculo entre la baja educación y calificación, baja calidad de empleo y escasos salarios (PNUD, 2011). 2.1.2. Marco legal nacional En Nicaragua, el Estado tiene una serie de responsabilidades frente a las personas privadas de libertad. Estos compromisos están orientados a garantizar el cumplimiento de los derechos y garantías que toda persona privada de libertad posee, incluyendo el derecho a su educación, para una posterior inserción social. Existen instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por Nicaragua, que establecen la obligación del Estado de garantizar el cumplimiento de los derechos humanos de toda persona que se encuentre en un centro de detención estatal. El Sistema Penitenciario Nacional cuenta con una gradación formada por un conjunto de decretos ejecutivos, disposiciones administrativas, leyes ordinarias como la ley No. 641 Código Penal 5, la ley No. 473 Ley de Régimen Penitenciario y Ejecución de la Pena 6, cimentados en la 5
Ley No 641 Código Penal. Sobre las garantías Penales y de la Aplicación de la ley Penal, aprobada en el mes de noviembre del año 2007. 6 Ley del Régimen Penitenciario y Ejecución de la Pena No 473, aprobada en 2003, y su reglamento, decreto 16-2004 del 12 de marzo de 2004. Además cuenta con el Reglamento Disciplinario del Personal de la Dirección General del Sistema Penitenciario; Manuales de Procedimientos que regulan el Funcionamiento y la Autoridad del Sistema Penitenciario Nacional; Manuales de Procedimientos de Control Penal, Seguridad Penal, Reducción Penal y Orden Interno.
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Constitución Política de la República de Nicaragua y en diversas normas internacionales. En el artículo 27 de la Constitución Política de la República de Nicaragua 7, se establece que todas las personas son iguales ante la ley y tienen derechos a igual protección. No habrá discriminación por motivo de nacimiento, nacionalidad, credo político, raza, sexo, idioma, religión, opinión, origen, posición económica o condición social. De igual manera, en el artículo 5, se instaura que son principios de la nación nicaragüense la libertad, la justicia y el respeto a la dignidad de la persona humana. En el artículo 39, en la misma Constitución, se instituye que en Nicaragua el sistema penitenciario es humanitario y tiene como objetivo fundamental la transformación del interno para reintegrarlo a la sociedad. Es a través del “sistema progresivo” que se promueve la unidad familiar, la salud, la superación educativa cultural y la ocupación productiva con remuneración salarial para el interno, y que las penas tienen un carácter reeducativo. Así mismo, la Ley 473 del Régimen Penitenciario y Ejecución de la Pena, contempla que el Sistema Penal Nacional (SPN) tiene como fin primordial la reeducación y reinserción del privado de libertad a la sociedad. En los artículos 88 y 90, la ley establece como un deber del SPN establecer las condiciones para desarrollar actividades de educación y formación básica a privados y privadas con bajo nivel académico o no alfabetizados, responsabilidad compartida con el Ministerio de Educación de Nicaragua (MINED), el cual debe garantizar técnica y financieramente la labor formativa. En la legislación de Nicaragua se consideran “internos” a todas las personas privadas de libertad, sea por encontrarse bajo detención provisional o por estar sentenciadas al cumplimiento de una pena. En todo caso, el SPN tiene la responsabilidad de la readaptación social integral de los privados de libertad, en beneficio de las familias y la sociedad en general (Ley 473 de régimen penitenciario, 2003). La educación en contextos de privación de libertad, es administrada técnica y financieramente por el Ministerio de Educación (Art. 88, Ley 473), para promover su formación integral y desarrollo pleno. El ejercicio de este derecho está contemplado en la legislación nacional y garantiza que no se admita limitación ni discriminación alguna vinculada a la situación de encierro y como un derecho, será puesto en conocimiento de todas las 7
Constitución Políticas de Nicaragua. Capítulo I. Principios fundamentales art. 5. Título IV Derechos, Deberes y Garantías del Pueblo Nicaragüense, art. 27 y 39.
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personas privadas de libertad, desde el momento de su ingreso a la institución, de forma sencilla y clara (Art. 40, Ley 473) 8. En cuanto a las normas internacionales ratificadas por Nicaragua, son las que se establecen en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (1948), el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la Organización de las Naciones Unidades (1966), la Convención Americana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos (1969), entre otras. 2.1.3. El proyecto: Habilitación laboral para privados y privadas de libertad a nivel nacional a.
Antecedentes
El Ministerio de Educación oferta, para las personas privadas de libertad, el Programa de Educación General Básica: alfabetización, primaria y secundaria. Para el desarrollo de esta propuesta formativa se utilizan la misma metodología y materiales de estudio que para el resto de la educación de la población civil que asiste a centros de educación de personas jóvenes y adultas de todo el país. Los responsables de facilitar estos procesos educativos son personas de la población penal que tienen aptitudes para la enseñanza, cada una de ellas recibe una capacitación para que se desempeñen como docentes. El país desarrolla los cursos de habilitación laboral para estudiantes de educación de adultos desde el año 1999. Esto se dio ante el reconocimiento de la necesidad de dotar de mayores habilidades y destrezas técnicas a los jóvenes y adultos, para facilitarles el ingreso al mundo del trabajo. En contextos de encierro los cursos de habilitación laboral se inician en el año 2008. En este tiempo se concretó la primera experiencia que implicó la rehabilitación de aulas taller en los centros penales. Los responsables del desarrollo de estos cursos fueron los instructores internos del Sistema Penal Nacional.
8 Ley del Régimen Penitenciario y Ejecución de la Pena No. 473, aprobada en 2003, y su reglamento, decreto 16 -2004 del 12 de marzo de 2004.
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b.
Descripción del proyecto
El proyecto, en el período 2011-2012, ha tenido una duración de 8 meses, iniciándose el 30 de agosto de 2011. Fue financiado con fondos de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID). La administración y asistencia técnica estuvo a cargo de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI) en Nicaragua y ejecutado por el Ministerio de Educación de Nicaragua (MINED), a través de la Dirección General de Educación de Jóvenes y Adultos y de la Dirección de Educación Técnica en coordinación con el SNP. El objetivo general del proyecto fue “Contribuir a mejorar la reinserción social y laboral de la población penal con bajo nivel académico y baja preparación técnica”. Para ello se ha visualizado que era clave mejorar la formación para el trabajo de la población penal, a fin de lograr la reinserción social y laboral exitosa una vez alcanzada la libertad. El proyecto ha beneficiado a un total de 520 personas privadas de libertad de las cuales 460 fueron varones y 60 fueron mujeres, con edades entre 17 a 45 años. Todas ellas con condenas menores de 2 a 10 años de prisión, quienes han sido transgresores y hoy pagan a la sociedad al privarles de su libertad en 7 Centros del SPN (Chinandega, Estelí, Granada, Chontales, Managua, Masaya y Matagalpa). El segmento poblacional beneficiado en su mayoría proviene de familias empobrecidas, con bajo nivel académico, excluidos y marginados socialmente. Presentan carencias educativas y de habilidades laborales y, al momento de cumplir la condena y reinsertarse socialmente, pueden reincidir en actividades delictivas. Una parte considerable de las personas privadas de libertad al momento de su detención no contaban con un trabajo formal y no cuentan con una formación profesional o laboral. Las personas fueron seleccionadas bajo criterios de disciplina y comportamiento dentro de los penales, nivel de involucramiento en las demás actividades programáticas que el penal desarrolla y capacidad de leer y escribir. b.1. La propuesta pedagógica Los cursos, además de habilitar a las personas privadas de libertad en aspectos y destrezas técnicas propias de cada especialidad, desarrollaron competencias genéricas que les permitió ser eficientes en contextos laborales reales, incrementando sus habilidades para trabajar en equipo, habilidades de liderazgo, comunicación asertiva, inteligencia emocional, 24
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habilidades innovadoras, cambios actitudinales, entre otras, con el objetivo de prepararlos para su reinserción social. La propuesta contempló un componente de “Inducción a la microempresa” que proporcionó elementos teóricos-prácticos para que las personas privadas de libertad desarrollen con actitud emprendedora sus propios negocios cuando alcancen su libertad. Las especialidades brindadas en este proyecto fueron: Corte y Confección, Sastrería, Panadería, Soldadura, Carpintería, Manualidades, Repostería, Electricidad Residencial, Fontanería. Se desarrolló la metodología constructivista, práctica-teoría-práctica, con atención a las particularidades de los estudiantes. El 30% del tiempo (150-200 horas) establecido para los cursos corresponde a teoría y el 70% a la realización práctica. Cada Dirección Penal cuenta con ambientes educativos propicios para desarrollar clases prácticas, denominadas “aulas taller”. Los procesos de enseñanza-aprendizajes fueron acompañados periódicamente por funcionarios pedagogos de cada Dirección Penal y funcionarios del MINED, que conjuntamente asesoraron y apoyaron los aspectos técnico-metodológicos para el buen desarrollo de los cursos. b.2. Los materiales e instrumentos utilizados Por su condición de personas privadas de libertad, estos suelen tener muy baja autoestima. A través del proyecto se ha aplicado un test sicométrico que tiene la finalidad de medir el grado de autoestima de cada una de las personas privadas de libertad. El test fue aplicado antes de iniciar los cursos y una semana antes que culminen estos. Los resultados constituyen un material valioso para las oficinas de psicología de cada penal, donde se elaboran planes de atención a las personas privadas de libertad que han dado muestra de algunos signos de depresión e inestabilidad emocional. Para el desarrollo del proceso de habilitación laboral se utilizaron dos tipos de materiales: • M ateriales fungibles: utilizados para el desarrollo de las clases prácticas para elaborar los productos. Estos lotes de materiales son entregados al inicio de cada curso y administrado por cada Dirección Penal. IDIE MERCOSUR-Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa
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•
M ateriales didácticos/ m etodológicos: que facilitan, apoyan y
orientan los proceso de enseñanza-aprendizajes tanto a las y los estudiantes como a los instructores, lo integran los programas de estudio y las guías metodológicos, instrumentos de registro y control de calificaciones y evaluaciones para los instructores. ● Los manuales y módulo de inducción a la micro empresa. ● Los Kits de útiles para los estudiantes, además de cuaderno, bolígrafos, borradores, tajadores, reglas, entre otros. Estos son entregados para cada especialidad.
b.3. Los instructores e instructoras Las personas a cargo del desarrollo de los cursos de habilitación laboral (instructores e instructoras) en su gran mayoría son personas privadas de libertad. La diferencia del instructor o instructora con los estudiantes es que tiene formación técnica y son seleccionados por contar con experiencia práctica en un oficio determinado, que en la mayoría de los casos los adquirieron antes de ingresar a los penales. Son personas que guardan cierta autoridad y respeto dentro de las Direcciones Penales, tanto por la población privada de libertad como por las autoridades. Los instructores o instructoras podían ser las personas privadas de liberad que tenían una acreditación o experiencia y a los que no poseían ninguna certificación que les acredite su cualificación como instructor o instructora de un oficio determinado, se los capacitó técnica y metodológicamente en: plan didáctico; organización escolar; uso y manejo de los programas de estudio, guías metodológicas y manuales para los participantes, características psicopedagógicos de las personas adultas, uso y manejo del módulo de inducción a la microempresa y conceptos básicos sobre “Emprendedurismo”. Durante el desarrollo de los cursos los instructores y las instructoras recibieron visitas de asesoría y seguimiento técnico-metodológico de parte de funcionarios de las Direcciones Penales y del MINED, a fin de contribuir al mejoramiento de su desempeño como instructor o instructora. Donde no existía una persona privada de libertad con la experiencia empírica para hacerse cargo de un curso determinado, se contrató a un instructor o instructora del MINED. A los instructores que eran personas privadas de libertad, se les concedía una “ayuda económica” por cada curso atendido.
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c.
Principales logros La coordinación entre las diferentes instancias involucradas garantizó todas las prácticas destinadas a asegurar la sustentabilidad del diseño del proyecto, su implementación y la evaluación de los siete centros penitenciarios participantes. Se logró una complementariedad de la teoría y la práctica, la cual partió de la referencia y consideración de las necesidades e intereses de las personas privadas de libertad, junto a la progresión y coherencia de los objetivos del proyecto en su desarrollo. El proceso de enseñanza aprendizaje se logró con 13 instructores privados de libertad, incluyendo cuatro externos. Los instructores e instructoras privados de libertad, por sus características personales, producto de sus antecedentes de formaciones prácticas y fortalecidas por las capacitaciones brindadas a través del desarrollo del proyecto, se desempeñaron eficientemente, al conocer la realidad psicosocial y limitaciones propias de los privados de libertad. Las instructoras y los instructores privados de libertad, algunos con grado universitario, resultan fortalecidos, ya que en ellos quedan instaurados los conocimientos pedagógicos y metodológicos, que les servirá para futuras acciones de continuidad o en su vida en libertad. El desempeño del equipo de instructores supuso prácticas que aseguraron la articulación y coherencia de los diseños de enseñanza con los planes de estudio de las diferentes especialidades de habilitación laboral y con las necesidades de las personas privadas de libertad, utilizando los recursos y procedimientos de evaluación de los aprendizajes correspondientes. El desempeño docente realizado por los instructores e instructoras tomó en cuenta el clima y la convivencia adecuada para el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje con personas en encierro, la organización del tiempo y el espacio de acuerdo al plan de clase. Es importante destacar la estrategia de relevo de instructores que se está implementando. Los mismos instructores técnicos actuales de forma empírica seleccionan a un suplente, ya que a muchos de ellos les llega el tiempo de cumplir con sus condenas. La selección se hace entre los estudiantes que se destacan por su capacidad de aprender y de contribuir con el apoyo a sus compañeros de estudio. La experiencia demuestra que el desempeño de las personas privadas de libertad como instructores e instructoras resulta más beneficioso que traer al centro instructores externos, según valoración de los funcionarios del SPN y el MINED, debido a las múltiples medidas de seguridad que existen en los centros penales los accesos son retardados, las distancias a recorrer y en algunos casos el transporte
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público es restringido hacia estos sitios, quitándole tiempo importante a los horarios de clase; en cambio el instructor que es interno no pasa por esta situación. La habilitación de aulas taller –espacios habilitados en etapas anteriores de trabajo- tiene gran relevancia para los resultados actuales. El equipamiento de los locales para el desarrollo de los cursos, permite la realización de actividades complementarias como la Educación Básica de Jóvenes y Adultos, actividades de carácter educativo que planifica la escuela de reeducación penal y las prácticas de las personas privadas de libertad en la continuidad y oportunidad de seguir desarrollando habilidades en materia de lo aprendido en los cursos de habilitación laboral. Los estudiantes de los cursos de habilitación laboral coinciden en sus valoraciones, manifestando que los cursos despertaron en ellos motivaciones como la oportunidad de adquirir los conocimientos y las competencias necesarias para emplearse o generarse su propio empleo una vez que alcancen la libertad. Las personas privadas de libertad elevaron su autoestima producto de su participación en los cursos de habilitación laboral generada a nivel individual y grupal. Usando el método de Cooper Smith, se determinó un nivel de autoestimas promedio del 82.1% en la población meta. d. Principales desafíos Destinar presupuesto institucional para mantener y ampliar la cobertura de los cursos de habilitación laboral para cubrir la demanda de la población penal, tanto en variedad como en cantidad de participantes. Actualmente solamente cuentan con el apoyo de la OEI. Incorporar un mecanismo oficial de información y comunicación con las personas privadas que cumplen con su condena y se integran a la vida social, a fin de que se lleve un registro y se pueda medir el impacto de las acciones del proyecto en la transformación de vida de los participantes una vez alcancen su libertad plena. Asegurar materiales de trabajo y la capacidad de cada centro, para dar continuidad a las prácticas luego de la finalización del proyecto. Ampliar a otras especialidades para los cursos de habilitación laboral tales como (inglés, computación, especialidades artísticas, pintura, escultura, etc.). Diseñar conjuntamente SPN-MINED una estrategia de seguimiento (evaluación de impacto) para las personas privadas de libertad que hayan alcanzado su libertad plena y que hayan sido beneficiadas por los cursos de habilitación laboral.
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e. Aspectos innovadores Los aspectos innovadores son: La normativa del Sistema Penitenciario que establece las condiciones para desarrollar actividades de educación y formación básica a personas privadas con bajo nivel académico y la responsabilidad compartida entre instituciones para ofrecer el acceso a la educación de la población privada de libertad. La estrategia de relevo de los instructores y las instructoras, como elemento innovador, que se está implementando por los mismos instructores técnicos actuales (privados de libertad). La capacitación en diferentes temas a los instructores y a las instructoras privados de libertad es una estrategia a resaltar, de modo a dotar de las herramientas necesarias para la enseñanzaaprendizaje y por otro lado valorar las capacidades de las personas privadas de libertad. Igualmente, la aplicación antes y después de la propuesta del Test Sicométrico es clave para medir el grado de autoestima de cada una de las personas privadas de libertad y elaborar planes de atención a las personas que han dado muestra de algunos signos de depresión e inestabilidad emocional. 2.2. Experiencia Ecuador: Habilitación laboral para privados de libertad en el Centro de Rehabilitación Social de Varones Quito N° 1 La experiencia implementada por el Ecuador ha sido de habilitación laboral para personas privadas de libertad. Proyecto que contempla dos fases desarrolladas en los periodos 2011- 2012 (Fase I) y 2012-2013 (Fase II). Actualmente Ecuador está implementando un nuevo modelo de gestión penitenciaria que apunta a una política de “Cero Ocio” en los cetros de rehabilitación. Para eso ha puesto énfasis en involucrar a las personas privadas de libertad en actividades educativas, laborales, culturales y deportivas 9. 2.2.1. Contexto nacional en el que se desarrolla la propuesta Ecuador en el 2007 ocupa el puesto 80 en la clasificación del Índice de Desarrollo Humano, ubicándose entre los últimos países del rango de 9
Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos (2013). Una nueva Rehabilitación Social. Ecuador
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Desarrollo Humano Alto. La esperanza de vida al nacer es de 74,7 años, el Producto Interno Bruto per cápita es de 3.335 dólares y su población sobrepasa ligeramente los 14 millones de personas, de los cuales más de 3 millones se encuentran residiendo fuera del país (EEUU, España e Italia como principales destinos) (PNUD, 2011). En lo relativo a pobreza, un 17% de la población subsiste con un dólar o menos al día, mientras que un 40% de la población lo hace con dos dólares al día, estableciéndose el umbral de pobreza en torno al 46% de la sociedad ecuatoriana (datos de 2005). A efectos educativos, el Ministerio de Educación declaró al país Patria Alfabetizada, situando la tasa de analfabetismo en un 2,7%. Esta declaración, no obstante, se realizó sobre una proyección (es, por tanto, una estimación) y está expuesta a debate actualmente. El porcentaje del gasto público en educación es actualmente del 8,02%, siendo a su vez el monto del PIB invertido en educación el 2,77%. En cuanto al Sistema Penitenciario10, el ecuatoriano cuenta en la actualidad con aproximadamente 18.500 personas privadas de libertad. Según el último boletín estadístico de la Dirección Nacional de Rehabilitación Social (DNRS) 11 2004 -2005, en el Ecuador existen 35 centros de rehabilitación social en 18 de las 21 provincias en que se divide el país; 15 de ellos están ubicados en cinco provincias de la Costa, 18 en diez provincias de la Sierra y dos en dos provincias de la región Oriental. De estos centros, cinco son de mujeres, ocho de varones, 19 son mixtos y tres de detención provisional. Hasta octubre del 2005, el número de personas privadas de libertad en el Ecuador eran 11.971, de las cuales 10.721 eran hombres y 1.250 mujeres. Del 2002 al 2004 el crecimiento de esta población subió en un 4,16%, lo cual nos da una idea de la fuerte tendencia que existe en el Ecuador de los últimos años de sancionar los delitos con prisión (DNRS, 2005). A nivel nacional, 73,82% de las personas encarceladas tienen entre 18 y 39 años de edad, una población joven casi en su totalidad. Según la encuesta realizada por la Facultad Latino Americana de Ciencias Sociales 10
Sesión extraía del artículo publicado por Pontón, Jenny y Torres, Andreina. (2007) Cárceles del Ecuador: Los efectos de la criminalización por drogas. Revista Latinoamericana de Seguridad Ciudadana No 1 Quito, mayo 2007 pp .55-73. 11 La DNRS en el 2010 fue absorbida por el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, pasando a cumplir la mayoría de sus competencias la Subsecretaria de Gestión y Atención a Personas en Conflicto con la Ley.
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(FLACSO), Sede Ecuador, en el 2005 (Gallardo y Núñez 2006), la edad más representativa de hombres y mujeres en los cuatro centros encuestados en Quito y Guayaquil, se encuentra entre los 31 y 45 años de edad; en éstos existe también entre un 3% y un 6% de personas de la tercera edad, lo cual es inconstitucional, ya que ancianos/as tienen el derecho a ser detenidos bajo arresto domiciliario. Con respecto al nivel educativo de la población penitenciaria ecuatoriana, un 42,68% de ella tiene instrucción primaria, un 42,23% secundaria, un 7,99% superior y un 7,10% no tienen ningún nivel de instrucción. En este sentido, vemos que el porcentaje de estudios primarios y secundarios es prácticamente el mismo; mientras el porcentaje de estudios superiores es bastante reducido, equiparándose al porcentaje de quienes no tienen ningún tipo de educación formal (DNRS, 2005). Según la Dirección Nacional de Rehabilitación Social, la distribución de la población de acuerdo al estado civil no ha variado con respecto a años anteriores. El 69% de ella se encuentra soltera o en unión libre. Así, observamos que el 33% de los hombres son solteros; el 32,39% en unión libre; el 20,93% casado; y tan solo el 7,97% divorciado, viudo o separado. En el caso de las mujeres confinadas llama la atención que el porcentaje más bajo es el de casadas con un 11,60%; mientras que el de divorciadas o separadas es de 15,23%; el de solteras es de 28,96%; y el de unión libre es 37,90%. Es decir, que la mayoría de mujeres se encuentra en unión libre mientras la mayoría de los hombres son solteros. Por otro lado, la composición étnica de las cárceles a nivel nacional está conformada por un 75% de mestizos, un 12% de negros, un 9% de blancos y un 4% de indígenas; a nivel de los 4 centros de rehabilitación estudiados en la encuesta de FLACSO, Sede Ecuador, este mismo ordenamiento se mantiene en el caso de la penitenciaría de varones de Guayaquil, sin embargo, en los centros de Quito y en la cárcel de mujeres de Guayaquil el porcentaje de negros y negras en prisión (18,73%) es inferior al de personas blancas (25,26%). En el Ecuador el 12,62% de la población penitenciaria es extranjera, de ésta el 18% son mujeres y el 81% son hombres. En el año 2004 las tendencias delictivas a nivel nacional en los centros de rehabilitación de varones, ubicaron en primer lugar a los delitos contra la propiedad, 36,4%; en segundo lugar a estupefacientes, 33,5%; y en tercer lugar los delitos contra las personas, 15,8%; en el caso de las mujeres la principal razón de encarcelamiento fueron: los delitos de estupefacientes con el 77%. Seguido de los delitos contra la propiedad, 11%, y luego los delitos contra las personas, 6,4% (DNRS, 2005). IDIE MERCOSUR-Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa
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La población masculina está casi a la par con delitos contra la propiedad, mientras que en las mujeres existe una diferencia abismal del 66% con el delito que ocupa la segunda razón de encarcelamiento. La situación legal de la población penitenciaria en el Ecuador es bastante crítica, el 59,89% se encuentran procesados/as y tan solo el 40,11% condenados/as; es decir, que en el Ecuador la mayoría de las personas privadas de libertad no han sido sentenciadas. Este fenómeno tiene varias causas, una de ellas es la crisis de la función judicial; sin embargo, el principal motivo que ha exacerbado esta situación es la figura de la detención en firme, la cual implica mantener a las personas procesadas detenidas, asegurando así su presencia en las investigaciones y audiencias de los juzgamientos. Aunque esta figura ya fue abolida en septiembre del 2006, rige únicamente para las personas que a partir de esa fecha han sido detenidas, no así para quienes ya se encontraban cumpliendo sentencia bajo esa medida. Respecto a las normativas 12, Ecuador se ha adherido o ha ratificado un cierto número de tratados internacionales que garantizan los derechos fundamentales de las personas arrestadas o detenidas: Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en 1969, Protocolo facultativo relativo al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en 1969, Convención contra la Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes en 1988, Convención sobre la Eliminación de todas Formas de Discriminación contra la Mujer en 1981, Convención sobre los Derechos del Niño en 1990 y Convención Americana de Derechos Humanos. 2.2.2. Marco legal nacional La Constitución Política de la República del Ecuador adoptada en 1998 establece los principios fundamentales que rigen las relaciones entre el Estado y los ciudadanos, así como entre los ciudadanos. Define los principios generales, los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales reconocidos a los ciudadanos y ciudadanas. Entre éstos, la Constitución muestra la adhesión del Ecuador a ciertos principios fundamentales del Estado de derecho: derecho a un proceso justo, a la presunción de inocencia, celeridad de la administración de la justicia y el derecho a la reparación integral.
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FIDH Federación Internacional de los Derechos Humano (Junio 2000) No 293/3 Informe Misión Internacional de Observación Las cárceles en Ecuador Denis, Langlois.
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También define los derechos colectivos de los pueblos indígenas, negros o afroecuatorianos, el derecho a un medio ambiente sano y los derechos de los consumidores. Establece las garantías jurídicas de esos derechos fundamentales. Igualmente, describe el sistema político ecuatoriano, las funciones de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, de los organismos de vigilancia y de los poderes seccionales y locales. El Código Penal define lo que constituye un delito, así como la sanción correspondiente. La pena máxima prevista es de 16 años. Sin embargo, la Ley de Drogas prevé una pena máxima de 25 años en los casos de reincidencia o de delitos conexos. El Código de Ejecución de Penas y de Rehabilitación Social establece organismos encargados de la aplicación de la ley y define las reglas aplicables al sistema penitenciario. Mediante esa ley se ha creado el Consejo Nacional de Rehabilitación Social, el cual tiene como funciones determinar la política penitenciaria para la rehabilitación integral de los detenidos y favorecer la buena administración de los CRS (Centros de Rehabilitación Social). Se reúne 3 o 4 veces al año. Asimismo se ha creado la Dirección Nacional de Rehabilitación Social (DNRS), que compete al Consejo Nacional y está encargada de la coordinación de la aplicación del régimen penitenciario cerca de los CRS. La filosofía del régimen penitenciario se establece en la Constitución misma, en su artículo 208 que determina: El sistema penal y el internamiento tendrán como finalidad la educación del sentenciado y su capacitación para el trabajo, a fin de obtener una rehabilitación que le permita una adecuada reincorporación social. Los centros de detención contarán con los recursos materiales y las instalaciones adecuadas para atender la salud física y psíquica de los internos. Estarán administrados por instituciones estatales o privadas sin fines de lucro, supervigiladas por el Estado. Los procesados o iniciados en juicio penal que se hallen privados de su libertad, permanecerán en centros de detención provisional. Únicamente las personas declaradas culpables y sancionadas con penas de privación de la libertad, mediante IDIE MERCOSUR-Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa
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sentencia condenatoria ejecutoria, permanecerán internas en los centros de rehabilitación social. Ninguna persona condenada por delitos comunes cumplirá la pena de los centros de rehabilitación social del Estado. La Constitución es la ley suprema del Estado. Tal como estipula el artículo 272, prevalece sobre cualquier otra norma legal. Además, el artículo 17 "garantiza a todos sus habitantes, sin discriminación alguna, el libre y eficaz ejercicio y el goce de los derechos humanos establecidos en esta Constitución y en las declaraciones, pactos, convenios y demás instrumentos internacionales vigentes." 2.2.3. El proyecto: Habilitación laboral para privados de libertad en el centro de rehabilitación social de varones N° 1 de Quito, fases I y II a.
Antecedentes
En educación formal escolarizada, el Ministerio de Educación desde el 2009 mantiene vigente el Acuerdo interinstitucional Nº 212 – 09 con el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos para la implementación del Programa Educativo “Voluntad” en los distintos Centros de Rehabilitación del país. Este acuerdo viabiliza el apoyo para la creación de centros educativos de educación básica y bachillerato de varias modalidades (humanidades y técnicas) para privados de libertad y la creación de partidas presupuestarias para docentes de este programa. Como parte del cuerpo docente participan privados de libertad con un grado de formación de hasta tercer nivel (Licenciaturas), que han recibido capacitación docente. No se manejan materiales de instrucción andragógicos, usualmente se utilizan los textos escolares de la educación regular. En la educación informal, no escolarizada, intervienen instituciones como el Servicio Ecuatoriano de Capacitación Profesional (SECAP), con cursos de ciclo corto en diferentes especialidades: mecánica, electricidad, panadería, textiles, construcción, etc. Desde el 2011, se viene construyendo el nuevo modelo de gestión penitenciaria que busca dar un giro radical al sistema de rehabilitación. Este en un modelo basado en las normas de la Organización de Naciones Unidas, que tiene como ejes fundamentales: el cambio en la formación de las personas que trabajan en los centros de rehabilitación, una moderna 34
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infraestructura, y el cumplimiento de los derechos y obligaciones de las personas privadas de libertad mientras cumplen sus condenas. El nuevo modelo de gestión penitenciaria apunta a una política “Cero Ocio” en los centros de rehabilitación, para ello impulsa la participación de los privados de libertad en actividades educativas, laborales, culturales y deportivas. Así mismo ha mejorado su alimentación y salud para cumplir con las obligaciones dictadas desde la Constitución. b.
Descripción del proyecto
El proyecto ha tenido dos fases de un año cada una (2012-2013). La Comunidad Autónoma de Madrid (CAM) ha sido la institución financiadora, la administración y asistencia técnica estuvo a cargo de la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI). Mientras que la institución que ha tenido a su cargo la implantación ha sido el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos. El objetivo del proyecto ha sido “Aumentar el índice de personas privadas de libertad en capacidad de insertarse al mercado laboral”. Para ello se capacitó en la primera fase en talleres de formación profesional a las personas privadas de libertad, tales como: taller de lutier, taller de mecánica, gasfitería (fontanería) y electricidad. Mientras que en la segunda fase se capacitó en talleres de formación profesional a las personas privadas de libertad abriendo un espacio a la producción y comercialización de sus productos. La experiencia benefició a 108 personas privadas de libertad, varones de entre 22 hasta 55 años de edad, con condenas firmes de hasta 8 años, de probada conducta y en franca rehabilitación social. b.1. La propuesta pedagógica El modelo educativo fue el técnico profesional con cursos de ciclo largo (2 a 3 años de formación especializada) avalado por la Escuela Taller de Quito (ETQ). La metodología basada en la formación por competencias (aptitudes y actitudes al trabajo), 30% de formación teórica, 70% de habilitación práctica. Aprender haciendo (800 horas de trabajo práctico en taller). La metodología aplicada responde al Programa Educativo Técnico – Profesional Integral (PETPI). Es un programa integral que consideró e integró los procesos cultural, laboral y de convivencia (Sistema de Méritos IDIE MERCOSUR-Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa
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para la Concesión de Rebajas de Penas del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos). Se persigue que al final del segundo año de formación los privados de libertad obtengan el título de maestro artesano, para lo cual el Ministerio de Justicia y la OEI están impulsando un convenio con la Junta Nacional de Defensa del Artesano (JNDA). El componente técnico laboral desarrolló conocimientos y destrezas especializadas en los oficios: a) artesanales de herrería, forjado y metalmecánica; b) artesanal de fabricación de instrumentos musicales de cuerda; guitarras, requintos y charangos; c) manejo seguro y eficiente de máquinas y herramientas especializadas y d) normas de seguridad industrial y administración de talleres artesanales. El componente actitudinal y de convivencia desarrolló competencias en: disciplina y orden; respeto a normas, regulaciones y reglamentos de trabajo; habilidades para el trabajo en equipo y ética y transparencia laboral. El componente de emprendimiento contempló el desarrollo de actitudes y aptitudes para el emprendimiento y levantamiento y gestión de planes de negocios. b.2. Los materiales Los materiales didácticos utilizados fueron: cuadernos de escritura, cuaderno para dibujo y diseño, juego geométrico, textos e imágenes especializadas del oficio, maquetas, matrices, pizarra y mobiliario. Además el Manual de Desarrollo Humano y de Emprendimiento 13. Los materiales de trabajo práctico utilizados fueron: máquinas pesadas y livianas, herramientas y materiales. Uniformes y equipamiento de seguridad industrial. Manuales de uso de máquinas y herramientas. b.3. Los instructores Los maestros han sido artesanos con larga trayectoria en el oficio y mucha experiencia como maestros monitores en la ETQ y de trabajo con jóvenes en situación de riesgo y de sectores vulnerables. Los instructores del proyecto han sido varones de entre 40 a 65 años de edad.
13
Manuales desarrollados en convenio por la Fundación Educativa Monseñor Rada – FUNDER, www.funder.edu.ec
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c.
d.
Principales logros El modelo educativo “técnico profesional” avalado por la Escuela Taller de Quito (ETQ), basado en la formación de competencias técnicas, laborales humanas y de emprendimiento. El programa curricular de los cursos es integral (PETPI) consideró e integró los procesos cultural, laboral y de convivencia de los CRS. El perfil de salida del curso es el de maestro artesano de la Junta Nacional de Defensa del Artesano (JNDA). El trabajo con los maestros artesanos de la ETQ, teniendo en cuenta la formación y experiencia que poseen como instructores monitores. Los materiales didácticos y los uniformes para los participantes al curso han sido claves. Equipamiento y abastecimiento técnico de los talleres adecuado y suficiente, que garanticen procesos significativos de aprendizaje para el trabajo. Construcción de un catálogo de productos y servicios ofertados por los talleres laborales del CRSVQ. Desarrollo de un modelo de gestión para la producción y comercialización de los productos elaborados en los talleres, que viabilicen procesos reales de incorporación laboral para los privados de libertad en los CRS. La firma de convenios con diferentes instituciones, que permitió la ejecución conjunta de acciones para el cumplimiento de los objetivos propuestos en el Proyecto. Principales desafíos Fortalecer el área laboral de los CRS para garantizar la sostenibilidad del modelo de productividad y comercialización. Fortalecer la estrategia de sostenibilidad de los talleres. Fortalecer el área Educativa para incorporar a los programas y oferta educativa de los CRS las propuestas de educación técnico profesional tendientes a la habilitación laboral. Mejorar la formación profesional y metodológica de los docentes e instructores que trabajan en los CRS. Adaptar a las necesidades de los CRS las propuestas curriculares y materiales de instrucción vigentes que el Ministerio de Educación posee para atención de jóvenes y adultos. Crear los bachilleratos técnicos acelerados. Certificar la formación artesanal en los centros penitenciarios. Mejorar los niveles de autoestima y salud mental de los privados de libertad.
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e.
Consolidar el trabajo en equipo, una mejor convivencia e integración social entre los privados de libertad. Aspectos innovadores del proyecto
La implantación de un modelo formativo novedoso y de mucha calidad, basado en el Programa Educativo Técnico – Profesional Integral (PETPI), que busca consolidar la propuesta de formación con cursos de ciclo largo, que permita conseguir un alto perfil técnico profesional de los beneficiarios y garantice su incorporación laboral satisfactoria. 2.3. Experiencia Paraguay: Programa de educación para adultos (PRODEPA) La experiencia que se toma para este trabajo, es el programa que ha desarrollado Paraguay a lo largo de 10 años en el marco del Programa de Educación Bilingüe de Jóvenes y Adultos (PRODEPA) 14. Así también, la OEI, a través del Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa, ha sistematizado y realizado un estudio diagnóstico de la experiencia de la educación en contextos de encierro desarrollado por la Dirección General de Educación Permanente. A continuación se presenta una breve contextualización del país y la normativa existente sobre la educación en contexto de encierro, para luego caracterizar la experiencia. 2.3.1. Contexto Nacional Paraguay cuenta con una población de 6.273.103 personas (DGEEC, 2010), sin diferencias significativas entre el número de mujeres y el de hombres (49,72% y 50,28%, respectivamente). El 58,8% vive en áreas urbanas. La mayor parte de quienes trabajan corresponde al sector terciario de la economía (53,5%) y el trabajo por cuenta propia es el más extendido (34,9%). Según la encuesta permanente de hogares del año 2010, la población de 15 años y más de edad del Paraguay es de 4.344.009 personas, de las 14
Dicho programa fue implementado por el Ministerio de Educación y Cultura a través de la Dirección General de Educación Permanente y financiado por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), la asistencia técnica del Ministerio de Educación de España y la administración de la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI).
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cuales 230.232 son analfabetas 15. El 40,3% de esta población tiene residencia en la zona urbana y el 59,6% en la zona rural. El 43,5% son varones y el 56,5% mujeres. La población indígena en el Paraguay es cercana al 2%, pero la tasa de analfabetismo es superior al de la población en general. La última Encuesta de Hogares Indígenas 2008, ha proporcionado importantes datos sobre el analfabetismo, diferenciando los 5 troncos lingüísticos. A pesar de que la diferencia entre las cinco familias lingüísticas no es muy significativa, sí lo es cuando se compara la tasa con la de la sociedad nacional, donde el nivel de analfabetismo alcanza el 6,4% según el último estudio de la CEPAL. Existen 476.804 personas de 15 años y más de edad que no cuentan con la primaria completa. Esto representa el 19% de la población de 15 años y más de edad que alguna vez asistió y actualmente no asiste a una institución de enseñanza formal. Se considera con primaria incompleta a la persona que posee 5 años o menos de estudios aprobados según la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación (CINE). Asimismo, 1.556.787 personas de 18 años y más de edad no cuentan con la secundaria completa. Esto representa el 65,4% de la población de 18 años y más de edad que alguna vez asistió y actualmente no asiste a una institución de enseñanza formal. Se considera con secundaria incompleta a la persona que posee 11 años o menos de estudios aprobados según la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación (CINE). Respecto al contexto penitenciario, aproximadamente 6.000 personas adultas se encuentran privadas de su libertad, las cuales se encuentran en 14 instituciones penitenciarias. La institución más grande es la Penitenciaría de Tacumbú con una población carcelaria de alrededor de 3.000 internos. La cantidad de mujeres privadas de su libertad es de cerca de 300, lo que equivale al 5% de la población penal y se encuentra, en su mayoría, en la Penitenciaría del Buen Pastor (Anexo Tabla 1). En cuanto a la situación de adolescentes privados de su libertad (14 a 18 años), la población es de aproximadamente 220 jóvenes que se encuentran en 10 instituciones. La institución que concentra la mayor cantidad de internos adolescentes es el Centro Educativo de Itaguá, con aproximadamente 100 internos. La población de adolescentes mujeres
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Persona de 15 años y más de edad, que no tenía aprobado el segundo grado del nivel primario al momento del censo.
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privadas de su libertad es de 26, lo que equivale al 13% 16. Las cantidades no son exactas, ya que existe un constante flujo de personas que ingresan y egresan de las instituciones penitenciarias (Anexo Tabla 2). A estos datos mencionados, el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP, 2007), agrega las penitenciarías de Coronel Oviedo y de San Pedro, la primera con una capacidad para 617 internos y la segunda para 288 internos, ambas no incluidas en las tablas arriba citadas. Dentro del penal existe una gran variedad de personas con situaciones y necesidades diferentes. Hay variaciones en cuanto a la edad, el origen (rural-urbano), el nivel socioeconómico y educativo. Aun en esta diversidad existe una mayoría joven, de nivel socioeconómico bajo y con baja o nula formación académica. Con relación a los adolescentes privados de libertad, la mayor cantidad de adolescentes proviene de Asunción y del Departamento Central. Los motivos son principalmente económicos: robos, hurtos, tráfico. Hay muchos adolescentes que son consumidores y algunos adictos a las drogas. También algunos presentan trastornos psicológicos o estados emocionales negativos relacionados con la condición de detenidos (OIE, Mercosur, 2009). Por otra parte, hay diferencias en cuanto a la situación penal de los internos. Están los internos con sentencia y los no sentenciados, lo cual influye en la actitud que tienen en torno a su vida en el penal y a la realización de actividades como las propuestas en los centros educativos (OIE Mercosur, 2009). Otro aspecto es la situación económica de los internos dentro del penal. Muchos se encuentran en condiciones de indigencia y necesitan realizar cualquier actividad que le genere fondos y le permitan subsistir (OIE Mercosur, 2009). 2.3.2. Marco normativo nacional El Paraguay ha firmado y ratificado los instrumentos legales internacionales sobre derechos humanos que garantizan mejores condiciones de detención a los internos de una unidad penal. Entre ellos están la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948); el Pacto 16
Las estadísticas presentadas provienen de los informes que se encuentran en el sitio Web del Ministerio de Justicia y Trabajo (www.mjt.gov.py). En el caso de la población adulta, provienen del Parte Diario del 06/12/07 y de los adolescentes del Parte Diario del 13/03/07.
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Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966), la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y las Reglas Mínimas para el Tratamiento de Reclusos de las Naciones Unidas (1955). En cuanto a las normas internacionales y regionales e iniciativas en materia de educación en establecimientos penitenciarios las actividades de las NNUU se han concentrado en dos aspectos: que los reclusos tienen un derecho humano básico a la educación y que esta educación debe abarcar los aspectos mental, físico, social y espiritual (integralidad) (UNESCO, 1995). En cuanto a la legislación nacional que fundamenta la educación en contextos de encierro, se debe citar la Constitución Nacional, la Ley General de Educación y la Ley Penitenciaria. El Código de la Niñez y de la Adolescencia tiene referencias específicas al tema educativo de adolescentes privados de su libertad. La Constitución Nacional establece en el artículo 73 que Toda persona
tiene derecho a la educación integral y permanente, que como sistema y proceso se realiza en el contexto de la cultura de la comunidad. Sus fines son el desarrollo pleno de la personalidad humana y la promoción de la libertad y la paz, la justicia social, la solidaridad, la cooperación y la integración de los pueblos; el respeto a los derechos humanos y los principios democráticos; la afirmación del compromiso con la Patria, de la identidad cultural y la formación intelectual, moral y cívica, así como la eliminación de los contenidos educativos de carácter discriminatorio. La erradicación del analfabetismo y la capacitación para el trabajo son objetivos permanentes del sistema educativo.
La Ley General de Educación expresa que la educación general básica tendrá por objetivo brindar acceso al sistema educativo nacional a las personas privadas de su libertad en establecimientos carcelarios. La Ley Penitenciaria, en el capítulo VIII (de la acción pedagógica), incluye varios artículos referidos a la educación de personas privadas de su libertad (artículos del 58 al 65). Así, en el artículo 58 se afirma que como parte fundamental del tratamiento penitenciario se adoptarán medidas necesarias para mejorar la educación de todo interno capaz de asimilarla. En el artículo 60, se expresa que la instrucción será obligatoria para los internos analfabetos y los que no hubieron completado el ciclo primario. Pueden eximirse de esta obligación los internos mayores de 45 años y los que carecen de las mínimas condiciones mentales. IDIE MERCOSUR-Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa
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En el Código de la Niñez y la Adolescencia, en el capítulo IV se afirma que la medida privativa de libertad se ejecutará de acuerdo con las necesidades y posibilidades pedagógicas en regímenes cerrados o semiabiertos, procurando favorecer un trabamiento que permita al adolescente aprender a vivir en libertad sin la realización de hechos punibles. Con esta finalidad, se fomentarán los contactos del adolescente con el ámbito exterior del establecimiento y su incorporación en programas educativos y de entretenimiento social. Se han firmado varios convenios en el 2002 entre el Ministerio de Educación y Cultura y el Ministerio de Justicia y Trabajo de manera a impulsar acciones educativas conjuntas en los centros penitenciarios. Con el objetivo de promover una mejor calidad de vida para los jóvenes y adultos de los Centros de Privación de Libertad de Adolescentes y los Centros Penitenciarios para adultos. En abril del 2008, se establecen los compromisos del Ministerio de Educación y Cultura (MEC) y del Ministerio de Justicia y Trabajo (MJT). En éste, el MJT se comprometía a proporcionar la infraestructura necesaria donde se desarrollarán las actividades educativas, facilitar el acceso de participantes, de técnicos docentes a los centros educativos y facilitar la participación de los funcionarios de las instituciones penitenciarias. Por su parte, el MEC se comprometía a designar docentes, realizar supervisión y acompañamiento técnico-pedagógico, implementar programas de educación artística y deportiva, e implementar talleres productivos para dar formación laboral. 2.3.3. El Proyecto: Educación de personas jóvenes y adultas en contextos de encierro a.
Antecedentes
Los programas de Educación de Personas Jóvenes y Adultas son implementados por la Dirección General de Educación Permanente, dependiente del Ministerio de Educación y Cultura. Los programas desarrollados son de Alfabetización, Educación Básica Bilingüe, Educación Media, Formación Profesional Inicial, Formación Profesional. La Educación Básica Bilingüe se desarrolla en todos los centros en contextos de encierro y la Educación Media en 7 centros (6 de mayores y 1 de adolescentes) a excepción de las penitenciarías de Ciudad del Este, Emboscada, San Pedro y Villarrica. 42
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La formación profesional se implementa en mayor o menor medida en todos los Centros Educativos en contexto de Encierro (CE). Predominan los cursos de elaboración de productos de limpieza, reciclado y electricidad. En las penitenciarías de mujeres se implementan cursos de peluquería y de costura. Hay un pedido generalizado de cursos de informática para los CE, esta especialidad tienen solamente unos pocos centros. Además, el Programa PROLABOR se ha extendido a ciertos Centros Educativos en Contexto de Encierro con sus talleres de formación y capacitación laboral. En la mayoría de los centros los docentes se encargan también de la formación profesional, de forma complementaria o exclusiva. Generalmente los docentes realizan cursos de artesanía y reciclado, aunque también hay casos de formación profesional más específica por docentes, como cursos de peluquería y de costura en el Correccional de Mujeres de Ciudad del Este o cursos de computación en la Penitenciaría Regional de Misiones. Existen otras instituciones públicas que también imparten la formación profesional como ser Sistema Nacional de Preparación Profesional (SNPP), Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral (SINAFOCAL). Además de los cursos académicos, en los Centros Penitenciarios existen actividades deportivas y artísticas. Los educadores organizan torneos y, a partir de una capacitación recibida en el área de educación artística, los docentes y jóvenes desarrollan otras propuestas alternativas. b.
Descripción del proyecto
En el 2002, se comienza a implementar el Programa Educativo de Centros Penitenciarios, como parte de las acciones educativas que se realizan desde el PRODEPA. Uno de los objetivos de este programa fue garantizar una educación básica a las personas privadas de su libertad, así como, la capacitación de los docentes que trabajan en los centros educativos penitenciarios. Esta implementación implicó la firma de convenios entre los Ministerios de Educación y Cultura y el Ministerio de Justicia y Trabajo, que se fueron renovando a lo largo de los años; además del trabajo articulado entre ambas instituciones. A partir de allí se realizó una primera fase que consistió en un diagnóstico en el cual se elaboró una tipología de las características sociodemográficas y educativas de la población carcelaria; se analizó la legislación existente, la infraestructura, los recursos materiales y personales con que se contaba. En esta tarea se visitaron los centros penitenciarios, se tuvieron reuniones con directivos y funcionarios. La primera acción consistió en una IDIE MERCOSUR-Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa
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capacitación de tres días con doce de las trece penitenciarías del país a la que asistieron funcionarios, internos y docentes (Soriano, 2008). Al inicio del proyecto educativo de centros penitenciarios se constató que no se daban las condiciones mínimas que garanticen la calidad del proceso de aprendizaje. Otras dificultades encontradas fueron la falta de asistencia técnica-pedagógica a los docentes, la desorganización de los archivos, la poca disposición de algunos docentes para asistir a las personas privadas de su libertad y a las cuales no se podía exigir que cumplan con los reglamentos y disposiciones, la falta de una administradora-directora que atienda las necesidades en el aspecto estrictamente educativo y falta de estímulo para que los internos asistan a las aulas (Leguizamón y Barrios, 2007). El Ministerio de Educación y Cultura a través de la Dirección General de Educación Permanente, en coordinación con el Ministerio de Justicia y Trabajo y otras instituciones que ofrecen capacitación a personas jóvenes y adultas, han implementado la educación en contexto de encierro. Esta iniciativa se enmarca en el Programa de Educación Bilingüe de Jóvenes y Adultos (PRODEPA) cuyos fondos han sido del Gobierno de España, a través de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID). La asistencia técnica la tuvo el Ministerio de Educación de España y la OEI ha administrado los Fondos. A esta iniciativa se han sumado otras que han fortalecido la experiencia iniciada con el PRODEPA como lo es la Red Latinoamericana de Educación en Prisiones (RedLECE) a través de Eurosocial y la OEI, a través del Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa (IDIE MERCOSUR). El objetivo del proyecto es mejorar la calidad educativa de las personas privadas de su libertad en los Centros Penitenciarios y garantizar el acceso a la educación, crear órganos de participación de los internos en los Centros Educativos. El programa llega a las 17 penitenciarías del país, aproximadamente 5.100 participantes inscriptos desde el inicio del programa en el 2002. Si bien no existen datos acerca del índice de analfabetismo en este sector, se tiene información de que el mismo constituye un problema. b.1. La propuesta pedagógica Considerando la diversidad de la población y las diferencias en el nivel educativo se trabaja en pequeños grupos con metodologías 44
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participativas, eso constituye un medio para analizar la realidad, motivar el diálogo, desinhibir a los participantes e integrar y crear un ambiente de confianza que favorezca el desarrollo de actitudes. Este proyecto se constituye en un espacio de aprendizaje que busca la formación integral de las personas privadas de su libertad, tanto desde el punto de vista académico formal, como no formal, con el fin de facilitar su proceso educativo, viabilizar su reinserción en la sociedad y mejorar su calidad de vida. El proyecto no sólo trabaja en la formación de las personas privadas de libertad sino también en su entorno trabajando con el personal de la penitenciaria, buscando un cambio positivo en el relacionamiento funcionarios/as penitenciarios y presos/as. Así como también a nivel general, se busca una mayor sensibilización de la sociedad en sí. b.2. Los materiales El currículum, los programas de estudio y los libros utilizados tanto para la Educación Básica Bilingüe como la Educación Media fueron elaborados especialmente para la educación de personas jóvenes y adultas. La mayoría de los docentes adaptan el programa al ambiente de encierro, seleccionando los contenidos a desarrollar. La Dirección General de Educación Permanente se encarga de la elaboración y distribución de materiales de capacitación para docentes y funcionarios penitenciarios. b.3. Los instructores Esta propuesta contempla dos tipos de instructores, los docentes que poseen títulos habilitantes quienes son capacitados y actualizados para desarrollar los programas de educación de jóvenes y adultos dentro de las penitenciarías y centros educativos del país y los facilitadores voluntarios que son personas privadas de libertad que tienen un nivel educativo más avanzado que gran parte de la población penitenciaria, quienes se convierten en educadores de sus propios compañeros. Estos últimos reciben una gratificación cada año por la labor que desempeñan. c.
Logros del proyecto
Al igual que en otras instituciones penales, la implementación del programa de PRODEPA ha significado un importante impulso para la educación de las internas/internos y ha
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representado una mayor visibilidad y relevancia de la educación en las instituciones penitenciarias. El abordaje educativo actual en las instituciones penitenciarias en Paraguay ha significado un cambio sustantivo respecto a las prácticas educativas habituales en estos contextos. Se han desarrollado programas educativos (para jóvenes y adultos), dotado de textos y de materiales; se han construido y mejorado espacios físicos para el desarrollo de las clases y equipado dichas salas, incluyendo la instalación de equipos informáticos e Internet. Respecto a los programas educativos, se han utilizado los módulos y las ofertas educativas correspondientes a la educación de personas del segmento mencionado. Otro hecho importante ha sido la capacitación de docentes para la enseñanza en contexto de encierro. También se ha conformado una red de docentes de centros penitenciarios, que ha servido como instancia de capacitación e intercambio de experiencias, se establecieron nexos con redes y organizaciones internacionales que trabajan en educación y se participaron en encuentros internacionales sobre educación en prisiones (OEI Mercosur, 2009). El trabajo educativo en los centros ha permitido a muchos internos del penal elevar sus niveles educativos y tener nuevas perspectivas para su vida post penitenciaria. También les ha ayudado mejorar sus condiciones de vida en el penal. Las personas entrevistadas señalan también que la experiencia en los centros ha llevado a valorar la educación y a generar cambios de actitudes en los internos (OEI Mercosur, 2009). También es importante destacar la creación del Servicio de Atención a Adolescentes Infractores (SENAAI) como una instancia institucional dentro del Ministerio de Justicia y Trabajo, encargada específicamente de promover una mejor atención a adolescentes infractores (OEI Mercosur, 2009). En estos momentos todos los centros educativos cuentan con programas de alfabetización y educación permanente, incluyendo el programa de educación media, materiales educativos y condiciones aceptables en término de aula y equipamiento escolar (OEI Mercosur, 2009). El apoyo al monitoreo y seguimiento. Los responsables del MEC para este programa visitan dos a tres veces los diferentes centros de jóvenes y adultos que funcionan en contextos de encierro. Durante estas visitas se trabaja a diferentes niveles: con los participantes, con los docentes, con los directores de los centros de jóvenes y adultos, con los supervisores, con los funcionarios penitenciarios y con los directores de los centros IDIE MERCOSUR-Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa
d.
penitenciarios. Con cada uno de ellos se mantienen entrevistas para identificar las necesidades, logros y desafíos de modo a ir generando acciones a favor del mejoramiento de la oferta educativa. A fin de incidir positivamente en este relacionamiento, se ha elaborado una propuesta de acuerdo-reglamento para mejorar la coordinación entre ambos actores. El instrumento sería firmado en cada centro penitenciario por las personas responsables. Se encuentra actualmente sujeto a consideración de las autoridades del MJT (DGEPEP y SENAAI), mientras por parte del MEC la Dirección General de Educación Permanente (DGEP) se manifestó de acuerdo con lo planteado. A fin de que los internos e internas cuenten con una documentación que avale el proceso educativo que están desarrollando se ha elaborado un instrumento de recolección de datos. Este documento da cuenta de la situación educativa de las personas privadas de libertad (ficha educativa). Principales desafíos
Entre los desafíos se encuentra el aspecto administrativo que ha generado algunas dificultades en la falta de acuerdo con la supervisión educativa para la certificación oficial a los estudiantes que finalizan un ciclo educativo en el penal (OEI Mercosur, 2009). La falta de esta certificación ha obstaculizado la continuidad de los estudios de los internos una vez que abandonan el penal. Uno de los motivos que genera esta situación es que los internos no cuentan con documentos de identidad. Al ingresar al penal los internos son despojados de sus documentos de identidad y no se les provee de ningún documento que pueda servir para su registro y certificación de los cursos que realizan (OEI Mercosur, 2009). Otros de los desafíos es la falta de motivación para que las internas e internos asistan regularmente a las clases. Por una parte, no se implementan normas o regulaciones para que las internas e internos asistan a los cursos, y esto queda librado en gran parte a su estado de ánimo y decisión personal. Se ha identificado que las personas privadas de libertad no cuentan con ningún tipo de documentación que provea datos sobre su proceso educativo. Se considera que esta información es de gran importancia pues permite que el interno pueda dar cuenta del esfuerzo invertido para mejorar sus condiciones de aprendizaje y de vida. Por otra parte se necesita contar con un instrumento que permita dar cuenta del trabajo que se está realizando, el
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e.
alcance, el perfil de los estudiantes. Teniendo en cuenta esta situación se ha elaborado junto con los responsables del programa educación en contextos de encierro un instrumento que incluye aspectos que permiten ir monitoreando durante el año el funcionamiento del programa, abarcando tanto aspectos académicos como sociales del interno. Más allá de la función informativa y estadística del mencionado instrumento, se pretende incidir positivamente en la motivación y participación del interno en los programas educativos, al poder éste disponer de su “ficha educativa” para presentarla tanto al juez de la causa como a futuros potenciales empleadores. Se ha proveído al Ministerio de Educación 3000 fichas para su aplicación en los centros de educación en contexto de encierro. En el año 2012 este instrumento se aplicó en dos oportunidades. Asistencia técnica para incidir positivamente en la relación de actores del sistema educativo y del sistema penitenciario: Uno de los factores que interfiere en el desarrollo de actividades educativas en los centros penitenciarios es el desempeño paralelo de dos funciones del Estado en un mismo lugar: la educativa a través del centro educativo y la de la ejecución penal y el mantenimiento de la seguridad a través del centro privativo de libertad. Aspectos innovadores
La presencia de facilitadores internos constituye una medida novedosa y positiva para el desarrollo del proyecto educativo. Por una parte suplen la escasez de docentes con rubros, por otra se da una oportunidad a personas calificadas a que realicen una tarea constructiva y valorada por los internos y por el personal que trabaja en la institución. Incluso, hay casos de guardias que estudian en el centro educativo del penal y cuyos docentes son internos (OEI Mercosur, 2009). Un trabajo particular se ha hecho en las instituciones encargadas de adolescentes infractores. Allí, conjuntamente con el Servicio de Atención a Adolescentes Infractores (SENAAI) del Ministerio de Justicia y Trabajo, se desarrolló un abordaje (modelo socio comunitario) donde la educación es una pieza clave. Como parte del trabajo educativo se realizó un seguimiento y acompañamiento a adolescentes egresados de estas instituciones, facilitando la continuidad de sus estudios y disminuyendo significativamente los casos de reincidencia (OEI Mercosur, 2009).
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Otro hecho interesante es la experiencia piloto de seguimiento post penitenciario. Esta estrategia incluyó una atención a los adolescentes una vez que obtienen su libertad. Estos adolescentes fueron reubicados en centros educativos que les permitió continuar su educación. Un resultado de esta experiencia es la muy escasa reincidencia de estos adolescentes (OEI Mercosur, 2009).
2.4. Experiencia Argentina Para la experiencia de Argentina por un lado se presenta el plan de acción de la Coordinación Nacional de Modalidad Educación en Contextos de Encierro (ECE), organismo responsable de la articulación y gestión de la modalidad en el ámbito nacional. Y por otro, una breve referencia a la experiencia del Centro Universitario San Martín (CUSAM), que es el Centro de enseñanza en contexto de encierro creado por la Secretaría de Extensión Universitaria de San Martín. 2.4.1. Contexto Nacional En Argentina existen alrededor de 50.000 internos alojados en 166 unidades penitenciarias provinciales y 30 dependientes del Servicio Penitenciario Federal. Los datos estadísticos producidos por la Penitenciaria Nacional en 2007 (Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos) muestran algunos de los rasgos que caracterizan al grupo de personas privadas de libertad en el conjunto del país. La distribución por edad permite apreciar una mayor cantidad de personas privadas de su libertad entre 25 y 44 años que abarca el 43%, le sigue el rango entre 18 y 24 años con un 26%, luego personas privadas de libertad entre 35 y 44 años, 18%, la franja de 45 a 64 años abarca el 12% y por último, una menor concentración de personas de 65 y más años con un 1%. El nivel de instrucción de las personas privadas de libertad arrojó los siguientes datos, un 47% de la población privada de libertad tiene completo el nivel primario, mientras que un 23% no lo tiene. Con relación al nivel secundario, un 17% de las personas privadas de libertad no tiene completo el nivel secundario, sólo el 5% culminó sus estudios secundarios. En tanto que, sólo el 2% de la población tiene estudios terciarios o universitarios. IDIE MERCOSUR-Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa
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Puede colegirse que el grupo más desfavorecido dentro de la población penitenciaria es el grupo de analfabetos y de quienes no han completado la educación primaria o básica. Ejemplo de ello es que actualmente en Argentina el índice de analfabetismo al interior de las unidades penitenciarias supera ampliamente la media del país. La situación laboral al momento de ingreso a la unidad penitenciaria muestra que el 46% de las personas estaban desempleadas, un 34% trabajaban en tiempo parcial, mientras que el 20% corresponde al grupo de quienes eran trabajadores de tiempo completo. En cuanto a su nivel de capacitación laboral al ingresar: el 55% no tenía oficio ni profesión; el 36% algún oficio y el 9% tenía alguna profesión. En cuanto a la situación de las mujeres con hijos, sobre un total de casi 2.800, se observa que sólo una minoría -7%- tiene a sus hijos con ella en la unidad penitenciaria. 2.4.2. Marco Legal Nacional Existen diversas leyes que abalan el proceso educativo en contextos de encierro, una de ellas es la Ley de Educación Nacional. La Ley de Educación Nacional N° 26.206 en su capítulo 12, artículo 55, expresa [que]
La Educación en Contextos de Privación de Libertad es la modalidad del sistema educativo destinada a garantizar el derecho a la educación de todas las personas privadas de libertad con la finalidad de promover su formación integral y desarrollo pleno. El ejercicio de este derecho no admite limitación ni discriminación alguna vinculada a la situación de encierro, y será puesto en conocimiento de todas las personas privadas de libertad, en forma fehaciente, desde el momento de su ingreso a la institución. La Ley señala asimismo los objetivos de la modalidad (artículo 56): • Garantizar el cumplimiento de la escolaridad obligatoria a todas las personas privadas de libertad dentro de las instituciones de encierro o fuera de ellas cuando las condiciones de detención lo permitieran. • Ofrecer formación técnico profesional, en todos los niveles y modalidades, a las personas privadas de libertad. • Favorecer el acceso y permanencia en la Educación Superior y un sistema gratuito de educación a distancia. • Asegurar alternativas de educación no formal y apoyar las iniciativas educativas que formulen las personas privadas de libertad. 50
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• • •
Desarrollar propuestas destinadas a estimular la creación artística y la participación en diferentes manifestaciones culturales, así como en actividades de educación física y deportiva. Brindar información permanente sobre las ofertas educativas y culturales existentes. Contribuir a la inclusión social de las personas privadas de libertad a través del acceso al sistema educativo y a la vida cultural.
La responsabilidad del Ministerio de Educación de la Nación es asegurar la
educación de todas las personas privadas de libertad, el Ministerio de Educación de la Nación acuerda y coordina acciones, estrategias y mecanismos necesarios con las autoridades nacionales y provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con institutos de educación superior y con universidades. Corresponde al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y sus equivalentes provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como a los organismos responsables de las instituciones en que se encuentran los/las niños/as y adolescentes privados de libertad, adoptar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de lo establecido en el presente capítulo (Artículo 57).
Responsabilidad de los ministerios provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (artículo 58): Los sistemas educativos jurisdiccionales
ofrecerán atención educativa de nivel inicial destinada a los/as niños/as de CUARENTA Y CINCO (45) días a CUATRO (4) años de edad, nacidos/as y/o criados/as en estos contextos, a través de jardines maternales o de infantes, así como otras actividades educativas y recreativas dentro y fuera de las unidades penitenciarias.
Derecho de la infancia y juventud privadas de libertad (artículo 59):
Todos/as los/as niños/as y adolescentes que se encuentran privados de libertad en instituciones de régimen cerrado según lo establecido por el artículo 19 de la Ley Nº 26.061, tienen derecho al acceso, permanencia y tránsito en todos los niveles y modalidades del sistema educativo. Las formas de implementación de este derecho responderán a criterios de flexibilidad y calidad que aseguren resultados equivalentes a los de la educación común. La Ley de Educación Nacional incorpora así una nueva modalidad que tiene por objetivo contribuir a la inclusión social de las personas privadas de libertad a través del acceso al sistema educativo y a la vida cultural. En este mismo marco, también regula la educación de aquellos niños y niñas que, habiendo nacido en estos contextos, deben recibir educación inicial desde los 45 días. El marco legal sobre los Derechos de los Niños y Niñas IDIE MERCOSUR-Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa
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del país se incluye a partir de 1994 en la Constitución Nacional a través de la Ley 23849, sancionada por el Congreso Nacional. Otra normativa que cabe citar es la Resolución del Consejo Federal de Educación Nº 127/10 que aprueba el documento base, La educación en contextos de privación de libertad en el sistema educativo nacional. Dicho documento incluye una caracterización y el enfoque de las políticas para los contextos de privación de la libertad, algunos antecedentes de la modalidad, los niveles e instancias de articulación en el ámbito del sistema educativo, la conformación de Mesas de Trabajo Intersectorial integradas por representantes de los Ministerios de Educación, Justicia y otros organismos intervinientes, la organización general de la ECE en diferentes instituciones de privación de la libertad, entre otros aspectos. La ley 24.660 establece un Régimen de Ejecución de la Pena Privativa de la libertad en materia de educación en establecimientos penitenciarios, la misma fue aprobada por la Cámara de Diputados de la Nación en el 2008. El proyecto favorece la implementación plena y efectiva de la Ley de Educación Nacional en las instituciones penitenciarias. A partir de este nuevo marco legal, se impulsa y se facilitan las condiciones necesarias para ampliar la oferta de la educación en las cárceles, especialmente de nivel secundario. Pese a que muchos actores han impulsado la creación de escuelas secundarias en las cárceles desde el retorno a la democracia, es necesario un mayor impulso a partir de marcos legales, políticas y recursos. En este mismo camino, se recomienda conocer más acerca del Programa Nacional de Educación en Establecimientos Penitenciarios y de Minoridad (PNEEPyM). 2.4.3. La propuesta nacional La educación en contextos de encierro (ECE) fue establecida como una modalidad del sistema educativo en la Ley de Educación Nacional N° 26.206, sancionada en 2006. Dicha Ley (art. 16) establece que la obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de cinco (5) años hasta la finalización del nivel de la Educación Secundaria. Los grupos atendidos por la modalidad según la Ley de Educación son: Los jóvenes y adultos detenidos en cárceles Los adolescentes menores de 18 años acusados de comisión de delito alojados en instituciones penales cerradas.
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Los niños/as, adolescentes, jóvenes y adultos alojados en centros de tratamiento de adicciones de atención acentuada (cerrados). Los niños/as que viven con sus madres en cárceles o con medidas de prisión domiciliaria (Pallini, S., 2011).
Las ofertas educativas ofrecidas son: Por niveles • Educación inicial • Educación obligatoria: primaria y secundaria • Educación universitaria y no universitaria Por modalidades • Educación Permanente de Jóvenes y Adultos • Educación Técnico Profesional y formación para el trabajo • Educación artística Otras ofertas • Alfabetización • Educación no formal • Manifestaciones culturales diversas • Educación física y deportes Para el desarrollo de las diferentes propuestas Argentina cuenta con una Coordinación Nacional de Modalidad Educación en Contextos de Encierro (ECE). Esta se constituye en el organismo responsable de la articulación y gestión de la modalidad en el ámbito nacional. Cabe destacar que las líneas de trabajo son articuladas y coordinadas con las unidades responsables de la ECE en las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La finalidad estratégica de la ECE es mejorar las condiciones educativas durante el tiempo de condena para que las personas privadas de la libertad puedan construir un proyecto de vida que les permita su inclusión social. En estos términos, su objetivo político se define por su enfoque de democratización de la educación como el ámbito privilegiado para asegurar tanto la defensa de los Derechos Humanos como el resguardo de la seguridad pública. La estrategia de gestión adoptada presenta un fuerte énfasis en el desarrollo de acciones de articulación: • Interministerial, con los Ministerios de Justicia y de Trabajo de la Nación. IDIE MERCOSUR-Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa
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• • • •
Interjurisdiccional, con los Ministerios de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Intersectorial, con los servicios penitenciarios. Intraministerial al MECyT, al coordinar las propuestas de éste de manera transversal. Internacional, con organismos de diversos países que han avanzado sobre la temática.
Desde su conformación a la actualidad, la Coordinación Nacional de ECE ha atravesado las siguientes etapas: 2000
2003
2004
2005 2006 20072011
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Se conformó en el área de Educación de Jóvenes y Adultos una línea de trabajo denominada Educación en Establecimientos Penitenciarios, cuya primera acción fue la firma de un convenio con el Ministerio de Justicia de la Nación, a fin de que en las cárceles federales los agentes penitenciarios que brindaban instrucción fueran reemplazados por docentes de los sistemas educativos provinciales. Durante esta etapa se trabajó para instalar la falta de atención educativa en las cárceles como un problema educativo relacionado con la exclusión de una población poco visible y carente de posibilidad de demanda. Creación del Programa Nacional Educación en Establecimientos Penitenciarios y de Minoridad, con la finalidad de instalar el tema de la educación para las personas privadas de libertad en las agendas políticas nacionales, provinciales e internacionales. Reorganización en Programa Nacional de Educación en Establecimientos Penitenciarios y Minoridad al incluirse la atención educativa de los adolescentes en conflicto con la ley penal alojados en los llamados Institutos de Menores. Se adoptó la actual denominación: Programa Nacional Educación en Contextos de Encierro. La Ley de Educación Nacional 26.206 incorporó la atención de las personas en contextos de privación de libertad como una modalidad del sistema educativo. El Programa Nacional se conforma como una Coordinación de Modalidad dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Educativa. El objetivo central fue la implementación de la Ley de Educación Nacional, la constitución de la identidad de la modalidad en el ámbito federal y la generación de normativa para la universalización de la educación básica obligatoria (primaria y secundaria) con calidad. La Coordinación de la modalidad Educación en contextos de encierro, recibe nuevas tareas y responsabilidades, iniciándose una nueva etapa a partir de la sanción de la Ley de Ejecución de la pena privativa de la libertad (N° 26.695 de 2011). Esta norma modifica la ley anterior (1996) para reforzar a la educación como derecho de las personas privadas de su libertad en su igualdad con las que ejercen IDIE MERCOSUR-Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa
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el mismo derecho en el medio libre, y su incidencia en la ejecución de la pena. La nueva ley establece una estrecha relación entre el sistema de control social, la marginalidad y la educación como instrumento de tratamiento. Se establecen líneas directrices para la ECE en el Plan Nacional de Educación Obligatoria y Formación Docente (aprobado por el Consejo Federal de Educación mediante la Resolución N° 188/12). En el mencionado período se aspira a realizar un trabajo institucional orientado a afianzar los logros alcanzados: (a) la población con la educación obligatoria completa ha crecido en los últimos 10 años con una tasa del 40%, especialmente en las modalidades educación de adultos, educación especial y educación en contextos de privación de la libertad; (b) se produjo un incremento del 248% en la matrícula de ECE en los niveles primario y secundario y reducción del analfabetismo. El plan expresa asimismo la importancia de profundizar y ampliar el proyecto político, en el marco de la generación de condiciones para integrar las políticas de inclusión con las políticas pedagógicas centradas en la mejora de la enseñanza y de los aprendizajes en todos los niveles y modalidades. A este respecto se plantea: ampliar el acceso al nivel; mejorar la tasa de egreso efectivo en tiempo y forma; ofrecer oportunidades a los jóvenes que no continuaron sus estudios; mejorar las condiciones de enseñanza y aprendizajes con formatos institucionales adecuados a condiciones específicas.
En lo que respecta específicamente a la ECE, el mencionado Plan establece: • Nivel inicial: Revisión de los criterios de organización de espacios, tiempos y agrupamientos en jardines de infantes externos a las unidades penitenciarias. • Niveles primario y secundario: Creación y aplicación de alternativas pedagógicas institucionales atendiendo a los sujetos y sus contextos. • Educación de jóvenes y adultos: Implementación de ámbitos apropiados para la EPJA en contextos de privación de la libertad (Ley N° 26.695). Fuente: Coordinación Nacional de ECE.
Argentina al tener una propuesta nacional en 2008, por Resolución del Consejo Federal de Educación (N° 58/08) se aprobó el postítulo Especialización Docente de Nivel Superior en Educación en Contextos de Encierro (Anexo II). Los postítulos constituyen una oferta educativa que habilita a los institutos superiores de formación docente a dictarlos, definiendo una duración mínima de 400 horas reloj para el otorgamiento del título de especialista docente de nivel superior. El plan de estudios "Especialización docente de nivel superior en educación en IDIE MERCOSUR-Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa
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contextos de encierro", recoge experiencias previas que han sido evaluadas. Además el Ministerio de Educación realiza talleres para formación de estos tutores sobre las técnicas de trabajo utilizadas, esta propuesta de capacitación está dirigida a Tutores Socioeducativos para Pabellones de Máxima Vulnerabilidad. Por otra parte cuentan con la Red Girasoles. La misma se constituye un espacio permanente de información llevado adelante por la Modalidad Nacional Educación en Contextos de Encierro como política de comunicación para un amplio abanico de actores sociales. El objetivo del Entorno es hacer visibles las actividades en curso y sostener una vía de interacción con las experiencias y quienes las llevan adelante. En 2012 la Universidad de Buenos Aires distinguió a la Red Girasoles como ganadora del Premio UBA a la divulgación de contenidos educativos en medios periodísticos nacionales 2012 en la categoría “Blogs Colectivos – Asociaciones”. La propuesta nacional desarrolla un proyecto específico, Bibliotecas Abiertas. Este proyecto se lleva adelante en 50 unidades penitenciarias donde funcionan bibliotecas dotadas por el Ministerio de Educación, con más de 500 libros en cada una de ellas. La Coordinación de ECE ha capacitado a 50 bibliotecarios que se encuentran interconectados a través del entorno de la Red Girasoles. También se ha creado un BLOG para seguir más de cerca la experiencia de Bibliotecas Abiertas. a.
Principales logros
El principal logro de Argentina es contar con una coordinación de la política de ECE, lo cual le da un marco de acción articulado y en revisión constante. Esto le permite un abordaje de calidad en todo el país. El propio país tiene identificadas las prioridades y continuidades de la política de ECE. En el Plan Nacional de Educación Obligatoria y Formación Docente 2013 – 2016 fueron establecidas conforme a las exigencias normativas planteadas por las leyes nacionales (N°26.206 y N°26.695), las leyes provinciales y las Resoluciones del Consejo Federal de Educación. b.
Prioridades
1. Atención educativa de los menores de 18 años acusados de la comisión de delito a través de ofertas educativas del nivel educativo que corresponda (alfabetización, primario y/o secundario) y de los 56
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niños que viven con sus madres detenidas (establecimientos de nivel inicial externos a la unidad penitenciaria). 2. Incremento de la matrícula de los mayores de 18 años alojados en unidades de detención hasta lograr la cobertura universal en los niveles primario y secundario y la formación para el trabajo. 3. Ampliación de la oferta del Postítulo Superior de Formación Docente en ECE como estrategia de formación docente continua a fin de que todos los docentes en ejercicio y los aspirantes tengan acceso al cursado gratuito. c.
Continuidades
1. Ejecución de Bibliotecas Abiertas III, para que todas las escuelas en contextos de encierro puedan acceder a su biblioteca escolar. 2. Integración de la modalidad en los avances tecnológicos tendientes al mejoramiento de la estadística educativa nacional y provincial. 3. Avance en las relaciones de articulación interministeriales e intraministeriales en el ámbito nacional, en las provincias y la CABA. En las jurisdicciones, incentivación de la creación y funcionamiento de las Mesas de Cogestión Institucional. 4. Expansión del sistema universitario para que llegue con ofertas educativas pertinentes a todas las unidades penitenciarias. 5. Articulación de la educación obligatoria con propuestas de formación para el trabajo. 6. Ampliación de los nuevos escenarios educativos: CAJ, parlamentos juveniles, ajedrez, feria de ciencias, olimpíadas, talleres de arte, ludotecas, coros escolares, orquestas escolares, radio, etc. 7. Aporte al mejoramiento de la infraestructura, el equipamiento escolar y los materiales de apoyo a la tarea educativa. 8. Institucionalización de políticas de articulación con el Programa Conectar Igualdad y sus propuestas. 9. Implementación de acciones conjuntas con el Programa de Educación Sexual Integral, especialmente dirigidas a los menores de 18 años. 2.4.4. Una experiencia Argentina específica: La Educación en Contextos de Encierro (ECE), Universidad Nacional de San Martín. Centro de Estudios Universitarios de la Unidad Penitenciaria Nº 48 - CUSAM El Centro Universitario San Martín es el Centro de enseñanza en contexto de encierro creado por la Secretaría de Extensión Universitaria de la UNSAM. IDIE MERCOSUR-Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa
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Se encuentra ubicado en la Unidad N° 48 del Complejo Penitenciario Conurbano Norte de San Martín. La experiencia se inicia a fines de 2008. Este proyecto nace como respuesta a un reclamo surgido desde el interior de la comunidad que se encuentra privada de la libertad con el objetivo de garantizar su derecho fundamental a la educación y formación. Asimismo se proyecta un nuevo horizonte para la investigación-acción. Fue inaugurado a fines del 2008 mediante la firma de un convenio de cesión de espacio entre la UNSAM y el Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB). La formación Académica en el CUSAM incluye: • Licenciatura en Sociología • Incorporación de estudiantes avanzados como “alumnos – ayudantes” de cátedra • Publicación de artículos de los estudiantes de Sociología en revistas especializadas • Alfabetización: Acompañamiento y formación psicopedagógica de los alfabetizadores desde un proyecto de voluntariado. • Participación activa de los estudiantes en su conjunto, en el trabajo borrador de la propuesta de reforma a la Ley 12.256 de Ejecución Penal Bonaerense (ART. 88 y 89, referidos al trabajo y remuneración del mismo) La formación en oficios y formación pre profesional en el CUSAM son talleres de encuadernación, reciclado informático, refrigeración, informática y escuela de pastelería. La formación artística se da a través de talleres de música, de poesía, de teatro, de narración y “la itinerante”: música, dibujo, pintura, literatura. Los deportes en el CUSAM se realizan a través del taller de entrenamiento. Según los datos disponibles existen aproximadamente 165 estudiantes (entre los que se encuentran internos y empleados del Servicio Penitenciario Bonaerense) involucrados en diferentes actividades educativas y culturales en vinculación con la comunidad intra y extramuros En una experiencia inédita, todas las actividades se ofrecen tanto a los internos como a los agentes del SPB. Se brinda a los estudiantes un espacio que canaliza sus estados emocionales, determinados por la situación de encierro. El propósito es replicar en los barrios de la periferia (de los cuales provienen la mayoría de los internos) esas acciones culturales para transformar, a largo plazo, el recorrido de vida de los jóvenes habitantes de la zona (cuyas opciones se 58
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limitan a una experiencia escolar precaria, el trabajo en la quema, el cartonero y, en muchos casos, la “estadía” en la unidad penal). La experiencia del CUSAM evidencia que la presencia de la universidad en la cárcel garantiza el derecho a la educación, mejora las condiciones de detención y propicia un intercambio entre los diferentes actores sociales. Un aspecto que cabe destacar es que se profundiza el acompañamiento a los estudiantes que recuperan su libertad y continúan sus estudios en el Campus, a través del sistema de tutorías (proyecto que es reconocido por el Ministerio de Educación de la Nación). 2.5. Experiencia de Brasil: Programa Nacional de Seguridad con Ciudadanía (PRONASCI) de Brasil Para el caso de Brasil se ha escogió el Programa Nacional de Seguridad con Ciudadanía, programa que instala un nuevo paradigma en las políticas de seguridad pública al articular “políticas de seguridad con acciones sociales” y al priorizar “la prevención y la búsqueda de las causas que llevan a la violencia, sin dejar de lado las estrategias de ordenamiento social y seguridad pública”. 2.5.1. Contexto Nacional La República Federativa del Brasil está habitada por 193.017.646 habitantes al 3 de junio de 2010, según estimaciones del IBGE 17. La densidad de población es de 22,5 habitantes por kilómetro cuadrado. La de Brasil representa una de las mayores poblaciones del mundo. En los últimos años, se ha reducido el crecimiento de la población del país, que era muy elevado hasta la década del 60'. En 2000 había 171.279.882 habitantes, contra los 118.562.549 habitantes de 1980. Las razones de la disminución de crecimiento de la población están relacionadas con la urbanización y la industrialización y los incentivos para reducir la tasa de natalidad (como la difusión de los anticonceptivos), además del aumento de la esperanza de vida. En cuanto al Contexto Nacional Penitenciario los últimos datos consolidados sobre el sistema penitencial y divulgados por el Sistema Integrado de Informaciones Penitenciarias (INFOPEN), en diciembre del 17
El Instituto Brasileño de Geografía y Estadística (en portugués Instituto Brasileiro de Geografia e Estatística), IBGE
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2008, Brasil posee 446.687 personas adultas privadas de libertad, de las cuales, el 94% son hombres y el 6% mujeres, distribuidos en 1094 unidades penitenciarias estaduales federales. Datos del Ministerio de Justicia de 2006 señalan que: El 95% son pobres o muy pobres. El 65% son negros (negros más pardos). Dos tercios cometieron crímenes que no involucraron violencia. Solamente el 8,9% cometió homicidio. Alta reincidencia entre 50% a 80%. El 5,7% son analfabetos y el 60,3% no completó la enseñanza básica. El 51% son jóvenes, con edad entre 18 y 29 años. El 26% participan de alguna actividad laboral y el 11% participan de alguna actividad educativa dentro de las unidades penitenciarias 18. El costo mensual por persona en el sistema carcelario brasileño varía de R$ 1.600,00 a R$ 1.800,00 (fuente CPI de las Prisiones/2008). Existe un déficit estimado en 220 mil plazas (fuente CPI de las Prisiones/2008). Del total de la población penitenciaria, el 43% son reos provisorios, aguardando en cárceles públicas o penitenciarías el juicio y la definición de sus penas. Según diagnóstico sobre la situación de las prisiones, realizado por el Consejo Nacional de Justicia (CNJ), el número de presos provisorios se elevó en el período de 2000 a 2008 de 42 mil a aproximadamente 191 mil, presentando una tasa de crecimiento superior a la tasa de encarcelamiento general. Existe predominio de población joven, de raza negra (mestizos y negros, según el IBGE), de baja escolaridad y de origen popular en las unidades penitenciarias. Población que, en su mayoría, presenta trayectorias marcadas por la falta de acceso a derechos básicos como la alimentación, salud, educación, trabajo, seguridad, entre otros. Gran parte de esas personas, antes de ser detenidas, estaba desempleada o vinculada al subempleo. Del total de personas internas en Brasil, las mujeres representaban en el 2002, un 3%, aumentando a un 6% en 2007. El crecimiento acelerado del encarcelamiento femenino se debe al mayor involucramiento de las mujeres con el tráfico de drogas, específicamente como “avioncitos”. Es necesario buscar alternativas punitivas y de asistencia social a las políticas antidrogas defendidas por determinados gobiernos y organismos internacionales que postulan la ampliación de los años de prisión para las denominadas “mulas” del tráfico de drogas. La mayoría de esas mujeres tienen hijos y su encarcelamiento significa la desestructuración de familias. 18
Datos actualizados a partir del INFOPEN, diciembre, 2012.
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Las experiencias de la liberación de gran parte de mujeres encarceladas con perfil de baja peligrosidad por parte del Gobierno de Ecuador en el 2008, así como la decisión de los jueces del Estado de California (EUA) en el 2009 de liberar a un gran número de internos de baja peligrosidad y sin antecedentes criminales, como consecuencia de la superpoblación en los establecimientos penales, deben ser observadas con atención y analizadas por las autoridades públicas brasileñas, en especial, por el Poder Judicial. La oferta de programas educativos es muy inferior a la demanda por el acceso a la educación, generalmente alcanzando entre un 10% a un 20% de la población penitenciaria en las unidades investigadas. Las visitas a las unidades y los testimonios recogidos señalan la existencia de listas de espera extensas y de un gran interés por el acceso a la educación por parte de las personas privadas de su libertad (Carreira, 2009). 2.5.2. Marco normativo nacional19 La educación de personas encarceladas en el sistema penitenciario integra la denominada Educación de Jóvenes y Adultos (EJA). La Ley de Directrices y Bases de la Educación Nacional (LDB), de 1996, define la educación de jóvenes y adultos como aquella destinada a personas “que no tuvieron acceso o continuidad de estudios en la enseñanza básica y media* en la edad correspondiente”. La LDB reglamenta el derecho previsto en la Constitución brasileña en su capítulo II, sección 1, artículo 208, inciso I, que todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho a la “Enseñanza Básica obligatoria y gratuita, asegurada, inclusive, su oferta para todos los que a ella no tuvieron acceso en la edad correspondiente”. Luego de más de dos años de su elaboración, las Directrices Nacionales para Educación en el Sistema Penitenciario fueron aprobadas en el 2009 por el Consejo Nacional de Política Criminal y Penitenciaria. Las Directrices fueron elaboradas por los participantes del Seminario Nacional por la Educación en las Prisiones, realizado en Brasilia, entre el 12 y 14 de julio de 2006, y presentan parámetros nacionales con relación a tres ejes: (1) gestión, articulación y movilización; (2) formación y valorización de los profesionales involucrados en la oferta; y, (3) aspectos pedagógicos. La Ley de Ejecución Penal (LEP), de 1984, prevé la educación en el sistema penitenciario en el capítulo “De la Asistencia”, sección V, de los 19
Resumen extraído Carreira, Denise 2009 Relatoría Nacional para el Derecho Humano a la Educación: Educación en las Prisiones Brasileñas / Denise Carreira y Suelaine Carneiro - São Paulo: Plataforma DhESCA Brasil. Pp 13 a 19
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artículos 17 al 21. El artículo 17 establece que la asistencia educativa comprenderá la instrucción escolar y la formación profesional del preso y del interno. El artículo 18 determina que la enseñanza del primer grado (enseñanza básica) es obligatoria e integrada al sistema escolar de la unidad federativa. El artículo 19 define que la enseñanza profesional será suministrada a nivel de iniciación o de perfeccionamiento técnico y que las mujeres tendrán una educación profesional adecuada a su condición. El artículo 20 prevé la posibilidad de la realización de convenios con entidades públicas o particulares, que instalen escuelas u ofrezcan cursos especializados. El artículo 21 establece la exigencia de implementación de una biblioteca por unidad carcelaria, para uso de todas las categorías de internos, provista de libros instructivos, recreativos y didácticos. En junio de 2011, fue aprobada la Ley nº 12.433, que prevé la disminución de la pena por estudios realizados. El cálculo de la disminución del tiempo es de 1 (un) día de pena por cada 12 (doce) horas de asistencia escolar, divididas en un mínimo de tres días. Se considera para el cálculo las actividades de educación básica y formación técnica profesional, tanto en la modalidad presencial como a distancia. Además, se incrementará en 1/3 (un tercio) en el caso de la conclusión de la enseñanza primaria, media o superior durante el cumplimiento de la sentencia, siempre que sea certificado por el organismo competente del sistema educativo. La ley contempla a los presos con condenas definidas y los denominados provisorios, en espera de juicio. En el 2006, un documento elaborado por Acción Educativa, la Asociación Jueces para la Democracia, el Instituto Tierra, Trabajo y Ciudadanía (ITTC), la Pastoral Carcelaria de São Paulo, el Instituto de Defensa del Derecho de Defensa (IDDD), entidades que componen, entre otras, el Grupo de Estudios y Trabajo "Mujeres Encarceladas", el Geledés – Instituto de la Mujer Negra, el Instituto Paulo Freire y el Instituto Paulo Montenegro, hacía un llamado a los parlamentarios de la Comisión de Constitución y Justicia para que aprobasen dos proyectos de ley que tramitaban en la Cámara de los Diputados (PL 6254/2005 y PL 4230/2004), y proponían la educación como medio para la redención de la pena. El documento contó con la firma de 138 organizaciones e individuos. La Resolución 14, del 11 de noviembre de 1994, del Consejo Nacional de Políticas Criminal y Penitenciaria (CNPCP), estableció la adaptación y la aplicación en Brasil de la norma internacional Reglas Mínimas para el Tratamiento del Recluso, aprobada por la ONU en 1957.
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2.5.3. La propuesta nacional La organización político administrativa de la República Federativa del Brasil comprende la Unión, 26 Estados, el Distrito Federal y 5.564 Municipios, todos autónomos, en los términos tratados por la Constitución Federal vigente. La educación en Brasil según lo que determina la Constitución Federal y la Ley de Directrices y Bases para la Educación Nacional (LDB) debe ser dirigida y organizada separadamente por cada nivel de gobierno. El Gobierno Federal, el Estado, el Distrito Federal y los Municipios deben dirigir y organizar sus respectivos sistemas de enseñanza y actuar en colaboración unos con otros. A la Unión le corresponde la coordinación de la política nacional de educación, articulando los diferentes niveles y sistemas y ejerciendo una función normativa, redistributiva y suplementaria en relación a las demás instancias educacionales. Cada uno de estos sistemas públicos es responsable por su propia manutención, generación de fondos, mecanismos y fuentes de recursos financieros. La Constitución Federal determina que la Unión invierta como mínimo un 18% para la educación de los Estados, y como mínimo un 25% para la educación en el Distrito Federal y en los Municipios. De acuerdo con la Ley de Directrices y Bases para la Educación Nacional, la educación escolar comprende: Educación básica, formada por la educación infantil, educación fundamental y educación media.
La educación básica es obligatoria y gratuita en la escuela pública desde los cuatro hasta los 17 años de edad, está asegurada inclusive su oferta gratuita para todos los que no tuvieron acceso a ella en la edad mencionada y tiene por finalidad el desarrollo integral del educando, asegurándole una formación común indispensable para el ejercicio de la ciudadanía y asegurándole medios para acceder a fuentes de trabajo y en los estudios posteriores. Esta puede ser ofrecida en las modalidades de enseñanza regular dirigida a jóvenes y adultos, y en la educación especial y formación profesional, siendo que esta última también puede ser en la modalidad de educación superior. La educación infantil, primera etapa de la educación básica, tiene como finalidad el desarrollo integral del niño/a hasta los seis años de edad en sus aspectos físico, psicológico, intelectual y social, complementando la educación recibida de la familia y la comunidad. La educación inicial es ofrecida por un lado para
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niños/as de cero a tres años de edad y por otro, para niños de cuatro a seis años. La educación fundamental tiene como objetivo primordial la formación básica del ciudadano y tiene una duración de nueve años. La educación media, etapa final de la educación básica, tiene como objetivo la consolidación y profundización de los objetivos adquiridos en la enseñanza fundamental. Tiene una duración mínima de tres años, empezando desde los quince años de edad.
En lo que se refiere a las modalidades de enseñanza que permean los niveles anteriormente citados, se encuentra: • Educación especial: ofrecida preferentemente para educandos con deficiencias. • Educación de jóvenes y adultos: destinada a aquellas personas que no tuvieron acceso a la continuidad de estudios en la edad propia de cada nivel. Tal como está previsto en la Ley de Directrices Básicas, la oferta pública de cursos de Educación de Jóvenes y Adultos en los niveles básico y medio es realizada casi en su totalidad por los estados y municipios. El Gobierno Federal entretanto ejerce un papel importante como conductor de las políticas, definición de directrices, provisión de materiales didáctico– pedagógicos, financiamiento de la formación de profesores y financiamiento de proyectos elaborados por los estados y municipios. Educación profesional: que integra las diferentes formas de educación, trabajo, ciencia, tecnología, aplicadas para la formación permanente de aptitudes para la vida productiva. Destinada al alumno matriculado o egresado de la enseñanza fundamental, media o superior, como también para el trabajador en general joven o adulto. En cuanto a la Educación en el Sistema Penitenciario brasileño los datos del Ministerio de Justicia señalaban que en el 2004 cerca del 70% de la población privada de libertad en el país no poseía la educación básica completa y un 8% es analfabeta. Del total de personas privadas de libertad, más del 60% estaba conformada por jóvenes entre 18 y 30 años y solamente el 18% tenía acceso a alguna actividad educativa. Cuando es ofrecida, la educación formal es responsabilidad de las Secretarías de Educación de los Estados o realizadas por medio de convenios con las Secretarías Municipales, ONG o con el Sistema Penitenciario. En São Paulo, la Secretaría de Educación del Estado no 64
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responde por la educación en el sistema penitenciario, siendo ésta asumida por la Fundación Prof. Dr. Manoel Pedro Pimentel de Amparo al Preso (FUNAP), institución vinculada al Gobierno del Estado de São Paulo. La certificación de la etapa de escolarización es garantizada directamente por las Secretarías de Educación o por medio de las certificaciones nacionales realizadas por el Ministerio de Educación a través del ENCEJA (Examen Nacional de Certificación de Educación de Jóvenes y Adultos) y de la Enseñanza Media (ENEM). Cabe al Ministerio de Justicia: acompañar la fiel aplicación de normas de ejecución penal en todo el territorio nacional, inspeccionar y fiscalizar periódicamente los establecimientos y servicios penales, asistir técnicamente a las Unidades Federativas en la implementación de los principios y reglas establecidos en esta ley, colaborar con las Unidades Federativas mediante convenios en la implementación de establecimientos y servicios penales, y en la realización de cursos de formación del personal penitenciario y de formación profesional del condenado y del internado. La oferta de educación en el sistema penitenciario es promovida por las políticas públicas que prevén el financiamiento, la distribución del material didáctico y de contenido literario, la alimentación escolar y la formación de los profesores. Con la publicación del Decreto Presidencial nº 7.626/2011, que instituyó el Plan Estratégico de Educación en el ámbito del Sistema Penitenciario, se definieron las atribuciones de los Ministerios de Educación y el Ministerio de Justicia, así como las atribuciones de las Secretarías de Educación y los Órganos de Administración de Prisiones. Gracias a este decreto fue posible potenciar esta agenda y trazar estrategias para la elaboración de los Planes Estatales de Educación en Prisiones en el ámbito de la política nacional de educación en el sistema penitenciario, que contempla la ampliación de la matrícula de alfabetización y de la Educación de Jóvenes y Adultos en los establecimientos penales, la inserción de personas en privación de libertad como beneficiarios del Programa Nacional de Acceso a la Enseñanza Técnica y Empleo (PRONATEC), la oferta de cursos de formación de perfeccionamiento y especialización focalizada en Educación de Jóvenes y Adultos para los profesionales que actúan en los establecimientos penales (educadores y agentes penitenciarios), la disponibilidad de equipamientos, mobiliarios y materiales pedagógicos para los espacios y actividades educacionales en establecimientos penales, disponibilidad de recursos para la construcción, ampliación o reforma de módulos o áreas para las actividades educacionales en los establecimientos penales. IDIE MERCOSUR-Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa
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Además de lo mencionado arriba, el proceso se vio fortalecido con el Instituto de Estudios e Investigación Educacional (INEP) que se encarga de certificar, calificar y ampliar los Exámenes de Certificación en la Enseñanza Básica (ENCCEJA) y la Enseñanza Media (ENEM) para las Personas Privadas de Libertad (PPL), lo cual resultó en un aumento significativo del número de nuevos inscritos, pasando de 14.000 en el 2011 a 23.665 en 2012, de los cuales, 17.845 (75%) obtendrán su certificación. a.
Principales logros
b.
Principales desafíos
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Puesta en marcha del PRONASCI (Programa Nacional de Seguridad Ciudadana) que inaugura un nuevo paradigma en las políticas de seguridad pública al articular “políticas de seguridad con acciones sociales” y al priorizar “la prevención y la búsqueda de las causas que llevan a la violencia, sin dejar de lado las estrategias de ordenamiento social y seguridad pública”. El Programa busca inducir cambios en las políticas de seguridad pública de los Estados por medio de la transferencia de recursos pautada por condicionantes propuestos por el Gobierno Federal. A inicio de 2009, diecisiete Estados ya se habían adherido al Programa. La reestructuración del sistema penitenciario consta como uno de los principales ejes del PRONASCI, implicando acciones vinculadas a la construcción de unidades penitenciarias destinadas a jóvenes, formación de agentes penitenciarios, atención a los egresados y egresadas del sistema y alteraciones legales, entre otras. El cambio de la ley de Ejecución penal, que permite la reducción de la pena por las actividades educativas desarrolladas. La institucionalización de la oferta educativa en prisión, posibilitando el financiamiento público, la distribución de materiales didácticos, la formación de profesores y el suministro de merienda escolar.
Una de las lecciones aprendidas, tanto desde el Gobierno Federal como desde las Federaciones, fue percibir que es imposible garantizar la oferta de educación en prisiones sin el trabajo coordinado y conjunto con los Ministerios de Educación y de Justicia, así como con las Secretarías Estatales de Educación y los órganos responsables por la administración penitenciaria en los estados. La intersectorialidad es indispensable para garantizar la oferta de educación en estos espacios de privación de libertad. IDIE MERCOSUR-Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa
c.
No son pocos los desafíos que todavía necesitan ser enfrentados. Además de ampliar el porcentaje de presos que participan en actividades educacionales es necesario calificar la oferta existente. Para esto, el Ministerio de Educación pretende provocar un debate sobre la necesidad de elaborar un proyecto pedagógico diferenciado, que a partir de un currículum diferenciado permita prácticas pedagógicas apropiadas para personas jóvenes y adultas que se encuentran temporariamente privadas de su libertad. La formación de profesores y agentes penitenciarios es una de las metas del Gobierno Federal para los próximos años. Muchos de los que trabajan en prisiones lo hacen sin una preparación mínima para actuar en estos espacios privados de libertad. Para alcanzar esta meta el Ministerio de Educación cuenta con el apoyo de las instituciones Públicas de Enseñanza Superior. Otro gran desafío es ampliar la comprensión de los jueces con relación a las actividades educativas que pueden ser contempladas para calcular la remisión penal. Los Ministerios de Educación y Justicia elaboran una Nota Técnica para el Consejo Nacional de Justicia vinculada a los jueces responsables de la ejecución penal en el Brasil, que defiende que toda actividad educacional, sean estas formales o no deben ser consideradas a la hora de calcular la remisión de pena desde el momento en que estén incluidas estas actividades dentro de un proyecto pedagógico en escuelas para personas privadas de libertad. La investigadora Vanessa Cortes señala algunos de los diversos desafíos a ser enfrentados por el PRONASCI: “Acabar con un sistema penitenciario en donde el preso pobre no es sólo condenado a la reclusión, sino a tener su integridad física y moral violada por los “dueños de la prisión” exige el enfrentamiento de diversos y difíciles obstáculos. (...) Son relaciones de fuerza y violencia que organizan y orientan las interacciones sociales dentro de las unidades penitenciarias y las extrapolan, huyendo de la racionalidad legal que pauta un Estado Democrático de Derecho. Tener estas cuestiones en mente posibilita visualizar mínimamente la dimensión de los desafíos que se tendrá que enfrentar en la implementación del PRONASCI (...)” (2007) Aspectos innovadores de la política
A lo largo de los últimos años se fueron realizando acciones para ampliar y calificar la oferta de educación en los espacios de privación de libertad para jóvenes y adultos, se puede destacar la elaboración de marcos legales como la Resolución del Consejo Nacional de Educación y Resolución del Consejo
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Nacional de Políticas Criminales y Penitenciarias, Ley de Remisión del Penal por estudio. El último esfuerzo innovador se orientó a mejorar la gestión de la oferta de educación en prisiones. Para que esto suceda, el Gobierno Federal apoya técnica y financieramente a los Estados y al Distrito Federal para que elaboren el Plan Estratégico de Educación en Prisiones con vigencia para los años 2012 al 2014. Se realizó el Seminario Nacional para orientar la elaboración de este plan y promover la participación de gestores, directores de establecimientos penales, directores de escuelas, profesores y agentes penitenciarios. Además del diagnóstico de la situación de la oferta, el plan también presenta metas para la ampliación de la oferta para el período 2012 a 2014.
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3. Conclusiones La revisión de las experiencias de educación en contextos de encierro de Nicaragua, Ecuador, Paraguay, Brasil y Argentina muestra que existen diferentes maneras de abordar el tema de la capacitación y aprendizaje de personas privadas de libertad. En todos los casos, lo que se ha buscado es garantizar a través de las diferentes modalidades el derecho a la educación que tienen estas personas, independientemente de su condición de privación de libertad. La observación de los proyectos y políticas educativas de los cinco países posibilita señalar algunas similitudes y diferencias que se señalan a continuación: En cuanto al marco legal que compromete a los Estados a garantizar el cumplimiento del derecho a la educación que poseen las personas privadas de libertad, en todos los casos, los países han ratificado pactos y convenios internacionales como ser la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, entre otros. Así también se observa que los mismos disponen normativas nacionales que regulan el sistema penitenciario en las que se contempla la educación en contextos de encierro. Aun así, se perciben algunas limitaciones en la normativa y que son necesarias acciones complementarias para ampliar los alcances de las leyes. En cuanto a las diversas maneras de abordar el tema, una constatación tiene que ver con el alcance y modalidades de las propuestas educativas. Así, las experiencias de educación en contextos de encierro de Nicaragua y Ecuador son intervenciones focalizadas y con énfasis en la formación o capacitación laboral. En tanto que la experiencia de Paraguay es desarrollada a nivel nacional y abarca no sólo la formación profesional, sino también programas de alfabetización y educación básica y media. Y, por otra parte, el Centro Universitario de la Unidad Penitenciaria N°48, de la Universidad Nacional de San Martín, lleva adelante una experiencia que incluye diferentes actividades educativas y culturales, que alcanza incluso el nivel universitario, e involucra a diferentes actores que se vinculan a través de la misma. En cuanto al financiamiento, las experiencias de Nicaragua, Ecuador y Paraguay, manifiestan una similitud en este aspecto. Las experiencias han sido llevadas a cabo a través de cooperaciones técnico-financieras como IDIE MERCOSUR-Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa
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ser la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, la Comunidad Autónoma de Madrid y la Organización de Estados Iberoamericanos, entre otros. Estos países, para complementar los presupuestos que requiere no sólo la educación con personas jóvenes y adultas en contexto de encierro, apelan a la cooperación internacional y al apoyo de otras instituciones públicas y privadas, de manera a ampliar los recursos destinados a la EPJA en sus múltiples modalidades y con diferentes sujetos. Precisamente, una inquietud en común de los países, es el acceder a presupuestos no sólo a través de cooperaciones sino también públicos, para la contratación de docentes, la adquisición de equipamientos, insumos y materiales didácticos, entre otros requerimientos que asegure la sostenibilidad de las propuestas educativas en contextos de encierro. Mientras que en Brasil y Argentina, los presupuestos para la educación en sus distintas modalidades provienen fundamentalmente del Estado. Lo cual no significa que otros actores y sectores de la sociedad no participan en el desarrollo de propuestas. En lo que hace a la forma de trabajo, un aspecto que cabe valorar es el trabajo articulado en torno a la temática entre instituciones del estado, la sociedad civil, la academia y el sector privado. Esta articulación ha resultado clave para una mirada e intervención integral y la toma de conciencia de la importancia de la temática en estos países. De una u otra manera, los casos seleccionados dan cuenta entre los principales aprendizajes, que para garantizar la oferta de educación en prisiones el trabajo coordinado y conjunto, principalmente entre los Ministerios de Justicia, de Educación y las Administraciones Penitenciarias es clave. En mayor o menor medida, la intersectorialidad se está dando en todos los países cuyas experiencias fueron tomadas para esta sistematización. Principalmente, cabe resaltar que el desarrollo de las experiencias ha implicado el trabajo articulado entre la instancia responsable de educación y del sistema penitenciario. Esta articulación ha significado un desafío para el éxito de las propuestas. Una particularidad de las experiencias de Ecuador, Nicaragua y Paraguay, es que se ha tratado de identificar e incluir a las personas privadas de libertad, que poseen el perfil, para facilitar el proceso de capacitación laboral y la existencia de un componente de capacitación para los mismos. Esta estrategia es altamente valorada en estos países, en un doble sentido, por una parte, quienes se desempeñan como instructores e instructoras, adquieren conocimientos y competencias que les habilitan para continuar 70
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formándose y realizar otras actividades; por otra, al conocer el contexto de los privados de libertad, tienen ciertas ventajas frente a un facilitador externo. En tanto que en Argentina y Brasil se está avanzando en la formación y especialización de docentes de EPJA y en esa línea, la especialización en educación en contextos de encierro. En todos los países, la diversificación de la oferta educativa es una necesidad compartida, principalmente resaltada por los referentes de Nicaragua, Paraguay y Ecuador, además de la mejora de la cobertura y la calidad de las ofertas educativas. Es importante resaltar los casos de Brasil y Argentina, países estos que ya tienen un camino andado en torno a una diversidad de acciones en contextos de encierro y por sobre todo, que éstas forman parte de políticas públicas específicas para poblaciones privadas de libertad. Otra preocupación que se observa en las experiencias sistematizadas, es que aún son incipientes las acciones pos-penitenciarias. En ese sentido, se presenta la experiencia del Centro de Estudios Universitarios (CUSAM), que ofrece la posibilidad de la continuidad del proceso formativo. Las particularidades que se señalan en este trabajo a partir de las experiencias de cinco países pretenden ofrecer algunas pistas para seguir el debate en torno a la educación de personas jóvenes y adultas, particularmente referida a sujetos que por determinadas circunstancias están privados de libertad, sin que ello signifique privarles de las oportunidades del aprendizaje. Por lo tanto, los aspectos que se relevan no pretenden ser exhaustivos, sino constituirse en algunos puntos para el debate.
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4. Avances En los últimos años en América Latina se han implementado acciones estatales tendientes a la superación de algunos obstáculos. De acuerdo con Scarfó (2009), investigador del tema, se observa un aumento de la presencia de escuelas públicas primarias o centros educativos en las prisiones; la extensión de escuelas de educación media o secundarias; la diversificación y ampliación de los turnos/horarios de oferta educativa; la ampliación de espacios físicos; la incorporación del dictado de clases a cargo de docentes del nivel educativo público oficial; el desarrollo de programas culturales complementarios a la educación formal; la atribución de la educación en las cárceles al ministerio de educación, entre otras acciones. Además, se observa que en los últimos años existe mayor articulación entre los países en relación a este tema. Actualmente, muchos de los gobiernos de la región (Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Honduras, México, Paraguay, Perú y Uruguay) participan de la Red Latinoamericana de Educación en Contextos de Encierro (RedLECE), constituida en el 2006. Vale subrayar que en algunos países como Argentina, Brasil y Paraguay, se han formado redes internas de docentes, que constituyen espacios de intercambio de experiencias, reflexión sobre las políticas educativas en las cárceles, debate al respecto de las prácticas y elaboración de metodologías y materiales, con gran potencial de acción y organización por su cercanía con las personas reclusas. Algunos procesos en desarrollo en el ámbito institucional ameritan mención. En Uruguay, por ejemplo, se creó en el 2007 la Comisión de Apoyo a la Educación en Cárceles (CAEC) así también en Brasil, el Ministerio de Educación homologó un parecer del Consejo Nacional de Educación que establece las Directrices Nacionales de la Educación en las Prisiones. La sociedad civil también ha tenido un rol importante al incluir en la agenda pública el tema de la educación en contextos de encierro, sensibilizando a la población sobre su importancia, realizando estudios, proponiendo y demandando políticas públicas en este ámbito y haciendo el monitoreo de su implementación.
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5. Desafíos de la Educación en Contextos de Encierro Teniendo en cuanta las dimensiones fundamentales del derecho a la educación en contextos de encierro se pueden visualizar que: •
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El acceso sigue siendo una deuda con las personas privadas de libertad, atendiendo que no todas pueden acceder a ofertas de educación o las mismas son por lo general focalizadas, dispersas, temporarias, fragmentas y desarticuladas, con superposición de actividades y programas dentro de una misma prisión (Croso, 2011). La permanencia y finalización es otro desafío de la educación formal en las cárceles. En muchos lugares, hay insuficiente cobertura incluso de los niveles obligatorios, la oferta educativa se restringe a la alfabetización y a enseñar nociones de cálculo, sin atender a la diversidad en términos de niveles de conocimiento de la población reclusa. El desarrollo de la educación secundaria es bajo y el de la superior es casi nulo (Scarfó, 2009). Otro obstáculo identificado para el acceso es la escasa información a los destinatarios sobre las ofertas educativas disponibles. Así también la carencia o inadecuada infraestructura y equipamiento que se disponen para llevar a cabo las actividades educativas. Los espacios en general son improvisados e impropios (pasillos de los pabellones, salas de audiencia, mesas en los patios de recreo o salas de visitas) son utilizados para impartir clases. En muchos casos, la iluminación es escasa, la ventilación es limitada y los espacios son húmedos. La estructura física de la mayoría de los establecimientos penitenciarios limita las posibilidades de expansión de la oferta de educación y provoca muchas veces la deserción y el abandono. Incluso los nuevos centros penales que se construyen no ofrecen siempre espacios adecuados, la educación de la población reclusa todavía no está presente en la planeación de la construcción de muchos de los edificios (Croso, 2011). La falta de útiles escolares básicos, como cuadernos y bolígrafos. En general, no hay materiales de apoyo o didácticos específicos. Las bibliotecas, cuando existen, suelen tener escaso material disponible o problemas para acceder a ellos. (Croso, 2011). La falta de incentivos para que las personas privadas de libertad participen de espacios educativos, atendiendo que en las
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prisiones, se valora más el trabajo que los estudios. Por ello, un factor de desincentivo a la participación en actividades educativas son los conflictos entre el horario de estudio y del empleo remunerado. Con el trabajo se obtiene un salario, fundamental para que puedan no sólo ayudar a sus familiares como también para su propia sobrevivencia. Muchas empresas crean obstáculos al acceso a la educación, contratando sólo personas que no estudien (Croso, 2011). El financiamiento de la educación en los centros penitenciarios es insuficiente. Afirma Croso (2011), el crecimiento elevado de la población reclusa en la mayoría de los países ha aumentado expresivamente los costos. Los fondos destinados a las prisiones no crecieron en la misma proporción y no alcanzan para costear la infraestructura educativa. Además, la educación en las cárceles no constituye una prioridad gubernamental y suele ser invisible para las políticas públicas. Al escaso financiamiento se suma la ausencia de políticas públicas y voluntad política de modo a mejorar el acceso a la educación en contextos de encierro.
La disponibilidad de programas educativos adecuados al contexto es otro de los desafíos, esto implica no solo adecuación curricular, sino también, propuestas flexibles, amplias y pertinentes a la educación en contexto de encierro y no menos importante es la formación y capacitación continua de los docentes. •
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Falta una política de valorización de los y las profesionales que actúan en la educación en contexto de encierro. Hay pocos incentivos a los y las docentes que trabajan en las cárceles, que suelen ser ambientes estresantes y muchas veces de difícil acceso. Las condiciones de trabajo son precarias, el número de docentes es insuficiente y falta apoyo institucional. En general la formación de estos profesionales no es adecuada para el ámbito penitenciario, pues comúnmente no hay un programa de formación docente en educación en derechos humanos vinculado al contexto de la privación de libertad. Le hacen frente muchas veces a la desconfianza y al estricto control de los agentes penitenciarios. (Croso 2011) Si bien la educación a distancia, puede ser una respuesta válida para el contexto, es importante mencionar lo que plantea Scarfó (2009)que con esta modalidad también se “pierde el contacto directo con los y las profesionales de educación, lo que es aún fundamental para las personas en contextos de encierro” IDIE MERCOSUR-Instituto para el Desarrollo y la Innovación Educativa
La adaptabilidad y la aceptabilidad de las propuestas educativas es desafío mayor de modo a que estas respondan a la diversidad de la población y su contexto. Esto implica velar por la calidad y pertinencia de las propuestas. •
Muchas veces los currículos no son relevantes en el contexto en que se encuentran las personas privadas de libertad y esto ocasiona desmotivación y deserción en los participantes.
Así también se pueden visualizar desafíos importantes a la disposición oportuna de estadísticas y datos de la población en contextos de encierro, para que con ellos se elaboren e implementen políticas nacionales y regionales con una participación activa de la población privada de libertad. No es un tema menor la articulación de esfuerzos y comunicación entre las diferentes instituciones y organizaciones que se ocupan de la temática. •
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Una constatación fundamental en la lucha por el derecho a la educación de personas privadas de libertad es que faltan datos, especialmente a nivel regional e internacional, que permitan mayor visibilidad de la problemática, y la consecuente comprensión, análisis y acción política coherente. Frente a la falta de datos regionales para América Latina y el Caribe (Rangel, 2009). En muchos países, hay una irregularidad en la oferta de servicios y programas, de una región a otra, o incluso de una cárcel a otra de la misma ciudad. Se hace necesaria en los países de la región una política integral y permanente, articulada con otras acciones estatales (Croso, 2011). La coordinación y comunicación entre las instancias que tienen asignados la atención de la educación en contextos de encierro, la ausencia o falta de coordinación y comunicación han generado un contexto de ejecución complejo, lo que perjudica la calidad de la educación en las prisiones. Fricciones y definiciones ambiguas de responsabilidades también afectan de diferentes maneras el desarrollo de las acciones educativas (Croso, 2011). Es poco frecuente la participación de la población reclusa en la concepción y supervisión de los programas de educación, lo que podría tener un efecto positivo en su pertinencia y resultado. Varios países no prevén oficialmente la participación de las personas detenidas, desaprovechando de ese modo la riqueza de experiencias, conocimientos y opiniones informadas (Croso, 2011).
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Por último, el desafío mayor es pasar de programas y/o experiencias de educación en contextos de encierro a políticas que aborden la educación de personas jóvenes y adultas en contextos de encierro y acciones pospenitenciarias. Rangel en el 2009 ya identificaba que en la mayoría de los países, falta desarrollar una política post penitenciaria, para acompañar la trayectoria de las personas una vez que recobren su libertad.
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Anexos
Anexo 1
Tabla 1: Población de adultos (más de 18 años) privados de su libertad Penitenciarías Nacional Esperanza Encarnación Misiones Concepción Coronel Oviedo San Pedro Villarrica Pedro J. Caballero Ciudad del Este Buen Pastor Juana María de Lara Granja Ita Pora Granja Koé Pyahu Total
Hombres 2.984 285 449 162 329 354 90 217 218 709 --------------1 9 5.811
Mujeres --------------22 2 12 17 -------9 10 -------198 38 --------------304
Total 2.984 285 471 164 341 371 90 226 228 709 198 38 1 9 6.115
Fuente: Parte Diario (06/12/07) www.mjt.gov.py
Tabla 2: Población de adolescentes (14 a 18 años) privados de su libertad Penitenciarías C.E. Itaguá C.E. Virgen de Fátima C:E.I. La Esperanza C.E. Concepción H. Virgen de Caacupe* P.R. de Encarnación** P.R. Ciudad del Este** P.R. Villarrica** P.R. Pedro J. Caballero** Total
Hombres 113 ----17 8 14 7 22 8 3 192
Mujeres ----8 ----------------18 --------26
Total 113 8 17 8 14 7 40 8 3 218
* En convenio con la Fundación Solidaridad que administra el hogar de menores Virgen de Caacupé ** No tienen local propio, las Penitenciarías cuentan con Áreas de Menores con sus respectivos Encargados Fuente: Parte Diario (13/03/07) www.mjt.gov.py
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Anexo 2 Mapa oferta Educativa en Contexto de Privaci贸n de Libertad de Argentina
Fuente: http://www.mapaeducativo.edu.ar/images/stories/men/mapa_contexto_encierro_2010.gif
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