ITAIPÚ 2023
TARIFA HONESTA
MSc. Ing. Orlando Valdés Asunción – Paraguay Año 2021
Copyright © 2021 MSc. Ing. Orlando Todos los derechos reservados Los personajes y eventos descritos en este libro son ficticios. Cualquier similitud con personas reales, vivas o muertas, es una coincidencia y no es la intención del autor. Ninguna parte de este libro puede ser reproducida, almacenada en un sistema de recuperación o transmitida de cualquier forma o por cualquier medio, electrónico, mecánico, fotocopiado, grabación o de otro modo, sin el permiso expreso por escrito del editor.
ISBN-13: 9781234567890 ISBN-10: 1477123456
DEDICATORIA (+) Juliana Escobar de Valdés (+)Ezequiel Valdés López (+)Luis María Valdés Escobar
AGRADECIMIENTOS
A mi Familia.
COLABORACIÓN
Ing. Stilber Ramón Valdés Escobar Ing. Hugo Lesme Ing. Alfonzo González Ing. Miguel Otazu. Dr. Carlos María Valdés
Tapa y diagramación Lic. Oscar Lugo
CONTENIDO
DEDICATORIA ......................................................4 AGRADECIMIENTOS ...........................................5 COLABORACIÓN ..................................................6 PROLOGO ............................................................ 12 CAPITULO 1 ........................................................ 21 EL “TEMARIO PRELIMINAR” DE CANCILLERÍA ................................................................................... 21 1.1-Aspectos técnicos de la Revisión ....................... 24 1.2-Adelanto de la Revisión del Anexo “C”............... 26 CAPITULO 2 ........................................................ 28 DETERMINACIÓN DE LA TARIFA DE ITAIPÚ. ................................................................................... 28 2.1-La Propuesta. .................................................... 29 2.2-El sobrecosto artificial. ...................................... 30 CAPITULO 3 ........................................................ 32
ACTUALIZACIÓN DE “ROYALTIES” Y DE “RESARCIMIENTO”................................................. 32 3.1-La “Imposibilidad” de actualización de los valores de Compensación por Cesión de Energía. ................ 33 3.2-Nuevos Conceptos. ........................................... 34 3.3-Confusión en las atribuciones de la Itaipú Binacional. .............................................................. 37 CAPITULO 4 ........................................................ 39 LIBRE DISPONIBILIDAD, VENTA DE ENERGÍA, COGESTIÓN PLENA Y CONTROL DE CUENTAS. 39 4.1- Libre Disponibilidad, Venta De Energía. ............ 39 4.2-Aprobación de la NR 18/95 por el Brasil. ........... 40 4.3-Control por parte de Contraloría General de la Republica. ............................................................... 41 CAPITULO 5 ........................................................ 43 ITAIPÚ BINACIÓNAL, SUS ETAPAS. ................ 43 5.1-Etapa de construcción. ...................................... 44 5.2-Producción con deuda y consumo asimétrico. ... 46 5.3-Producción sin deuda y consumo asimétrico. .... 48 5.4-Producción sin deuda y consumo igualitario. ..... 48 CAPITULO 6 ........................................................ 50 TARIFAS DE ITAIPÚ Y ANDE, SUS DIFERENCIAS. ......................................................... 50 6.1-Diferencia entre tarifa Itaipú y de Ande. ............ 52 CAPITULO 7 ........................................................ 54 CRITERIOS APLICADOS PARA EL ANALISIS. 54
7.1-Los Criterios. ..................................................... 55 CAPITULO 8 ........................................................ 57 EL PUNTO DE PÀRTIDA .................................... 57 8.1- Componentes del Costo del Servicio de Electricidad. ............................................................ 57 8.2-Distribución de recursos por institución. ........... 59 8.3- Recursos administrados por Instituciones de la República del Paraguay. .......................................... 60 CAPITULO 9 ........................................................ 63 LOS RESULTADOS ............................................. 63 9.1-Mantener la Tarifa Actual. ................................. 63 9.2-Aplicar una Tarifa Intermedia. ........................... 66 9.3 -Aplicación de la Tarifa Baja. .............................. 69 9.4-Venta de excedentes en el mercado brasileño... 70 CAPITULO 10 ...................................................... 73 OTRAS PROPUESTAS. ........................................ 73 10.1-Sobrara 1.000 millones de dólares al año. ....... 73 10.2-Modificación del Tratado. ............................... 74 10.3-Revisión de la deuda. ...................................... 75 10.4-Revisión de Anexos A y B ................................. 75 10.5- Con relación a las “Propuestas”. ..................... 76 CAPITULO 11 ...................................................... 78 LA TARIFA DE ITAIPÚ DEBE SER LA MENOR POSIBLE.................................................................... 78
11.1-Determinación de la participación de Ande y Eletrobras. .............................................................. 79 11.2-Ingresos por tarifa aplicada. ............................ 81 11.3-Los benéficos de la Tarifa Baja. ........................ 84 11.4-La “Compensación” por “Cesión de Energía”. .. 85 CAPITULO 12 ...................................................... 88 RENTA ELECTRICA DE LA ANDE EVITARA SU QUIEBRA .................................................................. 88 12.1- Las Tarifas de la Ande. .................................... 88 12.2- Fuentes de renta eléctrica de Ande. ............... 90 12.3-Criterios utilizados para estimar la renta eléctrica de la Ande. ................................................ 90 12.4--Renta por reducción del costo de la energía de Itaipú. ..................................................................... 92 12.5- Renta por la “Venta” de excedentes. .............. 94 12.6- Resumen de la Renta de la Ande. ................... 96 12.7- Utilización de la Renta eléctrica. ..................... 98 CAPITULO 13 .................................................... 101 COMERCIALIZACIÓN DE EXCEDENTES DE ENERGIA ELECTRICA EN EL BRASIL. ............... 101 13.1-Las instalaciones. .......................................... 102 13.2-Nodo de Interconexión. ................................. 104 13.3-Alternativas de contratación. ........................ 105 13.4-Modalidad de Venta o Intercambio. .............. 106 13.5-Los contratos. ............................................... 107
CAPITULO 14 .................................................... 109 LOS “GASTOS DE EXPLOTACION” DE ITAIPÚ. ................................................................................. 109 14.1-Los “Gastos de Explotación”. ......................... 110 14.2-Sus efectos. ................................................... 112 CAPITULO 15 .................................................... 115 CAMINO A LA REVISION. ............................... 115 15.1-Los acuerdos. ................................................ 117 CAPITULO 16 .................................................... 121 QUÉ HACER CON LOS EXCEDENTES A PARTIR DEL 2023. ................................................................ 121 16.1-El Rol del Estado. ........................................... 122 16.2-El marco regulador. ....................................... 123 16.3-Las acciones específicas en cuanto a la utilización. ............................................................ 125 16.4-En cuanto a la política de precios. ................. 126 16.5-Con relación al aspecto institucional. ............ 127 CAPITULO 17 .................................................... 129 LA BÚSQUEDA DEL DESPRESTIGIO DE LA ANDE. ..................................................................... 129 17.1-La búsqueda de solución. .............................. 132 17.2-Las negociaciones.......................................... 133 17.3--Impacto en la revisión del Anexo “C”............ 134 17.4-Las declaraciones. ......................................... 135 CONCLUSIÓNES ............................................... 137
RECOMENDACIONES ...................................... 143 ANEXO 1 ............................................................ 147 Declaración conjunta Lugo-Lula .......................... 147 ANEXO 2 ............................................................ 161 Temario Preliminar Cancillería ............................ 161 ANEXO 3 ............................................................ 179 Reclamos de Eletrobras ........................................ 179 BIBLIOGRAFÍA ................................................. 187 RESEÑA DEL LIBRO ........................................ 189 ACERCA DEL AUTOR ...................................... 191 ACTUALIDAD DEL SECTOR ELECTRICO ..... 194 Libro Itaipu 2023 ¡AHORA O NUNCA! .............. 195
PROLOGO
E
sta próxima la fecha en que la deuda contraída por Itaipú Binacional para su construcción quedará saldada.
Sin embargo continuara la asimetría entre la Ande y la Eletrobras en el consumo de la energía producida en la hidroeléctrica. Definir correctamente el nuevo Costo de los Servicios de Electricidad de Itaipú durante la Revisión del Anexo “C” del Tratado, previsto para el 2023, es de vital importancia para el país. La aplicación de nuevas reglas impactara directamente en las diferentes instituciones administradoras de los recursos de Itaipú. En el Paraguay, estas son la Ande, el Ministerio de Hacienda y la Itaipú margen derecha. La tarifa de Itaipú afecta a la Ande y a Eletrobras, por ser estas las empresas que la financia. Incorporar conceptos no previstos en el Tratado y que afecten la composición de la tarifa de Itaipú, no es recomendable.
Inclusive, podrá causar el colapso financiero de la empresa estatal de energía eléctrica, la Ande. Causa preocupación el documento divulgado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de nuestro país, en fecha 25 de mayo de 2021, bajo el título “Temario Preliminar” (Anexo 2). Llamativamente el formato de presentación del escrito, que trata la revisión del Anexo “C”, impide que lo llamemos de postura paraguaya. Sin embargo, en ella se expone las conclusiones de los Grupos de Trabajo de la Cancillería creados específicamente para considerar los asuntos relacionados con la revisión. El escrito registra claramente la intención de plantear, en representación de nuestro país, la aplicación de una Tarifa Intermedia en el proceso de revisión del Anexo “C”. Definen como Tarifa Intermedia a un costo unitario de la potencia media contratada, menor al actual, pero superior al posible de obtener, luego de la cancelación de la deuda. Si consideramos como válido el contenido del “Temario Preliminar” distribuido por Cancillería, el Paraguay dirá no a la reducción máxima posible del costo unitario del servicio de electricidad de Itaipú. La propuesta va de contramano a lo que establece el Anexo “C” del Tratado, vigente.
Sus autores, los Grupos de Trabajo de la Cancillería, argumentan que la Tarifa Intermedia permitirá la creación de “Fondos Especiales”. El destino de estos recursos no está debidamente fundamentados por sus proponentes. También proponen asignar recursos, a “obras” qué no pasan del imaginario de sus proponentes. En el “Temario Preliminar” se argumenta una supuesta imposibilidad de reclamar la libre disponibilidad de los excedentes de energía pertenecientes al Paraguay. Y lo más llamativo, se aboga fuertemente por continuar manteniendo el secretismo absoluto en el manejo de los recursos multimillonarios de la Binacional. Principalmente de los “Gastos de Explotación”. Todo indica que con la Tarifa Intermedia se busca que Itaipú capture parte de la renta eléctrica que tendrá la Ande con la reducción del costo de producción de Itaipú, Esta propuesta permitirá a Itaipú aumentar los recursos a ser administrados bajo el rubro “Gastos de Explotación”, a cargo de los Directores y Consejeros de la margen derecha. No se analiza en el documento que aplicando la tarifa más baja posible a la energía de Itaipú, la Ande se verá inmensamente beneficiada.
Podrá incentivar la electrificación de la economía paraguaya. Con los recursos ahorrados en la compra de la energía de Itaipú, la Ande, podrá conceder incentivos para la instalación de industrias mano de obra intensiva. Por qué no promover la sustitución de combustibles de origen fósil, 100 % importado, por energía hidroeléctrica barata, renovable y no contaminante del ambiente. Siempre en los casos en que sean convenientes. La reducción, al mínimo, del costo de Itaipú, permitirá a la Ande transferir a sus usuarios parte del ahorro obtenido en la compra de la energía de Itaipú. Con esta, la ciudadanía de menores ingresos podrán utilizar electrodomésticos para el bienestar de la familia, cocina eléctrica, en vez de a gas importado o leña. Podrán dejar el ventilador para dar un paso enorme en sus vidas con el acceso al aire acondicionado. Por fin la célebre ducha eléctrica podrá ser usada por las familias de menores recursos, que en días de invierno deben asearse con agua fría. Los que elaboraron la propuesta deben explicar a la ciudadanía porque se debe aplicar costos unitarios
artificialmente aumentados a la energía producida en Itaipú. No tiene sentido pagar más caro por un producto que es posible obtenerlo a menor precio, con la misma calidad y confiabilidad. Por aplicación del Anexó “C”, de acuerdo a lo establecido en el Ítem – VI.1, el costo unitario dela energía producida en Itaipú debe bajar. Esto no está en discusión, y la reducción será como minino en un 62 % del monto actual. La propuesta del “Temario Preliminar” indica la intención de aumentar los recursos destinados al multimillonario rubro “Gastos de Explotación” de Itaipú. En esta cuenta esta asignado los famosos “Gastos Sociales y Ambientales” a cargo de la binacional. Estos recursos económicos son aplicados de manera discrecional y fuera del control de los organismos competentes de la República del Paraguay. Es evidente la intención de consolidar a la Itaipú margen derecha como un organismo fuera del control de su propietario, el Estado paraguayo. Esto se desprende del hecho de que en el “Temario Preliminar” los Grupos de Trabajo de la
Cancillería proponen la creación de un organismo de control supra nacional. Si esto llegara a prosperar, existirá el riesgo de que nuestro país pierda la soberanía sobre nuestros recursos energéticos. Por el superlativo interés de las autoridades paraguayas, en dificultar el ingreso de los organismos de control del Estado paraguayo, en la binacional, es natural concluir que existe la intención de continuar con el manejo discrecional y secreto de los multimillonarios recursos proveídos por Ande y Eletrobras a la institución. A estas dificultades se suman la imposibilidad de instaurar organismos de control y coordinación del uso y administración de la energía en el Paraguay. Es permanente el rechazo de los organismos del poder ejecutivo y del parlamento, de los proyectos de Ley presentados sobre este tema. Nos referimos a la creación del Ministerio de Energía y Minas. También está a la vista el proposital manejo desprolijo de la Ande. Una empresa del Estado encargada por Ley de la Nación del manejo del sector eléctrico paraguayo, representante de las Altas Parte Contratantes en Itaipú y en Yacyreta, jamás puede atravesar por las
situaciones económicas y financieras que se le endilga. Salvo que intereses ocultos, tengan la intención de llevar al colapso financiero a una de las instituciones más importantes para el desarrollo del país. Los acontecimientos evidencian que esto se va dando de diferentes formas, evitando la operación sincronizada entre la binacionales Itaipú y Yacyreta, creando conflictos innecesarios con la empresa brasileña Eletrobras (ver Anexo 3). Actualmente se está gestando una deuda por no pago de la energía adquirida de Itaipú. Para peor, se acusa a la Ande de apropiación de parte de la energía de propiedad de la Eletrobras (ver Anexo 3). Estos hechos no pueden ser casuales. Forman parte de un entramado de acciones cuyas consecuencias negativas, en poco tiempo más, si no se corrigen, afectaran a toda la ciudadanía honesta de nuestro país. El “Temario Preliminar”, elaborado por los Grupos de Trabajo de la Cancillería, en manos de la contraparte, transmitirá el mensaje de que nuestros negociadores están tratando de engañar a la ciudadanía paraguaya y que, más que negociar, están en la búsqueda de cómplices para concretar sus objetivos.
Hoy, en el confuso panorama creado en vísperas de la toma de decisión sobre el costo del servicio de Itaipú, surge con fuerza una situación relacionada con el pasado, la deuda espuria. Un hecho histórico de extraordinaria importancia, que debe ser revisado, debatido y sus responsables, si corresponde, castigados ejemplarmente Sin embargo esto no debe diluir el tema que condiciona el futuro de nuestra sociedad, el debate tarifario. Dentro de 12 o 13 años la ciudadanía paraguaya estará usando el 100 % de la producción de Itaipú. En esa ocasión estará a la vista los resultados económicos y financieros de haber adoptado una u otra opción de tarifa, una modalidad de contratación u otra. Posiblemente se abrirá un debate parecido al de hoy, por la deuda. Esperamos que no sea necesario estar señalando con el dedo a los más nuevos vende patrias. Con la reducción de la tarifa por la directa aplicación del Anexo “C” vigente, el Estado paraguayo igualmente puede tener extraordinarios ingresos que lo puede capturar a través de la Ande. La figura ya existe, se denomina aporte gubernamental. Por este mecanismo, parte de la
mayor rentabilidad de la Ande será trasferida a las arcas del Estado. Es uno de los resultados positivos de la reducción de la Tarifa de Itaipú. Con esto se canalizaran los recursos con total transparencia, hoy inexistente, porque las binacionales funcionan como un extra Estado, para obras de infraestructura esenciales al país a través del Presupuesto General de Gastos de la Nación (PGN). Además, en esta situación no será necesario negociar nada con el Brasil, ni atar o ceder en otros puntos negociables para conseguir algo que Paraguay lo puede hacer sin necesidad de acuerdo mutuo con Brasil. En las propuestas presentadas en el “Temario Preliminar”, elaboradas por los Grupos de Trabajo de la Cancillería, una vez más se manifiesta en toda su magnitud el desprecio al SER paraguayo. El daño que se intenta causar a la sociedad paraguaya es enorme y definitivamente este tipo de acciones debe acabar.
MSc. Ing. Orlando Valdés Primavera 2021
CAPITULO 1
EL “TEMARIO PRELIMINAR” DE CANCILLERÍA
E
n nuestra condición de asesor Ad Honoren de comisiones conformadas en el parlamento tuvimos acceso al documento distribuido por la Cancillería en la “Comisión Nacional de Seguimiento de las Negociaciones de la Revisión de Anexo “C” del Tratado de Itaipú” del Parlamento. El documento es de fecha 25 de mayo de 2021, y se la menciona como “Temario Preliminar del Ministerio de Relaciones Exteriores”. El documento inicialmente relata cronológicamente las instrucciones que fueran dadas por el Ejecutivo al Ministerio de Relaciones Exteriores para la creación de la Comisión Asesora Ad Honorem para la Revisión del Anexo “C” del Tratado de Itaipú. Esta fue implementada a través de la Resolución N° 1.033 del 24 de octubre de 2019.
Dicha comisión Asesora cumplió funciones por el plazo de 6 meses, del 03/09/2019 al 03/03/2020. Por Decreto 3173/2019, se conformó el Equipo Negociador, integrado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, Gabinete Civil de la Presidencia de la República y la Administración Nacional de Electricidad (ANDE). Esto conforme recomendación de la Comisión Asesora. El objetivo del Equipo Negociador, según el documento, es representar al Gobierno Nacional en el proceso de Revisión del Anexo “C” y en otros asuntos relacionados que le sean encomendados. Se asignó a la coordinación general.
Cancillería
Nacional
la
Informa además que se constituyeron los Grupos de Trabajo, cuya misión es desarrollar, analizar y estudiar asuntos específicos relacionados con las negociaciones. Los Grupos de Trabajo son el Técnico, Comercial, Económico y Jurídico Se puede observar que las asignaciones de tareas no están acompañadas de orientaciones en el sentido de tomar como base de los trabajos la abundante literatura existente en relación a la búsqueda del desarrollo económico y social del país.
En ellas están definidas las prioridades y el camino a seguir para alcanzar los diferentes objetivos nacionales de mediano y largo plazo. Y lo más importante, fueron elaborados por organismos nacionales e internacionales especializados en la materia. Un documento mínimo como base de los trabajos podría ser el “Plan Maestro de la Ande”. Sin embargo no es citado en ningún momento. El Equipo Negociador y sus Grupos de Trabajo están integrados por excelentes técnicos que sin embargo no tienen el perfil ni la atribución para definir Políticas de Estado que tengan como objetivo promover el desarrollo económico y social de la República del Paraguay. El “Temario Preliminar” también informa que la Cancillería Nacional coordina una plataforma interinstitucional denominada Grupo de Análisis y Seguimiento La misma está integrada por la Cancillería Nacional y por representantes del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, la Administración Nacional de Electricidad y la Itaipú margen derecha. Se observa que el equipo humano que lo integra es eminentemente técnico y está abocada a elaborar propuestas en ese carácter con miras a su aplicación
en el proceso de Revisión del Anexo “C” del Tratado de Itaipú. También se informa que promovieron encuentros con representantes de la sociedad civil mediante notas remitidas a partidos políticos, gremios, asociaciones, sindicatos y universidades. Sobre los resultados de estos llamados, aparte de la transcripción de las notas de respuestas de algunas de las organizaciones, no se tiene noticias. Consideramos que el equipo de Cancillería no tiene atribuciones para convocar a la ciudadanía a reflexionar sobre los caminos que debe o no seguir el gobierno de la República para alcanzar el desarrollo integral del país. Esta tarea es competencia de otros estamentos del Estado paraguayo a cargo de especialistas en el análisis de los requerimientos de la Republica para su desarrollo integral. Hoy, la herramienta que el país dispone es la energía eléctrica barata y renovable.
1.1-Aspectos técnicos de la Revisión El “Temario Preliminar” define que los trabajos a ser realizados durante la revisión consisten en
examinar todos los conceptos y componentes del Anexo “C” para actualizarlos, o bien renegociarlos. Los elementos sujetos de revisión son los que se refieren a las bases financieras y de prestación del servicio de electricidad. Correctamente aclara que nada impide que ambos países pueden plantear tratar otros asuntos relacionados con el Tratado en cualquier momento que las Altas Partes consideren oportuno. El documento, “Temario Preliminar”, interno de nuestro país, no especifica que se busca lograr en el proceso de Revisión del Anexo “C”. Consideramos que un objetivo a lograr seria realizar los ajustes necesarios en el Anexo y el Tratado para que sea posible acceder, con las mejores condiciones técnicas y económicas posibles, a la energía correspondiente al Paraguay. Hoy la utilización de la energía correspondiente al Paraguay esta presa a condicionamientos que fueron establecidos en el momento de la concepción del ente binacional. Estas restricciones probablemente se justificaron en la época, considerando las condiciones económicas, financiera y política del Brasil y Paraguay. Luego de 50 años de la firma del Tratado, las circunstancias han variado, razón por la cual es
necesario actualizar las condiciones del servicio eléctrico. Esto es lo previsto en el Anexo “C”. Otro punto básico a negociar es la actualización del monto asignado al Paraguay en concepto de “Compensación” por “Cesión de Energía” a un valor equivalente al pagado por la energía a los generadores en el mercado eléctrico regulado del Brasil. Esto no se consideró en el “Temario Preliminar”
1.2-Adelanto de la Revisión del Anexo “C”. En el documento elaborado por los Grupos de Trabajo y distribuido por Cancillería se afirma que desde una visión país, la disminución de la “tarifa” ya en el año 2022 podría significar perder la oportunidad de reemplazar los componentes “deuda y cargas financieras”, por otros posibles componentes vinculados a otros intereses estratégicos. Estos serían obras para la navegación, aumento de la capacidad de generación, infraestructura eléctrica, etc. Con estas afirmaciones se da a entender, no se afirma, que existe la necesidad de adelantar la fecha de revisión del Anexo “C”.
El argumento es que el país perdería supuestos beneficios de no hacerlo. Adelantar o no la revisión es una decisión que debe ser consensuado en los diferentes estamentos que conforman la sociedad paraguaya. Mientras tanto lo importante es ir cumpliendo con los plazos y criterios establecidos en el Anexo “C” vigente. Lo mejor para el país siempre será el cumplimiento de lo establecido en el Tratado y sus documentos complementarios. Proponer o afirmar lo contrario debe tener una justificación muy clara y contundente.
CAPITULO 2
DETERMINACIÓN DE LA TARIFA DE ITAIPÚ.
n el “Temario Preliminar” propuesto por los Grupos de Trabajo de la cancillería se informa que realizaron simulaciones, bajo la hipótesis de que se mantengan los conceptos y las condiciones básicas actuales del Anexo “C”, para escenarios post 2023.
E
Los resultados se obtuvieron aplicando tres tipos de tarifas Tarifa Alta; 22,60 U$D/Kw-Mes. Para conseguir mantener la tarifa actual incluyeron “nuevos componentes" en el Costo del Servicio de Electricidad, en sustitución del Servicio de la Deuda, en similar proporción, alrededor del 62%. Tarifa Intermedia; 15,00 U$D/Kw-Mes. Para esta alternativa también incluyeron “nuevos componentes” en el Costo del Servicio de
Electricidad, en sustitución del Servicio de la Deuda, en una proporción de alrededor del 50% de ésta. Tarifa Baja; 9,61 U$D/kW. Mes Es la aplicación del Anexo “C”. No incluyeron “nuevos componentes” en el Costo del Servicio de Electricidad, en sustitución del Servicio de la Deuda. La Tarifa desciende automáticamente.
2.1-La Propuesta. Las propuestas presentadas por los Grupos de Trabajo, que no pasan de eso, son cuestionables. Entre otros aspectos, por el hecho de presentar una sola alternativa. La aplicación de la Tarifa Intermedia. Para justificarla, el trabajo propone la creación de “nuevos componentes” para el Anexo “C” violatorias a las disposiciones del Tratado y además poco favorables para la Ande y sus usuarios. A pesar de que los integrantes de los grupos son excelentes técnicos, falta la participación de técnicos especialistas del área de Planificación y Desarrollo nacional. Por este motivo creemos que los Grupos de Trabajo no pueden definir prioridades en la aplicación de los recursos que supuestamente se obtendrían. Lo más grave no son las propuestas pero si el espíritu de las mismas.
No hacen ninguna referencia a las consecuencias negativas que tendrá para Ande y sus usuarios la aplicación de la Tarifa Intermedia en el costo del servicio de electricidad.
2.2-El sobrecosto artificial. Los costos adicionales incorporados en la Tarifa Intermedia propuesta por los Grupos de Trabajo serán pagados en un 76 % por los usuarios de la ANDE y un 24 % por la Eletrobras. Esta es la participación estimada de ambas empresas en la compra de la energía paraguaya de Itaipu en el periodo 2023/2032. A partir del 2032, los costos adicionales serán pagados en un 100 % por los usuarios de la Ande. Se verifica, por los resultados encontrados, que la idea de que mayoritariamente el sobrecosto artificial aplicado a la tarifa de Itaipú será pagada por la Eletrobras, no pasa de una verdad a medias. Los estudios indican que en un plazo de 10 años la Ande consumirá toda la parcela paraguaya de itaipu. Este plazo podría prolongarse, por varias razones, sin embargo no será superior a unos pocos años más. Según los cálculos la participación de la Eletrobras será solo del 24 % en la compra de la energía paraguaya sobrefacturada.
Como máximo podría durar 14 años, con una participación máxima del 31 %. Esto considerando Yacyreta y Acaray. En realidad, la aplicación de la Tarifa Intermedia o mantener la Tarifa Actual significa mayor pago de los usuarios de la Ande por el consumo eléctrico. La participación de la Eletrobras disminuye año a año, en función del aumento sostenido del consumo de energía de nuestro país. Finalmente, en el año 2032 el 100 % del incremento artificial propuesto será pagada por los usuarios de la Ande, a través de la tarifa de consumo. Increíblemente, los Grupos de Trabajo, no presentan ninguna alternativa a la detallada más arriba.
CAPITULO 3
ACTUALIZACIÓN DE “ROYALTIES” Y DE “RESARCIMIENTO”
L
os Grupos de Trabajo de la Cancillería para justificar el sobre costo artificial, denominada Tarifa Intermedia, proponen la “actualización” de dos de los rubros que Itaipú transfiere a las Altas Partes Contratantes. Los “Royalties” y el “Resarcimiento”. La propuesta sostiene que es posible hacerlo mediante la aplicación de la Nota Reversal N° 1 del 11.02.1974, vigente. Los “Royalties” percibidos por el Paraguay, que ronda los 250 millones de dólares anuales, pasarían a 500 millones de dólares anuales. Esto se aplicaría a cada Alta Parte Contratante. Usando la misma tesis se propone aumentar el “Resarcimiento” actualmente percibido por la ANDE y ELETROBRAS. El monto de aproximadamente 20 millones de dólares anuales,
pasaría a 40 millones de dólares anuales por Alta Parte Contratante. Si bien a primera vista esto parece muy favorable para nuestro país, se oculta a la ciudadanía el impacto que tendrá en las facturas de los usuarios de la Ande. El pago de estas “actualizaciones” será realizado por los usuarios de la Ande. Además, es llamativo que ahora, que aumenta rápidamente el consumo de la Ande desde Itaipú, hayan descubierto que es viable la aplicación de un factor multiplicador cercano a 8,0 puntos.
3.1-La “Imposibilidad” de actualización de los valores de Compensación por Cesión de Energía. Siempre de acuerdo con el “Temario Preliminar”, la propuesta paraguaya es mantener sin variación el concepto “Compensación” por “Cesión de Energía”. Justifican dicha postura afirmando que no habría fundamentos legales para hacerlo. En realidad todo es posible, así lo establece los artículos del Tratado. Hacerlo o no depende exclusivamente de las voluntades de las Altas Partes Contratantes.
Lo ideal para nuestro país es la cancelación del concepto “Cesión de energía” y obtener la libre disponibilidad de la energía paraguaya para comercializarla a precio de mercado regulado en el Brasil. Una alternativa a esto sería establecer como monto a pagar en concepto de “Compensación” un valor que sumado con la tarifa de compra sea compatible con el precio de la energía ofertada en el mercado eléctrico regulado del Brasil. La posibilidad de vender la energía paraguaya de Itaipú (50 Hz), a precio de mercado regulado en el Brasil, ya fue consensuada con el Brasil. Está registrado en la “Declaración Conjunta Lugo-Lula” del año 2009. A la luz de los documentos existentes es incomprensible la propuesta elaborada por los Grupos de Trabajo.
3.2-Nuevos Conceptos. El “Temario Preliminar” incorpora la idea de “aprovechar” el “margen o brecha” que surge con la culminación de la deuda de Itaipú.
La propuesta es que la “brecha” se utilice para “Nuevas Inversiones” y “Fondos Especiales”. Las “Nuevas Inversiones” se refieren a la propuesta de construcción de la esclusa de navegación, que si bien está incluida en el Anexo “B” y tiene algunos estudios ya realizados, está muy distante de que su construcción se inicie. En caso de que se tome la decisión de construirla, ahora, a partir del 2023, el financiamiento se deberá realizar a través de préstamos, con años de gracia para su pago, como se hicieron con todas las obras de la binacional. Y con financistas que ofrezcan las tasas más bajas de interés, evitando en lo posible que sean grupos brasileños, como fue para la construcción de Itaipú. Financiarla mediante aportes mensuales retenidos por la binacional, a partir del año 2023, violara el equilibrio gastos/ingresos establecido en el Tratado. En el “Temario Preliminar” se incluye obras que posibilitarían, según los Grupos de Trabajo, aumentar la capacidad de generación de la Itaipú Binacional. Sin embargo, no existen avances concretos al respecto. Finalmente se habla de la posibilidad de
realizar obras para aumentar el nivel operativo máximo del embalse. Todas estas obras, cuando se decida su construcción, serán financiadas mediante préstamos externos, como se realizó en ocasión de la instalación de las 2 unidades adicionales, la 9A y la 18A. Con relación a la creación de “Fondos Especiales”, prevén recursos para grandes reparaciones sobre los cuales no existen estudios específicos y concretos. Si existe la decisión de realizar la actualización tecnológica de los equipos, tarea que se inició hace varios años atrás y continúan. Y lo absurdo, se propone realizar inversiones en la infraestructura eléctrica del Paraguay. Esto no es competencia de la Itaipú Binacional, si de la Ande, bajo supervisión del Estado paraguayo. Salta a la vista que se trata de justificar un costo artificial de la energía de Itaipú incluyendo gastos en rubros que no existen y/o no corresponden. Las propuestas no poseen un sustento real, concreto y no forman parte de ningún plan aprobado por los estamentos correspondientes de las Altas Partes Contratantes.
La inclusión en el Costo del Servicio de Electricidad de montos a ser destinados a obras futuras viola el Tratado de Itaipú. La elaboración de un listado de obras y de posibles reparaciones de daños que podrían aparecer en un periodo de tiempo no determinado, no es justificativo para aumentar el costo unitario del servicio de electricidad de Itaipú.
3.3-Confusión en las atribuciones de la Itaipú Binacional. Los Grupos de Trabajo, recomiendan mantener los “Gastos Sociales y Ambientales”. Estas tareas son necesarias y deben continuar dentro de las normativas previstas para el mantenimiento ambiental del entorno del embalse. Esta actividad es de extrema importancia para mantener operativa la central por muchos años más. Este rubro está destinado a la reducción de la colmatación y de cualquier otro problema que la comunidad que la rodea pueda ocasionar al embalse. No es atribución de la Itaipú Binacional, y nunca lo fue, intervenir en las políticas nacionales, fuera del área de influencia del proyecto.
Se instaló una narrativa por la cual, por el solo hecho de disponer de recursos, sin control de los organismos nacionales y provenientes supuestamente del Brasil, vía tarifas, la Itaipú puede intervenir en cualquier ámbito de la vida nacional. Es así, que se considera normal que tareas como construcción de grupos habitacionales, escuelas, colegios, centros de salud, centros recreativos, vías de acceso, telecomunicaciones, instalaciones de electricidad, agua corriente, sanitaria, pluviales y otras obras de infraestructura, etc., sean financiadas y realizadas directamente por Itaipú. Si alguna vez Itaipú intervino en la ejecución y financiamiento de obras de infraestructura, fue por ausencia de las mismas en la zona de influencia del proyecto, en la época de su construcción. Es verdad, se construyeron ciudades enteras en sustitución de las afectadas por el embalse. Esto ocurrió principalmente en el lado brasilero. Con el proyecto concluido y en funcionamiento, la responsabilidad de la binacional, en cada una en sus márgenes, es la de mantener las mejores condiciones sociales y ambientales en el área de influencia del embalse y nada más. Todo en colaboración y bajo el control de ambos socios en el emprendimiento binacional.
CAPITULO 4
LIBRE DISPONIBILIDAD, VENTA DE ENERGÍA, COGESTIÓN PLENA Y CONTROL DE CUENTAS.
D
e acuerdo con el Artículo XIII del Tratado de ITAIPÚ, las Altas Partes pactaron la modalidad de “Cesión de la Energía” en caso de que uno de los países no tenga a capacidad de consumir la totalidad de lo que le corresponde en su sistema eléctrico. Este tema debe ser considerado dentro de las conversaciones sobre la revisión del Anexo “C”.
4.1- Libre Disponibilidad, Venta De Energía. El “Temario Preliminar” recomienda no tratar este tema, propone mantener la actual situación de “Compensación” por “Cesión de Energía”. Increíblemente, tampoco considera la posibilidad de solicitar un aumento del monto que el Brasil
remesa en ese concepto. La propuesta de los Grupos de Trabajo no es la más conveniente para el país. La venta de energía a terceros países es posible y la infraestructura para hacerla existe. Son las mismas hoy utilizadas para el retiro de la energía de Itaipú y Yacyreta por el Brasil y la Argentina respectivamente. Lo que falta es la voluntad de ambos países de pagar por nuestra producción el precio de mercado. Como obtener la libre disponibilidad de nuestra energía es una de las tareas principales de los Grupos de Trabajo. Un buen inicio seria explorar la “Declaración Conjunta Lugo/Lula” del año 2009.
4.2-Aprobación de la NR 18/95 por el Brasil. Los Grupos de Trabajo proponen una administración paritaria, completa y eficiente, pero sobre todo formal en la conducción de la Entidad Binacional. Reconocen que desde el 21 de diciembre de 1995, el manejo administrativo de la binacional no está sustentada en documentos formales por la falta de Notas Reversales correspondientes.
La modificación del Estatuto de Itaipú, Anexo “A” del año 1995, fue aprobada por el Congreso paraguayo, pero no por su par brasileño, razón por la cual no entró en vigor. A raíz de ello, sigue aplicándose la versión del Estatuto del 28 de enero de 1986. No es aceptable que la propuesta de Revisión del Anexo “A”, sea la de aplicar la vieja propuesta no aprobada por el Congreso brasileño. Las actuales condiciones de consumo de energía de nuestro país y la proximidad del cancelamiento de la deuda de Itaipú, crea un escenario totalmente distinto, por lo que es necesario una revisión del Anexo “A” pero en base a la situación actual. A pesar de que en el discurso se afirma que los Directores Generales, los miembros del Consejo de Administración y del Directorio Ejecutivo tienen las mismas prerrogativas, sean paraguayos o brasileños, en la práctica esa no es la verdad.
4.3-Control por parte de Contraloría General de la Republica. Con relación a la falta de control y transparencia del manejo de las cuentas de la Margen Derecha de la Itaipú Binacional, los Grupos de Trabajo
proponen la creación de un organismo supranacional para realizar la tarea de control. Esto en la práctica es la promoción de la pérdida de soberanía del Estado paraguayo sobre la Central Hidroeléctrica Binacional Itaipú. El proyecto de creación de la citada Comisión Binacional de Cuentas parte de la premisa de que toda auditoría a la Entidad debe hacerse sobre la base de un acuerdo entre ambos condóminos. Esto según los entendidos en la materia está totalmente fuera de lo establecido en el Tratado y sus documentos complementarios. Desde luego que garantizar la ausencia de control y transparencia en el uso de los recursos destinados a los “Gastos de Explotación”, es probablemente una de las partes más celosamente cuidadas en el “Temario Preliminar”.
CAPITULO 5
ITAIPÚ BINACIÓNAL, SUS ETAPAS.
L
os planteos de los Grupos de Trabajo de la Cancillería en el documento denominado “Temario Preliminar” del Ministerio de Relaciones Exteriores de fecha 25 de mayo de 2021, son preocupantes. Proponen la creación de “nuevos beneficios” para el país y el aumento de algunos ya vigentes. Estos serán financiados, según consta en los 14 puntos del material, mediante la aplicación de una “Tarifa Intermedia” a la energía producida en Itaipú Binacional. Esto mediante el aprovechamiento de la “Brecha” existente entre la tarifa actual y la que corresponde, según el Tratado, al final del pago de toda la deuda de la binacional. El “Temario Preliminar” no se refiere a las consecuencias negativas que tendrán sobre los proveedores de los recursos necesarios para el
efecto. En el caso paraguayo, los usuarios de la Ande. Se da a entender que el financiamiento lo realizara el Brasil, a través un sobrecosto a ser pagado por los usuarios brasileros de la energía de Itaipú. Análisis puntuales de las propuestas presentadas por los Grupos de Trabajo de la Cancillería no permiten visualizar en toda su magnitud los inconvenientes que estas incorporan. Es necesario analizar las propuestas en una ventana o periodo de tiempo. Nunca con un enfoque puntual. A seguir realizaremos una breve descripción de los más importantes periodos de la vida institucional de la Itaipú Binacional. Lo resumimos en etapas culminadas, en ejecución y por iniciar. Cada una de ellas presenta características especiales. La etapa inicial es la que describiremos a continuación.
5.1-Etapa de construcción. Este periodo se comenzó en el año 1973 y culminó con la instalación y puesta en marcha de las 18 unidades generadoras iniciales de Itaipú.
La construcción de Itaipú fue una solución al problema de límites entre Paraguay y Brasil. Además, cubrió la necesidad de satisfacer la creciente demanda de energía, especialmente del Brasil, en un contexto de incrementos importantes del precio del petróleo. El financiamiento de la construcción fue posible mediante préstamos obtenidos por la propia binacional. El manejo de estos recursos estuvo a cargo de los integrantes de la Dirección y del Consejo de Administración de la binacional. Los gastos, por lo menos en la margen derecha, nunca tuvo el control de los organismos propios de la República del Paraguay. Durante la construcción de Itaipú, entre los años 1973 a 1990, Paraguay registró el crecimiento económico más importante de su historia, con un promedio anual de casi el 10%. Este nivel fue superior al promedio de Latinoamérica y el Caribe para el periodo. Como referencia, al momento del inicio de su construcción año 1973, el costo estimado de la obra fue de aproximadamente U$D 2.000 millones. Este monto en la época equivalía a aproximadamente 200 % del PIB de Paraguay frente al 2,3 % del Brasil.
El boom económico sin precedentes asociado a la construcción de Itaipú y al auge de precios agrícolas de la época no sentó bases sólidas para el desarrollo económico y social sostenido de nuestro país. No se implementaron las condiciones básicas para la diversificación del sistema productivo nacional y, especialmente, no se invirtió en el capital humano. La construcción de Itaipú si dio origen a una casta de privilegiados, producto de la sobrefacturación de los costos de la construcción, los llamados «Barones de Itaipú». Fue el origen de la corrupción a gran escala basada en contrataciones con Itaipú sin control de la ciudadanía. La importancia de Itaipú siempre ha sido relativamente menor para el Brasil, no así para el Paraguay. Nuestro país es pequeño y hasta la fecha poco desarrollado. La siguiente etapa es la que hoy se desarrolla y la denominaremos;
5.2-Producción con deuda y consumo asimétrico. Este periodo se caracteriza por la producción de energía con el costo condicionado al componente pago de la deuda contraída para la construcción.
La otra característica de este periodo es el bajo consumo del Paraguay de su parcela de energía en la binacional Esta fase se inició en el año 1985 y finalizara en el año 2023. Es importante destacar que la etapa de construcción no concluyo abruptamente. Desde mayo del año 1985, la construcción y la producción de energía comenzaron a convivir por varios años. La entrada en servicio de las unidades generadoras fue gradual, esta situación es propia en la construcción de una hidroeléctrica del tamaño de Itaipú. Muchos de los criterios establecidos en el Anexo “C” del Tratado no fueron aplicados sino a partir de la instalación total de las 18 unidades generadoras. La culminación del pago de la deuda está programada para el año 2023. Dicho pago afecta en aproximadamente el 62% del costo unitario de los servicios de electricidad de Itaipú. Históricamente el mayor porcentaje de pago es realizado por el consumidor brasileño. Esto ocurre porque el Brasil es el mayor consumidor de la producción de la binacional. La siguiente ventana de tiempo es;
5.3-Producción sin deuda y consumo asimétrico. Esta se iniciará en el año 2023, antes que la Ande pueda consumir toda la energía paraguaya en 50 Hz producida en la binacional. Se estima que el equilibrio en el consumo se producirá aproximadamente en el año 2032. Es decir, dentro de 10 años, contados desde el 2023. Para nuestro país esta etapa de transición es sumamente importante en razón de que el crecimiento de la demanda del sistema eléctrico paraguayo es acelerado. Esta situación recomienda que el costo del servicio de electricidad de Itaipú, debe ser el más bajo posible. El último periodo es de equilibrio en el consumo de las Altas Partes Contratantes, la llamamos;
5.4-Producción sin deuda y consumo igualitario. Es el tiempo en que existirá finalmente el equilibrio en el consumo de la energía producida en la binacional. Este periodo se iniciará aproximadamente en el año 2032.
El consumo igualitario de la producción de la central afectara profundamente varios paradigmas vigentes desde el inicio de la producción de Itaipú. A partir del año 2032 los beneficios que Itaipú concede a las Altas Partes Contratantes serán financiados de manera igualitaria. Es decir, el 100 % de los gastos realizados en el territorio paraguayo serán financiados por los usuarios de la Ande. La verdad de hierro es que el hecho de que actualmente el Brasil aporte recursos para financiar parte de los beneficios que se transfieren al Paraguay es circunstancial y a cada año se reduce y terminara aproximadamente en el año 2032. Todo esto afectara a las instituciones que reciben o administran los recursos provenientes de la Itaipú Binacional. Las instituciones son tres, la Ande, el Ministerio de Hacienda y la Itaipú margen derecha. En el caso de Itaipú, específicamente en el rubro “Gastos de Explotación”. A partir del año 2032, los costos de operación de la binacional serán pagados de manera igualitaria por el consumidor paraguayo y el brasileño. Por esta razón las mismas deben ser las menores posibles
CAPITULO 6
TARIFAS DE ITAIPÚ Y ANDE, SUS DIFERENCIAS.
E
n agosto de 2023 vence el plazo para la Revisión de las disposiciones del Anexo “C” del Tratado de Itaipú. Conforme establecido, la actual tarifa tendrá una reducción del orden del 62% luego de la aplicación de los criterios determinados en el documento. En su presentación los Grupos de Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores afirman que consideraron tres escenarios sobre el futuro precio de la energía de Itaipú. Primero: mantener el precio actual. Segundo: establecer una Tarifa Intermedia. Tercero: su reducción en el orden del 62%. El primer y segundo escenario permite mantener abierta la posibilidad de intervenir en las finanzas de la binacional mediante la contratación de
multimillonarios préstamos, realizar obras o crear fondos especiales, con cargo a la binacional. Mantener la tarifa actual o reducirla solo parcialmente es la manera de incorporar recursos para el pago de gastos no previstos en el Tratado de Itaipú y sus documentos complementarios. Las autoridades paraguayas y brasileñas de la binacional difícilmente podrán llevar adelante la aplicación de escenarios que impidan la reducción máxima del costo de producción de la binacional. De hecho los representantes del Brasil ya divulgaron su intención de hacer cumplir a plenitud lo establecido en el Anexo “C”. La razón es simple, los escenarios en que el precio de la energía de Itaipú no se reduce a los niveles previstos, no son favorables a los intereses soberanos del Paraguay y del Brasil. Indudablemente lo mejor que le puede ocurrir a cualquier nación del mundo es la reducción, al mínimo, del precio de la energía que sustenta el desarrollo de su economía. El costo elevado de la energía ha generado guerras inclusive.
6.1-Diferencia entre tarifa Itaipú y de Ande. Las tarifas de estas empresas no son iguales, pero sí son dependientes. A menor costo de la energía de Itaipú, mayor renta para la Ande. O en su defecto, permite la aplicación de menores tarifas para sus usuarios. Es posible reducir los montos hoy vigentes en el “Pliego 21” de tarifas de la Ande. A la Ande, en su condición de compradora de la energía de Itaipú, le conviene y siempre le convendrá obtener un precio de adquisición lo más bajo posible. Sabemos que la Ande, con la autorización del Gobierno nacional, no de la Itaipú Binacional, determina de manera libre y soberana la tarifa que aplica a sus usuarios. Hoy está vigente el “Pliego 21” de tarifas. La tarifa de la Ande incluye, además del costo de compra de Itaipú, los recursos necesarios para el pago de las cuentas por la construcción, la operación y el mantenimiento de la infraestructura eléctrica del sistema eléctrico paraguayo. Ya el precio de venta de la energía eléctrica producida en Itaipú está determinado por las Altas Partes Contratantes que integran las binacionales.
Lo ideal para sus clientes compradores, la Ande y Eletrobras, es que sea la más baja posible. La fijación de la tarifa de la Ande para sus usuarios, es potestad de ella, con acuerdo del Gobierno nacional Todo depende de la política tarifaria que se desee aplicar. La Ande ejecuta la política tarifaria, manteniendo su valor actual, reduciéndola parcialmente o totalmente. Todo depende de las metas que el Gobierno nacional, a través de sus Políticas de Estado, deseen lograr. Finalmente la Ande es la ejecutora de las políticas tarifarias determinada por el Gobierno nacional. Esto puede y lo hace la Ande. La reducción del precio de la energía de Itaipú, por aplicación de lo establecido en el Anexo “C”, anula la posibilidad de que la binacional asuma compromisos o realice labores fuera de lo establecido en el Tratado y sus documentos complementarios. La baja del costo de la energía de Itaipú podrá ser transferida por la Ande, a sus usuarios, como ya afirmamos, total o parcialmente. La diferencia, la renta posible de la Ande por mantener plena o parcialmente su “Pliego 21” de tarifas, servirá para fortalecer su infraestructura, realizar transferencias al gobierno central y el pago de las deudas contraídas para el desarrollo del sistema eléctrico paraguayo.
CAPITULO 7
CRITERIOS APLICADOS PARA EL ANALISIS.
E
n este capítulo definimos criterios iniciales para la obtención de los datos necesarios para observar las consecuencias de aplicar los tres costos unitarios establecidos en el documento de Cancillería denominado “Temario Preliminar”. Los resultados se reflejaran en los montos que ingresarán en las instituciones encargadas de la administración de los recursos de Itaipú. Las instituciones afectadas son la Ande, Ministerio de Hacienda y la Itaipú margen derecha, en el rubro “Gastos de Explotación”. Incluimos los efectos de la cancelación del concepto “Compensación” por “Cesión de Energía”, pagada por el Gobierno del Brasil al Paraguay. Los recursos para este pago no provienen de la Itaipú Binacional.
También consideramos el impacto de comercializar la energía excedente correspondiente al Paraguay en el mercado eléctrico regulado del Brasil. Esta operación fue prevista en el Acuerdo LugoLula firmado en el año 2009. Sin embargo no consta en las recomendaciones elaboradas por los Grupos de Trabajo de la Cancillería.
7.1-Los Criterios. 1-Se considera como ventana de tiempo la etapa denominada “Producción sin deuda y consumo asimétrico”. La duración estimada es de 10 años. Contados a partir del año 2023 al 2032. 2- Se establece como producción anual de la central Itaipú en 75.000.000 Mwh/año. 3- Loa tres costos unitarios de potencia media de Itaipú son las siguientes; Tarifa Actual: 22,6 U$D Kw-mes. Tarifa Intermedia: 15,0 U$D Kw-mes: Es la propuesta presentada en el “Temario Preliminar”. Tarifa Baja: 9,6 U$D Kw-mes.
4- El precio de la energía en U$D/Mwh se obtiene en base a la generación de 75.000.000 Mwh/año. 5- No se considera la energía producida en Yacyreta y Acaray. 6- La tasa de crecimiento para la energía consumida es de 6,8 % anual compuesto. Valor utilizado por la Ande en su último Plan Maestro. 7- Para el periodo de 2023 a 2032 la tarifa Ande para sus usuarios es la establecida en el " Pliego 21". Con esta tarifa la Ande paga el costo unitario actual de Itaipú de 22,6 U$D Kw-mes. 8- Se estima como precio de venta en el Mercado Regulado de Energía del Brasil el monto de 42 U$D/ Mwh. 9-La comercialización a cargo de la Ande. Se considera “Nodo” de entrega las barras de 500 Kv de la SE-MD- Hernandarias, Py.
CAPITULO 8
EL PUNTO DE PÀRTIDA
P
ara obtener los últimos datos referentes al manejo de los recursos de la binacional recurrimos a la información disponible en la Memoria Anual del año 2.020.
8.1- Componentes del Costo del Servicio de Electricidad. La tabla 1 presenta los montos asignados a cada uno de los componentes del Costo del Servicio de Electricidad correspondiente al año 2020, en millones de dólares. Esto conforme establecido en el Anexo “C” del Tratado de Itaipú y sus Documentos Complementarios. Los recursos fueron provistos por la Ande y Eletrobras mediante sus pagos por la compra de la totalidad de la producción de central hidroeléctrica binacional.
El gasto principal está relacionado con la amortización de Préstamos y Financiamiento, y las Cargas Financieras de los Préstamos. Ambos rubros totalizan 2.058,5 millones de dólares. Corresponde al 62 % del presupuesto anual de la entidad. Tabla 1
El siguiente monto en importancia es el destinado a los “Gastos de Explotación” de la entidad. El monto correspondiente fue de 802,7 millones de dólares.
Le sigue en orden de importancia los recursos previstos para el pago de “Royalties” a las Altas Partes Contratantes. Y Finalmente los destinados a “Resarcimientos” y “Utilidades de capital”.
8.2-Distribución de recursos por institución. En la tabla 2 abajo se presenta el destino asignado a los recursos de la Itaipú Binacional, según el Tratado, por institución. Tabla 2
Los recursos denominados “Utilidades de Capital” y “Resarcimientos” son transferidos directamente a la Ande y Eletrobras. Los correspondientes a “Royalties” son transferidos al Ministerio de Hacienda del Paraguay y de su equivalente en el Brasil. En la tabla 2 se presenta el valor total, sin discriminación por margen. Los montos que corresponden a la “Amortización de Préstamos y Financiamiento” y las “Cargas Financieras de Préstamos” son entregados a los “Acreedores” de la Itaipú Binacional. El monto asignado como “Gastos de Explotación” de Itaipú, es el único rubro realmente administrado por la Entidad, mitad y mitad por margen.
8.3- Recursos administrados por Instituciones de la República del Paraguay. En la Tabla 3 se observa el monto que recibió en el año 2020 cada institución paraguaya de Itaipú Binacional. El mayor volumen de recursos fue administrado por la Itaipú Margen Derecha, 401,4 millones de
dólares. Es el monto correspondiente a los “Gastos de Explotación”. Este monto es administrado sin supervisión de los organismos de control del Estado Paraguayo. A la Ande le correspondió 41,3 millones de dólares. Al Ministerio de Hacienda 212,1 millones de dólares. Estos montos están sometidos al control del Estado paraguayo. Tabla 3
CAPITULO 9
LOS RESULTADOS
C
onforme explicado anteriormente realizamos el análisis del periodo 2023/2032 aplicando los criterios enunciados y considerando las diferentes tarifas conforme propuesta del grupo de Trabajo de Cancillería.
9.1-Mantener la Tarifa Actual. La primera alternativa es mantener la Tarifa Actual de 22,60 U$D/kW-Mes. Su aplicación significa impedir que la Ande pueda contratar el 100 % de la energía paraguaya de la hidroeléctrica binacional. El motivo es simple, el costo de hacerlo significaría erogaciones que la Ande no puede realizar.
Mantener la Tarifa Actual condena a la Ande a no poder acceder a una renta eléctrica, lo que le obliga a seguir en las mismas condiciones financieras, según se divulga, sin reservas ni recursos para fortalecer su infraestructura. Obtener recursos mediante el aumento de la tarifa a sus usuarios es inviable. La economía paraguaya no soporta un aumento del costo de la energía establecida en el “Pliego 21” de la Ande hoy vigente. Mantener el costo actual de Itaipú significa tener que pagar a la Itaipú Binacional en los próximos 10 años aproximadamente 12.864 millones de dólares. Los recursos adicionales que provendrán de la diferencia entre la Tarifa Actual y la real, que es la Tarifa Baja, permanecerán en Itaipú, para su administración discrecional y secreta por los Directores y Consejeros de la Itaipú Binacional. Se argumenta para justificar el mantenimiento de la Tarifa Actual, que la mayor parte de este sobrecosto artificial será solventado por el Brasil. Esto es una verdad a medias. Es cierto que la compra de la energía de Itaipú por parte de Ande y Eletrobras es aún asimétrico. Los cálculos indican que en promedio, en el periodo 2023/2032, el 76 % de la energía paraguaya generada en Itaipú será consumida por la Ande. Solo
el 24 % de dicha energía será consumida por la Eletrobras. Esto significa que los ingresos por la venta de la energía paraguaya de Itaipú serán proveídos por la Ande y Eletrobras en esa proporción. Posterior al año 2032 el 100 % del sobrecosto artificial será pagado por los usuarios de la Ande. Siempre a través de la tarifa mantenida artificialmente cara. Tabla 1:
En la Tabla 1 arriba, en la columna Ingresos, se puede observar los recursos ingresados y su distribución a los organismos designados para su administración. Obsérvese que la más beneficiada es la gerencia paraguaya de la Itaipú, con un monto de 13.840 MU$D. Este monto es el que será ejecutado bajo el
rubro “Gastos de Explotación”, sin control de la ciudadanía. Manteniendo la tarifa actual de Itaipú Binacional, en el periodo de tiempo considerado, el monto a ser manejado a discreción, sin control del Estado paraguayo, por los gerentes de la margen derecha, a lo largo de los 10 años, es de 13.840 millones de dólares. Esta alternativa viola lo establecido en el Tratado de Itaipú y sus documentos complementarios. También ralentizara el crecimiento de la economía paraguaya y propiciara la profundización de la corrupción que ya asola el país.
9.2-Aplicar una Tarifa Intermedia. Con la aplicación de la Tarifa Intermedia, la Ande deberá pagar a la Itaipú Binacional, al cabo de 10 años, la suma de 8.536.773 MU$D. Naturalmente es una cifra inferior a la anterior, pero aun así tendrá un impacto negativo importante en la economía de la Ande y del país. La Ande podrá realizar ahorros en la compra de energía desde Itaipú. Pero no será lo suficiente para honrar sus compromisos ya asumidos, mucho menos
podrá obtener más fondos para fortalecer su infraestructura. Tampoco le será posible reducir la tarifa hoy vigente para los usuarios del servicio de la Ande. Incrementar innecesariamente el costo del servicio de electricidad de Itaipú Binacional, en cualquier época o momento, definitivamente es perjudicial para la economía paraguaya. Tabla 2:
En la Tabla 2 arriba se puede observar como la inclusión de los sobrecostos innecesarios en la tarifa de Itaipú permite que ocurra un aparente “equilibrio” entre los ingresos de las instituciones encargadas de administrar los recursos de la Itaipú en la margen derecha. Con la aplicación de esta Taifa Intermedia la Ande obtiene un ahorro por reducción parcial de la tarifa de Itaipú Binacional del orden de los 4.327
millones de dólares en los 10 años considerados. Para generar estos recursos la Ande debe mantener su tarifa actual vigente, establecida en el “Pliego 21”. Estos recursos los podrá utilizar para el fortalecimiento de su sistema eléctrico y cumplir con los compromisos financieros ya asumidos. Sin embargo son insuficientes, según las previsiones realizadas por la Ande, en su Plan Maestro. Por otra parte, la más beneficiada con la Tarifa Intermedia nuevamente es la gerencia de la margen derecha de Itaipú, que en un lapso de 10 años dispondrá de 5.575 MU$D para su manejo discrecional y sin control ciudadano. Siempre en el rubro “Gastos de Explotación El Ministerio de Hacienda además de los recursos que provendrán mayoritariamente de los usuarios de la Ande (74 %) continuara recibiendo los ingresos en concepto de “Compensación” por “Cesión de Energía” hasta el año 2.032, en que acabaran los excedente en 50 Hz. La Tarifa Intermedia genera un gasto innecesario para los usuarios del servicio eléctrico a nivel nacional. Retrasa el desarrollo de la economía Evita la electrificación de la economía paraguaya.
9.3 -Aplicación de la Tarifa Baja. La aplicación correcta de los criterios establecidos en el Anexo “C” del Tratado de Itaipú permite el aparecimiento de la Tarifa Baja de Itaipú, cuyo monto es de aproximadamente. 9,61 U$D/kWMes. Con la vigencia de la Tarifa Baja, el Paraguay, a través de la Ande, accede a las condiciones necesarias para ejercer su soberanía energética. Lo ejecutara mediante la contratación del 100 % de la energía producida en 50 Hz de propiedad de la República del Paraguay. Así, con la Revisión del Anexo “C” del Tratado, ha llegado el momento de que nuestro país cumpla con la contratación de toda la potencia y energía a que tiene derecho el Paraguay. En cantidades estrictamente iguales entre ambos países. Tabla 3
En la Tabla 3 arriba se puede observar que en este caso se optó por mantener el concepto “Compensación” por “Cesión de Energía”. La distribución de recursos entre las instituciones que administran los ingresos de Itaipú presenta características diferentes a la observada con la Tarifa Intermedia. La Tarifa Baja permite que la Ande, por la importante reducción de sus gastos por compra de energía de Itaipú pueda acceder a una renta de hasta 7.803 millones de dólares. Los 400.000 MU$D transferidos a la Ande por Itaipú en el periodo de 10 años, más los ahorros por aplicación de la Tarifa Baja permite que la Ande administre mayores recursos, bajo control ciudadano, y en la cantidad suficiente para fortalecer su infraestructura y pago de sus acreencias. El Ministerio de Hacienda continúa recibiendo sus ingresos por Cesión de Energía y el valor vigente en concepto de “Royalties”.
9.4-Venta de excedentes en el mercado brasileño. Consideramos los resultados que la Ande obtendría mediante la venta de la energía no
utilizada para el consumo propio de Paraguay a Brasil, mediante negociación directa entre Ande y Furnas S.A. Este es uno de los reclamos más antiguos del Paraguay, disponer de sus excedentes para la venta a precio de mercado Tabla 4
En la Tabla 4 arriba se puede observar que la venta de los excedentes paraguayos de la Itaipú a precio de mercado producirán ingresos del orden delos 5.276 millones de dólares en el periodo de los 10 años considerados. Con esto la Ande podrá administrar en torno a 13.476 millones de dólares. El Ministerio de Hacienda dejara de recaudar en concepto de “Cesión de Energía” y Eletrobras ya no dispondrá de energía paraguaya a precio de costo.
Se puede observar que los “Gastos de Explotación” de la Itaipú margen derecha continúan muy elevados. Estos deberían ser ajustados a los nuevos tiempos en que vive la República. El máximo precio de venta de los excedentes paraguayos deberá ser el que se pague a los generadores en el mercado regulado de energía eléctrica del Brasil. Los contratos para el intercambio de los servicios de electricidad deberá realizarse entre Furnas S.A. y Ande. El punto de entrega y recepción de energía en 50 Hz debe ser las líneas de 500 Kv que interconectan la SE-MD (Hernandarias-Py) y la ES-FURNAS (Foz de Iguazú-Br).
CAPITULO 10
OTRAS PROPUESTAS.
E
xisten varias propuestas de que hacer en el 2023, año de la Revisión del Anexo de la Itaipú Binacional. A continuación nos referiremos a algunas de ellas. La mayoría no pasa de declaraciones sin sustento.
10.1-Sobrara 1.000 millones de dólares al año. . Varios planteos continúan promoviendo la ilusión de que a partir del año 2023 estará sobrando más de 2.000 millones de dólares en Itaipú y que 1.000 millones serán para el Paraguay. Nada más alejado de la realidad. La verdad es que no sobrara nada. Al terminar la deuda asumida por la Itaipú para su construcción ya no será necesaria colectar, vía tarifa, los recursos para realizar esos pagos. Eso es lo que ocurrirá a partir del año 2023.
Lastimosamente estas afirmaciones sin sustento crean falsas expectativas en la población. Se afirma que es posible generar dichos recursos mediante la incorporación de compromisos no previstos al costo del servicio de electricidad. Esto es violatorio al Tratado y sus documentos complementarios. Lo mejor para el país es que disponga para la ciudadanía energía hidroeléctrica lo más barata posible, con calidad y confiabilidad.
10.2-Modificación del Tratado. Otros promueven la Revisión total del cuerpo del Tratado e incluso denunciarlo ante instancias judiciales internacionales. Sus propulsores no presentan los cambios que introducirían el Tratado y tampoco cuales serían los asuntos a reclamar en las instancias judiciales internacionales. La irresponsabilidad con que se realizan este tipo de declaraciones, es la constante. Esto también genera expectativas en la ciudadanía. Esto no está mal, despertar el interés de la sociedad sobre este tema que es de suma
importancia para el desarrollo de nuestro país. Sin embargo, consideramos que debe realizarse con mucha responsabilidad. Por otra parte, todo indica que este no es el momento de proponer este tipo de acciones que solo generaría un ambiente poco propicio para la realización de los ajustes necesarios en el Anexo “C” previsto para el 2023.
10.3-Revisión de la deuda. Se promueve la Revisión de la deuda de Itaipú, un hecho muy auspicioso pero que probablemente no redundara en beneficio al Paraguay. Si sucedieron estos eventos, es muy poco probable que sus autores sean castigados. Si se comprueba que existió o existe el mal manejo de la deuda de Itaipú, es de suma importancia dejarlo registrado. Y que sus responsables en el lado paraguayo sean identificados y si no es posible condenarlos por la justicia, que reciban el repudio de la sociedad.
10.4-Revisión de Anexos A y B Otros proponen la renegociación de los Anexos A y B, tampoco sin presentar propuestas concretas
sobre el asunto. No presentan objetivos a alcanzar. Si bien es necesario realizarlo ¿Es el momento adecuado? Y que solicitar.
10.5- Con relación a las “Propuestas”. Como se puede observar las propuestas son varias, pero hay que diferenciarlas. Algunos buscan lo mejor para el país, lo hacen de buena fe, otros con objetivos inconfesables ante la sociedad. Las propuestas tienen su origen en grupos en pugna que pueden resumirse en dos; El primero busca mantener los privilegios que obtienen a través de las binacionales. Estos son los honorarios y altos salarios fuera de la realidad nacional. Otros lo obtienen mediante contratos como proveedores privilegiados, `prestación de servicios varios a precios inflados, ventas de insumos sin competencia, ejecución de obras innecesarias o sobrefacturadas. No podemos olvidar las empresas financieras, estas se reflejan en las cuentas bancarias y seguros de todo tipo. Los integrantes de este primer grupo, para mantener sus privilegios, adecuan sus métodos a los cambios que van ocurriendo en las diferentes etapas de funcionamiento del emprendimiento.
El segundo grupo está integrado por los que de manera objetiva buscan la democratización de los beneficios producidos en la binacional. Que estos recursos lleguen a la mayoría de la población, y no solo para el reducido grupo más arriba citado. La mejor forma de hacerlo es mediante tarifas bajas en la Ande. Natural consecuencia de Tarifas Bajas en Itaipú.
CAPITULO 11
LA TARIFA DE ITAIPÚ DEBE SER LA MENOR POSIBLE.
U
no de los argumentos para mantener la Tarifa Actual de Itaipú o de su reducción solo parcial, es que con un sobreprecio artificial es posible obtener beneficios adicionales para el Paraguay. Y principalmente, que ellas serán pagadas por los usuarios de Eletrobras, esto según se desprende de la presentación realizada por los Grupos de Trabajo de la Cancillería. La propuesta, además de mentirosa, viola el Tratado de Itaipú, es poco ético. En realidad es perjudicial a los intereses nacionales. A seguir presentaremos en tablas los resultados de cálculos realizados para demostrar, con números, que no bajar la tarifa de Itaipú, al menor valor posible, es atentar contra los intereses de la República del Paraguay. En la práctica significa condenar a la Ande a su colapso financiero.
Los cálculos los realizamos aplicando criterios establecidos inicialmente en este trabajo.
11.1-Determinación de la participación de Ande y Eletrobras. En la tabla 1 se presenta la participación de la Ande y Eletrobras en el consumo de la parcela de energía correspondiente al Paraguay. En el periodo comprendido entre los años 2023 al 2032, en valores y porcentajes. Conociendo esta información es posible calcular la participación de Eletrobras en la adquisición de la energía paraguaya excedente en Itaipú. En la tabla 1 abajo, en la columna “Energía Py” consta la energía prevista en Itaipú Binacional correspondiente al Paraguay, año a año, en el periodo considerado. En la columna “Ande Mwh/año” están los valores previstos de consumo de la Ande, año a año, hasta el 2032. La columna “Eletrobras Mwh/año” nos indica el consumo previsto de energía paraguaya de Itaipú por parte de la Eletrobras.
Tabla 1
Y finalmente tenemos, en porcentajes, el consumo estimado de Eletrobras y la Ande, de la energía paraguaya de Itaipú, en el periodo considerado. El porcentaje estimado es del 76 % para la Ande y 24 % para Eletrobras, en promedio. La participación anual de Eletrobras inicialmente es elevada, del orden del 44%, en el año 2023. Posteriormente va reduciéndose rápidamente, siendo que a partir del año 2.029 es ínfima. Posterior a este periodo el consumo de las Altas Partes Contratantes será simétrico.
Al llegar ese momento, que inclusive puede ser antes del año 2032, considerando la posibilidad de que acurra una baja en la tarifa del “Pliego 21”, la Ande y Eletrobras ingresaran cada uno, el 100 % de los recursos para cubrir los gastos realizados en Itaipú. Mitad y mitad. Significa que el pago, con sobreprecio, por parte de Eletrobras, por un 24 % de energía excedente, acabara. El usuario de la Ande deberá pagar el 100 % del sobre precio artificial de la tarifa de Itaipú. Utilizando la relación 76/24 a continuación determinamos los montos que Ande y Eletrobras ingresaran a Itaipú, por compra de energía paraguaya, según la tarifa aplicada.
11.2-Ingresos por tarifa aplicada. Utilizando las tres alternativas de tarifas presentadas por los Grupos de Trabajo de la Cancillería, calculamos los montos que la Ande y Eletrobras ingresaran a Itaipú por compra de la parcela paraguaya de energía. Estos recursos se utilizaran por Itaipú para cubrir sus necesidades y cumplir con el Estado paraguayo.
Los compromisos son; con la Ande, por “Utilidades de Capital” y “Resarcimientos”, al Ministerio de Hacienda, en concepto de “Royalties”, y el rubro “Gasto de Explotación” de la Itaipú Binacional, correspondiente a la margen derecha. Tabla 2
En la tabla 2 se verifica que el porcentaje de participación de la Ande y Eletrobras, en la provisión de recursos para Itaipú, es constante para las tres tarifas aplicadas. Ande 76 % y Eletrobras 24 %. Observamos que aplicando la Tarifa Baja, de acuerdo a lo establecido al Anexo “C”, la Ande
deberá recaudar de sus usuarios, en 10 años, la reducida suma de 5.156 millones de dólares. Mientras que si se mantuviera la Tarifa Actual o aplicara la Tarifa Intermedia, deberá recaudar de sus usuarios la suma de 12.891 millones de dólares o 8.594 millones de dólares, respectivamente. El detalle a considerar es que manteniendo la Tarifa Actual o aplicando la Tarifa Intermedia, la multimillonaria diferencia que se generara con la tarifa real, que es la Tarifa Baja, quedara a merced de los Directores y Consejeros de Itaipú. Estos recursos serán considerados “Gastos de Explotación” o con otra designación, que fácilmente inventaran. Los montos que la Ande debe aportar por el mantenimiento de la Tarifa Actual o por aplicación de la Tarifa Intermedia, tendrá un efecto negativo en la economía de nuestro país. Estas tarifas artificiales pueden ocasionar la quiebra de la Ande. Eletrobras, por su reducida participación en promedio, en los 10 años considerados, aun manteniendo la tarifa Actual o la Tarifa Intermedia, finalmente ingresara, con destino a recursos para el Paraguay, un monto mínimo que realmente no significara una real ventaja si consideramos la
cantidad de recursos que deberá aportar la Ande a Itaipú, con estas tarifas altas.
11.3-Los benéficos de la Tarifa Baja. Se argumenta, sin presentar números, que la Tarifa Baja beneficiara principalmente a Eletrobras y que por esa razón, se debe mantener la Tarifa Actual. La realidad es que como la participación de Eletrobras en el consumo de los excedentes del Paraguay es de apenas el 24 %, es en esa proporción en que se beneficiara con la Tarifa Baja. La mayor beneficiaria será la Ande con un 76 % de participación en el consumo. Explicando en números, aplicando la Tarifa Baja, la Ande pagara Itaipú, la suma de 5.156 millones de dólares por el 76 % de la energía consumida en el periodo. En el mismo periodo, Eletrobras pagara 1.594 millones de dólares por el consumo del 24 % de la energía consumida. Manteniendo la Tarifa Actual de Itaipú, la Ande deberá pagar 12.891 millones de dólares por consumir el 76 % de la producción paraguaya de
Itaipú. Eso significa que la Ande pagara, a más, 7.735 millones de dólares, comparado con el pago con la Tarifa Baja. La Eletrobras a su vez, con la Tarifa Actual, pagara 3.984 millones de dólares por el consumo del 24 % de la energía paraguaya de Itaipú. Es decir, pagara a más, 2.390 millones de dólares en relación a lo que pagaría con la Tarifa Baja. Entonces, para que Eletrobras pague a más 2.390 millones de dólares, por aplicación de la Tarifa Actual, se condena a los usuarios de la Ande a pagar un sobreprecio de 7.735 millones de dólares. Algo realmente absurdo e insostenible.
11.4-La “Compensación” por “Cesión de Energía”. Incorporamos en el análisis el efecto de los recursos enviados por el gobierno brasilero en concepto de “Compensación” por “Cesión de Energía”. Estos no se originan en la Itaipú Binacional, por lo tanto no afectan al costo de la energía de la binacional. Según los cálculos realizados, por el 24 % de energía cedida, en el periodo considerado, el Brasil remitirá en torno a 840 millones de dólares.
Este monto sumado a los 2.390 millones de dólares que Eletrobras pagaría si aplicada la Tarifa Actual resulta en un total de 3.230 millones de dólares. Este valor es aún ínfimo si comparado con los 7.735 millones de dólares que los usuarios de Ande pagaran a más si se mantiene la Tarifa Actual. Concluimos que en el periodo considerado, en promedio, la Eletrobras siempre solo contribuirá en un 24 % para el pago de las cuentas paraguayas incorporadas en la tarifa de Itaipú. A partir de los 10 años considerados, estas cuentas serán pagados totalmente por los usuarios de la Ande. Si aplicado la Tarifa Actual o la Tarifa Intermedia la diferencia de recursos generada con relación a la tarifa real, que es la Tarifa Baja, se mantendrán en la Itaipú Binacional, bajo el rubro “Gastos de Explotación”. Estos “Gastos de Explotación” son administrados por los Directores y Consejeros de la Itaipú margen derecha, a discreción y sin control de los organismos competentes de la República del Paraguay. Si el secretismo y la falta de control en el manejo de las cuentas de la binacional continúan, continuaremos en la kafkiana situación en que
contribuimos en un alto porcentaje para el funcionamiento de la Itaipú Binacional, mediante el pago de la tarifa de la Ande, pero sin el derecho a controlar el uso de esos recursos, bajo la excusa de una binacionalidad convenientemente mal entendida. Si escucha o lee que se debe mantener la Tarifa Actual de Itaipú Binacional, o reducirla solo parcialmente, preste atención, está ante una persona o institución que no busca lo mejor para la ciudadanía paraguaya. En realidad se busca la quiebra de la Ande.
CAPITULO 12
RENTA ELECTRICA DE LA ANDE EVITARA SU QUIEBRA
L
a Administración Nacional de Electricidad (Ande) está organizada por la Ley Nº 966 de fecha 12/08/64. Fue creada como un ente autárquico y se administra conforme establecido en su Carta Orgánica. Con relación al costo del servicio de electricidad de la Ande, el mismo se determina de forma tal que los ingresos permitan al ente cubrir todos los gastos de explotación y lograr una rentabilidad razonable sobre las inversiones afectadas a las actividades de abastecimiento eléctrico.
12.1- Las Tarifas de la Ande. Estas son fijadas de manera tal que permita asegurar a la empresa la disponibilidad de recursos para la atención de sus deudas y para la normal expansión de sus servicios.
Las tarifas son fijadas en base al presupuesto de explotación de modo que produzcan un ingreso neto anual no inferior al ocho por ciento (8%) ni superior al diez por ciento (10%) de la inversión inmovilizada vigente durante el ejercicio. Cuando el ingreso neto anual resulta inferior al ocho por ciento (8%) de la inversión inmovilizada, Ande procederá, si fuere necesario, a reajustar sus tarifas, para alcanzar por lo menos dicha rentabilidad en el ejercicio siguiente. La insuficiencia del ingreso neto resultante con respecto al ocho por ciento (8%) de la inversión inmovilizada se debitará a una cuenta especial de la contabilidad de ANDE. A esta misma cuenta se acreditará el exceso del ingreso neto que se produjere con respecto al diez por ciento (10%) de la inversión inmovilizada. El saldo deudor o acreedor acumulado en esta cuenta, servirá de antecedente para determinar la conveniencia u oportunidad de nuevas tarifas. En la elaboración de las tarifas se toma en cuenta el objeto y la modalidad de los consumos, la influencia de éstos en los gastos de explotación, las características técnicas del suministro y la capacidad económica de los consumidores.
Para el efecto, se establecen diferentes tarifas para distintos grupos de consumo, tales como: residencial o doméstico, comercial, industrial y rural.
12.2- Fuentes de renta eléctrica de Ande. Con la inminente revisión del Anexo “C” del Tratado de Itaipú, la Ande se encuentra ante la oportunidad histórica de acceder a importantes recursos financieros sin necesidad de recurrir a préstamos o aumentos de sus tarifas por la prestación de los servicios de electricidad a sus usuarios. Además si llevado a la práctica las premisas establecidas en la "Declaración Conjunta Lugo/Lula" del año 2009, surge la posibilidad de la "venta" de los excedentes de energía correspondiente al Paraguay, de manera gradual, el mercado eléctrico brasileño.
12.3-Criterios utilizados para estimar la renta eléctrica de la Ande. Para determinar el tiempo en que el sistema eléctrico paraguayo tendrá condiciones de utilizar el 100 % de la energía correspondiente al Paraguay, en
Itaipú Binacional, realizamos una proyección del crecimiento de la demanda anual de energía de la Ande. Utilizamos como índice de crecimiento el mismo valor utilizado por ella en su reciente Plan Maestro. El tiempo requerido es de aproximadamente 10 años, del 2023 al 2032. Esto no significa que la Ande ya no dispondrá de fuente de energía posterior al 2032. Restara aun la energía producida en la Entidad Binacional Yacyreta y la Central Acaray. La disponibilidad de energía para la Ande, desde fuentes Nacionales y binacionales, se prolongara aproximadamente hasta el año 2036. La previsión de la producción anual de energía en las centrales hidroeléctricas son los utilizados por las hidroeléctricas como energía garantizada. Además, para facilitar las estimaciones, consideramos los contratos de compra de la Ande con Itaipú en la modalidad por cantidad. No por disponibilidad. El criterio establecido para el despacho económico del sistema Ande, es por s el costo de venta de las centrales hidroeléctricas La tarifa más baja es la de Itaipú, por lo tanto consideramos su uso preferencial en el periodo de
aproximadamente 10 años, contados a partir del 2023. La tarifa de la Ande, "Pliego 21", consideramos se establecerán en valores que no superen el 10 % de la inversión inmovilizada. La inversión inmovilizada en Ande aumentara por la incorporación de la inversión inmovilizada en Itaipú. Esta fue pagada por la Ande con la compra de la energía para uso interno y mediante la venta al Brasil de los excedentes.
12.4--Renta por reducción del costo de la energía de Itaipú. Esta oportunidad surgirá por la aplicación correcta de los criterios establecidos en el Anexo “C” del Tratado de Itaipú, en el año 2022, y en el 2023. La reducción final de la tarifa de Itaipú, prevista por la cancelación de su deuda, es del orden del 62 % de la Tarifa Actual. En el mismo porcentaje, la Ande ahorrara por la compra de la energía paraguaya de Itaipú.
La Ande, manteniendo su actual tarifa, la establecida en el “Pliego 21”, o reduciéndola parcialmente, podrá disponer, por ahorro en la compra de energía, de una enorme renta que permitirá solucionar sus problemas de caja y disponer de recursos para fortalecer la infraestructura eléctrica ya existente e invertir en nuevas, para acompañar el sostenido crecimiento de la demanda eléctrica. Tabla 1
Si aplicada la Tarifa Intermedia propuesta por los Grupos de Trabajo de la Cancillería, la renta será muy inferior. Además la Tarifa Intermedia viola el Tratado de Itaipú y su Anexo “C”. En la Tabla 1
presentamos la renta eléctrica de la Ande por ahorro en la compra de energía de Itaipú. Con la Tarifa Baja, de 9,6 U$D Kw-mes, la renta de Ande por reducción del gasto en la compra de energía paraguaya de Itaipú, en el periodo del 2023 al 2032, es de 7.803 millones de dólares. Si aplicada la Tarifa Intermedia, de 15 U$D Kwmes, se verifica que la renta es de apenas 4.328 millones de dólares. Muy inferior a la obtenida con la Tarifa Baja.
12.5- Renta por la “Venta” de excedentes. Otra fuente de renta importante para la Ande es la venta de los excedentes de la energía de Itaipú correspondiente al Paraguay. Para realizarla la Ande deberá inicialmente comprar toda la producción correspondiente al Paraguay, de Itaipú. Para que la Ande pueda realizar esta operación debe estar vigente lo acordado en la “Declaración Conjunta Lugo/Lula” del año 2009. En esta declaración se habilita la “Venta” gradual de la energía paraguaya al Brasil. A partir del año 2023, también a terceros. Los cálculos indican que la única tarifa de Itaipú que torna viable la “Venta” de los excedentes de la
energía paraguaya, es la Tarifa Baja. Esto considerando los precios pagados a los productores en el Brasil. Por esa razón, para el cálculo de la renta posible de obtener, aplicamos Tarifa Baja. Además es la que corresponde según el Anexo “C” del Tratado de Itaipú. En la tabla 2 abajo presentamos los ingresos mínimos posibles de obtener por la “Venta” de los excedentes a precio de mercado regulado del Brasil. Esta operación solo será posible si aplicado lo establecido en la “Declaración Conjunta Lugo/Lula” del 2009. Tabla 2
También incorporamos, a efectos de comparación, los posibles ingresos provenientes por “Cesión de Energía”. Corresponde al 24 % de la energía paraguaya posible de generar en Itaipú en el periodo de 2023/2032. La “Compensación” por “Cesión de Energía” desaparecerá una vez que se pacte la “Venta”. La diferencia a favor de la “Venta” es de 6 a1.
12.6- Resumen de la Renta de la Ande. Para mejor visualización de las ventajas de aplicar la Tarifa Baja en Itaipú, se presenta a seguir la Tabla 3. En la misma se expone el origen de cada una de las fuentes de renta de la Ande y el monto anual estimado. En la primera y segunda columna de la tabla 3 se expone los valores estimados de las remesas de Itaipú a la Ande, en concepto de “Resarcimiento” y “Utilidades de capital”. Ambos rubros totalizan 450 millones de dólares en el periodo 2023/2032. A seguir, la renta de la Ande obtenida por la reducción del costo del servicio de electricidad de Itaipú. El valor registrado en la tabla 3 se obtiene realizando la diferencia entre el monto recaudado
vía tarifa Ande “Pliego 21” y lo pagado a Itaipú por compra de energía a Tarifa Baja. Tabla 3
En el periodo, el monto acumulado es de 7.803 millones de dólares. Considerando lo establecido en la “Declaración Conjunta Lugo/Lula” del año 2009, es posible la venta gradual de los excedentes de la energía paraguaya de Itaipú en el mercado eléctrico brasileño.
Los cálculos indican que el valor estimado posible de obtener, como renta de la Ande, por la venta de excedentes, es de 5.276 millones de dólares. El periodo considerado es de 10 años, contados a partir del año 2023. Se observa que la Ande podrá recaudar un mínimo de 13.529 millones de dólares, si aplicada la Tarifa Baja y la “Venta” de la energía paraguaya de Itaipú. Estos valores son netos, ya fueron descontados los costos correspondientes por la compra de la energía de Itaipú. En el caso de que no sea posible la “Venta”, ya pactada en la “Declaración Conjunta Lugo-Lula”, dejamos de considerar los ingresos provenientes de esta fuente. El resultado de la renta aun es impresionante y corresponde a 8.253 millones de dólares. En este caso, la “Compensación” por “Cesión d Energía” continuara, por lo que habrá que agregar a los ingresos al Paraguay la suma de 850 millones de dólares. Estos ingresos son entregados directamente al Ministerio de Hacienda.
12.7- Utilización de la Renta eléctrica. En promedio la Ande dispondrá de 1.352 millones de dólares anuales. O en el peor de los casos, de 825 millones de dólares anuales.
Estos montos podrán ser utilizado por la Ande para honrar sus compromisos asumidos y contratar otros. Tendrá condiciones de realizar ajustes a sus tarifas, a la baja, permitiendo incentivar el consumo y la instalación de industrias mano de obras intensiva. Además podrá invertir para atender el crecimiento y fortalecer la infraestructura eléctrica existente, podrá aplicar recursos para promover la investigación sobre energías alternativas. Dispondrá de recursos para la construcción de nuevas fuentes de generación. Este es un punto muy importante considerando la proximidad del agotamiento de la capacidad de generación disponible en el país. Parte de la renta, si hubiere sobrantes, la Ande, atendiendo las restricciones de su Carta Orgánica, deberá transferirlo al Ministerio de Hacienda, para su utilización en áreas que requieran apoyo financiero. Esta transferencia se realizara en el caso en que se haya eliminado el concepto “Compensación” por “Cesión de Energía”. La comercialización de la energía paraguaya excedente debe estar a cargo de la Ande. La venta en
el Brasil se deberá realizar a precios del mercado regulado del Brasil. El ingreso por “Venta”, así como la “Compensación por “Cesión de Energía “, solo durara el tiempo que exista energía paraguaya excedente en las binacionales. El plazo no será muy superior a los 10 años, contados a partir del 2023. La intención de mantener la Tarifa Actual o reducirla solo parcialmente, en la práctica significa arrebatar de la Ande la renta que ella podrá generar a través de una Tarifa Baja en Itaipú. La opción de mantener la Tarifa Alta significa que la Ande transferirá la totalidad de los ingresos obtenidos vía tarifa “Pliego 21”, a la binacional. Posteriormente deberá mendigar parcelas de ella para invertir en el sistema eléctrico nacional. Esto es totalmente inadmisible y fuera de lo establecido en el Tratado de Itaipú y sus documentos complementarios. Las propuestas presentadas por los Grupos de Trabajo de la Cancillería coloca en riesgo la existencia de la Ande.
CAPITULO 13
COMERCIALIZACIÓN DE EXCEDENTES DE ENERGIA ELECTRICA EN EL BRASIL.
C
omercializar los excedentes de energía eléctrica paraguaya en el mercado eléctrico del Brasil es un tema abordado y consensuado en el documento denominado “Declaración Conjunta Lugo-Lula” del año 2009. Dicho instrumento reconoce la conveniencia de que la Ande pueda, gradualmente, a la brevedad posible, comercializar, en el mercado brasileño, energía de Itaipú. Desde luego la correspondiente a los derechos de adquisición del Paraguay. Con ese propósito, acordaron que las Altas Partes intercambiarían en los siguientes 60 días, propuestas específicas para su discusión en una "Mesa de Trabajo". La mesa estará constituida por representantes de los respectivos ministerios del área de energía, de los Directores Generales de Itaipú, de representantes de la ELETROBRAS, la ANDE y de las Cancillerías
Esto no se realizó hasta la fecha. Seria propicio iniciar las tareas pactadas en la “Declaración Conjunta Lugo/Lula”. Para la comercializar es importante tener presente los aspectos técnicos y comerciales que rodean una venta de energía paraguaya de Itaipú y/o de otras fuentes, en el Brasil. El proceso de compra /venta o intercambio de energía entre empresas comercializadoras del sector eléctrico escapa de los acuerdos vigentes en el Tratado de Itaipú. La participación de la Ande ya no se da en su carácter de representante de una de las Altas partes Contratantes en Itaipú. Si en su condición de empresa comercializadora de energía eléctrica del Paraguay. La venta de energía paraguaya en el Brasil depende en gran medida de acuerdos operativos y comerciales que las empresas del Brasil realicen con la Ande y Furnas S.A.
13.1-Las instalaciones. Los acuerdos con Ande en su condición de comercializadora de energía en Paraguay. Con Furnas S.A. en su condición de propietaria de la
Estación Convertidora de Frecuencia y de las líneas en corriente continua que transportan la energía paraguaya hasta el Estado de San pablo, Brasil. Estas instalaciones permiten transformar la energía en 50 Hz, utilizada en el sistema eléctrico paraguayo, a 60 Hz, utilizada en el sistema eléctrico del Brasil. Estas instalaciones tienen capacidad de revertir el flujo de energía, es decir es posible traer energía desde San Pablo al Paraguay. Esta capacidad probablemente será necesaria utilizarla antes de lo previsto, si se prolonga la sequía en la cuenca del rio Paraná. Furnas S.A. es la única empresa con posibilidad real de convertir y transportar la energía paraguaya al Brasil, y viceversa. Sin embargo, Furnas S.A. no está obligada a comercializar la energía paraguaya en el Brasil, por ser la única que posee las condiciones técnicas requeridas. Ella podrá participar en el proceso de comercialización parcialmente, solo en el transporte y conversión de frecuencia. De la misma manera, cuando el Paraguay requiera energía del Brasil, la única vía para recibirla es a través de dichas instalaciones.
Considerando estas restricciones técnicas, la Ande siempre considerara como punto de intercambio de la energía eléctrica en un “Nodo” de interconexión en 50 Hz. En la práctica, toda posibilidad de intercambiar energía con el Brasil, pasa por acuerdos operativos con Furnas S.A. Esta podrá participar como compradora o trasportadora, o en ambas.
13.2-Nodo de Interconexión. Comercializar energía eléctrica con el Brasil requiere contar con un “Nodo” de interconexión donde procesar física y contablemente la compraventa de la energía. Este “Nodo” debe permitir el intercambio de energía eléctrica proveniente de cualquier fuente disponible en ambos países. Las instalaciones físicas que reúnen las condiciones técnicas para el efecto son las cuatro líneas de 500 kilovoltios, 50 Hz, que cruzan el rio Paraná uniendo eléctricamente Paraguay y Brasil La Subestación Margen Derecha-50 Hz, ubicada en la ciudad de Hernandarias, Paraguay, y la Subestación Convertidora de Furnas S.A, en Foz de Iguazú, Brasil.
Estas instalaciones conforman el único punto donde es posible intercambiar energía eléctrica entre los sistemas eléctricos del Brasil y Paraguay. Es necesaria la definición de un “Nodo” de interconexión con el Brasil. Además promover la transferencia gradual de la SE- Margen Derecha, 50 Hz a la Ande. Estos son temas de gran importancia que deben ser incorporados, de manera urgente, entre los asuntos a tratar con el Brasil. La incorporación de la SE- MD-50 Hz a la Ande le permitirá contar con un “Nodo” de interconexión con el sistema eléctrico brasilero.
13.3-Alternativas de contratación. Existen varias formas de contratación de la potencia y energía producida en las instalaciones de generación de energía eléctrica. Todo depende de la fuente primaria utilizada para producir electricidad. En el caso de las hidroeléctricas los contratos, básicamente, pueden ser por “cantidad” o por “disponibilidad”. Los contratos por “cantidad” transfieren el riesgo hidrológico al vendedor de la energía. En los contratos por “disponibilidad”, el riesgo hidrológico es asumido por los compradores.
El contrato por “disponibilidad”, también denominado por potencia, es la modalidad aplicada en Itaipú. Su aplicación tiene el objetivo de garantizar los recursos necesarios para el pago de la deuda contraída por Itaipú Binacional para su construcción. En esta modalidad el costo de la energía varia conforme el caudal y las consecuencias, el comprador, lo transfiere a la tarifa del consumidor. A partir del año 2023 la modalidad por “disponibilidad” ya no será la más conveniente para Itaipú Binacional. Habrá acabado el motivo de su aplicación. Nos referimos a la cancelación de la deuda contratada para la construcción del emprendimiento. Es así que la alternativa es un contrato por “cantidad,” también denominado por energía. Esta sería la modalidad más adecuada para la nueva etapa que se iniciara luego de la revisión del Anexo “C” prevista para el 2023.
13.4-Modalidad de Venta o Intercambio. Los contratos entre empresas comercializadoras de energía del sector eléctrico no son similares a los contratos con productores o generadores.
Las transacciones incorporan en sus costos, además del de producción, la estacionalidad, los horarios, las perdidas en el transporte, etc. En estas no importan el origen de la energía, que puede ser de varias fuentes. La venta o intercambio de energía excedente en el Brasil, depende del costo de la canasta final de la energía de la Ande. La única tarifa que viabiliza la venta o intercambio de excedentes en el Brasil, es la baja. La “Venta” al Brasil requiere la adecuación de las actuales condiciones de suministro de la energía paraguaya a través de las instalaciones de Furnas S.A.
13.5-Los contratos. Considerando los criterios aplicados en el Brasil podemos estimar que los contratos deberían ser de 3 años de duración. La entrega de la energía se de en el “Nodo” de interconexión, específicamente en la SE-MD-50hz. El corto plazo del contrato permitirá que la Ande realice previsiones de afluencia de caudales con un alto grado de precisión. Los resultados serán utilizados para determinar la energía garantizada
anual que podrá ser comprometida por la Ande con la compradora. Generalmente se presenta esta operación como algo casi imposible de realizarlo por su supuesta alta complejidad. Esto no es real y el personal técnico de la Ande posee toda la capacidad técnica y la infraestructura necesaria para realizarlo sin ningún problema. La Ande es la única empresa paraguaya que puede realizar esta operación de intercambio de energía con otros países. Posee una larga experiencia en el tema.
CAPITULO 14
LOS “GASTOS DE EXPLOTACION” DE ITAIPÚ.
C
onocer cuáles son las instituciones del Estado paraguayo que finalmente administran los recursos de Itaipú Binacional, es de suma importancia al considerar los efectos de la definición del costo del servicio de electricidad de Itaipú. Permite visualizar quienes, como y donde son aplicados los enormes recursos colectados por la binacional por la venta de su producción a la Ande y Eletrobras. En el año 2020 ingreso a las arcas de Itaipú un total de 3.368 millones de dólares. El 62 % de ese monto fue destinado a sus “Acreedores” en concepto de pago de la deuda contraída para su construcción. Otra parte de los ingresos percibidos fueron transferidos directamente a la Ande y Eletrobras, en concepto de “Resarcimiento” y “Utilidades de Capital”.
También una parcela importante de los ingresos de Itaipú son transferidos en concepto de “Royalties” a las Altas Partes Contratantes. En nuestro país al “Ministerio de Hacienda”. Recordemos que la “Compensación” por “Cesión de Energía” no proviene de los ingresos de la Itaipú. Si del Gobierno Brasilero. La entidad Itaipú Binacional obtiene sus recursos por venta a la Ande y Eletrobras de la energía producida en sus instalaciones. La única parcela que realmente es manejada directamente por la administración margen derecha, son los denominados “Gastos de Explotación”. En este rubro está incluido el ya famoso ítem “Gastos sociales y ambientales”.
14.1-Los “Gastos de Explotación”. El monto asignado en el año 2020 a dicho rubro fue de aproximadamente 800 millones de dólares. La mitad de dichos recursos son administrados por gerentes paraguayos. En este caso aproximadamente 400 millones de dólares. Ante el gran monto asignado para pago de la deuda, el valor otorgado para los “Gastos de Explotación” parecen pequeños, sin embargo, esto no es así.
El Grafico 1 presenta el histórico de desembolsos en dicho concepto durante el periodo 1985/2020. El total en el periodo es de 9.412 millones de dólares.
"Gastos de Explotación" Itaipú Margen Derecha. Periodo 1985/2020. - MU$D 800.000 700.000 600.000 500.000 400.000 300.000 200.000 100.000
1.985 1.987 1.989 1.991 1.993 1.995 1.997 1.999 2.001 2.003 2.005 2.007 2.009 2.011 2.013 2.015 2.017 2.019
0
ITAIPU MD
Exponencial (ITAIPU MD)
Su tendencia de crecimiento es exponencial. Es el monto manejado discrecionalmente por los gerentes de la margen derecha, hasta ahora, sin control de la ciudadanía. En la medida de que los “Gastos de Explotación” se incrementan, mayor influencia adquieren sus administradores. En este caso el poder Ejecutivo.
Históricamente es utilizado para asignar honorarios y salarios exorbitantes, fuera de lo normal, adjudicar contratos a empresas sin el control de Contrataciones Públicas. Estas son las .privilegiadas por el poder de turno. Con estos recursos, sin control ciudadano, bajo el nombre de “Gastos de Explotación”, se “premian” a los aliados del poder de turno. Esta situación sigue vigente y se puede observar el esfuerzo concentrado que realizan los “beneficiados”, para que todo siga igual. Con la aplicación de “Tarifa Intermedia” se aumentará los recursos destinados a los “Gastos de Explotación” para administración directa de los gerentes de la margen derecha. A modo de equilibrio temporal de ingresos entre las instituciones, previeron un aumento para el Ministerio de Hacienda y un pequeño margen de posible renta eléctrica para la Ande.
14.2-Sus efectos. La historia de la Itaipú Binacional nos muestra que el manejo discrecional de los “Gastos de Explotación”, en el que están incluido los “Gastos sociales y ambientales”, ha permitido que un
pequeño grupo de privilegiados se apropien sin control ciudadano de la inmensa riqueza generada en la binacional. Siempre a expensas de la población en general. Esto lo afirmamos porque en realidad, la aplicación de la Tarifa Intermedia significa que la ciudadanía deberá continuar pagando una tarifa de Ande mayor a la que se requiere para la compra de la energía de Itaipú. La idea de que esa parcela será subvencionada por la Eletrobras no pasa de una verdad a medias. Esto lo demostramos en este trabajo. Otra de las consecuencias de este manejo sesgado de los recursos de la Entidad, y que puede observarse sin mucho esfuerzo, es el debilitamiento de la institucionalidad de la Republica. Varias instituciones del Estado manejan recursos inferiores a los que son administrados, sin control, por los Directores y Consejeros de Itaipú margen derecha. Debe quedar claro que el objetivo principal de la hidroeléctrica binacional es producir energía barata para promover el desarrollo de los pueblos del Paraguay y del Brasil. La misión de Itaipú no es convertirse en financista y ejecutora de obras de infraestructura a nivel nacional. Mucho menos realizar intervenciones
ambientales y de carácter social fuera del área de influencia del emprendimiento. Esta situación es una violación a los principios establecidos en el Tratado de Itaipú.
CAPITULO 15
CAMINO A LA REVISION.
E
l Estado paraguayo está a tiempo, con relación a la revisión del Anexo “C”, previsto para el 2023, para iniciar tratativas previas al proceso propiamente dicho. Esto es posible realizarlas echando mano de lo ya conversado o acordado en la “Declaración Conjunta de los Señores Presidentes de la República del Paraguay y de la República Federativa del Brasil”, firmada en el año 2009. En dicho documento se acordó que las Altas Partes que integran Itaipú Binacional intercambiarán propuestas específicas para discusión en una “Mesa de Trabajo”. Esta deberá ser constituida por representantes de los respectivos ministerios del área de energía, de los Directores Generales de Itaipú, de representantes de la Eletrobras, la Ande y de las Cancillerías del Paraguay y del Brasil.
Esta “Mesa de Trabajo” no guarda ninguna relación con la revisión del Anexo “C”. Sin embargo, los resultados alcanzados en ella podrán ser los insumos principales para el año 2023. La “Declaración Conjunta” contiene 31 puntos, en uno de ellos reconoce la conveniencia de que la Ande pueda, gradualmente, en la brevedad posible, comercializar, en el mercado brasileño, energía de Itaipú correspondiente a los derechos de adquisición del Paraguay.” Es sumamente conveniente llevar a la práctica estos acuerdos, por lo que integrar en la brevedad posible la Mesa de Trabajo, como indicado, es de urgencia. Los objetivos principales de la Mesa de Trabajos serán: a) Establecer como se realizará la contratación, de la totalidad de la producción de la central hidroeléctrica. Asegurando, desde luego, la división de la producción en partes iguales entre los dos países. b) Libre disponibilidad de los excedentes paraguayos para su comercialización en el mercado brasileño. c) Las condiciones en que se comercializara la energía de la hidroeléctrica de Acaray de la Ande
d) Pactar fórmulas para determinar los precios de la energía paraguaya de Itaipú y Acaray para el mercado brasileño. e) Acordar modalidades de intercambios considerando la posibilidad concreta de realizar un despacho económico conveniente para los sistemas eléctricos del Paraguay y del Brasil. f) Avanzar en el tema venta a terceros. Es un tema que considerando la cercanía de la fecha en que se podrá hacerlo, es posible de incorporar. g) Definir como “Nodo” de interconexión entre la Ande y Furnas, las líneas de 500 Kv, la SE-MD de 50 Hz ubicada en la ciudad de Hernandarias, Paraguay, y la Estación Convertidora de Furnas. S.A. ubicada en la ciudad de Foz de Iguazú, Brasil.
15.1-Los acuerdos. Considerando que el Brasil posee un mercado eléctrico enorme, capaz de absorber toda la producción de Itaipú, como lo viene haciendo, se torna necesario establecer la liberación gradual de la venta de la energía paraguaya excedente en Itaipú para su venta, por la Ande, en dicho mercado. La venta seria a precio de mercado regulado. Con relación al precio basado en el mercado de corto
plazo, que es circunstancial, será necesario definir en qué casos aplicarlo a la tarifa de la energía paraguaya vendida en el mercado brasileño. Recordemos que en la “Declaración Conjunta” de referencia, también ya fue abordado claramente que la venta a terceros será posible a partir del año 2023. Brasil y Paraguay podrán hacerlo. Y es necesario implementarlo, definiendo la forma, considerando que Brasil puede entregar energía de Itaipú a través de las interconexiones que posee con varios países fronterizos. Recordemos que el punto 7 del documento determina que los Directores-Generales de Itaipú y los Presidentes de la ANDE y ELETROBRAS pueden establecer las condiciones de contratación, asegurando la división en partes iguales entre los dos países de la totalidad de la energía producida en la usina, conforme a lo previsto en el Tratado. Esto ya considerando la venta en el mercado brasileño de la energía paraguaya de Itaipú. Estos criterios deberían ser aplicados en la brevedad posible. Afecta la Revisión del Anexo “C” de Itaipú. En las tratativas a realizar en la Mesa de Negociación siempre se tendrá presente el principio de que en un balance, el Paraguay no deberá sufrir
perjuicio global en relación a la actual modalidad de contratación, so pena de inviabilizar las alteraciones consideradas. Con esto se preserva hasta el 2023 lo bueno ya existente. Claramente se determina que en la Mesa de Trabajo constituido también examine las condiciones en que la ANDE pueda comercializar en el mercado brasileño energía de la hidroeléctrica de Acaray”. La venta de la energía de Acaray, según la “Declaración Conjunta” será posible a partir del 2023. Se da prioridad a la venta de parte de la producción de energía de Paraguay en Itaipú 50 Hz, en el mercado brasileño. También futuramente, se considera que es factible la venta de energías provenientes de otras fuentes de generación del Paraguay. En la Mesa de Trabajo se podrá considerar la elaboración de estudios necesarios para presentar nuevos proyectos de interconexión, concretos, y sus correspondientes esbozos de convenios operativos. Con esto se estará incorporando la posibilidad de un respaldo mutuo entre los sistemas eléctricos de ambos países, en circunstancias críticas.
Además de permitir un aprovechamiento más racional de los recursos, sacando partido de las diferencias horarias y estacionales, de las diversidades hidrológicas y de las reservas de los equipos de generación. Esto podrá permitir el incremento de los ingresos y una reducción considerable de los costos de generación para los países propietarios. Lastimosamente a la fecha, agosto 2021, no se ha instalado la Mesa de Trabajo y por lo tanto no se registran avances en el tratamiento y la implementación de lo establecido en la Declaración Conjunta. Las determinaciones tomadas en dicho documento requieren su urgente implementación.
CAPITULO 16
QUÉ HACER CON LOS EXCEDENTES A PARTIR DEL 2023.
U
na de las alternativas es la venta de la energía que exceda la necesidad del consumidor paraguayo, a precio de mercado. Para lograrlo es necesario poner fin al concepto “Cesión de Energía" establecido en el Tratado de Itaipú y sus documentos complementarios. Considerando la importancia estratégica que tiene la energía eléctrica para la economía y el desarrollo de nuestro país, es de suma importancia considerar como objetivo principal en primer lugar, asegurar el permanente abastecimiento y la satisfacción de la demanda de este insumo básico para el desarrollo de nuestro país. Esto lo resaltamos porque está a la vista la proximidad de la utilización plena de la capacidad instalada en fuentes de generación.
En poco tiempo más dejaremos de tener excedentes en la capacidad de generación hidroeléctrica. Con la mirada puesta en este próximo escenario es importante fortalecer la vinculación del sector eléctrico con la economía, la sociedad y la protección ambiental. Es necesario y urgente transformar la disponibilidad de energía eléctrica en una herramienta para el desarrollo sostenido de la producción, de los ingresos y de puestos de trabajos. Considerando el carácter estratégico de la energía eléctrica y su interdependencia con todos los sectores de la economía, es importante crear condiciones que posibiliten su desarrollo sostenido en nuestro país, a la luz de las nuevas tecnologías emergentes. Las directrices deberán estar relacionadas en forma coherente e integrada con la política socioeconómica que el país impulsa.
16.1-El Rol del Estado. La política energética nacional deberá fundamentarse en que el Estado mantenga su papel preponderante en las actividades relacionadas con
los recursos electro energético. Esto garantizara la conciliación racional y equilibrada entre los objetivos económicos y sociales y los de carácter estratégico. El sector privado puede asumir diversas actividades relacionadas, bajo un estudiado y gradual proceso, manteniendo el Estado su papel de regulador y fiscalizador El documento natural orientador de los objetivos a obtener en la próxima revisión del Anexo “C” es el último Plan Maestro de la Ande. Es necesario vislumbrar el desarrollo y la continuidad necesaria que deberá tener la oferta de energía eléctrica en el país. Es la manera de apoyar el crecimiento económico y la mejora de la calidad de vida de la ciudadanía.
16.2-El marco regulador. Es urgente la implementación de un marco institucional adecuado a la época. Es la manera más efectiva de lograr una integración de las políticas nacionales con la utilización de la energía eléctrica. Ellas incluirán la política de precios de la energía eléctrica. Sera la señal a la sociedad para orientar el uso racional de la energía, para su bienestar y
desarrollo. A la vez generar recursos para el sector y el Estado. Debido a las múltiples interacciones con los sectores económicos y sociales y sus requerimientos de energía, las tarifas eléctricas deberán estar en estrecha relación con las políticas de desarrollo nacional. Las políticas sobre el uso de la energía eléctrica deberán considerar los siguientes aspectos: a)-Desde el punto de vista social, proveer a toda la población de energía eléctrica básica, que satisfaga sus necesidades al menor costo posible. b)-Con relación a las industrias, es importante establecer estrategias adecuadas para el fomento y desarrollo de aquellas que utilicen grandes cantidades de mano de obra en sus procesos. c)-En el aspecto financiero, es importante mantener a la empresa designada para abastecer las necesidades de energía eléctrica de la sociedad, en condición de solvencia y asegurar su desarrollo futuro, a fin de cumplir con los objetivos propuestos d)-A través de los precios estimular el uso racional de la energía eléctrica. e)-Promover la sustitución de fuentes energéticas importadas, como es el caso de los productos derivados del petróleo, por energía eléctrica
nacional, siempre que económicamente viables.
sean
técnica
y
16.3-Las acciones específicas en cuanto a la utilización. Es necesario promover una campaña de difusión a nivel nacional sobre el uso racional y eficiente de la energía eléctrica. El objetivo será el de optimizar su utilización y la orientación al usuario para que el costo de montajes y mantenimiento de sus instalaciones sea el menor posible. Esto favorecerá la radicación de industrias en todo el país, creando fuentes de trabajo que ayuden a la descentralización poblacional de la capital. Con relación al transporte eléctrico, estamos en un momento crítico en lo referente a la próxima utilización masiva del coche eléctrico. Tampoco olvidar la electrificación del transporte público, así como la electrificación del ferrocarril. Esto permitirá disminuir la dependencia energética de combustibles fósiles contaminantes y así contribuir al mantenimiento ambiental.
Para ajustar la matriz energética nacional es necesario promover la utilización de la energía eléctrica para la cocción de alimentos. Estimular el uso de la energía eléctrica en la actividad agroindustrial. Desde luego crear incentivos para el establecimiento de industrias mano de obras intensivas que utilicen energía eléctrica en el proceso. Analizar convenientemente la implantación de industrias electro intensiva, cuidando que beneficien realmente al país, absorbiendo mano de obra y posibilitando una mayor utilización de la energía eléctrica que le corresponde a nuestro país en las binacionales.
16.4-En cuanto a la política de precios. Las tarifas de la energía eléctrica, siempre deben ser las más bajas posibles. Es la forma más eficiente de que los benéficos económicos que producen las binacionales que cuenta nuestro país llegue a todos los ciudadanos de la República. Es imprescindible la aplicación de tarifas eléctricas diferenciadas y preferenciales, con el fin de incentivar el consumo de energía eléctrica a
precios más bajos, en horas de mayor disponibilidad de potencia y energía. Esto favorecerá a los usuarios de más bajos ingresos y a los del sector productivo. En lo posible coordinar las tarifas de energía eléctrica con los precios de los combustibles de origen fósil y de biomasa, a fin de obtener una política energética de sustitución coherente con los recursos con que cuenta el país.
16.5-Con relación al aspecto institucional. Es urgente la creación del ministerio de Minas y Energía con el fin de coordinar y regular el sector energético nacional. La responsabilidad básica del ministerio será elaborar y coordinar los planes, políticas y normas para el buen funcionamiento y desarrollo del sector energía y asesorar al gobierno en todas las materias relacionadas. Deberá encargarse de promover la construcción de nuevas fuentes de generación de energía eléctrica. En poco tiempo más nuestras disponibilidades estarán agotadas y pasaremos a depender de la producción energética de nuestros vecinos, el Brasil y la Argentina.
Es necesaria la aplicación de políticas coherentes para la utilización de manera coordinada de los recursos existentes asociadas a la realidad nacional. Además, es importante la creación de un instituto de investigación y desarrollo o en su defecto fortalecer al INTN. Esta institución tendrá a su cargo la realización de estudios en forma permanente en el campo de la energía eléctrica, contemplando entre otros aspectos la utilización de materiales de producción nacional, sistemas de distribución más económicos, etc. Es la encargada de la elaboración de normas para fabricación o importación de equipos eléctricos También no se debe descuidar el fortalecimiento de la integración regional. Para el efecto fortalecer o ampliar las interconexiones eléctricas ya existentes, mejorando sus beneficios operativos. Tomado estas medidas de carácter regulatorio y normativo será posible la utilización plena de nuestros excedentes en la centrales que dispone, no por mucho tiempo, a la fecha nuestro país.
CAPITULO 17
LA BÚSQUEDA DEL DESPRESTIGIO DE LA ANDE.
E
xisten increíblemente divergencias entre la Ande y la Eletrobras. Esta información está disponible en el Anexo 3 de este trabajo.
Las divergencias con Eletrobras están relacionadas con la contabilización y comercialización de los servicios de electricidad prestados por Itaipú Binacional. Extrañamente esto sucede luego de más de 30 años de un coordinado trabajo conjunto en el proceso de comercialización de la producción energética de la Itaipú Binacional. Los inconvenientes tuvieron su inicio en el intento de los directivos de la Ande de la época, de forzar la venta de una parcela de la energía paraguaya de Itaipú en el mercado brasileño. Este intento originó la firma de un Acta Bilateral que posteriormente fue rechazada.
En esa ocasión se intentó, sin éxito, incorporar el “Punto 6” del “Memorándum de la Ande” en el Acta Bilateral rechazada para así viabilizar la venta, a precio subvencionado, de parte de la energía paraguaya de Itaipú en el mercado eléctrico del Brasil. La venta se realizaría a través de empresas privadas del Brasil plenamente identificadas en la ocasión. La comercialización de la energía paraguaya de Itaipú en el mercado eléctrico brasileño no es mala en sí, inclusive está prevista en la “Declaración conjunta de presidentes Lugo/Lula” del 25 de julio de 2009. Sin embargo, estudios realizados concluyen que esta operación solo podrá ser beneficiosa cuando el costo unitario de la energía de Itaipú se reduzca. Es decir, posterior al 2023. Con la salida de los promotores de las desquiciadas propuestas de comercialización de la energía paraguaya, a finales del año 2019, la ANDE luego de intensas negociaciones en el ámbito del CADOP/CECOI consiguió lo que para la anterior administración parecía imposible, la firma de los documentos correspondientes que regulan el suministro de energía eléctrica de Itaipú a la ANDE y Eletrobras.
Estos corresponden al periodo del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2022. El Comité de Gestión y Operación de los Contratos de Compra y Venta de Servicios Eléctricos de Itaipú (CADOP) es un organismo binacional de carácter técnico, integrado por representantes de ANDE, Eletrobras e Itaipú Binacional. Entre sus atribuciones está la reglamentación de la prestación de los servicios de electricidad por parte de Itaipú a las entidades compradoras. Según informaciones disponibles y registradas en el Anexo 3 de este trabajo, recientemente Eletrobras habría manifestado su desacuerdo con relación a la contabilización y comercialización realizadas de los servicios de electricidad prestados en los últimos años por la Itaipú Binacional. Estas divergencias son consecuencias de los intentos de imponer la venta de los excedentes paraguayos en el mercado brasileño. La Eletrobras afirma que durante varios periodos de los años 2018, 2019 y 2020 no lograron retirar la totalidad de la energía asociada a su potencia contratada. Fundamenta como motivo que la ANDE usó parte de la misma.
Expone que el no retiro de esa energía le significó un impacto de 207 millones de dólares en el año 2019 y de 338 millones de dólares en el año 2020.
17.1-La búsqueda de solución. En el CADOP se realizó varias reuniones técnicas con el fin de diagnosticar las razones del reclamo. Finalmente, no hubo consenso en cuanto a la responsabilidad de cada entidad compradora sobre las divergencias existentes según Eletrobras. Ante esta situación el CADOP encargó estudios y análisis técnicos al Comité de Estudio de Criterios de Contabilidad de Suministros de Itaipú (CECOI). Este es un organismo técnico binacional subordinado al CADOP. En el transcurso del año 2020, ambas entidades compradoras presentaron los resultados de sus estudios. Nuevamente no hubo consenso en relación al tema en análisis. Ante esta situación, los representantes de CADOP decidieron remitir el asunto a niveles superiores. Debido a la falta de consenso en el ámbito técnico bilateral, se integró un Grupo de Trabajo del cual
participan miembros del Consejo de Administración de ambos países socios en la binacional. El objetivo, atender los temas referidos a la situación informada por Eletrobras sobre los suministro registrados en los años 2018, 2019 y 2020.
17.2-Las negociaciones. Las negociaciones deberían llegar a resultados positivos para las partes en la brevedad posible. Eletrobras habla de la necesidad de un ajuste financiero o crédito a cuenta de la energía, según ella, no retirada en los años 2018, 2019 y 2020. En el transcurso de las negociaciones se podría considerar la actual configuración operativa del sistema eléctrico nacional. Hoy, por falta de infraestructura, no se dispone de capacidad técnica para controlar en línea los retiros de energía que realiza la ANDE de Itaipú. Razón por la cual lo viene realizando en base a estimaciones. Esta situación es causada por la imposibilidad de operar en paralelo las binacionales Itaipú y Yacyretá. Aparentemente, el problema está en vías de ser solucionado próximamente. La configuración actual
puede incidir en desvíos involuntarios en los programas de suministro acordados entre las empresas. 20/8/2021 Sería recomendable ajustar los desvíos, en caso de que existan. Lo ideal sería que se haga el ajuste después de la revisión Anexo C.
17.3--Impacto en la revisión del Anexo “C”. Es altamente probable y será de gran beneficio para el país que el costo unitario de la energía de Itaipú tenga una reducción de su costo unitario de acuerdo a lo previsto en los criterios establecidos en el Tratado. Este hecho favorecerá sustancialmente las contrataciones de la ANDE. Ante las próximas reuniones bilaterales para la revisión del Anexo C y modificación del Tratado de Itaipú, en caso de necesidad, es deseable que las relaciones entre los representantes de las Altas Partes Contratantes sean las mejores posibles. La operación sincronizada de las binacionales Itaipú y Yacyretá debe implementarse en la brevedad posible. Esto permitirá un mejor control de los retiros de la ANDE de Itaipú.
El ajuste preciso de las contabilizaciones de los retiros realizados de ninguna manera podrán causar el desplome financiero de la ANDE. Esto no pasa de un argumento utilizado para continuar con el Estado de crispación innecesario.
17.4-Las declaraciones. Las recientes declaraciones del presidente de la Conferencia Episcopal Paraguaya (CEP) Adalberto Martínez Flores, en el sentido de que “se debilita el ejercicio de la autoridad cuando la eficacia, la idoneidad, la probidad moral de los que ocupan los altos cargos no están a la altura de las exigencias” y “que un factor transversal es la corrupción en la administración de los recursos públicos en complicidad con el sector privado”, recomienda evitar que la ANDE, bajo ningún sentido, sea presentada como una empresa poco seria, incapaz de administrar correctamente la contabilización y comercialización de la energía de Itaipú. Un escenario de innecesarias discrepancias puede minar la imagen de la ANDE y no faltará quien proponga que deba ser dejada de lado por ser “incapaz” para manejar la comercialización de la energía, que próximamente será muy barata.
Si consideramos las expresiones del representante de la CEP, no sería raro que estemos ante el octavo intento de apropiación de la energía barata que dispondrá el Paraguay en la Itaipú Binacional a partir del año 2023. La ciudadanía debe saber que al cancelarse la deuda asumida por Itaipú Binacional para su construcción, el costo unitario se reducirá al 38% de su valor actual. Esto la convertirá en la “vaca lechera” de quien administre su comercialización. Esperamos que sea el Estado paraguayo.
CONCLUSIÓNES
L
as propuestas de los Grupos de Trabajo de la Cancillería no refleja lo mejor que nuestro país puede obtener porque;
1-Desplaza a la Ande del manejo de la multimillonaria renta eléctrica que obtendrá por reducción del costo de la energía de Itaipú. Cuanto menor la tarifa de Itaipú mayor renta para la Ande. 2- Busca que Itaipú margen derecha quede con parte de la renta eléctrica de la Ande, para su manejo discrecional, como “Gastos de Explotación”, sin control ciudadano 3- Promueve que Itaipú margen derecha continúe fuera del control de los organismos de supervisión de la república. Señaliza la intención de seguir con el histórico manejo discrecional de los multimillonarios recursos del rubro “Gastos de Explotación”. 4- No busca la libre disponibilidad de las excedentes de la energía paraguaya en la binacional. 5-Manteniendo la Tarifa Actual impide que la Ande pueda contratar el 100 % de la energía
producida en 50 Hz. El costo de hacerlo significaría erogaciones que la Ande no puede asumir. 6-Con la Tarifa Actual se condena a la Ande a su desaparición. No podrá revertir su situación financiera, sin aumentar las tarifas actuales del “Pliego 21”. 7-Manteniendo la Tarifa Actual el monto a ser manejada a discreción, sin control del Estado paraguayo, por los gerentes de la margen derecha de la Itaipú Binacional, en un periodo de 10 años, es de 13.840 millones de dólares. 8-Continuar con la Tarifa Actual vigente, viola los criterios establecidos en el Tratado de Itaipú y sus documentos complementarios. 9-La Tarifa Actual ralentiza el crecimiento de la economía paraguaya. Además propiciara la profundización de la corrupción que ya asola el país. 10- Si aplicada la Tarifa Intermedia, Itaipú margen derecha se apropia de parte de la renta eléctrica de la Ande, producida por reducción parcial del costo de la energía de Itaipú. 7- La Tarifa Intermedia incluye sendos sobrecostos innecesarios perjudicando al usuario Ande.
8-.El aparente “equilibrio” entre los montos proveídos a la Ande, al Ministerio de Hacienda y a la Itaipu margen derecha, encargadas de administrar los recursos de la Itaipú, será financiada por la tarifa del usuario Ande en un 74 %. 9-No es verdad que al aplicarse en Itaipú una Tarifa Intermedia se obtendrá beneficios económicos adicionales anuales del orden de U$D 400 millones para cada Alta Parte Contratante. Los “beneficios adicionales” provendrán de la tarifa pagada por los usuarios del servicio de la Ande y Eletrobras (76/24). 10- No se aclara que hasta el año 2032 el 76 % del sobrecosto artificial será pagado por los usuarios de la Ande. Solo el 24 % restante será provisto por la Eletrobras. Este aporte de la Eletrobras es por la compra a precio de costo de los excedentes de Paraguay. 11-Se omite informar que a partir del año 2032 el 100 % de los incrementos innecesarios serán solventados por los usuarios de la Ande. El manejo discrecional serán de recursos proveídos por los usuarios de la Ande. 10-Con la aplicación de esta Taifa Intermedia la Ande obtiene un ahorro por reducción parcial de la
tarifa de Itaipú Binacional del orden de los 4.327 MU$D. Este monto es insuficiente para solucionar los problemas que padece el sector eléctrico nacional. 10-La más beneficiada con la Tarifa Intermedia nuevamente es la gerencia de la margen derecha de Itaipú, que dispondrá de 5.575 MU$D en el rubro “Gastos de Explotación”. Sin control de los organismos competentes de la República del Paraguay. 11-El Ministerio de Hacienda tendrá sus ingresos de Itaipú duplicados pero pagados por los usuarios de la Ande a través de sus tarifas de energía eléctrica., en el orden del 76 %. 12- La Tarifa Intermedia genera un gasto innecesario para los usuarios del servicio eléctrico. Retrasa el desarrollo de la economía paraguaya. Retira recursos del sector eléctrico impidiendo, por falta de recursos, su consolidación como elemento fundamental para el desarrollo de la nación. 13-Se consolida a la Itaipú margen derecha como un organismo sin control de su propietario, el Estado paraguayo. 14- La aplicación de la Tarifa Baja significa usar correctamente los criterios establecidos en el Anexo “C” del Tratado de Itaipú.
15-Con la vigencia de la Tarifa Baja, el Paraguay, a través de la Ande, accede a las condiciones necesarias para ejercer su soberanía energética. Lo ejecutara mediante la contratación del 100 % de la energía producida en 50 Hz de propiedad de la República del Paraguay. 16-La Ande podrá vender, la energía paraguaya excedente, en el mercado regulado del Brasil o a terceros países. 17- La Ande tendrá condiciones de mantener el valor de la tarifa actual para sus usuarios. Gracias a los recursos adicionales provenientes del ahorro en la compra de energía de Itaipú. 18-La Tarifa Baja permite que por ahorro en sus gastos por compra de energía de Itaipú, Ande acceda a una renta de 7.800 millones de dólares americanos. 19- Con la Tarifa Baja el Ministerio de Hacienda continúa recibiendo sus ingresos por Cesión de Energía y el valor vigente en concepto de “Royalties”. 21-La venta de los excedentes paraguayos de la Itaipú a precio de mercado regulado del Brasil pueden producir ingresos del orden de los 5.276 MU$D en el periodo de los 10 años considerados. 22-El máximo precio de venta a ser considerado para calcular los ingresos por los excedentes
paraguayos es el pagado en el mercado regulado de energía eléctrica del Brasil. 23-No se trata la modalidad de contratos para el intercambio de los servicios de electricidad con el Brasil deberá realizarse entre Furnas S.A. y Ande. Tampoco se define el “Nodo” de interconexión con el Brasil. 24-La forma de contratación de la producción de Itaipú pos revisión no es tratada.
RECOMENDACIONES
1-La aplicación de la Tarifa Baja es lo más conveniente para el Paraguay. Además es lo establecido en el Tratado. 2- El secretismo en el manejo de los recursos provistos por la Ande y Eletrobras a la Itaipú Binacional, debe acabar. 3-Se debe evitar que los gerentes de la Itaipú margen derecha continúen administrado sin control de la ciudadanía los inmensos recursos denominados “Gastos de explotación”. 4-Es urgente la creación de los ministerios de Energía y Minas. Esencial para el manejo coordinado de los recursos energéticos de la República del Paraguay. 5- El ingreso de los organismos de control como la contraloría General de la república y otros, así como el acceso a la información debe ser libre en la binacional. 6-Se debe propiciar conforme se acordó en la declaración Lugo/Lula del 2009, la comercialización de la energía excedente
correspondiente al Paraguay en el mercado eléctrico regulado del Brasil. 7- Es urgente la instalación de la Mesa de Trabajo propiciada en la “Declaración Conjunta de los Señores Presidentes de la República del Paraguay y de la República Federativa del Brasil”, firmada en el año 2009. En dicho documento se acordó que las Altas Partes que integran Itaipú Binacional intercambiarán propuestas específicas para discusión en una “Mesa de Trabajo”. 8- Con la reducción de la tarifa por la directa aplicación del Anexo “C” vigente, el Estado paraguayo tendrá extraordinarios ingresos al capturar de la Ande, parte de su mayor rentabilidad, consecuencia de la reducción de la Tarifa de Itaipú. 9- Estos recursos se canalizaran con total transparencia, hoy inexistente, para obras de infraestructura esenciales al país a través del Presupuesto general de Gastos de la Nación (PGN). 10- En esta situación no será necesario negociar nada con el Brasil, ni atar o ceder en otros puntos negociables para conseguir algo que Paraguay lo puede hacer sin necesidad de acuerdo mutuo con Brasil.
11-La modalidad de contratación de los servicios de electricidad de Itaipú pos revisión deberá ser por “cantidad”. Es decir por energía.
ANEXOS
ANEXO 1
Declaración conjunta Lugo-Lula
En respuesta a una invitación del Presidente de la República de Paraguay, Fernando Armindo Lugo Méndez, el Presidente de la República Federativa del Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva, realizó una Visita de trabajo a la República del Paraguay el día 25 de julio de 2009, acompañado de una importante comitiva. En sus contactos, los Presidentes destacaron los nuevos tiempos que se viven en ambos países que facilitan la convergencia de visiones y compromisos entre los dos gobiernos. Señalaron la necesidad de dinamizar las relaciones bilaterales, con el propósito de fortalecer los tradicionales lazos de amistad y de cooperación que permitan superar gradualmente las asimetrías entre los dos países, en un contexto difícil caracterizado por una crisis financiera-económica internacional y de una enorme deuda social que afecta a ambos pueblos.
Los mandatarios, conscientes de que la cooperación bilateral debe promover beneficios mutuos y responsabilidades compartidas, pero sin perder de vista la diferente escala de desarrollo, la heterogeneidad regional y los problemas de vulnerabilidades, se han comprometido en promover una genuina cooperación bilateral que supere los obstáculos a la integración bilateral, potencie la unidad de los intereses colectivos y que se adopten políticas en la región que ayuden al Paraguay a superar las desventajas comparativas que representa su situación geográfica en la región. En ese contexto, los Presidentes de la República: 1. Manifestaron su complacencia y decidido apoyo al sistema democrático representativo vigente en los países de la región, al respeto irrestricto de los derechos humanos, y a la soberanía y autodeterminación de los pueblos. 2. Coincidieron en señalar la importancia de la solidaridad como componente rector del proceso de integración regional en curso, así como la intención de los mismos en continuar con sus esfuerzos por disminuir la pobreza, la desigualdad y otras formas de injusticia social. 3. Resaltaron la importancia de Itaipú, que constituye un marco central de la integración entre los dos países. Destacaron los beneficios que esa
sociedad en el área energética asegura para el desarrollo económico y social del Brasil y el Paraguay. 4. Reiteraron su compromiso con la integración energética regional y subrayaron su potencial para promover el desarrollo social, económico y la erradicación de la pobreza. En ese sentido, renovaron su empeño en impulsar el desarrollo de la infraestructura energética de los países como elemento de apoyo a la sustentabilidad de la integración sudamericana, fundada en la determinación de los pueblos para avanzar con autonomía en el camino de la unión y solidaridad. 5. Celebraron los avances en las negociaciones en relación a los seis puntos planteados en la agenda paraguaya sobre Itaipú y desarrollados en las mesas de negociación de los representantes de los dos países. Registraron con satisfacción el acuerdo alcanzado para someter a la aprobación congresual nuevos valores a ser recibidos por el Paraguay a título de cesión de energía sobre la base de un factor de multiplicación de 15.3 (quince coma tres). 6. Reconocieron la conveniencia de que la ANDE pueda gradualmente, a la brevedad posible, comercializar, en el mercado brasileño, energía de
Itaipú correspondiente a los derechos de adquisición del Paraguay. Con ese propósito, acordaron que las dos partes intercambiarán en los próximos 60 días, propuestas específicas para la discusión en reuniones de un grupo de trabajo constituido por representantes de los respectivos ministerios del área de energía, de los Directores Generales de Itaipú, de representantes de la ELETROBRAS y la ANDE y de las Cancillerías. El resultado de esas discusiones será reportado a los Presidentes en el plazo máximo de tres meses, a partir de la fecha de esta Declaración. El Presidente Lugo reiteró la reivindicación de que Paraguay pueda habilitarse asimismo a disponer gradualmente de energía de Itaipú para ofrecer a terceros mercados, con derecho de preferencia a Brasil. El Presidente Lula da Silva, considerando el nuevo marco de cooperación entre los dos países, resaltó que Brasil y Paraguay deben trabajar juntos en la búsqueda de una efectiva integración energética regional que contemple inclusive la posibilidad de que Paraguay y Brasil puedan comercializar energía de Itaipú en terceros mercados a partir de 2023, contribuyendo al desarrollo sustentable y una mayor seguridad energética para los países sudamericanos.
En ese sentido, considerarán recomendar una propuesta a sus respectivos congresos nacionales. 7. Registraron también la necesidad de la contratación por la ANDE y la ELETROBRAS de la totalidad de potencia instalada disponible en Itaipú (18 unidades generadoras de 700 MW cada una) y determinaron que los Directores-Generales de Itaipú y los Presidentes de la ANDE y ELETROBRAS establezcan las condiciones de la contratación, asegurando la división en partes iguales entre los dos países de la totalidad de la energía producida en la usina, conforme a lo previsto en el Tratado. El grupo de trabajo mencionado en el párrafo anterior tendrá presente el principio de que en un balance el Paraguay no deberá sufrir perjuicio global en relación a la actual modalidad de contratación so pena de inviabilizar las alteraciones consideradas. 8. Determinaron que el grupo de trabajo constituido en los términos del parágrafo anterior también examine las condiciones en que la ANDE pueda comercializar en el mercado brasileño energía de la hidroeléctrica de Acaray y, futuramente, también de la represa de Yguazú cuando ésta se encuentra maquinizada, así como de excedentes disponibles en otras fuentes de generación del Paraguay.
9. Registraron con satisfacción que la ANDE y la ELETROBRAS estén desenvolviendo una amplia agenda de cooperación que incluye, entre otros puntos, estudio de optimización del sistema paraguayo de transmisión; transferencia de experiencia en proyectos de repotenciación y maquinización de usinas; levantamiento del potencial energético y estudios de viabilidad de nuevos proyectos hidroeléctricos en el Paraguay; transferencia de experiencia en la implantación de fuentes alternativas; transferencia de experiencia en proyectos de electrificación rural; capacitación y entrenamiento en áreas específicas. 10. Instruyeron al Directorio Ejecutivo y al Consejo de Administración de Itaipú Binacional que, en consulta con ANDE y la ELETROBRAS, determinen las providencias necesarias para que se ejecuten las obras del seccionamiento de las líneas de transmisión de 500 kV de la subestación margen derecha. Acordaron la construcción por Itaipú de la LT 500kV entre la SE Itaipú-MD y la SE Villa Hayes, así como ésta, las cuales serán transferidas sin costo al Paraguay. 11. Determinaron la constitución de un grupo de trabajo integrado por los Directores Generales de Itaipú y representantes de los respectivos ministerios de áreas de transporte, energía y obras públicas y de
las Cancillerías, para definir los términos de referencia de un estudio de viabilidad técnica, económica y socio ambiental de obras de navegación previstas en el punto III: 11 del Anexo B del Tratado, y poner los mejores esfuerzos para que este estudio de viabilidad concluya en el año 2010. 12. Instruyeron a los Directores Generales de Itaipú a adoptar las medidas que corresponden para la conclusión de las obras de construcción del mirador en la margen derecha de Itaipú, que deberá valorizar el potencial turístico de la represa con vistas a tenerlo operativo en el año 2011. 13. Aprobaron los términos del compromiso firmado por los dos Directores Generales el 15 de agosto de 2008, sobre medidas administrativas que buscan el perfeccionamiento y la transparencia en la gestión de Itaipú Binacional y determinaron su estricta observancia e implementación. 14. Reiterando el principio de igualdad de derechos y obligaciones establecido en el artículo III del Tratado de Itaipú, ratificaron con satisfacción la decisión del Consejo de Administración de Itaipú Binacional (RCA Nº 008/2009) sobre la continuidad de las prácticas de decisiones consensuadas en el ámbito de la Dirección Ejecutiva, consolidación de la cogestión plena en el ámbito de las Direcciones de
área que integran la Dirección Ejecutiva, y establecimiento de un mecanismo para solución de eventuales controversias entre los Directores Ejecutivos y Directores correspondientes. 15. El Presidente Fernando Lugo informó sobre la auditoría que la Contraloría General de la República del Paraguay está haciendo de la deuda de Itaipú Binacional, y su intención de transmitir sus conclusiones a la parte brasileña. 16. El Presidente Luiz Inácio Lula da Silva reiteró la disposición de proponer al Congreso Nacional de su país la creación de un fondo de desarrollo regional, a ser alimentado con recursos presupuestarios, para apoyar la implementación de proyectos de asociación industrial y productiva, con especial atención en los sectores en que se pueda desarrollar mayor uso industrial de la energía en el Paraguay, así como la ejecución de programas de electrificación rural. 17. El Presidente Luiz Inácio Lula da Silva reiteró igualmente la oferta de financiamiento en términos favorables, con recursos del BNDES y del PROEX, para obras de infraestructura de interés del Gobierno paraguayo. 18. Los Presidentes celebraron los progresos alcanzados con la reglamentación del Régimen de Tributación Unificada (RTU), el cual contribuirá
para la dinamización de la economía de Ciudad del Este. En este contexto, el Presidente Fernando Lugo Méndez, recibió con beneplácito la decisión del Gobierno del Presidente Luiz Inácio Lula Da Silva, de fijar una alícuota máxima del 25%. 19. Destacaron, igualmente, los beneficios que resultarán de la conclusión de las obras de reforma da cabecera paraguaya del Puente de la Amistad para el tránsito de personas y mercancías. 20. Resaltaron la necesidad de que en la aplicación de los controles fronterizos se atiendan las particularidades y necesidades económicas y sociales de la región. 21. Instruyeron a las autoridades competentes a iniciar los estudios relativos a la construcción de un puente internacional sobre el río Paraguay, entre las Ciudades de Puerto Murtinho y Carmelo Peralta, emprendimiento que tendría un importante papel para la dinamización de los flujos económicos y sociales en la región del Chaco paraguayo y del Centro-Oeste brasileño, en el marco del desarrollo de los corredores bioceánicos. 22. Reafirmaron su decisión de iniciar en la brevedad las obras del Puente Puerto MeiraPresidente Franco sobre el Río Paraná. En este contexto, reconocieron la necesidad de concluir los proyectos básico y ejecutivo para dar inicio a la
construcción del mismo, considerando el efecto dinamizador que ejercerá en la economía regional en materia de fuente de trabajo. Consecuentemente, anunciaron la decisión de inaugurar el cantero de obras del emprendimiento en ceremonia conjunta en el primer semestre del 2010. 23. Reconocieron la necesidad de iniciar los estudios de prefactibilidad para la interconexión ferroviaria Cascabel - Ciudad del Este - María Auxiliadora, con posterior conexión a Encarnación, y de concluirlos en los primeros meses de 2010, como parte integrante del Corredor Ferroviario bioceánico Antofagasta-Paranaguá, a cargo del Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES) del Brasil en coordinación con Ferrocarriles del Paraguay S.A. (FEPASA). 24. Señalaron el interés común de estimular el desarrollo de la Hidrovía Paraguay-Paraná y la Hidrovía Tiete-Paraná, para lo cual instruyeron a las autoridades responsables para cooperar en la ejecución de estudios de impacto ambiental a lo largo de las mismas y las obras necesarias que las viabilicen. 25. Los Presidentes reconocieron los esfuerzos realizados por las autoridades migratorias en el sentido de regularizar la situación de sus respectivas comunidades en los dos países. En este aspecto, el
Presidente Lula Da Silva expresó su reconocimiento para con la hospitalidad paraguaya, al albergar un importante número de brasileños. Al respecto, el Presidente Fernando Lugo manifestó que su gobierno se halla abocado al fortalecimiento de la capacidad de atención a los inmigrantes por parte de la oficina pertinente, y que la hospitalidad paraguaya para con el extranjero continúa imperturbable. El Presidente Fernando Lugo acogió con satisfacción la aprobación de la Ley 11961, que beneficia a todos los extranjeros en situación irregular en Brasil. A su vez, expresó la intención del Gobierno de Paraguay de depositar a la brevedad posible los instrumentos de ratificación de los Acuerdos de Residencia y Regularización Migratoria del MERCOSUR. Asimismo, destacaron los trabajos que en éste campo vienen desarrollando los Grupos de Trabajo Cooperación en Temas Migratorios y de Desarrollo Rural e instruyeron a celebrar la próxima reunión en el curso de este año. 26. Consideraron importante la democratización del acceso a información de calidad e intercambiaron ideas sobre Comunicación Pública y Televisión Educativa, así como sobre posibilidades de cooperación en esas áreas. Al respecto, instaron a las autoridades competentes a concluir la negociación de un Memorándum de Entendimiento
sobre Cooperación en materia de Comunicación Pública. 27. Determinaron la constitución de un Grupo de Trabajo bilateral que se encargará de la elaboración de un Plan de Desarrollo Fronterizo para julio de 2010. En ese sentido, concordaron reiniciar las actividades de los Comités de Frontera orientados por dicho Plan, para atender a las principales demandas sociales de las poblaciones de frontera. En este ámbito, deberá ser considerado, entre otros aspectos, el análisis de un Acuerdo sobre Localidades Fronterizas Vinculadas, siguiendo el modelo elaborado por el grupo de integración fronteriza del MERCOSUR. 28. Se congratularon por los excelentes resultados de las operaciones conjuntas de combate al cultivo de marihuana, logrados en el ámbito de la iniciativa “Nueva Alianza” y saludaron la iniciativa adoptada por la Policía Federal de Brasil y por la Secretaría Nacional Anti-drogas del Paraguay de profundizar la cooperación en esta materia por medio de la firma de un documento específico que establece metas y plazos para la ejecución de operaciones conjuntas de investigación y represión en el combate al narcotráfico en el año 2009. 29. Celebraron la próxima suscripción del Acuerdo Complementario del Centro de Formación
Profesional Paraguay-Brasil, en Hernandarias, Fase IV, ampliación y expansión. Coincidieron en destacar el expresivo aumento de las iniciativas de cooperación técnica en los últimos años, que constituyen importante aporte para los esfuerzos de capacitación y fortalecimiento institucional. 30. Saludaron los entendimientos alcanzados en el ámbito de la Comisión de Monitoreo del Comercio entre Paraguay y Brasil y destacaron la importancia de dar mayor énfasis a la tarea realizada conjuntamente con vistas a aumentar y diversificar las exportaciones del Paraguay al Brasil, facilitando el acceso efectivo de productos paraguayos al mercado brasileño, con particular interés de aquellos con mayor valor agregado, e igualmente fomentando las inversiones brasileñas en el Paraguay, que aprovechen las complementariedades de ambas economías. Manifestaron, en ese contexto, su satisfacción por la próxima suscripción del Programa de Trabajo en materia de Cooperación Industrial. 31. Decidieron establecer una comisión constituida por los dos cancilleres para acompañar la implementación de los acuerdos contenidos en esta Declaración. Los dos presidentes decidieron reunirse regularmente a cada tres meses con el ánimo de
proyectar todos los aspectos de la relación binacional. Al concluir sus actividades, el Presidente de la República Federativa del Brasil, Don Luiz Inácio Lula Da Silva, manifestó su agradecimiento al pueblo y al Gobierno de la República del Paraguay por la hospitalidad y por las atenciones brindadas a él y a su comitiva.
ANEXO 2
Temario Preliminar Cancillería
Acciones del Gobierno (1) Comisión Asesora Conforme a instrucciones del Presidente de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores creó la Comisión Asesora Ad Honorem para la revisión del Anexo C del Tratado de Itaipú, a través de la Resolución N° 1.033 del 24 de octubre de 2019. Con miras a garantizar un enfoque amplio, pluralista y multidisciplinario, la Comisión Asesora ha sido integrada por referentes del sector público y privado, con reconocida solvencia en diversas materias relacionadas con el citado proceso de revisión. Conforme el artículo 8° de la citada Resolución, la Comisión Asesora cumplió funciones durante el plazo de 6 meses (03/09/2019 - 03/03/2020), no habiéndose prorrogado el mandato de su constitución.
La documentación analizada por la Comisión fue debidamente compartida con el Gabinete Civil de la Presidencia de la República, el Poder Legislativo y la ciudadanía en general, a través del portal web del Ministerio de Relaciones Exteriores. Revisión del Anexo C vs. Renegociación del Tratado (2) En las próximas negociaciones con Brasil se tratará la Revisión del Anexo C del Tratado de ITAIPÚ, que se refiere a las bases financieras y de prestación del servicio de electricidad. Significa examinar todos los conceptos y componentes del Anexo C para actualizarlos, o bien renegociarlos. Estos componentes son: -Definiciones -Condiciones de abastecimiento -Costo del Servicio de Electricidad (Utilidades, Cargas Financieras, Deuda, Royalties, Resarcimiento a ANDE y ELETROBRAS, Gastos de explotación, saldo de la cuenta de explotación) -Ingresos La revisión del Anexo C del Tratado de ITAIPÚ es el tema de la agenda oficial para las negociaciones con el Brasil.
No obstante, nada impide que ambos países puedan plantear tratar otros asuntos relacionados con el Tratado, un diálogo sobre la eventual renegociación de sus disposiciones, sea en ocasión de la revisión del Anexo C o en cualquier momento que las Altas Partes consideren oportuno. Adelantamiento de la Revisión del Anexo C (3) En el 2023 se cumplen 50 años de la vigencia del Tratado de ITAIPÚ, ocasión en que las disposiciones del Anexo C serán revisadas (Artículo VI del citado Anexo). Desde una visión país, la disminución de la “tarifa” podría significar perder la oportunidad de reemplazar los componentes “deuda y cargas financieras”, por otros posibles componentes vinculados a otros intereses estratégicos (obras para la navegación, capacidad de generación, infraestructura eléctrica, etc.).
Debido a la progresiva amortización de dos de los componentes (deuda y cargas financieras) del Costo de Servicio de Electricidad, este descendería en un 17 % ya en el 2022. En otras palabras, por simple aplicación del Tratado y si no hubiere un acuerdo adelantado, pasaremos de una Tarifa de 22,60 USD/kW- mes a una Tarifa de 18,75 USD/kW-mes.
Para el 2023, ya en el mes de abril, la tarifa se reduciría en alrededor del 60%. La ecuación es clara, sin nuevos componentes, la Tarifa de ITAIPÚ caerá considerablemente. Revisión del Anexo C: Determinación de la Tarifa de ITAIPÚ (4) A fin de verificar el impacto de la cancelación del Servicio de la Deuda en la tarifa de ITAIPÚ, los Grupos de Trabajo realizaron una simulación para el periodo 2021-2030, bajo la hipótesis de que se mantengan los conceptos y las condiciones básicas actuales del Anexo C. Los escenarios son claros para el post 2023: -Tarifa Alta (22,60 USD/kW-mes): se mantiene la tarifa actual. Se incluyen “nuevos componentes" en el Costo del Servicio de Electricidad, en sustitución del Servicio de la Deuda, en similar proporción (alrededor del 60%). -Tarifa Baja (aprox. 9,61 USD/kW-mes): es la mera aplicación del Anexo C. No se incluyen “nuevos componentes” en el Costo del Servicio de Electricidad, en sustitución del Servicio de la Deuda. La Tarifa desciende automáticamente. -Tarifa Intermedia (aprox. 15,00 USD/kW-mes): se incluyen “nuevos componentes” en el Costo del Servicio de Electricidad, en sustitución del Servicio
de la Deuda, en una proporción de alrededor del 50% de ésta. Es de interés del Paraguay, contar con una adecuada Tarifa de ITAIPÚ, que atienda a sus requerimientos técnicos y económicos. Es importante comprender, con la mayor objetividad posible, que cualquiera sea la futura tarifa de ITAIPÚ, la ANDE deberá afrontar un diálogo franco y una negociación directa con el Gobierno Nacional. Por tanto, lo más conveniente para el Paraguay es determinar una Tarifa Intermedia, que resulte atractiva, accesible y con beneficios para ambas Altas Partes Contratantes, contemplando “nuevos componentes” en el Costo del Servicio de Electricidad. Así, de aplicarse en ITAIPÚ una Tarifa de Potencia Intermedia se obtendría un beneficio económico adicional del orden de USD 400 millones para cada País, para ser destinado a la “actualización de regalías, nuevas inversiones, fondos especiales y otros”, según sea negociado y acordado entre las Altas Partes. Revisión del Anexo C: Actualización del Valor de los Royalties (5)
Aplicación de la Nota Reversal N° 1 del 11.02.1974, vigente, para actualizar el valor de los Royalties, considerando los ajustes reales de costo que ocurrieron en las obras de ITAIPÚ y el costo de la energía eléctrica producida por la Central. Los estudios demuestran que, correspondiendo un Factor Multiplicador nuevo, cercano a 8,0, los Royalties actualmente percibidos por el Paraguay, que son alrededor de USD 250 millones anuales, pasarían a alrededor de USD 500 millones anuales. En conclusión, mantener el concepto de Royalties es fundamental a fin de obtener mayores ingresos provenientes de ITAIPÚ para el Paraguay y el Brasil, vía Tarifa. Revisión del Anexo C: Actualización del Valor del Resarcimiento de Cargas de Administración y Supervisión (6) Iguales premisas que la de los Royalties. Se sugiere la aplicación de la Nota Reversal N° 1 del 11.02.1974, vigente, para actualizar el valor del Resarcimiento. Los estudios demuestran que, correspondiendo un Factor Multiplicador nuevo, cercano a 8,0, el Resarcimiento actualmente percibido por la ANDE y ELETROBRAS, alrededor de USD 20 millones
anuales, pasaría a alrededor de USD 40 millones anuales. En conclusión, mantener este concepto es fundamental a fin de obtener mayores ingresos provenientes de ITAIPÚ para la ANDE y ELETROBRAS, vía Tarifa. Revisión del Anexo C: Actualización de los valores de Compensación por Cesión de Energía (7) La “Cesión de Energía” y la “Compensación” correspondiente, se mantendrían conforme a los instrumentos vigentes. A diferencia de los Royalties y el Resarcimiento, no habría fundamentos legales para modificar el valor actual de la Compensación por Cesión de Energía. Es importante recordar que el concepto de Compensación está relacionado con la eventual sustitución de “Cesión de Energía” por “Venta de Energía”. En caso de que el Paraguay pretenda plantear un aumento de la Compensación, se debe tener en cuenta el efecto de ese aumento en la tarifa de la energía cedida (impacto sobre el precio final) colocada en el mercado brasileño, observando su competitividad. Revisión del Anexo C: Nuevos Conceptos (8) En el año 2023, por aplicación del Anexo, al cancelarse el Servicio de la Deuda por construcción
del emprendimiento, el Costo del Servicio de Electricidad y consecuentemente la Tarifa, se reducen. Con ello, surge la posibilidad de aprovechar ese “margen o brecha” en la composición de los Costos de ITAIPÚ para incorporar nuevos conceptos económicos en el Anexo C, entiéndase “Nuevas Inversiones” y “Fondos Especiales”. Nuevas Inversiones: Inclusión en el Costo del Servicio de Electricidad para prever la cobertura de inversiones/obras futuras en ITAIPÚ que no correspondan a Gastos de Explotación, y que las Altas Partes decidan realizar y financiar mediante la Tarifa. Estas “nuevas inversiones” serían básicamente las siguientes: -Construcción de la Esclusa de Navegación: El Anexo B del Tratado contiene una clara obligación de culminar las obras de ITAIPÚ y permitir la navegación fluvial en el tramo afectado. “El proyecto incluirá las obras que fueren necesarias para atender a los requisitos del tráfico de navegación fluvial, tales como: terminales y conexiones terrestres, esclusas, canales, elevadores, y sus similares”.
Sin embargo, cabe recordar que, de acuerdo con la Nota Reversal N° 8 del 26 de abril de abril de 1973, “Los recursos para ese fin serán asignados en forma a ser establecida por las Altas Partes Contratantes en el momento oportuno”. La construcción de la Esclusa de Navegación supondría una inversión de unos 1.600 millones de USD aproximadamente (aún no se ha hecho el proyecto ejecutivo). La última contratación de una consultoría internacional (2018) para el Estudio de Factibilidad y Anteproyecto de las Esclusas, que recayó en la firma holandesa Witteveen+Boss International Projects BV, arrojó como resultado “la factibilidad técnica, de ingeniería y de navegación del proyecto, así como su viabilidad económica y socio ambiental”. Whitteveen+Bos ha culminado estudios adicionales de Seguridad en la Navegación para un Buque de Diseño mayor (Convoy 3x2 + Remolcador, similar al Buque de diseño de la Esclusa de Yacyretá), pero resta actualizar el Estudio de Factibilidad Técnica, Económica, Ambiental y Social, así como el Anteproyecto, en función al nuevo Buque de Diseño. El Directorio Ejecutivo de ITAIPÚ continúa avanzando en otros estudios y acciones, a fin de contar con el Proyecto Ejecutivo correspondiente.
Los beneficios de esta obra serán de vital importancia para el Paraguay en materia económica, de navegación y de transporte fluvial. -Ampliación de la Capacidad de Generación: Con la adquisición de dos turbinas de 700 MW de potencia nominal, adicionales en ITAIPÚ, representaría una inversión de unos 1.500 millones de USD, aproximadamente. No obstante, desde el punto de vista jurídico, este proyecto requeriría la modificación de los términos del Acuerdo Tripartito (Argentina - Brasil Paraguay), para permitir la adecuación del Anexo “B” y de la N.R. N° 20 de 1978, en lo pertinente al total de unidades turbo-generadoras en operación. -Aumento del Nivel Operativo Máximo del Embalse: Este proyecto se encuentra con los estudios de viabilidad prácticamente concluidos. El costo de las modificaciones y adaptaciones necesarias son competitivos en comparación con el valor estimado para la ganancia energética, que sería aproximadamente 100 MW promedio o alrededor de 885.000 Mwh/año, para una inversión de aproximadamente USD 50.000.000. Fondos Especiales: Inclusión en el Costo del Servicio de Electricidad para prever la cobertura de costos futuros en ITAIPÚ
que no correspondan a Gastos de Explotación y/o nuevas obras, y que las Altas Partes decidan realizar y financiar mediante la Tarifa. -Grandes reparaciones: significa enfrentar la “vida útil” de las unidades generadoras. Se estima que comenzará a cumplirse a partir del 2035. Con el objetivo de la Actualización Tecnológica de la Central, que podrá ser costosa, se considera conveniente conformar un “Fondo Especial para grandes reparaciones”. -Inversiones en Infraestructura eléctrica en Paraguay y Brasil: sería muy beneficioso para el Paraguay, ya que atendería directamente a sus necesidades de recursos financieros destinados a obras de infraestructura. Beneficio adicional de 1.000 M US$/año para el Paraguay a partir del 2023 (9) Dicha afirmación es, desde todo punto de vista, irresponsable. Aseverar que ambas Altas Partes dispondrán de USD 1.000 millones/año desde 2023 equivale a soslayar que existe una negociación por delante. Lo que se analiza es la posibilidad de aprovechar la “brecha” que surgirá una vez amortizada la deuda y las cargas financieras en la composición de los costos de la ITAIPÚ, creando “Nuevos Conceptos”
o “Fondos Especiales” destinados a financiar inversiones/obras futuras de ITAIPÚ, que las Altas Partes decidan realizar y financiar mediante la Tarifa, distribuidos en partes iguales. Se presentan diversas alternativas para aprovechar la “brecha” mencionada, que tendrán que ser evaluadas por el Gobierno Nacional para decidir las más convenientes, y luego negociar con el Brasil. El destino, utilización, transparencia y mecanismos de control, será materia de definición y discusión al más alto nivel nacional, apuntando al desarrollo económico del Paraguay. Cabe destacar que, si la Tarifa baja según el Anexo C vigente, no habría “fondo o brecha” posible, al menos hasta un próximo acuerdo entre las Altas Partes. Gastos socioambientales: ¿Deberá ITAIPÚ ocuparse exclusivamente de generar energía? (9) ITAIPÚ fue concebida como un emprendimiento destinado no solamente a la generación de energía hidroeléctrica, sino a potenciar paralelamente el progreso económico, social y ambiental de los países asociados y el bienestar de sus respectivos pueblos, a través de acciones simultáneas, tanto en la etapa de
construcción como en la posterior fase de explotación. Siguiendo los lineamientos desarrollistas trazados desde su concepción, ha venido incursionando en acciones ecológicas y de responsabilidad social dentro de sus previsiones normativas y comenzó a ejecutar sus programas socio-ambientales construyendo un número importante de grupos habitacionales, escuelas, colegios, centros de salud, centros recreativos y otras obras de infraestructura, tales como vías de acceso, telecomunicaciones, instalaciones de electricidad, agua corriente, sanitaria, pluviales, etc. El análisis realizado por los Grupos de Trabajo señala la importancia de mantener los “Gastos Sociales y Ambientales”. Deuda de ITAIPÚ (10) La construcción de ITAIPÚ, que tuvo un costo directo final del orden de US$ 12.430 millones, sin capitalizar cargas financieras, fue financiada por medio de préstamos. Dichos préstamos, como todos sabemos, vienen siendo honrados a través de la Tarifa. Importante recordar que, en sus primeros años de operación, la tarifa de ITAIPÚ tenía un carácter provisorio debido a cuestiones coyunturales propias
del mayor mercado de la energía producida por ITAIPÚ y sin el cual no hubiera sido factible el emprendimiento. No obstante, si bien este hecho afectó a la tarifa de ITAIPÚ por largo tiempo, tampoco se pueden soslayar los enormes beneficios que ha reportado al bienestar socioeconómico de los paraguayos. Soberanía Energética: Infraestructura eléctrica (11) Conforme a lo estipulado en el Tratado de ITAIPÚ, por derecho, el Paraguay es condómino y ha tenido plena soberanía del 50% del caudal hidráulico del Río Paraná y del 50% de la potencia y energía correspondientes, generadas por la Central. El Paraguay percibe una compensación por la energía que, por cuestiones estructurales, no puede hasta el presente consumir en su totalidad y que es cedida al condómino, ratificando de tal modo su pleno derecho al 50% de los recursos hidráulicos citados. En los últimos años se han registrado avances en materia de infraestructura eléctrica que, en un futuro no muy lejano, permitirá a la Administración Nacional de Electricidad disponer de la totalidad de la energía generada por las hidroeléctricas binacionales.
En el proceso de convertir esta proyección en realidad, ya se encuentra instalada una línea de 500 KV (ITAIPÚ – Villa Hayes) y está en construcción una segunda de igual capacidad (ITAIPÚ – Yguazú). Esta infraestructura, sumada a cinco transformadores en la margen derecha, permitirán el retiro de potencia y de energía equivalente al doble del consumo actual de la ANDE (promedio 15.000 GWH al año). Asimismo, como resultado del trabajo conjunto y coordinado entre los técnicos paraguayos reunidos en el Grupo de Trabajo EBY-ANDE-ITAIPÚ, en enero de este año se realizó con éxito la prueba real del Esquema de Control de Contingencia de la Administración Nacional de Electricidad (ECCANDE), que, por primera vez, permitió la operación en forma sincronizada de la Centrales Hidroeléctricas de ITAIPÚ, Yacyretá y Acaray. Dicho operativo, en el nivel de tensión de 500kW, permitió que los Sistemas Eléctricos de Paraguay, Argentina, Uruguay y parte del sistema brasileño funcionen perfectamente sincronizados. Libre disponibilidad - Venta de Energía (12) De acuerdo con el artículo XIII del Tratado de ITAIPÚ, las Altas Partes pactaron la modalidad de cesión de la energía en caso de que uno de los países
no tenga la capacidad de consumir lo que le corresponde. Esta cuestión reviste una alta complejidad y puede ser objeto de negociación dentro del marco de eventuales conversaciones sobre la modificación, de común acuerdo, del Tratado de ITAIPÚ, a fin de que la energía que le corresponde al Paraguay, pero que no es utilizada para su consumo interno, pueda ser comercializada en el mercado eléctrico del Brasil o de un tercer Estado interesado. La comercialización en el mercado eléctrico brasileño abarcaría profundizar el análisis sobre aspectos de la legislación de ese país, el costo de oportunidad al perder la compensación por cesión de energía y las condiciones competitivas del mercado. Con respecto a la venta a terceros Estados, se debe tener en cuenta la escasa infraestructura, en algunos casos, y factores geopolíticos, en otros. Habría que impulsar la voluntad política en materia de integración energética regional. Cogestión Plena: aprobación de la NR 18/95 por el Brasil (13) Equivale a una administración paritaria, completa y eficiente, pero sobre todo formal en la conducción de la Entidad Binacional.
El 21 de diciembre de 1995, fueron intercambiadas las Notas Reversales con el texto de un nuevo Estatuto de ITAIPÚ (Anexo A) que clarifica y amplía la naturaleza jurídica de ITAIPÚ, incorpora expresamente el concepto de cogestión, contiene una actualización terminológica y de criterios de gobernanza. Esta modificación fue aprobada por el Congreso paraguayo, pero no por su par brasileño, razón por la cual no entró en vigor. A raíz de ello, sigue aplicándose la versión del Estatuto del 28 de enero de 1986. Recordemos que, en la práctica, tanto los Directores Generales como los demás miembros del Consejo de Administración y del Directorio Ejecutivo tienen las mismas prerrogativas, sean paraguayos o brasileños. Transparencia de Itaipú: Control de las cuentas de IB por parte de CGR (14) Se reafirma la decisión de impulsar la creación de una Comisión Binacional para la revisión de los Estados contables de la Itaipú Binacional, mediante acuerdo por intercambio de Notas Reversales que serán encaminadas por las Cancillerías de los Gobiernos de la República del Paraguay y de la
República Federativa del Brasil, el cual está en proceso de negociación. El proyecto de creación de la citada Comisión Binacional de Cuentas parte de la premisa de que toda auditoría a la Entidad Binacional debe hacerse sobre la base de un acuerdo entre ambos condóminos, dada su singular condición jurídica, que se encuentra sometida al régimen del Derecho Internacional Público. Cabe señalar que este proceso es acompañado por las instituciones nacionales competentes, entre las que se encuentran la Contraloría General de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, la Administración Nacional de Electricidad (ANDE) y la Itaipú Binacional Margen Derecha.
ANEXO 3
Reclamos de Eletrobras
Resalva en la contabilización y facturación de los servicios de electricidad de Itaipú referente al año 2020 para conocimiento.
BIBLIOGRAFÍA
Tratado de Itaipú del 26/04/1973. CENTRAL HIDROELECTRICA ITAIPÚ. Su valor estratégico para la República del Paraguay. Ing. Orlando Blas Valdés Escobar. Promoción XXXIV-2002. Consejo de la Defensa Nacional. Instituto de Altos Estudios Estratégicos. Curso de Planificación y Conducción Estratégica Nacional. Itaipu 2023 ¡AHORA O NUNCA! Claves para revisar Itaipu en el 2023. MSc. Ing. Orlando Valdes.-2020 Itaipú, aguas que valen oro. Efraín Enríquez Gamón - 1975. Edit. Gudalupe. Estudios, proyectos, y realizaciones en el área de influencia de Itaipú Dirección de Coordinación de ITAIPÚ. 28/09/1990. Revista ITARENDY, edición Nº 4, año 2, ITAIPÚ M. D. 05/1991. Paraguay, Diagnóstico del Sector Energía 1970/1984, Secretaría Técnica de Planificación. 09/1987.
Paraguay, Diagnóstico del Sector Energía 1970/1989, Preliminar. Secretaría Técnica de Planificación. Plan de Desarrollo Económico y Social 1989/2000, Sector Energía. Secretaría Técnica de Planificación. Administración Nacional de Electricidad - Compilación Estadística 1960/2000. Itaipú como factor de desarrollo - lng. Héctor Richer Becker - Colegio Nacional de Guerra - XXIII Promoción año 1991
RESEÑA DEL LIBRO
Definir correctamente el nuevo Costo de los Servicios de Electricidad de Itaipú durante la Revisión del Anexo “C” del Tratado es de vital importancia para el país. Las nuevas reglas impactaran directamente en las diferentes instituciones administradoras de los recursos de Itaipú. En Paraguay, la Ande, el Ministerio de Hacienda y la Itaipú margen derecha. Causa preocupación el documento divulgado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de nuestro país, en fecha 25 de mayo de 2021, bajo el título “Temario Preliminar”. Según el mismo el Paraguay dirá no a la reducción máxima posible del costo unitario del servicio de electricidad de Itaipú. La propuesta va de contramano a lo que establece el Anexo “C” del Tratado, vigente. Los Grupos de Trabajo promueven la aplicación de una tarifa elevada artificialmente con el objeto de aumentar los recursos destinados al multimillonario rubro “Gastos de Explotación” de Itaipú.
En esta cuenta esta asignado los famosos “Gastos Sociales y Ambientales” a cargo de la binacional. Estos recursos económicos son utilizados de manera discrecional y fuera de la observación de los organismos de control de la República del Paraguay. Ya la reducción de la tarifa por la directa aplicación del Anexo “C” vigente, le permitirá al Estado paraguayo obtener extraordinarios ingresos al capturar de la Ande, parte de su mayor rentabilidad, consecuencia de la reducción de la tarifa de Itaipú. Estos recursos se canalizaran con total transparencia, hoy inexistente, para obras de infraestructura esenciales al país a través del Presupuesto general de Gastos de la Nación (PGN). Cumpliendo lo establecido en el Tratado no será necesario negociar nada con el Brasil, ni atar o ceder en otros puntos de interés nacional para conseguir algo que Paraguay lo puede hacer sin necesidad de acuerdo mutuo con Brasil. El “Temario Preliminar”, elaborado por los Grupos de Trabajo, en manos de la contraparte, tiene todas las condiciones de transmitir el mensaje de que nuestros negociadores, más que negociar, están en la búsqueda de partícipes para concretar objetivos muy difusos.
ACERCA DEL AUTOR
Orlando Blas Valdés Escobar nació el 18-02-54 en Asunción, donde realizó sus estudios primarios y secundarios. Se graduó de Ingeniero Electricista con énfasis en Sistemas de Potencia en la Universidad Federal de Santa María (UFSM) - Estado de Rio Grande Do Sul – Brasil, en julio del año 1978. Realizo cursos de pos grado en Introducción a la Ingeniería Nuclear, Diplomado en gestión Empresarial, Magister en Planificación y Conducción Estratégica Nacional- Promoción XXXIV, Ingeniería Ambiental, Didáctica Universitaria y otros. Fue funcionario permanente de la ANDE, ITAIPÚ Binacional y Entidad Binacional Yacyreta. Ex integrante de los Comité de Operación y Comercialización de las interconexiones ANDE – EMSA (Encarnación/Posadas) y ANDE – COPEL (Ciudad del Este – Foz do Iguazú), entre otros. Comisionado a Itaipú Binacional para organizar el inicio de la operación de la central representando a
la ANDE. En Itaipú ocupo cargos como primer Vice-Superintendente de Operación, Jefe del Departamento de Operación, Jefe de la División Despacho de Carga (1981-1992). Representante y Miembro fundador del Grupo de Estudio Nª 5 de la Comisión Mixta de Operación (CMO). Comisionado por ITAIPÚ a la Entidad Binacional Yacyreta para constituir el Grupo Técnico Asesor (GTA), integrado por EBY, ITAIPÚ, ANDE Y CAMMESA (1992), para el inicio de la operación. Como funcionario de la Entidad Binacional Yacyreta ocupo los cargos de Asesor del Departamento Técnico, Jefe del Sector Movimiento de Energía, Asesor del Consejo de Administración. Integro la Comisión de Entes Binacionales Hidroeléctricos (CEBH) del Ministerio de Relaciones Exteriores (2008 – 2012), Asesor del Vice Ministerio de Minas y Energía para la implementación del Centro de Monitoreo de Centrales y Sistemas Eléctricos (CEMOCSE) (2008-2012), consultor independiente para la ANDE en trabajos para la Descentralización y Automatización de la Operación del Sistema Eléctrico Interconectado Paraguayo (2002). Asesor en varias Comisiones parlamentarias del Senado y de Diputados, autor de varias
publicaciones sobre el sistema eléctrico nacional y pasantía en hidroeléctricas e instalaciones de sistemas eléctricos de potencia del Brasil, Argentina, Uruguay EE.UU. y Canadá. Docente del curso de pos grado en -Políticas públicas para la Energía en Paraguay- Universidad Nacional de Itapuá (UNI). Autor del libro - Itaipu 2023 ¡AHORA O NUNCA!Año 2020.
ACTUALIDAD DEL SECTOR ELECTRICO
Contenidos e informaciones relacionadas con el sector eléctrico paraguayo, con el objetivo colaborar con las instituciones encargadas de promover el desarrollo de la industria eléctrica paraguaya.
www.OrlandoValdes.com.py
Libro Itaipu 2023 ¡AHORA O NUNCA! ITAIPÚ 2023 ¡AHORA O NUNCA!: CLAVES PARA REVISAR ITAIPÚ EN EL 2023 (Spanish Edition) Edición Kindle