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3.2.1. Marco estratégico de la Unión Europea
al derecho español. Es la pieza básica del marco normativo actual en materia de seguridad y salud laborales.
Sucesivos Reales Decretos han venido desarrollando aspectos concretos del marco normativo (señalización, iluminación, agentes cancerígenos, agentes biológicos, manipulación manual de cargas, utilización de EPI’s,…)
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El martes 10 de noviembre de 2020 el Consejo de Ministros aprobó el Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales de la Carta Social Europea (revisada)14 y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicha Carta, solicitando su tramitación por el procedimiento de urgencia. A los efectos que interesan cabe resaltar de su contenido:
Que en la Parte II, se recogen los compromisos por los que las Partes pueden considerarse vinculadas, contemplándose entre otras materias: la seguridad e higiene en el trabajo; el derecho de las trabajadoras a la protección de la maternidad; el derecho de las y los trabajadores migrantes y sus familias a recibir protección y asistencia; derecho de las y los trabajadores con responsabilidades familiares a la igualdad de oportunidades y de trato; derecho de la representación de las y los trabajadores a protección en las empresas y facilidades que se les deberán conceder;
Todo este marco legal se proyecta sobre la estructura institucional, mientras, por un lado, se plantea la atribución competencial del mandato constitucional en el estado autonómico, y por otro, y derivado de ello, se plantea su aplicación práctica sobre el modelo organizativo de administración resultante.
Así, en el caso de la CAE, corresponde al Gobierno Vasco, la tutela de la seguridad y salud laborales sin perjuicio de las competencias atribuidas a Diputaciones y Ayuntamientos; por lo que poniendo en consonancia lo antedicho con el efecto tractor que sobre la seguridad y salud laborales ejerce la Administración Pública, cabe concluir que esta materia es tributaria de una gobernanza de la que todo estrato de la misma puede y debe participar.
3.2.1. MARCO ESTRATÉGICO DE LA UNIÓN EUROPEA
a)ElmarcoestratégicodelaUnión Europeaenmateriadesaludy seguridadeneltrabajo2021-2027
El marco europeo recibió un impulso con la presentación en enero de 2017 de la Comunicación de la Comisión Europea que establece las acciones clave a desarrollar en los próximos años.
La Comisión concluye que, si bien la estructura global de la legislación sobre seguridad y salud en el trabajo es eficaz y adecuada a sus objetivos, algunas disposiciones han quedado obsoletas, y recalca “la necesidad de buscar métodos eficaces para hacer frente a los nuevos riesgos”.
Más recientemente, en diciembre de 2019, el Consejo Europeo de Asuntos Sociales aprobó un documento16 en el que instaba a la Comisión Europea a adoptar un nuevo marco estratégico de la UE en ma-
14 https://www.boe.es/buscar/pdf/1980/BOE-A-1980-13567-consolidado.pdf 15 Trabajo más seguro y saludable para todos - Modernización de la legislación y las políticas de la UE de salud y seguridad en el trabajo Bruselas, 10.1.2017, COM (2017) 12 final. 118
teria de salud y seguridad en el trabajo. Para ello, en el texto presentado se señalan una serie de directrices y líneas estratégicas que deberían seguirse en la elaboración de la nueva estrategia para el período 2021-2027.
En respuesta a esta encomienda, el 28 de junio de 2021 se aprobó la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, relativa al “Marco estratégico de la UE en materia de salud y seguridad en el trabajo 2021-2027. La seguridad y la salud en el trabajo en un mundo laboral en constante transformación”.
En esta nueva Estrategia se definen las prioridades y acciones clave para mejorar la seguridad y salud de la población trabajadora, abordando los rápidos cambios en la economía, la demografía y los patrones de trabajo.
El marco estratégico adopta un enfoque tripartito, en el que participan instituciones de la UE, Estados miembros, interlocutores sociales y otras partes interesadas, y se centra en tres prioridades estratégicas clave:
1- Anticipar y gestionar el cambio en el contexto de las transiciones ecológica, digital y demográfica.
2- Mejorar la prevención de accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo y esforzarse por adoptar un enfoque de «visión cero» respecto a las muertes relacionadas con el trabajo. 3- Incrementar la preparación para responder a las crisis sanitarias actuales y futuras.
Para cumplir estos objetivos se plantea la necesidad de actuar a escala de la UE, nacional, sectorial y de las empresas; sustentando la aplicación de estos tres objetivos por: el diálogo social; el refuerzo de la base documental; el refuerzo del cumplimiento de la legislación; la sensibilización; y la financiación.
Más en concreto para anticiparse a los cambios, se propone la modernización y simplificación de las normas de la UE en materia de salud y seguridad en el trabajo en el contexto de las transiciones ecológica y digital. Por otro lado, se pone especial atención a los riesgos psicosociales. Y en este sentido la Comisión insta a los Estados miembros a que:
• Actualicen sus marcos jurídicos nacionales, en consulta con los interlocutores sociales, con el fin de abordar los riesgos y oportunidades en materia de salud y seguridad en el trabajo relacionados con las transiciones ecológica y digital. Los Estados miembros deben centrarse en el uso de herramientas digitales para lograr que la inspección de trabajo sea más eficaz mediante la prevención y la detección de incumplimientos de la legislación.
• Celebren «revisiones interpares» que aborden problemas psicosociales y ergonómicos profesionales.
• Intensifiquen la supervisión y la recopilación de datos en lo que se refiere a la situación de los riesgos mentales y psicosociales en todos los sectores.
En aras de responder a la segunda prioridad estratégica relativa a la prevención, la Comisión insta a los Estados miembros a que:
• Trabajen en pos del cumplimiento del enfoque de «visión cero» sobre la mortalidad laboral en la UE.
• Aborden los riesgos profesionales relacionados con las enfermedades cardiovasculares.
• Promuevan el Código Europeo contra el Cáncer entre las y los trabajadores, con el fin de mejorar su alfabetización sanitaria y de reducir los riesgos de cáncer.
• Evalúen y aborden los riesgos prestando especial atención a los grupos más afectados por la pandemia, como las personas con discapacidad.
• Apoyen activamente la reintegración, la no discriminación y la adaptación de las condiciones de trabajo de las y los trabajadores que sean pacientes de cáncer o que hayan superado un cáncer.
• Promuevan consideraciones de género en el diseño, la aplicación y la elaboración de informes.
• Aborden activamente los peligros del sector sanitario mediante el establecimiento y la aplicación de procedimientos de trabajo seguro y la impartición de formación adecuada.
• Mejoren las orientaciones y la formación que proporcionan sobre las medidas de evaluación de riesgos y prevención, en particular a las microempresas y las pymes. • Proporcionen formación para los agricultores a través del servicio de asesoramiento a las explotaciones, con el fin de mejorar sus capacidades y su sensibilización con respecto a las normas de salud y seguridad en las explotaciones, incluyendo el uso seguro de las sustancias químicas y, en particular, de los productos fitosanitarios.
Con el propósito de potenciar la preparación y responder con rapidez ante nuevas posibles amenazas, la Comisión insta a los Estados miembros a que:
• Confeccionen planes de preparación para futuras crisis en las estrategias nacionales en materia de salud y seguridad en el trabajo, incluyendo la aplicación de las directrices y herramientas de la UE.
• Establezcan mecanismos de coordinación entre las autoridades de salud pública y de salud y seguridad en el trabajo de aquí a 2023.
• Aumenten la supervisión y las inspecciones eficaces de las obligaciones relativas a la salud y la seguridad en el trabajo para con las y los trabajadores de temporada en profesiones de alto riesgo.
• Refuercen la cooperación y el intercambio de información entre la Inspección de Trabajo y otras autoridades nacionales competentes para mejorar las normas de salud y seguridad en todos los sectores laborales.
b)LaUniónEuropeaantelosriesgos emergentesenlaSeguridady SaludenelTrabajo(SST)
En los últimos años, la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el trabajo (OSHA, por sus siglas en inglés), ha estado analizando y elaborando estudios acerca de los llamados riesgos emergentes en materia de SST, que agrupa en tres dimensiones principales: empleos verdes, TIC/digitalización y nanomateriales. Las innovaciones tecnológicas y los necesarios cambios en el modelo productivo derivados de la crisis ecológica están generando transformaciones muy profundas en la organización de la producción y el trabajo, por lo que el campo de la prevención de riesgos laborales también se está adaptando a estos cambios a través de la investigación y la producción de conocimiento.
•Losempleosverdes
Este concepto abarca una gran variedad de trabajos desarrollados en sectores de actividad y en condiciones y contextos muy diferentes, que comparten la característica fundamental de que contribuyen a la conservación o restauración de la calidad ambiental. Pese a esta heterogeneidad, la OSHA, en el informe Empleos verdes y seguridad y salud en el trabajo: Estudio prospectivo sobre los riesgos nuevos y emergentes asociados a las nuevas tecnologías en 202017, identifica algunos rasgos comunes en estos empleos, que a su vez llevan asociados una serie de riesgos.
•Digitalización,inteligenciaartificial
En el Estudio prospectivo sobre los riesgos nuevos y emergentes para la seguridad y salud en el trabajo asociados a la digitalización en 202518, la OSHA identifica una serie de retos y oportunidades que las nuevas tecnologías como el internet de las cosas, la inteligencia artificial, el big data, la computación en la nube, la robótica colaborativa o las plataformas digitales están planteando al mundo del trabajo. Frente a esta serie de retos, en el mismo estudio se recogen algunas propuestas de estrategias de SST surgidas en los debates entre agentes sociales y personas expertas.
Con carácter más específico la OSHA ha publicado en 2021 un informe sobre El impacto de la inteligencia artificial (IA) en la seguridad y la salud en el trabajo19, en el que advierte de que La IA puede crear oportunidades pero también nuevos desafíos para la seguridad y salud en el trabajo (SST), su gestión y regulación. El uso de los sistemas basados en IA se produce en muchos sectores y entornos diferentes, desde la manufactura y la agricultura hasta el sector de la atención, la hostelería y el transporte y los servicios. Por lo que el contenido de estos trabajos y las tareas cambiará, y surgirán entre otros nuevos riesgos psicosociales, lo que puede provocar nuevos desafíos para la SST. La IA también ha facilitado la aparición de nuevas formas de seguimiento y gestión de las y los trabajadores, que pueden dar lugar a cuestiones legales, reglamentarias y éticas, así como a preocupaciones por la SST, en particular por la salud mental de las y los trabajadores. Estas
17 https://osha.europa.eu/es/publications/reports/summary-green-jobs-and-occupational-safety-and-health-foresight-on-new-and-emergingrisks-associated-with-new-technologies-by-2020 18 https://osha.europa.eu/es/publications/summary-foresight-new-and-emerging-occupational-safety-and-health-risks-associated 19 https://osha.europa.eu/es/publications/impact-artificial-intelligence-occupational-safety-and-health/view 121
nuevas formas de seguimiento de las y los trabajadores basadas en la IA también pueden brindar una oportunidad para mejorar la vigilancia de la SST y reducir la exposición a diversos factores de riesgo, y proporcionar alertas tempranas de estrés, problemas de salud y fatiga. Pero se necesitan decisiones éticas y estrategias y sistemas efectivos para manejar la gran cantidad de datos sensibles que se pueden generar.
•Nanomateriales
Los nanomateriales que se fabrican intencionadamente y se comercializan son los que centran la atención y preocupación de la OSHA, ya que, además de contener propiedades muy beneficiosas para determinadas aplicaciones industriales, pueden tener también toda una serie de efectos tóxicos. Es por esto que la Agencia ha elaborado una hoja informativa de Herramientas para la gestión de nanomateriales en el lugar de trabajo y medidas de prevención20 . En esta publicación se identifican las limitaciones a la hora de evaluar los riesgos generados por los nanomateriales, así como algunas actividades y prácticas a priorizar a la hora de gestionar los riesgos.
c)FondoSocialEuropeoPlus(FSE+ 2021-2027)
En la implementación de esta estrategia también se habrá de tener en cuenta el nuevo marco europeo de fondos estructurales. Los objetivos específicos del nuevo FSE+ se encuentran alineados con los principios del Pilar Europeo de Derechos Sociales, con el que se persigue otorgar a la ciudadanía unos derechos sociales nuevos y más efectivos. Se basan en 20 principios estructurados en tres categorías:
- Igualdad de oportunidades y de acceso al mercado de trabajo.
- Condiciones de trabajo más justas.
- Protección e inclusión social.
Dentro del segundo bloque, en el principio número 10, definido como “Entorno de trabajo saludable, seguro y adaptado y protección de datos” se exige que las y los trabajadores tengan derecho a un elevado nivel de protección de la salud y la seguridad en el trabajo.
A su vez, dentro del propio reglamento de este fondo se hace referencia a la importancia de “apoyar la participación de la mujer en el mercado de trabajo, una mejora del equilibrio entre la vida laboral y la familiar, y especialmente el acceso a servicios de guardería, un entorno de trabajo saludable y bien adaptado contra los riesgos para la salud, la adaptación de los trabajadores, las empresas y los empresarios al cambio, y el envejecimiento activo y saludable”.