Dos que esperan
para producir La lucha de los trabajadores para lograr la autogestión. Las trabas de la justicia. Fábricas que quieren volver a ser modelos de producción.
Autogestión
» DÉCADA GANADA | Acetatos y Cometal
Ag
www.tiempoargentino.com | suplemento de empresas recuperadas y trabajadores autogestionados | jueves 6 de junio de 2013
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Unión Productiva de Empresas Autogestionadas
L
a recuperación del rol del Estado como garante del bienestar general y de la política como guía y motor de la economía generaron las condiciones para la creación de más de 5 millones de puestos de trabajo que disminuyeron abruptamente la tasa del desempleo superior al 20% en 2001 al 7% en los últimos tiempos. Esa baja del desempleo permitió cambiar el eje de las negociaciones colectivas que dejaron de ser defensivas, tendiente a conservar puestos de trabajo o evitar la precarización laboral para abordar la discusión por salarios y condiciones de trabajo. Las paritarias que se activaron desde 2003 y permitieron recuperar el valor del salario, activar el consumo y el mercado interno, disminuir la pobreza y mejorar los índices de inclusión social. El gobierno también se preocupó por la reconquista de las jubilaciones mediante la recuperación para el Estado de la administración de las jubilaciones. Con la sanción de la Ley 26.425 creó el Sistema Integrado Previsional Argentino por el cual se transfieren a la ANSES todos los recursos de las AFJP (Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones), formándose así un Sistema Solidario único de Reparto Público. Se reconquista un sistema previsional Solidario que garantiza la protección a los menos favorecidos en base a la participación de todos los contribuyentes al sistema y un sistema de Reparto donde las prestaciones se financian básicamente mediante el aporte de los trabajadores autónomos y en relación de dependencia y las contribuciones de los empleadores. A modo de reseña, podemos destacar que el sistema previsional argentino fue uno de los regímenes pioneros del continente. En su primer etapa –desde 1810 a 1914– se caracterizó por la aparición de beneficios previsionales tales como pensiones por vejez e invalidez a algunos colectivos de trabajadores: empleados públicos, judiciales, sobrevivientes de la marina y del ejército. A partir de 1914 hasta 1944, etapa de apogeo del modelo agroexportador hasta la aparición del peronismo, se ampliaron los programas de pensiones pero siempre limitados a grupos determinados, representados por sindicatos o grupos de presión. Durante la eta-
Se cumplieron diez años del comienzo de una década recuperada para los trabajadores
Por una jubilación digna
pa peronista (1944 a 1955) se produjo un salto cuantitativo en la cobertura previsional a todo el universo de trabajadores como consecuencia de las expresas políticas estatales que procuraban la dignificación del trabajador y la ampliación de la cobertura de la seguridad social. Se creó el Instituto Nacional de Previsión Social (decreto 29176/1944) con el fin de administrar y dirigir las cajas de previsión de carácter nacional. Este nuevo proyecto de país quedó plasmado en la reforma constitucional de 1949 que incorporó en forma expresa los derechos humanos y sociales del constitucionalismo social en su capítulo III referido a los derechos del trabajador, de la familia de la ancianidad y de la educación y la cultura, como así también disposiciones que buscaban promover la participación del Estado en la economía con un sentido complementario y supletorio de la actividad privada. Ya el preámbulo dejaba bien clara la "irrevocable decisión de constituir una nación socialmente justa económicamente libre y políticamente soberana". Luego del golpe militar del 16 de septiembre de 1955 la proclamadecreto 229/1956 derogó la constitución sancionada en 1949 y en 1957 el gobierno militar convocó a elecciones para una nueva reforma constitucional. La Constituyente de 1957 agregó a la Constitución Nacional de 1853 el artículo 14 bis que estableció garantías mínimas para el trabajo fundadas en los principios de
solidaridad cooperación y justicia. Se establecen los beneficios de la seguridad social con carácter integral e irrenunciable, es decir no sólo a los trabajadores sino a todos los habitantes de la Nación. En 1958 se crea el Fondo Compensador de Inversiones y Acumulación. Frente a la crisis financiera del sistema se dictan los decretos leyes 18.037 y 18.038 para el personal de relación de dependencia y autónomos, se unifica el sistema en el orden nacional. En 1973, se acentuó la universalidad, la unificación y la eliminación de privilegios en el sistema. Luego de la dictadura militar y durante los '80 se acrecentó la crisis financiera del sistema enfatizada por la larga y tremenda recesión económica, producto del modelo de acumulación y valorización financiera que priorizaba la especulación sobre la economía real. Se llega así a la década del noventa con la ola de privatizaciones de empresas públicas y la reforma del sistema previsional que incorporó al sector privado como administrador nefasto de una parte importante de la previsión social argentina. A partir del 9 de diciembre de 2008, el Estado recuperó la administración del sistema, al disponerse el traspaso de los fondos de las AFJP al sistema estatal. Se recuperaron también las ideas rectoras en las que se basa la seguridad social: solidaridad, universalidad e integralidad. En ese complejo mundo del trabajo, hubo cientos de empresas que
fueron recuperadas por sus trabajadores y miles de trabajadores que dejaron de ser trabajadores en relación de dependencia para convertirse en trabajadores autogestionados. Bajo el lema "Ocupar, Resistir y Producir" se demostró que la autogestión obrera es posible; con más de diez años de trayectoria desde las primeras experiencias, cuentan en su haber con mucha historia, éxitos y experiencias fruto del gran esfuerzo de los trabajadores que se pusieron al frente del conflicto y se convirtieron en administradores de empresas productivas con complejidades que fueron superándose mediante la capacitación y el aprendizaje. El Estado se hizo presente en esta experiencia con ayuda financiera, capacitación y programas de los Ministerios de Trabajo, Desarrollo Social, Educación que atendieron con gran esfuerzo una realidad nueva y compleja. Se modificaron leyes –como la ley de concursos y quiebras– para dar un incipiente marco legal a los trabajadores en el proceso de custodia, puesta en marcha, continuación y adquisición de la empresa organizados a través de una figura asociativa –la cooperativa de trabajo– que si bien es la más cercana al trabajador de empresa recuperada, no lo conceptualiza ni representa. Como asociados a Cooperativas de Trabajo, no poseen la misma protección que el trabajador en relación de dependencia desde la mirada legal, convencional y previsional. En este último punto, es quizás donde se esquematiza con mayor claridad la dificultad del sector. Casi como una norma, las quiebras encubren cuantiosas deudas de aportes y contribuciones al sistema de seguridad social, y en muchos de esos casos se trata de aportes retenidos a los trabajadores y no ingresados al sistema, que más allá de la tipificación penal de la conducta, perjudican al trabajador en su posibilidad de acceder al beneficio jubilatorio por la falta de años de aportes computables. El tema no se agota aquí, ya que a los trabajadores que cuentan con los años de aportes se les plantea
otro obstáculo: el monto de la retribución de la jubilación disminuye abruptamente como consecuencia de su condición de asociados a una cooperativa y "monotributistas" con acceso sólo a una jubilación mínima, pese a que la mayoría de sus aportes fueron ingresados bajo relación de dependencia y en tal condición su jubilación hubiese sido sustancialmente superior. Aquí queda planteado el desafío: el diseño de una herramienta previsional que contemple las especiales características de los trabajadores de empresas recuperadas y que repare el daño sufrido por anteriores políticas estatales que permitieron a los empresarios cometer fraudes laborales, previsionales y comerciales. Para ello, y a modo de propuesta de trabajo conjunta entre el sector y los organismos de la seguridad social, sería menester contemplar un adicional reparatorio específico para los trabajadores de empresas recuperadas, financiado por el Estado como una forma de compensación por la desprotección padecida cuando el Estado no tenía entre sus objetivos la inclusión social y la recuperación de derechos. Para el cálculo del costo fiscal y a fin de determinar el universo de los trabajadores comprendidos y afectados por políticas neoliberales que generaron desocupación, cierre de fábricas y exclusión social, se deberá crear un Registro de Empresas Recuperadas y de sus trabajadores. Durante la última década el gobierno nacional demostró su presencia y compromiso en los conflictos e injusticias sociales, a la vez que ha sido muy creativo en la búsqueda de soluciones. En el ámbito previsional y cuando todos creíamos que ya no tendríamos una jubilación digna, recuperó el sistema solidario y sancionó una ley de movilidad jubilatoria que permite la actualización dos veces por año. Donde hay una necesidad, hay un derecho, dijo la compañera Evita. Aquí hay una necesidad, un conjunto de trabajadores luchando por su dignidad y un Estado presente por lo que sólo nos queda ponernos a trabajar de conjunto para encontrar la solución más justa. «