PROGRAMA DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES DE APOYO LINGÜÍSTICO PARA EL ALUMNADO DE ORIGEN INMIGRANTE CURSO 2.011 – 2.012 1. Justificación. Esta iniciativa tiene como finalidad primordial el refuerzo educativo en el aprendizaje del español como lengua vehicular, con el objetivo de favorecer una mejor y más rápida integración del alumnado de origen inmigrante no hispanohablante que se incorpora a nuestro sistema educativo. El elevado índice de escolarización fuera de los periodos establecidos y la dispersión geográfica de este alumnado, hace muy difícil la planificación de otras actuaciones y favorece el desarrollo de este tipo de refuerzos. Por todo ello, este programa plantea la posibilidad de ofertar a los centros docentes la realización de actividades extraescolares para el aprendizaje de la lengua española, potenciando el conocimiento del español como lengua vehicular y contribuyendo a una integración más rápida en el centro educativo. 2. A quién se dirige el programa. Prioritariamente podrán acogerse a este programa, aquellos centros docentes públicos no universitarios, que impartan enseñanza obligatoria y escolaricen alumnado extranjero que presente carencias lingüísticas en español. Cada centro participante en el programa podrá crear un grupo compuesto por un mínimo de 5 alumnos o alumnas y un máximo de 12 alumnos y alumnas. Caso de existir en el mismo centro más de 12 solicitudes, la Delegación Provincial correspondiente estudiará la posibilidad de crear un segundo grupo. Del mismo modo, cuando en una localidad no exista alumnado suficiente en un centro para la creación de un grupo, la Delegación Provincial estudiará la posibilidad de formar ese grupo con alumnado de distintos centros de la localidad, así como la forma de coordinar el seguimiento de este grupo. En último extremo, las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, estudiarán las solicitudes que se les presenten para la creación de grupos que cuenten con un número inferior de alumnos y alumnas a los cinco anteriormente establecidos, atendiendo a criterios de necesidad y siempre que sea posible. Igualmente aquellos centros cuyo alumnado no pueda desplazarse al mismo para asistir al programa en horario extraescolar, podrán solicitar a la Delegación Provincial la implantación del programa en dependencias ajenas al centro y que 1