LAS NIIF PARA PYMES ¿UN PROBLEMA O UNA SOLUCIÓN?

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LAS NIIF PARA PYMES ¿UN PROBLEMA O UNA SOLUCIÓN? En julio de 2009 el International Accounting Standards Board (IASB) emitió las Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES), orientadas a entidades privadas y entidades sin obligación pública de rendir cuentas. Las NIIF para Pymes están clasificadas por secciones, hasta la fecha han sido aprobadas 35, siendo importante destacar que las NIIF para las PYMES en el afán de ser simplificadas entre otros por ejemplo no contempla el modelo de revaluación, por lo demás está basada en los mismos principios de las NIIF plenas, estos principios de reconocimiento y de valuación son aplicables a todas las entidades que emiten estados financieros cualquiera que sea su tamaño. El párrafo P13 del prólogo de las NIIF para PYMES, establece que: Las decisiones sobre a qué entidades se les requiere o permite utilizar las Normas del IASB recaen en las autoridades legislativas y reguladoras y en los emisores de normas en cada jurisdicción. En nuestro país mediante la Resolución CNC Nº 045-2010-EF/94 oficializo el uso de estas normas para su aplicación a partir del 1 de enero de 2011, a todas las empresas que obtengan ingresos anuales por ventas de bienes y/o servicios o tengan activos totales, iguales o mayores, en ambos casos a tres mil (3 000) Unidades Impositivas Tributarias, al cierre del ejercicio anterior. Esto evidencia que existen dos juegos de normas internacionales para la contabilidad denominadas NIIF Plenas y NIIF para PYMES, si bien es cierto las NIIF para PYMES son menores, las diferencias no son significativas, además los programas de capacitación en su mayoría están orientados a las NIIF plenas, considerando asimismo que el IASB no prohíbe el uso de las NIIF plenas en las pequeñas y medianas empresas. En el ámbito mundial muchos países no están adoptando las NIIF para PYMES, tal es el caso de México, que fundamenta tal decisión, en el sentido que no es necesario emitir por separado normatividad específicamente para PYMES, debido entre otras, a que las NIIF para las PYMES está basada en los mismos principios de las NIIF plenas. Al contrario, España adopto las NIIF para PYMES, incluso tiene un Plan General de Contabilidad, exclusivo para PYMES, aprobado por el Real Decreto 1514/2007, sin embargo, hace poco ha tenido problemas con la aprobación de las ultimas normas emitidas por el IASB, relacionadas a la NIIF 15 y NIIF 16, temas que no han sido consideradas en las NIIF para PYMES. En esta situación, me permito sugerir, sería importante repensar el caso peruano y estudiar la posibilidad de no adoptar las NIIF para PYMES proponiendo su derogatoria a fin de reducir la carga normativa, de ese modo concentrarnos en una capacitación integral de los profesionales de la contabilidad en las NIIF Plenas, y al momento de su aplicación considerar solo las normas específicas que sean necesarias a medida de cada entidad en particular.

Dr. CPC Pascual Ayala Zavala


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