Pasivos ambientales, ¿dónde están? Cuando adquiera un terreno para uso industrial o rente un espacio con este fin abra bien los ojos asegúrese de que no va a heredar problemas legales y financieros. Los pasivos ambientales no se limitan a lo que ocurre dentro de los límites de una empresa, sino a los daños que pueda causar en las comunidades aledañas. Hablar de pasivos ambientales se está volviendo un tema cada vez más frecuente en las reuniones de empresarios, abogados y autoridades, especialmente cuando se prepara una fusión o una operación de compra–venta entre compañías o de un bien raíz. ¿QUÉ SON? Un pasivo ambiental es la obligación financiera que tiene una persona o empresa para la reparación de daños al ambiente o por el incumplimiento de la legislación ambiental. Veamos algunos ejemplos: •
Una empresa que ha operado un tanque de diesel que alimenta un generador de emergencia a través de tubería subterránea. Ésta podría llevar años dañada y nadie se habría percatado de una fuga que habría derivado en contaminación del suelo por diesel. Esta empresa tendría que investigar la extensión de la contaminación y restaurar el suelo a sus condiciones originales o hasta una concentración de diesel preestablecida en nuestra normatividad. El costo que la compañía tendría que asumir para realizar este proyecto dependería en gran medida de la severidad de la fuga y el tiempo que haya tardado en descubrirla.
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El dueño de un edificio que está equipado con un transformador o un banco de capacitares antiguos. El aceite en estos equipos podría contener bifenilos policlorados (compuestos altamente tóxicos) por arriba de lo estipulado en la Norma Oficial Mexicana (NOM) correspondiente y, por lo tanto, el dueño tendrá que invertir en su descontaminación o en su disposición y reemplazo.
Pero los pasivos ambientales no se limitan exclusivamente a lo que esté pasando dentro de lo límites de la propiedad en cuestión. La emisión de polvos o partículas podría estar dañando la salud de la comunidad vecina o la contaminación alcanzando agua subterránea que al moverse contamina propiedades contiguas. Desde 1998 nuestras leyes establecen que quien origina un daño al ambiente debe asumir su reparación; sin embargo desde 2003, los dueños de bienes raíces son responsables solidarios de la contaminación que hubiera en sus propiedades, aun cuando ellos no estén a cargo de las actividades que hayan causado la contaminación. IDENTIFÍQUELOS