REGLAMENTO DE MANEJO DE ACTIVOS FIJOS POR LOS ESTUDIANTES QUE REALIZAN PRÁCTICAS FORMATIVAS EN EL HOSPITAL
INTRODUCCIÓN Para dar cumplimiento a la Resolución 204 de Diciembre de 2006 emanada por la Gerencia del Hospital a través de la cual se tiene como prioridad la implementación y estandarización del manejo de los activos para una adecuada administración y custodia del patrimonio, se elabora el presente reglamento. De acuerdo con lo estipulado en los convenios docencia servicio suscritos entre el Hospital y las instituciones educativas, el estudiante responderá por la integridad y el adecuado funcionamiento de los equipos médico quirúrgicos y del instrumental que se haya asignado a su cargo y del cual haga uso durante el tiempo de su rotación, así como su utilización racional. OBJETIVO Establecer un procedimiento que permita garantizar el buen manejo de los bienes del Hospital por parte de los estudiantes y docentes de las instituciones educativas que hagan uso de los mismos. ENTREGA DE ACTIVOS A ESTUDIANTES Y DOCENTES. Para la entrega de cualquier tipo de elemento devolutivo se adoptará el procedimiento descrito a continuación: 1. Diligenciamiento de un documento de solicitud el cual deberá tener la aprobación del jefe del servicio. 2. Posterior a su utilización, el estudiante o docente devolverá al jefe del servicio el elemento, quien deberá verificar el estado en el cual se entregó. INGRESO DE ACTIVOS DE PROPIEDAD DE ESTUDIANTES O DOCENTES. Si el estudiante o docente ingresa al Hospital un elemento de su propiedad deberá:
Dirección: Avenida Ciudad de Cali No 152 00 Conmutador: 6621111 Portal web: www.esesuba.gov.co Email: gerencia@esesuba.gov.co
Registrarlo en la minuta de vigilancia, identificando: Elemento, referencia, seriales entre otros. Reportar al área de activos fijos el ingreso de equipos e instrumental identificando marca, referencia, seriales, de tal manera que se pueda identificar fácilmente. El Hospital no tiene responsabilidad sobre estos bienes personales en cuanto a su mantenimiento, pólizas de seguro, reposición y, de no informar el ingreso del elemento, no autorizará la salida del mismo. PROCEDIMEINTO EN CASO DE HURTO O PÉRDIDA DE UN BIEN DEL HSOPITAL Cualquier caso de pérdida, hurto, daño o rotura de algún bien de la entidad sin importar las circunstancias se denomina siniestro los cuales se clasifican según las condiciones de cobertura y según las causas que lo originen. Los pasos a seguir serán: 1. Comunicación inmediata con el jefe del servicio e informe detallado de los hechos evidenciando circunstancias de modo, tiempo y lugar. 2. Breve relato de los hechos 3. Relación de los bienes afectados. 4. Realización de un comité docencia servicio en el cual se analizará la información recolectada y se tomará la decisión pertinente, como lo dispone el convenio. En caso de que la responsabilidad por la pérdida sea del estudiante o docente, éste procederá a la reposición del activo. La institución educativa responderá por los daños en los elementos o dispositivos médicos que se ocasionen por negligencia o mala utilización por parte de los estudiantes o docentes y que previamente la responsabilidad haya sido determinada por el comité docencia servicio. El Hospital comunicará a la institución educativa dentro de los 5 días hábiles siguientes al evento. Proyectó: Yolanda Losada Pacini Revisó: Rebeca Suescún Carreño Aprobó: William Rodríguez Uribe
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