Año 18, Abril 2020
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Valparaíso - Viña del Mar - Reñaca - Concón - Quintero - Puchuncaví - Cachagua - Zapallar
PUERTO VENTANAS, FILIAL DEL GRUPO SK, CONTRIBUYE
A LA PREVENCIÓN DEL COVID-19 EN PUCHUNCAVÍ Y QUINTERO pág. 06
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Oscar De La Maza: Presidente de la Corporación de Adelanto y Desarrollo de Reñaca, da a conocer nutrida programación virtuales de arte y cultura.
Bajo el mando del comisario (s) Capitán Emilio Hermosilla, Carabineros de Concón emprende una extensa planificación de servicios especiales para estar en Primera Línea y enfrentar la pandemia del virus Covid-19, sin dejar de lado los pertinentes a la prevención de delitos comunes.
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Aes Gener protege a funcionarios de contraer el virus Covid-19 sanitizando casinos, espacios de trabajo y accesos en planta de Ventanas, Puchuncaví.
Zapallar: Se inicia construcción de nueva ciclovía que unirá las localidades de La Hacienda y Catapilco.
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Reñaca
Santiago Pérez Quiroga, presidente de la Cámara de Comercio y Turismo de Reñaca:
“Nos costará mucho levantarnos de nuevo ante la crisis provocada por el coronavirus”
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a nociva presencia del corona virus en Reñaca se agregó en forma altamente negativa a las recientes situaciones experimentadas por la comunidad local, como fueron un turismo afectado por carencia de extranjeros, el estallido social, el término de actividades comerciales y ahora la pandemia por el Covid-19. Santiago Pérez, presidente de la Cámara de Comercio y Turismo, fue enfático en señalar que se está frente a una crítica situación que ha provocado un problema económico importan-
te al comercio, hotelería gastronomía, alojamiento temporal, y en general a la actividad turística, que han sido verdaderos golpes al sector que lo mantienen ahora en la más completa incertidumbre. Primero, la baja de turistas argentinos por el cambio monetario que no les favoreció, luego las protestas por el estallido social y los actos vandálicos que afectaron a la propiedad privada y comercial, a residentes y visitantes en sus pertenencias y bienes, para culminar con la pandemia provocada por coronavirus, ocasionando nula
ocupación hotelera, bajas ventas en el comercio y en el ofrecimiento de arriendos veraniegos en la temporada estival, advirtiéndose solo un leve repunte en la última quincena de febrero. “Se vislumbra un panorama bien complicado para la industria turística nacional y especialmente para las pymes las cuales en Reñaca conforman el 80 por ciento de nuestro mercado, dando permanentemente trabajo a familias de la región”, indicó. Consultado acerca de las medidas de reactivación económica y de la actividad
turística, precisó con desazón que “ahora nos va a costar mucho levantarnos después que pase esta crisis”. Agregó que la pandemia no solo afecta al estado de sanitario de las personas, sino que se ve reflejada en problemas para el pago de servicios básicos, sueldos, previsión, salud, mano de obra, cuotas bancarias, arriendo, pago de impuestos, etc. “Este no es un tema fácil de abordar, ya que se tardará un tiempo en revitalizar a la industria hotelera que está muy complicada financieramente, si es que
el Estado no interviene y agiliza la ayuda en pagos de sueldos y flexibiliza los compromisos bancarios y pagos legales que sostengan el empleo”. Santiago Pérez abogó p o r u n trabajo en conjunto entre la empresa privada y el Estado para ayudar a levantar la actividad turística que con gran esfuerzo y perseverancia el gremio hotelero y gastro-
nómico han asegurado por décadas ingresos para los trabajadores del sector y el sostenimiento de sus familias, concluyó.
Importantes misiones de Carabineros de Reñaca ante emergencia sanitaria:
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Junto con proteger la salud de reñaquinos, acrecienta patrullajes contra delincuencia
xhaustivo control policial de eventuales vacacionistas para residir temporalmente en sus segundas viviendas, ejerce personal de la Tenencia de Carabineros en Reñaca, en momentos que en la zona y el país existe estricta prohibición de ello debido a la actual situación sanitaria ocasionada por la pandemia del Covid-19. Estas funciones de estricto control son cumplidas a cabalidad por efectivos de la unidad policial uniformada por instrucciones del alto mando institucional y del ministerio de la Salud con el objeto de evitar mayor expansión de la epidemia. Estas misiones de carácter
preventivas son emprendidas bajo el mando del jefe de la unidad, teniente Jeremías Toro, quien destacó esta gestión como una importante tarea a favor de la comunidad reñaquina ante esta especial circunstancia de emergencia sanitaria. Los servicios de control de segunda vivienda se cumplen en accesos principales a la localidad costera con un amplio operativo de fiscalización de automóviles y conductores
para establecer el motivo de su presencia y conocer su procedencia. También en conjunto con efectivos
de la Armada y personal del Servicio de Salud, Carabineros ejerce control de transeúntes en avenidas
costeras y en playas para verificar si están cuarentena o bien se si se trata de visitantes en un equivocado plan vacacional y recreacional. Esta labor se realiza entre las 10 de la mañana y las 22 horas todos los días y se acrecienta en fines de semana, para continuar en la noche y madrugada con el régimen de toque de queda. El oficial a cargo de la Tenencia, señaló que todos los procedimientos se llevan a cabo para velar por
También preocupa la pandemia del Covid-19 y las consecuencias económicas en el balneario
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la seguridad y salud de las personas, pero que a veces determinan retenciones de éstas para consultas de antecedentes cuando carecen de documentación que permita justificar la presencia en la vía pública o bien que se trate de transgresión de algún código sanitario. Junto con la aplicación de estos “cordones sanitarios” en la zona costera, Carabineros de Reñaca emprende en paralelo sus habituales patrullajes preventivos en sectores residenciales para evitar delitos contra la propiedad privada, comercio y residentes en esta especial y crítica situación ocasionada por el coronavirus.
Corporación de Adelanto y Desarrollo de Reñaca emprende programas virtuales de cultura y arte
a Corporación de Adelanto y Desarrollo de Reñaca inició un vasto programa de actividades a través de la modalidad online dirigido especialmente a la comunidad en general, residentes e instituciones en el ámbito de la cultura y las artes, sin descuidar la problemática sanitaria actual provocada por el corona virus para ser analizada por expertos y con participación de los ciudadanos a objeto de aclarar
dudas, procedimiento como enfrentar la epidemia y el cuidado personal, todo ello a través de las intervenciones en línea por Internet y establecer así interesantes conversatorios. Oscar De La Maza, presidente de CODAR, señaló que el balneario atraviesa por una grave situación que perjudica económicamente al comercio y al turismo local, y que existe mucha preocupación ante la nociva presencia de Covid-19
en la zona. No obstante ante este crítico escenario, la institución que dirige, emprendió una interesante gestión para consolidar programas de acercamiento a la comunidad tendiente al desarrollo de Reñaca, que es un compromiso de siempre y de todos los residentes, contribuyendo así a la recuperación con actividades de participación digital. Para cumplir con ese contacto en línea, la Corporación de Ade-
lanto y Desarrollo realiza talleres literarios, espacios de lectura, reuniones virtuales, contactos streaming, charlas de expertos sobre el tema sanitario, todo ello con el empleo del sistema zoom, publicaciones en página web www.codar. cl, facebook, intagran, etc., y otras plataformas digitales con el objeto de establecer un canal informativo con quienes se sientan interesados en participar a través de las señaladas modalidades virtuales.
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Regional
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Senador Chahuán pide ampliar emergencia agrícola a Juan Fernández por falta de agua y alimentos para el ganado
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Cerca de 200 animales se encuentran en malas condiciones, bajo peso, sin forraje y con serias dificultades para acceder al vital elemento. Alcalde de la comuna solicitó ayuda en distinto ámbitos.
ctualmente en Juan Fernández existen aproximadamente 150 vacunos, 50 equinos, más un puñado de cerdos y cabras, todo de propiedad de pequeños agricultores y productores locales, quienes están muy preocupados por el actual estado de sus animales, con enfermedades, delgados y con poco alimento, forraje y agua.
animales, hemos podido detectar el lastimoso estado los vacunos, algunos de ellos incluso se están muriendo. Si se puede incorporar el decreto de emergencia hídrica, Juan Fernández podría salvar algunos vacunos, que hoy no estarían pasando la estación de invierno”, sostuvo el alcalde Leopoldo González.
Hay que considerar que el archipiélago no fue declarado de emergencia agrícola ni hídrica por las autoridades regionales.
El edil agradeció los apoyos que ya han manifestado consejeros regionales y parlamentarios, tendientes a tomar medidas para salvar a gran parte del ganado, que abastece de carne, señalando que espera novedades en los próximos días.
“Estamos con un tremendo déficit de agua caída y eso hace que se produzca esta emergencia. Hoy en día tenemos problemas tanto para los humanos, pero sobretodo para los
Por esa razón el Senador Francisco Chahuán, solicitó formalmente al Ministro de
Agricultura, Antonio Walker, incorporar a Juan Fernández dentro de las comunas con decreto de emergencia. “Juan Fernández es una de las más golpeadas por el cambio climático y además requiere autonomía alimentaria, por eso
es urgente que se considere la situación crítica que hoy está afectando al ganado de los pequeños agricultores, donde efectivamente la falta agua y forraje tiene duramente complicados a los animales”, sostuvo el Senador Chahuán.
Hasta ahora el decreto de emergencia sólo aplica para las 36 comunas continentales, por lo que el parlamentario pidió apurar medidas similares en el territorio insular. La gran mayoría del ganado de Juan Fernández es utili-
zado en faenas domésticas o turismo. No obstante, su número se ha reducido enormemente en los últimos años debido a las severas sequías y la falta de coordinación de Conaf con los ganaderos de la zona, dicen los habitantes del archipiélago.
Carabineros de Concón en plena gestión sanitaria:
En Primera Línea para enfrentar la pandemia del virus Covid-19
Diseño Gonzalo Vergara
personas y vehículos en este período de emergencia de salubridad. “Carabineros de Concón ha trabajado intensamente en estos días accediendo a los requerimientos de autoridades, en especial del ministerio de Salud. Estamos en la primera línea en esta gestión, en distintos escenarios para brindar seguridad a la comunidad ante esta pandemia y prevenir de esta forma que ésta no
Productor Enríque Delgado
ContraPlano Vª Región es un Periódico de distribución gratuita que circula una vez al mes en las comunas de: Reñaca, Concón, Quintero, Puchuncaví, Maitencillo Cachagua y Zapallar Las opiniones vertidas no representan necesariamente el sentir de ContraPlano, sino de qiuenes las emiten.
se propague”, agregó. Uno de los servicios policiales más recurrentes se refiere a la denominada “segunda vivienda” que eventualmente permite que personas provenientes de la Región Metropolitana lleguen a Concón para disfrutar de supuestas vacaciones junto al mar, situación que está absolutamente prohibida en esta comuna costera, advirtiéndose en Semana Santa, determi-
nando que muchas familias fueran obligadas al regreso inmediato a sus puntos de origen. También se ha controlado la presencia de innecesarias aglomeraciones frente a locales comerciales, entidades bancarias o en lugares públicos, como igualmente se ha controlado a personas en paseos costeros recomendándolas a regresar a sus casas, y finalmente el cumplimiento del toque
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da y comercial. “Hemos trabajado en conjunto con personal del Servicio de Salud y Armada, manteniendo un estrecho contacto para disponer de los procedimientos respectivos. Ha existido un estricto control respecto a la retención de personas que estando en cuarentena circulan por la vía pública como también en lo que respecta a la segunda vivienda evitando así que personas de otras regiones lleguen a nuestra zona”, indicó. Las denominadas aduanas sanitarias se ubican en cuatro puntos ubicados en las rutas de acceso a Concón, como son las rutas 60 o Camino Internacional, y en la F 30 E que comunica con Quintero, Puchuncaví, Zapallar y todo el litoral costero norte. Los resultados de esta misión han ido en positivo progreso, permitiendo con ello establecer un estricta fiscalización de
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Más de una veintena de efectivos de la Comisaría de Carabineros de Concón están día y noche enfrentando en distintos escenarios la pandemia del coronavirus con exhaustivos controles sanitarios y diversas medidas de prevención para que esta pandemia no afecte ni se extienda en esta comuna costera, dando así fiel cumplimiento a las disposiciones institucionales y de autoridades gubernamentales. Estas nuevas gestiones se cumplen bajo el mando del comisario (s) Capitán Emilio Hermosilla, quien señaló que se está emprendiendo una extensa planificación de servicios especiales sin dejar de lado los pertinentes a la prevención de delitos comunes, que de una u otra forma han perpetrado antisociales amparándose en las actuales y críticas circunstancias, afectando a residentes, propiedad priva-
de queda a contar de las 22 horas. “Hay buenos resultados en todas estas actividades relacionadas la emergencia sanitaria, sin que ello haya significado dejar de lado la tarea policial traducida en la detención de algunos delincuentes, el esclarecimiento de hechos punibles y tráfico de drogas,” concluyó el oficial.
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Zapallar
Municipalidad de Zapallar entrega con dron medicamentos e insumos de protección a familias rurales de la comuna
Operación busca apoyar la protección de vecinos de la tercera edad y familias vulnerables que viven en sectores apartados
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a Ilustre Municipalidad de Zapallar implementó la entrega de medicamentos e insumos de protección, mascarillas, alcohol gel, entre otros, mediante el dron multipropósito que posee la comuna, el que operará en zonas rurales para apoyar la protección de vecinos de la tercera edad y familias vulnerables, ayudando a mantener la cuarenta preventiva en grupos de riesgo y evitandoser contagiados con Covid-19. Se trata de una iniciativa inédita, desarrollada por el Departamento de Emergencia y Protección Civil de la
Municipalidad de Zapallar, la cual se está ejecutando -en etapa piloto, en las localidades de La Hacienda, El Blanquillo, Población Estadio y La Retamilla. Con esto se espera beneficiar a un número importante de familias vulnerables que viven en sectores apartados de la comuna, con limitada locomoción, durante la emergencia sanitaria.
“Estamos trabajando desde el inicio de la emergencia sanitaría en un conjunto de iniciativas que ayuden a proteger a las familias de nuestra comuna. Todos los equipos e infraestructura municipal están al servicio de nuestros vecinos para enfrentar esta emergencia sanitaria”, así lo aseguró el alcalde de Zapallar Gustavo Alessandri al presentar la iniciativa.
El denominado dron multipropósito municipal, también desarrolla funciones de apoyo en diversas situa-
ciones de emergencia con características únicas de rápida acción -adaptado a la realidad local de la comuna
de Zapallar, entre las que se encuentran a p o y o en el combate de incendios forestales, búsqueda de personas extraviadas (nocturno mediante cámara térmica), apoyo en el cuidado de áreas de manejo de pescadores, s a l v a mento de personas con riesgo de ahogamiento en el mar, apoyo a las policías en actividades delictuales y monitoreo comunal en si-
tuaciones de riesgo o emergencia durante el invierno. Se trata del drone DJI Matrice 210 RTK industrial, el mismo equipo que durante la temporada estival opera en la comuna como “dron salvavidas”, el cual puede llevar, según la tarea asignada, flotador de rescate, además de integrar cámara térmica, micrófono y altavoces.
Alcalde Gustavo Alessandri aseguró que en la comuna no hay casos positivos de Covid-19
“Está en juego la vida de nuestras familias, por eso no es el momento de venir a Zapallar
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lamamos a la conciencia de nuestros vecinos con segunda vivienda en la comuna. Se deben respetar las medidas adoptadas por el gobierno y quedarse en sus hogares permanentes. Estamos trabajando para proteger a las familias residentes de nuestras localidades para seguir siendo
una comuna sin casos positivos de COVID-19”. El alcalde de Zapallar Gustavo Alessandri, se refirió así al plan de desplazamientos y prohibición de establecerse en una segunda residencia en balnearios de la costa durante los fines de semana en plena emergencia sanitaria. “Todas las medidas que
apunten a que la gente no salga de sus comunas de residencia son bienvenidas. Hay que ser responsable, no es el momento de salir a ninguna parte, está en juego la vida de nuestras familias”, así lo indicó al informar sobre las acciones de control y seguridad ante esta crisis sanitaria. Alessandri realizó un lla-
mado a los vecinos de Zapallar a permanecer en sus residencias permanentes, principalmente en la Región Metropolitana. “Por eso, llamamos a la conciencia de nuestros vecinos con segunda vivienda en esta comuna y quedarse en sus hogares permanentes. Estamos trabajando para proteger a las familias re-
Zapallar:
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sidentes de todas nuestras localidades y seguir siendo una comuna sin casos de coronavirus”. En el municipio local están desplegados todos los equipos de emergencia para brindar seguridad a la comunidad. A lo anterior señaló que “contamos con apoyo de la Marina para realizar fiscalizaciones y así
poder devolver a sus casas a todos quienes incumplan la cuarentena, y se dispone de apoyos para la entrega de información oportuna y de sanitización de lugares públicos”.
La Hacienda y Catapilco unidas por nueva ciclovía
a Ilustre Municipalidad de Zapallar, presentó a la comunidad el inicio de las obras de construcción de la nueva ciclovía que unirá a las localidades de La Hacienda y Catapilco. Se trata de un proyecto anhelado por la comunidad local, que contempla la construcción de una ciclovía de 2 metros de ancho al costado derecho de la calzada actual de la ruta que une el nuevo puente de la hacienda, hasta 200 metros antes del cruce de la línea férrea.
La nueva infraestructura contempla una inversión de superior a los $317 millones, estará confinada mediante solerillas en ambos costados y en su extensión se realizará la captación y canalización de aguas lluvias, además las obras de arte existentes, mejorando el saneamiento local en toda su extensión, además de la demarcación integral en toda su extensión. Durante la visita a las obras, el alcalde de Zapallar Gustavo Alessandri destacó que “estamos muy conten-
tos de haber iniciado la construcción de la ciclovía -en un trabajo conjunto con el MOP- que unirá las localidades de La Hacienda y Catapilco. Uniremos durante este año 2020 la Escuela Aurelio Durán con el Colegio Mercedes Maturana, establecimiento en el cual estamos trabajando para que tenga enseñanza media completa. El plazo de ejecución de las obras considera 150 días (corridos), bajo la denominación de “Conservación Seguridad Vial, Pasadas Zonas Urbanas – Travesías, RUTA E-464, Provincia de Petorca, Región de Valparaíso”, adjudicada a la empresa Incoss Ingenieros Constructores Ltda.
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Zapallar
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Municipalidad de Zapallar habilita teléfono para información y dudas sobre el Covid-19
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a Ilustre Municipalidad de Zapallar, en conjunto con el Departamento de Salud de la comuna, habilitaron el número +569 96363898, “Tú Médico al Teléfono”, para responder dudas y entregar orientación médica a todos los vecinos de la comuna -de todas las localidades- que lo requieran sobre el Covid-19. Este número estará habilitado de lunes a viernes, entre las 08:30 y 17:30 horas, además se podrá también enviar mensajes, a través de Whatsapp, con el objetivo de poder mantener una comunicación directa con los vecinos. El alcalde de Zapallar, Gustavo Alessandri, comentó al respecto que “esta iniciativa es parte de la estrategia que, como municipio, estamos desarrollando ante la emergencia sanitaria por la que
estamos atravesando en todo el mundo. “Tú Médico al Teléfono”, se suma a las diversas acciones que hemos implementado en la comuna para proteger a nuestros vecinos como son las sanitizaciones, fiscalizaciones junto a Carabineros, PDI, La Armada y la FACH, la entrega de útiles escolares, la visita en terreno a sectores lejanos, la entrega de cajas de ayuda a personas de tercera edad y postrados, entre otras que van en directa ayuda de todos nuestros vecinos”, agregó el edil. “Hay que ser responsable, no es el momento de salir a ninguna parte, está en juego la vida de nuestras familias, los invito a ser responsables y solidarios durante lo que dure esta crisis sanitaria”, concluyó la autoridad edilicia.
Ilustre Municipalidad de Zapallar
Inauguran nuevas luminarias led de bajo consumo energético en borde costero y acceso a las playas
C
on una inversión superior a los $70 millones, la Ilustre Municipalidad de Zapallar puso en servicio el proyecto de infraestructura desarrollado en la comuna denominado: “Iluminación Ornamental para Avenida La Playa y extensión de Alumbrado borde costero hasta la Isla Seca”. Las obras consideran tres tramos, el primero desde el camino de acceso al estacionamiento, el cual consideró la instalación de 16 postes con faroles ornamentales del tipo led, y una torre de 12 metros de alto la cual en su parte superior cuenta con una corona que permite iluminar en 360 grados. En tanto, el segundo tramo se extiende por la rambla desde la Playa Zapallar, hasta antes de la bajada peatonal Roberto Matta, mediante la instalación de 20 postes nuevos y 25 faroles ornamentales del tipo led y en su tercer tramo desde el acceso bajada peatonal Roberto Matta, hasta el sector de la Isla Seca. “Estamos muy contentos de inaugurar esta importante obra de iluminación y renovación de equipamiento por tecnología led de bajo consumo energético”, así lo aseguró el alcalde de Zapallar Gustavo Alessandri al poner en servicio las obras. Además, el proyecto con-
sideró el recambio de 10 cabezales -tipo led de bajo consumo- en la bajada peatonal, además de 23 luminarias en la rambla del mismo tipo de luz led. Desde el municipio indicaron que el proyecto consideró la construcción integral de los nuevos empalmes y tableros requeridos, además de la remodelación de equipamiento que permanecerá en servicio.
En la oportunidad Alessandri, destacó que se trata de un proyecto -que en su conjunto- comprendió la instalación de 59 postes y 74 faroles ornamentales del tipo led, remodelación de 15 cabezales, además de la instalación de una torre de iluminación de 12 metros de altura en el sector de estacionamiento de la playa de Zapallar”.
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Quintero - Puchuncaví
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PUERTO VENTANAS, FILIAL DEL GRUPO SK, CONTRIBUYE A LA PREVENCIÓN DEL COVID-19 EN PUCHUNCAVÍ Y QUINTERO
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uerto Ventanas, empresa filial de grupo Sigdo Koppers, ha realizado diversas acciones para contribuir con la protección de la salud y seguridad de los habitantes de las comunas de Puchuncaví y Quintero, para prevenir contagios con Covid-19.
Para la alcaldesa de Puchuncaví, Eliana Olmos, “esta donación que nos hace Puerto Ventanas es vital. En esta pandemia lo que nos interesa es poder proteger a nuestra gente, por lo que estos elementos de protección personal son esenciales para poder seguir realizando un buen trabajo, evitando el riesgo de contagio”.
La ayuda ha consistido en la donación de equipos de protección para personal que se desempeña en la municipalidad de Puchuncaví y que cumple importantes funciones para la protección de los habitantes de la comuna en el marco del Covid-19 y personal de la salud del Cesfam de Ventanas y del hospital de Quintero, Adriana Cousiño. La empresa ha entregado mascarillas de uso social, antiparras, caretas faciales y trajes de protección de la línea Micromax, los que cuentan con certificación para brindar protección contra agentes patógenos de transmisión viral.
Para Mónica Lobos, directora del departamento de Salud de Puchuncaví, “esta es una ayuda muy importante para nuestros funcionarios de salud que están trabajando incansablemente para brindar atención a toda nuestra población. Contar con estos equipos de protección nos ayuda a cuidarlos y darles mayor tranquilidad”.
La empresa también entregó mascarillas para los adultos mayores de la comuna de Puchuncaví, a través de la Unión Comunal de clubes de Adultos Mayores de Puchuncaví (UNCO), que recibió esta donación. Estas medidas se suman a otras acciones que Puerto Ventanas ha venido realizando con el propósito de contribuir a la protección de la salud de los habitantes de la comuna, como la donación de alcohol gel y mascarillas a los pescadores de la Caleta Las Ventanas.
Sanitización de calles y apoyo a los adultos mayores En este contexto, Puerto Ventanas también ha establecido un plan de sanitización dos veces a la semana en las principales calles de la comuna de Puchuncaví, utilizando su equipo de sanitización, el que fue diseñado por sus trabajadores, y que también se utiliza en las calles interiores de las instalaciones del terminal. Todo esto, en coordinación con el equipo operativo de la municipalidad. Del mismo modo, semanalmente se realiza la sanitización de los Centros de Salud Familiar de Ventanas y Puchuncaví.
La misma opinión sostuvo la directora del hospital de Quintero, doctora Daniela Sigmund, quien agradeció la iniciativa de la empresa manifestando que “estamos muy agradecidos con Puerto Ventanas por esta donación. Creo que ésta es una oportunidad de que trabajemos en conjunto, porque para combatir el Covid-19 es importante el trabajo en red y así dar las mejores soluciones a nuestros pacientes y funcionarios”. Según explicó el gerente de sostenibilidad de Puerto Ventanas, Luis Fuentes, “Puerto Ventanas siempre ha estado en coordinación y colaboración con la municipalidad y las organizaciones vecinales. Esta donación de equipos de protección se suma a las acciones desarrolladas en apoyo a la prevención del Coronavirus. Frente a esta pandemia se requiere actuación en conjunto y promover acciones preventivas en todos los ámbitos, tanto en el trabajo, espacios públicos y los hogares”. La presidenta de la UNCO, Adela Espiñeira expresó que “para nuestros más de 600 socios es una tremenda alegría recibir esta donación de Puerto Ventanas. Estamos muy agradecidos con la empresa por esta ayuda que nos permite estar más seguros y nos aporta mayor tranquilidad”. Estas medidas se suman a otras acciones que Puerto Ventanas ha venido realizando con el propósito de contribuir a la protección de la salud de los habitantes de la comuna, como la donación de alcohol gel y mascarillas a los pescadores de la Caleta Las Ventanas.
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Prevención de contagios de vecinos y colaboradores:
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Central Ventanas extrema medidas por Covid-19
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l establecimiento de turnos para almorzar en los casinos de las centrales y la sanitización de espacios de trabajo son sólo algunas de las estrictas medidas sanitarias implementadas por Central Ventanas para asegurar la entrega del suministro energético que permite el funcionamiento de servicios públicos como hospitales y el abastecimiento a los hogares. Las normas implementadas son parte del protocolo que AES Gener ha aplicado en el país en sus oficinas, operaciones y proyectos y que busca asegurar el suministro energético, proteger a sus colaboradores y comunidades y colaborar en el control de los contagios por COVID19. “En AES Gener tenemos un tremendo compromiso con Chile porque generamos la energía que mantiene en movimiento al país y a su economía. La continuidad de nuestras operaciones en las comunidades debe ser bajo todos los resguardos posibles evitando el avance de los contagios por COVID19. Esta pandemia es un desafío de responsabilidad a todo ni-
vel, en AES Gener así lo asumimos siguiendo las recomendaciones del gobierno, aplicando estándares internacionales y fomentando por sobre todo el autocuidado” indicó Pedro Febre, gerente de Complejo Centro de AES Gener. La medición diaria de la temperatura corporal con termómetro láser a todas las personas que ingresan a cada una de las instalaciones de la compañía, la suspensión de las visitas a las centrales y la eliminación de las actividades presenciales masivas como reuniones o capacitaciones, el traslado en vehículos particulares contratados por la empresa para evitar el contacto con público, la disminución de la cantidad de personas trasladadas por buses de acercamiento, el establecimiento de turnos para almorzar en los casinos para evitar aglomeraciones y el teletrabajo en el caso de quienes realizan labores administrativas o son mayores de 65 años son otras de las medidas aplicadas por AES Gener que apuntan a enfrentar la pandemia del COVID19 responsablemente.
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Consultorio Jurídico
Consulta gratis a: jpeirano@peiranocia.cl ABOGADO, MAGÍSTER EN DERECHO CIVIL, PROFESOR AGREGADO DEL DEPARTAMENTO DE DERECHO PRIVADO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE VALPARAÍSO Ley N° 21.227, Faculta el acceso a prestaciones del seguro de desempleo de la ley Nº 19.728, en circunstancias excepcionales (Publicada en el D. O. 6/04/2020)
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a norma en comento regula los efectos laborales de la enfermedad COVID-19, estableciendo que en el evento de que exista un acto o declaración de la autoridad competente que establezca medidas sanitarias o de seguridad interior para el control de la enfermedad denominada COVID-19, que impliquen la paralización de actividades en todo o parte del territorio del país y que impida o prohíba totalmente la prestación de los servicios contratados, los trabajadores afiliados al seguro de desempleo de la ley N° 19.728 que cumplan con las condiciones establecidas, excepcionalmente tendrán derecho a la prestación señalada en esta ley. Para los efectos de acceder a la prestación señalada, el Subsecretario de Hacienda, deberá dictar una resolución fundada en la que señalará la zona o territorio afectado de conformidad a los efectos del acto o declaración de autoridad mecionado, y en su caso, las actividades o establecimientos exceptuados de la paralización de actividades. Dicha resolución deberá además ser suscrita por el Subsecretario del Trabajo, previa visación del Director de Presupuestos. Trabajadores que pueden acceder a las prestaciones establecidas en esta ley. Para tener derecho a la prestación establecida en esta norma, los trabajadores podrán acceder, siempre que registren tres cotizaciones continuas en los últimos tres meses inmediatamente anteriores al acto o declaración de autoridad a que se refiere el párrafo precedente. Asimismo, podrán acceder aquellos trabajadores que registwren un mínimo de seis cotizaciones mensuales continuas o discontinuas durante los últimos doce meses, siempre que a lo menos registren las últimas dos cotizaciones con el mismo empleador en los dos meses inmediatamente anteriores al acto o declaración de autoridad antes señalado. En ambos casos, no les será aplicable el requisito de cesantía ni los demás requisitos de acceso a las referidas prestaciones de la ley N° 19.728. Suspensión de la relación laboral A efectos de dar continuidad a la relación laboral durante este período, el que deberá constar por escrito, el acto o la declaración de autoridad a que se refiere esta ley, tendrá por consecuencia la suspensión temporal, de pleno derecho y por el solo ministerio de la ley, de los efectos de los contratos regidos por el Código del Trabajo en el o los territorios que correspondan. La vigencia de la suspensión se circunscribirá únicamente al período que la autoridad determine. El texto indica que la suspensión de los efectos
del contrato individual de trabajo, implicará el cese temporal, por el período de tiempo que el acto o declaración de autoridad determine, de la obligación de prestar servicios por parte del trabajador y de la obligación de pagar la remuneración y demás asignaciones que no constituyan remuneración, por parte del empleador. En este período, los empleadores pagarán el 50% de las cotizaciones previsionales y las cotizaciones de salud del trabajador, durante todo el período que dure la suspensión del contrato. Licencias Médicas Durante la vigencia de la suspensión antes señalada, el trabajador tendrá derecho a licencia médica por enfermedad o accidente, en ambos casos, de origen común, si corresponde, y a los subsidios por incapacidad laboral derivados de las mismas, conforme a lo dispuesto a las normas que rigen la materia. Asimismo, durante el período de suspensión señalado tendrán cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, se hayan o no pagado las cotizaciones. Pactos de reducción temporal de jornadas de trabajo Los empleadores, y los trabajadores afiliados al seguro de desempleo de la ley N° 19.728, personalmente o por medio de la organización sindical a la que se encuentren afiliados, podrán pactar la reducción temporal de la jornada de trabajo, cuando el empleador se encuentre en alguna de las situaciones descritas en la misma normativa, previa consulta a la organización sindical respectiva, si la hubiere. En este caso, el trabajador tendrá derecho a una remuneración de cargo del empleador, equivalente a la jornada reducida, y a un complemento de cargo a su cuenta individual por cesantía y, una vez agotado el saldo, con cargo al Fondo de Cesantía Solidario de la mencionada norma. Para la aplicación de esta ley no se podrá pactar una reducción temporal superior al 50% de la jornada de trabajo originalmente convenida. Fiscalización del Sistema y facultades de la Dirección de Trabajo Con el fin de fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones impuestas a las empresas, los empleadores deberán enviar por medio electrónicos y en forma mensual a la Dirección del Trabajo, la nómina de los trabajadores que se hayan vistos afectados por la suspensión laboral. La Dirección del Trabajo, en conocimiento de estos antecedentes y los que pueda recabar en función de sus facultades fiscalizadoras, podrá determinar el incumplimiento de los requisitos establecidos en la presente ley, aplicando las sanciones que en derecho correspondan, según sea el caso, y derivando los antecedentes
a los tribunales de justicia. Financiamiento del Sistema Para el financiamiento de las prestaciones fijadas por la nueva normativa, se girarán los recursos de la cuenta individual por cesantía del trabajador, compuesta por los aportes del empleador correspondiente a un 1,6% de la remuneración en caso de los contratos indefinidos o de un 2,8% en los contratos a plazo fijo o por obra o faena determinada, y del trabajador con contrato indefinido de un 0,6%, en los porcentajes y meses que se establecen en la tabla del artículo 15 de ley N° 19.728. Cuando los recursos mencionados fuesen insuficientes, los aportes se financiarán con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, en los porcentajes, meses y afecta a los valores superiores para cada mes, a que alude la citada norma, y para lo cual se entregan tablas en esta misma ley, para fijar los valores inferiores a considerar en cada mes de aplicación. Sanciones por simulación o engaño Las personas que, conforme a la presente ley,
obtuvieren mediante simulación o engaño complementos y/o prestaciones y, quienes de igual forma, obtuvieren un beneficio mayor al que les corresponda, serán sancionadas con reclusión menor en sus grados medio a máximo. Igual sanción será aplicable a quienes faciliten los medios para la comisión de tales delitos. Lo anterior, es sin perjuicio de la obligación de restituir las sumas indebidamente percibidas, con los reajustes que conforme a derecho correspondan. Los empleadores que sean personas jurídicas serán responsables de los delitos señalados en el párrafo anterior que fueren cometidos directa e inmediatamente en su interés o para su provecho, por sus dueños, controladores, responsables, ejecutivos principales, representantes o quienes realicen actividades de administración y supervisión, siempre que la comisión de tales delitos fuere consecuencia del incumplimiento, por parte de la persona jurídica, de los deberes de dirección y supervisión, y serán sancionados con multa a beneficio fiscal correspondiente al doble del monto del beneficio indebidamente recibido y prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado por dos años. Vigencia de la ley Las disposiciones de la presente ley regirán desde el día de su publicación en el Diario Oficial. No obstante, en el período
comprendido entre la declaración de Estado de Catástrofe, por calamidad pública, de fecha 18 de marzo de 2020, y la entrada en vigencia de la nueva norma, los trabajadores afiliados al Seguro de Desempleo de la ley N° 19.728, cuyos empleadores hayan paralizado sus actividades por mutuo acuerdo o a consecuencia de un acto o declaración de autoridad o que hayan pactado la continuidad de la prestación de los servicios, podrán acceder a las prestaciones establecidas en la ley en comento, una vez dictada la respectiva resolución a la que se refiere esta normativa.
Decreto N° 101, Determina la fecha según la cual deben cumplirse los requisitos exigidos en el artículo 1 del artículo primero de la ley Nº 21.225, que autoriza la entrega de un bono de apoyo a los ingresos familiares y establece la forma de acreditación de los requisitos exigidos a los beneficiarios señalados en el inciso tercero del citado artículo (Publicado en el Diario Oficial de 13 de abril de 2020)
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omo forma de hacer frente a la crisis que está afectando al país con motivo de la pandemia generada por el Covid-19, el gobierno desarrolló un Plan Económico de Emergencia, que contempla entre otras medidas la entrega de un Bono de Apoyo a los Ingresos Familiares de carácter extraordinario, de cargo fiscal, no imponible ni tributable, a todos los beneficiarios del subsidio familiar establecido en la ley Nº 18.020, que ascenderá a $50.000.por cada causante acreditado como tal. Igualmente tendrán derecho a este bono las personas o familias usuarias del subsistema «Seguridades y Oportunidades», creado por la ley Nº 20.595. Asimismo, tendrán derecho a este bono extraordinario, las personas o familias que integren un hogar que pertenezca al 60% más vulnerable de la población nacional de conformidad al instrumento de caracterización socioeconómica correspondiente. El mencionado bono se encuentra regulado en el artículo primero de la ley Nº 21.225, que Establece medidas para apoyar a las familias y a las micro, pequeñas y medianas empresas por el impacto de la enfermedad Covid-19 en Chile, norma que establece que mediante un decreto del Ministerio de Hacienda, se debe precisar la forma de acreditar los requisitos para acceder al bono de apoyo a los ingresos familiares, respecto de las personas o familias que pertenezca al 60% más vulnerable de la población nacional de conformidad al instrumento de caracterización socioeconómica a que se refiere el artículo 5 de la ley Nº 20.379. En virtud de lo anterior, es que la presente normativa dispone que las personas o familias que integren un hogar que pertenezca a ese 60% más vulnerable, tendrán derecho a este bono extraordinario. Los hogares referidos no podrán recibir el beneficio cuando estén integrados por personas que se encuentren percibiendo una pensión
de cualquier naturaleza en algún régimen de seguridad social o sistema previsional; o por trabajadores dependientes o independientes formales; o personas que reciban alguno de los beneficios que establecen los incisos primero y segundo del artículo 1 de la ley Nº 21.225, o sean beneficiarios de asignación familiar o maternal, o personas que cumplan con los requisitos para ser causantes del subsidio familiar. Los requisitos anteriores serán acreditados con la información del Registro Social de Hogares y con la información proporcionada por la Superintendencia de Seguridad Social, según corresponda. Asimismo, el decreto determina las fechas en las que deberá darse cumplimiento a las condiciones señaladas en el artículo 1 del artículo primero de la ley Nº 21.225, para cada uno de los grupos de beneficiarios del Bono de Apoyo a los Ingresos Familiares: – En el caso de los beneficiarios del subsidio familiar regulado en la ley Nº 18.020, al 29 de febrero de 2020, el bono se otorgará por cada causante de subsidio familiar que dicho beneficiario tenga a la fecha antes indicada. – Para los usuarios del subsistema «Seguridades y Oportunidades» creado por la ley Nº 20.595, al 29 de febrero de 2020, independientemente de si perciben a esa fecha transferencias monetarias por esta causa, siempre que se trate de personas o familias que no sean beneficiarias del subsidio familiar de la ley Nº 18.020, ni de asignación familiar o maternal. – Cumplir las condiciones señaladas en el inciso tercero del artículo 1 del artículo primero de la ley Nº 21.225, según consten en los registros indicados en el numeral primero de este decreto, a las fechas que se indican en el mismo.
Ley N° 21.218, Crea un subsidio para alcanzar un ingreso mínimo garantizado (Publicada en el D.O.de 3 de abril de 2020)
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a normativa surge dentro del marco de la agenda social del go- de 2020 recibían el Salario Mínimo de $301.000, beneficio que se bierno y tiene por propósito beneficiar a los trabajadores depen- extiende en forma decreciente hasta quienes ganan $384.363. Considientes con contrato de trabajo, y más vulnerables de nuestro derando que el 1 de marzo recién pasado, el monto del sueldo mínimo mensual se reajustó hasta los $320.500 brutos, el monto de este subpaís. sidio de ingreso mínimo garantizado (IMG) será de $45.353, lo que Trabajadores dependientes beneficiados con el subsidio La nueva ley otorga este subsidio mensual, a los trabajadores depen- permitirá alcanzar un ingreso bruto de $365.853. dientes regidos por el Código del Trabajo, con contrato de trabajo vi- Cómo acceder al IMG gente y afectos a una jornada ordinaria de trabajo conforme al inciso Durante el primer año de entrada en vigencia de esta ley, para impetrar primero del artículo 22 de dicho Código y que sea superior a treinta el derecho al subsidio que esta norma crea, los trabajadores deberán presentar una solicitud directamente ante el Ministerio de Desarrollo horas semanales. Para acceder a este subsidio deberán cumplir con los siguientes re- Social y Familia o por intermedio del Instituto de Previsión Social. El Ministerio podrá celebrar convenios con otras instituciones públicas quisitos: a) Percibir una remuneración bruta mensual inferior a $384.363, y b) para estos efectos. Integrar un hogar perteneciente a los primeros nueve deciles, de acuerdo Pago del subsidio La norma en comento determina que el primer pago del subsidio se al instrumento de caracterización socioeconómica correspondiente. realizará dentro de los treinta días siguientes a la entrada en vigencia Monto del subsidio El monto del subsidio fijado por esta ley asciende a $59.200, para de esta ley . Por su parte, se establece que este beneficio regirá hasta aquellos trabajadores que ganen el salario mínimo de $301.000 bru- el 31 de diciembre del 2023. to, vigente hasta el 29 febrero del año en curso. Con este beneficio, se Vigencia de la ley. permite alcanzar un sueldo bruto de $360.200, y un salario líquido de El artículo primero transitorio de la norma, establece que la presente $300.000. Cabe destacar que este ajuste corresponde a un aumento del ley entrará en vigencia en el plazo de treinta días contado desde la ingreso líquido de casi un 25% para los trabajadores que hasta febrero fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Año 18 - Abril 2020
Ley N° 21.226, Establece un régimen jurídico de excepción para los procesos judiciales, en las audiencias y actuaciones judiciales, y para los plazos y ejercicio de las acciones que indica, por el impacto de la enfermedad Covid-19 en Chile (Publicada en el D.O. 02/04/2020)
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a nueva ley que surge dentro del contexto de la emergencia sanitaria que afecta al país por la pandemia del coronavirus, establece prórrogas para los procesos judiciales y suspende audiencias en tribunales, con el propósito de evitar aglomeraciones y desplazamiento de la población. Suspensión de audiencias La Corte Suprema, durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, y por el tiempo en que este sea prorrogado, si es el caso, deberá ordenar que se suspendan las audiencias. Suspensión de audiencias de tribunales especiales Los tribunales especiales que no forman parte del Poder Judicial y los tribunales arbitrales ad hoc e institucionales del país, duran-
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te la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe, podrán suspender cualquier audiencia que corresponda realizar en el marco de los procedimientos de que conocen, con excepción de aquellas que requieran la intervención urgente del tribunal, en los mismos términos referidos en el artículo anterior. Prohibición de decretar diligencias o actuaciones judiciales Durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, los tribunales ordinarios y especiales no podrán decretar diligencias ni actuaciones judiciales que, de realizarse, puedan causar indefensión a alguna de las partes o intervinientes. Procedimientos judiciales en trámite En los procedimientos judiciales en trámite o que deban tramitarse ante la Corte Suprema, las Cortes de Apelaciones, Presidentes de Corte, Ministros de Corte, los Juzgados de Letras, los Juzgados con Competencia en Materias de Familia, los Juzgados de Letras del Trabajo, los Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional, los Juzgados del Crimen, Tribunales Militares en tiempos de paz, los tribunales especiales que no forman parte del
Poder Judicial y los tribunales arbitrales del país, las partes, sus abogados, mandatarios y demás intervinientes que hayan estado impedidos de cumplir los plazos establecidos para diligencias, actuaciones o ejercicio de acciones o derechos ante ellos, podrán reclamar del impedimento dentro del término de los diez días siguientes al cese del impedimento. El tribunal resolverá de plano o previa tramitación incidental y apreciará la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica, sin perjuicio de los recursos que procedan en contra de esta resolución con arreglo a la ley. Procedimientos judiciales en trámite que deban tramitarse ante los Juzgados de Garantía y los Tribunales de Juicio Oral en lo Penal En los procedimientos judiciales en trámite o que deban tramitarse ante los Juzgados de Garantía y los Tribunales de Juicio Oral en lo Penal, los intervinientes que se hayan visto impedidos de cumplir los plazos establecidos para diligencias, actuaciones o ejercicio de acciones o derechos, podrán formular la solicitud regulada en el artículo 17 del Código Procesal Penal, fundada en cualquier impedimento generado por la calamidad pública o por la emergencia sanitaria, ocasionadas por la enfermedad COVID-19. En estos casos, cuando el tribunal otorgue un nuevo plazo, deberá decretar que comience a correr con posterioridad al cese del estado de excepción constitucional de catástrofe.
Resolución N° 180 exenta, Dispone medidas sanitarias que indica por brote de Covid-19 (Publicada D.O. 17 /03/2020)
on motivo del brote de coronavirus que está afectando a nuestro país, se publicó la presente normativa, la que establece que, a contar del día de su publicación, deben suspenderse las clases en todos los jardines infantiles y colegios del territorio nacional, por un periodo de dos semanas. Asimismo, y por el mismo plazo, se prohíbe la celebración de cualquier evento público en el que concurran más de 200 personas. Considerando que el virus en cuestión afecta con más severamente a los adultos mayores, se establecen ciertas disposiciones sanitarias que tienen por objeto proteger de forma especial a este segmento de la población. Entre ellas se prohíben las visitas a los Establecimientos de Larga Estadía de Adultos Mayores, y se suspende el funcionamiento de todos los Centros de Día para adultos mayores a lo largo de todo el país, durante dos semanas. En relación a la prevención del contagio de quienes pretenden in-
Decreto N° 104, Declara estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile. (Publicado en el D. O. 18/03/2020)
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l decreto en comento establece estado de excepción constitucional de catástrofe, en todo el territorio nacional. La norma surge como respuesta al aumento de casos de afectados por coroavirus en nuestro país, y con el fin de evitar la propagación, contagio del virus y proteger a toda la población. La medida rige a contar del día jueves 19 de marzo y por un periodo de 90 días. A través de está decisión, se designan 16 Jefes de Zona miembros de las Fuerzas Armadas, que corresponden a cada región del país, que gozarán de autonomía y podrán decretar medidas restrictivas, que pueden ser distintas en cada zona. Las medidas se irán implementando de acuerdo a la evolución del virus, y se comunicarán a la población oportunamente. Entre ellas se puede restringir la libertad de circulación y de locomoción, establecer toque de queda, resguardar el cumplimiento de las cuarentenas, proteger las fronteras, ordenar el acopio y reserva de alimentos, controlar entrada y salida de bienes, e incluso limitar el derecho de propiedad. El «Estado de Catástrofe» es parte de los denominados «Estados de Excepción Constitucional», los que son definidos como maneras de proteger la estabilidad y seguridad del país o zona en particular, a través de la ley, cuando ocurren situaciones anormales de distinta índole. Está regulado en la Constitución Política y la Ley N° 18.415, Orgánica Constitucional de los Estados de Excepción Constitucional. Las zonas afectadas quedan bajo la dependencia del «Jefe de la Defensa Nacional», quien es designado por el Presidente de la República. Sus deberes y responsabilidades están regulados en este mismo decreto.
gresar al país, se dispone que las personas que provengan de Irán, China, Alemania, Francia, España, Italia, Corea del Sur y Japón deben cumplir con medidas de aislamiento por 14 días. Se aplica también cuarentena para todos aquellos que hayan estado en contacto estrecho con una persona diagnosticada con Covid-19. Aquellos que ya están sujetos a esta medida deben continuarla por el periodo que reste. Por otra parte, en virtud de la enorme concentración de personas en la población penal y la consecuente posibilidad de un mayor brote del virus, se instruye a Gendarmería de Chile tomar las medidas sanitarias que sean necesarias para evitar el contagio. Como última medida, teniendo en cuenta la gran afluencia de público que ha acudido a los lugares de vacunación contra la influenza, la autoridad sanitaria instruyó a los alcaldes disponer puntos de vacunación adicionales a los recintos de salud de su dependencia.
Ley N° 21.225, Establece medidas para apoyar a las familias y a las micro, pequeñas y medianas empresas por el impacto de la enfermedad Covid-19 en Chile. (Publicada D.O. 2 /04/2020)
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a norma en comento establece medidas para apoyar a las familias y a las micro, pequeñas y medianas empresas por el impacto de la enfermedad Covid-19 en Chile. Su principal objetivo consiste en beneficiar a la población más afectada por la crisis que está atravesando nuestra nación con motivo del coronavirus, tanto familias como pymes. Bono Covid -19 El bono que se entregará mediante esta ley, se hará efectivo en el mes de abril, y sus destinatarios serán los grupos más vulnerables del país. Este beneficio será de cargo fiscal, se pagará por el Instituto de Previsión Social en una sola cuota, a más tardar dentro de los noventa días siguientes a la publicación de la ley. El mencionado aporte será depositado directamente en las cuentas de los bancos de los beneficiados, y para quienes no dispongan de estos instrumentos, podrán cobrarlo en cualquier sucursal de Banco Estado. Ayuda a Propymes La ley también incluye un beneficio para el acceso al crédito de la micro, pequeña y mediana empresa, que resulten afectadas económicamente por el impacto del Coronavirus. En este sentido, se suspende por un periodo de seis meses el cobro del impuesto de timbres y estampillas que grava a las operaciones de crédito de las empresas y de las personas. Esta medida implica para el Fisco un costo de US$ 420 millones. Por otra parte, y con el propósito de fortalecer la capacidad de Banco Estado para que otorgue créditos a las pequeñas y medianas empresas, esta norma contempla una capitalización a esta entidad financiera por US $500 millones.
Ley N° 21.223, Prorroga el plazo para la renovación de los permisos de circulación correspondientes al año 2020, y otras materias que indica (Publicada en el Diario Oficial de 1 de abril de 2020)
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a norma en comento persigue aliviar la carga económica de los chilenos y evitar aglomeraciones que puedan propagar el contagio del virus. Mediante su publicación se prorroga el plazo para la renovación de los permisos de
circulación correspondientes al año 2020, hasta el día 30 de junio. En virtud de esta normativa, no se podrá sancionar a los conductores que no hayan podido realizar el pago del permiso, que originalmente tenía como plazo el día 31 de
marzo. Tampoco procederá el cobro de reajustes, intereses ni multas por los pagos realizados hasta el 30 de junio de 2020. No obstante, será obligatorio para todo conductor, haber realizado el pago del seguro obligatorio de accidentes personales (SOAP) correspondiente al año en curso.
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Ley N° 21.224, Prorroga la fecha de renovación de las revisiones técnicas (Publicada en el D. O. 1/04/2020)
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a nueva normativa prorroga la fecha de renovación de las revisiones técnicas de vehículos cuyo vencimiento haya ocurrido a partir del mes de octubre del año 2019. La fecha para que los conductores puedan circular sin la revisión técnica actualizada y eximidos de sanciones será también el 30 de junio próximo, de acuerdo a la nueva norma. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en uso de sus atribuciones, establecerá el calendario y los dígitos correspondientes, a objeto de organizar, en lo sucesivo, la realización de dicho trámite.
Ley N° 21.220, Modifica el Código del Trabajo en materia de trabajo a distancia (Publicada en el D. O. de 26 /03/2020)
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a normativa incorpora un nuevo capítulo al título II del Libro I del Código del Trabajo, estableciendo que las partes podrán pactar, tanto al inicio como durante la vigencia de la relación laboral, en el contrato de trabajo o en documento anexo al mismo, la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo. La ley define como trabajo a distancia, aquel en el que el trabajador presta sus servicios, total o parcialmente, desde su domicilio u otro lugar o lugares distintos de los establecimientos, instalaciones o faenas de la empresa. Se denominará teletrabajo si los servicios son prestados mediante la utilización de medios tecnológicos, informáticos o de telecomunicaciones o si tales servicios deben reportarse mediante estos medios. En relación al lugar donde se prestarán los servicios, la presente ley dispone que las partes deberán determinar dicho lugar, que podrá ser el domicilio del trabajador u otro sitio determinado. Si los servicios, por su naturaleza, fueran susceptibles de prestarse en distintos lugares, podrán acordar que el trabajador elija libremente dónde ejercerá sus funciones. En cuanto a la jornada laboral, se establece que el trabajo a distancia estará sujeto a las reglas generales de jornada de trabajo contenidas en el Capítulo IV del Libro I del Código del Trabajo. La modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo podrá abarcar todo o parte de la jornada laboral, combinando tiempos de trabajo de forma presencial en establecimientos, instalaciones o faenas de la empresa con tiempos de trabajo fuera de ella. No obstante, y si la naturaleza de las funciones del trabajador a distancia lo permite, las partes podrán pactar que el trabajador distribuya libremente su jornada en los horarios que mejor se adapten a sus necesidades, respetando siempre los límites máximos de la jornada diaria y semanal. Si hay acuerdo, podría también combinar tiempos de trabajo presencial en su empresa, con tiempos de trabajo fuera de ella. A través de esta ley se incorpora la figura del Derecho a la Desconexión, la que implica que empleador deberá respetar este derecho de su trabajador, garantizando el tiempo en el cual ellos no estarán obligados a responder sus comunicaciones, órdenes u otros requerimientos. El tiempo de desconexión deberá ser de, al menos, doce horas continuas en un periodo de veinticuatro horas. Igualmente, en ningún caso el empleador podrá establecer comunicaciones ni formular órdenes u otros requerimientos en días de descanso, permisos o feriado anual de los trabajadores.
Ley N° 21.216, Modifica la Carta Fundamental para permitir la conformación de pactos electorales de independientes y garantizar la paridad de género en las candidaturas y en la integración del órgano constituyente que se conforme para la creación de una nueva Constitución Política de la República (Publicada en el D. O. de 24/03/ 2020)
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a nueva normativa tiene como propósito fundamental, garantizar la paridad de género en las candidaturas para una eventual Convención Constituyente, instancia que se conformará si se aprueba la redacción de una nueva Constitución, en el plebiscito que fue postergado para el día 25 de octubre del año en curso.
Ley N° 21.222, Prorroga por un año la vigencia de las licencias de conducir que expiren en el año 2020(Publicada en el Diario Oficial de 1 de abril de 2020)
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n virtud de la ley N° 21.222, se prorroga por un año la vigencia de las licencias de conducir que expiren en el año 2020. Sus titulares podrán realizar el trámite de renovación hasta el día y mes señalado en la licencia vigente, del año 2021.
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Quintero - Puchuncaví
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Distribución ContraPlano Marzo Quintero - Puchuncaví
Sergio Julio Zamora Flores, destacado rotario de Puchuncaví, junto a vecinas
“Aroncito el baratito” Distribuidor autorizado de periódico ContraPlano para el sector de La Chocota. Puede dejar aquí denuncias ciudadanas: Videos, e-mail a comunicadoscontraplano@gmail.com o al WhatsApp +56 9 5487 2554
AĂąo 18 - Abril 2020
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PuchuncavĂ
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SegĂşn se informĂł en la Junta Ordinaria de Accionistas:
Bomberos de PuchuncavĂ recibe importante donaciĂłn de proyecto MaratuĂŠ
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Con los recursos la Primera CompaĂąĂa de Bomberos de PuchuncavĂ podrĂĄ mejorar las instalaciones del cuartel de bomberos que integran 40 voluntarios, los que atienden las 22 localidades de la comuna.
on un positivo balance terminĂł la temporada estival en Quirilluca, playa que cuenta con estacionamientos, baĂąos, salvavidas y seguridad, y que este aĂąo contĂł con la vinculaciĂłn de la Primera CompaĂąĂa de Bomberos de PuchuncavĂ, con quienes el proyecto MaratuĂŠ acordĂł que todo lo recaudado por concepto de cobro de uso de estacionamientos a turistas, entre el 15 de diciembre y 15 de marzo del 2020, irĂa destinado a la instituciĂłn. “En muchas ocasiones habĂamos tocado las puertas en diferentes lugares y empresas y nunca nos tomaron en cuenta hasta que se dio la posibilidad de percibir los ingresos del estacionamiento en el fundo de Quirilluca durante la temporada de playaâ€?. AsĂ es como Jorge Merino, director de la Primera CompaĂąĂa de Bomberos de PuchuncavĂ, perteneciente al
cuerpo de Bomberos de PuchuncavĂ, cuenta el origen de este proyecto de donaciĂłn, que nace de un acuerdo entre la instituciĂłn e inmobiliaria El Refugio, dueĂąa del Proyecto MaratuĂŠ de PuchuncavĂ. Con la intenciĂłn de cooperar con la comunidad de PuchuncavĂ, es que el proyecto MaratuĂŠ dispuso de todo el dinero recaudado de los estacionamientos durante la temporada serĂa para Bomberos. La suma totaliza mĂĄs de 12 millones de pesos, cifra mucho mĂĄs alta que las obtenidas en temporadas anteriores. “Hoy en dĂa, estamos sĂşper contentos con todo lo que ha aportado la inmobiliaria para nuestra compaĂąĂa. No tenĂamos de donde
nuestro cuartel o los implementos para los bomberos�, comentó Jorge Merino.
sacar recursos, aquĂ se necesita mucho por la geografĂa, hay 22 localidades que cubrir. Es una gran ayuda para poder subsistir porque en invierno necesitamos mejorar
Desde el Proyecto MaratuĂŠ, en tanto, seĂąalaron q u e este convenio s e funda en el aporte concreto que pretende ser la iniciativa para la comuna de PuchuncavĂ. “El acuerdo con Bomberos es parte de la mirada que tiene MaratuĂŠ sobre el futuro desarrollo de PuchuncavĂ. Esta temporada acordamos con bomberos que
ellos recibirĂan los ingresos que se generaran por el uso del estacionamiento, por lo que, en otras palabras, son los mismos turistas los que aportan mientras visitan la Playa. Nosotros actuamos como facilitadores. Es una forma de hacer tangible la visiĂłn y misiĂłn de MaratuĂŠ en cuanto a ser un polo de desarrollo y mejor calidad de vida para todosâ€?, asegurĂł Claudia LerĂa, directora ejecutiva de Inmobiliaria El Refugio, titular del proyecto MaratuĂŠ. Parte de los fondos van a ser destinados a resolver una de las necesidades mĂĄs urgente de la CompaĂąĂa, que es la inclusiĂłn femenina. Con esto se podrĂĄn habilitar duchas y sala de guardias para las bomberas, “ya que es lo mĂnimo que deberĂamos tener en el cuartelâ€?, asegura Jorge Merino.
46% de los chilenos ignora que sus dispositivos conectados pueden ser hackeados a travĂŠs del router
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l router es el centro de la comunicaciĂłn cibernĂŠtica dentro del hogar. Por extensiĂłn, si el router no estĂĄ protegido, tampoco lo estarĂĄ todo lo demĂĄs; desde los Smartphones, PCs, tabletas, asĂ como cualquier otro dispositivo IoT conectado a la red de forma inalĂĄmbrica como los televisores inteligentes, impresoras y consolas de juego. Sin embargo, un estudio reciente de Kaspersky revelĂł que el 46% de los chilenos ignora que a travĂŠs de un router domĂŠstico pueden hackearse todos los aparatos conectados a la red, cifra extremadamente preocupante, especialmente porque muchos adultos
llevan semanas trabajando desde sus hogares; mientras niĂąos y jĂłvenes permanecen conectados a sus centros educativos a travĂŠs de tareas y clases en lĂnea. Una de las formas en que los cibercriminales hackean un router es aprovechĂĄndose del uso de las credenciales predeterminadas, o de
fĂĄbrica, necesarias para iniciar sesiĂłn en el panel de administraciĂłn y cambiar la configuraciĂłn, permitiĂŠndoles ejecutar su trabajo de forma remota, automĂĄtica y a gran escala. Una vez secuestrados, los routers pueden ofrecer una serie de beneficios para los malhechores, entre estos el phishing por medio del cambio de direcciones del servidor DNS (sistema de
nombre de dominio, por sus siglas en inglĂŠs), haciendo mĂĄs difĂcil la detecciĂłn de este tipo de ataque. “Al secuestrar un router, los cibercriminales cambian las direcciones del servidor DNS, el cual recibe las peticiones de navegaciĂłn en Internet, y las envĂa directamente al servidor DNS controlado por los atacantes. En lugar de devolver la direcciĂłn IP del sitio que el usuario desea visitar, el servidor malicioso devuelve una direcciĂłn IP falsa. Junto con esto, el estudio revelĂł que al 28% de los chilenos en realidad no le preocupa o no le interesa que un delincuente hackee sus dispositivos personales.
AtenciĂłn vecinos de ReĂąaca: Queremos compartir con ustedes una compaĂąa humanitaria y social a la que nos hemos querido sumar como instituciĂłn comunitaria. Esta cruzada busca tender una mano a los adultos mayores vulnerables de ViĂąa del Mar, que no cuentan con los recursos para adquirir productos de protecciĂłn para hacer frente de mejor forma esta pandemia de coronavirus. Por favor compartir #REĂ‘ACAENCASA Para quienes deseen comenzar a apoyar esta campaĂąa pueden hacerlo a travĂŠs de:
Banco: Banco BCI Cuenta Corriente 12 16 67 82 Junta de Vecinos ReĂąaca Costa Rut: 71.813.400-5
Email para envĂo de comprobantes: Info@jvrenaca.com
SalĂłn
ERIKA
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979957549 Santa Margarita 910 esquina Calle 8 - CONCĂ“N
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Año 18 - Abril 2020
Concón - Quintero - Puchuncaví
Las 32 medidas con las que ENAP Refinería Aconcagua se preparó para resguardar la salud de su personal ante el Covid-19
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on el firme propósito de resguardar la salud de todos sus trabajadores y trabajadoras, desde el inicio de la emergencia por Covid-19, ENAP Refinería Aconcagua ha reforzado sus planes de contingencia con un completo paquete de medidas para mitigar riesgos y evitar la propagación del virus en sus operaciones. Edmundo Piraino, gerente de Refinería Aconcagua, destaca que “El rol estratégico de ENAP es dar continuidad al suministro de combustible para Chile, y de cara a eso nos hemos preparado reforzando nuestros planes de contingencia con estrictas medidas, protocolos y controles sanitarios para resguardar la salud de los equipos de trabajo y asegurar la continuidad de las operaciones”. Una de las primeras acciones que la empresa adoptó fue enviar a sus
domicilios al personal considerado de riesgo, optimizando su dotación de personal propio y contratista, así como la constitución del Comité de Crisis, el que en coordinación con los dirigentes sindicales, monitorea el avance de la emergencia cada día para reforzar y gestionar todo lo que sea necesario para sobrellevar de la mejor forma posible esta situación que enfrenta el país.
“De esta manera – agrega el gerente – vamos complementando las primeras medidas que adoptamos apenas comenzó la emergencia sanitaria y nos permiten extremar los resguardos en las instalaciones para quienes siguen en faena, normas de distancia, protocolo de higiene y sanitización en las instalaciones y el transporte y horarios diferencia-
dos de atención de la alimentación en comedores. Además, se generó mayor distribución de alcohol gel, mascarillas y guantes y se toma la temperatura en forma diaria a todos los trabajadores”.
atentos siem pre a las necesidades de Chile. Debemos mantenernos cuidando el suministro, haciendo las cosas bien, cuidando la salud de las personas, los recursos y el abastecimiento”.
Piraino sostiene que “ENAP es estratégica y entrega un servicio sin in terrupciones,
Presidente Ejecutivo de Codelco visita a trabajadores de Ventanas y verifica medidas de prevención del Covid-19
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l Presidente Ejecutivo de Codelco, Octavio Araneda realizó una visita a la fundición y refinería de Ventanas, oportunidad en que pudo conocer en terreno las medidas implementadas por la cuprífera en sus divisiones, para prevenir el contagio de Covid-19. Durante el recorrido, en donde estuvo acompañado por el Vicepresidente de Fundiciones y Refinería Corporativo, José Sanhueza e integrantes del Comité Ejecutivo de Ventanas, liderados por su gerente general (i) Cristián Cortés, el Presidente Ejecutivo pudo dialogar con las trabajadoras y trabajadores de turno de este plantel industrial: “Conversamos con los trabajadores sobre la situación que estamos viviendo, conocer de primera fuente
cuál es su sentimiento respecto de las medidas que estamos tomando, qué temas le preocupan, en qué podemos mejorar, para así poder evitar cualquier posible contagio en las operaciones”, señaló. Octavio Araneda escuchó atentamente las principales inquietudes de los operadores y les hizo un llamado a extremar las medidas de seguridad y de prevención, cuyo único propósito busca proteger la salud de los trabajadores y sus familias. “Es primordial que ellos nos sientan más cercanos. Que somos todos parte del mismo equipo y que estamos trabajando, dedicados en cuerpo y alma a poder mantener en pie la empresa, pero fundamentalmente, cuidando la salud, seguridad y la integridad
física de todos nuestros trabajadores”, finalizó el Presidente Ejecutivo de la Corporación. Entre las medidas preventivas llevadas a cabo por esta División, se cuenta la disminución de dotación propia y contratista, el aumento de personal con teletrabajo, ocupación al 50% de los buses, desinfección y sanitación de áreas comunes, buses y casinos, control de temperatura con cámara termográfica a todos quienes ingresen a la División, segregación y medidas especiales de distanciamiento
social en el casino divisional, creación del número Fono Covid-19 para reforzar las medidas preventivas en las áreas, la instalación de una carpa de desinfección para personal expuesto a la toma de temperatura y la obligatoriedad en la en-
trega de información diaria a todos quienes ingresen a la División, entre otras medidas. Codelco ha implementado en todos sus centros de trabajo un estricto Plan de Acción, el cual busca evitar el
contagio entre sus trabajadoras y trabajadoras, tanto propios como contratistas. Por ello, Octavio Araneda continuará recorriendo los centros de trabajo de la Corporación, para constatar el cumplimiento de estas medidas.