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El censo de los nativos, la nueva repartición del tributo y de la mita

El censo de los nativos, la nueva repartición del tributo y de la mita

El rol preponderante del sector minero en la economía del virreinato y en los intercambios con la Madre Patria ha sido objeto de una especial atención por parte de la historiografía, que lo ha enfocado sabiamente tanto en los aspectos generales, a partir de los estudios de Ramón Carande hasta David Brading101 , como en los específicos —como la introducción de precisas y más evolucionadas técnicas de extracción— analizados en profundidad por Peter J. Bakewell102 . En una obra dedicada a la producción minera peruana, en particular de Potosí, Bakewell ha ahondado hasta el último detalle en los aspectos específicos de las medidas toledanas103 .

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Historiadores ilustres consideran que «el más importante resultado» del gobierno de Toledo fue el relanzamiento del sector minero104. En efecto, un cálculo económico realista llevó a Toledo a pensar que comparado con la explotación de las minas, «todo lo demás respecto desto es nonada…»105. En un informe de su época se señalan incrementos extraordinarios en los ingresos de la Hacienda Real, que pasaron de 200 000 pesos anuales a más de 1 000 000106. Ello se debió, sin duda también, a las innovaciones tecnológicas para la recuperación y refinado de una mayor cantidad de mineral, incluso de baja calidad, con la amalgama de mercurio. Pero fue la estadía de Toledo en Potosí lo que transformó profundamente la estructura y el ritmo de la producción minera. Los contratos para el trabajo de los minerales, que hasta ese momento eran concedidos a los indios, fueron adjudicados a empresarios españoles. Se construyeron varias lagunas artificiales para ofrecer una reserva constante de agua para los molinos de refinamiento

101 Carande, Carlo V, cit., p. 665 y ss., 883 y ss; Brading, Orbe indiano, pássim. 102 Además de los citados trabajos de Ramón Carande recordemos el de Modesto Bargalló, La minería y la metalurgia en la América española durante la época colonial, México, 1955; importantes son los trabajos más recientes de David A. Brading y Harry E. Cross, «Colonial Silver Mining: Mexico and Peru», Hispanic American Historical Review, 52 (1972), pp. 545-579; especializado en minería Peter J. Bakewell, Silver Mining and Society in Colonial Mexico, Zacatecas 1546-1700, Cambridge (GB), 1971; Íd., «Registered Silver Production in the Potosí District, 1550-1735», Jahrbuch für Geschichte von Staat, Wirtschaft und Gesellschaft Lateinamerikas, 12 (1975), pp. 67-103; Íd., Silver and Entrepreneurship in Seventeenth-Century Potosí: The Life and Times of Antonio López de Quiroga, Albuquerque, 1988. 103 Bakewell, Mineros de la montaña roja, cit., pp. 73-90. 104 Brading, Orbe indiano, cit., p. 157. 105 Carta del 10 de junio de 1570, GP, III, pp. 430; GP, III, del 1 de marzo de 1572, p. 573; Toledo, «Memorial», cit., párr. 21 y 23. 106 Luis Capoche, Relación general del asiento y villa imperial de Potosí [1585], ed. por Lewis Hanke, BAE, 122, 1959, pp. 69-241.

y se reguló el sistema de suministro de mercurio procedente de Huancavelica, con el fin de optimizar la producción107. Los estudios de Bakewell sobre las actividades mineras de Potosí demuestran que en los años setenta hubo una gran expansión del sector, fruto, además, de la introducción de nuevas tecnologías, también de la mejor reglamentación del trabajo y de una mayor especialización de los trabajadores108. Pero el aumento de productividad se obtuvo también gracias al empleo masivo de mano de obra indígena a través del denominado sistema de la mita. En las Instrucciones de gobierno, el soberano había encomendado al virrey la tarea de evaluar detenidamente la efectiva necesidad de la redistribución de los tributos y de la mita, cuestión que, como hemos podido ver, ya había tratado la Junta Magna, y de la que salió una resolución interlocutoria109 . Esta era una de las muchas cuestiones que iban perpetuándose sin resolverse durante décadas y en torno a la cual giraba el debate: si por un lado se había intentado encontrar una justificación moral al trabajo de los indios, por otro, también era verdad que el trabajo en las minas tenía características inhumanas, por lo que los «alicientes» que proponía la Junta se demostraron insuficientes para convencer a los indios a prestar su mano de obra de forma espontánea. La única solución posible era la de obligar a la mano de obra indígena a trabajar en las minas. Pero se trataba de encontrar una legitimación para contraponerla a los que defendían los derechos de los indios, salvaguardando al mismo tiempo la supervivencia de la fuerza de trabajo nativa110 . En la búsqueda de una justificación ideológica y moral se miraba al pasado prehispánico y, como hemos podido ver, en sus encuestas Toledo había afrontado asuntos relacionados con el funcionamiento de las minas durante la dominación incaica. Bajo el Tahuantinsuyu cada año los indios solían dar un período de trabajo llamado mita111 al Estado y a las comunidades a las que pertenecían. Había muchos tipos diferentes de mita y en el complejo y articulado sistema incaico, cada tipo tenía una función social y económica específica, y es en ese sentido

107 Cf. Barnadas, Charcas, cit., pp. 266, 311-322, 361-366. 108 Bakewell, Mineros de la montaña roja, cit., pp. 32-33 y 76-79. 109 Cf. Assadourian, «Acerca del cambio», cit., pp. 34-37. 110 BNP, ms. B 511, ff. 355-537, Auto sobre el salario que se ha de abonar a los indios que trabajan en las minas e ingenios de Potosí, Potosí, 8 de enero de 1575, en Toledo, Disposiciones gubernativas, cit., II, pp. 19-22; BNP, ms. B 511, ff. 357-357 v., Provisión sobre la carga de metal que pueden bajar los indios del cerro de Potosí, 12 de febrero de 1575, Ibíd., pp. 23-24; BNP, ms. B 511, ff. 357 v.-358, Provisión para que ninguna autoridad pueda repartir mas indios para trabajar en las minas que los adjudicados por el virrey, Potosí, 12 de febrero de 1575, Ibíd., p. 25. 111 Cf. Wachtel, La visione dei vinti, cit., pp. 84-102.

que se reglamentaba su funcionamiento de forma muy detallada. Los españoles acogieron con entusiasmo la costumbre del servicio personal, pero la despojaron totalmente de los aspectos sociales que tenía en el sistema de reciprocidad andino, causando abusos y violencias a los indios y daños, tanto a su integridad física, como a su espiritualidad, fundada en la representación simbólica del mundo112 . Aplicando un modelo de conducta política que él mismo había experimentado antes de su partida, en octubre de 1570 Toledo convocó un consejo para que se aprobara el trabajo forzado de los indios, siguiendo el modelo de la Junta de «savios y teólogos». Logró obtener la justificación ética del trabajo de los indígenas de la Junta de Lima113 y, aunque este no respondía plenamente a sus expectativas114, pudo proceder con sus planes de reorganización. Además, gracias a las investigaciones realizadas durante la Visita General, el virrey se dio cuenta de que la mita se aplicaba en amplias zonas, pero con criterios no homogéneos y a menudo perjudiciales para las comunidades indígenas. Concibió un sistema elaborado, que tenía que compensar las distintas exigencias: garantizar las prestaciones de trabajo a la Corona, pero también permitir el mantenimiento de los indios durante el período de la mita, así como el cuidado de sus campos durante su ausencia. A los indios que desempeñaban el servicio de la mita se les concedió un salario que se consideraba equitativo. Se regularizaron los turnos de trabajo y los períodos que tenían que corresponderle a cada indígena y a las comunidades, de tal forma que no quedaran campos sin cultivar. Se decidió que el servicio de la mita podía desarrollarse también en las minas, que constituían la principal fuente de ingresos de la Corona115. Pese al rígido sistema legislativo, los abusos fueron frecuentes, sobre todo en el sector minero,

112 Cf. Cantù, Conciencia de América, cit., pássim; cf. AGI, Charcas 418, Real Cédula relativa al trabajo de los indios en las minas del Perú, Escorial, 6 de junio de 1569, comentada en Assadourian, «Acerca del cambio», pp. 18-34. 113 En la Junta participaron el arzobispo de Lima, Jerónimo de Loayza; el licenciado Castro, «del Consejo de su Magestad y gobernador que a sido destos reinos»; los oidores de la Audiencia de Lima, el doctor Gonzáles de Cuenca y los licenciados Ponce de León y Sancho Paredes; el fiscal Ramírez de Cartagena; Antonio de Ervias, prior del monasterio de Santo Domingo; el provincial de la Compañía de Jesús, Ruiz de Portillo; el padre Hernández, jesuita entonces confesor del virrey; y representantes de las órdenes. Cfr. AGI, Patronato 238, Acta de la Junta realizada en Lima el 7 de octubre de 1570, publicada en Assadourian, «Acerca del cambio», cit., pp. 56-68. Interpretaciones distintas en Levillier, Don Francisco de Toledo, cit., I, pp. 212-215 y en Assadourian, «Acerca del cambio», cit., pp. 32-36. 114 Él insistió mucho en obtener una aprobación del rey, cf. IVDJ, envío 23, caja 35. Carta al Presidente del Consejo de Castilla. Lima, 8 de febrero de 1570. 115 Carta del 1 de marzo de 1572, GP, IV, pp. 105-109; del 24 de setiembre de 1572, p. 427; y del 10 de noviembre de 1574, p. 463.

donde con la explotación ilegal se podían conseguir los mayores beneficios116 . Toledo, por tanto, dedicó muchos de sus esfuerzos a regular el trabajo forzado en las minas según unos criterios que no perjudicaran a las poblaciones, tal como prescribían las Instrucciones, asegurando un flujo constante de mano de obra117 . A partir de 1571 le asignaron nada menos que 2500 trabajadores a las minas de mercurio de la provincia de Huamanga para suministrar el mineral necesario para la refinación118. En dos cartas al soberano, escritas desde el Cuzco el 1 de marzo de 1572119, Toledo explicó al rey con toda claridad la necesidad de utilizar más mano de obra y la difusión del sistema del azogue. Efectivamente, en 1572 el número de indios que se dedicaban al trabajo en las minas de azogue llegó a los 4300, para luego alcanzar los 11 494 en 1575120 . Él consideraba que el sistema que había elaborado, basado en prestaciones forzosas pero asalariadas, era el único posible para obtener la fuerza de trabajo indígena: «todos los demás artificios que con ellos se pueden usar…son de poco momento»121. Por lo que se desprende de los despachos enviados por Toledo, dado que una amplia parte de las encomiendas vacas pasó a la Corona, y como muchas asignaciones de indígenas fueron a parar a órdenes religiosas o a particulares, reclutar la fuerza de trabajo indígena de una forma distinta a la forzosa resultaba harto difícil122. Las ordenanzas de Toledo relativas a este sector fueron el fruto de una serie de ajustes que hizo posteriormente y de consideraciones sobre las distintas posibilidades de incrementar la producción123. En 1579 el virrey afirmaba que había triplicado la oferta de fuerza de trabajo124 .

116 Cf. Bakewell, Mineros de la montaña roja, cit., pp. 9-70; Assadourian, «Acerca del cambio», pp. 3-68. 117 Carta al rey desde Potosí, 20 de marzo de 1573, AGI, Lima 29, tít. 1; y Repartimiento general que el excelentísimo señor don Francisco de Toledo visorrey de estos reynos, hizo de los indios que han de venir a la labor y beneficio de las minas y azogues de la Villa imperial de Potosí, Arequipa, 10 de octubre de 1575, en BNP, ms. B 511, ff. 435 v.-470 v. 118 Carta de Toledo al rey. Cuzco, 25 de marzo de 1571, citado en ZAVALA, El servicio personal de los indios, cit., II, p. 70. 119 Respectivamente, Carta al rey, 1 de marzo de 1572, en GP, IV, p. 108 y en AGI, Lima 28 B, tít. 4. 120 Repartimiento general (1575), en BNP, ms. B 511, ff. 443 v.-459 v. 121 Carta al rey del 8 de febrero de 1570, en GP, III, pp. 328 y 348. 122 Carta del 8 de febrero de 1570, GP, III, p. 347 y Carta del 10 de junio de 1570, GP, III, p. 431. 123 Sobre los salarios de los indígenas y la reacción negativa de los arrendadores, a la cual Toledo no cedió, véase la Carta del 18 de abril de 1578, GP, VI, p. 59; nuevas medidas de ajuste en los Autos del virrey del 8 de enero de 1575, BNM, ms. 3044, f. 224. Para la reglamentación de la mita en la década de 1570, cf. Bakewell, Mineros de la montaña roja, cit., pp. 73-142. 124 Carta de Toledo al rey. Callao, 18 de febrero de 1579, GP, VI, p. 91.

De otra parte, Matienzo ya había sugerido que se adoptara un sistema de trabajo forzado para los indígenas como instrumento que les permitiera pagar el tributo a la Corona mediante el salario recibido125. La mita ofreció una inmensa reserva de mano de obra barata y tuvo repercusiones sociales considerables, causando, entre otras, ingentes desplazamientos de población. Este sistema garantizó a la Corona la séptima parte de los hombres adultos de una zona que incluía nada menos que catorce provincias, entre Potosí y el Cuzco. El centro de Potosí llegó a producir aproximadamente el 70% de la plata peruana y más de la mitad de la totalidad que se producía en América, convirtiéndose en locomotora de la economía atlántica. A pesar de la preponderancia económica del sector minero, se trató de mantener una diversificación de las funciones en el seno de la sociedad indígena. La ley garantizaba una posición especial a los que practicaban un oficio. Las Ordenanzas de Toledo eximían de la mita a los zapateros, a los herreros, a los sastres, y a los tintoreros de cada parroquia, lo cual pudo haber favorecido cierta clase de migración. Por otro lado, los privilegiados que conseguían ser exonerados de la mita o del tributo gozaban de enormes ventajas dentro de la comunidad de pertenencia y podían enriquecerse más fácilmente, así como el gran número de mestizos que vivían en las comunidades de los nativos126 .

Como hemos tenido ocasión de ver, la preocupación por la «conservación de los naturales» se debía a que su número menguaba constantemente; una vez puesto en marcha un sistema de asentamientos accesibles y un nuevo eje con la elite indígena a nivel provincial y local, fue posible poner en práctica una medida indispensable para poder reorganizar el sistema productivo: el censo de los indios. Esta medida dio, por fin, la posibilidad de conocer el número efectivo de los nativos y su potencial contributivo, según las comunidades; sobre estos nuevos parámetros se establecieron el tributo127 y la mita, siguiendo criterios que se consideraban racionales y apropiados, tanto para la defensa de los nativos, como para los intereses de la Hacienda Real128. El censo que se efectuó durante

125 Matienzo, Gobierno del Perú, cit., pp. 29, 33, 63. 126 Solórzano Pereira, Política indiana, cit., lib. II, cap. XXX, n. 28. 127 Aspecto complejo estudiado por Alejandro Málaga Medina, «El virrey don Francisco de Toledo y la reglamentación del tributo en el virreynato del Perú», AEA, 29, 1972, pp. 597-623; y por Zavala, El servicio personal de los indios, cit., II. 128 Un primer repartimiento en 1575 fue revisado, con un incremento de la mano de obra total, por la expansión de las minas y la llegada de nuevos productores-arrendadores, cf. BNP, ms. B 511, ff. 666 v.-685. El repartimiento general que su excelencia hizo de los indios que se han de ocupar en la labor de las minas y beneficios de los ingenios y lamas y relaves, con las Ordenanzas que en ello se han de guardar. Lima, 6 de agosto de 1578.

las operaciones preparatorias para las reducciones y las distintas encuestas llevadas a cabo sobre las economías de cada provincia, habían sido realizados por Toledo de tal forma que adquirió los elementos necesarios para activar un mecanismo que garantizara la extracción continua de los metales preciosos de las minas, permitiendo una afluencia de recursos a las agotadas arcas de la Madre Patria. Según el censo realizado bajo la administración de Toledo, durante la Visita General, la población indígena susceptible de pagar el tributo, es decir los varones entre 18 y 50 años, arrojaba un total de 1 067 697 personas, excluyendo las provincias de Quito, Chile y las regiones de La Plata129 . Según estas estimaciones, Toledo y sus colaboradores reorganizaron completamente el sistema de impuestos dividiéndolo en repartimientos, como quedaba establecido por las Instrucciones y por la Junta. Para cada uno de estos se tomaron en consideración los datos que habían aflorado durante la Visita General, es decir, se tomó en cuenta el tipo de terreno y la productividad, las capacidades de rendimiento personales para cada contribuyente, procurando que el impuesto o la prestación de trabajo para el Estado no perjudicara la productividad para la comunidad y para la familia del contribuyente: «sin daño y perjuicio de lo dichos indios». En teoría, los criterios introducidos habrían supuesto una reducción de la carga fiscal, pero el monto de la entrada total habría permanecido inalterado gracias a una mayor vigilancia de los fraudes perpetrados, no tanto por parte de algunos indios, sino —a niveles inferiores— por los caciques y, subiendo en la jerarquía administrativa, por los funcionarios encargados de la recaudación: los corregidores de indios, así como por los propios oficiales de la Hacienda Real. Una medida que se reveló particularmente importante a este efecto fue la exacción en moneda de al menos una cuota del tributo, que antes se pagaba con bienes. Además de integrar a los indios en una economía de comercio basada en la moneda y no en el trueque, por tanto económicamente más avanzada, evitaba uno de los abusos más frecuentes por parte de los recaudadores. En efecto, estos vendían a los indios los mismos bienes que estos no podían producir de forma autónoma, pero que el tributo, concebido genéricamente sin tener en cuenta las realidades productivas específicas, les exigía. Lógicamente estas ventas, además de ser ilegales o, cuando menos, al límite de la legalidad, favorecían a los recaudadores, que establecían precios prohibitivos para los bienes requeridos a los indios, obligándolos a endeudarse130 .

129 Lohmann Villena, «El Virreinato», cit., p. 534. 130 Assadourian, «Acerca del cambio», cit., pp. 23-28.

Un ejemplo paradigmático lo ofreció la provincia de Chucuito, lugar que acogía una rica encomienda de la Corona. Toledo llegó allí en octubre de 1573 y se encontró con una situación absolutamente desconcertante, pese a que ese dominio fuera objeto de una visita por parte de Garci Diez de San Miguel en la década de 1560, por iniciativa del licenciado Castro. Toledo había sido presionado por el rey para que visitara la encomienda con el fin de aumentar su productividad: en efecto, los indios de la provincia parecían ricos y la región fértil131. No obstante, Toledo a su llegada vio que el impuesto de los indios efectivamente superaba los 12 pesos por cabeza —una cifra muy elevada— pero, en realidad, el tributo se repartía entre los curacas y los españoles: exactamente como había sido denunciado en muchos memoriales, entre ellos el de Hernando de Santillán. El virrey decidió reducir el tributo a cuatro pesos y tres tomines, vigilando para que no volvieran a producirse otros casos de deshonestidad por parte de los funcionarios españoles y de los caciques. A pesar de la reducción, la renta destinada a las arcas de la Corona aumentó notablemente, pasando de los 20 000-25 000 pesos a la cifra de 54 000 pesos anuales132 . Otro aspecto que, por lo menos en las intenciones de Toledo, habría tenido que reducir la explotación de los indios era la introducción de un sistema de pago distinto para los doctrineros. Este preveía que los sacerdotes que residían en las comunidades de los indígenas ya no vivieran más a expensas de la comunidad de la que eran «pastores», sino que se beneficiaran de un salario público, pagado por el Estado con una parte de los tributos. De esta forma, los religiosos menos devotos encontraban un límite a la imposición de contribuciones de cualquier clase, sobre todo en especies, que infligían a las comunidades indígenas o a cada indio (también a cambio de la remisión de los pecados)133 . Con la sistemática introducción de los corregidores de indios, Toledo confirió a los funcionarios de la Corona la autoridad para establecer los términos y definir los mecanismos de interacción entre la población indígena y los miembros de la sociedad española en el Perú. Con el ocaso de la encomienda, el aparato estatal, con su burocracia, se convirtió en el agente principal en el proceso de organización de la explotación de la mano de obra indígena. Sin embargo, la política de Toledo en el campo económico no se limitó a la intervención de redefinición

131 CDIAO, XVIII, pp. 59-61. 132 AGI, Lima 29. Cartas de Toledo al rey, 20 de marzo de 1573 y 2 de abril de 1573. AGI, Contaduría 1787, con la relación de la visita a Chucuito y de la fijación de los criterios para el nuevo tributo. 133 Toledo, «Memorial», cit., pp. 77, 80-90.

del mundo indígena, sino que afectó directamente también a la comunidad criolla. Se adoptaron medidas para incrementar los intercambios y se procuró evitar especulaciones en perjuicio de la población; se crearon espacios públicos para los mercados, se intentó también uniformar las unidades de medida con un rígido control centralizado con la creación del oficio del «fiel ejecutor», encargado del control de pesos y medidas, de inspeccionar los mercados, de establecer los precios y de mantener una lista actualizada de los bienes y de su valor134. Además se encargaba de supervisar la limpieza de las calles, la cual era realizada por un funcionario específico designado por el cabildo135 . Para valorizar el potencial del centro minero de Huamanga, no se limitó a intervenir en la estructura de las comunidades indígenas, sino que prometió a los vecinos que, además de las reducciones, se efectuarían también una serie de acciones urbanísticas con el fin de poder construir los edificios públicos necesarios. En la ciudad se levantó, pues, un edificio para las reuniones del cabildo, una prisión y un puente136. Esto demuestra cómo la reorganización política, demográfica y social del virreinato estaba desplazando hacia el área del altiplano central el eje de la vida económica del país. Los proyectos de Toledo trataron de los aspectos más variados de la vida del virreinato, llegando a abarcar ámbitos que ni siquiera el enérgico virrey habría pensado alcanzar. En la visión geopolítica de Toledo, se examinó muy seriamente la posibilidad de trasladar la capital de Lima al Cuzco, lo que habría favorecido nuevas rutas marítimas hacia el Río de la Plata137 . La medida, sugerida por Matienzo138, tenía en consideración el valor simbólico de la antigua capital incaica y remataba la sustitución del poder y de la autoridad de los incas por parte de los españoles. Se trataba de un desplazamiento

134 Cf. Toledo, «Memorial», pp. 100-104 (también publicado en ed. Lorente, I, pp. 67-72). 135 Ibíd., pp. 73-76 (en la edición de Lorente). Sobre la reglamentación de los salarios de los indígenas, cf. Zimmerman, Francisco de Toledo, cit., pp. 167-168. 136 AGI, Lima 28 A. Discurso de Toledo a los vecinos de Huamanga, 22 de enero de 1571, en Toledo, Disposiciones gubernativas, cit.; Library of Congress (LC) Harkness Collection. Guamanga, documento n. 999; Zimmerman, Francisco de Toledo, cit., pp. 92-93. Para financiar las construcciones, el virrey asignó por cuatro años la renta del repartimiento de Los Papres. Todavía, si se miran las repetidas instancias presentadas al rey, para obtener mejoras urbanísticas, no parece que los vecinos quedaran satisfechos, como se ve en las cartas al rey del 27 de marzo y del 7 de noviembre de 1571, en AGI, Lima 117. 137 Carta de Toledo al rey. Cuzco, 1 de marzo de 1572, GP, IV, pp. 162-168. Aspecto sugerente del proyecto, que merecería ser profundizado, es el paralelo con el traslado de la Corte real a Madrid de 1561, cf. Fernández Álvarez, Felipe II y su tiempo, cit., pp. 894-897; cf. Martínez Millán (ed.), La corte de Felipe II, cit., pp. 18-19. 138 Matienzo, Gobierno del Perú, cit., pp. 208-211 y 279.

del centro institucional que encajaba perfectamente con las lógicas seguidas por Toledo, y cuyo objetivo era una plena soberanía de la Corona, tanto a nivel político como ideológico y, finalmente, también a nivel económico139 . Por tanto, la administración de Toledo marcó un punto de inflexión para el virreinato peruano: engendró un sistema que habría de resistir durante todo el período colonial140 . En particular, supo resolver el problema que, según la interpretación de Karen Spalding, era la causa de la crisis de los años sesenta, producida por el declive productivo del sistema de la encomienda141, debilitado más por la caída demográfica de la población indígena, que por las normas restrictivas de la Corona. Toledo desbarató el sistema productivo anterior, convirtiendo al Estado en «un agente principal en la expropiación y distribución del surplus obtenido por la población andina»142 .

Las décadas inmediatamente posteriores a la reforma de Toledo fueron años de gran prosperidad económica para Nueva Castilla, que se prolongó hasta comienzos del siglo dieciocho, cuando también en la sociedad colonial peruana se empezaron a sufrir las consecuencias de esa crisis económica que afectó a los distintos países europeos, pero también al conjunto de los dominios de la Monarquía, de la que contribuyó a marcar su ocaso143 .

139 Sobre el valor simbólico del Cuzco come espacio político y, sobre todo, sacro, en el universo mental de los nativos, cf. Cantù, Conciencia de América, cit., pp. 131-138. 140 Cf. Brading, Orbe indiano, cit., pp. 149-168. 141 Spalding, Huarochirí, cit., pp. 136-167. 142 Ibíd., p. 157. 143 Los obstáculos para un ulterior crecimiento económico, según Stern, eran crecientes, porque «stagnant mines and markets, internal and external, could not support a high level of investment and reinvestment», Stern, Peru’s Indian Peoples, cit., p. 113. Véase Jean-Paul Le Flem, «Los aspectos económicos de la España moderna», en Manuel Tuñón de Lara (ed.), Historia de España, V, Barcelona, 1982, pp. 86-90. Uno de los mejores análisis generales de los efectos para la Monarquía de las posesiones americanas es el de John Lynch, Spain under the Habsburgs, 2 vols., Nueva York, 1965-1969, en particular cap. II, pp. 7-10. Véase también Elliott, La Spagna Imperiale, cit., pp. 334-335; Íd., «La decadenza della Spagna», en Íd., La Spagna e il suo Mondo, 1500-1700, cit., pp. 302-336; para ulteriores referencias, también bibliográficas, Robert A. Stradling, Europe and the Decline of Spain. A Study of the Spanish System, Londres, 1981.

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