Diplomado: Fortalecimiento de las Organizaciones Civiles para la incidencia en el desarrollo social de la Ciudad de México. Tema: Campo jurídico fiscal de las Organizaciones de la Sociedad Civil. Ponente: María Magdalena López García Para iniciar esta sesión es importante conocer en primer instancia las expectativas que se tienen y/o se pretenden buscar como organización civil: 1)
Manejo de la contabilidad
2)
Obligaciones fiscales
3)
Limitaciones
4)
Entender los conceptos que están en las leyes
5)
Mantener la autorización de donataria
6)
Entender lo que explica el contador
7)
Debilidades fiscales que llevan a la muerte a las OSC’S
8)
Diversos escenarios para las OSC’S.
Esta es la primera sesión de cuatro que se van a tener, debido a que el campo fiscal es muy amplio y complejo. Así mismo se señala que únicamente se referirá a personas morales mas no físicas, por lo tanto, de los anteriores puntos sólo se atenderán a los que tengan relación directa con las OSC. La primera pregunta que se debe contestar es ¿quién nos da nuestra responsabilidad jurídica? La responsabilidad jurídica nos la otorga el acta constitutiva, que será como el acta de nacimiento de las organizaciones civiles con la denominación y diferencia de personas morales. Y dentro de ésta se encuentran los estatutos que es el contrato, donde se está dispuesto a respetar y a realizar dentro de un colectivo, etc. 1