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Más de 100 mil empresas serán beneficiadas con el subsidio a la nomina

n medio de la emergencia sanitaria por el covid-19, ha sido aprobada la entrega de subsidios para pagos de nóminas de empleados a más de 100 mil empresas del país.

En el marco del Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF), la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y contribuciones Parascales del Ministerio de Hacienda, aseguró que más de 104.068 empresas se han postulado para bene- ciarse con el subsidio otorgado por el Gobierno Nacional, el cual busca apoyar la nómina de los empleados y para que además, las empresas logren mantener esos puestos de trabajo, en el marco de la emergencia sanitaria. Cabe recordar que este subsidio estará viviente por tres meses (abril, mayo y junio) y es el 40 % de un salario mínimo de la nómina de empresas que hayan tenido una reducción del 20 % en su facturación durante el mes de abril de 2020, en comparación con el mismo periodo del año 2019.

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El Gobierno nacional otorgará mensualmente y hasta por tres veces, un aporte por empleadocorrespondiente a un 40% del salario mínimo, es decir $351.000 pesos, para que, con él, las empresas paguen los salarios de sus trabajadores.

ABC: Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF)

El Gobierno nacional otorgará mensualmente y hasta por tres veces, un aporte por empleado correspondiente a un 40% del salario mínimo, es decir $351.000 pesos, para que, con él, las empresas paguen los salarios de sus trabajadores. 1. ¿Quiénes pueden acceder a este apoyo?

Personas jurídicas, personas naturales empleadoras, empresas sin ánimo de lucro, consorcios y uniones temporales.

2. ¿Qué requisitos debo cumplir para postularme?

Los postulantes deben cumplir con los siguientes requisitos:

1. Haber sido constituido antes del 1º de enero de 2020.

ii. Contar con una inscripción al registro mercantil. En todo caso, esta inscripción deberá haber sido realizada o renovada por lo menos en el año 2019.

iii. Demostrar la necesidad del aporte estatal certi- cando la disminución del 20% de sus ingresos.

iv. Tener un producto de depósito (eje. cuenta de ahorros, cuenta corriente) en una entidad nanciera.

Las entidades sin ánimo de lucro, consorcios y uniones temporales no deberán cumplir con el requisito establecido en el numeral 2. En su lugar, deberán aportar copia del Registro Único Tributario. En el caso de personas naturales, para efectos del cumplimiento del requisito establecido en el numeral 1, se tomará como referencia la fecha de inscripción en el registro mercantil.

La persona natural que cumpla cualquiera de las siguientes condiciones no podrá acceder al Programa:

· Tengan menos de tres empleados reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) correspondiente al periodo de cotización del mes de febrero de 2020.

· Sean Personas Expuestas Políticamente (PEP) o sean cónyuges, compañeros permanentes o parientes en el segundo grado de consanguinidad, primero de anidad o único civil de Personas Expuestas Políticamente (PEP).

3. ¿Cómo se calcula la disminución de ingresos?

El cálculo deberá realizarse usando alguna de las siguientes opciones, a su elección:

1. Comparando los ingresos del mes inmediatamente anterior al de la solicitud del aporte con los ingresos del mismo mes del año 2019.

2. Comparando los ingresos del mes inmediatamente anterior al de la solicitud del aporte con el promedio aritmético de ingresos de enero y febrero de 2020.

Se tendrán en cuenta las reglas de realización del ingreso, de conformidad con los marcos técnicos normativos contables vigentes en Colombia.

4. ¿De cuánto es el apoyo para mi empresa?

El apoyo es un monto de suma ja correspondiente al 40% de un SMMLV ($351.000 pesos) por cada empleado de su empresa.

5. ¿Cómo se determina el número de empleados de mi empresa?

El número de empleados corresponde a los cotizantes reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) correspondiente al periodo de cotización del mes inmediatamente anterior al de la postulación a cargo de dicho bene- ciario. Al respecto, se tendrán en cuenta las siguientes condiciones:

· Los cotizantes cuyo ingreso base de cotización sea, por lo menos, de un SMLMV.

· Los cotizantes para quienes se haya cotizado el mes completo.

· Los cotizantes que aparezcan aliados en los diferentes subsistemas que le apliquen, como empleados de la empresa que solicita el subsidio.

· Los trabajadores a los cuales no se les haya aplicado la novedad de suspensión temporal de contrato de trabajo o de licencia no remunerada (SLN).

· Los trabajadores reportados en la PILA correspondiente al mes inmediatamente anterior al de postulación, correspondan, como mínimo, en un 80% a los trabajadores reportados en la PILA correspondiente al periodo de cotización del mes de febrero de 2020 a cargo de dicho beneciario.

· Que el respectivo trabajador no haya sido tenido en cuenta para el cálculo del aporte estatal de otro beneciario.

6. ¿Cómo puedo postularme para acceder a este programa?

Su empresa deberá presentar, ante la entidad nanciera en la que tenga un producto de depósito, los siguientes documentos:

i. Formulario estandarizado, y puesto a disposición de los potenciales beneciarios a través de las entidades nancieras, debidamente diligenciado y rmado por el representante legal de la empresa, del consorcio o unión temporal, o persona natural empleadora.

ii. Certicación rmada por (i) el representante legal o la persona natural empleadora y (ii) el revisor scal o contador público en los casos en los que la empresa no esté obligada a tener revisor scal, en la que se certique:

a. La disminución de ingresos.

b. Que los empleados sobre los cuales se recibirá el aporte efectivamente recibieron el salario correspondiente al mes inmediatamente anterior. c. Que, sin perjuicio de lo establecido en el numeral anterior, se pagarán, a más tardar dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de los recursos, las obligaciones laborales adeudadas. Esta posibilidad de certicación y destinación solo será procedente por una única vez, para pagar la nómina del mes de abril con la postulación respectiva del mes de mayo de 2020.

7. ¿Qué debo hacer si cuento con productos de depósito en más de una entidad financiera?

Deberá realizar el procedimiento de postulación ante una sola de dichas entidades, a su elección. Así mismo, las postulaciones que se hagan en los siguientes meses deberán realizarse ante la misma entidad nanciera en la cual fue realizada la primera postulación. La simple entrega de documentos no implica el derecho a recibir este aporte estatal.

8. ¿Cuándo puedo postularme?

La recepción de postulaciones para los meses de mayo, junio y julio se realizará en los siguientes períodos: Desde el 22 hasta el 29 de mayo para el aporte de mayo . Desde el 1 hasta el 17 de junio para el aporte de junio. Desde el 1 hasta el 16 de julio para el aporte de julio.

9. ¿Por cuántos meses podré obtener este apoyo?

El aporte estatal podrá ser solicitado hasta por tres ocasiones. De ser así, el beneciario deberá cumplir, en cada caso, con el procedimiento descrito.

10. ¿Qué pasa si ya solicité al Fondo Nacional de Garantías -FNG- un crédito de nomina?

Los potenciales beneciarios del Programa que igualmente tengan la calidad de deudores de líneas de crédito para nómina garantizadas del Fondo Nacional de Garantías deberán postularse al aporte estatal del PAEF a través de la entidad nanciera con la cual adquirieron dicha línea de crédito garantizada. En este caso, los recursos que reciba tanto por el crédito como por el PAEF no podrán superar el valor total de la nómina para el mes sobre el cual se realizó el cálculo del Programa.

11. ¿Cuándo debo restituir los aportes estatales?

El aporte estatal deberá ser restituido al Estado por parte del beneciario cuando:

i. Habiendo recibido el aporte, se evidencie que, al momento de la postulación, no cumplía con los requisitos establecidos

ii. Se compruebe que existió falsedad en los documentos presentados para acreditar los requisitos establecidos.

iii. El beneciario se haya comprometido al pago de salarios adeudados de abril y no haya cumplido con dicho compromiso.

12. ¿Cómo puedo saber si la empresa donde trabajo accedió al subsidio estatal?

La UGPP en su portal web, https://www.ugpp.gov.co/PAEF, habilitará la consulta de los beneciarios y el de sus trabajadores.

13. ¿Cuándo se entregan los recursos a los beneficiarios del Programa?

El esquema implementado implica un período inicial de recepción de postulaciones, seguido de una validación de las mismas, por lo que la entrega de los recursos se realiza a nales de mes para cada uno de los meses en los que está activo el Programa, es decir mayo, junio y julio de 2020.

Artículo tomado de : www.z.com www.minhacienda.gov.co Revisado ( 04 junio de 2020) Edición: OFICCECOL

CONSTRUYENDO FUTURO Y PAÍS CON SENTIDO SOLIDARIO

Susalmon S.A.S es una compañia colombiana solidaria creada en nació en el año 2004 con la capitación de 30 jóvenes rurales sobre producción de trucha arco iris , en la vereda de Susa; durante este proceso se gestionó un proyecto al fondo Emprender siendo beneficiados con un aporte de $80.000.000. En el 2006 se creo la empresa susalmon S.A.S con 16 jóvenes rurales, con el objetivo de PRODUCIR Y COMERCIALIZAR TRUCHA ARCO IRIS; Transcurrido el tiempo por circunstancias del destino el numero de socios se disminuyo a 10 que en la actualidad estamos produciendo trucha en el kilometro 6 vía Chaguaca Onzaga.

Dedicada a la producción y transformación de carne de pescado en el municipio de Onzaga Santander, hoy es un ejemplo de solidariadad empresarial , en pro de la construccion de país.

PLATAFORMA EMPRESARIAL COLOMBIA, Exalta la labor en la construcción de país, a la compañia SUSALMON S.A.S, por cumplir a cabalidad con todos los estándares de calidad en sus productos y servicios en la industria; además porque hoy se convierte en ejemplo y faro de solidaridad institucional, haciendo realidad la premisa de “Apoyar para ser visible lo posible”, con su participación en el programa “Apadrinamiento Empresarial” permitiendo asi, que otra empresa pueda continuar o reiniciar operaciones por ende seguir su camino hacia el desarrollo y la sostenibilidad.

La Aurora Funerales y Capillas, es una empresa solidaria colombiana cuya misión es acompañar con calidad humana los procesos de duelo de las familias colombianas, con objetivos claros de sensibilizar a la comunidad sobre la importancia de la previsión funeraria asi como proteger a sus afiliados con planes de previsión exequial para brindarles la tranquilidad que les permita disfrutar plenamente de la vida y de sus seres queridos. dentro de su politica de funcionamiento tienecomo meta principal servir con vocación, calidez y sensibilidad en el acompañamiento de todos los servicios funerarios integrales y dignos que ofrecen para aminorar la conmoción del duelo en los momentos más difíciles.

Desde la vision socialtrabajan colaborativamente y con calidad humana para ser la empresa funeraria líder en la prestación de servicios exequiales nacionales e internacionales, distinguiendose por su sensibilización, protección, acompañamiento funerario cálido y sensible, un profundo respeto hacia la gran familia de afiliados y la ciudadanía, así como estar en constante innovación.

Respaldo empresarial

EMPRESA SOLIDARIA

PLATAFORMA EMPRESARIAL COLOMBIA, Exalta la labor en la construcción de país, a la compañia La Aurora Funerales y Capillas, por cumplir a cabalidad con todos los estándares de calidad en sus productos y servicios en la industria; además porque hoy se convierte en ejemplo y faro de solidaridad institucional, haciendo realidad la premisa de “Apoyar para ser visible lo posible”, con su participación en el programa “Apadrinamiento Empresarial” permitiendo asi, que otra empresa pueda continuar o reiniciar operaciones por ende seguir su camino hacia el desarrollo y la sostenibilidad.

COMPROMETIDOS CON COMPROMETIDOS CON LA SOLIDARIDAD DEL PAÍS LA SOLIDARIDAD DEL PAÍS

FUNERARIA Y PREEXEQUIALES LA FE S. A. S Empreesa colombiana solidaria que cuenta con 25 años de experiencia ofreciendo servicios en los municipio de Santa Catalina, Repelón, San Estanislao, Cartagena y Colombia. se destacan por prestar un servicio de calidad con serenidad y responsabilidad porque en los momentos más difíciles estan acompañando y aliviando a las familias.

Son una compañía comprometida en satisfacer todas las necesidades de sus clientes con integridad, dignidad y seriedad.

FUNERARIA Y PREEXEQUIALES LA FE S.A.S se complace en ofrecer un servicio oportuno y con mayor rapidez de alta calidad moral y sensibilidad humana, para brindar apoyo y consuelo en los momentos más difíciles y unas excelentes instalaciones.

Siempre coherentes con sus principios se han propuesto ser un modelo empresarial líder en la costa en el sector funerario, distinguiéndose por su compromiso al continuo progreso de la comunidad mediante los servicios ofrecidos a las familia en general cuando pierden un ser querido.

Para FUNERARIA Y PREEXEQUIALES LA FE S.A.S, es importante el inicio de un compromiso voluntario y explícito en materia de sostenibilidad económica, desarrollo social y equilibrio ambiental, por eso nuestra organización ha venido apoyando y siendo canal de programas centrados en iniciativas de carácter cultural, apoyando a jóvenes y niños. y apoyando a las empresas para salir adelante.

PLATAFORMA EMPRESARIAL COLOMBIA, Exalta la labor en la construcción de país, a la compañia FUNERARIA Y PREEXEQUIALES LA FE S.A.S por cumplir a cabalidad con todos los estándares de calidad en sus productos y servicios en la industria; además porque hoy se convierte en ejemplo y faro de solidaridad institucional, haciendo realidad la premisa de “Apoyar para ser visible lo posible”, con su participación en el programa “Apadrinamiento Empresarial” permitiendo asi, que otra empresa pueda continuar o reiniciar operaciones por ende seguir su camino hacia el desarrollo y la sostenibilidad.

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