PREGONERO OCTUBRE 2018

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Cuarta época Año 7· Zacatecas, Zac., México Octubre de 2018 Núm. 84

Número especial al municipio de Mazapil, Zacatecas, en conmemoración del 450 aniversario de su fundación

Editorial Hablar de Mazapil nos remite a hablar de riqueza, pero vislumbre querido lector allende, no le encandile el oro de la región, que si bien lo hay no es nuestro tema primario, en esta ocasión deseamos mostrarle algo más valioso, patrimonio cultural histórico tangible e intangible de esta región, me refiero al Archivo Histórico Municipal de Mazapil, memoria de este pueblo al que sus primigenios pobladores españoles espléndidamente nombraron Real y Minas de San Gregorio del Mazapil. El documento más antiguo conservado en este acervo data en 18 de junio de 1534, hasta llegar al más reciente fechado en 1987. Mazapil, debido a su posición geográfica y al ser punto de partida para la exploración y consecuente fundación de poblados más septentrionales, posee un caudal inmenso en legajos elaborados por sus pretéritos habitantes; es posible hallar en este cúmulo de información documentos que tratan

prácticamente todas las etapas que ha atravesado México a lo largo de su historia y ahora que el pueblo está de plácemes al cumplir los primeros 450 años de su fundación (considerada esta en octubre 4 de 1568) es nuestro deseo entregar a los investigadores, docentes, alumnos, pero sobre todo a usted, ávido lector de El Pregonero, un tanto del tesoro histórico que aquí se resguarda. Esta edición especial se complementa con textos del acervo del Archivo Histórico del Estado de Zacatecas relacionados con nuestro dilecto pueblo. El destino ha resuelto preservar durante siglos estos archivos para que nosotros tengamos la extraordinaria oportunidad de conocer la vida y obra de aquellos que osaron retar la distancia, el clima y sobre todo a las tribus de la región para buscar fortuna. Es nuestra obligación rescatar y difundir parte del contenido de este archivo para conocimiento y beneficio de las presentes generaciones. Sirva, pues, este ejemplar para estimular al historiador que lleva dentro, estimado lector, y de esta manera tenga usted a bien planear su visita al maravilloso pueblo de Mazapil, Zacatecas para conocer el vasto cúmulo de manuscritos e impresos del archivo histórico, le aseguro quedará encantado.

AHEZ. Lápida que se encuentra en el panteón de Mazapil. Colección particular.

Investigación Criminal En la hacienda de San Juan de la Gruñidora, jurisdicción del real de Mazapil en veinte y siete días del mes de diciembre de mil setecientos y diecisiete años, yo, don Joseph de Barreda y Sotomayor teniente general del capitán don Pedro de Barreda y Hebra, alcalde mayor por su Majestad de dicho real y su jurisdicción, en virtud de la comisión dada por el auto antecedente de dicho señor alcalde mayor para efecto de averiguar la muerte sucedida en esta hacienda de María Josepha González, pasé a ella expresada e hice parecer en forma y conforme a derecho por el cual prometió decir verdad en lo que supiere y fuere preguntado, que siéndolo por mí en todo lo necesario, fue preguntado cómo se llamaba y dijo ser su nombre Rosa María Gallegos y que es natural del reino de León y que iba para Los Asientos en compañía de dos hermanos suyos, el uno nombrado Antonio


Gallegos y otro Diego Gallegos, y juntamente iban con la declarante (dijo) otros tres hombres que había enviado su marido, el cual reside en dichos Asientos, para que la condujesen a dicho paraje el uno nombrado Francisco Blanco, el cual dijo tiene noticias y asiste en los asientos y un hijo del tal nombrado Felipe y el otro llamado Antonio Franco que venía como por cabo de ellos y que llegó la declarante a esta hacienda el día lunes diecinueve que se contaron de este presente mes con los dichos, y una hija suya nombrada María Josepha de edad de doce años cumplidos y que pararon a vista de las casas en una plazoleta y se detuvo día lunes y día martes y el día miércoles por la mañana siguiente pasó la declarante a las casas a hacer de almorzar y envió a la difunta su hija a la parada que han hecho en donde se hallaban el que mató a su hijo nombrado Francisco Blanco, y el otro que venía por cabo y llegando su hija de la declarante a aquel declarante por un poco de atole que la había enviado a traer se halló sin la llave de una cajita en que estaba metido y se sentó sobre de ella y le dijo al mencionado Francisco Blanco, según su hija le dijo antes de morir viéndole sacar unos calzones viejos, —¿Para qué guarda usted esos calzones? ¿Para entrar en Los Asientos? Y respondió él. —Por tan loco me tiene usted que había de entrar con ellos. Y que luego in contineti se sintió herida de un Directorio

L.C. Alejandro Tello Cristerna Gobernador del Estado Mtro. Alfonso Vázquez Sosa Director General del Instituto Zacatecano de Cultura “Ramón López Velarde” María Auxilio Maldonado Romero Directora del Archivo Histórico del Estado Consejo Editorial Genoveva Raquel Andrade Haro Conrado Briseño Guzmán Rosaura Herrera Rosales Cristina del Refugio Morales Miramontes Cristina del Río Hernández José Gerardo del Río Acevedo Miguel Ángel Priego Gómez fundador de “El Pregonero”. 1991. Archivo Histórico del Estado de Zacatecas Lomas del Calvario N° 105, Col. Díaz Ordaz, Zacatecas, Zac. C.P. 98020 Teléfono: (01 492) 92 3 24 09 Email: ahez@live.com.mx

balazo con que cayó en tierra sin haberle visto coger la escopeta ni disparar porque lo hizo por sus espaldas. Y que le preguntó la declarante a la dicha su hija que si le había hablado alguna desvergüenza y que le respondió que no, sino las palabras que van expresadas y que oyó lo que declara. Salió de donde estaban, vio traer a su hija en brazos de sus tíos que ocurrieron allá, según le parece, y la metieron en una de las casas de esta dicha hacienda y que no vio el matador sino solo vio a su hijo y al que venía por cabo, los cuales estuvieron en la hacienda hasta el siguiente día al que al dicho cabo preguntó la que declara cómo había sido el suceso y respondió que no vio él cómo, sino que hasta que volvió y le dijo al malhechor —¿Qué has hecho hombre? ¡Que has muerto a esta mi niña! y respondió el actor —No le hice nada, sino que se espantó. Y que la niña, su hija, estuvo de esta suerte herida sin respirar hasta el día viernes por la madrugada, que expiró. Y preguntándole yo a la declarante si estaba el dueño de la hacienda en ella u otra alguna persona de hombres dijo que no, que el tal dueño de esta hacienda vino a ella el jueves en la tarde siguiente, y esto es lo que declara en todo lo preguntado. Sin embargo de ser su madre por verdad so cargo de juramento que hecho tiene en que se afirmó y ratificó. Declaró ser de edad de veinticinco años, poco más o menos, no firmó porque dijo no saber y firmé yo dicho teniente general con los testigos de asistencia como juez preceptor. Joseph de Barreda Sotomayor. Joseph de Quintanilla y Heredia.

pueda pretender ignorancia de lo contenido en ella, habiéndolo consultado con los de nuestro consejo y de ocurrídose en él con toda madurez se acordó la debíamos mandar, guardar y observar según y cómo irá expresado queriendo tenga fuerza de ley y pragmática sanción como si fuera hecha y promulgada en corte. Mandamos y ordenamos que por las leyes primera y segunda, título VI, libro 7 de la recopilación está dando forma de cómo se ha de usar y llevar los vestidos y trajes por los hombres y mujeres, se guarden las dichas leyes y que en su ejecución ninguna persona, hombre o mujer, de cualquier grado y calidad que sea pueda vestir ni traer, en ningún género de vestido: brocado, tela de oro ni de plata, ni de seda que tenga fondo, ni mezcla de oro ni plata, ni bordado ni puntas, ni pasamanos, ni galón, ni cordón, ni despunte, ni botones, ni cintas de oro o plata tirado, ni algún otro género de cosa en que haya oro, plata ni otro género de guarnición del acero o vidrio, talcos, perlas, alhajas, ni otras piedras finas ni falsas, aunque sea con motivo de bodas. Solo permitimos usar de botones de oro o plata de martillo con que esta prohibición, ni otra alguna, se entienda con lo que se hiciere para el culto divino porque para él se podrá hacer todo lo que convenga. Y en términos de que por el honor de la caballería se pueda traer por los soldados

AHMMaz. Fondo: Administración de justicia. Serie: Procesos Criminales. Subserie: Real y Minas de San Gregorio de Mazapil. Sub-subserie: Hacienda de San Juan de la Gruñidora. Año: 1717. Exp: 42. Fojas: 2v-4f.

PREMISA DE AUSTERIDAD EN MAZAPIL. Sabed que por pragmática de nueve de octubre del año pasado de mil seiscientos y ochenta y cuatro se dio providencia contra el uso de trajes y otros trastos superfluos, y con el transcurso del tiempo y otras ocasiones se ha relajado la observancia de lo que entonces se ordenó, siendo esto en grave perjuicio del bien de mis vasallos, experimentándose cada día más este inconveniente y deseando yo se observe lo dispuesto en la dicha pragmática, renovándola y añadiendo a ella algunos nuevos capítulos sobre la prohibición de coches en algunas personas, forma de traer lutos y otras cosas que se han tenido por precisas y convenientes y para que no se

AHEZ. San Alejandro, Obispo. Patrono de Mazapil. Autor desconocido. Ca. 1723.


AHEZ. Silo para granos. Mazapil. Colección Particular. que estuvieron en la guerra y no fuera de ella o en otros actos concernientes a la misma guerra, ropas aunque sean de tela y géneros que se prohíben y lo mismo que se entienda en las fiestas de a caballo en las plazas públicas. Y así mismo prohibimos poder traer ningún género de puntas y encajes blancos ni negros, de seda ni de hilo, ni de humo, ni de los que llaman de ginebra ni usarlos en vestidos, jubones de mujer, hongarinas, basquiñas ni lienzos, ni enguantes, toquillas de sombreros y ligas ni en otros trajes y solo se han de poder traer los blancos en las valonas de hombres y mujeres a las cuales permitimos las puntas negras que acostumbran traer en sus mantos siendo fabricadas en estos reinos de España y en las demás partes permitidas por esta pragmática. Y así mismo prohibimos que se pueda usar de ningún género de cintas de realce que tengan mezcla de oro o plata de cualquiera género o colores que sean. Y por cuanto sea reconocido el abuso y el exceso grande que de algunos años a esta parte se ha introducido en el uso de aderezos de piedras falsas y gastos inútiles que en ellos se hacen con desestimación de las finas ordenanzas y mandamos que de aquí en adelante ninguna persona, hombre ni mujer, de cualquier calidad o grado que sea pueda comprar, vender, traer aderezo ni otro adorno

de piedras falsas que imiten diamantes, rubíes, esmeraldas, topacios u otras piedras finas que nos, por esta ley pragmática y para desde el día de la publicación de ella, prohibimos el uso de ese género de aderezos de piedras falsas debajo de las penas en ella expresadas. Mandamos que la prohibición respecto de los trajes se entienda también con los comediantes hombres, mujeres, músicos y demás personas que asisten en las comedias para cantar y tocar y solo se les permiten vestidos lisos y de seda negros o de colores como sean de fábricas de estos reinos o de los de sus dominios y provincias amigas, y les damos de término hasta el día del corpus del año que viene de mil setecientos y noventa y dos para el consumo de los vestidos que tuvieren hechos al presente y excedieren de la regla que ahora se les da con declaración que ésta se ha de entender y observar inviolablemente desde el mismo día del corpus, inclusive permitimos que las libreas que se dieron a los pajes puedan ser ropillas, calzones y mangas de seda llanas fabricados en estos reinos y en sus dominios y no se han de poder dar ni traer capas de seda sino de paño y bayeta roja u otra cosa que no sea de seda ni atoradas en ella y las medidas han de poder ser de seda.

no sabiendo el número de esta. Lo que se inserta a esa superioridad en el concepto que por los exploradores que esta jefatura tenia por el rumbo de Catorce y que en este momento acaban de regresar, se sabe que más de trescientos reaccionarios se encontraban en el rancho de Aguadulce con dirección a este mineral que tal vez será ocupado hoy mismo por la indicada fuerza, pues dicho punto se halla a diez y nueve leguas de distancia y como se carece de todo medio de defensa el que suscribe con las demás autoridades y empleados saldrán de esta población procurándose antes poner en salvo la parte de archivos que sea posible y en cualquier punto que me sitie participare a usted lo que ocurra sobre el particular. En este momento se halla reunida la corporación con el fin de hacer saber al vecindario el inminente peligro que lo amenazan y que ya que no es posible resistir la fuerza de al menos se pongan en salvo las personas. Le verificare mi salida cuando ya se aproxime el enemigo. Protesto a vuestra merced mi aprecio y distinguida consideración. Dios, Libertad y Reforma Mazapil, septiembre 16 de 1861, a las dos de la mañana. Gregorio Padilla. Celio R. Ramos" Solidaridad con nuestros hermanos de Mazapil.

AHMMaz. Fondo: Administración local. Serie: Disposiciones reales. Subserie: Ciudad de Guadalajara. Año: 1716. Expediente: 39. Foja: 2-4.

Año: 1861

ANTE POSIBLE ATAQUE A MAZAPIL POR FUERZAS INSURRECTAS, RESGUARDAN ARCHIVO Y POBLACIÓN. Con preocupación el gobierno del Estado recibió la siguiente comunicación: “. Ciudadano Gobernador Interino del Estado de Zacatecas. Mazapil, septiembre 16 de 1861.- El presidente municipal de Concepción del Oro informa: "En estos momentos acaba de llegar a la ciudad de Catorce el ciudadano Rafael Valero, quien da parte a esta Presidencia de hallarse en aquel punto los reaccionarios en número de 900, todos de caballería y al mando del general Márquez, el mismo que ha exigido un préstamo de 60,000 pesos, los mismos que tiene ya recibidos, según lo expresa Valero. También noticia este individuo que el rumbo que llevan es el de Zacatecas, que esto se lo dijo un coronel de aquella fuerza, aunque don Octaviano Ibargüengoitia cree que se dirigen a Monterrey, igualmente hace saber Valero que a reserva de la caballería que se mención supo que en Matehuala se encontraba la Infantería

AHEZ. Fondo Poder Ejecutivo. Serie. Gobernador. Caja.

SE DAN EN POSESIÓN TERRENOS En el partido de Mazapil se está dando en posesión unos terrenos para establecimiento de un cable aéreo destinado al transporte de minerales. “Al margen un sello que dice: Jefatura Política del Partido de Mazapil, estado de Zacatecas. En la mina del Refugio, jurisdicción del partido de Mazapil, en terreno perteneciente a la hacienda de “Bonanza”, constituido al jefe político que suscribe, asociado de su Secretario y con asistencia de los señores Isidro González, superintendente de la “Compañía Minera de Torreón”, acompañado de su patrono señor licenciado Enrique Alcalá, del señor Alejandro W Edelen, superintendente de la American Smelters Securities Company en Bonanza, a la una de la tarde del día veintiuno de enero de mil novecientos nueve, a fin de dar cumplimiento al decreto dictado por el Supremo Gobierno del Estado con fecha cinco de enero del presente año, así como también a lo dispuesto


Juan Manuel de la Rosa (1945) Artista zacatecano, pintor, grabador, ceramista. Estudió Artes Plásticas en la Universidad de Nuevo León, su trabajo artístico ha sido reconocido no solo a nivel nacional sino también en otros países, Durante su carrera se ha especializado en diversas técnicas, por ejemplo en la elaboración de papel hecho a mano en Cuba, Egipto y Japón, una de sus características de su trabajo es tomar elementos del desierto zacatecano y plasmarlo en sus obras. Ha realizado una serie de exposiciones tanto nacionales como internacionales. Cabe destacar algunas como las que ha realizado en la galería Arroyo de la Plata o en el Museo Manuel Felguérez Como fueron El Juglar o Caminando en el polvo del desierto, Ha ilustrado libros de Poesía y Narrativa, también cabe destacar su conjunto plástico en el Hospital regional de Fresnillo Zacatecas, así como su labor cultural en Sierra Hermosa donde fundó una biblioteca y un cine club.


50 ANIVERSARIOS DE LA SEDE DE LA GRAN LOGIA DEL ESTADO DE ZACATECAS “JESÚS GONZÁLEZ ORTEGA”. (Antiguamente escuela de primeras letras “EDUARDO G. PANKHRUST”)

Los masones son individuos activos en el espacio público. Cierto, son más tenidos como políticos e integrantes de elites o grupos en el poder. Pero situémoslos, para tener un panorama de ellos como vecinos reconocidos, dirigentes de causas públicas y gestiones para la comunidad inmediata; también hay hermanos dedicados a sus labores como comerciantes, propietarios-agrícolas, negociantes entre particulares y ante las autoridades; hay profesionistas, trabajadores en oficios, burócratas… En su acción cotidiana y programada, los masones reconocidos y discretos han generado testimonio de sus labores –palabra, obra y pensamiento-. El Archivo Histórico del Estado resguarda en sus diferentes fondos documentos que indican quiénes eran; qué hacían, cómo, dónde, para qué. En esta exposición hay de todo: Acuerdos de la Junta Patriótica de la capital del Estado libre de Zacatecas (1829). Son actas sencillas donde se registran asistentes (lista); lugar y día de reunión; lo acontecido en la reunión. En esas reuniones asistieron masones yorquinos y escoceses. La civilidad les condujo a convivencias y acuerdos. Cartas de los generales Nicolás Bravo y Vicente Guerrero (1825). En las misivas los líderes nacionales de escoceses y yorkinos aceptan ser integrantes de la Sociedad Patriótica de Amigos del País del estado de Zacatecas. Esta asociación es antecedente de la Junta Patriótica.

Iallí se convivió, porque hubo una advertencia: no era la logia masónica de unos y otros, sino el medio constitucional para laborar en la entidad. Discurso de instalación (1825). En la perorata se insiste, asociarse no es sinónimo de masonería, pero coinciden en principios, fines y acciones. Invitación para reunirse (1825). Firma la misiva Salvador Morillo, burócrata de hacienda proveniente de Sombrerete. A él podemos reputar como uno de los masones que de aquel mineral vino a trabajar en lo suyo y en la masonería. Credencial de la Sociedad Patriótica. En este documento están los préstamos culturales que hizo la asociación. Allí están los símbolos de la Ilustración, los de la masonería y el liberalismo. Gaceta del Supremo Gobierno del Estado de Zacatecas (1829). El periódico contiene el acta de sesiones del Congreso donde se postula la prohibición de las sociedades secretas, entre ellas de la masonería, en la entidad. Catálogo de los principales errores de nuestra época (1865). Es el libro que contiene la prohibición de las modernidades y enemigos de la Iglesia católica. Decretos y publicidad política. Son decrectos de gobernadores masones, como Manuel González Cosío, Jesús González Ortega, Miguel Auza… Cubierta de una entrega del Bosquejo histórico de Zacatecas, obra de don Elías Amador (1893). El Hno:. Amador fue un masón regular en la década de 1890.

Expediente judicial (1896). Es muestra de cómo los masones dirimían sus conflictos en instancias gubernamentales. Este expediente importa, porque la masonería hace frente, embate y lo apabullan los “eternos enemigos” de la luz y la razón. Memoria administrativa de Eduardo G. Pankhrust (1908). En los testimonios inscritos aparecen las obras de su gobierno (1904-1908). Destaca la escuela de primeras letras que llevó su nombre y ahora es sede de la masonería que se trabaja en la capital del estado y sede de la Gran Logia del Estado de Zacatecas “Jesús González Ortega”. Discurso de Severo Cosío (1861). Este es otro testimonio público de un Hno:. Este documento cruza las historias de las ideas y pensamiento en la forja del liberalismo, el protestantismo religioso y las formas de hacer públicas de un masón. Reseña de labores del Círculo Recreativo de Fresnillo (1898). Este folleto contiene las marcas de los masones fresnillenses, quien fuera de logia laboraban en una asociación amorosa y difusora del conocimiento científico y útil. Marco Antonio Flores Zavala, Universidad Autónoma de Zacatecas


en su orden de fecha trece del mismo mes, en los que dispone se de posesión a la compañía denominada “Compañía Minera de Torreón” de (3) tres hectáreas, (55) cincuenta y cinco aras y (16) dieciséis centiáreas del terreno perteneciente a la American Smelters Securities Company situado en este Partido, para el establecimiento de un cable aéreo destinado al trasporte de minerales de la mina “Albarradón” a la estación “Avalos” del Ferrocarril Coahuila y Zacatecas, con fundamento de lo dispuesto en las fracciones H.I.J.M. del artículo sexto y del dieciocho de la ley de expropiación vigente en el estado, se procedió a practicar la diligencia y en tal virtud, el jefe político que suscribe, asociado de su secretario, da formal posesión de los terrenos aludidos, conforme a la solicitud y al plano subscritos por el ciudadano ingeniero Leonardo Muñoz, en representación de la “Compañía Minera de Torreón, Sociedad Anónima”, que obra en el expediente relativo y por tal motivo se hace saber al señor Isidro González, con la representación indicada así como también al representante en este acto de la Compañía expropiada, a fin de que desde esta fecha la “Compañía Minera de Torreón, sociedad anónima, pueda ejercitar todos los derechos que adquiere en virtud de la posesión que se le otorga, en cuyo ejercicio tendrá el apoyo de la ley y de los poderes públicos, en nombre de la soberanía del estado. Dese conocimiento de este acto a la compañía expropiada; dese aviso al Supremo Gobierno del Estado y líbrese copia certificada al ciudadano juez primero de

primera instancia de Mazapil, para los efectos legales a que haya lugar y expídanse las que pidieren los interesados. En el mismo acto, presente como se lleva manifestado, el señor Isidro González, con el carácter con que comparece, manifestó que recibe para la “Compañía Minera de Torreón” el terreno de que se le acaba de dar posesión y pide que se le extienda copia certificada de la presente acta, firmando los que en ella intervinieron, con excepción del señor Alejandro W. Edelen, superintendente en bonanza de la compañía American Smelters Securities Company, por haberse negado a hacerlo. Doy fe. E.J.P. Demetrio Bustamante. Isidro González. Enrique Alcalá. Pedro P. y Pérez. Secretario. Mazapil, a seis de febrero de mil novecientos nueve.” AHEZ. Fondo: Poder Judicial. Serie: Civil. Subserie: Mazapil. Caja: 2. Año 1909.

SE ACLARAN LINDEROS DE LA

“HACIENDA SAN MARCOS DEL TAPADO” Cuentas claras para seguir siendo buenos vecinos. En la ciudad de Zacatecas, a las once de la mañana, de hoy sábado dieciocho de septiembre de mil novecientos nueve; ante mí Luis D. Hernández, notario público y testigos instrumentales que se mencionarán, compareció el señor licenciado don Ricardo Ortega, soltero, mayor de edad, de esta vecindad (…) y dijo que es apoderado general amplísimo de la señora doña María de Igueravide de del Hoyo y su esposo, el

AHEZ. Primera página de la fundación de Cofradía de la Purísima Concepción. Colección particular.

señor don Francisco del Hoyo, el señor licenciado Ortega, quien continúa exponiendo: que su poderdante, la señora doña María Igueravide de del Hoyo, es dueña en pleno dominio de la finca rústica denominada “Hacienda de San Marcos del Tapado”, que es anexa a la de “San Tiburcio”, ubicada en el partido de Mazapil de este Estado, según lo acredita con el testimonio de la hijuela respectiva, compulsada en la ciudad de San Luis Potosí, el día veinte de agosto de mil novecientos, Que la expresada finca rústica está situada al Sur de las fincas denominadas “Ciénega de Rocamontes” y “Guadalupe Garzaron”, las cuales lindan por consiguiente, con aquella por el mismo viento Sur, en las mojoneras nombradas “Tinajitas”, marcada con el número dos en el plano levantado por el ingeniero don Manuel Díaz Ulibarri, en el año de mil ochocientos ochenta y cuatro; de esta mojonera sigue la línea a la del “Hormiguero”, señalada con el número tres en el expresado plano, situada en el cerro del mismo nombre de la del “Hormiguero” a la de la “Loma Atravesada”, ubicada en el cerro conocido por este nombre; de allí a la del “Puertecito,” y de ésta a la de la “Mala Paz”, marcada en el plano referido con el número cuatro; sigue al Poniente hacia la mojonera de la “Carrera”, señalada con el número cinco; de aquí a la número seis llamada del “Cerrito”; de esta a la del “Camino”, marcada en el plano de referencia, con el número siete, y por último, de aquí a la del “Arenal”, marcada con el número ocho, que es la divisoria de los terrenos de “Ciénega de Rocamontes”, “San Marcos del Tapado” y ejidos de Concepción del Oro. En la mojonera de la “Mala Paz” termina el lindero de “Guadalupe Garzaron” y comienza el de “Ciénega de Rocamontes”. Que habiendo sido solicitado por el señor doctor Juan Breña, dueño de las referidas haciendas de “Guadalupe Garzaron” y “Ciénega de Rocamontes”, situadas como se ha dicho al norte de la de “San Marcos del Tapado”, para que exprese su conformidad con el lindero de ellas, en la parte que toda la propiedad de la hacienda de “San Tiburcio”, de la que es anexa “San Marcos del Tapado”, a fin de cumplir con el requisito exigido por la fracción segunda del artículo 39 de la Ley de Baldíos de veintiséis de marzo de mil ochocientos noventa y cuatro, manifiesta el compareciente, como apoderado de la señora Igueravide de del Hoyo, su completa conformidad con dicho lindero en los puntos anteriormente expresados; haciendo constar que las mojoneras “Loma Atravesada” y “Puertecito”, inter medias entre las mojoneras del “Hormiguero” y de la de “Mala Paz” no figuran en los planos y solo están mochoteadas o señaladas en el terreno, pero el señor doctor Breña, las construirá en los puntos indicados, cuando le parezca. Leída esta acta al señor compareciente, cuyos efectos y valor legal,r firmó. don Ignacio Pérez, R. Ortega. I. Pérez. M. de la Puente. Ante mí Luis D. Hernández, notario público. AHEZ. Fondo: Notarías Siglos XIX-XX. Serie: Luis D. Hernández. Protocolo: 33. Fojas: 44v.-46. Año: 1909.


INFORME DE LA JUNTA DE SANIDAD DE MAZAPIL Sin duda hay varios puntos que se pueden mejorar. "Ciudadano José Bejarano Jefe Político del Partido de Zacatecas. Junta de Sanidad. Queda recibido en esta jefatura el oficio de vuestra señoría por el que me comunica estar instalada la junta de sanidad en esa capital con el carácter de superioridad que sobre las otras juntas de los restantes partidos le ha dado el supremo gobierno. La que ocupada en prever para evitar en parte la proximidad en que se encuentra ya la epidemia de las viruelas, sólo debo decir a vuestra señoría que estando instalada en este mineral la junta de sanidad desde abril del año próximo pasado, se ha reunido ésta con fecha de ayer, a quien he hecho patente los conceptos de vuestra señoría como al mismo tiempo el quedar entendida mantendrá sus relaciones en cuantos casos le sea necesario, con que sometiéndose a sus órdenes, juzga por oportuno poner en su conocimiento que desde la fecha de 18 de junio del año próximo pasado de 1829 que llegó a este mineral el reverendo padre fray Vicente Macías del orden de nuestro padre San Juan de Dios, que por orden del supremo gobierno trajo el fluido vacuno, se conserva bajo el cuidado de prepararlo, en el ciudadano Domingo Espinosa, quien está gratificado con la cantidad de 52 pesos anuales por los fondos de ayuntamiento quien hasta esta fecha ha desempeñado su comisión, manteniendo dicho fluido en la mejor disposición como se deja ver por los estados que tiene presentados al supremo gobierno los que aunque no manifiestan más de tres puntos donde ha verificado la vacunación, ha sido a causa de algunos puntos de esta municipalidad se hallan a largas distancias y que la cortedad de sus gratificaciones no se lo han permitido, lo que verificará mediante las órdenes de esa superioridad. Pues aunque se circularon los ejemplares de la instrucción para ministrar la vacuna, no ha tenido efecto en algunos puntos de esta municipalidad. Todo lo cual pongo en conocimiento de vuestra señoría para su inteligencia reproduciendo a nombre de la junta que tengo el honor de presidir los testimonios de mi consideración y respeto. Dios, Libertad y Federación. Mazapil, febrero 16 de 1830. Antonio Núñez. Domingo Espinosa, secretario."AHEZ. Fondo: Jefatura Política. Serie: Sanidad. Caja: 3. Expediente: S/N. Año: 1830.

AHEZ. Paisaje de Mazapil. Siglo XX.Colección particular.

SE CONSTITUYE LA COFRADÌA DE NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO EN MAZAPIL Constituciones que han de observar los cófrades de nuestra Señora del Rosario, sita en la parroquia del Mazapil, es como se siguen. La primera es la fiesta titular de todos los años como por de devoción se ha observado hacer la primer dominica de octubre víspera, misa y sermón, dando por la misa y vísperas diez pesos y por el sermón doce pesos, cuatro reales y que la víspera de dicha función se saque el Rosario por las calles públicas con la mayor decencia que se pueda y que el día mismo de dicha función según elección de mayordomo, y el que saliere electo haya de ser en dos libros el uno para asentar a los que quisieren entrar en dicha cofradía y el otro para que asiente el gasto y recibo de dichas limosnas. Nómina de los fundadores y hermanas cófrades de la Cofradía de la Santísima Virgen María del Rosario, vivos y defuntos [sic], fundada en este Real de San Gregorio de Mazapil año de setecientos cuarenta y tres.

El bachiller don Juan de Villarreal, cura beneficiado de este real y su jurisdicción. Don Francisco de Yruegas. Don Juan Antonio de Yruegas. Don Manuel del Castillo. Don Joaquín de Barreda y Ebra. Don Juan Antonio de Vicuña. Don Tomás de las Herrerías. Juan de los Santos Frías. Don Felipe del Castillo. Don Joseph Ortiz. Don Joaquín de Albastegui. Manuel Cabello. Don Ildefonso Joseph. El señor bachiller don Francisco Antonio de Elizondo. María Josepha de Córdoba. Don Antonio de Guzmán y Prado. Doña Juana Gertrudis Cepeda. Doña Gertrudis Antonia de Guzmán y Prado Santiago Ramírez. Doña Rosalía Ruiz de Guadiana […]. Archivo Parroquial de Mazapil. Área: Disciplinar. Sección: Cofradías y congregaciones. Serie: Nuestra señora del Rosario. Subserie: General. Caja: 82. Expediente 3. Fojas: 4f. Año: 1743.

AHEZ. Memoria Administrativa del Gobernador Eduardo G. Pankhurst. Col. Esp. ARG. Serie: Libros. Caja:04. Exp. 24. Año: 1909


AHEZ. Paisaje de Mazapi. Colección particular.

INVENTARIO Inventario o reconocimiento pormenor que hoy día de la fecha se hace de las alhajas de plata y demás pertenecientes a esta parroquia y son las siguientes, a saber. Sacristía Primeramente 1 cáliz con su patina, cucharilla, 1 platillo con vinajeras y campanilla todo sobredorado. Ítem 3 cáliz con sus patinas y dos cucharillas. Ítem 2 candeleros de tercerilla, 1 ostiario, 1 incensario, 1 naveta, 1 cucharilla, 3 clavos de un santo Cristo. Ítem 2 custodias, 2 copones. Ítem 1 palabrero. Ítem la cruz y los ciriales. Ítem 1 relicario sobredorado Ítem 1 acetre con su hisopo y un Espíritu Santo. Ítem 4 platillos de vinajeras y 5 vinajeras. Ítem 4 arandelas de mano.

AHEZ. Mariposas Monarca, Mazapil. Colección particular.

Ítem 3 anforitas del óleo. Ornamentos Por un ornamento blanco de tela que se compone de casulla, capa, frontal, manípulo, estolas, paño de cáliz y bolsa de corporales. 2 casullas verdes de damasco. 1 ornamento negro. 1 almaisal y muceta de nuestro amo. 1 ornamento negro de raso con dalmática 3 casullas moradas, una capa pluvial y un estolón todo de damasco. 7 albas, 2 cíngulos, 7 sobrepellices, 2 manteles de la barandilla, 17 purificadores, […] con cuello y bonete de los monaguillos. Altar mayor 6 blandones de plata. 3 arbotantes. 1 vasito purificador. 2 atriles. 2 llavecitas del sagrario. 1 lámpara con vaso de palta. 1 crucifijo con cantonera de plata. 1 diadema de Santa Ana. El altar habilitado de frontal, palio, manteles y guardapolvo. Altar de Dolores 1resplandor. 1 corona y cacles de nuestra Señora del Tránsito. De la misma imagen 11 anillos de oro. Frontal: palio y manteles. Altar del Rosario

2 coronas de filigrana, cacles del niño. 2 rosarios engarzados de palta. 1 crucifijo con cantonera de plata. Frontal: palio y manteles. Altar de Guadalupe 4 ramilletes. 2 diademas. 1 resplandor Frontal: palio y manteles. Altar del Señor de las Aguas 1 corona: 3 clavos y el INRI. Frontal: palio, manteles y tapete nuevos. Altar de Ánimas 1 resplandor y 3 clavos de nuestra Señora de la Soledad. Fontal: palio y manteles. Altar de San José Corona y vara del señor San José. Fontal: palio y manteles. Altar de nuestra Señora del Pilar La corona de nuestra señora y niño. La corona y caña del señor de la humildad. Fontal: palio y manteles. Altar de San Gregorio 1 tiara con 3 coronas y la cruz de San Gregorio. El pectoral. Frontal: palio, manteles y tapete nuevos. Bautisterio 1 platón, los crismeros y una concha. Sacristía 8 misales, 1 ritual, 4 imágenes que son: crucifijo, Jesús con corona, Resurrección con baldoquín, San Juan. 1 Espejo, 1 bandeja, 1 vaso de cobre, 3 linternas, 18 blandones de cobre, 24 cubos de fierro, 11 cuadros, 1 arandela, 1 cruz de pecho, 1 nicho, 1 jaras de pedernal. Iglesia 3 sillas, 3 cojines, 7 tapetes: 2 grandes y 5 chicos, 1 trinidad con vidrieras, 2 pantallas de id., 1 crucifijo con baldoquín, 4 confesionarios 14 cuadros de viacrucis, 5 campanillas de cobre. Todo lo que expresa el inventario que antecede recibí cuando por oficio su fecha 3 de mayo de 811 del señor comandante don Gregorio Blanco me hice cargo de este curato por separación del propietario don Joaquín de Velazco y Altuna y de que dio fe el señor juez del partido. Marcelino García. Archivo Parroquial de Mazapil. Área: Disciplinar. Sección: Gobierno. Serie: Administración. Subserie: Templos, capillas y vicarías. Caja: 97. Libro o carpeta: 1. Expediente: 2, sacristía. Fojas: 2-4. Año: 1811.


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