Cuarta época Año 7· Zacatecas, Zac., México Noviembre de 2018 Núm. 85
Edición especial dedicada al festival de la muerte en Xcaret, Cancún Quintana Roo Zacatecas como Estado invitado artistas locales que tiene un reconocimiento tanto nacional como internacional, Así que el ejemplar que tienes en tus manos, además de dar noticia sobre eventos históricos que dan identidad a nuestro origen mestizo. Este número se engalana en las páginas centrales con imágenes de Ismael Martínez Guardado y Pedro Valtierra, así como cada página lleva imágenes de Juan Manuel García Jiménez, Blanca Lozano Meyemberg, Anael Díaz, Ana Alonso, Gerardo del Río Acevedo y Bianca Salinas. Aquí en plena celebración, va para todos ustedes de obsequio su calaverita de azúcar.
Editorial
LUTO POR EL REY FELIPE III
Año con año se celebra a la muerte. Esta tradición, se ha visto impregnada por diversos lenguajes gráficos que enriquecen y diversifican la iconografía de la muerte, más allá del Tzompantli, el memento mori o las danzas de la muerte, en el colectivo imaginario del mexicano hay un guiño juguetón, que se hace presente desde las calaveras de José Guadalupe Posada hasta los esqueletos lúdicos de Francisco Toledo. Diga año con años hordas de niños asaltan las calles convertidos en espectros terrenos que piden el muerto o claman por su calaverita, con canticos: El muerto pide camote/ la viuda pide una ayuda/ para su pobre criatura, y que al paso de los años ha ido creciendo acorde a la imaginación del versificador. Y llenar sus bolsas de golosinas, entre esas delicias, puede haber Pan de muerto, Calaveritas azúcar o de chocolate para saborear a mordiscos la muerte. Así que hoy que Zacatecas es invitado al Festival de la muerte en Xcaret, El Pregonero que es el órgano oficial de difusión del Archivo Histórico del Estado de Zacatecas, tiene el placer de editar un número especial dedicado al Día de Todos los Santos y Los Fieles Difuntos. Este número está ilustrado por
Acuerdan las autoridades las honras que se ofrecerán por tan dolorosa pérdida. "Estando en la sala de su ayuntamiento el Cabildo, Justicia y Regimiento de esta Noble y Muy Leal Ciudad de Nuestra Señora de los Zacatecas, en treinta días del mes de octubre de mil y seiscientos y veinte y un años, es a saber el señor capitán don Antonio de Figueroa, corregidor, Juan de Alvarado, tesorero, Miguel Bazán de Larralde, contador, Francisco de Castro, factor, Antonio León Covarrubias, alguacil mayor, don Juan Cortés Tolosa Moctezuma, alférez real, Cristóbal Martínez, Juan de Monroy, regidores, el dicho señor corregidor trató y confirió a los dichos capitulares que hoy había recibido un mandamiento del señor licenciado don Pedro de Otalora, del Consejo de su majestad y su presidente y gobernador de este reino, en que por él manda haga pregonar en esta ciudad y su distrito que todos los vecinos de esta ciudad se vistan de luto en decente forma y le traigan tiempo de seis meses por el rey don Felipe Tercero, que Dios tiene en el cielo, y que en las iglesias clamoreen las campanas treinta días continuos al amanecer, a mediodía y después de la oración, y se hagan las honras y obsequias que es costumbre con la solemnidad que fuere posible, y que por la
AHEZ. Esqueleto. Juan Manuel García Jiménez. Linóleo/ papel. 2018. Colección Particular.
sucesión de nuestro rey don Felipe cuarto, de este nombre, se alcen pendones en su real nombre y se hagan las solemnidades que en semejantes casos se requiere, como parece por el dicho mandamiento de que hizo demostración el dicho señor corregidor, en el cual ha respondido que en cuanto a los lutos y honras que por él manda se hagan están prestos de hacerlo puntualmente, y en cuanto al alzar pendones en nombre de nuestro rey, que Dios guarde, lo ha hecho ya esta ciudad con la autoridad posible en virtud de una real cédula dirigida a ella, su fecha a primero de abril de mil y seiscientos y veinte y un años, y para que este cabildo guarde y cumpla lo que es de su cargo y como debe hacerlo como leales vasallos de su majestad con las demostraciones que es justo, acordaron y decretaron lo siguiente: Que se encarga al dicho tesorero, Juan de Alvarado, hable a los curas y vicarios de esta dicha ciudad de parte de este cabildo para que en la parroquial desde el jueves que viene, cuatro de noviembre de este año, al amanecer y a mediodía y a las avemarías se clamoreen las campanas y se le encomiende el sermón para que le predique el día de las honras que se han
de hacer a veinte y cuatro de este mes por la católica majestad del rey don Felipe tercero al licenciado Diego de Herrera y Arteaga, cura beneficiado de esta ciudad, y la misma prevención haga con los prelados de los conventos para que clamoreen las dichas campanas a las dichas horas y que todos los religiosos se hallen en la parroquial a hacer las dichas honras las vísperas y día que se dicen las misas. Ítem acordaron que el túmulo que se ha de hacer y aderezar para el dicho efecto, que ha de ser lo mejor que sea posible, se remite al dicho contador Miguel Bazán de Larralde para que por su mano se prevengan los oficiales que lo han de hacer y las demás cosas necesarias, y con su memoria lo que costaren se dé libranza para que Mateo de Herrera los pague en cuenta del alcance que se le hizo de la media sisa que esta dicha ciudad cobró, que se dé libranza para el dicho efecto de lo que hubiere en poder del mayordomo de la ciudad de los propios de ella, que el regidor Juan de Monroy hable a los alcaldes ordinarios para que se hallen en las honras en cuerpo de ciudad como tienen obligación, y en cuenta del dicho alcance se paguen a los dichos oficiales reales a cada uno sesenta pesos, y al alguacil mayor otros sesenta pesos, y al alférez real otros sesenta pesos, y a Cristóbal Martínez, Juan de Monroy, Pedro de Ortega, regidores, el bachiller Pedro Gómez Guisado, depositario general, y al escribano
de este cabildo y al bachiller Pedro de Alcaraz, letrado de la ciudad, a cada uno otros sesenta pesos, y a Pedro Francisco Granado, portero, treinta pesos de oro común, todo en reales, para que hagan lutos para el dicho efecto, y los dichos oficiales reales el día de las honras lleven la corona, cetro real y el estoque a la iglesia parroquial para que se pongan en el túmulo como es costumbre, y lo que montaren los dichos
Directorio
AHEZ. Danza macabra. Blanca Lozano Meyemberg. Linóleo /papel. 2018. Colección particular.
L.C. Alejandro Tello Cristerna Gobernador del Estado Mtro. Alfonso Vázquez Sosa Director General del Instituto Zacatecano de Cultura “Ramón López Velarde” María Auxilio Maldonado Romero Directora del Archivo Histórico del Estado Consejo Editorial Genoveva Raquel Andrade Haro Conrado Briseño Guzmán Rosaura Herrera Rosales Cristina del Refugio Morales Miramontes Cristina del Río Hernández José Gerardo del Río Acevedo Miguel Ángel Priego Gómez fundador de “El Pregonero”. 1991. Archivo Histórico del Estado de Zacatecas Lomas del Calvario N° 105, Col. Díaz Ordaz, Zacatecas, Zac. C.P. 98020 Teléfono: (01 492) 92 3 24 09 Email: ahez@live.com.mx
lutos se ha de pagar asimismo del dicho alcance que se hizo al dicho Mateo de Herrera de la media sisa de vino que se cobró por esta ciudad. Y así lo acordaron y firmaron. Diego de Herrera y Arteaga, cura beneficiado de esta ciudad. Don Antonio de Figueroa. Juan de Alvarado. Miguel Bazán de Larralde. Antonio León Covarrubias. Don Juan Cortés Tolosa Moctezuma. Juan de Monroy. Mateo de Herrera, escribano de cabildo." AHEZ. Fondo: Reservado. Expediente: 03. Libro Tercero de Actas de Cabildo de la Ciudad de Zacatecas. Fojas: 86-86v. Año: 1621.
AHEZ. Fondo: Mapas e Ilustraciones. Serie: Imágenes. Caja: 01. Expediente: 07. Año: 1884
DOS MIL PESOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA IGLESIA PARROQUIAL Don Gaspar no tuvo hijos, por lo que heredó sus bienes a sus familiares y a obras pías. En el nombre de Dios todopoderoso y de la siempre Virgen María, madre de Dios y Señora Nuestra, concebida en gracia y gloria, desde el primer instante de su ser, amen. Sea público y notorio a los que el presente vieren como yo don Gaspar de Larrañaga, originario de la merindad de Estela, en el reino de Navarra, hijo legítimo de don Matías de Larrañaga y doña María de la Garza, difuntos, vecino de esta ciudad de Nuestra Señora de los Zacatecas y minero en el Real y Minas de los Asientos… Hago y ordeno mi dicho testamento y última voluntad en la forma y manera siguiente: Cláusulas. 23.- ítem declaro que sobre la hacienda llamada El Río Chico, que otras y diferentes bienes vendí al dicho señor Marqués de Altamira, están impuestos a mi favor cuatro mil pesos de principal, de que dicho señor paga los réditos anuales, cuyo principal y réditos tengo destinados y fincados para la celebridad de la anual fiesta que celebro en la iglesia parroquial de esta ciudad, del glorioso Patriarca Señor San José, en mi sobredicho su altar, en cuyo día salen dos huérfanas, de cuyo censo soy patrono y lo han de ser mis herederos, para cuya perpetuidad, mando que si dicho señor Marqués o sus sucesores lo redimieren, se impongan de nuevo sobre fincas seguras, para que no descaezca esta dotación, que así es mi voluntad y lo declaro para que conste. 24.- ítem declaro tengo en poder de don Juan Antonio de Lamas, vecino y mercader en esta ciudad, un mil pesos en reales y es de doña Juana Rodríguez de Salamanca, viuda de don Blas Núñez Hurtado, vecina de ella, otros seiscientos pesos, que ambas cantidades pertenecen a los dotes de huérfanas que han salido en las fiestas que contiene la cláusula antecedente y están por tomar estado, de que uno y otro pagan los réditos de un cinco por ciento, de las que son en el ínterin que lo toman, mando y es mi voluntad, que a dichas huérfanas se les entregue según las cláusulas de su dotación, que así es mi voluntad… 28.- ítem declaro que una de las dos huérfanas que salen en la fiesta del señor San José, está invertido su dote en el dicho censo de la hacienda del Río Chico, y la otra que ha salido, ha sido por vía de devoción, y para que
se continúe, mando y es mi voluntad que sobre los dos mil y quinientos pesos que tengo sobre las casas del dicho don Antonio de Montes, se solicite por mis albaceas finca segura y sobre ella finquen y funden otros mil y quinientos pesos que saquen de mis bienes, para que con los réditos de una y otra cantidad, se dote la dicha segunda huérfana que hasta aquí ha sido de devoción. Observándose en su nombramiento lo mismo que con la otra, que así es mi última y final voluntad. 29.- Ítem mando que ocurriendo mi fallecimiento, se aparten y den de mis bienes a don Bernabé Núñez de la Torre y a doña María Josefa de la Torre, menores hijos del dicho don Tomás Manuel Núñez de la Torre, difunto y de la dicha doña María Pérez de Aragón, por haberlos criado y amor que a ellos y sus padre tuve como a hijos, seis mil pesos en reales a cada uno de los dos y si acaso murieren en su menoridad alguno de ellos, mando y es mi voluntad que al que quedare, se le den en el todo dos dichos doce mil pesos, los cuales mando entren en poder y sean del cargo del licenciado don Francisco Pérez de Aragón, abogado de la Reales Audiencias de estos reinos, mi sobrino y tío de los dichos, para que a su satisfacción los ponga en poder de la persona o personas que le pareciere para su seguridad y fructificó de réditos que ha de percibir para ayuda de la manutención de dichos mis dos sobrinos en el ínterin que toman estado . 30.- ítem mando y es mi voluntad que en caso de llevarme Dios de la enfermedad presente, se le den de mis bienes a José del Castillo, mayordomo de la fábrica de la iglesia parroquial de el dicho Real de los Asientos, cuatro mil pesos en reales, para que los gaste en la
AHEZ. Torso. Anael Díaz. Linóleo/papel.2018.Colección particular.
capilla mayor, torres, campanario de dicha iglesia, y si acaso se mudare de mayordomo, ruego y encargo al dicho José del Castillo, por la satisfacción que de él tengo, que por el amor de Dios, corra con dicha obra y gastos de dicha cantidad y relevándolo de cuentas y sin que ningún señor juez eclesiástico se lo pueda embargar, por lo que deseo el ver finque y perfeccione dicha obra, que así es mi voluntad. 31.- ítem mando y es mi voluntad ocurriendo dicho mi fallecimiento, se den de mis bienes dos mil pesos en reales a la persona que corriere con la fábrica material de lo torre de la iglesia parroquial de esta ciudad, para ayuda de que se acabe. 32.- ítem mando y es mi voluntad que si Dios me llamare para sí, se saquen de mis bienes cuatro mil pesos en reales y se pongan en poder del doctor don Sebastián Janz y Murillo, prebendado de la Santa Iglesia catedral de la ciudad de México, para que este lo remita a la ciudad de Huesca, en los reinos de Castilla por mitad en las dos primeras que salieren de estos reinos y se entreguen a la madre priora del convento de capuchinas de dicha ciudad de Huesca, donde es religiosa la madre Sor Paula de Larrañaga, mi hermana, de cuya remisión ruego a mis albaceas se dediquen con la mayor aplicación, que así es mi voluntad. Como el que dichos cuatro mil pesos que aplico por vía de limosna a dicho convento, los distribuya la madre priora, lo que hallare ser más conveniente al alivio de dicho convento y servicio de Dios nuestro señor, suplicando, la que con su comunidad me encomienden a Dios. (…) 40.- Ítem mando y es mi voluntad, que acabados de pagar a su majestad, en esta su real caja los doscientos y un quintales de azogue que se han de reunir de mis haciendas, en virtud del citado papel de los dichos señores oficiales reales, se den de mis bienes existentes, a quinientos pesos para cada una de las religiones y conventos de esta dicha ciudad por vía de limosna, suplicando a sus reverendos prelados y religiosos, me encomienden a Dios. (…) 43.- Ítem mando y es mi voluntad, que cumplido y pagado este mi testamento en el todo, a él se hallan de obligar y queden obligados mis herederos a que mientras las dichas mis minas y haciendas fructificaren obras de su labor y beneficio, hayan de remitir y remitan en las ocasiones de flotas, con personas seguras, razón de un mil pesos por cada año a la dicha ciudad de Huesca, para que se entreguen por vía de limosna al dicho convento y religiosas capuchinas de dicha ciudad, sobre cuya remisión encargo las conciencias a dichos mis herederos y en quienes descargo la mía, que ruego y encargo a la comunidad de dicho convento, me
encomienden a Dios nuestro señor, lo cual se ejecute precisa e indudablemente, que así es mi última y postrimera voluntad. AHEZ. Fondo: Notarías/Colonia. Serie: Francisco Sánchez de Santa Ana. Caja: 3. Exp: 6. Año: 1716.
SOLEMNE ENTIERRO AL CORREGIDOR DE ZACATECAS En la Muy Noble y Leal Ciudad de Zacatecas, a 28 de septiembre de 1652, se ha informado lo siguiente: “El Cabildo, reunido en sesión extraordinaria, acordó que “por cuanto ha sido Dios servido de llevarse al señor don Fadrique Dávila, corregidor de esta ciudad, que murió hoy a las cuatro de la tarde, y por prevenir lo necesario no se puede enterrar hasta mañana por la mañana, los dichos capitulares asistan a su entierro en forma de Cabildo, y los dichos señores teniente y capitulares y los señores alcaldes ordinarios saquen el cuerpo de la sala hasta la primera poza, y lo vuelvan a tomar hasta la postrera poza y llevarle a la capilla mayor, como se acostumbró en los entierros de los señores don Francisco Suárez de Espeleta y don Francisco de Balvás, corregidores que fueron de esta ciudad.» Acordaron asimismo que en la primera ocasión de aviso o flota, se despache testimonio al Real Consejo de las Indias de la muerte del dicho señor corregidor.” Descanse en paz AHEZ. Fondo: Ayuntamiento de Zacatecas. Serie: Actas de Cabildo. Caja: 1 Libro: 5. Fojas. 55. Año: 1652
FE DE ENTIERRO Por si usted conoce a Román Gómez se da a conocer donde fue cristianamente sepultado Román Gómez. “Cristóbal Mercado escribano público y de los de número de este Estado. Certifico que a las cinco y media de la tarde de hoy se le ha dado sepultura en el camposanto de San Juan de Dios al cadáver de Román Gómez hacia la pared que mira al oriente, quien iba vestido únicamente con camisa y calzones de manta corriente y cuya filiación es la siguiente: cuerpo alto, de un grueso regular color rosado, barba cerrada y aguzada, esta y el pelo negro, boca regular y como de veinte y cinco a treinta años de edad en certificación de lo cual y en cumplimiento de lo mandado en el auto cabeza de proceso siendo la presente en Zacatecas a diez y seis de febrero de mil ochocientos treinta doy fe. Cristóbal Mercado…” AHEZ. Fondo: Poder Judicial. Serie: Criminal Subserie: Zacatecas. Caja: 02. Expediente: 08. Año: 1830
Ismael Guardado (Ojocaliente, Zac. 1942) Artista multidisciplinario, ingresó a la academia de San Carlos en 1962, el tiempo que pasó durante su adolescencia como aprendiz de telegrafista le dio elementos gráficos que utilizó en su obra plástica durante los años 80's al perforar papeles como parte de su lenguaje, todos los elementos que causaron su asombro infantil, son elementos plásticos que utilizado a lo largo de su vida como artista, de ahí el uso de materiales vernáculos como la grana cochinilla, las oloteras, los yugos que le dan una riqueza a su obra pictórica y escultórica.
Pedro Valtierra (Fresnillo, Zac. 1955) En 1973 inició como auxiliar en el laboratorio de fotografía de la Presidencia de la República y en 1975 es nombrado fotógrafo de esa dependencia. Entre 1977 y 1978 fue fotógrafo del Sol de México, en Uno más uno de 1978 al 84, en 1984 funda y dirige la Agencia Imagen Latina. Fundador y director de fotografía en La Jornada de 1984 a 86, Director General de la revista Cuartoscuro de 1993 a la fecha. Ha participado en la coordinación de los libros, El poder de la imagen y la imagen del poder; Nicaragua, una noche afuera entre otros. Con más de 300 exposiciones colectivas y 70 individuales. Premio nacional de Periodismo en 1980 y en 1998 Premio Rey de España entre otros galardones. En palabras de Víctor del Real: “¿Cuántas veces siendo niño oteo el horizonte desde el cerro más cercano a su casa de adobes, cuando todo era silencio…? Durante el camino miraba fascinado la lluvia de colores que se tornaba en más colores conforme avanzaban las primeras horas de la mañana. Esta convivencia sagrada y excepcional fue repetida decenas de veces. Yo y la luz el espectro gratificante inundaba todo…” Para Víctor del Real, las impresiones de la infancia de Pedro Valtierra quedaron grabadas en su interior y por tal motivo su devenir estaba en la fotografía, así se da la conjunción de la mirada creadora. El caudal de luz que hace posible la imagen.
AHEZ. Bien Calaveras. Ana Alonso. Linóleo/papel. 2018. Colección particular
A las mandas forzosas y acostumbradas, y Casa Santa de Jerusalén, a dos reales de plata a cada una, con que los aparto de mis bienes. Y mando a la cofradía del Santísimo Sacramento de la parte donde falleciere, los quince ducados de Castilla, para ganar sus gracias, los cuales se pagan de mis bienes. Ítem. Mando se den de ellos cuatro pesos de limosna para la canonización del santo Gregorio López. Ítem. Es mi voluntad se den de limosna de mis bienes a la Virgen de Praga, que está colocada en el convento de Trinitarios Descalzos Redención de Cautivos de la ciudad de Granada, cien pesos, para el ministro que fuere de él, al tiempo de percibirlos, los invierta en las necesidades que tuviere por más precisas de dicho convento y sus religiosos, a quienes pido me encomienden a Dios Nuestro Señor y hagan por mi alma el bien que pudieren… AHEZ. Fondo: Notarías/Colonia. Serie: Manuel
MUERTES POR TISIS EN ZACATECAS El Cabildo tomará medidas “Zacatecas, mayo 27 de 1799 El Cabildo en su reunión de hoy expresó gran preocupación por haber llegado a su conocimiento “que el licenciado don Salvador María de Ayala, presbítero, falleció en esta ciudad a doce del corriente mayo de resultas de contagio que contrajo de la enfermedad conocida por tisis a causa de haber habitado en el tiempo que estuvo en ésta la casa, pieza y cama en que murió don José María Sánchez Romero, (en cuya casa falleció también) doña Dolores Ayala, y que puede haberle sobrevenido la muerte del mismo contagio”. Para evitar mayores males, ordenaron librar “oficio al bachiller don José de Monroy, médico examinado por el Real Protomedicato, y a don Manuel Echeverría, maestro anatómico, para que conjuntamente expongan su sentir” y declaren si los fallecimientos se pueden deber al mismo contagio. El bachiller declaró ser ésta una “enfermedad efectivamente contagiosa, por cuyo motivo y para evitar la propagación del contagio la pieza que habitó (el difunto Salvador Ayala) deberá encalarse, y la cama y demás ropa de uso deberá quemarse.” El Cabildo ordenó se proceda a poner en práctica estas precauciones a fin de evitar la propagación de una posible epidemia.
CUATRO MIL PESOS PARA LA CANONIZACIÓN DEL SANTO GREGORIO LÓPEZ Doña Justa optó más por las causas religiosas que por las humanas. En nombre de Dios todopoderoso y de la inmaculada siempre Virgen Santa María… notorio sea a los que la presente vieren como yo doña Justa Nicolasa Pérez, residente en esta ciudad de Nuestra Señora de los Zacatecas,(…) originaria que soy de la muy Noble Cuidad de Sevilla, estando sea para servir a Dios Nuestro Señor, en mi entera salud, juicio, memoria, entendimiento y voluntad, he determinado hacer, como en efecto hago y ordeno mi testamento, y última voluntad en la forma y manera siguientes (…):
AHEZ. Fondo: Ayunt. de Zacateca. Serie: Hospitales y Sanidad. Expediente: 07. Caja: 1. Año: 1799.
AHEZ. Fondo: Mapas e Ilustraciones. Serie: Imágenes. Caja: 01. Expediente: 07. Año: 1884
Gutiérrez de Ávila. Caja: 1. Expediente: 1. Fojas: 33v – 34. Año: 1700.
SE HICIERON DE PALABRAS Laureano Venegas ejecutó el homicidio en contra de Claro Zambrano. “En el Real de San Juan Bautista de Panuco a ocho días del mes de mayo de mil ochocientos veinte y cuatro ante mí el ciudadano Severiano Rodríguez alcalde 1º. Constitucional de este mismo real y su distrito, compareció el ciudadano regidor Juan Nepomuceno Sotomayor, encargado de justicia en el puesto de Sauceda, a quien le exige la declaración de Claro Zambrano que debió haberle tomado a tiempo regular a lo que respondiendo dijo que habiendo pasado al lugar en donde hallo a Claro Sambrano conducir a aquel puesto a un sacerdote para que le administrara los sacramentos y demás auxilios divinos, lo que ejecuto y que habiendo concluido aquel religioso acto, siguió tomándole la declaración del acontecimiento hallándose presentes aunque un poco retirado el C. Feliciano Larrañaga bastante pueblo de particulares y plebe y que habiéndole preguntado quien era dijo llamarse Claro Sambrano de aquel vecindario, que lo había herido Laureano Venegas de aquel mismo punto con un estoque que no sabe el motivo que tuvo para hacerlo, pues lo que va a declarar no lo juzga por causa para que este tuviere tanto resentimiento que llegase a ponerlo en aquel estado que estando
el haciendo adobes a espaldas de la hacienda de Suceda tomo su barril en el hombro para traer agua y que en el camino encontró a José Crescencio Gallegos muchacho de nueve a diez años y le dijo que le ayudase con el barril que llevaba a cuestas lo que ejecuto el mozo y que sacando de las tarjeas medio barril de agua lo cargaron ambos y se dirigieron para el sitio de su trabajo y que en el transito del camino llego Laureano Venegas y tomo el tal barril por el lado de donde lo trajo el joven y comenzó a zangolotearlo con tanta fuerza que saltaba y mojaba a ambos, visto esto por Claro bajo hasta los brazos al palo de barril, pero aun proseguía Venegas en su empresa hasta que el primero lo puso de a tiro en el suelo y enseguida el segundo, y que luego se fue para con él, y le entró el estoque por la barriga que le hecho las tripas fuera, y que declaró que jamás habían tenido contienda resentimiento ni riña alguna en ningún tiempo y que le perdona aquella ofensa, porque es cristiano y para que dio nuestro señor le perdone sus pecados y que concluyó su declaración estando al parecer en su entero juicio y recordante voluntad y con esto mismo dio fin a la que expreso en mi presencia el nominado regidor y lo firmó conmigo y los de mi asistencia de que doy fe. Severiano Rodríguez. Juan Nepomuceno de Sotomayor…” AHEZ. Fondo: Poder Judicial. Serie: Criminal. Subserie: Zacatecas. Caja: 01. Expediente: 04. Año: 1824.
AHEZ. Calaverita. Tinta /papel. Bianca Salinas. 2018. Colección Particular.
MUERTE EN EL PALMAR DE LOS LOBOS El abogado defensor del acusado recrea los hechos para dejar claro que Rodarte sólo cumplió las órdenes de su superior. "El día 28 de enero citado al principio, según las pruebas de la causa, el señor Jefe Político don Cruz García Rojas se puso al frente de la fuerza de seguridad pública de esta capital y otra del primer escuadrón y emprendió personalmente la expedición que daría por fin el triste resultado que dio, es decir; la muerte de Pérez, Aparicio, Mendoza y Alanís. Digo triste resultado y lo diré siempre porque esos hombres entre ellos el joven Aparicio fueron fusilados sin forma de juicio y sin saberse siquiera su delito ni entonces ni ahora, pues en la causa nada se ha esclarecido sobre este interesante punto. Bien: decía que ese funesto día el señor don Cruz García Rojas en persona y con su carácter de Jefe Político mandaba la expedición y la fuerza armada que conducía, llegando primero al rancho de Aguacaliente lugar de la jurisdicción de Villanueva y donde salió corriendo un joven que después resultó ser Rosalío Aparicio y por ese simple hecho se le causó por un tal Carrillo una herida, según alguno son cuchillo y según otros con el sable. Pero el caso es que se le condujo como reo y prosiguiendo su marcha el señor Jefe Político para la Joya, pasado este rancho y en una cueva próxima a él, capturaron a Camilo Pérez, Santiago Alanís y a un desconocido que después resultó ser Félix Mendoza. Luego habló con los tres últimos el señor Jefe Político y con sus cuatro aprehendidos siguió su marcha para Candelaria y según aparece probado por el dicho de Rodarte y testigos presenciales en su mayor parte, como al cuarto de legua yendo Rodarte a la vanguardia y el señor García Rojas a la retaguardia se le presentó a aquel un soldado diciéndole que lo necesitaba el señor Jefe Político y habiendo ocurrido a ver lo que quería su jefe, éste le dijo en voz baja procurando no ser oído, lo cual no se logró, pues muchos soldados lo oyeron como lo declaran, que hiciera alto su fuerza para avanzar él con la demás tropa y que en el camino fusilara a los presos y le diera parte de que los había matado al hacerles fuego porque se iban a fugar. Rodarte pues hizo alto el señor Jefe Político avanzó con la otra fuerza y al oscurecer, en el punto llamado Palmar de los Lobos, Rodarte cumplió aquella orden de su superior en jerarquía y que en persona mandó la expedición, fusiló a
los cuatro, entre ellos al joven Aparicio, supuesto que no había sido exceptuado por el jefe de la expedición y marchó a Candelaria, donde rindió en lo verbal el parte que se le había ordenado dar." AHEZ. Colección Especial: Arturo Romo Gutiérrez. Serie: Folletos. Caja: 3. Expediente: 112. Fojas: 5 y 6.
CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN. Lamentablemente se ha dado otro nuevo fallecimiento en el Hospital de la Veracruz, aquí los detalles: “Yo, Felipe de Espinosa, escribano de Su Majestad, doy fe y verdadero testimonio a los que el presente vieren cómo hoy, día de la fecha, como a las nueve horas de esta mañana, poco más o menos, en el Hospital de la Veracruz de San Francisco vi un cuerpo de un indio, que dijeron se llamaba Sebastián Hernández, que era vecino del pueblo de Tlacuitlapan, el cual estaba difunto, al parecer sin aliento ni vital respiración, el cual tenía dos heridas: una arriba de la tetilla derecha y otra en el juego del hombro derecho, de que tenía roto cuero y carne, y le había salido de ellas sangre. Y para que conste de dicho cuerpo difunto, de mandato del dicho señor alcalde ordinario di el presente, siendo testigos Francisco de Espinosa, teniente de alguacil mayor de esta ciudad, Cristóbal Franco y Pedro Venegas, vecinos de esta ciudad. Dio la presente en Zacatecas, en diez y siete días del mes de septiembre de mil y seiscientos y sesenta y dos años.” Fondo: Poder Judicial-Colonia. Serie: Criminal. Caja: 2.Expediente: 22. Año: 1662
A TODOS LOS HABITANTES DE ESTA CIUDAD SABED: En asuntos mortales más vale prevenir, y pagar con tiempo su sepultura y si es lo más próximo al altar se puede garantizar la visa al Paraíso. “Zacatecas, 27 de julio de 1726. Murió el Señor Don Juan de Medrano y Bañuelos, el cual será sepultado, su cuerpo en su sepulcro propio junto al altar de los Santos Reyes de la Iglesia Parroquial, con la cruz alta, Cura y Sacristán de ella y misa de cuerpo presente ofrendada de pan, vino y cera. Su hijo natural Bachiller Don Diego José Medrano, lo comunica con profundo dolor.” FONDO: Notarías. ESCRIBANO: Manuel Antonio Chacón. L. 5. Foja: 36. AÑO: 1726.
HOMICIDIO SANGUINARIO En el mismo día prometió decir verdad el facultativo don Antonio Tostado y preguntado por el reconocimiento que practico dijo, que reconocido el cadáver de un hombre desconocido se encontraron repartidas en varias partes del tronco treinta y cinco heridas cortantes y punzantes distribuidas de este modo: diez y siete en la parte inferior lateral izquierda, tres en la parte posterior del cuello, cinco en la espalda seis en el abdomen, dos en la parte media lateral derecha del pecho y una en la mano derecha, estas heridas, la menor es de media pulgada y la mayor de dos y media en la inteligencia que solo la de la mano intereso sólo piel pero todas las otras más o menos profundas notables por su dimensión y profundidad que penetraron cosa de cinco pulgadas la de la axila, las dos de la parte lateral derecha el tórax y las del cuello, que interesaron la medula espinal, por lo que cada una de estas en si es mortal por esencia que lo expuesto es la verdad en cargo de su promesa, expresando ser viudo, mayor de edad, profesor en medicina y cirugía de esta vecindad y firmo. Damos fe. AHEZ. Fondo: Poder Judicial. Serie: Criminal. Subserie: Zacatecas. Caja: 01. Expediente: 04. Año: 1867
POR CUIDAR LA REPUTACIÓN Confeso Gabina Nieto ser ella la que termino con la vida de su criatura. “En la fecha presente Gabina Nieto asistida de su curador se impuso a aquella la obligación de conducirse con verdad. Se le dio la instrucción legal y contesto que encontrándose embarazada y sintiendo próximo el parto, al oscurecer el domingo siete del corriente se salió de su casa cita en la hacienda de Trancoso yéndose para un muladar que esta tras de su misma casa en donde dio a luz una criatura, sin fijarse en el sexo a que pertenecía, la cual supone era de tiempo y lloro al nacer por lo que puede asegurar que estaba viva, pero temiendo el enojo de sus padres porque gozaba la reputación de doncella enterró a dicha criatura en el expresado sitio cubriéndola con basura y tierra sin alimentarla ni volverla a ver
hasta la mañana de hoy que fue aprendida por orden del comisario José Ma. De la Campa por haberse encontrado el cadáver del enunciado feto al que según le dijeron se lo andaban comiendo unos cerdos. Se ratificó y no supo firmar lo hizo el curador. Doy fe. Tenorio. José Ma. De la Campa. Gilberto Ruiz…” AHEZ. Fondo: Poder Judicial. Serie: Criminal. Subserie: Zacatecas. Caja: 14. Expediente. 18. Año: 1885
LIBERTAD Y ALGO MÁS PARA DOS ESCLAVOS Don Domingo Francisco, otorgó el bien más preciado para un ser humano. “En el nombre de Dios todopoderoso y de la siempre Virgen María Nuestra Señora, concebida en gracia desde el primer instante de su ser natural, amén. Sea público y notorio a los que la presente carta de mi testamento vieren, como yo, don Domingo Francisco de Calera, vecino y labrador en jurisdicción de la Galicia, originario de los reinos de Castilla, de la villa de Bilbao, señorío de Vizcaya… Hago y ordeno esta disposición testamentaria en la forma y manera siguiente: 11.- Declaro por mi bienes, ciento y más sitios y caballerías de tierra, de que se componen las nominadas haciendas [San Juan de Trancoso, San Pedro Piedra Gorda, Monte Grande, etc.], estando en dichos sitios los del Monte Grande, que todo consta y parece por los instrumentos y títulos de propiedad de cada una de dichas haciendas… 17.- Declaro por mis bienes diez piezas de esclavos que constan sus nombres y edades por las escrituras de unos y otros que han nacido en mi casa, y así lo declaro para que conste. 18.- Quiero y es mi voluntad que después de mi fallecimiento queden libres Francisco José y Domingo de los Santos, mis esclavos, a quienes mando se les dé a cada uno, un sitio en que vivan todos los días de su vida, un atajo de yeguas, el que escogieren entre los que hay en mis haciendas, diez bueyes, cien reses, una carreta aperada, y las reses que sean vacas de vientre, a quienes les hago este beneficio por la lealtad y amor con
que me han servido, y para que durante el tiempo de sus vidas vivan en dicho sitio que así se les asignare a cada uno, y fallecidos estos, vuelvan al tronco dichos sitios, excepto los bienes muebles que les dejo señalados, y para que gocen de su libertad, consiento se les dé un tanto de esta cláusula, con cabeza y pie de este testamento, con que libremente puedan tratar y contratar, vivir y residir donde les pareciere, sin que por las reales justicias se les estorbe, y usen de los actos libres que ejercen los que lo son, y así lo declaro para que conste… 30.- Quiero y es mi voluntad, que de mis bienes se saquen otros un mil pesos, con los que se funde una capellanía y se carguen sobre finca cierta y segura en el puesto del Ojocaliente, jurisdicción de Charcas; y de sus réditos se digan veinte y cinco misas rezadas por las almas de mis sirvientes, para que si en a l g o l e s h u b i e r e s i d o d e c a r g o, recompensarles... …el presente testamento que quiero se guarde, cumpla es hecho en esta Muy Noble y Leal Ciudad de Nuestra Señora de los Zacatecas, en quince días del mes de julio de mil setecientos y veinte y siete años. AHEZ. Fondo: Poder Judicial/Colonia. Serie: Civil. Subserie: Bienes de Difuntos. Caja: 23. Expediente: 325. Año: 1727.
AHEZ. Cráneo. Gerardo del Río A. Linóleo /papel. 2018. Colección privada.