Contrato Waste Collection

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Num. Contrato: 2018-OOU108

Nombre Contratista: WASTE COLLECTION, CORP. Numero de Cuenta: 01-03-01-94.65 MISELANEOS Funcionario Autorizado: FeUx D. Delgado Montalvo

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO GOBIERNO MUNICIPAL DE CATANO CATANO, PUERO RICO CONTRATO NUM. 2018-00010 g ANO ECONOMICO 2017-2018 Categona 1: Compra,Venta y Alqniler de Equipo,Vehiculos y Otros Codigo 1.0031: Equipo Pesado

En Catano, Puerto Rico, hoy dfa de 25 de septiembre 2017.

COMPAEECEN —-DE LA PRIMERA PARTE: El Municipio de Catano, Puerto Rico, representada en este acto par su Alcalde, Honora.ble Felix D. Delgado Montalvo y/o Representante Autorizado, mayor de edad, ca.sado y vecino de Catano, Puerto Rico, en adelante denorrdna.do

EL MUNICIPIO.

—DE 1A SEGUNDAPARTE: Waste CoUection,Corp. una corporacion orga.ni2a.da bajo

las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, incorporada bajo k Ley del Departamento de Esta.do, registro numero 316491, representada por Aleandra Anzalota Del Tore, mayor de edad, soltera, abogada y residente de Guaynabo, Puerto Rico, segun

autorizada media.nte Resolucion Corporatlva. emidda el 25 de septiembre de 2017, en adelante denominado LA COMPANLV.-

^

AMABAS PARTES ASI REPRESENTADAS, EXPONEN: —PRIMERO: La "Ley de Munidpios Autonomos del Estado Libre Asockdo de Puerto Rico", Ley Numero 81 del 30 de agosto de 1991, segun enmendada, (21 L.P.KA. 3. 4001 j ss), autoriza. y faculty a los municipios en ^A.rtzculo 2.005, a regular y reglamentar el proceso de recogido y disposicion de desperdicios solidos. Ademas, faculta el establecer, mantener y operar por si, o mediante contcatacion de cualquier persona, privada, sendcios y programas

de recogido y disposicion- d'e desperdicios soUdos y de saneamiento publico general. El Articulo 2.006 (k) de la Ley Num. 81, supra, (21 L.P.K^i. 3 4056 (k), expresamente dispone que los contratos para el establecuniento de plantas o facilidades y k prestacion de sendcios de disposicion de desperdidos soUdos estaran-excluidos del requisito de subasta publica y podran otorga-rse por cualquier termmo de dnradon.-

SEGUNDO: La Ley Num. 81-1991 \ segun enmendada, mejor conocida como la <CL^ey de M-unicipios A.ut6nomosf> fue enmenda-da por la Ley Num. 14-2016 para aclarar que la facultad para otorgar contra.tos en virtud de los poderes y facultades provistos a. los muiitcipios en el

A-rticulo 2.001 j 2.004 de la Ley 81-1991 es exclusiva del Alcalde, excepto cuando en la Ley exista disposlcion. expresa en contcario.-

-TERCERO: El Alcalde del Municipio de Catano emitio la Orden Ejecudva Numero 12 del 18 de septiembre de 2017, a. tenor con la el Boletin Administrativo numero OE-2017-047, emitido el 17 de septiembre de 2017, par el Goberna-dor de Puerto Rico, Ricardo Rosello, en la cual declaro toda la jurisdiccion de Puerto Rico en estado de emergencia tra-s el paso del


Num. Contrato: 2018-OU0108

Nombre Contratista: WASTE COLLECTION,CORP. Numero de Cuenta: 01-03-01-94.65 MISELANEOS Funcionario Autorizado: FeUx D. Delgado Montalvo

Huracan Maria y a. esos efectos EL MUNICIPIO esta. autorizado a. Uevar a. cabo los procedimientos de compras o a.dquisidon de suministcos y/o arrendamiento de bienes materiales, equipos o la prestacion de servicios sin la necesidad de solidtar o recibir proposiciones codzaciones en k fonna. usual o libre del proceso de subasta. publlca. declarando el Munidpio de Catano en estado de emergenda..-

—CUARTO: EL MUNICIPIO tiene mteres en contcatar los servicios de alqmler de dos (2) pick-ups y este tiene la capadda-d, experiencia y recursos necesarios para prestar los sendcios que aqm se contra.ta.n, y tales efectos prestara. aqueUos rekcionados que Ie sean

requeridos por el Alcalde o su representante autorizado, no constituyendo dichos servicios un puesto regular.-

—SEXTO: El CONTRATISTA certifica que ha. cumplido sustancialmente con toda.s ks leyes, regkmentos y ordena.nzas municipales aplicables requeridas para el otorgamiento del presente contrato, para. el alquiler de dos (2) Pick-ups para ser utilizados por el Departamento de Obra-s Publicas Municipal: ———

CIAUSULAS Y CONDICIONES —PRIMERA: El trabajo bajo este contrato consiste en el fl.rrenda.miento de dos (2) pickups para ser utilizados por el Departamento de Obras Publicas: A partk de la fecha de vigencia. de este contcato, Waste Collection, Corp. affendari al

MUNICIPIO el siguiente equipo:

(2) pick-ups ]Vtarca Ford, Modelo F250 una diesel y otra gasolina

—SEGUNDA: EL MUNICIPIO se compromete a reaJizar el mantenimiento necesario a.

ks dos (2) pick-ups: —TERCERA: Sera obliga-don del Contratista. prestar k Certificacion de ASG o petidones exigidas por cualquiei agenda federal o del Estado Libre Asodado con jurisdicdon. En adicion, el Contcati-sta proveera al Municipio copia de toda licenck, permiso u orden expedida. por cualquier agenda federal o del Estado Libre Asociado dentro de un termino no mayor

de diez (10) dias a partir del recibo de dichos docmnentos. —CUARTO: Este contrato tendra. una vigenck de cua-tro meses, a partir del 25 de

septiembre de 2017 hasta el 25 de enero de 2018, este contoLto podra. ser cancekdo por el Munidpio, si el Contratista ofrece un servicio de£dente o incufrLplimiento del mismo. Para esto el Conbcatista tendri un tennino de treinta (30) dias para corregbt: cualquier situacion rekcionada. al servicio que se alegue en k notificacion. La notifica.cion de incumplixniento al Contratista debera. ser por escrito, durante la vigencia del presente contrato. Debido a k

magnitud del desastre, los servidos de la Oflcina del CONTRALOR y de EL MUNICIPIO se ha.n visto interrumpidos de tal ma.nera que no es posible registrar este contcato en la

Oficina del Contcalor en el periodo de tiempo dispuesto en la. Ley Num. 18 de 30 de octubre de 1975 segun enmendada..

—QUINTO: IA COMPANIA, prestara lo servidos a EL MUNICIPIO, a un costo

diario de CIENTO NOVENTA Y CINCO DOLARES CON CERO CENTAVOS


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($195.00) por vehiculo aun costo total de CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTO SETENTA DOIARES CON CERO CENTAVOS (47,970.00), por la vigenck de este contfa.to.

Que el Contcati-sta radique una factura cerdficada. a tenor con la Orden Ejecutiva Numero OE-2001-73 del 29 de noviembre de 2001, k cual deberi leer como sigue: "BSLJO pena de nulidad absoluta cettifico que mngun servidor publico delMurdcipio de Catafio es parte o tiene algun interes en las ganancias o benefidos producto del contrato objeto de esta, factura, y de ser parte o tenet interes en las ganancia.s o beneScios producto del contrato ha, mediado una, dispensa, previa. La. unica,

consideracion para, sumimstmf los bienes o servicios objeto del contrato ha sido el psigo acordeido con el representante autofizado delMumcipio de Catafio. Elimporte de esta factura es justo y correcto. Los productos ha,n sido entregsidos y/o los trabajos reaMzados y no han sido pagados . —EL MUNICIPIO no pagara ninguna factura que no contenga k certificadon segun dispone la clausuk anterior. Los pagos a efectuar a el Contratista, objeto del presente contrato, estami sujetos a retencion, segun se dispone la. Seccion 1143C de la Ley de

Contribudones sobre Ingresos, Ley Numero 120 de 31 de octubre de 1994, "Codigo de Rentas Intemas de Puerto Rico de 1994", segun enmendada. -El Contcadsta es responsable

de rendic sus pkniUas y paga-r ks aportaciones correspondientes al Seguro Social Federal y al Negociado de Contribudon sobre Ingresos del Departamento de Hadenda y pago por Patentes Munidpales, por cualquier cantidad tributable como resultado de los ingresos devengados bajo este contcato. El Municipio notificara al Negociado de Contribucion sobre Engresos sobre cualquier pago y/o reembolso a ser efectuado al Contca.ti-sta. por virtud del ^ presente contcato. La. rekcion contractual establedda por el presente contrato es una de contradsta independiente, por lo que el Contratlsta no a.dquiere derecho alguno a acumula.r

o Uquidar licencias par concepto de vacaciones o enfermedad ni ningun otro derecho reseryado a los funcionarios y empleados pubUcos del Municipio. —SEXTA: LA COMPANIA se compromete a. no establecer discrimen por modvo de mza., color, sexo, origen, condicion social, ideas polidcas o feHgiosa.s, o cualquier otca. causa

discriminatoria en la prestacion de los servidos obJeto de este contrato. Igualmente se compromete a tomaf las acciones a.&cmativa.s necesarias para asegurar la igual oportunidad

de empleo pam personas con impedin'ientos y residentes de Catano. —SEPTIMO: IA COMPANIA, se compromete a suminisbcar los siguientes documentos, segun sean de aplica.bilida.d a. la contcatadon de los semcios objeto de este contrato:

• Cerdficacion de ASG (vigente) • Deckmdonjura.da (vigente) —De no poder proveer alguna de ks cerdficaciones antes mendonada-s debido a que el orga.nismo gubernamental correspondiente no pudo expedirks el Contca.tista debe presentar copia de k solidtud de certificadon con el sello oflcial y acepta que de no traer ks certificaciones antes mencionadas en los siguientes diez (10) dias a la fecha del contcato, el Municipio debera ca-ncekr el contrato de inmediato. Debido a. la emergencia ocurrida, el

contcatista. se visto imposibilitado de entcegar los documentos requeridos, debido a. que las agendas que las emiten no estan operando hasta. previo avlso. El Contratista deckra conocer que el Municipio no puede efectuar pago alguno hasta tanto presente las certi.fica.ciones antes mencionadas. El Contratista cerd£ca y garantiza que al inomen-to de suscribix este contcato


Num. Contmto: 2018-000108 Nombre Contmtista: WASTE COLLECTION,CORP. Numero de Cuenta: 01-03-01-94.65 MISELANEOS Funcionario Autorizado: Felix D. Delgado Montalvo

ha. rendido su Pknilla de Contabudon sobre Ingresos durante los cmco (5) anos previos y no adeuda contribudones al Estado Libre Asociado de Puerto Rico, de clase alguna; o se encuentca acogido a un plan de pago, cuyos terminos y condiciones esta cumpliendo. Igualmente no dene deudas con k Corporadon del Fondo Del Seguro del Estado, ni con el Departajnento del Traba-Jo y Recursos Humanos. El Contratista cerdfica a.demis, que no esti

obligado a. satisfacer una. pension alknentaria y de teneda esta al dia o tiene un plan de pago al efecto, cuyos terminos y condiciones esti cumpliendo. El Contratista. reconoce saber que,

en caso de existir deuda contdbutiva, el Estado puede aplicar los beneficios de este contcato a dicha deuda. —OCTAVO: LA COMPANIA debera. mantener vigente en todo momento, durante k vigencia de este contca-to y cinco (5) anos luego de termina.do el irdsmo, ks polizas de seguro con cubiertas, Ifmites y condiciones que se describen a continuadon: •

Poliza Obrero de k Corporacion del Fondo del Seguro del Estado Poliza de ResponsabiMdad Civil cubriendo predios y opemdones del Contcatista, con limite no menor de $500,000.00 por ocurrencia y $5,000.00 agregado general. La poUza se endosara para. especificar que el Limite Agregado a.pHca por proyecto. De existir algun deducible apltcable por ocurrencia, quedari entendido y acordado que dicho dedudble sera de la entera responsa-bilidad del Contcatista. El Contcatista debem presentar evidencia. de endoso al Municipio.

Programa de Auto Comerclal, incluyendo cubierta. de Responsabilida.d Civil con un Hmite no menor de $1, 000,000.00, Limite SenciUo Combinado. (Combined Single

El Contratista. esta obligado a sometei: al Munidpio de Ca.ta.no cerdficado de seguros incluyendo al Munidpio como asegurado adicional bajo el programa. de seguros y relevando al mismo de responsabilidad (Hold Harmless Agreement). • Todas ks polizas de seguros seran emitidas por compamas de seguro debidamente autorizadas para Uevar a cabo negodos por k Oficina del Comisiona.do de Seguros. Anualmente, el Contcatista. proveera al Municipio certificados de seguro o cualquier otra evidenck satisfactoria al Munidpio para. demostcar que tal poliza de seguro ha. sldo expedtda y esta eri vigor. Es responsabili-dad del Contra.tista mantener sus polizas vigentes y presentar evidenda d Munidpio de eUo. Dicha.s polizas de seguro deberan designer al Municipio como un asegurado adicional respecto a. actuadones u omisiones

intencionales y/o negligentes del Contcatista. —NOVENO: El Contcatista. no podra. efectuar k cesion de este contcato, en todo o en

parte, sin el consen-timiento escrito del Municipio. En el caso de cudquier cesion, el cesionario asumira ks responsabilidades del Conttratista. El Contratista no podra. subcontcatar la prestacion de los servicios de recogido y tcansporte descritos en este Convenio.

—DECIMA: En caso de que cualquler parte iacumpla con cualquiera de los termifios esenciales, condidones y obUgaciones de este contca.to, k parte afectada. entregara

noti.fica.ci6n por escrito del incumplimiento, via correo cerdflcado con acuse de recibo, especifica-ndo el evento o los eventos que constituyen el incumplimiento. La parte a la cual

se alegue incumpHmiento tendra, luego de k nodficacion, un termino de tceinta (30) dias dentro del cual debera subsanar dicho mcumplimiento. Si la parte que incumple no subsana. dicho incumpliiniento denbco del tenniao de tfeinta (30) dias mencionado, la parte afectada se sometera. voluntariamente a. unos procedimientos de arbitcaje con el proposito de termiaa.r


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este Convenio. No obstante en lo indicado en k clausula nmnero ocho, el desempeno

negHgente de sus funciones o el abandono de esta-s por parte del Contra.tista se considerari una violacion a. este contcato y sera. causa sufidente pfl.ra que el Municipio lo declare

terminado, quedando relevados y descargados de toda obliga.cion y responsabilidad que surja de esre contrato. La notificacion requerida en esta ckusura y el termino de treinta (30) dias dispuestos no serin aplicables en el caso de incumplimierLto por falta de pago de parte del Munidpio, a tenor con lo dispuesto en este contcato. No se utilizara. la causal de a.usencia de fon-dos para. la canceladon del contcato, toda vez que esta garantLzado en un 50% con la

remesa del CRIM y el obco 50% de cualquier entra.da fija que tenga el Munidpio del Gobierno Central par concepto de WA o FVU. Sin emba.rgo, en caso que los recaudos del CRIM, T\TU o IVA se vean reduddos de foicna tal que el Municipio no pueda seguii: cumpliendo con este contrato, ambas partes acuerdan renegodar y emnendar los terminos de este contrato de

forma tal que no se afecten los senddos de recogido de desperdicios solidos y que no resulte mis oneroso para el Municipio.

—DECIMA PRIMERA: El Contcatista. a.cuerda por la presente relevar y mantener al Municipio libre de cualquier obligacion o fesponsabitlda.d que surja por concepto de reckmadon, dano, perdida, deuda. o gasto que se efectue en contra de cualquier persona

rekcionada con la perdida. o danos a k vida. o propiedad por acto u omisiones culposas o negUgentes atribuibles al Contcadsta y/o a sus empleados. A esos efectos, el Conttatista se obliga a indemnizar y relevar al Municipio de todo dpo de reclairtacion por cualquier persona, firma, enddad o agenda de gobierno que surja como resulta.do de los servicios presta.dos por el contcatista en los limites temtoriales del Mumcipio durante el termino de este contcato.

Ademas, el Contcatista se compromete a mdemnizar todos los gastos incurridos por el Municipio debido a. acciones legales entabladas por actuaciones del Contradsta, sus empleados, agentes o contca.tistas, incluyendo gastos, costos y honorarios de abogados. ——

^—DECIMA SEGUNDA: A menos que se disponga. lo conbca.rio bajo este contrato, m el il/f/^ Municipio ni el Contradsta seran responsables por el incumpUmiento de sus deberes y responsabilida.des respectivas bajo este conttato si dicho incumplimiento se debe a cualesquiera. actos o condiciones imprevistos y fortuitos, o un acto de Dios o de la naturaleza, ma.s aUa del control de un hombre prudente y razonable, o algun evento de faerza mayoj:. —

—DECIMA TERCERA: Queda ckraxnente estableddo que no siendo el Contradsta. m ninguno de sus empleados, cmpleado gubernamental en virtud de este contrato no tendxa

derecho a. vacaciones ni a ningun otco beneficio marginal concedido a los empleados gubernamentales. Igualmeate el Contca.tista. se compromete a. pagarles a sus empleados todos

los beneficios marginales que por ley Ie son reconoddos, incluyendo la aportadon al seguro social Amba-s partes cerdfican que no tiene intereses economicos o personales en comun, salvo k formali2aci6n de este acuerdo. El Contca.tista cerdfica fl.demas, que no dene ningun

tipo de conflicto de intereses al suscribir este contra-to y que ningun funcionario o empleado del Municipio o algun iniembro de su entidad familiar denen directa o indirectamente interes economico en el presente contrato. El Contratista certifica que no recibe pago o compensa-cion alguna por servicios prestados bajo nombramiento de ningun tLpo o por contrato en ottos departamentos, agendas corporaciones u organismos del Gobiemo del

Estado Libre Asociado de Puerto Rico que representen conflicto de interes con el presente contcato. Ademas, certiflca que los sendcios adquiridos mediante este contrato no confligen en forma alguna. con los sendcios que ha. brindado anterionnente a otcas dependencias o

agendas gubemamentales y con k empresa privada y que no existe ningun tipo de conflicto de interes al presente que afecte o pueda a.fecta.r la prestacion de los servicios por este medio contcatados. Tambien certifica que al presen-te no sostiene demanda ni Htigio en su caracter personal contra el Gobierno de Puerto Rico, sus agendas, instmmentalidades, municipios o corpomdones publicas que pudiera. generar conflicto de interes con el presente contcato.


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Ninguna prestacion o contraprestacion objeto de este contcato podra. exigirse hasta tanto el mismo se haya presentado para registro en k Oficma del Contcalor a tenor con lo dispuesto en k Ley Num. 18 de 30 de octubre de 1975, segun enmendada. — DECIMA CUARTA: El Munidpio certifica que se Ie hace entrega. de la Ley Numero 84 de 18 de junio de 2002, Codigo de Etica. para. Contratistas, Suplidores, y Solicitantes de Incentivos Economicos de ks Agendas Ejecutivas del Estado Libre Asodado de Puerto Rico. El Contratista se compromete a cumplir con k Ley Numero 84 de 18 de junio de 2002, Codigo de Etica para Contca.ustas, Suplidores, y SoUcitantes de Incentivos Economicos de ks Agendas Ejecutivas del Estado Libre Asodado de Puerto Rico. El Contcadsta cerdfica que conoce las normas eticas de su profesion y a.sume la responsabilidad de sus a.cciones. El Contratista cerdfica que no recibe pago o compensacion alguna. por sendcios regulares

presta-dos bajo nombramiento a otra. entidad publica, excepto los autorizados por ley. El Contcatista certifica que no es pariente dentto del cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de a.flnidad de niagun fundonario del Munidpio de Catano que tenga la. facultad de decidif o influenciar en nombramientos, promociones, ascensos o contcataciones en el

Munidpio de Catano. El Contcatista expresamente entiende y reconoce que el temaino "unidad familiar", segun definido por k Ley de Etica Gubernamental, incluye al conyuge de un empleado o fundonario pubUco, los hijos dependientes de este, o aqueUas personas que comparten con el semdor publico su residenda. legal, o cuyos asuntos jEirtancieros estan bajo

el control del fancionaao o empleado pubHco. El Contcatista queda par este medio adverddo de que de ser falsa k mfonnadon que aquf cerdfica., ello dara lugar a. la resolucion inmedia.ta. de este contrato. EUo independientemente de las multas o sandones que pueda imponer la Oficina de Etica Gubernamental y cualquier otro remedio legal que pueda tener el Munidpio. El Contratista. cerdfica que nunca ha. sido serpidor pubUco o que han transcurrido mis de dos (2) anos desde el cese de sus funciones como servidor publico, esto incluye agenda ejecutiva, dependencia.s gabernamentales, raumclpios, corporaciones publica-s, conseJos y

juntas adscritas a cualquier agenda. o instcumentalidad gubemamental. Es compromiso de el Contratista. cumplir fielmente con k Ley y el Reglamento de Etica Gubernamental en todo lo que sea apUcable.-

— DECIMA QUINTA: El Munidpio tiene la fa.cultad de cancelaj: el presente contra.to inmediatamente, sin previo aviso, en ca.so de negligencia, a.ba.ndono de deberes o

incumplimiento de cualquiera de ks condiciones del contcato por parte del Contratista. El Contradsta certifica que no ha sido convicto de delttos contra k integridad publi-ca, segun defmido en el Codlgo Penal, o malversacion de fondos publicos y que no se ha deckrado culpable de este tipo de deUto en los Tribunales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en los Tribunales Federates o los Tribunales de cualquier jurisdiccion de los Estados Unidos de America. De resultar culpable de los delitos antes mendonados, el contcato quedara resuelto. Los servicios que prestara el Contra.tista seran indelegables. La delegacion de estos sera causa sufidente parfl. dar p0£ tennina.do este contcato. El incutnplimiento de esta

clausula hara responsable al Contratista. por cualesquiera danos y perjuidos ca.usa.dos que fueran causados al Mtinicipio, ya sean estos en forma, ditecta o mdirecta.

—DECIMA SEXTA: Los auditores internos, externos, de k Oficina del Contcalor y de cualquier Agenda Federal tendran acceso a los Hbros, documentos y registcos de el Contratista. y/o subcontra.tista., que se rekcionan con este contcato para. propositos de auditoria. y/o exa-men.

—DECIMA SEPTIMA: Conforme al derecho y ks nonms que rigen la contcatacion de servicios, los comparecientes en este contcato, toman conocimiento de que no se prestara servicio alguno bajo este contrato, hasta tanto sea flrmado por ambas pa-rtes, de la. misma forma, no se condnuara dando seryicios bajo este contrato a partu: de su fecha de expiracion,


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excepto que a la fecha de expiracion exista ya. una enmienda j&rma.da por ambas partes. No se pagaran servidos prestados en viokcion a. esta clausuk, ya que cualquier fundonario que

solicite y acepte servidos de k otra parte en viokcion a esta disposidon, lo esta haciendo sin autoridad legal alguna. El Contcatista no tendra ninguna prestacion o contrapfesta-cion objeto de este contcato, ni podra exigirse hasta ta-nto el mismo se haya presentado para registro en

k Oficma. del Contralor a tenor con lo dispuesto en la. Ley Numero 18 de 30 de octubre de 1975, segun enmendada..

—DECIMA OCTAVA: El contrato suscrito estara sujeto en todo momento a k jurisdiccion, leyes y reglamentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y sera. interpretado de acuerdo a los misnaos.

—DECIMA NOVENA: Las partes acuerdan que ks clausuks y condiciones de este contrato son independientes y separadas entce sf y que la nuUdad de una. o mas clausnlas no afecta. la validez de las deirtis, las cuales se reputamn vigen-tes.

— VIGESIMA : Este contra.to se flmifl. conforme a k Ley de Municipios Autonomos y k normativa legal vigente.-

ACEPTACION Y FIRMA -TAL ES EL CONTRATO, que las partes desean form-alizar, y por encontrarlo conforme a sus instrucciones, lo aceptan en toda-s sus partes sm reparo alguno, estampan sus inidales en ca.da una. de sus pagmas, y sus firmas en senal de aprobadon, en Catano, Puerto Rico, hoy

25 de septiembre de 2017.

£L Hon. Felix D. Delgadd^Montalvo

Alearfdra A^alota. Del Toro

y/o Representante Autorizado

Representante Autorizado

SSP:

Waste Collection, Corp

P.O. Box 428

SSP.

Catano, PR. 00963

HC 1 Box 7729 Cayey, PR 00736

Tel: 787-788-0404

CERTIFICACION Revisado por la Division Legal del Munidpio de Ca.ta.no, hoy, _ de _ de 2017.


Num. Contrato: 2018-000108

Nombre Contradsta: WASTE COLLECTION,CORP. Numero de Cuenta: 01-03-01-94.65 MISELANEOS Funcionario Autorizado: Felix D. Delgado Montalvo

CERTIFICACION

Yo, Yaritza Bonilla Lopez, Secretario Mimidpal de Ca-tano, cemfico que este contra.to fae registrado el dfa de ___.._ de 2017, a ks _,, fam/pm'1 el Resistro de

Contcatos para el ano fiscal 2016-2017 y que se ha emda.do copia. a la Oficina del Contralor de Puerto Rico, el dia_ de _ de 2017, bajo el numero de Entidad 4017 y numero de envio

En Catano, Puerto Rico, hoy _de_ de 2017.

Yaritza BomUa Lopez Secretaria. Municipal y/o Representante Autorizado

SeUo Oficial


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