Manual de Convivencia Colegio José Martí

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COLEGIO JOSÉ MARTÍ Institución Educativa Distrital

2011

MANUAL DE CONVIVENCIA “Educamos para la libertad”


MANUAL DE CONVIVENCIA COLEGIO JOSÉ MARTÍ INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL

Título VII: Acuerdos, Estímulos, Conducto Regular Debido Proceso y Sanciones Título VIII: Servicios complementarios y Salas de Aprendizaje.

EL CONSEJO DIRECTIVO del Colegio José Martí I.E.D. y

En constancia Firma en Bogotá a los 11 días del mes de Septiembre de 2011.

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el Manual de Convivencia debe ser el resultado del consenso de todos los estamentos de la Comunidad Educativa, con el objetivo primordial de crear y favorecer ambientes propicios para el desarrollo de la personalidad y la convivencia armónica. SEGUNDO: Que el manual de Convivencia se debe realizar de una manera coherente, ordenada y sistemática. TERCERO: Que en el Manual de Convivencia se deben establecer los parámetros y orientaciones para facilitar el desarrollo de las actividades y las relaciones de los alumnos, profesores, directivos docentes, padres de familia y demás personas que participan del desarrollo del Proyecto Educativo Institucional, de la filosofía y de las normas generales de convivencia. CUARTO: Que el Manual de Convivencia se debe elaborar con base en los principios constitucionales, las políticas del Ministerio de Educación Nacional, expresadas en la normatividad vigente, la Declaración Universal de los Derechos del Niño, la Ley 1098 de 2006 o Código de la Infancia y la Adolescencia, con los principios de la comunidad, la justicia, la democracia, la paz, la trascendencia y el bien común.

____________________________ RENÉ GERARDO ANDRADE Rector. ____________________________ CÉSAR ALBERTO LÓPEZ MALAGÓN Representante de profesores ____________________________ LUÍS ENRIQUE GARZÓN DIAZ Representante de profesores ____________________________ JOHN JAIVER LAVACUDE R. Representante de Exalumnos ____________________________

RESUELVE

SAMUEL DELGADILLO

Adoptar la presente propuesta de reforma, atendiendo a la esencia, contenidos y redacción de los siguientes títulos:

Representante de los estudiantes

Título I: Marco Legal Título II: De la Comunidad Educativa Título III: Sistema de Matrículas Título IV: Gobierno Escolar Título V: Dimensión Académica Título VI: Dimensión de Convivencia

BLANCA CUEVAS

____________________________

Representante de los Padres de Familia ____________________________ NUBIA CONTRERAS Representante de Padres de Familia.

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RESOLUCION RECTORAL Septiembre 11 de 2011 El rector del Colegio José Martí I.E.D. en uso de sus facultades legales en especial las conferidas por la Ley General de Educación y el Decreto 1860 de 1994, en lo relacionado con el Manual de Convivencia y, CONSIDERANDO: 1. Que el Colegio debe explicar los principios, objetivos y valores definidos en el PEI, así como los criterios de convivencia social. 2. Que la aprobación de la normatividad expresada en el Manual de Convivencia, garantiza el ejercicio de los derechos y deberes en ambiente de tolerancia, el bien común y el desarrollo y mejoramiento continuo de la Comunidad Educativa. 3. Que el Consejo Directivo valoró el proceso participativo de construcción y reforma del Manual para la Convivencia y acordó su aprobación y expedición RESUELVE: Artículo 1: Adoptar el presente Manual para la Convivencia para la Comunidad del Colegio José Martí I.E.D. Artículo 2: Disponer de las acciones necesarias para la promulgación de los acuerdos establecidos en este Manual así como la verificación de su cumplimiento. Artículo 3: La presente normatividad rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga las disposiciones anteriores, así como las que le sean contrarias, hasta cuando la comunidad educativa a través del Consejo Directivo decida realizar revisión, ajustes y/o promulgación de un nuevo Manual de Convivencia. Publíquese y cúmplase Dado en Bogotá D.C. a los septiembre de 2011.

11 días del mes de

RENÉ GERADO ANDRADE ARÉVALO Rector

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MANUAL DE CONVIVENCIA INTRODUCCION: El Colegio José Martí I.E.D., procurará que este Manual para la Convivencia defina los acuerdos que permitan generar espacios en la búsqueda de una cultura de la participación y de la inclusión, del accionar propositivo y creativo, del sentido constructivo de la comunicación y del discurso, de la discusión pedagógica, de la definición del norte de la institución teniendo como misión primera el bienestar de los niños, niñas y jóvenes posibilitándole mediante proyectos estratégicos la adquisición de herramientas mínimas para desempeñarse en entornos familiares, sociales y productivos de manera asertiva. Posibilitar esa adquisición en nuestros niños, niñas y jóvenes como un gran aporte a la construcción de una sociedad civil.

para comprender el mundo.  Intensificar la enseñanza del inglés.  Profundizar el aprendizaje de la matemática y las ciencias.  Fomentar el uso pedagógico de la informática y la comunicación.  Aprovechar la ciudad como escenario de aprendizaje.  Fortalecer la formación ambiental para proteger y conservar la naturaleza.  Evaluación integral de la educación.  Formación en Derechos Humanos, Democracia, Participación, Convivencia, Interculturalidad y Género.  Inclusión e integración educativa de poblaciones en situación de vulnerabilidad.  Desarrollo profesional y cultural de los Docentes y Directivos Docentes.  Proyectos estratégicos como la ARTICULACIÓN CON EL SENA; en las líneas de Electricista Instalador, diseño de software y serigrafía, que van a permitir mayores niveles de formación en competencias laborales para nuestros estudiantes de Noveno, Décimo y Undécimo. PROYECTOS DE CAMPOS DE FORMACIÓN:  Ciencia y Tecnología  Producción Simbólica y Humanística  Mundo de la Vida Social PROYECTOS TRANSVERSALES  Estos proyectos están enmarcados en la Ley General de Educación y se ajustan al entorno socio cultural de la Comunidad Educativa, ellos son: Educación Sexual, Medio Ambiente, Educación en Derechos Humanos. PROYECTOS INSTITUCIONALES  La Escuela de Danzas  Periódico Escolar  Escuelas deportivas  Emisora escolar  Agricultura Urbana  Comedor Escolar  Cátedra Martiana PROYECTO DE ORIENTACIÓN ESCOLAR  La Escuela de Padres  Jornadas formativas dirigidas a estudiantes y encuentros con docentes.  Servicio Social.

JUSTIFICACIÓN: Pensar nuestra institución a partir de las pautas consignadas en este “CONTRATO SOCIAL” que llamamos MANUAL PARA LA CONVIVENCIA “PACTO DE EQUIDAD Y CONVIVENCIA MARTIANA PARA LA CALIDAD EDUCATIVA”, nos permitirá soñar y pensar nuestra institución a mediano plazo , como un Centro Educativo no sólo con respetable nivel académico sino con un estilo Humanista que persuada y enamore a los Padres de Familia, Docentes y Estudiantes con proyectos que den respuesta a intereses y necesidades comunes, no sólo las que demande nuestra sociedad sino el Mundo globalizado del siglo XXI en el que van a vivir o sobrevivir nuestros estudiantes. En procura de aunar esfuerzos para dar cabal cumplimiento al Plan de Desarrollo 2008-2012: Bogotá Positiva, para vivir mejor, y su plan Sectorial de Educación “Educación de Calidad para una Bogotá Positiva” con el cual nuestra Institución está fielmente comprometida con los siguientes aspectos:   

Educación de Calidad y Pertinencia para Vivir Mejor. Acceso y Permanencia para todos y todas Gestión Pública, Efectiva y Transparente

En el mejoramiento de la calidad de la educación incluimos acciones como:   

La reorganización de la educación por ciclos. La especialización de la educación media y articulación con la educación superior. Leer, escribir y hablar correctamente

Por ello agradecemos ese aporte vital de todos

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y cada uno de los coordinadores, integrantes de Consejo Directivo, Consejo Académico, Comité de Convivencia, Consejo de Estudiantes, líderes de proyectos estratégicos, de campos de formación, directoras y directores de grupo, docentes en general, equipo administrativo y de servicios, por ser testimonio cotidiano de este pacto y compromiso educativo adquirido; invitando a toda la Comunidad Educativa a ser parte activa y dinámica de este proceso como mecanismo de integración, participación, construcción y apropiación como herramienta para la vida.

difundirla individual o colectivamente. Artículo 20. La libertad de expresión y difusión de pensamiento y opinión, y a recibir información veraz e imparcial. Artículo 21. Derecho a la honra. Artículo 22. La paz como un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento. Artículo 23. Derecho de petición. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta solución. Artículo 29. El debido proceso. El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas. Nadie podrá ser juzgado sino conforme a las leyes existentes y al acto que se le imputa. Toda persona se declara inocente mientras no se le haya declarado judicialmente culpable, lo que lleva al derecho a la defensa. Artículo 37 y 38. Derecho a reunirse y a manifestarse pública y pacíficamente. Con las limitaciones de la ley. Derecho a la libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en la sociedad. Artículo 40. Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. Derecho a elegir y a ser elegido, tomar parte en las elecciones y en cualquier forma de participación democrática. Artículo 41. La obligación del estudio de la Constitución y de la instrucción cívica, fomento de las prácticas democráticas y valores de participación ciudadana. De la divulgación de la Constitución. Artículo 43. Igualdad de derechos de la mujer y el hombre. La mujer no puede ser sometida a ninguna discriminación. Durante el embrazo y después del parto gozará de especial protección del Estado. Artículo 44. Derechos fundamentales de los niños. Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás. Artículo 45. El adolescente tiene derecho a la protección y formación integral. El Estado y la sociedad garantizarán la participación activa de los jóvenes en las organizaciones públicas y privadas que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud. Artículo 52. Reconocimiento del derecho de todas las personas a la recreación. A la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre. Artículo 67. La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento y a la ciencia, como también a la tecnología y demás bienes y valores de la cultura.

MANUAL PARA LA CONVIVENCIA 2011 “PACTO DE EQUIDAD Y CONVIVENCIA MARTIANA PARA LA CALIDAD EDUCATIVA” TÍTULO I MARCO LEGAL El Manual para la Convivencia está elaborado atendiendo a los parámetros legales establecidos en la Constitución Política de Colombia, la Ley General de Educación (Ley 115 de Febrero de 1994), Decreto 1860 Agosto 3 de 1994, Decreto 2082 del 18 de Noviembre de 1996, CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA. (Ley 1098 Noviembre 8 de 2006), Decreto 1290 de 2009, y demás normas reglamentarias. CAPÍTULO I: DE LOS FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA: Es la norma de normas, porque supera y prevalece sobre cualquier disposición jurídica que exista o se promulgue: Sus mandatos guían las conductas sociales de los ciudadanos. Son de relevancia para este Manual los siguientes artículos: Artículo 13. Derecho a no ser discriminado ni por sexo, raza, origen, religión, opinión política o filosófica. Artículo 15. Derecho a la intimidad personal, familiar y buen nombre. El Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. La persona tiene derecho a la rectificación sobre lo que se haya dicho de ella. Artículo 16. Derecho al libre desarrollo de la personalidad, sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico. Artículo 18. Garantía de libertad de conciencia. Nadie será molestado por razón de sus condiciones o creencias, ni compelido a revelar, ni obligado a actuar contra su voluntad. Artículo 19. Libertad de cultos. Toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y

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MANUAL DE CONVIVENCIA De conformidad con el artículo 67 de la C. N., la educación se desarrollará atendiendo a los siguientes fines: El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física, síquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores. La formación en el respeto y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como el ejercicio de la tolerancia y de la libertad. La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación. La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la cultura nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios. La adquisición y generación de conocimientos científicos y técnicos más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos y estéticos, mediante la apropiación de hábitos intelectuales adecuados para el desarrollo del saber. El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional y de la diversidad étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad. El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigación y el estímulo a la creación artística en sus diferentes manifestaciones. La creación y el fomento de una conciencia de la soberanía nacional y para la práctica de la solidaridad y la integración con el mundo, en especial con Latinoamérica y el Caribe. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural y de la calidad de vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país. La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de vida, del uso racional de los recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y del riesgo y la defensa del patrimonio cultural de la nación. La formación en la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y habilidades, así como

La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, la paz y la democracia y en la práctica del trabajo y la recreación para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del medio ambiente. El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo un año de preescolar y nueve de educación básica. La educación será gratuita en las instituciones del Estado, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes pueden sufragarlos. Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación, con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar al educando cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo. La nación y las entidades territoriales participarán en la dirección, financiación y administración de los servicios educativos estatales, en los términos que señalen la Constitución y las leyes. Artículo 103. De las formas de participación ciudadana. Son mecanismos de participación del pueblo, en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. La ley los reglamentará. El Estado contribuirá a la organización, promoción y capacitación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no gubernamentales, sin detrimento de su autonomía, con el objeto de que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la gestión pública que se establezca. LEY GENERAL DE EDUCACIÓN La Ley 115 de Febrero de 1994 señala los fines y objetivos educativos, el concepto de currículo; los diferentes tipos y niveles de educación. Las formas de participar de los estudiantes, tutores y docentes en el gobierno escolar y otros aspectos relacionados con la profesionalización del servicio educativo; son artículos de gran interés para nuestro Manual los siguientes: Artículo 5. De los fines de la Educación: La educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en la concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y deberes.

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en la valoración del mismo como fundamento del desarrollo individual y social. La formación para la promoción y la conservación de la salud y la higiene, la prevención integral de los problemas socialmente relevantes, la educación física, la recreación, el deporte y la adecuada utilización del tiempo libre. La promoción en la persona y en la sociedad de la capacidad para crear, investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo del país y le permitan al educando ingresar al sector productivo. Artículo 6. Comunidad Educativa. De acuerdo con el artículo 68 de la C. N. la Comunidad Educativa participará en la dirección de los establecimientos educativos, en los términos de la presente ley. La Comunidad Educativa estará conformada por educandos o estudiantes, educadores, padres de familia o acudientes de los estudiantes, egresados, directivos docentes y administradores escolares. Todos ellos, según su competencia, participarán en el diseño, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y en la buena marcha del respectivo establecimiento educativo. Artículo 25. Formación ética y moral. La formación ética y moral se promoverá en el establecimiento educativo a través del currículo, de los contenidos académicos pertinentes, del ambiente, del comportamiento honesto de directivos, educadores y personal administrativo, de la aplicación recta y justa de las normas de la institución y demás mecanismos que contemple el P.E.I. Artículo 87. Reglamento o Manual de Convivencia. Los establecimientos educativos tendrán un Reglamento o Manual de Convivencia en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes. Los padres o tutores y los educandos al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos, estarán aceptando el mismo. Artículo 96. Permanencia en el establecimiento educativo. El reglamento interno de la institución educativa establecerá las condiciones de permanencia del estudiante en el plantel y el procedimiento en caso de exclusión. La reprobación por primera vez de un determinado grado por parte del estudiante no será causal de exclusión del respectivo establecimiento, cuando no está asociada a otra causal expresamente contemplada en el Manual de Convivencia. Artículo 132. Facultades del Rector para sancionar y otorgar distinciones. El Rector del establecimiento educativo podrá otorgar distinciones o imponer sanciones a los

estudiantes según el Manual de Convivencia, en concordancia con lo que al respecto disponga el Ministerio de Educación Nacional. LEY 715 DICIEMBRE 21 DE 2001 Donde se establecen normas orgánicas en materia de formulación de competencias, políticas y objetivos que orientan el servicio educativo en el país. DECRETO 1860 AGOSTO 3 DE 1994 Esta legislación reglamenta la Ley 115 especificando y concretando aspectos para la prestación del servicio educativo, su planteamiento, organización, evaluación y la conformación del gobierno escolar. También reglamenta en su artículo 17 todo lo concerniente a la constitución de los Manuales de Convivencia para los centros educativos. DECRETO 1290 de 2009 Por el cual reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de Educación Básica y Media que deben realizar los establecimientos educativos y que deroga el Decreto 230 de febrero 11 de 2002 y el 3050 de diciembre 12 de 2002 DECRETO RESOLUCIÓN 088 DE 1976 Por el cual se establece el servicio especial en el Distrito Capital de Bogotá. DECLARACIÓN DE SALAMANCA JUNIO DE 1994 Brinda principios, políticas y prácticas que favorecen la prestación del servicio educativo para personas con Necesidades Educativas Especiales. DECRETO 2082 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 1996. Por el cual se reglamenta la atención educativa para personas discapacitadas o talentos excepcionales. En el artículo 12, se pone a disposición de las autoridades territoriales los criterios generales para diseñar el plan de cubrimiento gradual para la adecuada atención educativa de las personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales, estos criterios son la base para la planificación, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes de cubrimiento gradual departamentales, distritales, municipales e institucionales. Promueve la atención educativa como un proceso en el cual se deben reconocer los principios de integración social y educativa, desarrollo humano, oportunidad y equilibrio. RESOLUCIÓN 7096 DEL 19 DE OCTUBRE DE 1998 Resuelve que en los centros educativos que atienden exclusivamente población con

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MANUAL DE CONVIVENCIA necesidades educativas especiales, los grupos estarán conformados por 15 estudiantes en cada aula. ACUERDO 09 DE MAYO DEL 2000 Por el cual se establece que la SED debe garantizar la prestación del servicio en condiciones dignas, a los niños, jóvenes y adultos con limitaciones y excepcionalidades. PLAN DISTRITAL DE DISCAPACIDAD 20012005 Establece criterios pedagógicos y organizativos para la adecuada prestación del servicio educativo a personas con limitaciones o capacidades excepcionales ACUERDO Nº 04 DEL 2000 Por el cual se crean los Comités de Convivencia en los establecimientos educativos oficiales y privados del Distrito Capital. RESOLUCIÓN 2565 DE 2003 Define parámetros y criterios sobre la organización del servicio para la atención de educación especial exclusiva el parámetro de docentes y profesionales de apoyo. CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA. LEY 1098 NOVIEMBRE 8 DE 2006 Consagra los derechos del menor, las normas de protección y las obligaciones que le corresponde a la familia, a las instituciones educativas y a las autoridades del Estado, ya que sus derechos prevalecen sobre los demás garantizando los derechos y la restitución de los mismos cuan estos sean vulnerados en la población infantil y adolescente colombiana. Son de prioritario interés para el Manual Martiano los siguientes artículos: Artículo 28. Derecho a la educación. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a una educación de calidad. Esta será obligatoria por parte del Estado en un año de preescolar y nueve de educación básica. La educación será gratuita en las instituciones estatales de acuerdo con los términos establecidos en la Constitución Política. Incurrirá en multa hasta de 20 salarios mínimos quienes se abstengan de recibir a un niño en los establecimientos públicos de educación. Artículo 29. Derecho al desarrollo integral en la primera infancia. La primera infancia es la etapa del ciclo vital en la que se establecen las bases para el desarrollo cognitivo, emocional y social del ser humano. Comprende la franja poblacional que va de los cero (0) a los seis (6) años de edad. Desde la primera infancia, los niños y las niñas son sujetos titulares de los derechos reconocidos en los tratados internacionales, en la Constitución Política y en

este Código. Son derechos impostergables de la primera infancia, la atención en salud y nutrición, el esquema completo de vacunación, la protección contra los peligros físicos y la educación inicial. En el primer mes de vida deberá garantizarse el registro civil de todos los niños y las niñas. Artículo 37. Libertades fundamentales. Los niños, las niñas y los adolescentes gozan de las libertades consagradas en la Constitución Política y en los tratados internacionales de Derechos Humanos. Forman parte de estas libertades: El libre desarrollo de la personalidad y la autonomía personal; la libertad de conciencia y de creencias; la libertad de cultos; la libertad de pensamiento; la libertad de locomoción; y las libertades para escoger profesión u oficio. SENTENCIAS DE LA CORTE 1. T-186 DE 1993 Y T-316 DE 1994 El derecho a la educación comporta dos aspectos: es un decreto de la persona como lo establece el artículo 67 de la Constitución Política, y un deber que se materializa en la responsabilidad del educando de cumplir con las obligaciones impuestas por el centro educativo, tanto en el campo de la disciplina como en el rendimiento académico. Esto significa que la educación es un derecho-deber. Como lo explica la corte, cuando se califica a un derecho como “derecho-deber” se impone al mismo titular del derecho la obligación respecto a las conductas protegidas por el derecho fundamental: “no se trata que frente al derecho del titular otra persona tenga un deber frente a ese derecho, sino que el mismo titular del derecho soporta la exigencia de un deber”. Siendo la educación un derecho-deber, el incumplimiento de las condiciones para su ejercicio (como sería el no responder el estudiante a sus obligaciones académicas o el no asumir el comportamiento exigido por los reglamentos) puede dar lugar a la sanción establecida en el manual de convivencia o reglamento educativo. El derecho a la educación está condicionado al cumplimiento del deber de respetar la disciplina de la institución educativa y a la obligación de presentar un adecuado rendimiento académico. Estos deberes los tiene consigo mismo, con la familia, la sociedad y el Estado. Por lo tanto, las faltas graves de disciplina o el grave incumplimiento académico pueden llegar a tener suficiente entidad como para que un estudiante sea retirado del establecimiento. En este evento, el afectado no puede luego pedir el amparo de su derecho a través de la acción de tutela, invocándola para excusar las infracciones en que incurrió y alegando que el

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CODIGO ICFES: 041756 RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DE ESTUDIOS: 2117 del 18 de julio de 2002 RECTOR: RENÉ GERARDO ANDRADE ARÉVALO. CALENDARIO: A JORNADAS: MAÑANA Y TARDE No. SEDES: 5 2.2. NATURALEZA DEL COLEGIO El Colegio José Martí I.E.D. es una entidad de educación formal, de carácter oficial, mixto, dependiente de la Secretaría de Educación Distrital que atiende una población estudiantil de edades que oscilan entre los 5 y 21 años. 2.3. UBICACIÓN DE LAS SEDES El Colegio José Martí I.E.D cuenta con cinco sedes ubicadas en la localidad 18 Rafael Uribe Uribe así: SEDE A: LUIS LOPEZ DE MESA, Diagonal 32 A No. 14 A - 97 Sur, Barrio Luis López de Mesa, Teléfonos: 361 36 24 – 372 66 62 – 209 23 46 – 23979 88. Educación básica primaria, básica secundaria y media. SEDE B: NAZARETH, Diagonal 32B No. 15C - 25, Barrio Nazareth, Teléfonos: 272 22 60 – 272 19 40. Educación básica primaria, básica secundaria y media. SEDE C: GRANJAS DE SAN PABLO, Diagonal 36 A Sur No. 14 B - 31, Barrio Granjas de San Pablo, Teléfonos 366 29 69 – 372 08 67. Educación básica primaria. SEDE D: RESURRECCION, Diagonal 32 B Sur No. 12B – 36, Barrio Resurrección, Teléfonos: 239 55 70 – 239 61 45. Educación básica primaria. SEDE E: RIO DE JANEIRO, Calle 34 Sur No. 16 C - 21, Barrio Rio de Janeiro, Teléfonos: 373 54 22 – 372 64 85. Educación básica primaria. 2.4. SÍMBOLOS INSTITUCIONALES HIMNO DEL COLEGIO ¡Oh! Martianos marchemos altivos Hacia un horizonte feliz Con trabajo y estudio en las aulas Forjaremos un gran porvenir. Disciplina, constancia y respeto Tres palabras que exigen amor ¡Oh! Martianos cantemos unidos Nuestro himno que es gloria y dolor. Con familia y maestros activos El progreso ya vemos venir Libertad, liderazgo y prestigio Solidarios hay que conseguir. ¡Oh! Martianos marchemos altivos Hacia un horizonte feliz Con trabajo y estudio en las aulas Forjaremos un gran porvenir.

plantel desconoció las garantías constitucionales al aplicarle una sanción. 2. SENTENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL No. 492 de 1992. Afirma con respecto a la educación que “es un derecho-deber, en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que comporta exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del derecho, pues quien no se somete a las condiciones para su ejercicio, como sucede con el discípulo que desatiende sus responsabilidades académicas o infringe el régimen disciplinario que se comprometió a observar, queda sujeto a las consecuencias propias de tales conductas”. 3. SENTENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL No. 519 DE 1992 “…Si bien la educación es un derecho fundamental y el estudiante debe tener la posibilidad de permanecer vinculado al plantel hasta la culminación de los estudios de allí no se debe colegirse que el Centro Docente está obligado a mantener indefinidamente entre sus discípulos a quien de manera constante y reiterada desconoce las directrices disciplinarias y quebranta el orden dispuesto por el reglamento educativo ya que semejantes conductas, además de constituir incumplimiento de los deberes ya resaltados como inherentes a la relación que el estudiante establece con la institución en que se forma representa un abuso del derecho, en cuanto causa prejuicio a la comunidad educativa e impide a la institución alcanzar los fines que le son propios”. 4. SENTENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL No. 562 DE 1993 “Además se debe señalar que dentro de las obligaciones y deberes en cabeza del estudiante, está el cumplir con los reglamentos académicos y los requisitos exigidos para cada uno de los estudiantes. Finalmente debe manifestar la corte que se hacen necesarios… no sólo reconocer y garantizar la autonomía educativa que tienen los centros de educación básica primaria, secundaria y media vocacional, sino que se dé cabal cumplimiento a las normas legales que rigen la materia” CAPÍTULO II: IDENTIDAD INSTITUCIONAL 2.1. CÉDULA INSTITUCIONAL Nombre: COLEGIO JOSÉ MARTÍ Institución Educativa Distrital NIT: 800.011.145-9 CÓDIGO DEL DANE: 11100136769

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MANUAL DE CONVIVENCIA A Martí orgullosos debemos El legado que al mundo dejó Y hoy sembramos semillas pensantes Que a la patria brindan lo mejor. ¡Oh! Martianos cantemos erguidos Como el héroe valiente enseñó Y a la isla debemos su gloria ¡Salve! Al líder que Cuba nos dio. BANDERA Significado: La bandera está representada por un rectángulo con los colores amarillo y verde, plasmados en completo equilibrio vertical. Este rectángulo enmarca un círculo blanco, que a su vez contiene un sol con dieciséis rayos, ocho amarillos y ocho verdes, con una figura heráldica en el centro con la imagen de José Martí. El cuadrado conteniendo un círculo o viceversa, es la representación de un mandala, desde tiempos ancestrales. El cuadrado es el hombre, como género y el círculo, como figura perfecta, sin principio ni fin es el Dios que llevamos dentro, en una palabra nuestra alma. El amarillo es un color cálido, el verde es un color frío. Los colores cálidos se consideran como estimulantes, alegres y hasta excitantes, los colores fríos en matices claros, como en este caso, expresan delicadeza, frescura, expansión, descanso, soledad, esperanza y paz. Al mezclarlos en una figura pictórica manifiestan el equilibrio entre los opuestos. El blanco es asociado con la pureza, la fe, la paz, la alegría y la pulcritud. Es la suma o síntesis de todos los colores, y el símbolo de lo absoluto, de la unidad y de la inocencia. Al representar el círculo, refuerza el significado de divinidad, del ser supremo, del Dios que nos protege 2.5. UNIFORME DEL COLEGIO Para los estudiantes: De diario: Hombres: • Pantalón negro • Camisa blanca de cuello • Corbata negra • Saco verde oliva abierto según modelo y estilo, con escudo del Colegio. • Zapato negro de amarrar. Mujeres • Falda negra de prenses a la altura de la rodilla • Camisa blanca de cuello • Corbata negra • Saco verde oliva abierto según modelo y estilo, con escudo del Colegio. • Zapato negro de amarrar

• Media blanca De Educación Física (hombres y mujeres) • Sudadera verde con blanco según diseño Institucional con escudo del Colegio. • Camiseta y pantaloneta blancas según diseño institucional • Media Blanca • Tenis Blancos 2.6. HORIZONTE INSTITUCIONAL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL “FORMACIÓN PARA EL DESARROLLO HUMANO INTEGRAL Y SOCIAL” 2.6.1. MISIÓN: El Colegio José Martí I.E.D. tiene como misión la formación para el desarrollo humano integral y social de los prestausuarios del servicio educativo. Para lograr este propósito la institución desarrolla proyectos estratégicos con la filosofía de las competencias ciudadanas y laborales, posibilitando impactos positivos en los cuatro componentes institucionales (académico, identidad y pertenencia institucional, administrativo y pro eyección a la comunidad). 2.6.2. VISIÓN: En el 2016 el Colegio José Martí I.E.D. ubicado en la Localidad 18 del Distrito Capital compuesto por cinco sedes, nueve jornadas, con aproximadamente 3.700 estudiantes fundamenta su PEÍ en el desarrollo humano integral y social a partir de competencias básicas ciudadanas y laborales, y direcciona sus procesos curriculares hacia la cultura de trabajo, la solidaridad y la productividad, de manera tal, que la Comunidad Educativa posee herramientas para transformar el entorno socioeconómico. 2.6.3. DE LOS VALORES Y PRINCIPIOS FUNDAMENTALES PARA LA CONVIVENCIA Y EL DESARROLLO DE UNA CONCIENCIA DEMOCRÁTICA. 2.6.3.1. VALORES FUNDAMENTALES DEL COLEGIO JOSÉ MARTÍ I.E.D. EL COLEGIO JOSÉ MARTÍ I.E.D. define sus valores fundamentales dentro de las políticas establecidas por el Gobierno Nacional para la reorganización del sistema escolar y la creación de una nueva institucionalidad fundamentada en los criterios de calidad, equidad, cobertura y eficiencia en la prestación del servicio público educativo: v El respeto por las personas: Las actividades diarias del Colegio José Martí I.E.D. se inspiran en el respeto por las personas, sus valores y creencias, respeto por los derechos y

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claridad en el cumplimiento y exigencia de las responsabilidades mutuas; v Los valores éticos: El comportamiento de los miembros de la Comunidad Educativa del Colegio José Martí I.E.D. se ajusta a los valores indiscutibles de una institución educativa como son: la honestidad, la integridad, la justicia, la solidaridad y la cooperación.

a la sociedad constituida por las comunidades del sur-oriente de Bogotá fomentar, proteger y defender los servicios educativos ofrecidos por la institución, como soporte principal de su patrimonio cultural. Igualmente, el Colegio José Martí I.E.D. tiene el compromiso de rendir informes semestrales y anuales acerca de la gestión y los resultados obtenidos en la prestación del servicio educativo.

v La calidad: La calidad y pertinencia en los aprendizajes y en todo sentido y aspecto en el Colegio José Martí I.E.D., es una manera de vivir, una norma de conducta, un valor, un comportamiento, es el reto diario y permanente en los quehaceres de la institución.

v Medio ambiente: El Colegio José Martí I.E.D. es parte vital del conglomerado social del sur-oriente de Bogotá, y por lo mismo está comprometida con la preservación del medio ambiente y de su sistema ecológico, mediante una política de ecología solidaria y una concepción del desarrollo a escala humana.

v La equidad: El actual sistema de financiación a los insumos queda trasformado a uno orientado por resultados, a la adopción de estándares técnicos, a la introducción de incentivos a la eficiencia y a la población atendida y por atender. Se busca, así, ofrecer educación hasta el nivel de Media a los estratos sociales uno y dos, tres con mayores índices de pobreza y marginalidad en el sur-oriente del Distrito Capital.

v Conocimiento del entorno. El Colegio José Martí I.E.D. reconoce la importancia de la dinámica que se ha generado en el crecimiento de la población de su sector, de las condiciones económicas, políticas, culturales y recreativas en permanente cambio y se compromete con su estudio para responder a ellas con programas educativos exitosos.

v La competitividad: La competitividad es reto y compromiso para el Colegio José Martí I.E.D. El conocimiento de nuestros competidores, el logro de altos estándares de calidad, el conocimiento y satisfacción oportuna de las necesidades, expectativas e intereses de los usuarios hacen parte de nuestro compromiso integral con la excelencia en la prestación del servicio público educativo.

2.6.3.2. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL COLEGIO JOSÉ MARTÍ I.E.D. La convivencia social no es un estado de hecho que se puede implantar arbitrariamente, sino que se da mediante un proceso a largo plazo, en procura de gestar una cultura democrática se adoptan como principios democráticos los siguientes:

v El talento humano: El talento humano es el patrimonio fundamental del Colegio José Martí I.E.D. Respetarlo, ofrecerle oportunidades de formación y desarrollo personal y profesional es un valor prioritario de la institución.

v El respeto por el otro: Implica convivir con los demás aceptando sus diferencias ideológicas, políticas, culturales, etc., y especialmente, asumiendo en igualdad de condiciones humanas. La diferencia no debe implicar necesariamente lo contrario que se opone a mí, sino un modo de ser diferente con el que se puede concertar y convivir.

v Sentido de pertenencia: El Colegio José Martí IED., incentiva a que cada uno de sus funcionarios, asociados, colaboradores, asesores y proveedores se sientan parte vital de la institución, la respeten, preserven su patrimonio físico y moral y contribuyan a su crecimiento y consolidación. v Responsabilidad social: La sociedad, las comunidades, la familia y el Distrito Capital son los pilares básicos para la prestación del servicio educativo por parte de la institución. Corresponde

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v Autonomía: Es la condición ética mediante la cual el individuo piensa por sí mismo, acerca de aquellos valores, costumbres o reglas que deben guiar su comportamiento frente a la autoridad y a los demás. Decidir por sí mismo implica ser responsable frente al compromiso adquirido, y tener la suficiente capacidad y claridad para distinguir entre la norma y los valores intelectuales comprendidos de aquellos ciegamente aceptados. v Consenso: Significa ponerse de acuerdo. El


MANUAL DE CONVIVENCIA consenso no implica necesariamente unidad de criterio, de tal modo que la unificación de principios ahogue el pluralismo. El consenso debe ser, fundamentalmente, acuerdo en torno a un fin, a un proyecto en donde la individualidad se conserve y constituya el aporte para alcanzar el propósito común. El consenso queda establecido como la condición para legitimar acciones en la comunidad y encontrar solución a los problemas que surgen entre sus integrantes, por medio del diálogo. v Participación: Es la posibilidad que tiene la sociedad civil de participar en la toma de decisiones que conciernen al destino colectivo. Los mecanismos de participación en la institución educativa quedan establecidos por lo que determina la Constitución Nacional, la Ley General de Educación y su Decreto Reglamentario 1860, y aquellos que la institución y la Comunidad Educativa acuerden según sus necesidades. La participación de los estudiantes y de cada miembro de la Comunidad Educativa se dará en todas aquellas determinaciones que le afecten de cualquier modo. v La tolerancia: Es la capacidad de aceptar al otro en sus comportamientos e ideas en caso de ser distintas a las propias. Implica no eliminar o avasallar al contrario en la diferencia y ponerse en su situación para comprenderlo. En aras de la formación de ciudadanos de bien y de la conciencia democrática, queda establecida la tolerancia pedagógica como condición para formar voluntades autónomas, efectivamente positivas; el mecanismo para ello será el diálogo y la concertación. v El disenso o derecho a la oposición: Hacer oposición es el derecho legítimo que adquiere la minoría en el consenso. Significa que si no se obtiene la mayoría, no implica quedar por fuera de la comunidad, ni oponerse arbitrariamente a la decisión consensuada, violentando lo acordado porque es contrario al espíritu democrático, sino que se asume la oposición y adquiere la función esencial de criticar a la mayoría y prepararse para derrotarla en su próxima confrontación democrática. Por esta vía, se establece, entonces, el derecho a la crítica con altura y respeto, en las relaciones pedagógicas entre los miembros de la comunidad.

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v Manejo del conflicto. El conflicto es inherente al desarrollo de la humanidad. Se presenta cuando dos o más actores tratan de tener para sí un interés común, al que sólo uno de ellos puede acceder plenamente. Este Manual de Convivencia propone para el manejo del conflicto tener en cuenta los siguientes aspectos:    

Identificar los actores en conflicto. Identificar a las partes involucradas. Indagar sobre el o los motivos del conflicto. Buscar alternativas de solución a partir de los mismos actores.  Acordar acciones y compromisos.  Reflexionar sobre el aprendizaje y experiencia a partir del conflicto.  Llevar memoria escrita sobre el mensaje de cada caso, los cuales deben constituirse en elementos pedagógicos de consulta para el tratamiento del conflicto de tal forma que permitan hace investigación desde el aula, la institución y la comunidad.  Gestionar el conflicto dentro de la institución hasta donde las circunstancias lo ameriten.  Esta propuesta se basa en una mirada integral de aspectos socioculturales, psicológicos y familiares. 2.6.3.3. DEL SENTIDO Y SIGNIFICADO DE LA CONVIVENCIA Y LA NORMA DISCIPLINARIA Para efectos de la formación pedagógica, en la toma de decisiones que regulen las acciones u omisiones de carácter disciplinario de los estudiantes, se diferencian dos estrategias que corresponden a la convivencia y a la necesidad de la norma. v La estrategia de convivencia formativa que se adopta en este Manual es de carácter democrático y participativo, lo que implica asumir una pedagogía que desarrolle la voluntad, en tanto que propicie cambios positivos y significativos en su desempeño y la capacidad de participación de todos los individuos pertenecientes a la comunidad. Por convivencia queda comprendido el modo como los individuos de una comunidad habitan y se relacionan entre sí en procura de unos fines comunes determinados. v La norma, entendida como estrategia, establecida para garantizar determinadas y necesarias coacciones al comportamiento individual y social de los individuos es lo que da


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existencia a este Manual, fruto del acuerdo de derechos y deberes, que se plasman para ser vividos por todos los miembros de la Comunidad Educativa, convirtiéndose en la guía que posibilitará el crecimiento de nuestros estudiantes en la convicción, la autonomía y valoración de la norma. Por ello, este Manual se constituye en la herramienta necesaria para la solución negociada de los conflictos por la vía del diálogo y el consenso con bases de razón, basados en el respeto a la dignidad y derechos humanos. La sanción solo será aplicable en aquellos casos considerados absolutamente graves y después de haberse cumplido el debido proceso en orden pedagógico, según quede establecido en el presente Manual de Convivencia. TÍTULO II DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Integran la comunidad educativa los estudiantes matriculados, sus padres de familia, acudientes o representantes, Directivos Docentes y Docentes, organización de egresados, personal administrativo personal de servicios educativos y personal de apoyo. CAPÍTULO I: PERFILES 1.1. PERFIL DEL ESTUDIANTE MARTIANO El estudiante del Colegio José Martí se distinguirá por ser una persona competente y con una sólida formación en valores evidenciados en: ü Respeto por sí mismo, por sus semejantes y su entorno facilitando la convivencia social. ü Responsabilidad y compromiso en todas las actividades escolares y extraescolares que se proyecten en su formación y en especial en la capacidad de ser líderes que contribuyen en la solución armónica de los conflictos haciendo uso de los derechos humanos como mecanismos de convivencia pacífica. ü Disfrute de su vida con alegría y armonía fomentando el trato amable a sí mismo y al medio que lo rodea. ü El cuidado de su salud y la de los demás. ü Desarrollo del “proyecto de vida”; teniendo como base los siguientes componentes: 1.1.1. Componente Filosófico: El Colegio José Martí I.E.D., Está en constante búsqueda de la formación humana, integral y social, por tanto el estudiante y la estudiante deben estar en un permanente accionar propositivo y creativo que le permita desempeñarse proactiva y asertivamente, desarrollando un pensamiento crítico, una visión de futuro con capacidad de

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tomar decisiones y actuar como agente de transformación para que pueda apropiarse del sentido humano y social que caracteriza el ideal martiano. 1.1.2. Componente de Convivencia: El estudiante y la estudiante martianos se manifiesta en su actuar permanente dentro y fuera de la institución, como un ser consciente de sus limitaciones y de sus fortalezas, capaz de discernir con responsabilidad lo bueno de lo malo, la práctica de los valores y de las virtudes inculcadas en el hogar y en el Colegio, como la veracidad , la justicia, la tolerancia, la honestidad, el orden, la perseverancia entre otras para asumir con decisión y acierto la solución de sus problemas como individuo y como miembro de la comunidad ; de tal forma que pueda poner en práctica las competencias ciudadanas. 1.1.3. Componente Académico y laboral: Con el fin de desarrollar la capacidad para crear, adoptar y transferir conocimiento, el estudiante martiano y la estudiante martiana tienen la oportunidad de destacarse laboralmente en su cotidianidad gracias a la articulación con el SENA en tres líneas a saber: Instalaciones eléctricas, Impresión serigráfíca y Desarrollo de software, como complemento de los campos de formación inherentes al plan de estudios que son: Ciencia y Tecnología, Mundo para la Vida social y Producción Simbólica y Humanística. 1.2. PERFIL DEL DOCENTE MARTIANO El educador como principal orientador, facilitador y formador, se caracterizará por: 1.2.1. Ser líder, alegre, puntual, veraz, responsable, justo, virtuoso, singular, dinámico, honesto, comprensivo, autónomo. 1.2.2. Tener conceptos y expectativas positivas de si mismo, de sus compañeros, de la comunidad, de su trabajo y de sus alumnos. 1.2.3. Motivar y promover la participación y creatividad de sus alumnos en clase, para obtener éxito en los objetivos y logros propuestos. 1.2.4. Dar afecto, dialoga y no culpa al educando del fracaso, sino que busca las causas y nuevas metodologías del proceso de enseñanzaaprendizaje. 1.2.5. Respetar a sus estudiantes, compañeros y demás miembros de la comunidad educativa sin subvalorarlos ni ridiculizarlos en público. 1.2.6. Buscar el dinamismo y la participación activa de los estudiantes, asegurando así el buen manejo y dominio del grupo. 1.2.7. Orientar las actitudes y aptitudes del educando, cuando presenta dificultades


MANUAL DE CONVIVENCIA académicas y de convivencia. 1.2.8. Estar seguro que todos sus estudiantes, entiendan lo que se espera de ellos cuando se les asigna un trabajo o responsabilidad. 1.2.9. Enseñar con actitud y ejemplo e informar a padres y alumnos sobre sus logros y dificultades, para reorientar adecuadamente su desempeño en la cotidianidad. 1.3. PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA MARTIANO El padre de familia y/o acudiente se distinguirá por: 1.3.1. Comprender que el Colegio, nunca podrá suplir el hogar; solamente puede complementarlo, por lo tanto los padres deben asumir responsablemente los deberes contemplados en este Manual. 1.3.2. Reconocer que la Institución Educativa requiere del apoyo, la participación, la presencia del padre familia en todos los procesos pedagógicos y de convivencia del estudiante. 1.3.3. Pretendemos que los padres de familia se identifiquen con nuestra filosofía, nuestros principios, objetivos, disposiciones y que participen responsablemente en las actividades programadas como soportes de la acción educativa: Hogar-Colegio, con unidad de criterios y respaldo mutuo en equipo ya que con amor reconocerá y cumplirá fácilmente su papel de hijo y de estudiante. 1.3.4. Los padres deben estar convencidos que la más valiosa inversión que deben realizar, es la formación de sus hijos y que el tiempo mejor utilizado, es el que dediquen con sabiduría, afecto y calidad. 1.3.5. Propender por que en los hogares haya unión, buen ejemplo, diálogo, clima afectivo, que permita a sus hijos desarrollarse con equilibrio, sin temores, sin libertinaje ni malas costumbres, sin abandono ni agresividad. Con entusiasmo, con amor y confianza “padres edificadores de los valores, de las capacidades y de la personalidad de sus hijos”. 1.3.6. Que la tolerancia y la verdadera comprensión y ayuda hacia el niño, estén por encima de todo quehacer. CAPÍTULO II: DERECHOS Y DEBERES 2.1. DE LOS ESTUDIANTES 2.1.1. DERECHOS DEL ESTUDIANTE Son derechos del estudiante, los cuales pueden ejercer directamente o a través de sus padres, representantes legales o acudientes, los

siguientes: 1. Ser tratado con el respeto, la comprensión y la justicia que se debe prodigar a toda persona, especialmente menor de edad, sin consideración de su etnia, sexo, religión, estrato socioeconómico, convicciones, situación académica o disciplinaria o cualquier otra condición suya, de sus padres y/o acudientes o representantes legales. 2. Tener derecho: a una Identidad personal y familiar; a la honra y a gozar de buen nombre; al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás; a la libertad de conciencia y de culto, siempre y cuando no atenten contra la ley, el orden establecido y las buenas costumbres; al descanso, la recreación, el deporte, la cultura y las artes; a su integridad personal y demás derechos que para los menores y los jóvenes se consagran en la Constitución Política, en el Código del Menor, en la Legislación Educativa y en los Tratados Internacionales ratificados por el Congreso de Colombia. 3. Participar del proceso de aprendizaje dentro de un ambiente estructurado, moral, social y psicológico que garantice su formación integral. 4. Velar porque el quehacer escolar sea racional y pedagógico, con objetivos claros y de carácter formativo; y que las evaluaciones sean integrales, continuas, cualitativas y variadas, en función de la obtención de los logros propuestos. 5. Expresar, discutir y examinar con toda libertad: doctrinas, opiniones o conocimientos, dentro del debido respeto a la opinión ajena y a la cátedra y mediante el procedimiento de reglas de debate y petición. 6. Ser oído, orientado o asistido por quienes tienen la responsabilidad directiva y docente. 7. Presentar solicitudes respetuosas, verbales o escritas, observando el conducto regular, ante las personas e instancias correspondientes de la institución y obtener respuestas oportunas. 8. Tener acceso a los diferentes servicios que ofrece la institución, previo el cumplimiento de requisitos para cada uno de ellos. 9. Exigir que la institución cumpla con las actividades curriculares y extracurriculares ofrecidas, y que se le permita presentar los trabajos, investigaciones o evaluaciones que se hicieren en su ausencia, siempre y cuando la justifique debidamente, a juicio de las directivas del plantel. 10. Conocer el resultado y correcciones u observaciones a sus trabajos orales o escritos, en un término máximo de ocho días calendario,

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Educamos para la Libertad contados desde la fecha de su presentación, de tal manera que no se le deberá hacer una nueva evaluación de la misma asignatura, sin antes haber dado a conocer los resultados de la anterior. 11. Conocer los informes de su situación académica y disciplinaria, antes de la fecha en que deban ser consignados en los boletines periódicos y solicitar que sean modificados los que no correspondan a la realidad por error, omisión o cualquier otra razón válida. 12. Solicitar revisión de evaluaciones dentro de los tres días hábiles siguientes a su conocimiento cuando considere que no ha sido objetivamente evaluado y pedir otro evaluador, con autorización de los coordinadores académicos y de convivencia, quienes decidirán el procedimiento a seguir. 13. Representar a la institución en todo tipo de eventos para los cuales sea elegido o seleccionado de acuerdo con las bases reglamentarias de cada uno de ellos. 14. Ser instruido permanentemente por la instancia correspondiente del plantel acerca de los contenidos de este Manual y precisamente informado y consultado para los cambios que se le introduzcan, así como de las modificaciones en horarios, asistencia a clases y toda otra que sea necesario conocer para su buen desempeño académico y disciplinario. 15. Ser permanentemente estimulado a desarrollar su espíritu de investigación, sus capacidades y habilidades individuales y a que las emplee al servicio del beneficio común de sus compañeros, su familia, la institución y la sociedad en general. 16. Una formación integral en un proceso continuo que le permita vivir en armonía consigo mismo y con su entorno y le garantice un pleno desarrollo físico, mental, moral, espiritual y social. 17. Un proceso de desarrollo y capacitación orientado con criterios éticos, morales y de responsabilidad social. 18. Un acercamiento y valoración de otras culturas y la toma de conciencia de sus potencialidades y posibilidades. 19. La calidad de los recursos, procesos, resultados y contenidos humanistas y académicos. 20. Una participación activa en su proceso de formación que propicie el desarrollo de un pensamiento crítico y de análisis para su autoformación. 21. Tener derecho a toda la información del o de los procesos disciplinarlos que se cursan en su contra. 22. Cuando el estudiante falta a clase con excusa

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COLEGIO JOSÉ MARTÍ IED justificada y avalada por coordinación durante los tres días hábiles siguientes a la ausencia, el docente debe recibir los trabajos asignados en condiciones de igualdad con los estudiantes que si asistieron normalmente a la clase. 23. A ser reconocido por sus labores como representante y obtener permiso de clase siempre y cuando cumpla sus deberes académicos y convivenciales. 24. A tener un representante en los distintos consejos y comités de acuerdo a las Leyes, Decretos y Resoluciones. 25. A que lo dejen en las zonas designadas para los estudiantes que utilizan transporte particular. 26. A que lo reconozcan como una persona digna de disfrutar las rutas y otros medios de transporte ofrecido a los estudiantes en aspectos como: a. Un Trato con respeto por parte del conductor y de los monitores de la ruta o transporte. b. A que le sea asignado un puesto en la ruta. c. Guardar orden, cumplir con las normas de seguridad y hablar en voz baja. d. Que los transeúntes lo respetan. e. Cuidar e informar los daños que le ocasione al vehículo y/o a terceros. f. Hacer cumplir los demás reglamentos del transporte escolar. 27. Utilizar de forma responsable y digna los servicios complementarios que otorga la Secretaría de Educación Distrital como refrigerios, comedor escolar; rutas, subsidios, etc. 28. A que se apropie de los demás reglamentos para los escolares que determine el Ministerio de Educación Nacional, la Secretaría de Educación o cualquier autoridad competente. 29. A que se le Respete y se le tenga consideración especial cuando se trate de un miembro del Colegio que sufra de alguna discapacidad física o cognitiva. 30. Derecho a elegir a un custodio tutor (docentealumno), para que también lo represente ante las respectivas instancias, del orden disciplinario o académico. Parágrafo. El custodio o tutor debe acompañar al estudiante en todo el proceso educativo y no solo para faltas graves o muy graves. Los niños, niñas con N.E.E.P. tienen derecho a lo establecido en el Decreto Ley 2082 de 1996 Resolución 2565 de 2003; además de los derechos anteriores descritos en el artículo 17, tienen los siguientes: 1. Ser aceptado sin señalamientos respetando siempre la diferencia 2. Ser educado en ambientes regulares escolares 3. Tener una evaluación diagnostica pedagógica


MANUAL DE CONVIVENCIA en el momento de su ingreso por parte del docente de apoyo. 4. Recibir un trato que se caracterice por la igualdad. 5. ser corregido cuando esté obrando en forma incorrecta 6. Tener un proyecto educativo personalizado flexible que le brinde la posibilidad de ir construyendo su proyecto de vida. 7. Ser apoyado en el desarrollo de hábitos y rutinas. 2.1.2. DEBERES DEL ESTUDIANTE Son deberes del estudiante: 1. Acatar la Constitución Política y las leyes de Colombia, las disposiciones previstas en este Manual y las circulares y orientaciones dadas por las distintas instancias del plantel. 2. Observar en todo momento, lugar y circunstancia, dentro y fuera de la institución, un comportamiento respetuoso de sí mismo y de los demás. 3. Manifestar su sentido de pertenencia a la institución respetándola, cumpliendo sus normas y velando por su buen nombre. 4. Representar dignamente a la institución en cualquier evento para el que sea elegido y comunicar oportunamente a quien corresponda toda conducta que conozca, contraria a los parámetros de este Manual, a las buenas costumbres, a la moral social o al orden jurídico establecido. 5. Ser honesto y veraz. 6. Dar un trato cortés a todas las personas que integran la Comunidad Educativa, atendiendo respetuosamente las observaciones de cualquier docente y empleado adulto del Colegio. 7. Usar un vocabulario correcto y evitar palabras desobligantes o soeces. 8. Evitar gestos o contactos físicos inapropiados. 9. Comprender y respetar las diferencias económicas, culturales, raciales y sociales de otros grupos y de sus compañeros. 10. Aprovechar al máximo sus capacidades intelectuales y el proceso de formación, dando siempre lo mejor de sí. 11. Participar en las actividades que conforman la vida diaria del Colegio, asistiendo a todas las clases y actividades programadas con la preparación requerida. 12. Responsabilizarse por su rendimiento académico cumpliendo con las tareas, investigaciones y actividades curriculares. 13. Presentarse puntualmente, aseado, con el uniforme que corresponda, completo y en buen

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estado, tanto a las actividades académicas como extra-académicas, previstas por la institución. 14. Preservar, cuidar, mantener en buen estado la institución, así como el material de enseñanza, enseres, equipos y dotación en general e instar a los demás miembros de la Comunidad Educativa a que actúen en tal sentido. 15. Observar las reglas para el uso de los textos del Colegio, la biblioteca escolar y la tecnología determinadas en el Proyecto Educativo Institucional. 16. Proveerse oportunamente de los útiles y elementos solicitados por la institución. 17. Guardar los morrales y todos los otros materiales escolares en los lugares asignados. 18. Respetar los símbolos patrios e institucionales. 19. Observar las reglas de salud pública que preserven el bienestar de la Comunidad Educativa, la conservación individual de la salud y la prevención frente al consumo de alcohol y estupefacientes. 20. Solicitar o presentar oportunamente, a quien corresponda, los permisos o las excusas por inasistencia o retardos a las actividades curriculares y a las extra-curriculares obligatorias. 21. Llevar y entregar oportunamente a los padres de familia y/o acudientes toda la información que les envía el Colegio, o la asociación de padres de familia a través de circulares u otros medios de comunicación y regresar los desprendibles debidamente diligenciados y firmados por los padres dentro del plazo que se estipule para ello. 22. El uso de celulares, beepers, revistas y demás elementos de comunicación, sólo se pueden utilizar en los descansos. El Colegio no se hace responsable por la pérdida de ellos. 23. Se prohíbe el uso de Ipods, Walkmans, discmans, bafles, etc. que contaminen el medio ambiente sonoro, en cuanto al cuidado de la salud de los estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa; si estos son de tipo personal podrán ser utilizados sólo en tiempos de descanso; nunca en clases o en actividades escolares. El colegio no responde por la pérdida de ellos. 24. El estudiante debe presentar excusa por su inasistencia avalada por el coordinador de convivencia, dentro de los tres días hábiles siguientes a la ausencia. 25. Ser moderado en los juegos para evitar caídas y atropellos a los compañeros, cualquier lesión que ocasione a otro miembro de la comunidad, con culpa o sin ella, debe ser costeada por la familia del responsable. 26. Cuidar los bienes públicos dados a su cuidado


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o uso, tales como pupitres, paredes, equipos y recursos con los que cuenta la institución para el desarrollo del proceso educativo. En caso de pérdida, destrucción o daño el estudiante o su representante deberán reponer o arreglar a satisfacción del coordinador de sede o el Consejo Directivo. 27. Cuidar sus respectivas pertenencias absteniéndose de llevar consigo artículos de valor y protegiendo los bienes ajenos. Es responsabilidad del estudiante la perdida de los mismos incluyendo calculadoras, maletas, libros y dinero entre otros. Parágrafo: Las prendas o accesorios que no forman parte del uniforme, al igual que elementos cuyo uso o tendencia no constituye parte esencial de los útiles escolares, son prohibidos por la institución, por lo tanto pueden ser retirados por los docentes, miembros del comité de convivencia y directivos docentes. Su devolución se hará al padre de familia mediante acta o compromiso escrito, los elementos retenidos permanecerán en coordinación. 28. Bajarse en las zonas designadas para los estudiantes que utilizan transporte particular. 29. Comportarse adecuadamente, con decoro y dejando siempre en alto el buen nombre del colegio en las rutas y otros medios de transporte ofrecido a los estudiantes: a. Tratar con respeto al conductor y a los monitores de la ruta o transporte. b. Ocupar el puesto que le sea asignado. c. Guardar orden, cumplir con las normas de seguridad y hablar en voz baja. d. Respetar a los transeúntes y no arrojar basuras u objetos por las ventanillas. e. Responder por los daños que le ocasione al vehículo y/o a terceros. f. Cumplir con los demás reglamentos del transporte escolar. g. Aceptar la suspensión o retiro del servicio por incumplimiento de las normas. 30. Utilizar de forma responsable y digna los servicios complementarios que otorga la Secretaría de Educación Distrital como refrigerios, comedor escolar; rutas, subsidios, etc. 31. Cumplir con los demás reglamentos para los escolares que determine el Ministerio de Educación Nacional, la Secretaría de Educación o cualquier autoridad competente. 32. Respetar y tener consideraciones especiales con los miembros del Colegio que sufran de alguna discapacidad física o psicológica. Parágrafo: Los niños, niñas con N.E.E.P. tienen derecho a lo establecido en el Decreto Ley 2082

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de 1996 Resolución 2565 de 2003; además de los deberes anteriores descritos en el artículo 17, tienen los siguientes: Los estudiantes son el centro de la comunidad educativa por ende, son los principales protagonistas en el proceso de formación tanto intelectual, cognitiva, laboral, social y ética. Como elemento primordial el alumno tiene unos derechos, pero también tiene unos deberes. Son objetivos primordiales que presta el Colegio a la población con N.E.E.P. (Necesidades Educativas Especiales Permanentes) los siguientes: 1. Brindar oportunidades de desarrollo social a los niños con N.E.E.P. a través de la inclusión en grupos regulares. 2. Garantizar estrategias que posibiliten a niños, niñas con N.E.E.P. para que se integren a la vida cultural, social y de emprendimientos. 3. Organizar los proyectos educativos personalizados con el fin de garantizar un proceso pedagógico adecuado. 4. Integrar instituciones externas para que apoyen el proceso de adaptaciones laboral y social de los niños y niñas con N.E.E.P. y así dar continuidad a su proyecto de vida. Parágrafo. Son funciones del docente de aula que tenga a su cargo niños, niñas con N.E.E.P. las siguientes: 1. Realizar conjuntamente con el docente de apoyo las adaptaciones curriculares y proyectos personalizados necesarios para garantizar la participación de los estudiantes. 2. Conocer la especificidad de la condición del escolar con N.E.E.P. en términos de fortaleza y necesidades con la orientación del docente de apoyo. 3. Establecer conjuntamente con el docente de apoyo el perfil del estudiante con N.E.E.P. en términos de fortalezas y necesidades. 4. Establecer conjuntamente con el docente de apoyo el perfil de estudiante en términos de procesos curriculares. 5. Desarrollar ambientes de aprendizaje que promuevan el respeto por la diferencia y por la solidaridad. 6. Planear estrategias de intervención. 7. Desarrollar los proyectos educativos personalizados. 8. Tener un refuerzo puntual en áreas específicas que les brinden elementos de adaptación a la vida social. 9. Propiciar su participación dentro y fuera de aula mediante el diseño y puesta en marcha de estrategias pedagógicas y de interacción. 10. Tener horarios especiales si su situación así


MANUAL DE CONVIVENCIA lo amerita. 11. Portar permanentemente el carné estudiantil y de servicio médico para presentarlo en cualquier eventualidad. ESTADO DE EMBARAZO: El estado de embarazo es una condición que merece unos cuidados especiales por parte de la familia y de la Institución educativa, por lo tanto aquellas estudiantes y/o su familia deberán informar por escrito, presentando el certificado médico, a la Coordinación y al departamento de orientación del colegio con el fin de ser vinculadas a los proyectos de nutrición, al Bienestar Familiar y al hospital local; y tendrán derecho a que se les oriente sobre el proceso de nivelación académica de manera oportuna; así mismo se le otorgarán los permisos necesarios para la atención médica (que solicite por escrito). La estudiante debe regresar a clases luego de cumplir con la licencia de maternidad, certificada por la entidad médica que le atendió el parto y presentando el soporte de su incapacidad; así mismo se hará acreedora a que se le faciliten los permisos, para salir del colegio y dirigirse a su casa durante la etapa de lactancia. 2.2. DE LOS DOCENTES 2.2.1. DERECHOS DE LOS DOCENTES Son derechos, de los docentes y directivos docentes los consagrados en el Decreto 2277 del 14 de septiembre de 1979, CAPÍTULO V, Ley General de Educación, Decreto 1860 de 1994, Ley 734 -Código Disciplinario Único, Ley 715 de 2001, en lo referente a la educación y el Decreto 1850 de agosto de 2002 que reglamenta la organización de la jornada escolar y la jornada laboral de directivos docentes y docentes de los establecimientos educativos estatales de educación formal, el decreto 1278 de junio de 2002. Además de los anteriores mencionados son derechos de los docentes Martianos los siguientes: 1. Disfrutar y mantener un ambiente agradable y la aplicación de las políticas de Bienestar Social de la administración. 2. Recibir información e informarse oportunamente sobre capacitaciones y actividades realizadas o programadas por la SED. 3. Tener espacios dignos (baños, cafetería, etc. para uso de los maestros) 4. Recibir capacitaciones acordes con las necesidades de la institución por parte de personas capacitadas, durante las jornadas pedagógicas, etc.

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5. Ser respetados como docentes recibiendo un trato amable y cordial por parte de todos los miembros de la comunidad. 6. Ser atendidos oportunamente por directivos docentes y personal administrativo guardando las normas y siguiendo el conducto regular. 7. Solicitar y obtener permisos y licencias de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes y/o casos previstos en la Ley, con 72 horas de anterioridad por escrito y anexando soportes (siendo el Rector la persona autorizada para otorgar o negar permisos). 8. Laborar en el área para la cual ha sido nombrado (a). 9. Recibir respetuosamente amonestaciones o llamados de atención por parte del jefe inmediato 10. Recibir los elementos necesarios para el óptimo cumplimiento de sus funciones. 11. Elegir y ser elegido miembro del Consejo Directivo, Consejo Académico, Comité de Convivencia Institucional y Comisión de Evaluación y Promoción. 12. Ser escuchado para que pueda expresar sus ideas, sugerencias y descargos cuando sea conveniente. 13. Participar y representar al colegio en simposios, seminarios, conferencias y actividades a qué estén invitados haciendo uso del derecho a la igualdad y equidad para todos los docentes. 2.2.2. DEBERES DE LOS DOCENTES Además de los contemplados en la normatividad vigente y antes mencionada, son deberes del Docente Martiano: 1. Cumplir y defender los acuerdos establecidos en el Manual de Convivencia. 2. Procurar las buenas relaciones de convivencia y entendimiento con la institución, sus colegas, los educandos y los padres de familia en el sentido de una real cooperación, sin llegar a las adulaciones y anteponiendo el bien común al bien personal. 3. Participar dinámicamente y permitir la participación de los demás miembros de la Comunidad Educativa en actividades de orden investigativo, pedagógico, curricular, cultural, social, artístico y deportivo que se programen en la institución. 4. Respetar la diferencia en todo momento y en todo lugar y mantener la discreción evitando críticas destructivas que puedan comprometer la dignidad de otros miembros de la Comunidad Educativa. 5. Promover la crítica constructiva relacionada con el cuestionamiento directo; para mejorar la dinámica de la escuela: el desarrollo del


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pensamiento crítico en los estudiantes se logra en la medida en que cada docente sepa asumir sus errores y sea abierto al cambio. 6. Comprometer a los estudiantes, dándoles un trato justo y equitativo, evitando las preferencias personales y promoviendo el desarrollo de criterios propios y de modos de vida auténticos. 7. Acudir al sitio de trabajo en forma oportuna y en caso de ausencia notificar a la instancia asignada con anticipación (Rectoría). 8. Cumplir con la jornada laboral legalmente establecida y si se presentan retiros forzados por circunstancias ajenas a la voluntad, notificar al Rector el motivo del retiro; al ingreso debe presentar los soportes respectivos a la instancia competente dentro de los términos establecidos legalmente. 9. Trabajar con honestidad dentro y fuera de las aulas, permitiendo el debate, la libre expresión de las ideas y respetando la singularidad de los estudiantes y miembros de la institución. 10. Crear un ambiente de integración entre los estudiantes, padres de familia y miembros de la comunidad en general. 11. Ser justo y equitativo en las evaluaciones y resultados de las calificaciones dadas a los estudiantes, realizando las aclaraciones pertinentes, evitando la amenaza verbal con las valoraciones, reconociendo el error en el proceso de conocimiento como un medio de superación intelectual y no como coacción disciplinaria. 12. En las evaluaciones, superar la nota, elaborando un registro conceptual sobre los procesos de aprendizaje de los estudiantes, en donde se conjuguen problemas de aprendizaje sicológicos, socioculturales o éticos, así como los avances y potencialidades que muestren los educandos. 13. Procurar el desarrollo integral del estudiante, sin descuidar el campo intelectual y científico. 14. Preparar políticamente al estudiante sin realizar proselitismo político, pero a su vez contribuir para darle herramientas teóricas, políticas, sociales, económicas y culturales con el fin de que el educando construya por sí mismo su propio proyecto de vida que le permita tener claridad a la hora de la toma de decisiones de índole social y político en el ámbito de la participación democrática. 15. Preparar y seleccionar los materiales de conocimiento enmarcados en el contexto del Proyecto Educativo Institucional y que sea coherente en la estructuración de las categorías esenciales de conocimiento, el manejo de la información y estimule el desarrollo de

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habilidades y destrezas en las relaciones propias y pertinentes del conocimiento en su respectiva área de trabajo pedagógico. 16. Hacer buen uso de las instalaciones, material e implementos propiedad de la institución. 17. Tener un espíritu de investigación y actualización en su área de conocimiento, pero en especial estar abierto a las propuestas pedagógicas nuevas e innovadoras en procura de un mejor nivel académico y a su vez en el manejo de las relaciones maestro - estudiante, y en la forma ético-artísticas de los estudiantes. 18. Ser autocrítico, reconociendo y aceptando fortalezas y debilidades. 19. Respetar el trabajo y esfuerzo de sus colegas, manteniendo una actitud de respaldo o de crítica constructiva cuando sea pertinente. 20. Participar activamente en el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional, realizando los ajustes propios que considere necesarios para mejoramiento de éste. 21. Colaborar en la formación integral del estudiante, cumpliendo con los espacios, turnos de convivencia y horarios; para observar las interrelaciones escolares y corregir los comportamientos no deseables, tomando las acciones pertinentes cuando observe conductas reprochables en cualquier zona y momento escolar, así como para poder compartir con ellos y poder superar el criterio de vigilancia. 22. Asignar trabajo de calidad a sus estudiantes cuando tenga conocimiento de su posible ausencia. 23. Ser orientador de todos sus estudiantes y en especial de aquellos que demuestren poca adaptación al grupo y/o al Manual de Convivencia. 24. Atender a los padres de familia, estudiantes y demás miembros de la Comunidad Educativa que solicite sus servicios, en el horario establecido y con el respeto y cordialidad que quisiera recibir de los demás. 25. Informar oportunamente a los directivos y padres de familia y orientadores de los casos de estudiantes con bajo rendimiento académico, mal comportamiento e inasistencia y participar en la implementación de los correctivos específicos. 26. Controlar la buena presentación personal de los estudiantes, así como el porte correcto del uniforme en cualquier momento dentro de la jornada de estudio. 27. Ejercer con responsabilidad y compromiso la dirección de curso cuando le sea asignada. 28. Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas por las diferentes instancias de la institución.


MANUAL DE CONVIVENCIA 29. Inculcar en los educandos el amor por su institución, mediante el ejemplo a los valores patrios, históricos y culturales de la nación y el respeto a los símbolos patrios. 30. Observar una conducta pública intachable, acorde con el decoro y la dignidad del cargo. 31. Presentar a los estudiantes, al inicio del proceso pedagógico, la planeación, metodología, procesos de evaluación, logros e indicadores de logros de su área de conocimiento para concertar y llegar a acuerdos sobre el desarrollo del proceso. 32. Evitar la recolección de dineros de los estudiantes o padres de familia; en caso de ser estrictamente necesario para el desarrollo del proceso pedagógico debe solicitar autorización al Consejo Directivo, quien será el encargado de realizar las actividades y recolectar los dineros para luego ser trasladados a la instancia correspondiente para su ejecución. 33. Evitar consumir los refrigerios y/o desayunos, almuerzos destinados específicamente por Secretaría de Educación a los niños y niñas. 34. Firmar ingreso y salida en la planilla respectiva diariamente. 35. Responsabilizarse de los elementos de trabajo asignados para su cuidado y reponerlos en caso de pérdida o daño. 36. Fomentar a partir de sus prácticas pedagógicas el cuidado del ambiente a través de la implementación de las tres R´s: Reducir, Reciclar y Reutilizar. 2.3. DE LOS PADRES DE FAMILIA 2.3.1. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES Los padres de familia gozan de todos los derechos y garantías que les reconoce la Constitución Nacional, el Código de la Infancia y la Adolescencia y las normas del M.E.N., la Secretaría de Educación del Distrito y especialmente la Ley 115 y su Decreto Reglamentario 1860. Los siguientes son los derechos de los padres de familia: 1. Formar parte de la Asociación de Padres de Familia. 2. Ser delegado al Consejo Directivo cuando se es miembro del Consejo de Padres o de la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia. 3. Participar en el proceso pedagógico del colegio. 4. Participar en la definición, discusión, aplicación y evaluación del PE.I. del Colegio. 5. Ser atendido por todos los estamentos del Colegio en los horarios establecidos. 6. Recibir un trato cortés y respetuoso por todos los miembros del Colegio.

7. Recibir información detallada de su hijo o acudido en cuanto a su desarrollo académico, disciplinario y de formación. 8. Participar en las actividades programadas para los padres de familia, como talleres de formación, cursos, asesorías para la educación de sus hijos, etc. 9. Representar a su hijo o acudido y ser escuchado en los reclamos que formule en defensa de su hijo o acudido. 10. Interponer los recursos establecidos en el presente Manual de Convivencia en los casos que vea afectados los derechos de su hijo o acudido. 11. Proponer iniciativas y sugerencias que estén de acuerdo con las normas vigentes y que contribuyan al mejoramiento del funcionamiento del plantel. 2.3.2. DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA Son deberes de los padres de familia y acudientes los siguientes: 1. Respetar y acatar el presente Manual de Convivencia. 2. Orientar y supervisar la realización de las obligaciones escolares por parte de sus hijos y estar pendiente del desarrollo académico, formativo y social de su hijo. 3. Dialogar frecuentemente con sus hijos para reforzar la labor de la institución escolar y el fortalecimiento de su desarrollo afectivo. 4. Responder por los daños causados por su hijo o acudido a la planta física, implementos, materiales o equipos del Colegio o de sus compañeros. 5. Propiciar en sus hijos el desarrollo y vivencia de valores como el respeto, la verdad, la honestidad, la tolerancia y todos aquellos que contribuyan a la formación integral como persona y miembro de una comunidad. 6. Asistir a las reuniones programadas por la institución. 7. Hacer los pagos oportunos de matrículas, derechos de estudio, materiales, pensiones, sistematización y otros costos educativos permitidos por la ley y los establecidos por el Consejo Directivo y la Asociación de Padres de Familia. 8. Cumplir las citas que los profesores, los directores de curso, los directivos del colegio, o los orientadores realicen en función de una mejor educación de sus hijos o para presentar informes del comportamiento académico o disciplinario de su hijo o acudido. 9. Dotar a sus hijos de los materiales y útiles necesarios solicitados para el desarrollo del

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proceso pedagógico. 10. Respetar y dar un trato cortés a sus hijos y a los demás miembros de la Comunidad Educativa. 11. Responsabilizarse de la formación y educación de su hijo en concordancia con los lineamientos establecidos por la Constitución Nacional, la Ley General de Educación, el Código del Menor y el presente Manual de Convivencia. 12. Proporcionar a su hijo un ambiente de comprensión y respeto dentro del hogar y permitirle el tiempo, los espacios y materiales para el cumplimiento de sus labores escolares. 13. Apoyar las campañas para el mejoramiento del servicio educativo, bienestar estudiantil, salud, alimentación y consecución de materiales didácticos. 14. Representar a su hijo o acudido en todas las decisiones que afecten la vida estudiantil así como reparar los daños que su acudido realice a los recursos, equipos, muebles o inmuebles de la institución y que se consideran recursos públicos. 15. Promover la conformación de la Asociación de Padres de Familia y participar en su Junta Directiva si fuere nombrado por elección. 16. Estar a Paz y Salvo por todo concepto con la institución al finalizar el año escolar; si existe alguna deuda pendiente, en el momento de ser cancelada deberá hacerlo de acuerdo con los costos educativos que rigen en el momento de la cancelación. CAPÍTULO III: FUNCIONES 3.1. DE LAS FUNCIONES DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES 3.1.1. DE LAS FUNCIONES DEL RECTOR El Rector es quien ejecuta las decisiones de última instancia en lo referente a las actividades curriculares y administrativas. Sus principales funciones son: 1. Orientar la ejecución del P.E.I. y aplicar las decisiones del Gobierno Escolar. 2. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovechamiento de los recursos para el efecto. 3. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento. 4. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la institución y con la comunidad local, para el continuo progreso académico y el mejoramiento de la vida comunitaria. 5. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico. 6. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuye la ley, los reglamentos y el Manual de

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Convivencia. 7. Promover las actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local. 8. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, tendientes a la prestación del servicio público educativo. 9. Establecer los criterios para dirigir y planear las actividades de motivación y formación académicas de la institución, de acuerdo a las normas vigentes, las innovaciones pedagógicas y las necesidades sociales. 10. Señalar los canales y mecanismos de comunicación para permitir la participación de todos los estamentos en las actividades formativas y académicas de la vida escolar, en la administración y en los cambios de directrices que sean necesarios. 11. Hacer un balance de necesidades para gestionar la solución de éstas. 12. Presidir las reuniones de los Consejos Académico, Directivo y Asambleas; informar a la autoridad competente los logros, dificultades y situaciones especiales para buscarle solución. 13. Representar legalmente a la institución. 14. Establecer criterios para dirigir el plantel de acuerdo a las normas vigentes. 15. Atender las sugerencias y reclamos presentados por los miembros de los distintos estamentos de la institución. 16. Planear y organizar con los diferentes comités todas las actividades culturales, curriculares y extracurriculares de la institución. 3.1.2. DE LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADÉMICO El Coordinador Académico es el encargado del currículo en la institución y le corresponden las siguientes funciones: 1. Reemplazar al Rector en su ausencia. 2. Velar porque los proyectos académicos se ejecuten. 3. Formar parte del Consejo Académico. 4. Organizar con los Coordinadores de Sede las acciones pedagógicas. 5. Programar la asignación académica de los docentes, elaborar el horario general de clases con la colaboración de los Coordinadores de Sede y presentarlo al Rector para su aprobación. 6. Rendir periódicamente informes sobre el desarrollo y los resultados de los Proyectos Pedagógicos. 7. Colaborar con el Rector en todas las actividades de diagnóstico, planeamiento, organización, control, retroalimentación y evaluación. 8. Asistir diariamente a la institución durante la


MANUAL DE CONVIVENCIA jornada de trabajo. 9. Considerar los casos de bajo rendimiento académico de docentes y estudiantes y establecer las medidas correctivas. 10. Observar el desarrollo de clases, actividades de formación complementaria y demás que se den en la vida escolar, para desarrollar controles, rendir informes y dar sugerencias. 11. Dirigir proyectos estratégicos. 12. Las demás funciones afines o complementarias anteriores a este Manual o las que determine el Consejo Directivo. 3.1.3. DE LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR DE CONVIVENCIA El Coordinador de Convivencia es el encargado de la administración de los estudiantes y le corresponden las siguientes funciones: 1. Orientar y dinamizar estrategias de participación y conciliación en la Comunidad Educativa. 2. Participar en el Consejo Académico y presidir al Comité de Convivencia. 3. Presentar proyectos para mantener y/o mejorar la convivencia pacífica de los miembros del plantel. 4. Dirigir la administración de los estudiantes. 5. Controlar e informar a la Rectoría la asistencia de los profesores y los estudiantes a clases a la institución. 6. Mantener relaciones humanas y comunicativas con todas las dependencias. 7. Llevar el registro y control de asistencia de los estudiantes e informar a los padres de familia las inasistencias (aplicar estrategias para incursión y no deserción). 8. Registrar el comportamiento de los estudiantes e informar a los padres de familia sobre el comportamiento particular de su hijo y las medidas tomadas al respecto. 9. Tomar las medidas educativas necesarias para una convivencia pacífica y democrática en la institución. 10. Asistir diariamente a la institución durante la jornada de trabajo. 11. Vigilar el cumplimiento de las normas vigentes y el respeto y aplicación del Manual de Convivencia. 12. Orientar a los estudiantes en su formación, solicitudes de sus derechos y cumplimiento de sus deberes. 13. Informar al Rector los logros, dificultades e irregularidades que observe a nivel formativodisciplinario de los miembros de los diferentes estamentos o miembros de la Comunidad Educativa para que tome las determinaciones correspondientes.

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14. Las demás funciones afines o complementarias anteriores a este manual. 3.1.4. DE LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR DE SEDE Y/O JORNADA 1. Desarrolla las funciones académicas y de Convivencia en su sede y/o jornada. 2. Ejecuta las orientaciones emanadas del Consejo Directivo, el equipo de gestión y de coordinación académica. 3. Gestiona en su sede y/o jornada los proyectos inherentes al Componente Académico, Administrativo, Proyección a la Comunidad e Identidad Institucional. 4. Responde por el inventario de su sede y/o jornada. 3.2. DE LAS FUNCIONES DE LOS DOCENTES 3.2.1. DE LAS FUNCIONES DE LOS DOCENTES COMO JEFES DE ÁREA 1. Participar en las reuniones de Consejo Académico. 2. Ser vocero de los profesores de su área ante este Consejo. 3. Disponer del tiempo adecuado para las reuniones. 4. Plantear, proponer y participar en las decisiones propias del Consejo Académico. 5. Motivar a los docentes del área para la implementación de nuevos métodos, innovaciones pedagógicas, cambios en los procesos evaluativos y servir de intercomunicación entre el Consejo Académico y los profesores de área. 3.2.2. DE LAS FUNCIONES DEL DOCENTE COMO MIEMBRO DEL CONSEJO DIRECTIVO 1. Participar en las reuniones del Consejo Directivo. 2. Ser vocero de todo el grupo de profesores ante ese Consejo. 3. Disponer de tiempo adecuado para las reuniones. 4. Plantear, proponer y participar en las decisiones propias del Consejo Directivo, como vocero del grupo de maestros de la institución. 3.2.3. FUNCIONES DEL DOCENTE DE APOYO El docente de educación especial es aquella persona preparada profesionalmente para el ejercicio. Trabajo de estudiantes que tienen dificultades especiales en el servicio estudiantil, las responsabilidades del docente de educación especial son: 1. Promover la integración académica y social de los estudiantes con N.E.E.P. 2. Participar en el desarrollo de actividades con el registro, caracterización y evaluación psicopedagógica de la población. 3. Asesorar a la Comunidad Educativa en la


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construcción desarrollo y evaluación del proyecto educativo institucional, en el que respecta a la atención educativa de la población en mención. 4. Coordinar y concertar la prestación del servicio con otros sectores, entidades, instituciones o programas especializados con el fin de garantizar los apoyos y recursos técnicos, pedagógicos, terapéuticos, administrativos y financieros. 5. Brindar asesoría y establecer canales de comunicación permanentes con los docentes y estudiantes con N.E.E.P. 6. Proponer y desarrollar proyectos de investigación en las líneas de calidad e innovación educativa y divulgar sus resultados y avances. 7. Coordinar y concertar con el docente de nivel y grado donde está matriculado el estudiante, los apoyos pedagógicos que este requiere, los proyectos personalizados y las adecuaciones curriculares pertinentes. 8. Participar en las comisiones de evaluación y promoción. 3.2.5. FUNCIONES DEL DOCENTE DE APOYO PEDAGOGICO El docente de apoyo debe tener en cuenta ya que debe considerar aspectos para trabajar con la familia, estudiante, y docente de aula regular. En cuanto al estudiante: - Apoyar el desarrollo de habilidades adaptativas en el contexto escolar y familiar. (Comunicación, autonomía, habilidades sociales, habilidades escolares funcionales, utilización de la comunidad, cuidado personal, tiempo libre, vida en el hogar, salud, y seguridad) - Apoyar el desarrollo de hábitos y rutinas. - Apoyar el desarrollo de una sana auto estima, (conversando con los alumnos sobre sus preocupaciones y problemas personales, realizando seguimiento sobre su participación en el aula apoyando el manejo de puesta en marcha de estrategias pedagógicas y de interacción. - Apoyar el desarrollo de un auto estima. (Conversando con los alumnos sobre sus preocupaciones y problemas personales, realizando seguimientos sobre su participación en el aula, apoyando el manejo de identidad y la condición) - Brindar, cuando el caso lo requiera, un refuerzo puntual en áreas específicas de: procesos de pensamiento, aprendizaje de lectura, escritura y calculo, habilidades sociales y emocionales. Este apoyo puede adelantarse en el horario concertado, que no interfieran mucho con las asignaturas en las que el estudiante puede participar ampliamente. 3.2.6. FUNCIONES DEL DOCENTE DEL AULA

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REGULAR - Realizar conjuntamente con el docente de aula las adaptaciones curriculares y proyectos personalizados necesarios para garantizar la participación del estudiante. - Conocer la especificidad de la condición del escolar con NEE y brindar orientaciones a los docentes sobre como favorecer su aprendizaje e interacción social. - Establecer conjuntamente con, los docentes el perfil del estudiante con NEE en términos de fortalezas y necesidades. - Establecer conjuntamente con los docentes el perfil del estudiante con NEE en términos de procesos curriculares. - Apoyar a los docentes en la puesta en marcha de ambientes de aprendizaje que promuevan el respeto por la diferencia y por la solidaridad. (Aprendizaje cooperativo). - Planear estrategias de intervención con la comunidad educativa. - Apoyar cuando sea necesario, la elaboración de evaluaciones e informes. - Realizar charlas y talleres de capacitación sobre especificidad de la condición, su impacto en el aprendizaje y sobre estrategias pedagógicas y de interacción, flexibilización curricular y desarrollo emocional. - Apoyar la proyección del alumno en el contexto escolar. - Participar en el proceso de empalme con los nuevos maestros al finalizar el año escolar. - Realizar observación participativa en el aula y retro alimentar al docente. - Realizar formatos de seguimiento al alumno y analizarlos conjuntamente con el docente. - Hacer seguimiento a los proyectos educativos personalizados. - Analizar conjuntamente con los docentes las estrategias utilizadas para determinar su validez. - Recopilar la información acerca del alumno con relación a su desempeño y comportamiento. En cuanto a familia: - Apoyar a las madres ya los padres en la determinación de las fortalezas y necesidades de sus hijos. - Apoyar a los padres en el reconocimiento de sus propias fortalezas y habilidades para la atención y cuidado de sus hijos. - Brindar la información que la familia requiera sobre la condición de sus hijos, así como posibles estrategias para favorecer su desarrollo integral. - Trabajar conjuntamente en la determinación de logros y dificultades en el proceso. - Analizar conjuntamente estrategias de solución


MANUAL DE CONVIVENCIA ante situaciones de dificultad. - Orientar a las familias en momentos críticos y de toma de decisiones. - Brindar asesorías individuales a las familias cuando la situación lo requiera o amerite. - Informar oportunamente sobre las adaptaciones curriculares o proyectos personalizados que va a utilizar su hijo. 3.2.7. FUNCIONES DEL CONSEJO DE PROFESORES El Consejo de Profesores es el máximo órgano de decisiones de los docentes en el plantel y tendrá las siguientes funciones: 1. Elegir sus delegados al Consejo Directivo y al Comité de Convivencia. 2. Decidir sobre las deliberaciones que afecten la vida de los profesores y/o de la Institución. 3. Tomar medidas educativas por faltas leves y graves de los estudiantes con comportamientos especiales. 3.2.8. FUNCIONES DE LOS ORIENTADORES EDUCATIVOS 1. Participar en los comités que les sean asignados. 2. Orientar y asesorar a los docentes, estudiantes y padres de familia y/o acudientes sobre la interpretación de la filosofía institucional del plantel. 3. Orientar el seguimiento de casos especiales de comportamiento y rendimiento académico que presenten los estudiantes; prestar la asesoría adecuada en estos casos. 4. Elaborar y ejecutar los programas de exploración vocacional y de orientación profesional. 5. Liderar los Proyectos de Escuela de Padres, Servicio Social y Jornadas formativas dirigidas a estudiantes y encuentros con docentes. 6. Aplicar los lineamientos y acuerdos institucionales para la atención de madres gestantes y en período de lactancia que permitan la protección de sus derechos y los del infante recién nacido. 3.2.9. FUNCIONES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO El personal administrativo es aquel que desempeña funciones administrativas, está constituido por el personal de secretaría, biblioteca, pagaduría, almacén, portería, celaduría y empleados de servicios generales y otros. 3.2.9.1. DE LAS FUNCIONES DE AUXILIARES ADMINISTRATIVOS Los Auxiliares Administrativos dependen del Rector y son los responsables de llevar el registro y control de los aspectos legales de la Institución, y todos sus procesos administrativos y de

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atención al cliente. 1. Programar y organizar las actividades propias de su cargo, bajo la supervisión y criterios del Rector. 2. Responsabilizarse del diligenciamiento de los libros de matrículas, calificaciones, asistencia y actas de reunión. 3. Expedir bajo autorización y firma del Rector, los certificados de calificaciones y constancias de estudio que les sean solicitadas, así como las constancias y tiempos de servicio de los docentes de la institución. 4. Elaborar las listas de los estudiantes para efectos académicos y administrativos. 5. Mantener ordenada y actualizada la documentación de los estudiantes, personal administrativo y docentes de la institución. 6. Colaborar con el Rector en la elaboración de los informes estadísticos. 7. Gestionar ante la Secretaría de Educación los registros de los libros reglamentarios, certificados de estudio y trámite de diplomas. 8. Organizar funcionalmente el archivo y elaborar los informes solicitados por el Rector. 9. Refrendar con su firma las certificaciones expedidas por el Rector. 10. Atender respetuosamente y con amabilidad al público en general en el horario establecido. 11. Responder por el uso adecuado, seguridad, mantenimiento de los equipos y materiales confiados a su manejo. 12. Cumplir la jornada laboral reglamentaria establecida. 13. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo. 3.2.9.2. DE LAS FUNCIONES DEL BIBLIOTECARIO Depende del Rector, y por autoridad funcional del Coordinador de sede A. Es el coordinador y responsable del funcionamiento adecuado, organización, crecimiento y conservación de las bibliotecas del plantel. Le corresponden las siguientes funciones: 1. Recibir por inventario la biblioteca del plantel. 2. Organizar y elaborar el plan anual, de acuerdo con las orientaciones impartidas por el Rector, determinando las normas y horas de servicio. 3. Recibir, clasificar, catalogar y conservar todas las publicaciones que existan en la biblioteca. 4. Programar y desarrollar jornadas de trabajo con profesores y estudiantes sobre la adecuada utilización de sus instalaciones y materiales. 5. Suministrar el material bibliográfico en el momento oportuno y orientar a los usuarios sobre


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su debida utilización. 6. Llevar el registro de utilización del servicio y el control de los préstamos realizados. 7. Responder por el uso académico, mantenimiento y seguridad del material bibliográfico, muebles, enseres y equipos confiados a su manejo. 8. Cumplir la jornada laboral reglamentaria establecida. 9. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo. 3.2.9.3. DE LAS FUNCIONES DEL AUXILIAR FINANCIERO Es el responsable de garantizar la correcta ejecución de ingresos y gastos. Tiene las siguientes funciones de acuerdo con la Resolución 1651 de 1999, de la SED: 1. Elaborar el plan mensual de caja. 2. Registrar los compromisos con cargo al presupuesto de la institución educativa. 3. Asistir al ordenador del gasto en la preparación y presentación ante el Consejo Directivo del presupuesto anual de la institución educativa. 4. Registrar y controlar el libro presupuestal. 5. Elaborar y certificar las disponibilidades y registros presupuéstales. 6. Controlar el recaudo oportuno de los dineros que ingresos al Fondo de Servicios Educativos. 7. Manejar los libros de tesorería. 8. Elaborar las consignaciones mensuales bancarias. 9. Liquidar y cancelar las obligaciones contraídas por la institución, haciendo los descuentos por impuestos respectivos. 10. Pagar oportunamente los impuestos recaudados. 11. Elaborar contratos y presentar al ordenador del gasto y a los organismos de control que lo requieran, los estados de tesorería. 12. Evaluar y hacer seguimiento del PAC y del presupuesto. 13. Evaluar y presentar periódicamente informes de análisis sobre gestión financiera adelantada en la institución educativa. 14. Apoyar al ordenador del gasto en la coordinación con las entidades bancadas para el manejo de los recursos depositados en las cuentas bancarias de los Fondos de Servicios Educativos. 15. Asesorar al ordenador del gasto del portafolio de inversión y/o manejo rentable de los recursos financieros del Fondos de Servicios Educativos. 16. Apoyar al ordenador del gasto en la supervisión de las gestiones adelantadas por la asesoría contable y las actividades realizadas por

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el responsable de los inventarios. 17. Preparar el Informe Semestral y Anual de Ejecución Presupuestal de Ingresos y Egresos para la Secretaría de Educación Distrital, SED. 3.2.9.4. DE LAS FUNCIONES DEL PORTERO CELADOR Dependen directamente del Rector y cumplen las siguientes funciones: 1. Ejercer vigilancia y control de la entrada y salida del personal, visitantes, vehículos y objetos del plantel. 2. Velar por el buen estado y conservación de los elementos de seguridad e informar oportunamente de las anomalías detectadas. 3. Velar por la conservación y seguridad de los bienes del plantel. 4. Colaborar con la prevención y control de situaciones de emergencia. 5. Consignar en los registros de control las anomalías detectadas en su turno e informar oportunamente sobre las mismas. 6. Cumplir el horario reglamentario establecido. 7. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo. 3.2.9.5. DE LAS FUNCIONES DEL PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES 1. Mantener el aseo de la institución según zonas asignadas. 2. Cumplir su demanda de trabajo. 3. Informar a la Rectoría las anomalías presentadas en las plantas físicas. 4. Permanecer en su puesto de trabajo durante la jornada laboral, dedicándose sólo a las funciones inherentes a su cargo. 5. Dependen directamente de la Rectoría. 3.2.9.6. FUNCIONES DEL ALMACENISTA 1. Llevar comprobantes de ingreso y egreso de almacén. 2. Llevar kárdex de almacén. 3. Responder por el uso y conservación del inventario. 4. Participar en Comité de Inventarios. 5. Manejar audiovisuales. 6. Las demás atinentes al cargo según normativa vigente. TÍTULO III SISTEMA DE MATRICULAS CAPÍTULO I: DE LA RENOVACIÓN DE MATRÍCULA (Ley 115/95, art. 96) La renovación de matrícula es el acto jurídico (contrato) mediante el cual el alumno legaliza su permanencia en la institución para el periodo


MANUAL DE CONVIVENCIA Académico o año lectivo que empieza en enero y termina en diciembre del mismo año y para cada grado y se compromete junto con su familia a cumplir la normatividad legal vigente, los acuerdos del Manual de Convivencia del Colegio y los compromisos con las Instituciones de Apoyo y de Convenio con las cuales la institución se relacione, para el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional. La matricula podrá renovarse en los siguientes eventos: 1. Cuando el alumno haya sido promovido al grado siguiente al término del período académico o del año lectivo. 2. Cuando a juicio del Comité de Evaluación Promoción correspondiente, el alumno sea promovido a un grado superior, dentro del mismo período académico (promoción anticipada). Se define la promoción anticipada como la demostración persistente de logros superiores a los previstos para un determinado grado. 3. Cuando repruebe el grado cursado de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 del Decreto 1860 de 1994, manifieste su voluntad de repetirlo y no tenga antecedentes disciplinarios calificados como graves, previstos en el presente Manual. 4. Estar a paz y salvo por todo concepto con la Institución Educativa. CAPÍTULO II: REQUISITOS PARA LA RENOVACIÓN DE LA MATRICULA El alumno que aspire a la renovación de su matrícula deberá cumplir con los siguientes requisitos: 1. Presentar, dentro de los plazos fijados, el formulario de pre-renovación de matrícula, debidamente diligenciado y los documentos solicitados para la renovación. 2. No estar inhabilitado para renovar matrícula. 3. La firma y/o huella digital de los padres o representante legal o acudientes y del estudiante en el Acta de Renovación de Matrícula. TÍTULO IV GOBIERNO ESCOLAR El Colegio José Martí I.E.D. posibilita el ejercicio del gobierno escolar mediante la integración de las siguientes instancias: Rectoría, el Consejo Directivo, el Consejo Académico, Comité de Convivencia y los organismos colegiados. CAPÍTULO I: GOBIERNO ESCOLAR Y ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN 1.1. DEL RECTOR Es la primera autoridad administrativa y docente del Colegio. Tiene la responsabilidad de gestionar y dinamizar todos los procedimientos institucionales

e interinstitucionales que favorezcan la prestación de un servicio educativo eficiente y el alcance de los objetivos institucionales propuestos. Sus funciones están establecidas por parámetros de ley y se encuentran consignadas en el manual de funciones y procedimientos institucionales. 1.2. DEL CONSEJO DIRECTIVO Organismo de participación que contribuye al direccionamiento de la Institución en el ámbito académico, convivencial y administrativo dentro de los criterios establecidos por el PEI. El Consejo Directivo del plantel estará conformado por: 1. El Rector de la institución, quien lo presidirá y lo convocará una vez al mes en forma ordinaria y extraordinariamente cuando lo considere necesario. 2. Dos representantes del cuerpo docente de la institución, elegidos por votación popular en un Consejo de Profesores. 3. Dos representantes de los Padres de Familia, elegidos en Asamblea de Padres. 4. Dos representantes de los estudiantes, un Principal y un suplente, seleccionados por el Consejo de Estudiantes, según procedimiento previsto en el presente Manual. 5. Un representante de los estudiantes egresados, para lo cual el Consejo Directivo del colegio citará a asambleas de los mismos y facilitará la conformación de la Asociación de Estudiantes egresados. 6. Un representante del sector productivo del área de influencia del Colegio. SON FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO: 1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución y que no sean competencia de otra autoridad. 2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes, administrativos y entre éstos con los estudiantes del plantel. 3. Adoptar el plan de estudios, Manual de Convivencia y reglamentos, el sistema institucional de evaluación y manual de funciones de conformidad con las normas vigentes. 4. Fijar los criterios para la asignación de cupos y para la admisión de nuevos estudiantes. 5. Asumir la defensa y garantizar los derechos de todos los miembros de la Comunidad Educativa, cuando uno de sus miembros se sienta lesionado en su integridad o dignidad. 6. Aprobar el plan anual de actualización de personal de la institución presentado por el Rector. 7. Participar en la planeación y evaluación del P.E.I., del currículo y plan de estudios y someterlos

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Educamos para la Libertad a consideración de la Secretaría de Educación del Distrito para que verifique el cumplimiento de los requisitos. 8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución. 9. Establecer estímulos y sanciones necesarios para el buen desempeño de los miembros de la Comunidad Educativa. 10. Participar en la evaluación anual de docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución. 11. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, sociales, deportivas y recreativas. 12. Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones y equipos en actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales del Colegio. 13. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles. 14. Fomentar la conformación de Asociaciones de Padres de Familia, de estudiantes y de estudiantes egresados. 15. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Manual. 16. Aprobar el presupuesto de Gastos e Ingresos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, la forma de recolectar estos fondos. 17. Darse su propio reglamento. 1.3. DEL CONSEJO ACADÉMICO Instancia consultora en la orientación pedagógica de la Institución. El Consejo Académico, convocado y presidido por el Rector, estará integrado por los Directivos Docentes, y un docente por cada área de estudio. DE LAS FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO El Consejo Académico es la máxima instancia en la orientación pedagógica del Colegio. Tiene las siguientes funciones: 1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión y propuesta del P.E.I. 2. Estudiar ajustes e innovaciones al currículo en concordancia con las disposiciones legales vigentes. 3. Organizar el Plan de Estudios y orientar su ejecución. 4. Recibir y decidir sobre los reclamos de los estudiantes en relación a las evaluaciones, desarrollo del proceso educativo y metodología en las respectivas áreas de estudio.

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COLEGIO JOSÉ MARTÍ IED 5. Planear la evaluación institucional anual y supervisar el proceso general de evaluación, para elaborar propuestas de mejoramiento y promoción de los estudiantes. 6. Conformar las Comisiones de Evaluación y promoción para la evaluación periódica del rendimiento de los estudiantes, para la promoción y reprobación de estudiantes, asignar sus funciones y supervisar el procedimiento general de evaluación. 7. Planear normas, funciones y actividades que propicien la buena marcha de la institución, la calidad de la educación, la superación, el bienestar estudiantil, el éxito en las pruebas de Estado, el ingreso a la universidad y el buen desempeño laboral. 8. Definir criterios de evaluación y promoción para que se orienten las decisiones de los Comités de Evaluación y Promoción. 9. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el P.E.I. 1.4. EL COMITÉ DE CONVIVENCIA El comité de convivencia es el órgano que regula las acciones u omisiones de carácter disciplinario de la comunidad educativa y sugiere posibles soluciones de los casos al Consejo Directivo. En la institución habrá un Comité de Convivencia integrado por: El Rector, el Coordinador de Convivencia, el Personero de los estudiantes, el Orientador del curso de donde fuere el estudiante, un representante de los profesores, el Director del curso de donde es el estudiante. Está conformado por: (de acuerdo con la Resolución 244 del 31 de enero de 2008) - Los representantes del personal docente ente el Consejo Directivo u otro elegido por los profesores. - El representante de los estudiantes ente el Consejo Directivo u otro elegido por los estudiantes. - El representante del Consejo de estudiantes. - El personero(a) estudiantil. - Dos (2) representantes de los padres de familia y dos (2) representantes de otras Instituciones. - Un (1) representante del personal Administrativo y/o operativo del plante elegido por los mismos. - El Coordinador de convivencia o quien haga sus veces, quien lo presidirá. El Consejo Directivo convocará dentro de los sesenta (60) días posteriores al inicio de las clases la elección de los representantes que deberá quedar instalado y se reunirán ordinariamente cada dos meses o extraordinariamente cuando las circunstancias lo ameriten, citado por el


MANUAL DE CONVIVENCIA Presidente del Comité. FUNCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA Este comité tendrá las siguientes funciones: 1. Participar en las decisiones sobre medidas por faltas graves de los estudiantes. 2. Analizar las medidas educativas necesarias para mejorar las faltas graves. 3. Responder los recursos de reposición y apelación. 4. Llevar a cabo actividades que fomenten la convivencia entre la Comunidad Educativa. 5. Desarrollar actividades para la divulgación de los Derechos Fundamentales, los Derechos del Niño y las garantías que amparan a la Comunidad Educativa. 6. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local y que beneficien el comportamiento y buenas relaciones entre los estudiantes y su contexto social. 7. las demás funciones afines o complementarias que le atribuya el PEI de la institución. 1.5. ORGANISMOS COLEGIADOS DE PARTICIPACIÓN El Colegio propicia la vivencia de la democracia a través de la gestión directiva, la elección del personero estudiantil, la conformación del consejo de estudiantes, el representante de los estudiantes al consejo directivo, la asociación de egresados y la asociación de padres de familia. 1.5.1. EQUIPO DE GESTIÓN DIRECTIVA Instancia encargada de direccionar el quehacer educativo a través de la organización, ejecución y evaluación de cada una de las acciones planeadas para el logro de los objetivos y metas propuestos en el Proyecto Educativo Institucional. Está conformado: El Rector, quien lo preside; los coordinadores de las diferentes sedes y jornadas SON FUNCIONES DEL EQUIPO DE GESTIÓN: 1. Liderar el proceso organizativo de la institución tanto a nivel directivo como académico y convivencial. 2. Acordar y presentar directrices teóricoprácticas respecto al desempeño de las funciones y desarrollo de los procesos académicos de cada uno de los estamentos que conforman la institución educativa. 3. Formular estrategias de mejoramiento institucional. 4. Favorecer el acertado desarrollo de cada una de las estrategias propuesta en el PEI como una forma de garantizar la calidad de la educación en los estudiantes. 5. Responder con los requerimientos extrainstitucionales mediante la gestión en cada

una de las sedes y jornadas. 6. Posibilitar y gestionar acciones de carácter interinstitucional para el desarrollo de proyectos en el ámbito intersectorial, interinstitucional y local como una forma de ampliar la proyección de la institución en otros ambientes académicos. 7. Proponer y desarrollar concertadamente proyectos y estrategias de trabajo con el fin de posibilitar e incrementar progresivamente el crecimiento de la vida Institucional. 1.5.2. EL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES El personero de los estudiantes será un estudiante de último grado y es el encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en La Constitución Política, la Ley General de Educación, los decretos reglamentarios, El Código de la infancia y adolescencia y el presente Manual para la Convivencia. Será elegido en votación popular en comicios promovidos por el Consejo Directivo, durante la cuarta semana de estudios. Para tal efecto el Consejo Directivo convocará a todos los estudiantes matriculados en el colegio a votación abierta y elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. El ejercicio del cargo de Personero de los Estudiantes es incompatible con el de Representante de los Estudiantes ante el Consejo Directivo. El estudiante que desee postularse como candidato a personero, debe cumplir con los siguientes requisitos: 1. Presentar un proyecto, coherente, adecuado con las necesidades de la institución. 2. Destacarse por su sentido de liderazgo, capacidad de escucha, comportamiento, ejemplar rendimiento académico y por sus buenas relaciones con toda la comunidad. 3. Conocer y cumplir todas las normas determinadas en el presente Manual. EL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES TENDRÁ LAS SIGUIENTES FUNCIONES: 1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna de la institución, pedir colaboración al Consejo de Estudiantes, organizar foros y otras formas de participación y deliberación. 2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier miembro de la Comunidad Educativa sobre el incumplimiento de las obligaciones de los docentes, directivos docentes, personal administrativo y estudiantes. 3. Presentar ante el Rector, según su competencia, las solicitudes de oficio o de petición que

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Educamos para la Libertad considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes. 4. Apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del Rector, respecto a las peticiones presentadas por su intermedio. 5. Asesorarse del Defensor del Pueblo, la Personería Distrital, y demás instituciones que apelen por los derechos de las personas para el cabal desempeño de sus funciones. 1.5.3. DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES El Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos. Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados de 4° a 11, y uno en representación de los grados Cero a 3° elegidos en votación abierta. El Consejo Directivo convocará en una fecha, dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por los estudiantes de cada grado, con el ánimo de que elijan de su seno y mediante votación secreta, un vocero estudiantil para el año lectivo en curso. El consejo estudiantil se integrará conforme a lo señalado en el Decreto 1860 de 1994 y se instalará durante la segunda semana de marzo. De este harán parte representantes de las diferentes Sedes y jornadas del Colegio. SON FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL: 1. Darse su propio reglamento y organización interna. 2. Elegir el Representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del Colegio y su suplente, y asesorarlos en el cumplimiento de su representación. 3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas para el desarrollo y mejoramiento de la vida estudiantil. 4. Velar por el cumplimiento de los deberes y derechos de los miembros de la Comunidad Educativa y presentar la queja a la instancia correspondiente en caso de que se incumplan. 5. Las demás actividades afines o complementarias a las anteriores y que por efecto de sus acciones que le atribuya el presente manual de convivencia. 1.5.4. DEL REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES AL CONSEJO DIRECTIVO El Consejo de Estudiantes elegirá a un estudiante del Grado Undécimo para que represente a los estudiantes ante el Consejo Directivo. El estudiante que desee postularse como candidato a representante al Consejo Directivo,

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COLEGIO JOSÉ MARTÍ IED debe cumplir con los siguientes requisitos: 1. Presentar un proyecto, coherente, adecuado con las necesidades de la institución. 2. Destacarse por su sentido de liderazgo, capacidad de escucha, comportamiento, ejemplar rendimiento académico y por sus buenas relaciones con toda la comunidad. 3. Conocer y cumplir todas las normas determinadas en el presente Manual. SON FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES AL CONSEJO DIRECTIVO: 1. Asistir y participar en las reuniones que convoque el Consejo Directivo. 2. Cumplir de forma activa con las funciones propuestas para el Consejo Directivo. 1.5.5. LA ASOCIACIÓN DE EGRESADOS Está conformada por los estudiantes de las promociones de las diferentes sedes quienes establecerán los criterios de funcionamiento. Esta asociación permite conocer el proceso de los estudiantes en su proyecto de vida personal, profesional y laboral. Con sus experiencias y sugerencias es posible actualizar o mejorar aspectos de la institución. 1.5.6. LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA Y CONSEJO DE PADRES Son órganos de participación de los padres de familia destinados a velar por el mejoramiento del proceso educativo. La conformación, funciones y demás normatividad está consagrada en el decreto 1286 del 27 de abril de 2005. La totalidad de los Padres y madres de familia de los estudiantes del colegio harán parte de la Asociación de Padres de Familia; En la conformación de la Junta de la Asociación de Padres de Familia se tendrá en cuenta la participación de los padres, madres y acudientes de las diferentes Sedes y jornadas; el Consejo Directivo promoverá la conformación de la Junta de la Asociación mediante citación a una reunión de padres durante los primeros 30 días de inicio de labores académicas. La Asociación de Padres de Familia son los responsables del ejercicio de sus deberes y derechos en relación con el proceso educativo de sus hijos o acudidos, deben reunirse mínimo una vez por semestre por convocatoria del Rector. El Consejo de Padres de familia es un órgano de participación de los padres de familia en la institución destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y que contribuya a elevar la calidad del servicio educativo, así como a controlar y colaborar en el cuidado de los elementos, recursos, equipos y mobiliarios de la institución para el buen uso de


MANUAL DE CONVIVENCIA los estudiantes. Se conformará con la elección de mínimo Uno (1) y hasta tres (3) padres de familia elegidos en sendas reuniones en cada uno de los grados que ofrezca el colegio y de conformidad como lo establezca el PEI del colegio. 1.5.7. CONTRALORÍA ESTUDIANTIL Y EL COMITÉ ESTUDIANTIL DE CONTROL SOCIAL: La Contraloría escolar estará conformada por el Contralor estudiantil, el vice-contralor y el Comité estudiantil de Control social; serán elegidos en votación abierta y por mayoría simple durante la misma votación que se realice para Personero de los estudiantes. Para estas elecciones se citará como candidatos a todos los elegidos por cada grupo de estudiantes de la institución. El Contralor será el estudiante que tenga la mayor votación, el vice-contralor el de la segunda votación y el comité de control social se conformará con los demás estudiantes de cada grupo de sexto a once que participaron en la elección y que no alcanzaron la mayor votación. Son funciones de la Contraloría Estudiantil: 1. Contribuir a la creación de una cultura de control social, del cuidado y buen uso y manejo de los recursos y bienes públicos del colegio a través de actividades formativas y/o lúdicas. 2. Vincularse a la Contraloría de Bogotá para promover los derechos y deberes ciudadanos en relación con los principios de participación ciudadana y el ejercicio del control social del proceso educativo y los recursos y asignaciones presupuestales que le competen a la institución. 3. Presentar ante los demás miembros de la comunidad educativa informes en relación con el uso de los recursos y bienes públicos. 4. Las demás que le designe el Manual de Convivencia y el PEI del colegio. 1.5.8. COMITÉ AMBIENTAL: Teniendo en cuenta el Acuerdo 166 de 2005, del Consejo de Bogotá se crea el Comité Ambiental, como órgano asesor en materia ambiental del gobierno escolar; será organizado a través de sistema de selección democrática, participativo y equitativo, garantizando el acceso de estudiantes, padres de familia y docentes; habrá un subcomité en cada sede elegido en votación abierta con inscripción de los estudiantes de cada grado, durante las cuatro primeras semanas del año en curso. Los elegidos tendrán la calidad de vigías ambientales. SERÁN FUNCIONES DEL COMITÉ AMBIENTAL: 1. Asesorar al gobierno escolar para fortalecer la dimensión ambiental al interior de la

2. 3. 4. 5.

6. 7.

Institución educativa. Liderar la implementación, formulación, seguimiento y evaluación del proyecto ambiental escolar PRAE del colegio. Adelantar proyectos y programas para la preservación y mejoramiento ambiental. Proponer programas y proyectos para el desarrollo del servicio social obligatorio en materia ambiental. Generar espacios pedagógicos educativos para crear y fortalecer valores ambientales, sociales y culturales y el cuidado y mejoramiento del ambiente. Promover el derecho a un ambiente sano dentro de la cátedra de derechos humanos. Desarrollar las orientaciones del Cidea Distrital y los comités locales ambientales.

CAPÍTULO II: MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN 2.1. EL VOTO Derecho que tienen los Directivos Docentes, Docentes, estudiantes y padres de familia de opinar o elegir a quien los represente en los respectivos organismos de participación. El Consejo Directivo, a los 30 días siguientes a la iniciación de clases, convocará a toda la comunidad estudiantil a la elección de los Voceros del Consejo Estudiantil y del Personero de estudiantes, de la Asociación de Padres de Familia, por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. 2.2. EL REFERENDO Es el pronunciamiento de la comunidad educativa a favor o en contra de unos postulados o propuestas que se exponen a consulta directa y que pueden hacer relación, entre otros, a reformas del manual de convivencia y/o su entrada en vigencia. 2.3. REVOCATORIA DEL MANDATO Se aplica a representantes del Consejo Directivo, Consejo Estudiantil, Personero, Consejo y Asociación de Padres de Familia en caso que no cumplan con las funciones que les fueron asignadas. 2.4. PLEBISCITO Instrumento por el cual se pronuncia la comunidad educativa sobre la aceptación o no de una gestión comunitaria, la aprobación de proyectos o el desempeño de representantes elegidos. 2.5. VEEDURIA Las instancias del Gobierno Escolar y organismos de participación están sujetas a la veeduría de la Comunidad Educativa, quienes a través del debido proceso buscan que se de transparencia

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y efectividad a la gestión de cada uno de los organismos de participación, buscando el fortalecimiento de un control social sostenible. TÍTULO V DIMENSION ACADEMICA CAPÍTULO I: ENFOQUE Atendiendo a las consideraciones legales vigentes para las Instituciones Educativas, el enfoque pedagógico se centra en la satisfacción de los intereses, necesidades y expectativas de los actores de la Comunidad Educativa mediante el desarrollo del potencial humano en ambientes pedagógicos, culturales, deportivos y físicos permeados por un clima favorable que conlleve a la concreción de los principios, objetivos y metas, orientados por los ejes del PEI: Aprehensión del conocimiento, Investigación, Proyecto de Vida, Vivencia de los Valores y Cultura para el trabajo. CAPÍTULO II: PLAN DE ESTUDIOS RESOLUCIÓN No. 01 de Septiembre 11 de 2011

obligatorias y fundamentales definidas para cada nivel, introducir asignaturas optativas dentro de las áreas establecidas en la ley, adaptar algunas áreas a las necesidades optativas dentro de las áreas establecidas en la ley, adaptar algunas áreas a las necesidades y características regionales, adoptar métodos de enseñanza y organizar actividades formativas, culturales y deportivas, dentro de los lineamientos que establezca el Ministerio de Educación Nacional Por lo tanto, el currículo adoptado por cada establecimiento educativo debe tener en cuenta y ajustarse a los siguientes parámetros: a. Los fines de la educación y los objetivos de cada nivel y ciclo definidos por la Ley 115 de 1994.

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL

b. Las normas técnicas, tales como estándares para el currículo en las áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento, u otros instrumentos para la calidad, que defina y adopte el Ministerio de Educación Nacional;

COLEGIO DISTRITAL JOSÉ MARTÍ

c.

En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General de Educación y su Decreto reglamentario 1860 de 1994 y:

R E S U E L V E:

CONSIDERANDO 1. Que es deber del Consejo Directivo determinar el Plan de Estudios del colegio. 2. Que la Institución Educativa Distrital José Martí es una Institución Académica de carácter oficial. 3. Que el currículo es el conjunto de criterios, planes de estudio, metodologías y procesos que contribuyen a la formación integral y a la construcción de la identidad cultural nacional, regional y local, incluyendo también los recursos humanos, académicos y físicos para poner en práctica las políticas y llevar a cabo el proyecto educativo institucional. 4. Que en virtud de la autonomía escolar ordenada por el artículo 77 de la Ley 115 de 1994, los establecimientos educativos que ofrezcan la educación formal gozan de autonomía para organizar las áreas

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Los lineamientos curriculares expedidos por el Ministerio de Educación Nacional.

1. Adoptar el PLAN DE ESTUDIOS del Colegio José Martí I.E.D. de acuerdo a los siguientes criterios: 2. ENFOQUE: Atendiendo a las consideraciones legales vigentes para las instituciones educativas, el enfoque pedagógico centra su atención en el desarrollo del potencial humano, buscando satisfacer los intereses, necesidades y expectativas de los actores de la comunidad educativa; mediante la generación de oportunidades y acciones que permitan su crecimiento en ambientes pedagógicos, culturales, deportivos y físicos permeados por un clima favorable que conlleve a la concreción de principios, objetivos y metas institucionales orientados por los ejes del PEI: aprehensión del conocimiento, vivencia en valores, investigación, desarrollo biofísico, cultura para el trabajo y proyecto de vida.


MANUAL DE CONVIVENCIA

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COMPONENTE DE NÚCLEO ESPECÍFICO

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MANUAL DE CONVIVENCIA 3. PLAN DE ESTUDIOS: a. El plan de estudios es el esquema estructurado de las áreas obligatorias fundamentales y de las áreas optativas con sus respectivas asignaturas que forman parte del currículo de los establecimientos educativos. b. Se entiende como una propuesta dinámica del quehacer educativo, nacida de los procesos curriculares que incorpora y promueve las dimensiones y procesos del desarrollo humano. c. Las competencias básicas, ciudadanas, laborales y específicas, los objetivos, desempeños, contenidos, metodologías, la distribución del tiempo, los criterios de evaluación y la administración de recursos orientados desde cada una de las áreas y desde cada uno de los ciclos de formación, constituyen la base del plan de estudios. d. La comunidad Martiana busca el fortalecimiento de las competencias Cognitiva, Comunicativa y de Convivencia a través de los Campos de Formación, los Proyectos Transversales, los Proyectos Institucionales y los Proyectos de Orientación e Inclusión Escolar. e. Para el anterior propósito las áreas del conocimiento están organizadas en los siguientes Campos de Formación: 1.1. CAMPO DE FORMACIÓN EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA: Hace énfasis en la competencia cognitiva y agrupa las áreas de MATEMATICAS, TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA y CIENCIAS NATURALES Y EDUCACIÓN AMBIENTAL. En el ciclo de educación media, los estudiantes tienen la posibilidad de profundizar en DISEÑO DE SOFTWARE o en INSTALACIONES ELECTRICAS RESIDENCIALES, para lo cual se ha establecido convenio con el SENA, que permite a los estudiantes, que superan los módulos propuestos para dicho énfasis se les certifique como técnicos en dicha modalidad por parte de esta entidad junto con su título de Bachiller. Además les permite continuar con la cadena de formación en el SENA o en otra institución de educación superior. 1.2. CAMPO DE FORMACIÓN EN PRODUCCIÓN SIMBÓLICA Y HUMANÍSTICA: Hace énfasis en la competencia Comunicativa y agrupa las áreas de HUMANIDADES; Español e Inglés; ARTES y EDUCACION FÍSICA. En

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el ciclo de Educación Media, los estudiantes tienen la posibilidad de profundizar en DISEÑO E IMPRESIÓN SERIGRÁFICA para lo cual se ha establecido convenio con el SENA, que permite a los estudiantes, que superan los módulos propuestos para dicho énfasis se les certifique como técnicos en dicha modalidad por parte de esta entidad junto con su título de Bachiller. Además les permite continuar con la cadena de formación en el SENA o en otra institución de educación superior. De igual manera en este campo pueden optar para la profundización en MEDIOS DE COMUNICACIÓN, énfasis para el cual se está buscando también el convenio con el SENA o con alguna Universidad de la ciudad. 1.3. CAMPO DE FORMACIÓN MUNDO PARA LA VIDA SOCIAL; que hace énfasis en la competencia social y estudia las problemáticas de la sociedad contemporánea y la convivencia; y agrupa las áreas de CIENCIAS SOCIALES, FILOSOFÍA, ECONOMÍA, POLÍTICA, ÉTICA y CULTURA RELIGIOSA. En el ciclo de Educación Media, los estudiantes tienen la posibilidad de profundizar en ÉTICA y GESTIÓN DEL CONFLICTO. 1.3.1. Todos los estudiantes desde el grado octavo se vinculan al área específica que desarrolla el PEI del colegio, que lleva el nombre de CAMPO DE FORMACIÓN y está conformada por las asignaturas de Énfasis en la jornada, Énfasis de la contra jornada, Emprendimiento, Metodología de la Investigación e Inglés Técnico. El educando realiza rotación por cada uno de los énfasis durante el grado Octavo; en el grado Noveno selecciona en compañía de sus padres, el orientador, el director de curso y los profesores de rotación el énfasis que deberá asumir a partir del grado Noveno y su ciclo de Educación Media y se compromete con el colegio y el SENA a cumplir los criterios de evaluación, promoción y certificación. 1.4. Para complementar el currículo el colegio desarrolla los PROYECTOS TRANSVERSALES, enmarcados en la Ley General de Educación y se ajustan al entorno socio cultural de la Comunidad Educativa, ellos son: 1.4.1. PROYECTO DE EDUCACIÓN SEXUAL. 1.4.2. PROYECTO AMBIENTAL ESCOLAR, PRAE; Proyecto macro que agrupa dos


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proyectos institucionales: Agricultura urbana y “Me quiero, quiero mi colegio, cuido mi planeta. 1.4.3. PROYECTO, PLAN ESCOLAR PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO, proyecto que regula y proyecta las acciones necesarias para mitigar las consecuencias de posibles desastres producidos en forma natural o con intervención o negligencia de los miembros de la comunidad. 1.4.4. PROYECTO DE EDUCACIÓN EN DERECHOS HUMANOS, que incluye los subproyectos de democracia, cátedra afrocolombiana y cátedra Martiana. 1.5. Los PROYECTOS INSTITUCIONALES que permiten el desarrollo de destrezas, habilidades e intereses de los estudiantes y los demás miembros de la comunidad educativa, están orientados para el uso y disfrute del tiempo libre, entre los cuales se encuentran: 1.5.1. ESCUELA DE DANZAS, enmarcado en el proyecto de tiempo extraescolar de la SED, atiende a niños, niñas, jóvenes y docentes de todas las sedes los días sábados formando bailarines especializados en danza tradicional colombiana. Ha participado en eventos a nivel local, distrital y nacional y ha obtenido diversas distinciones y galardones. 1.5.2. ESCUELAS DEPORTIVAS, orientado hacia el desarrollo de la actividad deportiva formando deportistas de alto rendimiento en distintas disciplinas. Los deportistas han participado en diversas competiciones a nivel local, distrital y nacional y han obtenido medallas de oro, plata y bronce en diversas modalidades. 1.5.3. PROYECTO DE VALORES ESPIRITUALES, fortalece en los estudiantes el desarrollo de valores morales, espirituales y la participación en grupos de estudio. Posibilita la integración a partir del uso de la música y la conformación de la orquesta de música Góspel. 1.5.4. ESCUELA DE MÚSICA, desarrolla habilidades en el canto y la ejecución de los distintos instrumentos musicales. Proyecta la formación de una orquesta y concertistas en diversos instrumentos. 1.5.5. PERIODICO ESCOLAR, enfatiza en la producción del periódico escolar y se propone recoger el sentir de la comunidad

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1.5.6.

1.5.7.

educativa, está orientado desde el énfasis de Medios de Comunicación donde maestros, estudiantes diseñan y emiten dos periódicos anualmente. EMISORA ESCOLAR, Desarrolla las habilidades comunicativas a través de la emisión diaria de programas de interés para la comunidad educativa y la participación en la Red de Emisoras de la Localidad Rafael Uribe Uribe. COMEDOR ESCOLAR, consolidándose como un Laboratorio Social, es un proyecto transversalizador en el plan de estudios, pretexto para vivenciar desde la práctica los principios de la inclusión y de la nutrición para la convivencia contemplados en nuestro Plan Sectorial de Educación; debe generar desafíos administrativos y pedagógicos nuevos; otros retos y cuestionamientos para incorporar en la dinámica pedagógica y formativa, otros referentes de acción y de creación.

1.5.8.

“ME QUIERO, QUIERO MI COLEGIO, CUIDO MI PLANETA”: Este proyecto desde una perspectiva compleja, busca fortalecer espacios de reflexión, sensibilización y concientización frente a las crecientes transformaciones de los sistemas naturales, sociales y culturales, desde tres líneas de acción: el manejo y adecuación de residuos, el fomento del cuidado y conservación de los espacios ambientales del colegio.

1.5.9.

AGRICULTURA URBANA: Impulsa el oficio de la agricultura en la ciudad como posibilidad de obtener comida saludable y fuente económica de las familias interesadas en el emprendimiento de esta labor.

1.5.10. PROYECTO DE CÁTEDRA MARTIANA: Nos permite afianzar referentes de identidad cultural y política, como integrantes activos de “Nuestra América”, potencializar la consolidación de paradigmas alternativos, acercarnos a la percepción multi-diversa de los distintos fenómenos, ampliar nuestro horizonte y por ende nuestra capacidad de acción y transformación. 1.5.11. PROYECTO

DE

ORIENTACIÓN


MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR , La institución cuenta con este servicio para la Comunidad Educativa cuyo propósito es el de fortalecer los procesos educativos mediante la atención a estudiantes, Para este propósito los orientadores y orientadoras utilizan como estrategias LA ESCUELA DE PADRES, JORNADAS FORMATIVAS DIRIGIDAS A ESTUDIANTES Y ENCUENTROS CON DOCENTES. En este proyecto se encarga también del SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO para los estudiantes de grado 10 y 11, en las líneas de Expresión Corporal y Danzas, Escuelas Deportivas, Educa tu hijo, Apoyo en el Aula, Organización de eventos, Habilidades Administrativas, Atención al comedor y Guías ambientales.

1.7. En el marco del Plan sectorial de Educación 2008-2012, dentro del programa COLEGIOS PÚBLICOS DE EXCELENCIA, la institución asume la organización escolar por ciclos, como estrategia para iniciar el proceso hacia la excelencia educativa y basada en el reconocimiento de la Autonomía escolar. 1.7.1. La organización de la enseñanza comprende cinco ciclos que se extienden desde el nivel Preescolar hasta concluir la Educación Media, en la siguiente forma: primer ciclo, cubre el preescolar y los grados primero y segundo de primaria; segundo ciclo, cubre los actuales tercero y cuarto grado; tercer ciclo, los grados quinto a séptimo; cuarto ciclo, los grados octavo y noveno y, quinto ciclo, los grados décimo y undécimo que corresponden a la Educación Media, que ahora se articula con la Educación Superior y la educación para el trabajo. 1.7.2. Cada ciclo desarrolla de manera integral los aspectos cognitivos, afectivos, de relaciones interpersonales, psicológicos y sociales propios de cada edad para formar personas felices, autónomas, y ciudadanos corresponsables con la sociedad y la ciudad. La identidad de cada ciclo tiene en cuenta las características particulares de los niños y jóvenes, sus gustos, intereses, procesos de aprendizaje, desarrollo cognitivo y necesidades formativas. De acuerdo a la siguiente intensidad horaria:

1.6. En el marco del Plan Decenal de Educación, “Bogotá Positiva” la Institución se vincula al programa “BOGOTÁ, UNA CIUDAD PARA TODOS Y TODAS” a través de los siguientes proyectos: 1.6.1.

1.6.2.

1.6.3.

PROGRAMA PARA NIÑOS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES: El proyecto vincula a estudiantes en condición de discapacidad intelectual al aula regular garantizando su permanencia desde formación inicial hasta la secundaria. A partir de una práctica pedagógica integracionista que acompañe por intermedio de procesos especiales, y estrategias integradoras, sus habilidades y los conduzca a asumir su entorno frente al mejoramiento y su calidad de vida. PROYECTO VOLVER A LA ESCUELA: Atiende el asunto de la extra edad, fortaleciendo la autoestima y favoreciendo el desarrollo de competencias básicas en los niños, niñas y jóvenes, desde la metodología de proyectos, regularizando el flujo escolar. PROYECTO DE EQUIDAD Y GÉNERO: Tiene como finalidad desarrollar cambios que permitan en el estudiante, el auto reconocimiento como seres sujetos de saber y sabiduría, como paso fundamental hacia relaciones de equidad de género entre quienes hacen parte de las generaciones de mujer y hombre que están en proceso de crecimiento y las que harán parte del futuro por venir.

Esta resolución rige a partir de la fecha de su promulgación. Dada en las instalaciones del Colegio José Martí I. E. D. a los 11 días del mes de Septiembre de 2011, comuníquese, publíquese, difúndase y cúmplase. CONSEJO DIRECTIVO 2011-2012 ____________________________ RENÉ GERARDO ANDRADE Rector. ____________________________ CÉSAR ALBERTO LÓPEZ MALAGÓN Representante de profesores

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____________________________ LUÍS ENRIQUE GARZÓN DIAZ

2. Que son Propósitos de la evaluación de los aprendizajes de los estudiantes en el ámbito institucional:

Representante de profesores

a.

Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.

b.

Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.

c.

Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.

BLANCA CUEVAS

d.

Determinar la promoción de estudiantes.

Representante de los Padres de Familia

e.

Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.

____________________________ JOHN JAIVER LAVACUDE R. Representante de Exalumnos ____________________________ SAMUEL DELGADILLO Representante de los estudiantes ____________________________

____________________________ NUBIA CONTRERAS Representante de Padres de Familia.

3. Que le corresponde al Consejo Directivo:

CAPÍTULO III: DE LA EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES. RESOLUCIÓN No. 02 de Septiembre 11 de 2011 EL CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO DISTRITAL JOSÉ MARTÍ I.E.D. En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General de Educación y su Decreto reglamentario 1290 de 2009 y: CONSIDERANDO 1. Que la evaluación de los aprendizajes de los estudiantes se realiza en el ámbito Institucional. La evaluación del aprendizaje de los estudiantes realizada en los establecimientos de educación básica y media, es el proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño de los estudiantes.

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a. Definir, adoptar y divulgar el sistema institucional de evaluación de estudiantes, después de su aprobación por el consejo académico. b. Incorporar en el proyecto educativo institucional los criterios, procesos y procedimientos de evaluación; estrategias para la superación de debilidades y promoción de los estudiantes. c.

Realizar reuniones de docentes y directivos docentes para analizar, diseñar e implementar estrategias permanentes de evaluación y de apoyo para la superación de debilidades de los estudiantes y dar recomendaciones a estudiantes, padres de familia y docentes.

d. Promover y mantener la interlocución con los padres de familia y el estudiante, con el fin de presentar los informes periódicos de evaluación, el plan de actividades de apoyo para la superación de las debilidades, y acordar los compromisos por parte de todos los involucrados.


MANUAL DE CONVIVENCIA e. Crear comisiones u otras instancias para realizar el seguimiento de los procesos de evaluación y promoción de los estudiantes. f.

Atender los requerimientos de los padres de familia y de los estudiantes, y programar reuniones con ellos cuando sea necesario.

g. A través de consejo directivo servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que presenten los estudiantes o sus padres de familia en relación con la evaluación o promoción. h. Analizar periódicamente los informes de evaluación con el fin de identificar prácticas escolares que puedan estar afectando el desempeño de los estudiantes, e introducir las modificaciones que sean necesarias para mejorar. i.

Presentar a las pruebas censales del ICFES la totalidad de los estudiantes que se encuentren matriculados en los grados evaluados, y colaborar con éste en los procesos de inscripción y aplicación de las pruebas, según se le requiera.

RESUELVE DE LOS CRITERIOS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN: 1. La evaluación de los aprendizajes de los estudiantes se fundamenta en los principios de la Evaluación integral, dialógica, continua, permanente y propenderá por formar y potenciar el aprendizaje de todas y todos los estudiantes, en todas sus dimensiones, en todas las áreas fundamentales y optativas y en los diferentes ciclos de formación, y en donde el desarrollo de las competencias cognitivas, comunicativas y de convivencia potencien la formación del pensamiento crítico, reflejado en un ser humano propositivo, proactivo que responda a nuestro horizonte institucional: “Formación para el Desarrollo Humano Integral y Social” y a los cuatro componentes institucionales: Académico, Identidad y Pertenencia Institucional, Administrativo y de Proyección a la Comunidad. 2. Los criterios de evaluación y promoción tiene

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en cuenta la escala de valoración institucional haciéndola equivaler con la escala nacional, así: (véase página siguiente cuadro 1)

3. Se asume una escala numérica de valoración de los aprendizajes y desempeños de los estudiantes de 1.0 a 10.0 con una cifra decimal. 3. Se Divide el proceso académico durante el año en cuatro (4) períodos académicos de 10 semanas académicas cada una. 4. Cada uno de los períodos académicos durante el año tendrá un valor del 25% de la nota definitiva. 5. Se mantendrá la equivalencia desempeñovaloración numérica para efectos de movilidad del estudiante dentro del sistema educativo nacional. 6. Las actividades de refuerzo y nivelación se efectuarán dentro del período académico siguiente en cuanto a la solución de los desempeños no alcanzados en períodos anteriores pero la valoración numérica no será modificada. Se debe realizar el debido proceso y la asignación de los planes de mejoramiento pertinentes en cada área. 7. Si un estudiante al finalizar el cuarto periodo académico tiene desempeños pendientes de resolver realizará su nivelación en tiempo especificado para ello y en caso de aprobar se valorará con una nota máxima de 7.0 8. Los resultados finales de valoración de cada estudiante en cada asignatura o área se obtendrá como promedio de los resultados en los cuatro periodos académicos del año. 9. Los resultados de la evaluación periódica y final se reflejará en un boletín de resultados académicos que llevará la valoración cualitativa y cuantitativa, así como los desempeños alcanzados y pendientes del estudiante y las ausencias a clases. 10. Al finalizar el año académico se emitirá un boletín final que reflejará el resultado académico final del estudiante, así como el registro de los procesos de nivelación de las áreas pendientes según los criterios


Educamos para la Libertad DESEMPEÑO

VALORACION NUMÉRICA

SUPERIOR

9.0 a 10.0

ALTO

8.0 a 8.9

BASICO

7.0 a 7.9

BAJO

1.0 a 6.9

COLEGIO JOSÉ MARTÍ IED CRITERIOS El estudiante es excelente en la presentación de trabajos y evaluaciones y cumple totalmente con los niveles de exigencia. Se nota una comprensión del 100% de los conceptos trabajados y cumple responsablemente con los deberes académicos y convivenciales. Ha superado de manera satisfactoria el nivel exigido, evidencia una comprensión de los conceptos y asume responsablemente sus deberes académicos y convivenciales pero necesita esforzarse un poco más. Supera los requerimientos mínimos establecidos en los desempeños e indicadores de desempeño académico y de convivencia; su nivel de cumplimiento es básico, alcanza algunos desempeños pero debe asumir mayores compromisos en cuanto al cumplimiento y responsabilidad de su proceso académico y de convivencia. Muestra algunas dificultades en la comprensión de conceptos trabajados. No alcanza el nivel mínimo requerido en la comprensión y cumplimiento de los procedimientos y conceptos trabajados, su desempeño es bajo, debe asumir trabajos de recuperación y nivelación para alcanzar las competencias propuestas en el área y debe mejorar su comportamiento y presentación personal. cuadro 1

definidos en la presente resolución.

convivencia, presentación personal, entre otras.

11. La valoración de los procesos de convivencia estudiantil se verá reflejada en el boletín en forma cualitativa. 12. El estudiante deberá conocer desde el inicio del año lectivo y de cada período académico los indicadores de desempeños que se van a evaluar, mediante qué actividades específicas y en qué momentos o fechas van a ser evaluados. Es decir, que los criterios de evaluación deben ser claros y precisos y deberán estar expresados en el plan de aula de cada docente. 13. La evaluación del aprendizaje y los desempeños de los estudiantes será de manera integral y debe contemplar procesos como talleres, tareas, actividades de clase, evaluaciones escritas, orales, procesos de

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14. Al finalizar cada periodo académico se debe aplicar una prueba de competencias en cada una de las áreas de estudio que tendrá un valor del 20% de la valoración del periodo académico. 15. Las ausencias del estudiante, sean justificadas o sin justificar afectan el desempeño del estudiante y no podrá faltar a más del 25% de las clases, en todos los casos se debe registrar en el boletín del estudiante. El estudiante tiene tres días hábiles para justificar la ausencia ante el Coordinador de convivencia de sede y poder ser evaluado en caso de ser necesario. 16. Las áreas compuestas por varias asignaturas, como Humanidades: Español


MANUAL DE CONVIVENCIA e Inglés; Ciencias Naturales y Educación Ambiental: Biología, Física y Química; Campo de Formación: Módulos de la jornada, Módulo de la contrajornada (50%), emprendimiento (20%), metodología de la investigación, (20%) e inglés técnico (10%); serán promediadas para obtener la valoración periódica o final del Área. 17. Las actividades de recuperación, de nivelación o los procesos propuestos en el plan de mejoramiento deberá realizarse a nivel de área y no de asignatura. 18. Los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales tendrán la asignación de un Plan de estudios específico y el docente de aula regular deberá acogerse a las adaptaciones curriculares para la evaluación de estos estudiantes. 19. En la evaluación se privilegiarán los procesos sobre los resultados. 20. El estudiante seleccionará al finalizar el último periodo del grado Octavo el énfasis en alguno de los campos de formación que el colegio ofrece y solo podrá cambiarse, previa solicitud y análisis del caso, durante la primera semana del segundo periodo académico del grado noveno, previo consenso entre los profesores involucrados. (Las excepciones serán estudiadas y determinadas en Coordinación Académica, previo concepto de los profesores involucrados). DE LAS COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 1. Créase la Comisión de Evaluación de Nivel, CEN, integrada por los docentes de cada nivel, un representante de los padres de familia que no sea docente de la institución, un representante de los estudiantes del nivel, el orientador de sede y el Coordinador Académico o su delegado, quien la convocará y la presidirá, con el fin de analizar los resultados académicos de los educandos y hacer las recomendaciones de actividades de refuerzo y superación para estudiantes que presenten dificultades así como definir el plan de mejoramiento académico. 2. En la reunión que tendrá la Comisión de Evaluación de Nivel, CEN, al finalizar

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cada período escolar, con la participación de todos los profesores del nivel, se analizarán los casos de educandos con desempeño bajo en cualquiera de las áreas y se harán recomendaciones generales o particulares a los estudiantes, sus acudientes y los profesores, o a otras instancias del establecimiento educativo, en términos de actividades de refuerzo y superación. Analizadas las condiciones de los educandos, se convocará a los padres de familia o acudientes, al educando y al educador respectivo con el fin de presentarles un informe junto con el plan de refuerzo y mejoramiento escolar, y acordar los compromisos por parte de los involucrados. Las comisiones CEN, además, analizarán los casos de los educandos con desempeños excepcionalmente altos con el fin de recomendar actividades especiales de motivación, o la promoción anticipada. Igualmente se establecerá si educadores y educandos siguieron las recomendaciones y cumplieron los compromisos del período anterior. Las decisiones, observaciones y recomendaciones de cada Comisión se consignarán en actas y estas constituirán evidencias para posteriores decisiones acerca de la promoción de los educandos. 3. La reunión de la CEN, deberá realizarse al finalizar el período académico para lo cual se asignarán actividades específicas a los estudiantes y se utilizarán los insumos entregados por la empresa sistematizadora de los resultados de los procesos académicos. 4. Créase la Comisión de Evaluación y Promoción de Ciclo, CEPC, integrada por un docente representante de cada una de las áreas del plan de estudios y que dicte clase en el ciclo, un representante de los padres de familia, un representante de los estudiantes, un orientador y el Rector o su delegado quien lo presidirá y lo convocará cada final de periodo con el fin de recomendar la promoción o no de los educandos una vez analizadas las actas de la Comisión de Evaluación de Nivel CEN, y cuyos criterios se ajusten a los lineamientos de la presente resolución. CRITERIOS PARA LA PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES:


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1. Será promovido al grado siguiente, al certificado de Bachiller Básico o al Título de Bachiller el estudiante que cumpla con los siguientes requisitos:

f.

a. Que al finalizar el año académico haya obtenido en todas las áreas del plan de estudios de la Institución, en su escala de desempeños una valoración Superior, Alto o Básico, valoración obtenida al promediar cada uno de los cuatro periodos académicos del año escolar.

2. No será promovido al grado siguiente, al certificado de Educación básica o al título de bachiller, el estudiante que se encuentre al finalizar el cuarto periodo en alguno de los siguientes circunstancias:

b. El estudiante que finalizado el proceso de nivelación al final del cuarto periodo haya superado el proceso de mejoramiento académico de hasta dos áreas del plan de estudios. c.

El estudiante que finalizado el proceso académico del cuarto período y de nivelación, obtenga una valoración baja pero mayor a 5.0 en una sola área y su promedio general final de todas las áreas del plan de estudios sea mayor o igual a 7.0; en este caso se registrará en el Certificado, el promedio de áreas como la valoración del estudiante en el área perdida.

d. El estudiante que estando en los grados 3°, 5°, 6°, 8° o 10° obtenga desempeños bajos en hasta dos áreas del plan de estudios, solo si estas no corresponden a Matemáticas y Humanidades. En este caso debe realizar proceso de nivelación de las áreas con desempeño bajo, durante el año siguiente y alcanzar los desempeños pendientes durante máximo los dos primeros periodos académicos del grado siguiente. Si el estudiante supera el proceso de Nivelación, la valoración deberá ser de 7.0 y se anotará en el libro de registro de Nivelaciones, para que se refleje en el certificado que el estudiante solicite a partir del momento de la superación. e. El estudiante que se acoja a la PROMOCIÓN ANTICIPADA, al obtener desempeño Superior en todas las áreas y la convivencia en el primer periodo académico de cualquier grado, por solicitud que debe hacer el padre de familia o acudiente del estudiante durante la primera semana del segundo periodo académico mediante carta enviada a Coordinación Académica.

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El estudiante del Grado Once que haya cumplido además con el Servicio Social Obligatorio y haya aprobado el Proyecto de grado correspondiente.

a. Que el estudiante haya obtenido valoración baja en 3 o más áreas del plan de estudios del colegio al finalizar el año escolar. b. Que el estudiante de los grados 3°, 5°, 6°, 8° o 10° haya obtenido desempeño bajo en Matemáticas y Humanidades al finalizar el año escolar. c.

Que el estudiante de los grados 2°, 4°, 7°, 9°, 11°, es decir, grados de fin de ciclo, una vez agotado el proceso de nivelación al finalizar el cuarto periodo no haya alcanzado la superación de desempeños en una o las dos áreas del plan de estudios con desempeño bajo.

d. Cuando el estudiante no se presenta a realizar el proceso de nivelación propuesto, o no realice el Plan de mejoramiento programado por el CEN. En tal caso se anotará en el registro las palabras NP (No se presentó) y perderá la posibilidad de ser evaluado en fecha posterior a las previstas en el Cronograma Institucional. e. No podrá ser proclamado bachiller un estudiante de grado once que no haya cumplido con el servicio social obligatorio o al que no le haya sido aprobado el Proyecto de Grado.

3. DE LAS ESTRATEGIAS SEGUIMIENTOACADÉMICO

DE

Al Estudiante se le llevará, por parte de cada docente, un registro de seguimiento y acompañamiento a su proceso académico en el que se consignen las fortalezas, debilidades, acuerdos, compromisos y planes de seguimiento especial. El plan de seguimiento incluye los acuerdos de responsabilidad y compromiso con


MANUAL DE CONVIVENCIA el proceso académico de cada estudiante durante el año en los siguientes casos: a. Cuando el estudiante ha sido promovido del año anterior con áreas o asignaturas pendientes valorados con desempeño bajo en una o más áreas. b. Cuando el estudiante no se presentó al proceso de recuperación y superación de desempeños en las fechas indicadas por la institución. c.

Cuando el estudiante no evidenció la superación de sus dificultades académicas en los procesos de recuperación o nivelación en cada uno de los periodos académicos.

d. Cuando después de finalizado el período académico anual presenta dificultades en dos o más áreas y su caso ha sido presentado a la Comisión de Promoción y Evaluación de ciclo. e. Si al finalizar el tercer período el estudiante persiste en presentar dificultades académicas en tres o más áreas que no han sido superadas a pesar del proceso seguido durante el año, es decir, plan de recuperaciones, plan de seguimiento especial, seguimiento en la comisión de promoción y evaluación, seguimiento en aula y seguimiento en orientación, será citado por la Comisión de Promoción y Evaluación y su caso será motivo de estudio para la renovación o no del cupo durante el año siguiente sujeta a compromisos que se fijen con el acudiente y el estudiante. En todo caso, el estudiante tendrá hasta la finalización del año para recuperar satisfactoriamente sus deficiencias académicas. f.

La institución considera la repitencia como un programa específico para estudiantes no promovidos al grado siguiente. Se hará un seguimiento del estudiante y se favorecerá su promoción anticipada, en la medida que este demuestre la superación de las insuficiencias académicas que no permitieron su promoción.

g. En todos los casos, cuando un estudiante ha tenido rendimiento académico bajo durante gran parte del año escolar y/o tiene pendiente alguna de las áreas del plan de estudio del

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colegio y es promovido al siguiente grado o ciclo, el estudiante y sus padres firmarán acta de compromiso académico. En ésta acta, tanto el estudiante como los padres se comprometen a mejorar el rendimiento académico. 4. ALGUNAS CONSIDERACIONES DE TIPO JURÍDICO La educación es vista como un derecho-deber, como consta en las Sentencias de la Corte Constitucional: a. La Constitución garantiza el acceso y la permanencia en el sistema educativo, salvo que existan elementos razonables, incumplimiento académico o graves faltas disciplinarias del estudiante “que lleven a privar a la persona del beneficio de permanecer en una entidad educativa determinada” (Cfr. Corte Constitucional. Sala Segunda de Revisión. Sentencia T-402. Junio 3 de 1992. Magistrado Ponente: Dr. Eduardo Cifuentes Muñoz). b. “… Ahora bien, siendo la educación un derecho constitucional fundamental, el incumplimiento de las condiciones para el ejercicio del derecho, como sería el no responder el estudiante a sus obligaciones académicas y al comportamiento exigido por los reglamentos, puede dar lugar a la sanción establecida en el ordenamiento jurídico para el caso y por el tiempo razonable que allí se prevea”.1I (Cfr. Corte Constitucional. Sala Cuarta de Revisión. Sentencia T-002 del 8 de mayo de 1992. Magistrado Ponente: Dr. Alejandro Martínez Caballero). c. Esta tesis fue ratificada en fallo del 12 de agosto de 1992: “(la educación) es un derecho-deber, en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que comporta exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del derecho, pues quien no se somete a las condiciones para su ejercicio, como sucede con el discípulo que desatiende sus responsabilidades académicas o infringe el régimen disciplinario que se comprometió a observar, queda sujeto a las consecuencias propias de tales conductas”. (Cfr. Corte Constitucional. Sala Tercera de Revisión. Sentencia T-492 del 12 de agosto de 1992). d. Considera la Corte que quien se matricula en un centro educativo con el objeto de ejercer el derecho constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho


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obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mentado derecho para excusar las infracciones en que incurra. e. La nota que aparezca en el certificado de notas, será la nota final obtenida por el estudiante durante todo el proceso académico y no podrá ser modificada. Así mismo, si el estudiante no se presenta a las actividades de recuperación, aparecerá la anotación No presentó (NP) y no habrá lugar a nuevos procesos de recuperación y refuerzo de años anteriores. Si el estudiante supera los procesos de nivelación, se hará constar en acta del libro de Nivelaciones y se registrará en su certificado la Valoración de 7.0 para las áreas niveladas. Esta resolución rige a partir de la fecha de su promulgación. Dada en las instalaciones del Colegio José Martí I. E. D. a los 11 días del mes de Septiembre de 2011, comuníquese, publíquese, difúndase y cúmplase. CONSEJO DIRECTIVO 2011-2012

____________________________ RENÉ GERARDO ANDRADE Rector. ____________________________ CÉSAR ALBERTO LÓPEZ MALAGÓN Representante de profesores ____________________________ LUÍS ENRIQUE GARZÓN DIAZ Representante de profesores ____________________________ JOHN JAIVER LAVACUDE R. Representante de Exalumnos ____________________________ SAMUEL DELGADILLO

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Representante de los estudiantes ____________________________ BLANCA CUEVAS Representante de los Padres de Familia ____________________________ NUBIA CONTRERAS Representante de Padres de Familia. TÍTULO VI DIMENSIÓN DE CONVIENCIA CAPÍTULO I: ACTIVIDADES Y ESTRATEGIAS 1.1. DE LAS ACTIVIDADES PARA DESARROLLAR LA CONVIVENCIA DEMOCRÁTICA EN LA INSTITUCIÓN La convivencia democrática se implementará dentro de la institución por medio de las siguientes actividades: 1. Multicopia del presente Manual para todos los integrantes de la Comunidad Educativa. 2. Lectura y análisis permanente del Manual de Convivencia por parte de los diferentes estamentos. 3. Talleres con padres y estudiantes con temas de acuerdo a la edad escolar. 4. Con el ejemplo diario en el eficiente cumplimiento de los deberes por parte de directivas, docentes y personal administrativo. 5. Realizando campañas de aseo y decoración del Colegio para mejorar el sentido de pertenencia. 6. Proyectando películas y realizando cine-foros y conferencias con temas afines a la convivencia. 7. Permitir la participación activa de los estudiantes en el Comité de Convivencia, turnos de disciplina, control de uniforme, y en los grupos que organice cada curso a su interior. 8. Exposición de carteleras con temas afines a la convivencia. 9. Propiciar la vinculación de la comunidad al colegio y la proyección de éste hacia la comunidad circundante. 10. Fortalecer las Mesas de Conciliación y Resolución de conflictos. 11. Evaluando y reestructurando periódicamente el presente manual. 12. Realizando periódicamente direcciones de curso y reuniones de nivel, para el estudio, concientización y acatamiento del presente manual.


MANUAL DE CONVIVENCIA 1.2 ESTRATEGIAS QUE FAVORECEN LOS PROCESOS DE CONVIVENCIA 1.2.1 DIRECCIONES DE GRUPO Es un espacio de reflexión y comunicación entre estudiantes y docentes que permite el acercamiento, interacción y orientación, así como el trabajo y el ejercicio de la vivencia en valores 1.2.2 TRABAJO DESDE LOS DIFERENTES PROYECTOS DE ÁREA Y TRANSVERSALES ESPECIALMENTE EN ÉTICA, VALORES Y DEMOCRACIA. Cada acción pedagógica del docente está transversalizada por las orientaciones brindadas desde el proyecto de ética y valores, y el de democracia y competencias ciudadanas. 1.2.3 MONITORÍAS DE CURSO. Se asigna esta función a estudiantes, quienes por su capacidad de liderazgo y adecuado desempeño académico y disciplinario se encargan de orientar y apoyar a sus compañeros en los diferentes procesos de la vida del curso. 1.2.4 TALLERES DE FORMACIÓN DE ESTUDIANTES. Hacen referencia a trabajos específicos de reflexión con estudiantes, especialmente con quienes presentan dificultades de aprendizaje o de convivencia. 1.2.5 TALLERES DE FORMACIÓN DE PADRES. Espacios de reflexión y capacitación orientados hacia el reconocimiento de fortalezas y dificultades y estrategias de mejoramiento. 1.2.6 LA CONCILIACIÓN COMO VÍA DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Busca determinar las causas de los conflictos y las estrategias de solución a los mismos. 1.2.7 TRABAJO PERSONALIZADO CON ESTUDIANTES Y PADRES. Se realiza de acuerdo a las necesidades particulares de cada estudiante que lo requiera. 1.2.8 ASESORÍA A GRUPOS POR ORIENTACIÓN O EQUIPO DE APOYO. Se refiere al acompañamiento e intervención dado por estos equipos para favorecer los procesos de convivencia y/o académicos de los distintos miembros de la comunidad educativa. 1.2.9 ACOMPAÑAMIENTO DEL DOCENTE. Hace referencia a la observación, asesoría y apoyo cotidiano por parte del docente, en favor de los procesos académicos y convivenciales de los estudiantes. 1.2.10 COMITÉ DE CONVIVENCIA Se refiere a un equipo de personas de la comunidad educativa, encargado de programar e implementar estrategias que favorezcan los procesos de convivencia armónica en la institución. A través de tareas básicas como crear, perfeccionar espacios

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institucionales de reflexión y debate y producir rutinas de negociación, mediación y arbitraje. 1.2.11. MESAS DE NEGOCICACIÓN. Se refiere a un grupo de estudiantes escogidos por su capacidad de liderazgo, quienes manejaran en compañía del monitor y el director de curso los distintos conflictos que se presentan al interior de cada curso y antes de ser reportados al comité de convivencia u otra instancia de la institución. 1.3 INSTRUMENTOS DE APOYO Son instrumentos de apoyo: el observador del estudiante, las hojas de vida y las actas de compromiso, las actas de conciliación y los demás registros de seguimiento y control. 1.4 SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN Los procesos de seguimiento y evaluación en convivencia se realizan mediante:  Observación directa  Autovaloración y auto evaluación; heteroevaluación y co-evaluación  Valoración desde las diferentes áreas de formación  Seguimiento personalizado  Seguimiento de los casos que presentan dificultades de comportamiento.  Evaluación de curso en direcciones y/o encuentros de grupo.  Evaluación y seguimiento de cada una de las estrategias que favorecen los procesos de convivencia.  El acompañamiento constante del proceso formativo del estudiante y la comunicación periódica con los integrantes de la familia. TÍTULO VII ACUERDOS, ESTIMULOS, FALTAS, CONDUCTO REGULAR, DEBIDO PROCESO Y SANCIONES CAPÍTULO I: ACUERDOS Es la concertación establecida entre los miembros de la Comunidad Educativa que busca la sana convivencia y el buen funcionamiento de la Institución. El cumplimiento de estos acuerdos tiene en cuenta los derechos y deberes mencionados en capítulo anterior, que de ser cumplidos traerán consecuencia en el merecimiento de los estímulos, en caso contrario serán motivo de la aplicación de procedimientos formativos, correctivos y/o sancionatorios. CAPÍTULO II: ESTÍMULOS 2.1. DE LOS ESTUDIANTES La institución, la Asociación de Padres de Familia o cualquier otro organismo, de acuerdo con su competencia y previa aprobación del Rector, otorgarán incentivos a los alumnos que se


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distingan por su rendimiento académico, espíritu investigativo, de cooperación o que sobresalgan en certámenes deportivos, culturales o científicos; y por antigüedad o comportamiento, tales como: 1. Exención del total o parte del pago de los derechos de matrícula y/o pensiones: becas, becas parciales o matrícula de honor. 2. Derecho a condecoraciones, premios, menciones especiales y a representar al curso en izadas de bandera o en actos comunitarios, con notificación al padre de familia y/o anotación en el “Observador del Alumno”. 3. Mención de Honor: al finalizar cada bimestre se hará un reconocimiento público de los estudiantes que hayan logrado un rendimiento académico muy bueno. Al terminar el año se hará una “Mención de Honor” a estos estudiantes. 4. Excelencias. Se otorgará la “Excelencia Académica” para períodos de diez (10) semanas al final de cada bimestre a los estudiantes que hayan obtenido logros sobresalientes. También se dará el “Premio de Excelencia” a los estudiantes de cada grado escolar que se hayan destacado por su esfuerzo, compañerismo, solidaridad, disciplina, participación y actitud positiva, según el concepto de sus profesores, quienes los propondrán para este reconocimiento. Con este premio, los estudiantes podrán disfrutar de privilegios especiales dentro y fuera del Colegio. 5. Premios a Bachilleres: a. A quien haya obtenido los logros más sobresalientes en rendimiento académico durante los últimos seis años de bachillerato. b. Para el alumno que haya obtenido en segundo lugar los logros académicos más sobresalientes. c. A quien se haya destacado en todos los campos. d. “Mejor Atleta Masculino y Femenino” para quienes se destaquen en el campo deportivo. e. A los Proyectos de Estudio Independiente más sobresalientes. f. Al bachiller más destacado por sus cualidades de liderazgo, espíritu cooperativo y solidario. g. Los anteriores premios y reconocimientos se harán en la ceremonia de graduación de bachilleres. 6. Publicación o difusión de trabajos en el periódico, en las carteleras, en la emisora o en cualquier otro medio de comunicación que exista en la institución. 7. Exención de la presentación de evaluaciones académicas. 8. Derecho a representar a la institución en todo tipo de certámenes o eventos de carácter: local, nacional o internacional y con ayuda económica

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de la institución, de la Asociación de Padres de Familia o de terceros. 2.2. DE LOS DOCENTES El docente que se destaque en la institución en cuanto al desarrollo de las diferentes actividades curriculares, se hará acreedor a uno de los siguientes estímulos 1. Mención escrita al docente con copia a su hoja de vida. 2. Socialización, exposición y publicación de logros obtenidos. 3. Informe a las autoridades educativas competentes para incentivos de tipo económico si los hubiere. 4. Ser seleccionado para representar a la institución en eventos de tipo científico-cultural o deportivo. 5. Incentivos económicos por parte de la institución, según lo estipulen instancias como la Asociación de Padres de Familia o el Consejo Directivo. 6. Los otros que estipulen la ley o la institución, según los méritos del docente. CAPÍTULO III: FALTAS Se consideran faltas las violaciones a los deberes y/o el incumplimiento del Manual para la Convivencia. Las faltas se clasifican en leves, graves y gravísimas. Frente a la realización de conductas que configuren las faltas, se tomarán las medidas establecidas en este Manual de Convivencia siguiendo el conducto regular y respetando las garantías del debido proceso. 3.1. FALTAS LEVES Las faltas leves se adecuan teniendo en cuenta su grado de afectación e impacto en la Comunidad Educativa. Se consideran faltas leves las siguientes: 1. Incumplir los deberes convivenciales o académicos que afecten el bienestar de la institución, 2. Hacer caso omiso del uso del carné estudiantil y de la agenda, 3. Portar incorrectamente el uniforme, o presentarse sin él durante las actividades programadas dentro de la institución o en lugares en los cuales se represente al colegio. 4. Llegar hasta tres veces tarde por periodo académico a las diferentes actividades institucionales, 5. Uso inadecuado e irrespetuoso del entorno y medio ambiente, 6. Incumplir reiteradamente con tareas y trabajos escolares asignados, así como con útiles y elementos necesarios para cumplir con las


MANUAL DE CONVIVENCIA actividades escolares. 7. Maltratar o ultrajar bajo chanzas, apodos o burlas a cualquier miembro de la comunidad educativa. 8. No honrar e irrespetar los símbolos patrios e himnos, mediante una actitud inadecuada a los parámetros previamente establecidos por la comunidad educativa. 9. Comercializar comestibles o cualquier producto dentro de la institución sin previa autorización del Consejo Directivo. 10. El tráfico comercial en el desarrollo de tareas y/o investigaciones. 11. El uso del teléfono en horas de clase sin la debida autorización. 12. Permanecer en el aula de clase, los pasillos o el parqueadero durante las horas de descanso. 13. Ingerir alimentos dentro de las aulas de clase. 14. El evadir clase durante las horas previstas para ello, y faltar a las actividades programadas de tipo comunitario. 15. Llegar tarde a clases, la inasistencia no justificada, saltar los muros hacia adentro o hacia fuera del plantel. 16. Promover actividades que fomenten el desorden, desaseo y/o vandalismo contra las instalaciones de la institución. 17. Entrar sin permiso a las aulas de clase, sala de profesores y oficinas. 18. Las manifestaciones amorosas que atenten contra el pudor y las buenas costumbres, dentro de las instalaciones del plantel. 19. El uso inadecuado del tablero, paredes y otros espacios de la institución. 20. No acatar las órdenes o recomendaciones de cualquier profesor dentro de las instalaciones del Colegio o en actividades extra-clase que se programen, aunque no tenga relación directa con el curso. 21. Levantar falso testimonio o denigrar de algún miembro de la comunidad educativa. 3.2. FALTAS GRAVES La institución considera como faltas graves las siguientes: 1. Retirarse de las instalaciones del Colegio sin la debida autorización de parte del Coordinador y/o Rector, mediante la utilización de engaños. 2. Reincidir en aspectos disciplinarios evidenciados en el observador del estudiante, 3. Usar vocabulario soez o insultante con cualquier miembro de la Comunidad Educativa. 4. Impedir que se desarrollen normalmente las actividades académicas u otras que se programen. 5. El ausentarse de clase durante las horas previstas para ellas y faltar a las actividades

programadas; saltar los muros hacía dentro o hacía fuera de la institución con la colaboración de otros compañeros o miembros de la comunidad educativa. 6. Traer, prestar y organizar juegos de azar que impliquen el uso de dinero o lucro personal. 7. La burla de las órdenes impartidas por directivos y docentes. 8. Faltar al respeto a los símbolos patrios o de la institución mediante la burla, indiferencia, distracción y conversación. 9. Cumplir tres llamados de atención por ausencia a clases sin el debido permiso, estando dentro de las instalaciones del plantel. 10. Encubrir las faltas de los compañeros o entorpecer el proceso de seguimiento de éstas. 11. Reincidir en la inadecuada presentación personal. 12. Presentarse a la institución sin el material o los elementos escolares previamente solicitados. 13. Omitir tratamientos especializados sugeridos por la institución para el bienestar físico y/o emocional del estudiante. 14. Incumplir el Manual interno de las rutas escolares, servicio de comedor escolar, y las normas de seguridad industrial en aulas especializadas. 15. Esconder o extraviar útiles escolares, elementos deportivos y materiales que pertenezcan a la institución o alguno de sus miembros. 16. Difundir rumores o ser causante de intrigas que afecten la sana convivencia entre los miembros de la comunidad. 17. Mentir continuamente para justificar sus faltas y/o ausencias. 18. Copia y fraude en las evaluaciones y trabajos académicos. 19. No informar al acudiente de las citaciones y/o circulares hechas por funcionarios del colegio. 20. Ejercer algún tipo de discriminación con los demás miembros de la comunidad educativa debido a su condición física, opción sexual, capacidad cognitiva, género, u cualquiera que afecte el desarrollo psicosocial de los demás miembros de la comunidad. 3.3. FALTAS GRAVÍSIMAS La institución considera como faltas muy graves las siguientes: 1. Reincidir en incumplimientos de varias faltas graves, 2. Participar directa o indirectamente en riñas o peleas dentro de la institución o en sus alrededores. 3. Adulterar notas, evaluaciones, libros,

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Educamos para la Libertad certificados, excusas, trabajos, registro de asistencia en Servicio Social, etc. 4. Las continuas inasistencias al colegio sin justificación alguna y no asistir al colegio habiendo salido de su hogar con destino al plantel. 5. Participar, promover y/o encubrir actividades que fomenten el desorden y desaseo contra las instalaciones y actividades de la institución. 6. No acatar las órdenes o recomendaciones de cualquier profesor dentro o fuera de las instalaciones del Colegio o en actividades extractase que se programen, aunque no tenga relación con el curso. 7. Obstaculizar deliberadamente la comunicación a tiempo de las citaciones de la institución hacia los padres y/o acudientes. 8. Constreñir o inducir al ejercicio de cualquier actividad ilícita a uno o varios miembros de la Comunidad Educativa. 9. Chantajear y/o extorsionar a un miembro de la Comunidad Educativa para obtener provecho propio o en beneficio de un tercero. 10. Hurtar de manera reiterativa bienes de la institución o de algún miembro de la Comunidad Educativa. Se tendrá como agravante si ejerce violencia para obtener su resultado. 11. Atracar dentro o fuera de la institución a cualquier persona de la Comunidad Educativa. 12. El que reiteradamente participe en riñas o enfrentamientos dentro o fuera de la Institución y cause lesiones personales a los miembros de la Comunidad Educativa. 13. Realizar actos sexuales dentro de las instalaciones del Colegio. 14. Abusar sexualmente de alguno de los miembros de la Comunidad Educativa. 15. Ejercer actos de violencia o destruir los bienes de la institución. 16. Comprometer a la institución en actos ilícitos. 17. Realizar actos satánicos, de invocación de espíritus, o participar en ellos dentro o fuera de la institución. 18. Formar grupos que generen violencia dentro o fuera de la institución afectando con esto a los miembros de la Comunidad Educativa. 19. Portar, vender, comprar, consumir o inducir a otro a consumir, vender, guardar o comprar sustancias psicoactivas, drogas, estupefacientes, bebidas alcohólicas, cigarrillos o cualquier tipo de sustancias. 20. Presentarse en estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas alucinógenas a la institución en actividades normales de clase o en actividades comunitarias. 21. Portar o usar armas de fuego, corto punzantes

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o cuerpos contundentes dentro de la institución o en actividades de la misma, esconderlas, intercambiarlas o venderlas. 22. Suplantar o dejarse suplantar por otro, falsificar documentos, con el fin de obtener beneficios personales en evaluaciones, certificaciones, documentos y otros. 23. Portar o comercializar material pornográfico dentro o fuera de la Institución, siempre y cuando afecte los miembros de la comunidad educativa. 24. El hurto en cualquiera de sus modalidades y cuantías. 25. Difundir, comercializar, bajar de Internet material pornográfico, subversivo, o de tribus urbanas o cualquier otro que por su contenido atente contra la integridad de los miembros de la comunidad educativa; además publicar sin la debida autorización del Colegio o de algún miembro de la comunidad educativa, fotos, documentos o actividades realizadas dentro o fuera de la institución en redes sociales como Facebook, Sònico, Hi5, Myspace, Msn Hotmail, quepasa.com, youtube, etc. 26. Sabotear actividades programadas por el colegio, 27. Disponer o gastar irregularmente los dineros que sean del curso, 28. Escándalo público (con o sin uniforme) que afecte el buen nombre de la institución (peleas, agresiones físicas o verbales), 29. Ausencia prolongada y reiterada sin ninguna justificación, 30. Amenazar o atentar contra la integridad de cualquier miembro de la comunidad educativa, sea verbal (gestos, palabras, tono de voz, letreros y avisos y actitud displicente) o físicamente, 31. Pertenecer y/o traer pandillas y/o personas para agredir o intimidar a algún miembro de la institución, 32. Realizar actividades de tipo económico, social, cultural, recreativo, político u otro; utilizando el nombre del Colegio sin la debida autorización de Rectoría, Consejo Directivo o Coordinación, 33. Denigrar de la Institución, 34. El vandalismo o destrucción de los bienes públicos del colegio que atenten contra el desarrollo del derecho constitucional a la educación de sus compañeros y demás miembros de la comunidad educativa. 35. Ejercer algún tipo de discriminación con los demás miembros de la comunidad educativa debido a su condición física, opción sexual, capacidad cognitiva, género, u cualquiera que afecte el desarrollo psicosocial de los demás miembros de la comunidad.


MANUAL DE CONVIVENCIA CAPÍTULO IV: CONDUCTO REGULAR Y DEBIDO PROCESO 4.1. CONDUCTO REGULAR El Colegio José Martí I.E.D. para los efectos, entiende como conducto regular “Todas aquellas instancias que hacen acompañamiento del proceso de formación de los estudiantes, a través de apoyos, estímulos, compromisos, correctivos y/o sanciones. El conducto regular y los procedimientos que se han de seguir en la resolución de conflictos de esta institución se harán aplicando el debido proceso. Para los aspectos de convivencia y académico las instancias que se deben agotar en la institución son las siguientes en orden ascendente según sea el caso: CASOS DE CONVICASOS ACADEMIVENCIA COS 1. Maestro de la asig1. Docente de la natura o Director de asignatura curso en primaria. 2. Director de Curso 2. Director de curso. 3. Orientador-a 3. Orientador-a. 4. Coordinador de 4. Coordinador de sede Sede. 5. Comité de convi5. Comisión de evavencia de sede luación 6. Sub-comité Aca6. Comité de Convidémico por sede y vencia Institucional. jornada. 7. Consejo Acadé7. Consejo Directivo mico 8. Rectoría 8. Consejo Directivo. 9. Rector. 4.2. DEBIDO PROCESO Entiéndase por Debido Proceso: el cumplimiento a los requisitos Constitucionales en materia de procedimientos (art. 29, C.N.); legalidad, publicidad, contradicción, aportar y solicitar pruebas, y a la representación. 4.2.1. ESTRATEGIAS DEL DEBIDO PROCESO Y/O CONDUCTO REGULAR Se establecen los mecanismos a seguir cuando la convivencia y el bien común se vean afectados por las conductas de algún o algunos estudiantes; para aclarar y preservar la convivencia, el orden y el bienestar de todos y cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa; recurriendo a la aplicación y desarrollo de las estrategias formativa y correctiva, con las que se supere el problema o situación presentada. Si una falta es muy grave debe pasar inmediatamente a una instancia superior y

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si el caso lo amerita a una autoridad judicial competente. 4.2.2. PROCEDIMIENTOS A SEGUIR Ante cualquier falta: 1. Llamado de atención verbal por parte de la persona quien en primera instancia tuvo conocimiento del hecho, si es un prestador de servicios generales, informará a coordinación inmediatamente o a quien haga sus veces. 2. Realizar el registro personal, en el observador del alumno, de dicho llamado de atención especificando: a. Fecha b. Curso del o los implicados. c. Momento (hora) en que sucedió el hecho. d. Descripción del hecho, tomando las versiones de los estudiantes implicados, afectados como del docente y/o servicios generales que conoció el hecho. 3. En las reincidencias de las faltas leves, el docente debe buscar estrategias de manejo con el fin de favorecer los cambios de conducta involucrando a padres de familia de acuerdo al caso, dando oportunidad e incentivando los cambios favorables de conducta o comportamiento, que presenten los estudiantes y llevando un registro detallado del proceso, hasta agotar, para llegar a la siguiente instancia (recopilar información referente al caso para allegarla a la siguiente instancia). 4. EL DIRECTOR DE GRUPO tomará el caso del proceso llevado con el estudiante para tener claridad y así poder buscar nuevas estrategias que le ayuden a tener cambios favorables. El proceso seguirá según formato para proseguir en la siguiente instancia. 5. El departamento de Orientación Escolar será una instancia de apoyo y acompañamiento en cualquiera de las etapas del proceso, con el recopilado de pruebas o evidencias, para allí buscar nuevas estrategias a nivel familiar y escolar. Dándose así la oportunidad de poner a prueba las conductas presentadas. 6. El director de curso previo concepto de Orientación remitirá a Coordinación, el caso para ser estudiado y tomar los correctivos que se consideren necesarios frente al padre de familia con base en el Manual de Convivencia; teniendo en cuenta todos los pasos anteriores y oportunidades brindadas, se remitirá a la siguiente instancia. 7. Si el estudiante reincide en las faltas asumirá la sanción que estipule el MANUAL DE CONVIVENCIA, con presencia del padre de familia o acudiente, firmando un compromiso de


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superación. 8. Terminado este paso el estudiante será remitido a COMITÉ DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL. 9. La matrícula condicional estipulada en el presente Manual se firmará en RECTORIA, luego de la sanción anterior, previo concepto en LA MESA DE CONCILIACIÓN, quien hará las veces de órgano consultivo. 10. En caso de reincidir en las faltas leves, o cometer una infracción grave, el estudiante será remitido a RECTORÍA (presidente del Consejo directivo) con copia de todo el proceso para ser citado a CONSEJO DIRECTIVO. 4.2.3. ESTRATEGIA NORMATIVA Cuando la estrategia formativa en el término estipulado en este Manual, no haya permitido obtener cambios positivos en el comportamiento o comportamientos que constituyeron la falta o cuando o ésta corresponda a las faltas catalogadas como graves o gravísimas se procederá a aplicar las disposiciones de este capítulo. Ya la corte Constitucional lo ha manifestado en sus sentencias: “…los colegios o instituciones educativas no están obligadas a tener en sus aulas a quienes en forma constante y reiterada desconocen las directrices institucionales…” PRODECIDIMIENTO DE LA ESTRATEGIA En parte se contemplan las sanciones, entendidas como las acciones que configuran la práctica pedagógica correctiva, previo estudio del proceso o clarificación de la falta, la Institución educativa a través de las instancias competentes dentro del conducto regular, estudiará la situación del estudiante. FORMULACIÓN DE LA FALTA Para la adecuación de la conducta que ha configurado la falta, se presentará a la instancia competente, es decir, al subcomité de convivencia de cada sede y jornada, los documentos que sustentan el seguimiento y acompañamiento que han adelantado las instancias intervinientes, para que proceda a su calificación y por ende a la formulación y designación, dentro de los tres (3) días siguientes, consolidando el informe de cargos. Parágrafo 1. Si la falta es leve se debe adjuntar el seguimiento del estudiante y la carta compromisoria, con el informe del servicio de orientación escolar en la que conste la reiteración de la conducta. Parágrafo 2. Si es grave o gravísima se adjuntará toda prueba documental y/o testimonial que permita la determinación de la conducta. Parágrafo 3. Entiéndase como informe de cargos la respectiva carpeta con toda la información

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recolectada. 4.2.4. CRITERIOS PARA DETERMINAR LA LEVEDAD O GRAVEDAD DE LA FALTA Para determinar la levedad o gravedad de la falta se tendrá en cuenta por el Subcomité de Convivencia de cada sede y jornada: • Grado de participación, intencionalidad y alevosía. • Las causas que sustentaron o motivaron la conducta (motivos fútiles, de ira, venganza, pasión, despecho, etc.); modalidades y circunstancias del hecho. • La falta de consideración para con las demás personas. • La reiteración de la conducta. • La naturaleza de la falta. • El daño o lesión causada a los bienes y/o personas. PROCEDIMIENTO El Subcomité de Convivencia de cada sede y jornada, una vez determinada la adecuación de la conducta a la falta, remitirá dentro de los dos (2) días siguientes, el informe de cargos al Comité de Convivencia institucional para que analice la situación y avale, modifique o adicione el informe de cargos. Parágrafo 1. El Comité de Convivencia institucional, deberá decidir dentro de los tres (3) días siguientes a partir del rendimiento de descargos, y dejará constancia de la misma en la respectiva carpeta, y remitirá el respectivo informe al coordinador de convivencia de cada sede. Parágrafo 2. El coordinador de convivencia de cada sede, deberá recibir el informe de cargos, y escuchará los descargos que al respecto tenga el estudiante, quien en todo caso deberá estar acompañado y en presencia del padre de familia y/o acudiente. La citación se hará por escrito en un plazo no mayor de los dos (2) días siguientes contados a partir de la recepción del respectivo informe. Parágrafo 3. El coordinador de convivencia, decidirá dentro de los dos (2) días siguientes la acción pedagógica correctiva que amerita el estudiante, si es competente según la gravedad de la falta, impondrá la sanción correspondiente, la cual será comunicada personalmente al estudiante y padre de familia y/o acudiente, informándole en la misma los términos y recursos a que tiene derecho contemplados en este manual. Parágrafo 4. Si no es posible la comunicación personal de la acción pedagógica correctiva y/o de la sanción, esta se fijará en lugar visible de la


MANUAL DE CONVIVENCIA Sede, en la cartelera destinada para tales efectos, por un término de tres (3) días, Informándole en la misma los términos y recursos a que tiene derecho, contemplados en este Manual. Parágrafo 5. Una vez desfijada la comunicación surtirá los efectos que le concede este Manual. CAPÍTULO V: SANCIONES 5.1. ACCIONES PEDAGÓGICAS CORRECTIVAS DETERMINADAS POR EL COORDINADOR 1. ACTA DE COMPROMISO: Corresponde a los compromisos concretados en acciones que asume el estudiante y padre de familia y/o acudiente para superar la dificultad, cuyo plazo o período de prueba y seguimiento será de treinta (30) días, contados a partir de su correspondiente firma, incluyendo en ella la reparación o resarcimiento de los daños que se hubieren podido causar a las personas y/o bienes de la institución, si hubiere lugar a ello y las consecuencias de su incumplimiento. En caso de la comisión de la falta gravísima del parágrafo 34 correspondiente, el Coordinador y el Padre de Familia, darán plazo conveniente para resarcir la falta con la consignación de los valores de los bienes dañados o su reemplazo de la misma calidad o mejorada. 2. SUSPENSIÓN PROVISIONAL: el término de esta se determinará de acuerdo a la gravedad de la falta, así: si es grave, será de 1 a 3 días; y serán cumplidos dentro de las instalaciones del colegio con la atención o asesoría del orientador(a). Parágrafo 1. Una vez recibidos los descargos y analizada toda la situación el coordinador decidirá, dentro de los cinco días siguientes el término de duración de la suspensión provisional. Parágrafo 2. La suspensión provisional será comunicada personalmente dentro de los tres (3) días siguientes, al estudiante y padre de familia y/o acudiente, informándole en la misma los términos y recursos a que tiene derecho contemplados en este manual. Parágrafo 3. Si no es posible la comunicación personal de la sanción esta se fijará en lugar visible de la sede, en la cartelera destinada para tales efectos, por un término de tres (3) días informándole en la misma los términos y recursos a que tiene derecho, contemplados en este manual. Parágrafo 4. La suspensión provisional empezará a contarse dentro del día siguiente al vencimiento del término de la respectiva comunicación, es decir, una vez desfijada la comunicación. Parágrafo 5. Se entregará con la comunicación

(de la suspensión provisional) las guías y/o trabajo asignado por los docentes de las áreas respectivas. Parágrafo 6. Si inicia el término de ejecución de la suspensión y no se ha presentado a la institución el padre de familia y/o acudiente, el coordinador informará esta situación irregular al rector, para que procedan a acudir a las autoridades de familia competentes para el requerimiento de los mismos y denunciar el estado de abandono en que se encuentra el menor. 3. TRABAJO O SERVICIO SOCIAL: El coordinador Académico asignará trabajo de tipo social (ya sea capacitándose o capacitando a otros integrantes de la comunidad) donde se trabajen temas relacionados con la convivencia y el desarrollo social adecuado del individuo en una comunidad y donde se le otorgue un certificado de asistencia que de prueba de la sanción cumplida, así como de la oportunidad de reflexión y cambio actitudinal. 4. TRABAJO ACADÉMICO: Cuando un estudiante se encuentre evadiendo clase, el coordinador le asignará a través del docente del área evadida un trabajo académico en contrajornada dentro de la institución, orientado y acompañado por el padre de familia y/o acudiente y correspondiente a la cantidad de horas que faltó. 5.2. SANCIONES DETERMINADAS POR EL RECTOR 1. MATRICULA CONDICIONAL EL Rector(a) es la penúltima instancia en el proceso convivencial adelantado a los estudiantes, por lo tanto es la única instancia que tiene la facultad para firmar matricula condicional con el estudiante con proceso de convivencia, acompañado por sus padres o acudientes. 5.3. SANCIONES DETERMINADAS POR EL CONSEJO DIRECTIVO El Consejo Directivo será la única instancia en los casos de comisión de faltas muy graves, y procederá a aplicar la siguiente sanción: 1. CANCELACIÓN DE MATRÍCULA: Cuando el estudiante haya cometido una falta muy grave, el rector verificará las circunstancias y modalidades en que se ejecutó la conducta que configura la falta. Recepcionará toda la información, pruebas, documentales y/o testimoniales y seguimiento del estudiante durante el año lectivo, aportadas por el coordinador de convivencia de cada Sede y el Comité de Convivencia Institucional, a más tardar el día siguiente a la ocurrencia del hecho. Parágrafo 1. El rector procederá a citar y escuchará los descargos que al respecto tenga

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el estudiante, quien en todo caso deberá estar acompañado y en presencia del padre de familia y/o acudiente. La citación se hará por escrito en un plazo no mayor de los dos (2) días siguientes contados a partir de la recepción del informe del hecho o por edicto si no es posible la comunicación directa. Parágrafo 2. Una vez recibidos los descargos y analizada toda la situación el rector decidirá mediante resolución rectoral motivada y avalada por el Consejo Directivo, dentro de los cinco días siguientes, si procede o no la cancelación de matrícula. Parágrafo 3. La cancelación de la matrícula procede cuando el estudiante haya cometido una falta grave y se hayan agotado todas las instancias del procedimiento que este Manual contempla. Parágrafo 4. La cancelación de la matrícula será comunicada personalmente al estudiante y padre de familia y/o acudiente, dentro de los tres (3) días siguientes, informándole en la misma los términos y recursos a que tiene derecho contemplados en este Manual. Parágrafo 5. Si no es posible la comunicación personal de la sanción esta se fijará en lugar visible de la Sede, en la cartelera destinada para tales efectos, por un término de tres (3) días informándole en la misma los términos y recursos a que tiene derecho, contemplados en este Manual. Parágrafo 6. Una vez desfijada la comunicación, surtirá los efectos que le concede este Manual. Parágrafo 7. La cancelación de la matrícula empezará a contarse dentro del día siguiente al vencimiento del término de la respectiva comunicación. RECURSOS: Contra las decisiones tomadas por las instancias pertinentes de este manual, proceden los recursos de reposición y subsidiariamente el de apelación: RECURSO DE REPOSICIÓN: Este procede ante la misma persona u organismo que impuso la sanción, dentro de los tres días hábiles siguientes a su comunicación, para que se aclare, modifique, adicione o revoque la respectiva sanción. Dicho recurso deberá ser motivado y presentado por escrito por el estudiante y su representante legal. Parágrafo 1. La decisión del recurso será comunicada personalmente al estudiante y padre de familia y/o acudiente, quien será citado por comunicación escrita de la instancia competente. Parágrafo 2. Si no es posible la comunicación verbal de la decisión del recurso, esta se fijara en lugar visible de la Sede, en la cartelera destinada

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para tales efectos, por un término de tres (3) días. Parágrafo 3. Una vez desfijada la comunicación, surtirá efectos que le concede este Manual, contados dentro del día siguiente al vencimiento del término de la respectiva comunicación. Parágrafo 4. Una vez agotados los recursos, la decisión (sanción) quedará en firme Parágrafo 5. Contra la resolución rectoral de la cancelación de matrícula solo procede el recurso de reposición. RECURSO DE APELACIÓN: Este recurso procede de manera subsidiaria al de reposición cuando esta haya sido negada por la respectiva instancia. Estos recursos deberán ser fallados en un término no mayor a tres días al de reposición y cinco días al de apelación, una vez se haya corregido este por la respectiva instancia. Parágrafo 1. La decisión del recurso será comunicada personalmente al estudiante y padre de familia y/o acudiente, quien será citado por comunicación escrita de la instancia competente. Parágrafo 2. Si no es posible la comunicación personal de la decisión del recurso, esta se fijará en lugar visible de la Sede, en la cartelera destinada para tales efectos, por un término de tres (3) días hábiles. Parágrafo 3. Una vez desfijada la comunicará los efectos que le concede este Manual contado dentro del día siguiente al vencimiento del término de la respectiva comunicación. Parágrafo 4. Una vez agotados los recursos, la decisión (sanción) quedará en firme. CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES Se consideran como circunstancias que atenúan o eximen la responsabilidad del alumno, ante la comisión de una falta, las siguientes: 1. la edad. 2. las circunstancias personales, familiares y sociales. 3. El haber obrado por motivos nobles o altruistas. 4. El haber observado buena conducta anterior. 5. El haber sido inducido a cometer la falta por alguien mayor en edad y/o madurez psicoafectiva. 6. La legítima defensa. 7. El estado de necesidad. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES Se consideran como circunstancias agravantes de la responsabilidad del alumno las siguientes: 1. Ser reincidente en la comisión de faltas. 2. El cometer la falta para ocultar o ejecutar otra. 3. El haber cometido la falta aprovechando la confianza depositada en él. 4. Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de otras personas.


MANUAL DE CONVIVENCIA 5. El haber colocado al sujeto pasivo de la falta (o sobre quien se ejerce la acción) en incapacidad de resistir o en condiciones de inferioridad física o psíquica. 6. Emplear en la ejecución del hecho un elemento de cuyo uso se pueda causar peligro común. 7. El haber planeado y ejecutado la falta con anterioridad a su comisión. 8. Hacer más nocivas las consecuencias de la falta. DERECHO DE DEFENSA El estudiante que sea objeto de una inculpación, tendrá derecho a conocer el informe y las pruebas que se alleguen; ser oído en declaración de descargos y podrá además interponer los recursos a que hubiere lugar. Los descargos hechos por el estudiante deben quedar registrados en el observador y en el acta que se levante. El organismo que realiza la inculpación deberá decidir sobre el caso dentro de los siguientes cinco días hábiles. RECURSO DE REPOSICIÓN: El estudiante que haya recibido una sanción podrá interponer el recurso de reposición ante la misma persona u organismo que impuso la sanción, dentro de los tres días hábiles siguientes al conocimiento de la misma. El recurso de reposición consiste en solicitar a quien impone sanción que la estudie nuevamente y la revoque, aclare, modifique o adicione. RECURSO DE APELACIÓN: El estudiante que haya recibido una sanción podrá interponer el recurso de apelación ante una persona u organismo superior. El conducto regular es: Profesor, Director de curso, Coordinador de Convivencia, Comité de Convivencia de sede, Comité de convivencia Institucional, Rector y Consejo Directivo. El recurso de apelación consiste en pedir al superior de quien impuso una sanción, que revise dicha sanción y corrija sus errores. Cuando se presenta recurso de apelación la sanción queda suspendida hasta que el superior no la haya confirmado o declare desierto el recurso. TÍTULO VIII SERVICIOS COMPLEMENTARIOS Y SALAS DE APRENDIZAJE ESPECIALIZADO CAPÍTULO I: SERVICIOS COMPLEMENTARIOS 1.1. COMEDOR ESCOLAR 1.1.1. NORMAS Las siguientes son las normas que deben ser cumplidas para garantizar la buena convivencia en nuestro comedor escolar:

1. Cumplir con los horarios y distribuciones establecidas (sede, hora y número de estudiantes asignados). 2. Al ingresar al comedor, es necesario tener una excelente presentación personal (uniforme completo, buena higiene, porte del carnet). 3. Los estudiantes deben entrar por grados, con el docente asignado. 4. No ingresar al restaurante masticando chicle. 5. Hacer uso adecuado de los utensilios que proporciona el restaurante; antes de, durante y después de consumir los alimentos (bandejas, cubiertos, platos, mesas, sillas, etc.). 6. Recibir los alimentos únicamente si van a ser consumidos, los cuales deben ser consumidos dentro del comedor, para evitar desperdicios. 7. Mantener un buen comportamiento en la mesa (manejar un tono de voz moderado, no jugar con la comida, consumir en el tiempo indicado el menú). 8. Respetar la señalización del restaurante. 9. Cada Sede es responsable del envío de listados de beneficiarios a la sede A. 10. Los padres son los responsables del desplazamientos de los estudiantes de las Sedes beneficiarios de refuerzo alimenticio, todos los estudiantes deben tener firmado el compromiso con el comedor. 1.1.2. SANCIONES El incumplimiento de las normas estipuladas en el reglamento acarreará alguna de las siguientes sanciones: 1. Amonestación verbal. 2. Amonestación escrita, registro en el observador y firma de un compromiso. 3. Remisión al Comité de Convivencia de sede, con suspensión temporal del servicio. 4. Cancelación definitiva del servicio. 1.2. LAS RUTAS ESCOLARES El Servicio de ruta escolar es una extensión del colegio y se aplican todas las disposiciones del presente manual de convivencia. 1.2.1. NORMAS Utilizar en forma adecuada el servicio de transporte escolar, acatar las normas de comportamiento, respeto a las monitoras de ruta, compañeros y profesores, manteniendo el aseo de los buses y aplicando en ellos todas las normas de seguridad y del presente Manual. Población objetivo: “Podrán ser beneficiarios del proyecto de transporte escolar de la S.E.D., de acuerdo con la disponibilidad presupuestal y con las condiciones de cada caso, los estudiantes matriculados en instituciones oficiales en jornada diurna, que hayan sido asignados a instituciones

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ubicadas a más de dos kilómetros de su casa. La asignación diaria beneficiará a estudiantes en los niveles del Sisbén 1, 2, 3. Este beneficio aplica para los estudiantes de Media Académica”. Los padres tienen las siguientes responsabilidades: a. Solicitar el servicio de ruta escolar en las oficinas de la DLE y firmar el acta de compromiso de uso de la ruta. b. Reconocer e identificar el número de la ruta asignada y los horarios establecidos. b. Reportar oportunamente por escrito las novedades y anomalías al Coordinador de Rutas del colegio. c. Enviar a su hijo con el uniforme completo correspondiente a la institución. d. Asistir a las reuniones que se convoquen referidas a la organización y funcionamiento del servicio. e. Dejar y recoger puntualmente a su hijo o acudido en el paradero asignado. Los estudiantes tienen las siguientes responsabilidades: a. Acatar la orientación que sobre el recorrido y el buen comportamiento les indique el monitor o el conductor. b. Acatar la prohibición de consumir alimentos, bebidas, alucinógenos, cigarrillos, porte de armas. c. Abstenerse de ejecutar acciones que maltraten a sus compañeros. d. Respetar y acatar las normas establecidas por las autoridades de tránsito. e. Abstenerse de sacar la cabeza o brazos por las ventanas. f. Abstenerse de subir o bajar en paraderos no asignados sin autorización de Padres y Coordinador. g. Cuidar las tapicerías y sillas del bus, e informar al Coordinador de Rutas, cualquier anormalidad por parte de sus compañeros o usuarios del servicio. g. Todas las contempladas en el Manual de Convivencia. El incumplimiento de cualquiera de las normas mencionadas puede ocasionar para el alumno la suspensión temporal o definitiva del servicio, además de las sanciones previstas en el manual de convivencia. 1.2.2. REGLAMENTO DEL PARQUEADERO SEDE A 1. En la entrada del parqueadero, junto al portón, se podrán ubicar en las zonas señaladas hasta un máximo de dos vehículos (1, 2) contra la pared, en sentido de oriente a occidente.

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2. Enseguida del anterior lugar se dejará un amplio espacio para la maniobra de los buses escolares. 3. En el camino al restaurante se podrán ubicar tres automóviles, contra la montaña, con suficiente espacio entre uno y otro. 4. Los demás vehículos pueden parquear en reverso en los parqueaderos tres al veinte. 5. Los buses que ingresan a la institución deben girar en el espacio mencionado y ubicarse en reversa formando dos hileras al costado del edificio. 6. Sólo cuando el bus este debidamente parqueado puede abrir las puertas para bajar o subir estudiantes. 7. En el momento de la llegada de los buses se recomienda que ningún vehículo se desplace hacia arriba del Colegio. 8. Los buses se deben ubicar en el orden de llegada, en reversa, al fondo del parqueadero y dejando entre sí el menor espacio para optimizar el área disponible. 9. En el momento de la llegada de los buses se recomienda que ningún vehículo se desplace hacia arriba del Colegio, ya que la vía sólo permite el desplazamiento de los buses hacia la institución. 10. Los vehículos deben parquear únicamente contra el muro en el espacio demarcado para tal fin. 11. Los estudiantes usuarios de las rutas deberán desalojar el bus en el momento que la Monitora de ruta lo permita y dirigirse directamente al comedor a la llegada al colegio, y en el momento de la salida de clases solamente podrán acceder al bus cuando la monitora lo autorice esperando en el sector demarcado para ello, fuera del parqueadero, hasta que la monitora los ordene y facilite el acceso. 1.3. SALIDAS PEDAGÓGICAS Entiéndase como salida pedagógica, cualquier actividad orientada por uno o varios de los docentes, que se realice a cualquier lugar por fuera de la institución y con la coordinación y autorización de las directivas del colegio. Antes de la salida el Docente responsable con 4 (cuatro) días de anticipación envía correo a la oficina competente de Seguros de la SED, con copia física a la misma dependencia y a la Dirección Local de Educación, informando el número de estudiantes, lugar de destino, fecha, hora de salida y hora de regreso, nombres y cédulas de docentes responsables y acompañantes para activar la póliza de accidentes del Convenio 137. El Coordinador académico dará el visto bueno


MANUAL DE CONVIVENCIA desde el punto de vista pedagógico, verificará que la salida se encuentre debidamente inscrita dentro del cronograma Institucional, solicitará al docente responsable un soporte pedagógico de la actividad, en no menos de dos cuartillas, junto con el listado en Excel (físico y medio magnético) del profesor responsable, los profesores y/o adultos acompañantes así como el de los alumnos asistentes especificando nombres, apellidos, documento de identidad, curso, jornada, nº telefónico, esa información la deberá hacer llegar el Coordinador a Rectoría 5 (cinco) días antes del evento. Durante la salida el Docente debe llevar carpeta con: autorización escrita firmada por el Rector, fotocopia del documento de identificación de los estudiantes y carné escolar, autorización escrita de los padres de familia de cada uno de los estudiantes, fotocopia del carné del Sisben y/o EPS, formato de constancia de estudios para utilizar en caso de accidentes (convenio 137) y Formato de la Póliza de Seguro estudiantil de la SED. La salida debe tener un objetivo claro, un trabajo evidente pre y post-salida. El grupo debe llevar botiquín, camilla y se aplican todas las normas del Manual de Convivencia. Después de la salida y en un espacio no mayor a tres (3) días hábiles, el responsable de la misma entregará al Coordinador Académico con copia al Rector un informe de la misma en no menos de dos cuartillas en donde de cuenta del alcance o no de los objetivos propuestos, las novedades presentadas y su procedimiento para la solución, el informe comportamental y las sugerencias para próximas actividades, este informe debe estar acompañado de los soportes documentales respectivos. El encargado de la salida debe verificar, si se usa transporte escolar, que éste cumpla, como mínimo con los siguientes requerimientos:  Licencia de Conducción.  Revisión Técnico-mecánica vigente.  Extensión de contrato de la empresa para la salida en particular.  SOAT-Seguro obligatorio de Accidentes al día.  Copia de póliza de responsabilidad civil extracontractual.  Planilla de recorrido.  Botiquín de primeros Auxilios y Extintor.  Buenas condiciones del automotor y del servicio prestado por el conductor. CAPÍTULO II: SALAS DE APRENDIZAJE ESPECIALIZADO La institución cuenta con las siguientes salas

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de aprendizaje especializadas para facilitar los procesos de formación de los educandos: biblioteca, audiovisuales, salones de informática, danzas, música, teatro, artes plásticas, laboratorios de física, química y biología, taller de electricidad, salón de medios, gimnasio e igualmente se dispone de medios de comunicación como: emisora y periódico. Para acceder a estos servicios y hacer uso adecuado de los espacios se requiere de parte de los usuarios, ajustarse a las normas establecidas en el Manual de funciones y procedimientos y tener en cuenta los siguientes aspectos: 2.1. PROCEDIMIENTO PARA LA UTILIZACIÓN DE LOS SISTEMAS DE COMPUTADORAS E INTERNET Los servicios de computadoras e información electrónica (Internet) están a disposición de los alumnos y profesores de la institución. La institución confía plenamente en el valor educativo de estos servicios y reconoce su gran aporte al currículo. Nuestro objetivo primordial al suministrar este servicio es promover la excelencia, facilitando la investigación, la innovación y la comunicación. El acceso de los alumnos en el Colegio lo supervisa el profesorado y solamente se utilizará para asuntos educativos. Como miembros de una comunidad escolar y representantes de la institución en el mundo de la electrónica, los alumnos deben regirse por reglas de conducta. Una vez los padres de familia acepten el siguiente reglamento, se le asignará al alumno su cuenta y contraseña. En caso contrario, el Colegio no permitirá al alumno el acceso a Internet. Al utilizar los servicios de computadores e Internet por primera vez, el estudiante y sus padres de familia firmarán conjuntamente este compromiso y lo devolverán al Colegio en el menor tiempo posible. Luego, el estudiante volverá a firmar este compromiso cada año. 2.2. DEL BIENESTAR COMUNITARIO Y DEL MEDIO AMBIENTE ESCOLAR REGLAS DE HIGIENE PERSONAL, DE PREVENCIÓN Y DE SALUD PÚBLICA (Decreto 1860/94, numeral 1). Todos los integrantes de la Comunidad Educativa deberán observar las reglas de higiene personal, de prevención y de salud pública que a continuación se señalan: 1. Observar permanentemente normas básicas de aseo personal y de salud individual. 2. Acatar pautas de prevención de alcoholismo, drogadicción y tabaquismo, tales como: a. Identificar y abstenerse de consumir productos


Educamos para la Libertad

COLEGIO JOSÉ MARTÍ IED

que contengan sustancias psicoactivas. b. Informarse y analizar las creencias, actitudes y conceptos que se tienen acerca de las verdaderas consecuencias y efectos colaterales que producen en el organismo el consumo de alcohol, drogas o tabaco. c. Desarrollar estrategias para enfrentar la presión de personas que inducen al consumo de tales sustancias y aprender a rechazar su ofrecimiento. 3. Participar y contribuir en la conservación de la salud pública con actitudes tales como: a. Arrojar los desperdicios y basuras solamente en los sitios destinados y adecuados para ello. b. Evitar el contacto con otras personas cuando se padece enfermedades infectocontagiosas. c. Abstenerse de contaminar o dañar corrientes de agua, cultivos, alimentos y en general bienes de uso común, d. Aplicarse las vacunas y medicamentos que requiera para prevenir enfermedades o restablecer la salud. 4. Evitar poner en riesgo su salud e integridad física mediante la práctica de tatuajes o el uso de piercing, ya que existe la posibilidad de adquirir infección por los virus de la hepatitis B, C, VIH (SIDA), infecciones, alergias, irritación, problemas de cicatrización y hasta la muerte si no se tienen las condiciones sanitarias y de higiene necesarias. 2.3. LOS BIENES PERSONALES Y LOS DE USO COLECTIVO (Decreto 1860/94, art. 17, numeral 21) Los integrantes de la Comunidad Educativa de la Institución, frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo, seguirán los siguientes criterios de respeto, valoración y compromiso: 1. Darle uso y manejo adecuado a los bienes personales y a los comunitarios. 2. Tomar conciencia del esfuerzo que significa adquirir bienes que nos facilitan el desarrollo personal y comunitario, lo cual se traduce en el empeño por su defensa y conservación. 3. Comprometerse con espíritu altruista a observar conductas tendientes a la construcción y mejoramiento de los bienes idóneos para el beneficio común y personal. 4. Respetar la naturaleza y destinación de los bienes propios y de los bienes de los demás. 5. Participar activamente en la creación de una actitud general de respeto, valoración, adecuación y embellecimiento de todos los bienes, elementos y útiles de que dispone la institución para la implementación del proceso educativo. 2.4. MEDIO AMBIENTE ESCOLAR (Decreto

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1860/94, art. 17, numeral 3) Todo miembro de la Comunidad Educativa de la institución debe ser consciente de la vital importancia y trascendencia que tiene la conservación del ambiente. Por ello, en relación con el ambiente escolar, se compromete a observar las siguientes pautas mínimas de comportamiento: 1. Comprender que el ambiente es patrimonio común y que en consecuencia, todos y todas debemos participar de su cuidado y manejo. 2. Lograr la preservación y restauración del ambiente en general y del escolar en particular, así como la conservación, mejoramiento y utilización racional de los recursos naturales. 3. Prevenir y controlar los efectos nocivos de la explotación de los recursos naturales no renovables. 4. Regular las conductas individuales y colectivas, respecto del ambiente escolar, a fin de que apunten a su conservación y correcto aprovechamiento. 5. Preocuparse y ejercer acciones directas para preservar la atmósfera, el espacio aéreo nacional, las aguas en cualquiera de sus estados, la tierra, el suelo y el subsuelo, la flora, la fauna, las fuentes primarias de energía, los recursos geotérmicos y los del paisaje. 6. Contribuir a mejorar las condiciones de vida resultantes del asentamiento humano urbano o rural.

Este Manual de Convivencia rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias; tendrá efectos hasta una nueva modificación. Dado en las instalaciones del colegio José Martí I.E.D., a los 11 día del mes de septiembre de 2011.

Firmado:

____________________ Rene Gerardo Andrade Rector.


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