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Legal | Opinión | Artículo 1 de 1
La nueva conciliación judicial tributaria: ¿una oportunidad de modernización institucional u otro cambio destinado al fracaso? "...Solo superando el temor a ser proactivos, asumiendo la responsabilidad mandatada con objetividad y compromiso público, despojándose de toda soberbia y pretensión de infalibilidad, el SII podrá ser un actor que potencie esta institución, en caso contrario, si actúa con desconfianza, temor y reticencia a la evolución, esta ley no será un perfeccionamiento, sino otro intento fallido..." Lunes, 20 de noviembre de 2017 a las 9:42 Patricio Silva-Riesco
El 20 de octubre pasado se publicó en el Diario Oficial la Ley 21.039 sobre “fortalecimiento y perfeccionamiento de la justicia tributaria y aduanera”, que hará honor a su nombre solo si los operadores de la misma se comprometen con ello. Esta ley tiene entre sus objetivos restituir en algo el estado de cosas que fue modificado por medio de una ley aprobada en 2014, cuando recién instalándose los tribunales tributarios y aduaneros en la Región Metropolitana redujo sus plantas funcionarias, lo que se tradujo —sin perjuicio de otros factores concurrentes— en que los tiempos de las reclamaciones sometidas a esta justicia se extiendan injustificada e innecesariamente durante años, pese a lo acotado de las diligencias del procedimiento de reclamación, perjudicando con ello tanto los intereses fiscales como de los contribuyentes. En esta oportunidad, esta nueva ley incorpora la institución de la conciliación a las reclamaciones que interponen los contribuyentes ante los tribunales tributarios y aduaneros para que se dejen sin efecto, total o parcialmente, actuaciones del Servicio de Impuestos Internos