05 OCTUBRE
PROHIBICIONES FIJADAS POR LA LEY ORGÁNICA DE ELECCIONES (LOE) Art. 191 LOE
Art. 190 LOE
Está prohibida la publicación o difusión de encuestas y proyecciones de cualquier naturaleza sobre los resultados de las elecciones a través de medios de comunicación, después del domingo anterior al día de las elecciones.
00:00 hrs
29 09 14
Están prohibidas las reuniones o manifestaciones públicas de carácter político desde 2 días antes del día de sufragio.
00:00 hrs
03 10 14
Art. 190 LOE
Art. 343 LOE
Art. 342 LOE
Art. 352 LOE
Está prohibida toda clase de propaganda política desde 24 horas antes del día señalado para los comicios.
Está prohibida la detención indebida de electores desde 24 horas antes o el día del sufragio, salvo caso de flagrante delito.
Está prohibida la detención indebida de miembros de mesa y personeros desde 24 horas antes y 24 horas después de las elecciones, salvo caso de flagrante delito.
Está prohibido a los electores portar armas desde un día antes hasta un día después del sufragio.
00:00 hrs
04 10 14
Desde 00:00 hrs Hasta 23:59 hrs
Art. 345 LOE
Art. 359 LOE
Está prohibido impedir, coactar o perturbar el ejercicio personal del sufragio.
Está prohibido realizar manifestaciones políticas simultáneas en un mismo lugar de una misma ciudad, salvo que se realicen en sectores separados por 1 km de distancia y con la autorización correspondiente.
Permanente
Permanente
04 10 14 05 10 14
Desde 00:00 hrs
04 10 14
Desde 00:00 hrs
04 10 14
Hasta 23:59 hrs
06 10 14
Hasta 23:59 hrs
06 10 14
Art. 353; Art 382 LOE
Art. 351 y 390 Inc. a) LOE
Art. 349 LOE
Art. 350 LOE
Art. 357 LOE
Está prohibido a los miembros de la Fuerza Armada y de la Policía Nacional en situación de disponibilidad o de retiro participar, vistiendo uniforme, en manifestaciones o en otros actos de carácter político.
Está prohibido el expendio de bebidas alcohólicas desde las 8:00 horas del día anterior al día de la votación, hasta las 8:00 horas del día siguiente a las elecciones.
Está prohibido durante las horas que se realizan las elecciones: 1.- Presentar espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados. 2.- Realizar funciones cinematográficas o teatrales. 3.- Tener reuniones públicas de cualquier clase.
Está prohibido realizar actividades religiosas durante las horas en que se desarrollan las elecciones.
Están prohibidas las reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de las mesas de sufragio durante las horas en que se realizan las elecciones.
Permanente
Desde 08:00 hrs Hasta 08:00 hrs
04 10 14 06 10 14
Desde 08:00 hrs Hasta 16:00 hrs
05 10 14 05 10 14
Desde 08:00 hrs Hasta 16:00 hrs
05 10 14 05 10 14
Desde 08:00 hrs
05 10 14
Hasta 16:00 hrs
05 10 14