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GESTIÓN DE PERSONAS FALLECIDAS DURANTE LA PANDEMIA

Cptn. Andrés Espinosa Melo JEFE OPERATIVO DE LA UNIDAD DE MEDICINA LEGAL ZONA 9

Las epidemias forman parte de la historia de la humanidad, han venido acompañando a pueblos y civilizaciones a través del tiempo dejando devastación y dolor. La reciente aparición de la enfermedad infecciosa causada por el virus SARS-CoV-2 denominada COVID-19, como lo menciona Mahase (2020) “a pesar

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de la tasa de mortalidad, COVID-19 hasta ahora ha provocado más muertes que el SARS y el MERS combinados” (párr. 3), por lo que un mes después de haberse declarado como pandemia en la OMS, su elevada contagiosidad y la severa afectación al aparato respiratorio de los pacientes han colocado a los sistemas sanitarios en situación extrema, dada esta situación se evidencia una apremiante respuesta estratégica de los servidores policiales involucrados en la gestión, identificación y manejo de cadáveres durante la p a n d e m i a por el virus COVID-19, en base a los instrumentos nacionales e internacionales generados para el efecto.

CRISIS SANITARIA EN EL PAÍS

El Ministerio de Salud Pública a través del Comité de Operaciones de Emergencias Nacional, publica en la Infografía Nacional N° 138, con corte al 14 de julio de 2020, que los casos confirmados en Ecuador ascienden a 69570 y las personas fallecidas a 5130, al respecto Baron C. (2020) menciona que “esta enfermedad fue detectada por primera vez en territorio ecuatoriano el 01 de marzo de

2020. En tanto, la primera muerte ligada al COVID-19, fue reportada el 14 de marzo de 2020” (párr. 1). Esto refleja que cuatro meses después, el número de personas fallecidas a causa de esta enfermedad ya había superado los 5000 decesos, lo que refleja que el Ecuador afrontó desde sus inicios una de sus mayores crisis y sobre todo la población de la ciudad de Guayaquil, que presentó un e s c e n a r i o con muertes masivas en un periodo, en donde se llegó a saturar los sistemas de salud, lo que ocasionó que pacientes que no recibieron tratamiento médico, fallecieran en sus domicilios o en la vía pública, lo que generó el colapso de los servicios funerarios que no se daban abasto para atender a la población afectada, originando un impacto social de gran connotación sobre todo en Guayaquil, epicentro de la pandemia en Ecuador.

PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN ANTE FALLECIDOS DURANTE LA PANDEMIA POR COVID-19

El COE Nacional, en sesión permanente del día 24 de marzo de 2020, resuelve aprobar los “Protocolos para la manipulación y disposición final de cadáveres con antecedente y presunción COVID-19 (Versión 4.0)”, conformados por el Protocolo Extra hospitalario que contempla la gestión, manejo y transporte de los cadáveres con antecedente y presunción COVID-19, suscitados en la vía pública, domicilio, interior de vehículos, entre otros; y el Protocolo Hospitalario que regula el actuar de los profesionales y servidores de la salud, en el manejo de los cadáveres COVID-19, en los diferentes establecimientos de salud pública y privada, hasta la entrega del mismo para su disposición temporal o final.

GESTIÓN Y MANEJO DE CADÁVERES COVID-19

La gestión de los cadáveres se estandarizó en estos instrumentos metodológicos, desde la llamada del alertante al SIS ECU 911, a continuación se complementa con la notificación al servidor policial del eje preventivo, que debe confirmar o descartar la presencia de un cadáver en el sitio del suceso, a fin de activar al médico del Ministerio de Salud Pública (MSP), quien otorga el Formulario Estadístico de Defunción General (INEC), documento habilitante para las gestiones de traslado y disposición final del cadáver, una vez realizada la Inscripción de defunción ante el Registro Civil.

LA CLASIFICACIÓN DE ESCENARIOS EN FUNCIÓN DE LA CAPACIDAD DE RESPUESTA

La pandemia en Ecuador aumentó de forma exponencial, ocasionando el incremento en fallecidos en varias jurisdicciones, obligando a establecer dos escenarios en estos

Protocolos; en tanto el Escenario 1, conformado por las provincias donde las instituciones encargadas de la manipulación y disposición final de cadáveres COVID-19, mantengan la capacidad de respuesta; y el Escenario 2, que corresponde a las provincias donde las instituciones encargadas de la manipulación y disposición final de cadáveres COVID-19, han superado su capacidad de respuesta, en donde se implementa un centro de acopio temporal de cadáveres, y se establece una estructura de gestión conformada por varias unidades y servicios de la Policía Nacional, encabezada por la Dirección Nacional de Investigación Técnico Científica, a través de sus unidades de Criminalística y Medicina Legal, encargadas de la gestión, manejo, identificación y traslado hasta su disposición final de los cadáveres COVID-19.

Dentro de este contexto la Dirección Nacional de Investigación Técnico Científica se establecen instructivos policiales que regulan el manejo y la identificación técnica dactilar de los cadáveres COVID-19, en los que peritos de Criminalística y Medicina Legal, intervienen con las medidas de bioseguridad en el levantamiento, identificación técnica, manejo y transporte del cadáver, con el registro minucioso de la trazabilidad del cadáver mediante la suscripción del Formulario de registro, transferencia y custodia del cadáver, tal actuación se basa con total respeto a la dignidad del fallecido y

sus familias, en apego a las orientaciones, observaciones internacionales emitidas por CIRC y OMS.

LA AUTOPSIA MÉDICO LEGAL EN SITUACIONES DE RIESGO

El tratamiento del cadáver COVID-19 es fundamental, su alta contagiosidad determina que debe ser trasladado lo antes posible después del fallecimiento a su disposición final; por lo que la intervención de un examen interno del cadáver COVID-19, es considerado de alta peligrosidad, debido a que durante la autopsia médico legal el riesgo proviene al generar aerosoles, en caso de utilizar sierra eléctrica para abrir las cavidades, además del contacto con materiales infecciosos y especialmente por salpicaduras, no obstante si una persona muere por COVID-19, los

pulmones y otros órganos pueden contener el virus, esto ha originado que por principio de precaución se restrinja la realización de la autopsia médico legal a cadáveres con antecedente y presunción COVID-19.

No obstante se considera practicar la autopsia solo cuando sea absolutamente necesario, en casos de muerte violenta o sospecha de criminalidad, el examen interno irá dirigido a zonas anatómicas u órganos concretos, por el riesgo que contempla la generación de aerosoles durante la intervención. (Gonzales-Fernández J. et al., 2020).

DISPOSICIÓN FINAL DE CADÁVER COVID-19

El cadáver con infección por COVID-19, debe ser gestionado su disposición final lo antes posible, imple - mentando como medida de precaución la restricción de realización de actos de velación o ceremonias al cadáver, estableciendo para el efecto la disposición final del cadáver como inhumación o cremación, exceptuando la cremación para cadáveres no identificados (NN).

GESTIÓN, MANEJO, IDENTIFICACIÓN Y TRANSPORTE DE CADÁVERES COVID-19

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