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2.3.2. Manual de Seguridad del paciente 2016

la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir”. (Constitución de la República del Ecuador, 2011)

“Art. 361.- El Estado ejercerá la rectoría del sistema a través de la autoridad sanitaria nacional, será responsable de formular la política nacional de salud, y normará, regulará y controlará todas las actividades relacionadas con la salud, así como el funcionamiento de las entidades del sector”. (Constitución de la República del Ecuador, 2011)

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“Art.6.- Es responsabilidad del Ministerio de Salud Pública: 5. Regular y vigilar la aplicación de las normas técnicas para la detección, prevención, atención integral y rehabilitación, de enfermedades transmisibles, no transmisibles, crónico-degenerativas, discapacidades y problemas de salud pública declarados prioritarios, y determinar las enfermedades transmisibles de notificación obligatoria, garantizando la confidencialidad de la información”. (Ley Orgánica de Salud, 2006)

El Ministerio de Salud Pública (2017) se propuso los siguientes objetivos y metas que estas acorde con el Plan Toda una Vida, propuesto por el actual gobierno:

 Aumento de la eficiencia y efectividad del Sistema de Salud.

 Brindar las oportunidades de acceso a los ciudadanos.

 Aumento de vigilancia y prevención de salud.

 Satisfacer las necesidades de los pacientes con relación a los servicios de salud.

 Mejorar el desempeño y competencias del personal médico.

 Mantener un uso eficiente de los recursos económicos asignados.

 Aumentar la productividad de las operaciones del Hospital.

 Aportar al desarrollo de la ciencia y tecnología de acuerdo a las prioridades de salud.

2.3.2. Manual de Seguridad del paciente 2016

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