Contrato de Natalia Springer con alcaldía de Valledupar

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~~I MUNICIPIO DE VALLEDUPAR

~ ALCALOIA DE VALLEOUPAR

CONTRATO DE PRESTACiÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES No. 5 5 2 _~j SUSCRITO ENTRE EL MUNICIPIO DE VALLEDUPAR y NATALlA MARIA SPRINGER YIO SPRINGER VON SCHWARZENBERG CONSULTING SERVICES S.A.S. NIT. No. 900444173-6. CONTRATANTE:

MUNICIPIO DE VALLEDUPAR

NIT:

800.098.911-8

CONTRATISTA:

SPRINGER VON SERVICES S.A.S.

NIT:

900444173-6

REPRESENTANTE LEGAL:

NATALlA MARIA SPRINGER

C.C. DIRECCION: TELEFONO:

OBJETO:

VALOR:

PLAZO:

SCHWARZENBERG

52.221.577 de Bogotá D.C. Carrera 7 No. 71-52 Torre A Oficina 910

CONSULTING

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3143310418 PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA BRINDAR ASESORíA, ACOMPAÑAMIENTO Y APOYO ALCALDíA LA A ESPECIALIZADO TÉCNICO MUNICIPAL PARA LA FORMACiÓN DE COGESTORES EN EL MARCO DE LA CONSTRUCCiÓN DE UNA DE MUNICIPIO EL EN PAZ DE CULTURA VALLEDUPAR. MIL CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS MICTE ($1.400.000.000.00). TRES (03) MESES contados a partir de la expedición del Registro Presupuestal, aprobación de las Garantías y suscripción del acta de inicio.

Entre los suscritos L1SBETH LORENA GAITAN MATEUS, identificado(a) con la cédula de ciudadania No. 1.065.569.491 de Valledupar, actuando en nombre y representación legal del MUNICIPIO DE VALLEDUPAR, según delegación conferida mediante Decreto NO.226 de julio 23 de 2014, y el Decreto Municipal 000232 del 25 de Julio de 2014, parte que en el texto del presente documento se denominará EL MUNICIPIO, por una parte, y por la otra la firma SPRINGER VON SCHWARZENBERG CONSULTING SERVICES S.A.S. Identificado(a) con Nit.

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900444173-6, Representada legalmente por la doctora NATALlA MARí~ SPRINGER identificada con la cédula de ciudadania No. 52.221.577 de Bogot' D.C., quien en adelante se denominará el CONTRATISTA, hemos decidid celebrar el presente Contrato de Prestación de Servicios Profesionales, el cual se regirá por las leyes aplicables en materia de Contratación Estatal, entre otras, las Leyes 80 de 1993 y 1150 del 2007 y sus decretos reglamentarios, así como por las cláusulas que se expresan a continuación, previa las siguientes consideraciones: a) Que el municipio de Valledupar, en cumplimiento de la actividad administrativa que desarrolla conforme a la Constitución y la Ley, y con el fin de cumplir los fines esenciales del Estado, y demás actividades necesarias de su naturaleza. b) Que en el artículo 3° de la Ley 80 de 1993, modificado por la Ley 1150 de 2007, establece que los servidores públicos tendrán en consideración al celebrar contratos y con la ejecución de los mismos, asegurar el cumplimiento de la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la

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