Revista de la Red de Expertos en
Parlamentos
Entrevista Gabriel Monzón. Secretario técnico de la Confederación Parlamentaria de las Américas (COPA).
Estudio Gemma Bardají Blasco et al. Parlamentos sensibles al género en América Latina.
Panorámicas Argentina, Nicaragua y Perú.
Nuestros Parlamentos Argentina.
Actividades de la Red en Parlamentos Eventos y convocatorias
2015 Número 11
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Redactora Jefe ANA BETTINA CASADEI
SUMARIO EDITORIAL
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Equipo Coordinador de la Red de Expertos en Parlamentos: JOSÉ MARÍA CODES Coordinador temático de España
ENTREVISTA GABRIEL MONZÓN Secretario Técnico de la Confederación Parlamentaria de las Américas.
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MARÍA FABIOLA WAHNISH Coordinadora temática de América Latina
ESTUDIOS Parlamentos sensibles al género. GEMMA BARDAJÍ BLASCO et al.
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Fundación CEDDET MARÍA SANZ OLIVEDA Gerente del Programa “Red de Expertos”
PANORÁMICAS Argentina. Parlamentos regionales argentinos. HERNÁN NEYRA
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LAURA SÁNCHEZ SAIZ Coordinadora del Área Parlamentaria Contactar redes@ceddet.org Acceso a la Red de Expertos www.ceddet.org
Nicaragua. El digesto jurídico nicaragüense. SERGIO BUITRAGO ÁLVAREZ
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Argentina. El ordenamiento legislativo como contribución a la modernización de los parlamentos. DIANA BICHACHI
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Perú. La iniciativa legislativa ciudadana en el Perú. GIOVANNI FORNO FLÓREZ
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NUESTROS PARLAMENTOS Argentina. Parlasur: Una integración con los pueblos dentro. CECILIA MERCHÁN
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ACTIVIDADES DE LA RED DE EXPERTOS EN PARLAMENTOS
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EVENTOS Y CONVOCATORIAS
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La presente publicación pertenece a la Red de Expertos en Parlamentos está bajo una licencia Creative Commons Reconocimiento -No comercial-Sin obras derivadas 3.0 España. Por ello se permite libremente copiar, distribuir y comunicar públicamente esta revista siempre y cuando se reconozca la autoría y no se use para fines comerciales. Para ver una copia de esta licencia, visite http://creativecommons.org /licenses/by-nc-nd/3.0/es/. Para cualquier notificación o consulta escriba a redes@ceddet.org. ISSN: 1989-6654 La Red de Expertos en Parlamentos y las entidades patrocinadoras no se hacen responsables de la opinión vertida por los autores en los distintos artículos.
Revista de la Red de Expertos en Parlamentos nº 11
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Editorial ANA BETTINA CASADEI Dirección de Información Parlamentaria HCDN Argentina
Estimados lectores: Ha sido un gran honor y un no menos exhaustivo trabajo realizar la recopilación de artículos para la Revista de nuestra Red de Expertos en Parlamentos de la Fundación CEDDET. A tal efecto, se dividió el esquema estructural de la misma en dos grandes temas, el primero dedicado a la Modernización Parlamentaria, de gran actualidad a los efectos de adaptar los contenidos y los procedimientos a los desafíos de la realidad en que vivimos y el segundo, referido en su totalidad a los Parlamentos Regionales y Supranacionales, surgidos como consecuencia de los nuevos procesos de integración y cooperación con su consiguiente plexo normativo. No fue fácil tanto la recolección del material como la tarea de lograr que la mayor diversidad de países hermanos de Iberoamérica estuviese representada.
Finalmente, contamos con los valiosos aportes de Diana Bichachi (Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- Argentina) y Sergio Buitrago Alvarez (Asamblea Nacional de Nicaragua) quienes contribuyeron con su experiencia y talento en el tema Modernización parlamentaria. Asimismo, presentamos los excelentes aportes de Giovanni Forno Florez (Congreso de la República del Perú) sobre La iniciativa legislativa ciudadana en el Perú y Gemma Bardají Blasco (consultora de género y gobernabilidad democrática en Naciones Unidas). En relación al segundo tema, lo consideramos de suma importancia pues están funcionando organismos parlamentarios supranacionales y de integración (tanto internacional como regional), tales como, PARLANDINO, PARLASUR, UNASUR, Asamblea Parlamentaria EUROLAT, etc. Para conocer su funcionamiento contamos, en esta oportunidad, con los interesantes trabajos de Hernán Neyra (H. Cámara de Diputados de la Nación Argentina) y Cecilia Merchán (Diputada nacional m.c y actual Diputada al PARLASUR). Esperamos que sea de su interés y sea útil para el desenvolvimiento de la ardua tarea que nos espera.
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Red de Expertos en Parlamentos
Gabriel Monzón
Secretario Técnico de la Confederación Parlamentaria de las Américas. Entrevista realizada en la ciudad de Buenos Aires el 28 de octubre de 2015.
HERNÁN E. NEYRA Entrevistador Asesor en HCDN Argentina
Le pido que, por favor, nos cuente acerca de la COPA. La Confederación Parlamentaria de las Américas es un parlamento continental que nuclea a todos los parlamentos nacionales, estatales, estaduales, provinciales, regionales, tanto de estados federales como de estados unitarios de América desde Alaska hasta Tierra del Fuego. Es el único organismo donde tiene la misma representatividad un parlamentario nacional que un parlamentario local. Entonces la conformación es mucho más democrática y representativa que la de otros organismos similares como puede ser la FIPA (Federación Interamericana de Parlamentos) que solamente acepta legisladores nacionales. Esa es la primera diferenciación, porque aparte acepta parlamentarios regionales y asociaciones parlamentarias, lo que da una pluralidad en las voces que permiten una discusión desde todos los ángulos posibles y de las visiones políticas del continente. ¿Cuándo se crea la COPA? La COPA se creó en el año 1995, en Québec. Surgió a la luz del ALCA [Área de Libre Comercio de las Américas] y, con la dinámica propia de los movimientos políticos del continente; modificó su tendencia original y dejó de lado al ALCA y se constituyó en unos de los pilares del ALBA, donde Venezuela, Argentina y Brasil tuvieron protagonismo fundamental. ¿Cómo definiría el rol de la COPA? La COPA es el principal organismo de diplomacia parlamentaria del continente. ¿Cómo se estructura administrativamente la COPA? La COPA tiene una Presidencia que se elige cada dos años; tres Secretarías Ejecutivas con sedes en México, Québec y Brasilia; Vicepresidencias Regionales y una Secretaría Técnica que por lo general responde a la Presidencia y que ejerzo yo desde el año 2008, en un caso atípico en la historia de la Confederación Parlamentaria de las Américas porque fui
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Entrevista: Gabriel Monzón Secretario Técnico, después fui Secretario Técnico Adjunto y después volví a ser ratificado como Secretario Técnico, estableciendo una sede en Buenos Aires. También hay un Comité Ejecutivo que está conformado por un representante de cada uno de los parlamentos y una Asamblea que está integrada por todos los parlamentarios del continente que quieran participar. El Comité Ejecutivo tiene que reunirse -por estatuto- dos veces por año, mientras que la Asamblea tiene que reunirse mínimamente una vez por año. Hay seis comisiones.
¿Y quiénes integran las comisiones? Están integradas (como todas las comisiones parlamentarias) por un presidente, un vicepresidente, un secretario o un relator (de acuerdo a cómo se llame en cada uno de los países) y los integrantes que las quieran componer. Lo que se hace es sacar resoluciones y recomendaciones para que cada parlamentario lo pueda trabajar en su país, es por eso que es un organismo de diplomacia parlamentaria. Dentro de este organismo de diplomacia parlamentaria están
Democracia y paz
COMISIONES DE TRABAJO DE LA COPA
Economía, Comercio, Trabajo, Competitividad y Bloques Comerciales Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología Salud y Protección Social Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible Derechos Humanos, Pueblos Indígenas y Seguridad de los Ciudadanos
Como en todos los Parlamentos. Por supuesto. Para coordinar temas y trabajos tenemos seis comisiones. Tenemos la Comisión de Democracia y Paz, que analiza los temas referidos al fortalecimiento y la promoción de la democracia y del Estado de derecho, la actualidad política y parlamentaria, las misiones de observación electoral y la promoción de la paz en las Américas; la Comisión de Economía, Comercio, Trabajo, Competitividad y Bloques Comerciales, que examina los temas económicos y comerciales, incluyendo todos los aspectos de la integración económica de las Américas, las políticas de inversión y los temas relativos al trabajo, al igual que los asuntos relacionados con la agricultura, la pesca, la explotación de los recursos naturales y el turismo; la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, que analiza los temas obvios de educación, cultura, la ciencia y la tecnología, tanto como temas de juventud, la promoción de la cultura, la defensa de la diversidad cultural y la preservación del patrimonio lingüístico; la Comisión de Salud y Protección Social, que incluye las políticas tendientes a la erradicación de la pobreza; la Comisión de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, que abarca calidad del medio ambiente, biodiversidad, el uso sostenible de los recursos y el desarrollo urbano, al igual que los temas vinculados con el manejo de catástrofes con consecuencias ambientales; y la sexta, la de Derechos Humanos, Pueblos Indígenas y Seguridad de los Ciudadanos, que analiza la situación de los derechos humanos en general y en especial los derechos de los pueblos indígenas, al igual que los temas relativos a las migraciones y la promoción de la seguridad de los ciudadanos en las Américas.
todos los parlamentos regionales que a lo mejor son más conocidos que la COPA, está el Parlamento Latinoamericano (Parlatino) y está el Parlasur, que forman parte de la COPA. A su vez también es miembro, como asociación parlamentaria, la UPM (Unión de Parlamentarios del Mercosur). Entonces estos parlamentos regionales también tienen representación dentro de la COPA. Claro. La COPA es una Confederación que nuclea a todas las federaciones parlamentarias y los parlamentos del continente. La presidencia se ejerce cada dos años. Es de suma importancia el concepto de la diplomacia parlamentaria porque genera antecedentes en temas políticos que es lo que nos interesa a todos los países del continente. ¿Podría darnos un ejemplo? Te voy a dar dos casos que fueron muy importantes para la Argentina. En el año 2010 se hizo una asamblea extraordinaria por los bicentenarios de gran parte de los países que recayó en México, en la ciudad de Querétaro. La Argentina logró sacar una resolución donde ratificaba a Néstor Kirchner como parlamentario y como Secretario General de la UNASUR y eso fue firmado no solamente por todos los parlamentos que la conforman, son parlamentos de treinta y tres países que lo componen, Estados Unidos y Canadá inclusive, sino que también fue firmado por la delegación argentina en su totalidad. La delegación también estaba integrada por miembros de la oposición que firmaron frente a la presión ejercida por el resto de los países del continente, donde decían “uno de los nuestros, un par-
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Red de Expertos en Parlamentos
lamentario (que encima es un ex presidente) puede ser Secretario General de la UNASUR porque no hay contradicción para hacerlo”. Eso permitió que se deje de solicitar en la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores la renuncia de Kirchner como diputado nacional. El otro caso es un antecedente importante de fines del año pasado, cuando todos los países del continente avalaron en la asamblea la postura de la Argentina de generar un nuevo marco internacional contra los fondos buitres. Son todos antecedentes que después incidieron en la toma de decisiones en las Naciones Unidas para sacar un marco regulatorio. La importancia de la diplomacia parlamentaria es ésta: es generar consensos.
la normalización del estado democrático en ese país. Quien es electo vicepresidente sabe que va ejercer la presidencia cuando finalice este mandato. Una de las características más importantes es que no se eligen personas para ejercer la presidencia sino Parlamentos. El presidente corresponde al parlamento de una Asamblea Nacional y Asamblea Nacional designa quién va ocupar la presidencia. Esto hace que sea dinámica y que exista un principio aceptado por todos los parlamentarios del continente de la autodeterminación de los pueblos. La realidad, más allá de los estatutos, es que los cargos ejercidos por Parlamentos siguen en manos de los parlamentarios que fueron propuestos.
¿La Argentina ejerció la presidencia? Tuvo la presidencia en el 2008. Lo consiguió a través de la senadora nacional Judit Forstmann, quien falleció en el 2009 y después asumió la senadora provincial de Buenos Aires Edda Acuña hasta que terminó el mandato. Ese mandato pasó a Canadá y le correspondía pasar a Paraguay porque la sucesión es a través de los vicepresidentes. Debido al golpe de Estado blando, y adhiriendo a las posiciones adoptadas en todos los organismos internacionales, el traspaso de la presidencia a la Cámara de Senadores de Paraguay, en cabeza de la Senadora Nacional Zulma Gómez, fue demorada hasta
Entonces no se sabe quién será el presidente el año siguiente. No se tiene la certidumbre. Porque si la Asamblea a la que le corresponde la presidencia cambia de signo político, o por cualquier motivo el representante se modifica, deciden ellos en su seno quién ejerce la presidencia. Eso es importante también, es una característica que trasciende los nombres desde lo institucional; es una amalgama perfecta entre lo anglosajón y lo latino.
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Entrevista: Gabriel Monzón ¿Cómo se relaciona la COPA con otros parlamentos? La COPA es el único parlamento regional continental que tiene banca en la Unión Interparlamentaria Mundial, que no la tiene ningún otro. Hay solamente tres parlamentos regionales que tienen banca en la Unión Interparlamentaria Mundial: la COPA, El Parlamento Europeo y el Parlamento Asiático. Ahora se está incorporando el Parlamento Africano. Lo que esto quiere decir es que un legislador provincial o estadual (en el caso de Brasil, por ejemplo) o estatal pero del Estado, no de la unión de estados como el mexicano tiene la posibilidad de ocupar una banca en la Unión Interparlamentaria Mundial a través de la COPA. Esto también es un rasgo distintivo: es un ámbito de discusión democrático, plural y que entiende la integración como uno de los mecanismos para la felicidad de los pueblos. ¿En qué sentido lo dice? En la COPA damos preeminencia a la participación de los Pueblos; por eso también hay un representante de los Parlamentos Indígenas dentro de la COPA (por ejemplo el Parlamento Andino manda representantes formales y de los Parlamentos Indígenas o sea hay una representación de los pueblos). Esto es importante destacar. Uno de los conceptos que nosotros manejamos es que las fronteras nos unen, no nos dividen, porque la dinámica de integración territorial no se puede legislar por sobre la realidad. En los sectores fronterizos la integración es automática entre los pueblos. Nosotros, que tenemos muchos kilómetros de frontera, vemos que la integración es permanente. En toda la frontera con Brasil se habla castellano y portugués o la mezcla (el portuñol); con Paraguay se habla el guaraní. En México, en la zona fronteriza con Estados Unidos se hablan los dos idiomas. Entonces este concepto de división muchas veces va contra los poderes informales populares instituidos. Nosotros tratamos de generar una realidad. Yo soy economista, y entonces uno trabaja sobre la política positiva, nosotros hacemos una lectura de la realidad y tratamos de aplicar resoluciones que permitan ese tipo de cosas. ¿En el sentido de la diplomacia parlamentaria? No solamente. Por ejemplo, la Comisión de Salud ha sacado resolutivos sobre el tema del dengue, sobre chikunduñia y sobre un montón de enfermedades endémicas propias del continente, generando ámbitos de colaboración espontánea a raíz de los encuentros de la COPA entre países. Cuba está avanzada en las luchas contra las pandemias y contra las endemias y se manda información al resto de los países. La diplomacia parlamentaria tiene cada vez más importancia y efectos en las relaciones entre los Estados.
¿Los lazos se forman entre las distintas comitivas? Las comitivas son pluripartidarias. De la Argentina van miembros de todos los partidos; de México van miembros de todos los partidos, de Brasil van miembros de todos los partidos, y eso hace que la visión sea plural y que lo que se genera a través de las resoluciones que se sacan primero fueron consensuadas dentro de cada una de las comitivas. ¿Cómo se arman las agendas de las reuniones de la Asamblea? Las Secretarías Ejecutivas mandan una solicitud de agenda a cada una de las Comisiones; las Comisiones envían las agendas con un año de anticipación, siempre con un punto que permite ser flexible, se aprueba esa agenda en la reunión del Comité Ejecutivo y después se la manda para la próxima reunión del Comité Ejecutivo y para la próxima Asamblea las agendas ya conformadas. Las comisiones no necesariamente tienen que sesionar en el seno de las reuniones anuales; pueden sesionar aparte. De hecho la Argentina aún mantiene la presidencia de la Comisión de Economía que estaba en mano del legislador tucumano Gregorio García Biagosch y ahora recayó en la Senadora Nacional Ada Iturrez. Una vez que un legislador termina el mandato no puede ser más miembro de la COPA, porque para ser miembro de la COPA tenés que ser un parlamentario activo. ¿Hay límites para las agendas o ese margen de flexibilidad permite tratar temas urgentes no previstos en todos los procedimientos reglamentarios? El ámbito de discusión en las comisiones es democrático y pueden proponer cualquier resolutivo. La Asamblea tiene una dinámica propia, que hace por ejemplo que el tema de la Resolución de los fondos buitres saliera por fuera de la agenda y nosotros solicitamos su incorporación. Se realizó una conferencia magistral que tuve el honor de brindar en la Asamblea de Asunción de Paraguay en noviembre de 2014 y se aprobó en el seno de la Asamblea. También fíjate la importancia de la Confederación Parlamentaria de las Américas que Puerto Rico en el mismo momento que nosotros sacamos esta Resolución solicitó el apoyo para agregar un petitorio de la Confederación Parlamentaria de las Américas al presidente Barack Obama para la liberación de Óscar López Rivera, el preso político más antiguo que tiene el continente (hace más de treinta años que está detenido en los Estados Unidos), que ya tiene más de 70 años de edad, y como te decía está detenido en Estados Unidos, por haber solicitado la independencia de Puerto Rico, y los legisladores que solicitaron la excarcelación (uno es el legislador más antiguo del continente, Antonio Faz Alzamora, senador puertorriqueño, no es del partido de López Rivera y sin embargo es el que encabezó el reclamo, porque él está de acuerdo que Puerto Rico es un estado asociado a Estados Unidos, y sin embargo entiende que esto es una injusticia y Puerto Rico solicita a través de un miembro de su parlamento que no es afín al detenido la excarcelación). La propuesta
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Red de Expertos en Parlamentos fue apoyada por todos los parlamentos, salió la resolución por parte de la COPA, más allá de que algún país o algún parlamento haya generado alguna abstención, salió con la mayoría de todos los votos; por lo tanto, dentro de los estatutos de la COPA salió la resolución. Después cada uno de los países hará lo que quiera hacer: las resoluciones en este marco de diplomacia no son vinculantes, la diplomacia parlamentaria recomienda generar soluciones, recomendaciones. ¿Cómo se conforma la delegación argentina a la COPA? Tenemos una representación bastante importante, porque la Argentina tiene representantes de la Cámara de Diputados de la Nación; tiene representantes de la Cámara de Senadores de la Nación; representantes del Parlamento del NOA; representantes del Parlamento Patagónico; del Parlamento del Centro; tiene representantes de varias Legislaturas provinciales: Salta es muy fuerte, Tucumán es muy fuerte, Jujuy es muy fuerte. Por ejemplo, la vicepresidencia de la Comisión de Salud es de un diputado provincial jujeño y la vicepresidencia de América del Sur corresponde al presidente de la Cámara de Diputados de Salta, Manuel Santiago Godoy, miembro del Comité Ejecutivo de la COPA también. A veces por cuestiones presupuestarias no puede ser masiva la concurrencia, o por cuestiones de agenda política - éste fue un año electoral en particular duro -, muy activo para nosotros desde lo eleccionario y desde lo político. La Argentina tiene mucha presencia. Hay algunos países que por cuestiones presupuestarias pueden participar más y a veces menos. Es el caso de Cuba, de Jamaica o Haití. Sobre Haití, luego del terremoto hicimos una reunión del Comité Ejecutivo en Puerto Príncipe muy emotiva, porque se hizo en la sede del viejo parlamento en ruinas para tomar conciencia. Eso generó solidaridad internacional, la inmediata intermediación de todos los legisladores que fueron a sus países para la constitución de fuerzas de paz, de asistencia humanitaria, se lo entiende como una totalidad.
Tratándose de diplomacia parlamentaria, supongo que hay temas de presencia permanente para la Argentina. El tema de Malvinas fue un tema que tuvo apoyo en el parlamento en el seno de la Asamblea del Comité Ejecutivo de la Confederación Parlamentaria de las Américas; también el tema de la Fragata Libertad. Otro tema que se está tratando ahora es el de reconocimiento de títulos de grados universitarios, hay un estímulo para pensar sobre todo en los países que tienen fronteras en reconocerse y generar algún tipo de intercambio, eso tuvo una repercusión importante en la Argentina. De hecho hay médicos cubanos trabajando en la Argentina, más allá de que todavía hay trabas en los organismos universitarios sobre las reválidas. Pero el camino es ése. En temas comunes con nuestros vecinos, como la ecología, hay una agenda común. La Comisión de Medio Ambiente trabaja muy fuerte. Hoy está en manos de un senador paraguayo, el senador Fernando Silva Facetti, senador nacional del Partido Liberal Paraguayo. Nos unen temas como el del acuífero guaraní. América es el mayor reservorio de agua dulce del mundo con los glaciares de Canadá, los glaciares de Argentina, los acuíferos guaraníes y el de la Amazonia. Son las mayores reservas de agua potable. Lo mismo con energías renovables. Una de las cuestiones básicas es la de tomar conciencia. Por ejemplo, el Bloque de Economía se llama Economía, Comercio, Competitividad y Bloques Comerciales. La competitividad es un tema que a quienes venimos de partidos nacionales populares y democráticos nos irrita un poco y la nueva impronta es que se le da más importancia a la discusión dentro de ese tema de cómo van a hacer los bloques comerciales y cómo va a hacer el desarrollo de la economía regional y la integración de los pueblos que el tema de la competitividad termina dividiendo hacia adentro. Por ejemplo Chile trabaja mucho con el concepto de la competitividad y Chile tiene un crecimiento económico muy fuerte y la peor distribución de la riqueza en el continente. En el nuevo paradigma forjado a la luz del ALBA, hablamos de Pueblos. Y en ese sentido estamos orientados.
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ESTUDIO: Parlamentos sensibles al género
ESTUDIOS
Parlamentos sensibles al género
ANTECEDENTES
GEMMA BARDAJÍ BLASCO gbardaji2@gmail.com Consultora de las Naciones Unidas Experta en Género, especialidad en Sistemas Electorales y Parlamentos R. Dominicana
Colaboraciones María Fabiola Wahnish (Argentina) fabiolawahnish@yahoo.com.ar Angélica Siles (Bolivia) Haydee Hernández Pérez (Costa Rica) hhernandez@gmail.com Diego Vallejo (Ecuador) César Rosales (Perú cesarrosales07@gmail.com Carmen Demárquez (Uruguay)
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el 20 al 28 de julio del 2015, Fundación CEDDET, con el apoyo de ONU Mujeres, presentó la primera edición del taller virtual titulado “El Empoderamiento de las Mujeres, Perspectivas Nacionales y Globales”. El propósito del mismo era crear un espacio de reflexión e intercambio de experiencias orientadas a promover parlamentos sensibles al género. En el curso se facilitó el desarrollo de conceptos, sistematización de información y uso de herramientas concretas para el análisis sobre la situación de los derechos políticos de las mujeres y su aplicación en la labor legislativa. El taller estaba dirigido a la Red de Expertas/os en Parlamentos gestionada por CEDDET, con el fin de generar conocimiento en red y fortalecer relaciones profesionales e institucionales de las administraciones públicas y otras entidades entre España y América Latina. En concreto, en el taller participaron personas de 10 países de la región latinoamericana1 . Es en el marco de este taller que surge la idea de publicar un artículo sobre la temática en la “Revista Digital de la Red de Expertos en Parlamentos” por parte de la tutora del taller y algunas de las personas participantes del mismo y que presentamos a continuación. El artículo se fundamenta en el material elaborado por la tutora del taller y autora principal del presente artículo, en el Plan de Acción de los Parlamentos Sensibles al Género ela-
1 Argentina; Bolivia; Costa Rica; Ecuador; El Salvador; Guatemala; Honduras; Nicaragua; Perú; Uruguay.
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Red de Expertos en Parlamentos América Latina es la región del mundo con el mayor promedio de mujeres en los parlamentos.
Mundo 22.2%
América Latina 26.9% Fuente: Datos UIP, 2015
borado por la Unión Interparlamentaria y la información aportada por los y las alumnas sobre sus respectivos países2 . La creciente complejidad de la realidad social y política contemporánea fruto del fenómeno globalizador, está evidenciando que nuestro modelo de sociedad está en crisis. La multiplicidad de fenómenos que nos afectan, la rapidez con la que emergen y la incapacidad de los sistemas políticos para dar respuesta a este panorama incierto exigen un continuo examen y evaluación del modus vivendi del mundo actual. Es prioritario cuestionar y readaptar los sistemas políticos a las nuevas exigencias del mundo globalizado poniendo especial atención a la multiplicidad de identidades que se están erigiendo en las últimas décadas como nuevos sujetos políticos (mujeres, indígenas, afrodescendientes, identidad de género...), que exigen que las diferencias no impliquen desigualdades y que sus demandas sean reconocidas por los gobiernos que los representan. En este sentido la relevancia del rol del Estado no sólo radica en la reproducción de las desigualdades, como es el caso de las desigualdades de género, sino también en sus probabilidades de proponer y garantizar soluciones paradójicamente. Asumir esta postura implica la necesidad de analizar con detenimiento cómo influye el Estado, junto a todo el entramado institucional que implica, en las construcciones de las relaciones de género y de qué manera
éste puede eliminar las desigualdades entre mujeres y hombres. Todo esto sin olvidar que cuando hablamos de instituciones no sólo hablamos de reglas o normas, sino también de creencias y códigos culturales3 . Para construir sociedades realmente igualitarias, es imprescindible reconocer en primer lugar las diferencias que existen entre los sexos. La realidad social nos muestra que mujeres y hombres son diferentes respecto a numerosas circunstancias económicas, políticas y sociales. Los avances en el reconocimiento de la igualdad de derechos en los marcos jurídicos internacionales y nacionales son importantes, pero los mismos no se han visto reflejados en la práctica social y política. Hoy por hoy sabemos que la doctrina de la igualdad formal no garantiza la igualdad real. El problema central no es que no se reconozcan los principios de igualdad y no discriminación en los marcos normativos, que se reconocen en la mayoría de países del mundo, el problema central es garantizar su aplicación efectiva. Por esta razón, el diseño de la estructura institucional debe ser una herramienta para luchar contra las diversas formas de subordinación4 . Tal y como sostiene la Unión Interparlamentaria, con mejores parlamentos se hacen democracias más fuertes ya que son la piedra angular de cualquier sistema democrático. Las instituciones parlamentarias son el espacio vital donde se garantiza la
protección y promoción de los derechos humanos en función de las responsabilidades esenciales que les corresponden en materia legislativa y de control político. Asumir el potencial de las funciones parlamentarias: representar, legislar y el control político, para incidir directamente en la calidad de la acción política, implica reconocer el rol vital que pueden ocupar los parlamentos para el efectivo avance de la igualdad de género. En tal sentido, la transversalización del enfoque de género en el quehacer institucional de los parlamentos se presenta como una estrategia eficaz para garantizar la consideración de las necesidades e intereses de las mujeres y de los hombres en su diversidad, tanto en la toma de decisiones, en la agenda pública, en el diseño de políticas, como en su implementación de una manera equitativa. Es importante comprender que la transversalidad del enfoque de género no es una acción puntual, no es incluir el enfoque de género en un sólo aspecto de la gestión gubernamental; el gran reto de la transversalización, y en realidad donde recae todo su potencial, es que debe permear a todas las instancias gubernamentales y en todos los procesos implicados en la toma de decisiones para la elaboración de leyes, políticas, programas, planes, presupuestos, estrategias, tareas administrativas y cultura organizacional. Implementar la estrategia de la transversalidad exige primero identificar los sesgos de género en la institucionalidad parlamentaria y detectar qué aspectos del funcionamiento organizacional, de la cultura, estructuras, etc. pueden facilitar o ser obstáculos para la efectiva integración de la perspectiva de género en todo su quehacer y de cara a promover el empoderamiento de las mujeres5 en su diversidad. Es por esta razón que se requiere de un análisis de género
2 Ver al final del artículo la tabla de iniciativas parlamentarias en materia de igualdad de género, correspondientes a los siguientes países: Argentina; Bolivia; Costa Rica; Ecuador; Perú y Uruguay. 3 Bardají Blasco, Gemma. “Guía Metodológica para la Investigación” - Acción. Sistemas Electorales y Género, p. 34. ONU Mujeres. Santo Domingo, República Dominicana, 2012. Pendiente de publicación. 4 Facio, Alda; Fries, Lorena. “Género y Derecho”, p.32 . Colección Contraseña. Estudios de Género. Serie Casandra. La Morada Corporación de Desarrollo de la Mujer. Santiago de chile, Chile, 1999. link 5 Americalatinagenera. “Mainstreaming de Género y Cambio Organizacional pro Equidad de Género”. Notas para la Igualdad, No5. Políticas que transforman. link
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ESTUDIO: Parlamentos sensibles al género ex ante que facilite reconocer las potencialidades y los desafíos del funcionamiento y organización parlamentaria.
Abordar la democracia desde el enfoque de género implica pues, considerar a las mujeres como personas responsables, capaces de tomar decisiones e imprescindibles para los procesos de democratización de sus países6. El enfoque de género trata de visibilizar las causas de las desigualdades existentes dentro de sus contextos y buscar propuestas alternativas que permitan eliminar las barreras que impiden alcanzar la igualdad de género. Para lograr este objetivo, primero hay que entender que la relación que existe entre igualdad de género y proceso
democrático es interdependiente, ya que la ejecución de cada uno de estos conceptos depende de la realización del otro. No se puede alcanzar la plena igualdad de género sin democracia; de la misma manera, no se puede hablar de verdadera democracia sin igualdad de género7. En este sentido, la dimensión institucional de la democracia debe caracterizarse por ser plural, conflictiva y abierta. Plural porque se relaciona con el reconocimiento de la diversidad propia de las sociedades; conflictiva por el reconocimiento de relaciones sociales e intereses contrapuestos; y abierta porque el orden democrático necesita para permanecer, cambiarse y adecuarse permanentemente a los cambios históricos y culturales de las mismas sociedades8. Por esta razón es clave hacerse algunas preguntas sobre las estructuras institucionales parlamentarias, ¿son sensibles al género?, ¿cuál es la contribución de la institución parlamentaria a la igualdad de género?, ¿cómo puede potenciarse dicha contribución?, ¿qué elementos determinan el carácter igualitario de un parlamento?, ¿cuál es el modelo institucional más adecuado?, ¿cómo se puede inducir a su transformación?, ¿cuáles son sus límites para procesar los cambios y las demandas en función de la igualdad de género?, ¿qué recursos, humanos y económicos, se destinan para tales fines? Sin embargo, es evidente que la institucionalidad democrática no debe reducirse a una mera cuestión técnica, sino que tiene una dimensión política vital para el cumplimiento de los objetivos de género y la cristalización de los logros alcanzados a nivel de la legislación en esta materia, ya que define las normas, las reglas, los procedimientos para alcanzar tal fin. La importan-
cia estratégica de lo institucional adquiere un sentido crucial, ya que las instituciones son el principal espacio común entre actorías sociales y políticas y donde además se procesan la diversidad y el flujo de las demandas sociales9. Actuar institucionalmente alimenta el comportamiento democrático y facilita la elaboración y el éxito de las acciones políticas orientadas a alcanzar la igualdad de género. De esta manera cualquier proceso de modernización y fortalecimiento parlamentario debería pasar obligadamente por la elaboración de un Diagnóstico Institucional de Género que permita hacer una radiografía exacta del “estado del género” en el quehacer legislativo en todos los ámbitos de trabajo, identificando la presencia del tema en todos los niveles de decisión y organización parlamentaria. Esta primera etapa debe ser el punto de partida para que la mayoría de las acciones políticas y públicas estén orientadas a erradicar las desigualdades de género10. Ahora bien, no podemos ignorar que transversalizar el enfoque de género no es una tarea fácil y, especialmente en una institución como la parlamentaria, requiere de algunas condiciones previas, como son el compromiso político, ya que sin él es difícil iniciar un proceso de este tipo, o en todo caso se hará con muchos obstáculos y oposiciones que afectarán irremediablemente a su impacto final. En este punto es importante prestar atención a las diferencias entre el concepto compromiso político versus voluntad política. El primero está relacionado con un acuerdo entre las partes que asumen ciertas obligaciones, es un acto colectivo, multidireccional, mientras que el concepto de voluntad termina asociándose a la facultad de decidir
6 Programa Regional de Género en el Sureste Asiático – Fase II: Diagnóstico de género sobre participación política de las mujeres en 7 países del sureste asiático: Bangladesh, Camboya, Filipinas, Indonesia, Sri Lanka, Timor Oriental y Vietnam 2008 - 2009. link 7 Íbid. 8 Caputo, Dante. “La Democracia en América Latina. Hacia una democracia de ciudadanas y ciudadanos”. Programa de las Naciones Unidas (PNUD). Buenos Aires, Argentina, 2004. link 9 Plan Estratégico Institucional 2013 - 2017. Bloque de Mujeres Parlamentarias del Parlamento Centroamericano. Elaborado por Gemma Bardají Blasco. ONU Mujeres y PNUD. Ver link 10 Bardají Blasco, Gemma. “La igualdad de género, una tarea pendiente de los parlamentos. Guía orientativa para el diseño de Diagnósticos Institucionales de Género en los Parlamentos”. Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD. Santo Domingo, República Dominicana, 2015. Pendiente de publicación.
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Red de Expertos en Parlamentos la conducta propia, es decir, depende de una persona o un grupo específico y es unidireccional. Los derechos humanos, así como los derechos de las mujeres, no deben quedar sujetos a la discreción personal de una persona o un grupo, los derechos fundamentales son un compromiso, un acuerdo de los Estados, de los gobiernos elegidos democráticamente por la ciudadanía y no deben depender de la voluntad política, concepto utilizado erróneamente. La responsabilidad del Estado es garantizar que se cumplan los derechos humanos sin más dilaciones11. Otra condición previa es la disposición al cambio, no sólo de las y los legisladores, sino de todo su personal técnico con el fin de promover una cultura de trabajo en pro de la igualdad de género. En definitiva, la estrategia de la transversalidad implica en sí misma promover una nueva mentalidad que permita organizar el trabajo y la acción parlamentaria desde un nuevo enfoque, el de género. En el 2008 la Unión Interparlamentaria (UIP) dio inicio a un proyecto de colaboración con la Iniciativa de Desarrollo Parlamentario en la Región Árabe del PNUD e International IDEA en América Latina, para estudiar en qué medida los parlamentos de todo el mundo incorporaban las cuestiones de género en la gestión y labor parlamentarias. El objetivo fue reunir información de base sobre la mejor forma en que los parlamentos pueden convertirse en instituciones sensibles al género e incorporarlo efectivamente en sus tareas. Como resultado de este proceso se elaboró un Plan de Acción para Parlamentos sensibles al Género12 aprobado por la Asamblea General de la Unión Interparlamentaria. Para lograr mayor igualdad de género en los parlamentos es necesario:
¿Qué es un Parlamento sensible al Género?, un parlamento sensible al género es aquel que responde a las necesidades e intereses tanto de hombres como de mujeres en lo que se refiere a sus estructuras, funcionamiento, métodos y tareas. Fuente: Unión Interparlamentaria
1. Incrementar el número de mujeres parlamentos ¿Por qué? Primero por una cuestión de justicia, si en todos los países del mundo las mujeres son alrededor del 50% de la población, entonces deben contribuir de igual manera en la toma de decisiones que afectan a sus vidas. Segundo porque las mujeres aportan una mirada distinta que enriquece el debate en las decisiones de lo público, porque sus experiencias y conocimientos son distintos. No contar con el 50% de las inteligencias del mundo supone una pérdida para la sociedad en su conjunto. Tercero porque sus demandas e intereses específicos no aparecen como temas centrales en las agendas legislativas. Temas como por ejemplo la violencia basada en género, las cuotas, la corresponsabilidad y conciliación laboral, la salud sexual y reproductiva sólo han aparecido en el debate político a partir de la inclusión paulatina de mujeres en el espacio político. Ahora bien, cuando hablamos de aumentar el número de mujeres en los parlamentos no sólo nos referimos a una cuestión de cantidad, sino también de calidad. El número de mujeres en los parlamentos es importante, pero es igualmente importante que estas ocupen posiciones de liderazgo.
El principio de la igualdad de género puede promoverse si las mujeres ocupan puestos directivos como parlamentarias y como parte del personal parlamentario, puesto que estarán en mejores condiciones para influir en las políticas, ofrecer una perspectiva diferente en los debates, cambiar los procedimientos y las prácticas, y servir como ejemplo a otras mujeres. Es necesario que se incremente el número en: •Presidencia de las Cámaras. Existen relativamente pocas mujeres que presidan cámaras u ocupen alguna vicepresidencia en los parlamentos del mundo. •Presidencia de Comisiones. A pesar de que cada vez hay más mujeres que desempeñan el puesto de presidenta de una comisión, las comisiones que ellas suelen presidir se ocupan de esferas tradicionalmente relacionadas con el rol femenino como son las comisiones de salud, familia, educación, cultura y por supuesto la comisión relacionada con los derechos de las mujeres. 2. Reforzar la legislación y las políticas de género Con objeto de promover el cambio de las actitudes sociales y culturales en favor de la igualdad de género, los parlamentos deben: • Promulgar leyes que promuevan y protejan la igualdad de género. Cuando ese tipo
11 Bardají Blasco, Gemma. “Diagnóstico Institucional de Género de la Cámara de Diputados”, p. 7. Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y Comisión de Asuntos de Género de la Cámara de Diputados de la República Dominicana. Santo Domingo, República Dominicana, 2012. 12 Plan de Acción de Parlamentos Sensibles al Género, UIP, 2008. link
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ESTUDIO: Parlamentos sensibles al género de leyes existan pero sean obsoletas (+ 10 años) los parlamentos deben revisarlas para incluir la perspectiva de género y mecanismos para controlar su aplicación. • Formular una política institucional de igualdad de género. • Asegurar que en el presupuesto se tengan en cuenta las cuestiones de género y que existan medidas de rendición de cuentas para supervisar los avances logrados. • Formular políticas de comunicación (interna) y sobre los medios de comunicación (externa). • Formular políticas de lucha contra el acoso y la discriminación. Código de conducta. 3. Incorporar la perspectiva de género en la labor parlamentaria La igualdad de género no está garantizada por el simple hecho de que haya mujeres en el parlamento. Depende más bien de qué tan sensibilizados y conscientes sobre las cuestiones de género estén en el parlamento, sus políticas y su infraestructura. Los parlamentos deben mostrar su compromiso en materia de género, creando posibilidades para integrar la dimensión de género en todos los aspectos de su trabajo. A este respecto, los parlamentos deben: • Integrar la perspectiva de género en todas las comisiones parlamentarias. Establecer una metodología de trabajo para evaluar las leyes desde una óptica de igualdad de género (por ejemplo, elaborar una lista de condiciones - lista de control - que todos los textos legislativos deban cumplir, incluido el presupuesto; desagregar los datos por
sexos, indicadores de seguimiento de los objetivos de la igualdad de género). • Utilizar un lenguaje inclusivo. • Integrar sistemáticamente cuestiones de género en la Agenda parlamentaria . • Comprometer recursos, tanto humanos como financieros, para llevar a cabo estas tareas. • Crear estructuras y mecanismos de integración de las cuestiones de género como: o Comisión parlamentaria de igualdad de género, son estructuras que forman parte del funcionamiento regular de los cuerpos legislativos. Por lo general son las encargadas de revisar las políticas, la legislación y los presupuestos gubernamentales desde una perspectiva de género (control parlamentario). En la mayoría de países existe una. o Bancadas o grupo parlamentario. Las legisladoras siguen siendo una minoría en los Congresos nacionales de la región, por lo que el trabajo conjunto entre legisladoras es un aspecto de suma importancia, más allá de los partidos a los que pertenecen. Las bancadas generalmente se conforman mediante un acuerdo entre legisladoras de distintos partidos políticos con representación parlamentaria. o Unidades Técnicas de Género. Al igual que las comisiones, tienen una existencia formal en el cuerpo legislativo. Son de reciente creación, por lo que su presencia es aún escasa en la región de América Latina. Su propósito es impulsar la adopción de una perspectiva de género en la estructura y la
Del número total de 273 puestos de Presidencia de los Parlamentos sólo 47 mujeres presiden una de las Cámaras, es decir, el 17,2%
dinámica legislativa así́ como en las propias iniciativas de ley. o Grupos mixtos. Conformados por legisladoras, ex legisladoras y líderes y lideresas de la sociedad y del ámbito público y privado, son otra expresión política involucrada en la promoción de leyes que atiendan los derechos humanos de mujeres. Necesarios para asegurar una agenda de género diversa y participativa, estos grupos son estructuras de intermediación entre el Estado y la sociedad. 4. Instaurar una cultura organizacional sensible al género Los parlamentos deben reconocer que las mujeres de todo el mundo siguen dedicando mucho más tiempo que los hombres a la atención de la familia, por eso deben tomar en consideración e incluir en sus reglamentos las siguientes iniciativas: • Corresponsabilidad y conciliación de la vida laboral . Por ejemplo reorganizar los horarios de las sesiones evitando que coincidan con horario escolar, licencias de maternidad y paternidad, asignar espacios para el cuidado infantil, ofrecer la oportunidad a las mujeres lactantes de la posibilidad de votar ya sea por poderes o transferir su voto, para no estar obligadas a asistir a las reuniones. • Mejorar la sensibilidad sobre la igualdad de género entre el personal parlamentario. La formación del personal parlamentario sobre cuestiones de género es escasa. Los parlamentos rara vez reconocen que las personas con conocimientos de igualdad de género tienen habilidades particulares que pueden ser aprovechadas en el trabajo parlamentario. Es recomendable organizar seminarios de capacitación sobre sensibilización de género para todo el personal parlamentario a fin de explicar el principio de la igualdad de género y por qué los parlamentos sensibles al gé-
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Red de Expertos en Parlamentos nero benefician a todos. Así como reforzar la capacidad del personal parlamentario para realizar análisis de la legislación, los presupuestos y las políticas desde una perspectiva de género. A continuación se presenta información cualitativa y cuantitativa recopilada por las y los alumnos del taller sobre los avances en materia de género de los parlamentos de Argentina, Bolivia, Costa Rica, Ecuador, Perú y Uruguay. Se incluye además el número de mujeres parlamentarias en los mismos. Todo y que no es el objeto de este artículo, profundizar sobre esta información permite elaborar un análisis correlacional entre las medidas adoptadas en los países a favor de la igualdad de género y el número de parlamentarias, la cual es en rea-
lidad una correlación bidireccional que se retroalimenta. En definitiva, el objetivo de este artículo es provocar las preguntas necesarias para la incorporación del enfoque de género en la gestión y labor parlamentaria y conocer algunas iniciativas que se están llevando a cabo en distintos países que sirven de motivación para plantear un trabajo orientado y serio encaminado en esta dirección. Para finalizar me gustaría compartir una cita de Michelle Bachelet que sintetiza muy bien la expresión última del artículo:
“Cuando una mujer entra en la política cambia la mujer, cuando entran muchas cambia la política” Michelle Bachelet.
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PARLAMENTOS SENSIBLES AL GÉNERO VARIABLES ARGENTINA
BOLIVIA
COSTA RICA
ECUADOR
PERÚ
URUGUAY
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Reglamento incluye principios de igualdad y equidad y paridad
Normativa
Política de Igualdad y Equidad de Género Diseño del Modelo de Gestión para la Igualdad y la equidad de Género (SIGIEG) Diferentes talleres sobre Derechos humanos y género y su aplicación en la labor legislativa
Formación
Proyecto “Fortalecimiento Institucional para promover acceso equitativo al Sistema Legal” Proyecto de “Fortalecimiento institucional de género en el parlamento” Talleres de género dirigido a asesores de asambleístas
Capacitación en Género y Generaciones
Taller virtual de introducción a los derechos de las mujeres
Investigación
No Beijing + 20 foro internacional
Foros
Mesa Mujeres Parlamentarias Peruanas
No
ESTRUCTURA ORGÁNICA PARLAMENTARIA Comisión de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia
Comité de Derechos de Género (CB)
Comisión Banca de Mujeres
Comité de Género, Generacional, personas con discapacidad, 3º edad y personas privadas de libertad
10 Unidad Técnica de Género
No
Bancada Género
No
Comisión de Género Cámara Baja (CB) Cámara Alta (CA)
Comisión especial de equidad y género Comisión Permanente Especial de la Mujer
No
No
Unidad Técnica de Igualdad y Equidad de Género
No
No
Grupo Parlamentario Mujeres Diputadas
Grupo Parlamentario Derechos Mujeres
Comisión de la Mujer y Familia
No
No
Comisión de población y desarrollo
No Bancada bicameral femenina (bicameral)
LEGISLACIÓN POLÍTICO-ELECTORAL A FAVOR IGUALDAD DE GÉNERO Paridad Cuotas:
•%
Sí
Sí
Sí
Sí
Sí
30%
30%
Cada 3 ambos sexos
No
Cada 3 ambos sexos
•Mandato posición
1 mujer cada 2 hombres
Alternancia
Alternancia
Alternancia
•Sanción
No inscripción listas electorales
No inscripción listas electorales
No inscripción listas electorales
No inscripción listas electorales
No inscripción listas electorales
35.08%
42.33%
22.55%
Sí
No inscripción listas electorales
% MUJERES EN LOS PARLAMENTOS Cámara Baja
36.19%
53.08%
Cámara Alta14
38.89%
47.22%
19.19%13 29.03%
13 Se toman los que figuran como Representantes Titulares, www.parlamento.gub.uy, puede haber variación por estar los titulares en otras tareas, por ejemplo en este punto se contabilizó a la Representante Cristina Lustemberg, quien se desempeña como subsecretaria de Salud Pública y su suplente es hombre, otros cambios similares se produjeron hacia el senado, pero el resto de las representantes contabilizadas aquí figuran como titulares y se desempeñan como tales. Si es preciso especificar el sistema de suplentes, aquí se eligen en las urnas los titulares y sus suplentes pero se admiten cuatro formas distintas de organizar las suplencias. 14 Los países en los que no aparece información son unicamerales.
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Red de Expertos en Parlamentos BIBLIOGRAFÍA - Americalatinagenera. “Mainstreaming de Género y Cambio Organizacional pro Equidad de Género”. Notas para la Igualdad, No5. Políticas que transforman. link - Bardají Blasco, Gemma. “La igualdad de género una tarea pendiente de los parlamentos. Guía orientativa para el diseño de Diagnósticos Institucionales de Género en los Parlamentos”. Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD. Santo Domingo, República Dominicana, 2014. Pendiente de publicación. - Bardají Blasco, Gemma. “Diagnóstico Institucional de Género de la Cámara de Diputados” . Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y Comisión de Asuntos de Género de la Cámara de Diputados de la Re-
pública Dominicana. Santo Domingo, República Dominicana, 2012. - Plan de Acción de Parlamentos Sensibles al Género, UIP, 2008. link - Bardají Blasco, Gemma. “Guía Metodológica para la Investigación - Acción. Sistemas Electorales y Género”. ONU Mujeres. Santo Domingo, República Dominicana, 2012. Pendiente de publicación. - Caputo, Dante. “La Democracia en América Latina Hacia una democracia de ciudadanas y ciudadanos”. Programa de las Naciones Unidas (PNUD). Buenos Aires, Argentina, 2004. link - Facio, Alda; Fries, Lorena. “Género y Derecho”. Colección Contraseña. Estudios de Género.
Serie Casandra. La Morada Corporación de Desarrollo de la Mujer. Santiago de chile, Chile, 1999. link - Labani, Sepideh (coordinador); Zabaleta Kaehler, Carla; De Dios Ruiz, Paula. “Programa Regional de Género en el Sureste Asiático” -Fase II: Diagnóstico de género sobre participación política de las mujeres en 7 países del sureste asiático: Bangladesh, Camboya, Filipinas, Indonesia, Sri Lanka, Timor Oriental y Vietnam 2008 - 2009. link - Plan Estratégico Institucional 2013 - 2017. Bloque de Mujeres Parlamentarias del Parlamento Centroamericano. Elaborado por Gemma Bardají Blasco. ONU Mujeres y PNUD. link
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Argentina
PANORÁMICAS
Parlamentos regionales argentinos INTRODUCCIÓN
L
La República Argentina adoptó su sistema institucional al modo de los Estados Unidos, con un régimen constitucional republicano y federal. Y si bien tenemos muchos aspectos en los que nos diferenciamos, en el origen se hizo una adaptación propia del modelo norteamericano. El sistema federal sirvió para equilibrar poderes de las provincias preexistentes y el nuevo Estado nacional. Las instancias de gobierno argentino son cuatro: gobierno federal, gobiernos de provincias, gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -con un estatuto único-, y gobiernos municipales, según lo dispuesto por la última reforma de la Constitución Nacional en 1994. Allí mismo se menciona la regionalización, con un carácter particular, no gubernamental. En este trabajo analizaremos los casos de los parlamentos regionales argentinos, tanto los anteriores a la reforma constitucional de 1994, como los posteriores, para ver sus características y funcionamiento. El federalismo y sus problemas en los noventa El sistema político argentino es, como su original, presidencialista. En la reforma constitucional de 1994 se introduce una larga serie de modificaciones destinada a suavizar ese presidencialismo, sin llegar al parlamentarismo. La reforma avanza en dos direcciones: suavización del presidencialismo y profundización del federalismo. En los dos aspectos institucionales se producen reformas importantes. En lo que hace a la figura del Presidente de la Nación, se le recortan facultades sobre el nombramiento del intendente de la Ciudad de Buenos Aires; sobre nombramiento de los jueces; sobre legislación delegada y decretos de necesidad y urgencia, entre otros aspectos. En lo que hace al federalismo, se reconocen derechos de las provincias y se da un estatuto nuevo a la ciudad capital, con una entidad que la distingue de los simples municipios aunque no llega a tener la entidad de una
HERNÁN NEYRA
Asesor unipersonal en H. Cámara de Diputados de la Nación Argentina
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Argentina provincia, por lo que quedan conformados cuatro órdenes de gobierno: gobiernos municipales, gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gobiernos de provincias y gobierno federal. Esta reforma constitucional incluye un artículo -el 1241-, que aporta una nueva facultad a las provincias: la de conformar regiones. Tal como expresa el artículo citado, estas regiones no son unidades políticas sino agrupaciones que deben tener como objetivo el desarrollo económico y social. No son ni pueden ser una nueva instancia de gobierno, dado que la única instancia superior a las provincias es el gobierno federal como lo dispone el mismo texto constitucional. Viendo la discusión en contexto, la Convención de 1994 se desarrollaba en un momento en el que la visión economicista era preponderante. La palabra “inviable”, entendida como una unidad política que no podía autofinanciarse (fuera una provincia o una empresa pública) era omnipresente. En dos discursos contrapuestos, la entonces convencional Cristina Fernández de Kirchner se preguntaba “¿Cómo no va a haber provincias inviables si nos están federalizando los gastos y centralizando los recursos?”2, mientras unos pocos meses después, el entonces Presidente Carlos Menem decía: “tuvimos que gobernar frente a las máquinas de impedir, aquellas que decían que la Argentina era un país inviable”3. Las tensiones entre el gobierno central -y su plan de Convertibilidad-, y las provincias se hacían sentir. En ese contexto es que se aprueba esa versión de regionalismo sin delegación de facultades en órganos regionales, por presión de las provincias, y sin estructuras que ampliaran el gasto sino en búsqueda de achicarlo, por presión de la nación. La regla de la convertibilidad contenía en sí gran parte de los aditamentos para la introducción plena de la globalización en nuestras vidas4. La globalización no exigía la desaparición de la moneda nacional soberana como ocurrió en nuestro país al depender de la cantidad de dólares que hubiera en la caja de conversión: fue una decisión política. Tampoco era necesario garantizar la absoluta movilidad
Red de Expertos en Parlamentos
Gobierno Federal
Gobiernos Municipales
INSTANCIAS DEL GOBIERNO ARGENTINO
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Gobiernos de Provincias
de los capitales como lo hizo la Argentina en los noventa. Estas dos -por citar algunas-, fueron decisiones funcionales a la adopción plena de los efectos de la globalización. Y de allí las restricciones presupuestarias que la nación oponía a las provincias. El Estado federal lograba, en esos años, equilibrio fiscal en base a la federalización de gastos y mayores ingresos por ampliaciones de bases impositivas, nuevos impuestos y privatizaciones. De esta forma, el saneamiento de las cuentas federales podría verse como una primera etapa, a la que seguiría luego el de las cuentas provinciales. Sin embargo, y para citar solamente un ejemplo, desde 1994 hasta la fecha no ha podido darse un nuevo régimen de coparticipación federal de impuestos, tal como lo establece una cláusula transitoria de la CN. Así, a pesar de lo que pueda suponerse, la cuestión federal sigue siendo discutida. El regionalismo y sus antecedentes Las ideas políticas de base teórica acer-
ca de la conveniencia de la regionalización pueden aclarar estos puntos. La regionalización plasmada en el texto constitucional de 1994 tenía antecedentes de intentos previos en nuestro país, porque la idea subyacente es la del desarrollo planificado. Desde los lejanos años treinta comienzan a verse acciones de desarrollo guiadas por el Estado en distintos países que abarcan grandes zonas de influencia para trabajos de infraestructura. Entre los casos más paradigmáticos y que mayor proyección internacional tuvieron tenemos la autoridad del valle del Tennessee (TVA), de 1933, para el control y generación de energía y usos y aprovechamiento del agua del río compartido por siete estados distintos; o bien el caso europeo de la “Casa del Mezzogiorno” como ente público no estatal en Italia en los cincuentas, con la ejecución de importantes obras de infraestructura (diques, puertos, rutas) en la zona más postergada del sur en la reconstrucción posterior a la IIª Guerra Mundial. Estas ideas comienzan a difundirse y en
1 “Art. 124. - Las provincias podrán crear regiones para el desarrollo económico y social y establecer órganos con facultades para el cumplimiento de sus fines (...)” 2 Diario de Sesiones de la Convención Nacional Constituyente, sesión del 4 de agosto de 1994. 3 Mensaje Presidencial del Dr. Carlos Menem a la Honorable Asamblea Legislativa, en ocasión de la apertura del 113º periodo de sesiones ordinarias, 1º de marzo de 1995. 4 Esta interpretación sigue la lógica de pensamiento de Saskia Sassen en cuanto al rol del Estado como un agente central en la internalización de normas e impulso en la globalización en aspectos que sólo él puede reglar.
Panorámicas: Parlamentos regionales argentinos nuestro país comienzan, tímidamente, a materializarse. El primer caso es el de la Cuenca del Río Bermejo que reconoce un proceso de consultas entre nación y provincias desde 19575. Desde entonces, distintos instrumentos plasmados en acuerdos y tratados han llevado al manejo conjunto del caudal del río. Y ese mismo modelo de manejo compartido de aguas se replicará en el más amplio Tratado de la Cuenca del Plata, de 1959 a nivel internacional, pero también en las cuencas nacionales como la reformulación de la cuenca del Bermejo, de 1972 o los tratados interprovinciales de la cuenca del río Colorado en 1977. El mismo modelo de acciones conjuntas resulta en el tratado entre Santa Fe y Entre Ríos para la construcción del túnel subfluvial bajo el río Paraná. Estos casos de trabajos conjuntos y de consultas entre provincias siguen el modelo del desarrollo planificado y comienzan a ser un ejemplo para obras. Así, esos años sesentas y setentas llevan la marca de algunos procesos de integración regional con fines
1984
determinados. En definitiva, de lo que se trata es de la conformación de ámbitos de discusión sobre temas concretos que hacen al desarrollo de la región, buscando un manejo consensuado de los recursos o la concreción de obras que beneficien a algunos sin afectar a otros. De esta manera, esos primeros foros para el manejo de cuencas, por ejemplo, son casos de intervención conjunta de las provincias de una misma región con un objeto común. Estas tareas de integración comienzan a plasmarse en textos más complejos. El parlamentarismo y sus antecedentes Características Parte de las discusiones sobre federalismo (cuando las provincias comienzan a acordar administraciones u obras conjuntas); del parlamentarismo (la creación de ámbitos de debate conjunto) y de la teoría del desarrollo (con obras públicas planificadas de gran magnitud) llegan a confluir en dos instrumentos.
Argentina Primero, en los años ochenta, en parlamentos regionales que hacen de cajas de resonancia de las agendas legislativas de la zona y segundo, -ya en los años noventa-, en tratados de integración para el desarrollo de esas regiones, según lo estipulado por la reforma de la Constitución nacional. Los poderes legislativos ordinarios tienen como facultades: legislación, investigación y control, juicio político y su propia administración y si bien las definiciones variarán según los distintos constitucionalistas, estas actividades son las más visibles. Con lo que hay una importante parte del trabajo legislativo que no es legislativo. Y a pesar de lo detallada que pueda ser la categorización de los estudiosos del derecho constitucional, hay una parte de ese trabajo que queda en una zona gris, ya que no es legislativa, a pesar de que queda ahí comprendida por descarte. Se trata de los aspectos de distinción, resolutivos y declarativos. Los aspectos no legislativos son el corazón
DECLARACIÓN DE CORRIENTES
1987
ACTA DE INTENCIÓN DE SALTA
1991
PARLAMENTO PATAGÓNICO
5 En el resto de Latinoamérica se dan procesos similares con las “Comisiones Fluviales” de México en 1947; la SUDENE – Superintendencia de Desarrollo del Nordeste - en Brasil creada por Ley 3692 en diciembre de 1959 o la Corporación del Valle del Cauca en Colombia en octubre de 1954.
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Argentina
de los cuerpos parlamentarios regionales. Se trata de la expresión política de la región, de los hechos a resaltar en su ámbito; de cómo llevar las relaciones con otros organismos similares; de expresar deseos y voluntades. El carácter no gubernativo de sus estructuras (por los exclusivos cuatro órdenes de gobierno establecidos en la Constitución nacional) hace que lo central de su actividad sea la parte menos conocida del trabajo de los legislativos. Por esta razón no es habitual el conocimiento que los ciudadanos tienen de estas tareas, y creemos conveniente la divulgación de las labores. Primeros casos Los primeros años del presente periodo democrático trajeron innumerables cambios, tanto a nivel nacional como para las provincias. Estas se encontraban ahora con que el federalismo era irrestricto y eso llevó a numerosos casos de exploración de distintos caminos de integración con los distritos vecinos, fueran éstos otras provincias, o los estados fronterizos. Uno de esos casos, orientados por los poderes ejecutivos y con lógica comercial, data de enero de 1984, con la Declaración de Corrientes, que llevará a la creación de la Comisión Regional de Comercio del Nordeste Argentino y Litoral (CRECENEA- Litoral) en junio de 1984, que actuó como foro de cámaras y ejecutivos, pero que recién en 1996 incorporó un discreto foro de diputados y senadores de las provincias signatarias (Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Misiones y Santa Fe), sin constituir un régimen formalizado. A fines de los años ochenta registramos los primeros antecedentes parlamentarios subnacionales. El 26 de junio de 1987 suscriben en Salta un Acta de Intención los representantes de las Legislaturas de Catamarca, Chaco, Formosa, Jujuy, Misiones, Salta, Santiago del Estero y Tucumán para la creación del Parlamento del Norte Grande, como parte del proceso de integración derivado del Tratado del Norte Grande Argentino suscripto en la ciudad de Corrientes el 16 de mayo de 1987. Esta Acta fue ratificada por leyes locales de cada provincia y en 1990 se le da una institucionalización como organismo 6 NOA=Noroeste argentino; NEA=Noreste argentino.
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deliberante común. Se hacía la salvedad de que en caso de que este parlamento regional sancionara normas de contenido dispositivo, solamente tendrían vigencia si eran ratificadas por una norma local. Hacia principios de los años noventa tenemos un segundo antecedente formal de parlamento regional. Se trata del Parlamento Patagónico, que se constituye en Neuquén el 1 de noviembre de 1991. Conformado por legisladores provinciales de la región patagónica (Tierra del Fuego, Santa Cruz, Chubut, Río Negro, Neuquén y La Pampa) se proponen conformar un espacio de debate de los problemas comunes. Este mecanismo está hoy inserto en una lógica de integración regional más amplia que llegó a prever mecanismos de consulta entre los tres poderes de las distintas provincias. Los parlamentos subnacionales argentinos Región del Norte Grande - NOA - NEA6 Si bien la existencia de la región con una mirada común tiene antecedentes desde 1985, el Tratado de integración data de 1987. Y desde allí los tiempos políticos del NEA y del NOA comienzan a ser distintos. Las provincias del NOA rápidamente ratifican el instrumento de integración y el Parlamento del NOA comienza a sesionar tempranamente. De hecho, en la provincia de Jujuy se separó el Parlamento del Tratado general, para darle mayor importancia y trascendencia por fuera del marco general. Así, desde fines de los ochentas el parlamento comienza a sesionar. Y si bien debería ser el Parlamento del Norte Grande, como el NEA no llegó aún a poner en marcha los instrumentos, tenemos un Parlamento del NOA que surge del tratado de integración del Norte Grande. Como se comentó, en junio de 1987 se suscribe el Acta de Intención para la creación del Parlamento del Norte Grande, como parte del proceso de integración derivado del Tratado del Norte Grande Argentino suscripto en la ciudad de Corrientes el 16 de mayo de 1987. El Acta fue ratificada por leyes locales de cada provincia ya que de ella se desprendía que cada provincia elegía la forma de elección de sus representantes. Se trataba de seis legisladores por provincia,
cosa modificada a lo largo de los años, tanto como la elección directa propuesta en el texto original del tratado. En 1990 se le da una institucionalización como “organismo deliberante” común para la región. Dados los cuatro órdenes de gobierno, se hacía la salvedad de que en caso de que este Parlamento regional sancionara normas de contenido dispositivo, solamente tendrían vigencia si eran ratificadas por una norma local. Tras la reforma constitucional de 1994, se firma el 9 de abril de 1999 el Tratado Parcial Interprovincial de creación del Norte Grande Argentino, en Salta. En julio de 2004 en Resistencia se aprueba el Estatuto del Norte Grande, con una estructura institucional ejecutiva que no ha tenido estabilidad en el tiempo. Desde 2002 al menos, hay nuevos intentos de conformar el parlamento del Norte Grande con la forma de foro, menos formal, pero tampoco han prosperado, a pesar de la reunión de Formosa (a la vera del bañado La Estrella) de julio de 2002 y de una reunión del foro del Crecenea en 2008 y la Declaración de Resistencia del 5 de diciembre de 2008 con un principio de agenda para 2009. Por el contrario, el Parlamento del NOA realizó en mayo de este año su XLIª sesión plenaria, y ha mantenido una destacable regularidad. Región Centro Surge de la Declaración de El Fortín, de mayo de 1998, al que luego adhiere en 1999 la provincia de Entre Ríos. El 31 de julio de 1998 se realiza la reunión constitutiva de la Comisión Interparlamentaria para la integración de ambas provincias. El 15 de agosto de 1998 se firma el “Tratado de Integración regional” entre Córdoba y Santa Fe y será recién el 6 de abril de 1999 en que se unirá la provincia de Entre Ríos, al suscribir un acta de reafirmación de la región centro, que implica la adhesión a los términos del Tratado ya existente. La estructura administrativa del Tratado está dada por un órgano de Gobernadores, un órgano ejecutivo, una estructura administrativa y una Comisión Parlamentaria Conjunta. La Comisión Parlamentaria Conjunta, como
Panorámicas: Parlamentos regionales argentinos
órgano parlamentario de la región, cuenta con cuatro comisiones internas en forma permanente que tratan los siguientes temas: a) economía y producción; b) infraestructura y servicios; c) legislación general y d) asuntos institucionales, municipales y comunales. El proceso de integración de la región ha sido notoriamente conducido por los poderes ejecutivos. La actividad parlamentaria no ha sido prioritaria, ni constante, ni autoimpulsada por los Legislativos regionales. La estructura institucional se asemeja a la vigente en ese momento en el Mercado Común Europeo, con órganos ejecutivos bien delineados y un cuerpo parlamentario que se limita a sugerencias y propuestas. Integrado por 20 representantes por provincia, en razón de 10 diputados y 10 senadores en las bicamerales (y 20 en total si fueran unicamerales), elegidos entre los legisladores con mandato en ejercicio. El acuerdo
Argentina
ni siquiera prevé la obligatoriedad de dos sesiones anuales, como en otros casos. Su institucionalidad se ve desdibujada y se ha reunido pocas veces. Región de Cuyo Si bien el Tratado de Integración Económica fue suscripto en San Juan el 22 de enero de 1988, el parlamento se ha conformado formalmente muy recientemente. Los procesos de integración fueron llevados casi exclusivamente por los poderes ejecutivos locales. Las tres provincias, San Juan, San Luis y Mendoza, ratificaron los instrumentos en 2015 a pesar de que fue en agosto de 2014 cuando se produjo la primera sesión en la ciudad de San Juan, ya que se trató de una primera sesión protocolar. Se estima que comenzará a sesionar en 2016 con una integración distinta a los otros parlamentos, ya que contará con 15 representantes de cada provincia, de cada cámara y de todos los
partidos con representación parlamentaria provincial, y tendría sede fija en Mendoza. Parlamento Patagónico Como se mencionara, el acta constitutiva del Parlamento Patagónico se rubricó el 1º de noviembre de 1991 en la ciudad de Neuquén, oportunidad en la que 21 legisladores aprobaron el acta citada y una declaración que establece a la nueva institución como “el gran ámbito de debate sobre los problemas regionales”. Al año siguiente, en Ushuaia, se ratificó el estatuto y reglamento interno del Parlamento Patagónico, mientras que en junio de 1996 los gobernadores reunidos en Santa Rosa, La Pampa, aprobaron el Tratado de la Región de la Patagonia, ampliando a los restantes poderes lo que ya venían haciendo los legislativos, en virtud de lo normado en el art. 124 de la Constitución Nacional. La elección de los parlamentarios es indi-
PARLAMENTOS SUBNACIONALES ARGENTINOS
Región del Norte Grande NOA- NEA
REGIÓN CENTRO
REGIÓN DE CUYO
PARLAMENTO PATAGÓNICO
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Argentina
recta, ya que se trata de legisladores en ejercicio. Cada legislatura tiene una comisión de asuntos patagónicos y son sus integrantes los representantes de la Provincia ante el parlamento regional. El parlamento sesiona en forma habitual en dos sesiones anuales, una por semestre, en distintas ciudades de la región. Normalmente las reuniones se celebran en la sede del Legislativo provincial, salvo en el caso de Santa Cruz que ha ido variando la sede a lo largo del tiempo, llevando las sesiones a Caleta Olivia y Calafate, además de la capital, Río Gallegos. Si bien en 2013 el propio parlamento buscó dar más resonancia a sus resoluciones dando algo más de institucionalidad, la falta de divulgación de sus actividades es una falencia. La falta de un diario de sesiones unificado hace difícil el rastreo de información ya que los medios informativos no siempre se hacen eco de sus actividades. De este rastreo periodístico surge que no siempre se han reportado las sesiones, ya que para 2011 habría habido una sola sesión anual y tampoco encontramos registros de una segunda sesión en 2007. De todas maneras, al igual que el Parlamento del NOA, ha mostrado una destacable estabilidad institucional, más allá de algunos contratiempos puntuales con alguna sesión. En nuestro conteo, de fuentes diversas, hemos registrado 31 sesiones desde 2004 y hasta 2015.
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Conclusiones A pesar de tener pocos ejemplos, los cuatro casos de parlamentos regionales presentan características totalmente distintas. Desde el Parlamento del NOA, con la mayor institucionalidad y regularidad hasta el de Cuyo que no ha logrado reunirse aún, encontramos diferencias enormes. Los procesos de integración regional que han sido guiados básicamente por poderes ejecutivos fuertes (Centro), no han tenido legislativos que acompañen. Los procesos que ni siquiera han sido sostenidos por los Ejecutivos, no han logrado siquiera apoyo parlamentario (Cuyo). Los procesos surgidos de los mismos poderes legislativos han sido mucho más estables (Patagonia y NOA) y han servido, efectivamente, como cajas de resonancia de los temas locales. En un análisis más fino de los contenidos tratados en cada caso, el parlamento del NOA ha servido más a los fines de llevar la voz local hacia la Nación, mientras el patagónico ha servido más para unificar miradas locales, tratando más temas de unificación de criterios. Cada uno de ellos, a su modo -ha logrado con el tiempo- hacerse un lugar entre los organismos parlamentarios más destacados. La labor parlamentaria no legislativa tanto de los parlamentos Patagónico como del NOA ha resultado sumamente fructífera y han servido a los fines que la representación del pueblo de sus regiones ha creído que eran más útiles. Y han demostrado serlo.
Bibliografía - Boisier, Sergio (2004) ; “Desarrollo endógeno: ¿para qué?, ¿para quién?”; Fuente: link - Boisier, Sergio (2009) ; “El retorno del actor territorial a su nuevo escenario”; Ponencia en el “Encuentro Federal de Desarrollo Local”, organizado por el Consejo Federal de Inversiones - CFI - ; Buenos Aires. - Convención Nacional Constituyente (1994) ; Diarios de Sesiones; Paraná, Entre Ríos. - Gentile, J. H. compilador (2008); “El Poder Legislativo”; Asociación Argentina de Derecho Constitucional; Buenos Aires. - Gordillo, Agustín (2013); “Tratado de derecho administrativo y obras selectas”; Ed. Fundación de Derecho Administrativo; Buenos Aires. -Hernández, Antonio María (2009); “Presidencialismo y federalismo en Argentina”; Anales de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba; T° XLVII, Año académico 2008, Córdoba. - Neyra, H. y Lorenzo, G. (2010); “Empresas recuperadas”; Ponencia presentada en las III Jornadas de Economía Crítica; Rosario, Santa Fe. -Sassen, Saskia (2007); “Una sociología de la globalización”; Katz Editores; Buenos Aires.
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Nicaragua
PANORÁMICAS
El digesto jurídico
Nicaragüense INTRODUCCIÓN
N
icaragua es una República ubicada en el centro del continente americano, con una extensión territorial aproximada de 129,000 km2 y una población multiétnica, de casi 6 millones de habitantes. Nicaragua está configurada como un “Estado Democrático y Social de Derecho”, de 194 años de edad. La Constitución Política vigente1, en su artículo 7, reza:
“Nicaragua es una República democrática. La democracia se ejerce de forma directa, participativa, y representativa. Las funciones delegadas del Poder Soberano se manifiestan a través del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial y Poder Electoral. Tienen funciones especializadas y separadas, colaborando armónicamente entre sí para la realización de sus fines.” En su corta edad, Nicaragua ha tenido trece constituciones políticas: 1824, 1826, 1838, 1858, 1893, 1905, 1912, 1939, 1948, 1950, 1974, 1979 y 19872, respondiendo cada una a las diferentes coyunturas políticas de su historia, muchas 1 Texto de la Constitución Política de la República de Nicaragua con sus Reformas Incorporadas, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 32 de 18 de febrero de 2014. Disponible en link 2 BUITRAGO, Sergio, “La Función Legislativa del Poder Ejecutivo en Nicaragua”, Tesis para optar al Grado de Magíster en Derecho Parlamentario y Constitucional, UNAN, León 2013, disponible en link
SERGIO BUITRAGO ÁLVAREZ
Director de Análisis Normativo, Dirección General del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Asamblea Nacional de Nicaragua
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Nicaragua
de ellas radicalmente opuestas entre sí. El Poder Legislativo lo ejerce desde 1987 la Asamblea Nacional de Nicaragua, con sede en la ciudad de Managua, capital del país. Es un órgano unicameral, integrado por 92 Diputados y Diputadas. Cada período de la Asamblea Nacional, coincide con el del Presidente de la República, teniendo una duración de cinco años. La inflación legislativa en Nicaragua Uno de los fenómenos que más perjudica la efectividad de un sistema jurídico se genera a partir de la acumulación histórica de normas legales que son aprobadas de forma desarticulada, produciendo algo que en el gremio se le ha venido identificando como inflación legislativa y su inmediata consecuencia, la contaminación jurídica. El problema radica, no necesariamente en la aprobación de grandes cantidades de normas legales, sino en que esa aprobación se desarrolle sin técnicas y herramientas adecuadas, que permitan conocer a cabalidad el impacto normativo que una nueva legislación tendrá sobre lo ya aprobado. La falta de comprensión del ordenamiento jurídico como un genuino sistema, compuesto por “n” cantidad de relaciones, horizontales y verticales, entre normas, conlleva al desarrollo desordenado de la legislación de cualquier país, el que a su vez produce “n” cantidad de potenciales contradicciones normativas o antinomias. Estas contradicciones normativas desnaturalizan de forma progresiva al sistema, mermando su capacidad para responder a las necesidades sociales que cada coyuntura va planteando. Este fenómeno en realidad no es un problema que podamos circunscribir a nuestra época, de hecho, podríamos atrevernos a sostener que ha estado presente desde los inicios mismos del derecho, ejemplo de ello lo encontramos en los antiguos códigos de la Mesopotamia o en el Corpus Iuris Civilis del Emperador Justiniano, técnicas dirigidas a resolver el problema de la dispersión y contaminación de normas.
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Es un fenómeno que ha estado, sigue estando y lo más probable es que, continuará estando presente, si no se adoptan medidas institucionales permanentes que detengan esta dinámica. Las dos opciones que hasta la fecha se han logrado identificar e implementar, son una correctiva y otra preventiva. La correctiva, dentro de la que podemos ubicar a los Digestos, pretende ordenar y depurar lo que ya está hecho. La preventiva por el contrario está pensada hacia el futuro, a dotar a los parlamentos de modernos sistemas de información legal, económica, técnica, social y política, que den suficientes insumos para lograr la mejora en la calidad de la nueva legislación, aquí podemos ubicar los manuales de redacción de leyes, sistemas de intercambio y acceso a información jurídica, estudios de impacto post aprobación de la norma, entre otros. Nicaragua, después de 191 años de existencia y de 13 cambios en su marco político y constitucional, evidentemente es una víctima más de la inflación legislativa. Al igual que en muchos países, en Nicaragua no se tiene certeza sobre cuántas leyes han sido aprobadas desde 1821, y mucho menos, cuántas de estas leyes tienen todavía vigencia y posibilidad de aplicación. Antecedentes del Digesto Jurídico Nicaragüense En 2007, el Poder Legislativo de Nicaragua, la Asamblea Nacional, emprendió una de las más importantes y ambiciosas tareas hacia la modernización y sistematización de su sistema normativo. Con la aprobación de la Ley No. 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo”3, se creó el Digesto Jurídico Nicaragüense, como herramienta fundamental para lograr la compilación, ordenamiento, depuración y consolidación de la normativa vigente del país. En 2009, el Ing. René Núñez Téllez, actual Presidente de la Asamblea Nacional, con el consenso de las diferentes fuerzas políticas representadas en el Parlamento, creó una unidad administrativa especializada dentro
del área sustantiva, a cargo de la implementación de esta obra histórica: la Dirección General del Digesto Jurídico Nicaragüense. En esta primera etapa, se elaboraron los Digestos de la Constitución Política y de la Materia Energética4. Además, se inició con el proceso de la conformación de un solo repositorio documental del Diario Oficial del país, hasta esa fecha disperso, deteriorado e incompleto. No existía una sola colección completa de esta publicación, fuente principal para la elaboración del Digesto Jurídico Nicaragüense. En 2012, los legisladores en acuerdo con el resto de poderes del Estado, decidieron dotar al país, de un marco legal completo que regulara los procesos de elaboración, aprobación y actualización de esta herramienta jurídica, aprobando la Ley No. 826, “Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense”5, constituyéndose en el basamento legal actual para la conformación de esta enorme obra nacional. En esta segunda etapa, en el 2014, se aprobó el Digesto Jurídico de la Materia de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional6, primero de su tipo a nivel mundial; se avanza en la aprobación del Digesto Jurídico de la Materia de Propiedad y en la elaboración de los Digestos de las Materias de Banca y de Finanzas Públicas. Metodología y Alcance Este Digesto, único en la región centroamericana, estuvo inspirado en su diseño inicial en el Digesto Jurídico Argentino. Obviamente, un modelo de sistematización y depuración normativa, al igual que cualquier tipo de legislación, debe adaptarse a las realidades propias de cada Estado. Así pues, el modelo que adoptó Nicaragua, creemos es único en su diseño y alcance. Los legisladores nicaragüenses, definieron en la Ley No. 826, un modelo que podríamos delimitar con cuatro grandes pilares: legalidad, progresividad, integralidad y sistematicidad.
3 Texto de Ley N°. 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua”, con sus Reformas Incorporadas, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 21 del 2 de Febrero de 2015, disponible en link 4 Disponible en link 5 Ley No. 826, “Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 245 del 21 de diciembre de 2012, disponible en link 6 Ley No. 881, “Le y del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional”, fue publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 43 del 4 de marzo del 2015, disponible en link
Panorámicas: El digesto jurídico Nicaragüense
1. Legalidad. Una herramienta que tiene como objetivo depurar leyes debe tener valor de ley, y por tanto, someterse al proceso constitucional de formación de la Ley. El Digesto Jurídico Nicaragüense produce plenos efectos legales en el ordenamiento, depurando la basura legislativa y para ello, debe estar respaldado en una norma jurídica del más alto nivel jerárquico posible y logrado mediante la combinación de un proceso técnico y un proceso legislativo.
de Nicaragua no es un Digesto Legislativo, sino un Digesto Jurídico.
2. Progresividad. Al igual que el Digesto Jurídico Argentino, el Digesto nicaragüense está pensado para ser clasificado en Materias. No obstante, en el caso de Nicaragua, las Materias representan Digestos independientes y no únicamente una forma de clasificar las normas contenidas en él. El Digesto Argentino optó por procesar en un solo Digesto las 32,000 normas que fueron recopiladas y procesadas7, en cambio el Digesto de Nicaragua decidió procesar de forma progresiva cada Materia por separado. Estas Materias, debemos aclarar, no pretenden corresponderse con las ramas clásicas del derecho, sino con las temáticas de regulación desarrolladas en el texto constitucional de Nicaragua. Cada Materia requiere de un proceso independiente, por lo que al concluirse la labor, se espera contar con 31 Materias aprobadas cada una a través de una Ley específica.
4. Integralidad. El análisis jurídico al que es sometida cada norma jurídica dentro de cada Digesto se realiza no solo en base a las derogaciones expresas que se puedan identificar, sino en base a la investigación, la reflexión, la interpretación teleológica e histórica, el estudio jurídico exhaustivo de la vigencia de cada norma, contextualizándola con nuestra actualidad. La Ley No. 826 establece cinco grandes reglas o criterios a los que cada norma analizada debe ser sometida para probar su vigencia, lo que permite realizar un análisis completo e integral, estos son: a. Que no haya sido derogada de forma expresa por una norma posterior de igual o mayor jerarquía; b. Que no haya sido declarada inaplicable por inconstitucionalidad, determinada en resolución firme del máximo órgano judicial del país, la Corte Suprema de Justicia en Corte Plena. c. Que no haya cumplido su plazo o término de vigencia. d. Que no haya cumplido o agotado su objeto de regulación, en todo el alcance de la norma. e. Que no haya sido derogada totalmente de forma tácita por una norma posterior, de igual o mayor jerarquía.
3. Sistematicidad. En cada Digesto Jurídico, se incluyen los siguientes niveles normativos: I. Constitución política, leyes constitucionales y normas fundamentales históricas; II. Leyes ordinarias y códigos; III. Normas reglamentarias y de desarrollo; y IV. Los instrumentos internacionales multilaterales y bilaterales que el Estado de Nicaragua ha aprobado y ratificado constitucionalmente. Esto nos permite interpretar que el Digesto Jurídico Nicaragüense fue diseñado bajo la lógica de un sistema normativo estructurado en diferentes niveles, todos interrelacionados entre sí. Por esta razón el Digesto
Proceso de elaboración A como se indicó al inicio de este ensayo, cada Materia, se procesa primero de forma técnica, lo que inicia con la determinación de la Materia a elaborarse por parte del Presidente de la Asamblea Nacional y concluye con la entrega al mismo funcionario del Digesto de la Materia respectiva y una propuesta de Iniciativa de Ley para su tramitación y aprobación. El denominado: “Proceso de Elaboración” en la Ley No. 826, es un proceso técnico jurídico, a cargo de la Dirección General del Digesto Jurídico Nicaragüense que se divide
7 TELAM, “Julián Álvarez: El Digesto Jurídico democratiza la Justicia”, consultado el 24 de octubre de 2015 en el link
Nicaragua
según la referida Ley, en dos grandes etapas: Recopilación, compilación y ordenamiento jurídico y Análisis, depuración y consolidación normativa. No obstante, dicho proceso lo podríamos explicar de forma sintetizada en el esquema de la página siguiente. Como se puede observar en la Gráfica 1, posterior al análisis normativo, las leyes que resultan vigentes son sometidas a un procedimiento de consolidación, lo que permite elaborar textos actualizados de las normas, analizando e incorporándole de forma sistemática todas sus posibles afectaciones, expresas y tácitas, detectando así posibles problemas normativos surgidos de la propia evolución no solo de la norma sino de toda la materia objeto de estudio. En otros países, se les conoce como textos refundidos, en Nicaragua son textos consolidados. En la caracterización del Digesto Jurídico Nicaragüense, es necesario destacar la política de alianzas estratégicas que como Institución se desarrolla con las distintas instancias públicas que aplican la norma, lo que permite, desde una perspectiva preventiva, realizar consultas técnicas sobre la situación de vigencia de las normas analizadas con los aplicadores directos de las mismas, enriqueciendo así el análisis realizado, que incorpora no sólo elementos teóricos sino también prácticos. Proceso de aprobación El Proceso de Aprobación de cada Digesto es elementalmente el mismo proceso de formación de la Ley, regulado en la Constitución Política y en la Ley Orgánica del Poder Legislativo, que comienza con la presentación de una Iniciativa de Ley, firmada por el Diputado o Diputada Presidenta de la Asamblea y concluye con su publicación definitiva en La Gaceta, Diario Oficial. Los pasos de la tramitación legislativa los podríamos resumir en la siguiente gráfica:
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Nicaragua
Red de Expertos en Parlamentos
GRÁFICO 1. DIAGRAMA DEL PROCESO DE ELABORACIÓN DE UN DIGESTO
DESIGNACIÓN DE LA MATERIA POR EL PRESIDENTE DE LA AN
DELIMITACIÓN DE TEMÁTICAS
RECOPILACIÓN Y COMPILACIÓN
ANÁLISIS Y DEPURACIÓN
CONSOLIDACIÓN DE NORMAS
PREPARACIÓN Y REVISIÓN FINAL
ENTREGA AL PRESIDENTE DE LA AN
Fuente de elaboración propia
GRÁFICO 2. DIAGRAMA DEL PROCESO DE APROBACIÓN DE UN DIGESTO
PRESENTACIÓN DE LA INICIATÍVA DE LEY
INCLUSIÓN EN LA AGENDA LEGISLATIVA
LECTURA EN PLENARIO Y REMISIÓN A LA COMISIÓN RELACIONADA CON LA MATERIA
CONSULTA Y DICTAMEN DE LA COMISIÓN CORRESPODIENTE
DEBATE Y APROBACIÓN EN PLENARIO
REVISIÓN DE ESTILO
ENVÍO A PODER EJECUTIVO PARA SANCIÓN Y PROMULGACIÓN
PUBLICACIÓN EN LA GACETA, DIARIO OFICIAL
Fuente de elaboración propia
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Panorámicas: El digesto jurídico Nicaragüense
Existen algunas características especiales que agrega la Ley No. 826 al proceso ordinario, que diferencian a la Ley que aprueba cada Digesto del resto de leyes. 1. La Iniciativa de Ley para presentar la propuesta y darle trámite legislativo, la tiene el Diputado o Diputada que ocupe la Presidencia de la Asamblea Nacional. 2. En Comisión, que puede ser cualquiera de las 15 comisiones permanentes de la Asamblea, el órgano técnico, la Dirección General del Digesto Jurídico Nicaragüense, acompaña todo el proceso de la revisión y consulta. 3. El debate en Plenario gira en torno al articulado de la Ley de aprobación de cada Digesto, y no sobre cada norma incluida en el mismo. 4. El Poder Ejecutivo no tiene opción de veto, debido a que el Digesto como tal no implica una nueva legislación, sino que es una ley de leyes, de normas que en su momento fueron debidamente sancionadas y publicadas. Al darse la publicación oficial de cada Digesto, este entra en vigencia de forma inmediata, y establece dos grandes obligaciones, una para la Dirección General del Digesto Jurídico Nicaragüense, que queda facultada por Ley para actualizar de forma permanente y sistemática cada Digesto de acuerdo a la aprobación de nuevas normas que tengan relación con la Materia; y otra para las instituciones públicas vinculadas a ese Digesto, para adaptar todas sus normativas internas y remitir a la Dirección General del Digesto las nuevas normas que vayan aprobando para su respectivo estudio y análisis. Con esta breve introducción al Digesto Jurídico Nicaragüense, se puede tener una
idea general de una de las tantas buenas prácticas que el parlamento nicaragüense está desarrollando desde hace varios años atrás, hacia la modernización de la institución legislativa de Nicaragua. La “labor de hormiga” que realiza el Digesto nicaragüense, ordenando y depurando el sistema normativo del país, ya está trayendo beneficios tangibles para el país, incidiendo en la transparentización del derecho y el mejoramiento del clima de inversiones, dotando a los nicaragüenses y al resto del mundo de certeza y seguridad jurídica sobre el sistema normativo vigente, pilares fundamentales de nuestro Estado de Derecho. Concluyo con un extracto de un artículo publicado por el profesor José Calvo González: “Justiniano en Latinoamérica”8 en diciembre de 2011, que dice lo siguiente: “Ha señalado el valor de los Digestos Jurídicos Argentino y Nicaragüense en términos de base del Estado de Derecho, porque harán más factible la correcta aplicación de las normas por los órganos judiciales y más real el efectivo ejercicio por los ciudadanos de los derechos a que aquéllas habilitan. Ha mostrado el detalle de logros obtenidos y puesto de manifiesto, para en adelante y en lo pendiente, el programa de prioridades que son en sí mismas altamente reveladoras. Ha querido, en definitiva, servir de sextante para averiguar, a un punto sobre el horizonte, otras latitudes donde ahora las constelaciones normativas son más brillantes y visibles.”
Bibliografía -BUITRAGO, Sergio, “La Función Legislativa del Poder Ejecutivo en Nicaragua”, Tesis para optar al Grado de Magíster en Derecho Parlamentario y Constitucional, UNAN, León 2013, disponible en la web institucional de la Dirección General del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Asamblea Nacional. link -CALVO GONZÁLEZ, José, “Justiniano en Latinoamérica” en Cuadernos Electrónicos de Filosofía del Derecho, diciembre 2011, consultado en el link -Portal TELAM, “Julián Álvarez: El Digesto Jurídico democratiza la Justicia”, consultado el 24 de octubre de 2015. link -Ley No. 826, “Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 245 del 21 de diciembre de 2012. link -Ley No. 881, “Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional”, fue publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 43 del 4 de marzo del 2015. link -Texto de la Constitución Política de la República de Nicaragua con sus Reformas Incorporadas, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 32 de 18 de febrero de 2014. link -Texto de Ley No . 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua”, con sus Reformas Incorporadas, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 21 del 2 de Febrero de 2015. link
8 CALVO GONZÁLEZ, José, “Justiniano en Latinoamérica” en Cuadernos Electrónicos de Filosofía del Derecho, diciembre 2011, consultado en el link .
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Argentina
PANORÁMICAS
El ordenamiento
legislativo como contribución a la modernización de los parlamentos DIANA BICHACHI
Directora en la H. Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, Argentina Abogada
A
Al cabo de varias décadas de instalada, la idea de la necesidad de modernización de los parlamentos sigue hoy en día vigente. Surge, entre otros motivos, como consecuencia del incremento de la valoración negativa de la institución por parte de la sociedad y de la sensación de lejanía respecto a sus necesidades y prioridades. Modernizar es adaptar o cambiar una cosa antigua o anticuada dándole características de actualidad. Para que las instituciones no se vuelvan obsoletas, los cambios y las actualizaciones deben ser permanentes. El Parlamento no escapa a ello y, como consecuencia de sus peculiaridades, exige una búsqueda de herramientas singulares que contribuyan de manera idónea a esta necesidad de renovación. Modernización suele asociarse de manera rápida a la incorporación de los últimos adelantos tecnológicos y por ello muchos parlamentos se encaminaron hacia el mejor aprovechamiento de las tecnologías de la información, lo que se tradujo en la incorporación masiva de la informática en el trabajo parlamentario: desde el uso de equipos informáticos para el simple proceso de textos y presentaciones, hasta la creación e implementación de sistemas de información aplicados a la gestión legislativa y a la administración parlamentaria (sistemas de información legislativa, tableros electrónicos de votación y sistemas integrados de administración), como también el aprovechamiento de los recursos disponibles en Internet. Así fue que muchos parlamentos latinoamericanos se convirtieron en “modernos”, en el limitado sentido de haber incorporado nuevas tecnologías y métodos para apoyar y facilitar sus actividades, pero no se modernizaron en el sentido de evolucionar para lograr un verdadero acercamiento con el ciudadano.
Panorámicas: El ordenamiento legislativo como contribución a la modernización de los parlamentos
Si bien las nuevas tecnologías son un importante aporte, no son suficientes, porque la modernización debe trascender la mera incorporación de informática y debe poner foco en las funciones y expectativas que genera la institución. El Parlamento se distingue por ser la institución constitucional más conocida por los ciudadanos, en tanto detenta la representación de la voluntad popular y le cabe una función fundamental en un sistema democrático: el sancionar leyes que deben ser respuestas a las demandas sociales de quienes representan.
“La potestad legislativa configura la función básica que permite instrumentar un ‘Estado de Derecho’, en tanto esto significa un sistema gobernado, no por la voluntad de los hombres, particularmente aquellos que ostentan circunstancialmente el poder, en relación con casos o circunstancias particulares, sino gobernados por la ‘ley’, en tanto ella constituye la sustancia misma del derecho como técnica social específica de orientación de conductas” Joaquín V. González)
Por ello los procesos de modernización también deben apuntar al mejoramiento de la técnica legislativa y la metodología aplicada para el desarrollo de todas las funciones parlamentarias, así como a procurar programas de capacitación y entrenamiento del personal parlamentario y de los mismos representantes. Los parlamentos latinoamericanos en muchos casos iniciaron sus procesos de modernización basándose en iniciativas que llegaban desde el exterior, con perfiles diseñados por agencias de cooperación y entidades financieras internacionales o regionales, que se sumaron, en algunos casos, a los aportes nacionales. Argentina no fue la excepción pero con un detalle distintivo en cuanto se preocupó por la revalorización de la relación “parlamentario–representado” y puso el acento en la necesidad de mejorar el acceso al conocimiento de las leyes. El tema de la accesibilidad de la ley es trascendente en tanto la función legislativa es la más importante del parlamento y, como correlato, la ley está íntimamente ligada a la existencia de todos los seres humanos: desde su nacimiento hasta el final de su existencia, nada escapa a una regulación legal. Las leyes nos rigen, otorgan derechos, imponen obligaciones, sancionan, benefician. Podemos no conocerlas (de hecho lo más probable es que así sea) sin embargo nos afectan aun sin saberlo conscientemente. Y lo que es más importante: nos obligan. Por esto es apremiante que el destinatario de las normas tenga accesibilidad a ellas en tanto nuestro sistema de justicia descansa sobre el principio de que la ignorancia de la ley no excusa su cumplimiento. El principio ‘Ignorantia legis non excusat’ se fundamenta en una necesidad práctica imprescindible: el ordenamiento jurídico no podría subsistir sin la ficción de que las leyes son conocidas, y por lo tanto obligatorias, una vez que son publicadas. No podría quedar sujeta la obligación de cumplimiento al efectivo conocimiento de cada ciudadano. Los sistemas jurídicos han tenido que recurrir a esa ficción para garantizar el cumplimiento universal de la ley y para que el
Argentina
orden institucional no se derrumbe. Esta ficción implica que cuando una disposición normativa se publica en el medio oficial de difusión (Boletín o Diario Oficial), automáticamente se considera a todos los posibles destinatarios como conocedores de ella, aun cuando se sabe que esto nunca va a coincidir con la realidad. Es una ficción, que todos reconocen como tal, y que sin embargo obliga. Es una ilusión que podría ser eficaz en la antigüedad, cuando las leyes eran pocas y se anunciaban por bandos en las plazas, pero no en la actualidad cuando son tantas y algunas muy complejas. Modernizar es procurar hacer más eficiente una organización y que la misma cumpla más cabalmente el rol que le fue encomendado, de ahí la importancia de reconocer esta necesidad de hacer más accesible el conocimiento de la ley e incluirlo entre los aspectos a considerar. El Digesto Jurídico como herramienta eficaz para facilitar el acceso a las leyes Entre los motivos que se señalan como causa de la defectuosidad de las normas, de su imprecisión técnica, e incluso de su posible incoherencia se destaca la proliferación de las mismas. Por otro lado, el ordenamiento jurídico ha dejado de caracterizarse por las notas de estabilidad y permanencia que en algún momento sirvieron para dotar de fijeza al Derecho. La vigencia de las leyes es cada vez más fugaz. Esta inestabilidad es también un indicio de la mengua en la calidad, ya que en el corto tiempo requiere numerosas intervenciones ocasionando superposición y estratificación de la normativa. Ambos hechos, la inflación y la inestabilidad, producen la creciente opacidad del ordenamiento jurídico, la falta de transparencia. La certeza del Derecho en cuanto posibilidad real de sus destinatarios de conocer y cumplir sus prescripciones se ve resentida por la avalancha de producción normativa y por su continua modificación, sumándose también la complejidad y equivocidad del lenguaje en el que son expresadas las disposiciones legales. Como consecuencia de ello, los ciudadanos tienen cada vez más dificultad en reconocer cuál
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Argentina
es el derecho vigente. Frente al panorama de inflación e inestabilidad legislativa, el creciente deterioro de la calidad de la ley y la consiguiente dificultad para acceder al conocimiento de la misma, es necesario actuar valiéndose de las herramientas más aptas. El Digesto Jurídico es un recurso eficaz para combatir y solucionar los problemas derivados de la inflación y la contaminación legislativa. Digesto, viene del latín “digestium”, “digerere” y tiene que ver con ordenar, distribuir. El Digesto Jurídico es una obra que reúne, ordena y sistematiza la normativa existente posibilitando un mejor conocimiento del universo legal. El método consiste en tomar cada una de las ramas del derecho y revisarlas en todo su universo (lato sensu: leyes, decretos, etc.) y detectar aquello que ha quedado obsoleto, que ya fue cumplido o que es contradictorio tácitamente con alguna otra norma en vigor. La consolidación es la metodología más adecuada para afrontar la intervención y el ordenamiento de los textos legislativos ya que permite integrar en el acto de base todos los actos modificatorios, habiendo previamente realizado un análisis crítico del texto, tanto desde el punto de vista de la coherencia interna del acto como desde el punto de vista lingüístico. El Digesto en sentido estricto supone el grado más avanzado de las tareas de ordenamiento e incluye la utilización de la técnica de la consolidación normativa, consistente en reunir en un cuerpo legal la legislación de carácter general y permanente vigente, sobre todas las materias del derecho, sistematizada y ordenada, y que lleva implícita la utilización de instrumentos de investigación provenientes de varias disciplinas: la ciencia jurídica, la ciencia de la legislación, la lingüística, la epistemología, la lógica, la informática y las nuevas tecnologías de la información. Hacer un Digesto es, en última instancia, ordenar como se ordena una casa, para ubicar lo que se necesita, separar lo no se usa, desechar lo que se encuentra vencido, y conservar solo aquello que se utiliza, procediendo a sistematizarlo de manera tal que pueda ser fácil acceder a ello. La necesidad de ordenar y depurar no
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surge solo cuando hay inflación, sino que puede ser necesaria aun cuando las leyes no sean muchas. No deviene solo de la cantidad de normas sino más precisamente por la cantidad de “desechos” que se acumularon con el transcurrir del tiempo y que deben ser identificados para luego ser certeramente eliminados. No es un problema cuantitativo sino que es, fundamentalmente, un problema cualitativo. El concepto “contaminación legislativa”, tomado del derecho ambiental, fue acuñado y desarrollado por el profesor Antonio Martino, quien dijo que si bien es un elemento constitutivo de la contaminación el crecimiento desmesurado de algún tipo de elemento, sustancia o compuesto, lo que distingue este proceso es la existencia de “desechos”, que cuesta ser identificados para poder ser eliminados y de esta manera poder restablecer el equilibrio. Agrega Martino: “Así como en los procesos de contaminación ambiental los deshechos ineliminables constituyen generalmente el detonador, en materia legislativa la imposibilidad de eliminar las normas inservibles (por derogadas, por contradictorias, por supuestas, etc.) hace de alimentador de la hipertrofia descontrolada que provoca la falta de equilibrio entre la producción legislativa y la función de orientación de las conductas sociales a las que debe atender”. Fue por ello que, en el proceso de modernización tendiente a mejorar la accesibilidad al conocimiento de las leyes, Argentina apeló a las técnicas de ordenamiento y consolidación para depurar y ordenar el sistema jurídico, apuntando a remediar los problemas derivados de la inflación y contaminación legislativa y a facilitar un real conocimiento de la ley por parte de los ciudadanos. El proceso de modernización a partir del ordenamiento de la legislación: la experiencia de la República Argentina A mediados del año 1998, próximo a alcanzarse el número de veinticinco mil leyes sancionadas, el Congreso de la Nación Argentina sanciona la Ley N° 24.967 que fija los principios y el procedimiento para el ordenamiento de toda la normativa en un intento, inédito a nivel nacional hasta ese
momento, de facilitar el verdadero conocimiento de la misma. Esta tarea, de una envergadura colosal, se emprendió luego de diagnosticar que los principales fenómenos que dificultan el acceso al conocimiento de las leyes son: a) la inflación legislativa vinculada a la excesiva cantidad de disposiciones normativas; b) la contaminación legislativa vinculada con el crecimiento desordenado y la imposibilidad de eliminar los desechos, que en términos jurídicos son las leyes abrogadas por otras en modo tácito o cuyo cumplimiento se ha realizado o cuyo objetivo se ha vuelto obsoleto; c) la falta de claridad de las leyes. El resultado de la obra determinaría: a) Las leyes nacionales generales vigentes y su reglamentación. b) El derecho histórico argentino o derecho positivo no vigente, integrado por las leyes nacionales derogadas o en desuso y su respectiva reglamentación. La realización de la tarea fue encomendada a la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires luego de una licitación pública internacional organizada por el Ministerio de Justicia de la Nación. A partir de ahí se realizó un trabajo ciclópeo del cual no existían hasta ese momento antecedentes en otros países. Para tener una idea aproximada de la magnitud basta decir que se relevaron todos los registros desde el año 1853 hasta la actualidad, procediéndose a la lectura y análisis de más de 100.000 documentos. El proyecto se ejecutó en dos etapas: la primera de ellas fue la que correspondía al análisis normativo y documental y la segunda se dedicó al análisis epistemológico. Desde el punto de vista normativo se analizó el universo con el objeto de dar cuenta de todas las modificaciones, derogaciones o abrogaciones expresas acaecidas sobre la normativa determinando todas las relaciones y vinculaciones existentes. Mediante el análisis documental se las clasificó, según las materias principales fijadas previamente en la Ley del Digesto Jurídico que determinó además que debían identificarse con una letra que individualizara la rama de la ciencia del Derecho a la que correspondía. Cumpliendo con la manda de la ley se ex-
Panorámicas: El ordenamiento legislativo como contribución a la modernización de los parlamentos
cluyeron del relevamiento aquellas disposiciones de alcance particular o individual en tanto la idea del Digesto es ordenar la normativa que afecta a la generalidad de las personas, porque su interés trasciende lo meramente individual y además porque son las más modificadas y por lo tanto soportan la mayor cantidad de fragmentaciones y otras alteraciones. Concluido el cometido de selección, relevamiento, análisis, e identificación temática, comenzó la segunda etapa, la del análisis epistemológico y determinación de la normativa efectivamente vigente. El análisis de cada una de las ramas del derecho estuvo a cargo de un académico designado como especialista en la materia. Fueron los responsables de detectar las incoherencias, contradicciones, superposiciones y otros defectos, individualizando, además, aquellas disposiciones normativas que perdieron su efectividad por haber cumplido o agotado su objeto y las que debían ser eliminadas en forma expresa del sistema jurídico vigente, por hallarse reemplazadas implícitamente por otras, sancionadas con posterioridad. El resultado final permitió determinar: - el grupo de leyes en vigencia que pasó a constituir el cuerpo del Digesto, - el grupo de aquellas que habían sido abrogadas expresamente, - el grupo de aquellas que habían caducado por haber cumplido el objeto para el cual habían sido sancionadas, o vencido su plazo, - el grupo de aquellas reemplazadas tácitamente y que debían ser eliminadas en forma expresa, para sacarlas definitivamente del sistema jurídico. La normativa que no integró el Digesto pasó a constituir el orden jurídico histórico. De las disposiciones normativas efectivamente vigentes se realizó su texto actualizado y del resto se presentó un informe con la justificación jurídica que fundamentaba la pérdida de vigencia. Se pudo concluir así que de un universo cercano a las veintisiete mil leyes sancionadas, al momento de concluir la tarea, poco más de tres mil de carácter general estaban efectivamente vigentes. Finalmente la sanción de la Ley Nº 26.939, que aprobó el Digesto Jurídico Argentino, en mayo del año 2015, fue el reconocimiento
a la extraordinaria tarea de reformulación general de la legislación que insumió más de una década. El proceso de consolidación como una herramienta de modernización sustentable Modernizar el Parlamento es una tarea compleja, difícil e inevitablemente lenta, que se debe fundar en una firme voluntad política, sobre la cual los aspectos técnicos cobrarán sentido y valor si son sustentables. El hecho que la República Argentina cuente hoy con un Digesto Jurídico de leyes nacionales tiene una enorme trascendencia institucional ya que el mismo constituye una herramienta que sirve tanto al legislador, al juez, al profesional como a todos los ciudadanos y democratiza el acceso a la información legal. No obstante ello la conquista sería magra y se diluiría prontamente si no se previeran mecanismos para su perdurabilidad. En el proyecto argentino hay dos datos que tienen que ver con la sustentabilidad del logro obtenido y la perdurabilidad en el tiempo de lo alcanzado. El primero de ellos es que por ley se dispuso la creación de la Comisión Bicameral Permanente del Digesto Jurídico Argentino como continuadora de la Comisión Bicameral de Seguimiento y Coordinación para la Confección del Digesto que funciona en el ámbito del Honorable Congreso de la Nación. Y este dato es de gran relevancia en tanto una obra como el Digesto tiene una naturaleza dinámica en su misma esencia. No es documento pétreo sino por el contrario exige una continua actualización ya que en el momento mismo que se leen estas líneas, puede estar sancionándose una ley que podría estar afectando el cuerpo consolidado. De ahí la importancia de contemplar su actualización permanente. El segundo dato de importancia es la elogiable decisión de contar con la asistencia técnica de la Dirección de Información Parlamentaria de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación (DIP). La DIP es una dependencia centenaria del Congreso de la Nación que se destaca por la excelencia de los servicios que brinda tanto a autoridades, legisladores, comisiones, bloques de ambas Cámaras como a otros organismos e instituciones.
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El personal que lo integra, seleccionado desde una perspectiva interdisciplinaria que incluye abogados, contadores, traductores públicos, politólogos, por nombrar solo algunos, se destaca por su capacitación y eficiencia que se evidencia a la hora de brindar sus servicios. Su intervención en el proceso de mantener actualizado el ordenamiento garantiza la calidad de la tarea a realizar. El procedimiento de actualización también está previsto disponiendo que al menos una vez por período parlamentario, la DIP elevará a consideración de la Comisión Bicameral el detalle de las actualizaciones que propone introducir al Digesto Jurídico Argentino, la misma aprobará las actualizaciones por el voto de la mayoría simple de sus integrantes y emitirá el dictamen para su aprobación por el Honorable Congreso de la Nación, alternando cada año la Cámara de inicio. La aprobación de las actualizaciones por ambas Cámaras importará su incorporación de pleno derecho al Digesto Jurídico Argentino. Por último corresponde reconocer otro logro importante, como es el efecto demostración que significó la sanción de la Ley Nacional del Digesto Jurídico Argentino y el posterior desarrollo del proyecto que funcionó como catalizador al instalar la idea de la necesidad de ordenar los diferentes sistemas normativos que conviven a diferentes niveles. Muchas provincias argentinas, inspiradas en el proyecto nacional, iniciaron procesos de ordenamiento de sus propios sistemas normativos. Entre los que lograron concretarlo con éxito, podemos mencionar, por haber trabajado en ellos los de las provincias: Chubut, Río Negro, Misiones, San Juan, Ciudad de Buenos Aires y en la actualidad está próximo a concretarse el proyecto de la Provincia del Chaco. Hubo además municipios de diferentes regiones del país que se sumaron a estos procesos de modernización. Concluyendo, modernizar de este modo, con esta herramienta, contribuye sin duda al fortalecimiento de la institución parlamentaria y del sistema democrático, colaborando en la recuperación de su prestigio y especialmente revinculándola con la ciudadanía, destinataria principal de todo su accionar.
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Perú
PANORÁMICAS
La iniciativa
legislativa ciudadana en el Perú
GIOVANNI FORNO FLÓREZ Secretario Técnico de Comisiones Ordinarias del Congreso de la República del Perú
L
La iniciativa legislativa es el derecho por medio del cual la Constitución habilita a determinados sujetos para ejercer la función legislativa, esto es, la presentación de proyectos o proposiciones de ley y, de esta manera dar inicio al procedimiento legislativo cuyo objetivo último es la aprobación de las leyes. Durante muchos años, el Derecho Constitucional preservó la iniciativa legislativa solo para otorgarla al órgano legislativo por excelencia, el Parlamento, y para su contraparte, el Poder Ejecutivo. Aún hoy en día, el marco constitucional de países latinoamericanos como México u Honduras, reservan el derecho de iniciativa para los poderes antes indicados. Sin embargo el constitucionalismo moderno, especialmente en el siglo XX, amplió el derecho de iniciativa legislativa1. Así, algunos textos constitucionales le han otorgado facultad de iniciativa legislativa al tercer poder, clásico, del Estado, el Poder Judicial. Este es el caso de las constituciones de Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá, Paraguay, República Dominicana y Venezuela.
1 En la legislación española, las primeras referencias a la iniciativa legislativa ciudadana se remontan a la Constitución de la Segunda República de 1931, en cuyo artículo 66 reconocía al pueblo el ejercicio del derecho de iniciativa (Astarloa, 2002 - 2003).
Panorámicas: La iniciativa legislativa ciudadana en el Perú
Los tribunales electorales y las cortes constitucionales también han sido favorecidos con el derecho de iniciativa legislativa. Los textos constitucionales de Colombia, Ecuador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, República Dominicana y Venezuela, empoderan a los primeros en esta materia; en tanto que las de Colombia y El Salvador, le confieren el derecho a los segundos. Las corporaciones subnacionales de gobierno, llámense municipalidades, ayuntamientos o asambleas son consideradas en las constituciones de Ecuador, El Salvador, España, Nicaragua y Venezuela. Otras entidades u organismos del Estado reciben también de su ordenamiento constitucional, con menor incidencia, el derecho de iniciativa legislativa. Es el caso del Consejo de Estado (Colombia), la Procuraduría General (Colombia, Ecuador y Panamá), la Contraloría General (Colombia y Ecuador), la Fiscalía de la Nación (Colombia y Ecuador) y la Defensoría del Pueblo (Colombia y Ecuador). Sin embargo, las constituciones latinoamericanas, siguiendo las corrientes modernas del constitucionalismo europeo, especialmente las españolas y las alemanas, han venido incorporando en sus cartas fundamentales el otorgamiento del derecho de iniciativa legislativa fuera de la estructura estatal, concediéndole el derecho al ciudadano. Así ha sucedido en los ordenamientos jurídicos constitucionales de Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Nicaragua, Paraguay, Uruguay y Venezuela. En Europa, consideran la iniciativa legislativa ciudadana (o popular, conforme a la legislación española, en los ordenamientos
constitucionales de Austria, Alemania, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Polonia, Portugal, Rumania, Eslovenia, España, Países Bajos y el Reino Unido2. La iniciativa legislativa ciudadana permite que, cumpliendo determinados requisitos, la gente común y corriente, ciudadanos de a pie, puedan hacer echar a andar la maquinaria legislativa, presentando proyectos de ley. La iniciativa legislativa en el Perú De acuerdo al artículo 107 de la Constitución Peruana de 1993, tienen iniciativa legislativa los congresistas, el Presidente de la República, las instituciones públicas autónomas3 (Corte Suprema, Ministerio Público, Consejo Nacional de la Magistratura, Contralor General de la República, Defensor del Pueblo, Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, Banco Central de Reserva, Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y Tribunal Constitucional), las entidades subnacionales de gobierno (estos son los gobiernos regionales y las municipalidades), los colegios profesionales y los ciudadanos. La primera Constitución del Perú, aprobada en 1823, le otorgaba la facultad de iniciativa legislativa sólo y exclusivamente al Parlamento. Once años después, la Constitución de 1834 amplió el derecho en beneficio del Presidente de la República. La Constitución de 1867 incluyó al Poder Judicial. En el siglo XX, las constituciones de 1920 y 1979 consideraron niveles subnacionales de gobierno4. Es la última Constitución Peruana, la de 1993, la que amplía considerablemente el
Perú
derecho de iniciativa legislativa, habilitando a 17 sujetos para la presentación de proyectos de ley. En dicha constitución, por primera vez se reconoce el derecho de iniciativa legislativa ciudadana: “Artículo 107.- El Presidente de la República y los Congresistas tienen derecho a iniciativa en la formación de leyes. También tienen el mismo derecho en las materias que les son propias los otros poderes del Estado, las instituciones públicas autónomas, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y los colegios profesionales. Asimismo lo tienen los ciudadanos que ejercen el derecho de iniciativa conforme a ley.” La iniciativa legislativa ciudadana. Como puede verse, la Constitución peruana, de 1993, otorga el derecho de iniciativa a la ciudadanía, pero enmarca su ejercicio dentro de la ley. Hubo que esperar hasta mayo de 1994, para que la ciudadanía dispusiese del marco legal que le permitiera ejercer el entonces recientemente derecho constitucional otorgado. Esa ley, vigente hasta el día de hoy es la Ley 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos. 1. El marco legal La Ley 26300 establece las condiciones, requisitos y derechos dentro de los cuales se ejerce la iniciativa legislativa ciudadana, pero también establece las obligaciones que debe cumplir el Congreso de la República en el procedimiento legislativo de dichas iniciativas. Requisitos de la iniciativa: • Para poder presentar una iniciativa ciuda-
2 Freixes Sanjuán y Poptcheva (2009). 3 Son instituciones públicas autónomas, todas aquellas que se encuentran reguladas por la Constitución; aunque sólo en el caso del Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, el Jurado Nacional de Elecciones, los Gobiernos Regionales y las Municipalidades, tal facultad se le reconoce expresamente, conforme lo disponen, respectivamente, los artículos 159 inciso 7, 162, 178, 192 inciso 9 y 195 inciso 9 de la Constitución Política. 4 La Constitución de 1920 se refiere a los Congresos Regionales en el numeral 3 de su artículo 101; y, la de 1979 se refiere a: el órgano de Gobierno de la región en las materias que les son propias, en su artículo 190.
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Perú
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dana en el Perú, el o los ciudadanos interesados o promotores deben recabar las firmas de, al menos, el equivalente al 0.3% de la población electoral5. • La iniciativa debe redactarse en forma de proyecto articulado. Condiciones: • La iniciativa legislativa ciudadana comprende todas las materias con las mismas limitaciones que sobre temas tributarios o presupuestarios tienen los congresistas de la República. Obligaciones del Congreso: • El Congreso debe ordenar la publicación de la iniciativa en el diario oficial, que en el Perú se denomina, El Peruano. • La iniciativa legislativa recibe preferencia
en el trámite. En ese sentido, el Congreso de la República debe dictaminar y votar el correspondiente proyecto de ley en un plazo máximo de 120 días calendario. Derechos: • Quienes presentan la iniciativa legislativa ciudadana pueden nombrar a dos representantes para sustentar y defender el proyecto de ley ante la comisión dictaminadora del Congreso. • Si la iniciativa legislativa ciudadana es rechazada por el Pleno del Congreso, puede ser sometido a referéndum a fin de que la población decida finalmente el rechazo al mismo o, por el contrario, su convalidación. • Si los promotores de la iniciativa consideran que el proyecto aprobado por el Con-
greso, con las modificaciones introducidas en el procedimiento legislativo, desvirtúa la finalidad primigenia de la proposición, pueden solicitar referéndum para consultar a la ciudadanía sobre su aprobación. 2. Uso de las facultades de iniciativa legislativa ciudadana Como en la mayoría de los parlamentos en el mundo, la mayor actividad legislativa proviene del propio Congreso o del Poder Ejecutivo. En el Perú, la situación no es diferente. La incidencia de las iniciativas legislativas ciudadanas en el conjunto de las iniciativas presentadas ante el Congreso de la República es muy pequeña, como puede observarse en el siguiente cuadro:
INCIDENCIA DE LAS INICIATIVAS LEGISLATIVAS CIUDADANAS PERIODO
CONGRESO
PODER EJECUTIVO
INICIATIVA CIUDADANA
OTROS
TOTAL
% DE LA IC EN EL TOTAL
1995 - 2000
5,231
427
0
14 9
5,80 7
-
2000 - 2001
1,734
179
1
52
1, 966
0. 51%
2001 - 2006
13,653
81 8
11
3 59
14, 841
0.07%
2006 - 2011
3,7 40
79 6
11
364
4,911
0.22%
2011 - 20166
4,324
475
6
205
5,010
0.12%
Fuente : Portal del Congreso de la República. Elaboración propia
5 Conforme a la información proporcionada por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), actualmente el 0,3% de la población actual son 68,529 ciudadanos. 6 Información actualizada al 20 de noviembre de 2015.
Panorámicas: La iniciativa legislativa ciudadana en el Perú
Como puede verse, la incidencia de las iniciativas legislativas ciudadanas en el conglomerado de la carga legislativa en el Parlamento Peruano es ínfima, no sólo en términos numéricos (29 iniciativas en casi 20 años), también en términos porcentuales.
En su menor momento, en el Período Legislativo 2000 – 2001, fue el 0,51% del total de proyectos de ley presentados. En términos numéricos, tuvo un inicio muy incipiente (una sola iniciativa en el Período Legislativo 2000-2001), sin embargo se
Perú
multiplicaron exponencialmente en el siguiente Período. No obstante, el número de iniciativas se ha reducido a, prácticamente la mitad, en el presente Período Legislativo.
EVOLUCIÓN DE LAS INICIATIVAS LEGISLATIVAS CIUDADANAS
3 Eficacia de las iniciativas legislativas ciudadanas Independientemente de la incidencia de las iniciativas legislativas ciudadanas en el contexto de las proposiciones legislativas que recibe el Congreso de la República del
Perú, es importante evaluar la eficacia de estas iniciativas, es decir, medir su resultado. En este campo, lamentablemente, los números también son muy pobres. Como puede verse en el siguiente cuadro, de las 26 iniciativas legislativas ciudadanas presenta-
das ante el Congreso de la República desde que la Constitución Política consagró este derecho, solo se han convertido en leyes 7 iniciativas:
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EFICACIA DE LAS INICIATIVAS LEGISLATIVAS CIUDADANAS PERIODO
INICIATIVA CIUDADANA
COMISIÓN NO DICTAMINÓ
DICTAMEN NEGATIVO
DICTAMINADO PERO NO DEBATIDO
APROBADA COMO LEY
APROBADO COMO LEY CON REFERÉNDUM
TOTAL
1995 - 2000
0
0
0
0
0
0
0
2000 - 2001
1
-
-
1
1
-
1
2001 - 2006
11
3
4
1
2
1
3
2006 - 2011
11
6
4
0
1
-
1
2011 -20167
6
4
0
0
2
-
2
TOTAL
7
Fuente : Portal del Congreso de la República. Elaboración propia Como puede verse, solo la cuarta parte, 7 de 29 iniciativas legislativas ciudadanas, han logrado convertirse en Ley8. No obstante debe reconocerse que las materias que se han legislado por medio de este mecanismo son de gran importancia económica y social, lo cual podría estar relacionado con los promotores: Período Legislativo 2000-2001: • Ley 27396, Ley que suspende los efectos del Decreto Ley 25882, que incluye a la Empresa Nacional de Puertos del Perú (ENAPUPERÚ) en el proceso de privatizaciones, promovida por la Federación de Trabajo de la Empresa Nacional de Puertos. Período Legislativo 2001-2006:
• Ley 27677, Ley que dispone la devolución de dinero del Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI), a los trabajadores que contribuyeron a dicho Fondo, promovida por la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú9. • Ley 28244, Ley que excluye a la Empresa Petróleos del Perú (PETROPERÚ) de las modalidades de promoción a la inversión privada en empresas del Estado previstas en el Decreto Legislativo 674, promovida por el Sindicato Unificado de Trabajadores del Petróleo, Energía, Derivados y Afines de la Región Grau10. • Ley 28278, Ley de Radio y Televisión, promovida por la ONG Veeduría Ciudadana.
Período Legislativo 2006-2011: • Ley 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, promovida por la ONG Foro de la Sociedad Civil en Salud, por los colegios profesionales de salud y por la Coordinadora de Organizaciones Sindicales, Sociales de Base y Gremiales de Productores. Período Legislativo 2011-2016: • Ley 29973, Ley General de Personas con Discapacidad, promovida por la ONG Sociedad y Discapacidad y la Confederación Nacional de Discapacitados del Perú. • Ley de Protección y Bienestar Animal, promovida por la ONG Sociedad y Discapacidad y la Confederación Nacional de Discapacitados del Perú11.
7 Información actualizada al 20 de noviembre de 2015. 8 A pesar que los números resultan pesimistas, es necesario notar que los resultados de la iniciativa legislativa ciudadana en el Perú tienen un rendimiento superior a los resultados que se encuentran en Europa. En Austria la efectividad (al año 2002) es de 21%; en Italia (al 2005), es de 13.6%; en España (al 2009), es de 3.1%. (Freixes Sanjuán y Poptcheva, 2009). 9 Esta Asociación se convirtió en el Partido Político Fonavistas del Perú, actualmente denominado Democracia Directa. 10 La Región Grau hace referencia al departamento de Piura, al norte del Perú. 11 Aprobada por el Pleno del Congreso de la República en la sesión plenaria realizada el jueves 19 de noviembre de 2015, pendiente de promulgación.
Panorámicas: La iniciativa legislativa ciudadana en el Perú
Reflexiones finales Si bien es cierto, conferirle al ciudadano organizado el derecho de iniciativa legislativa es un gran avance en la consolidación de los Derechos Civiles y Políticos, resulta más que evidente que la principal valla para su ejercicio pleno está en el alto número de firmas, 68,529, que se requieren. Debe tenerse en cuenta que no sólo se trata de obtener las firmas; se requiere una logística que implica recursos económicos importantes. De otro lado, resulta igualmente evidente que las disposiciones legales respecto de la tramitación de las iniciativas legislativas ciudadanas, especialmente aquella referida a la preferencia en el trámite y en la que obliga al Congreso de la República a dictaminar y votar estas iniciativas en un plazo máximo de 120 días calendario. Finalmente, a pesar de que existen experiencias exitosas, resulta claro que no se ha podido consolidar una cultura ciudadana, dada la cantidad de iniciativas ciudadanas cuyos correspondientes procedimientos legislativos han quedado inconclusos, lo que resulta ser un indicativo de que las agrupaciones promotoras no han sido lo suficientemente consolidadas y/o interesadas como para hacer valer sus derechos en sede legislativa.
Perú
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Parlasur: una integración con los pueblos dentro CECILIA MERCHÁN
Diputada nacional (m.c.), diputada electa para el PARLASUR y actual Coordinadora del Comité Ejecutivo de lucha contra la trata y la explotación de personas y para la protección y asistencia de las víctimas
E
ste año por primera vez votaremos en la Argentina a quienes nos representarán en el Parlamento del Mercosur (PARLASUR). A pesar de resultarnos novedoso, este espacio de integración regional existe desde el año 2007 con representación indirecta y es necesario que podamos explicar de qué se trata y por qué es tan importante. El Parlasur es el órgano de representación de los pueblos del Mercosur y tiene su sede en la ciudad de Montevideo, Uruguay. Se compone de una Cámara, en la que los pueblos de los cinco Estados Parte del mercado Común del Sur están representados en forma proporcional a su cantidad de habitantes. Así, a Brasil le corresponden 75 bancas, 43 a Argentina, 33 a Venezuela, 18 a Paraguay y 18 a Uruguay. En este último tiempo se sumó también Bolivia, quien contará con sus propios representantes. En este espacio se espera que los parlamentarios no se agrupen de acuerdo a su nacionalidad, sino a su ideología, trayectoria o pertenencia partidaria ya que representan a la totalidad de los pueblos de esta región del sur del continente y no solo a los habitantes de su país. En el año 2020, la totalidad de los parlamentarios deberá ser elegida por el voto directo de los ciudadanos de los distintos países. El Parlasur tiene sus propias competencias: 1) Participar con carácter consultivo en la elaboración de dictámenes sobre los proyectos de normas del MERCOSUR que requieran aprobación legislativa en uno o varios Estados Parte. 2) Solicitar informes a los órganos decisorios y consultivos del MERCOSUR, que requieran aprobación legislativa en uno o varios Estados Parte. 3) Presentar proyectos de normas para consideración del CMC (Consejo del Mercado Común). 4) Organizar reuniones públicas sobre cuestiones vinculadas al desarrollo del proceso de integración con entidades de la sociedad civil y los sectores productivos.
Parlasur: una integración con los pueblos dentro
DISTRIBUCIÓN DE BANCAS EN EL PARLASUR
BRASIL 75 ARGENTINA 43 VENEZUELA 33 PARAGUAY 18 URUGUAY 18 Total 187
La posibilidad de que los pueblos podamos elegir de modo directo a nuestros representantes fortalece, acelera y da impulso a este proceso de integración regional tan importante para nuestros países. Es muy bueno que haya parlamentarios que tengan que recorrer el país, visitar los otros países del MERCOSUR y que dediquen el ciento por ciento de su tiempo en fortalecer la integración y superar las dificultades. Existen muchas razones para apoyar y fortalecer el Parlasur. La primera y quizás más obvia de estas razones tiene que ver con un mundo multipolar que ha ido conformando distintos espacios de integración regional para hacer frente a las diversas dificultades que los países tienen, el más claro ejemplo de esto es la Unión Europea. Estos procesos de integración no son lineales y no han sido siempre iguales o con mismos objetivos En nuestra región el Mercosur surgió dentro de un período (año 1991) de políticas neoliberales y regionalismo abierto que le dieron un carácter netamente mercantilista. En el año 2005 se intentó impulsar desde los Estados Unidos una integración continental llamada ALCA (Asociación de Libre Comercio de las Américas) que se suponía en esos mismos términos. Fue en ese año que liderados por Brasil con Lula Da Silva, Venezuela con Hugo
Chávez y nuestro país con el Presidente Néstor Kirchner, los pueblos de la región le dijimos no a ese proceso de mercantilización de la integración priorizando los intereses nacionales, nuestras economías y sobre todo nuestras voluntades populares. La región había cambiado, y la mirada acerca de nuestros países hermanos también, cómo queríamos integrarnos y con qué objetivos ya no era igual. A diez años de ese proceso estamos en otra discusión en nuestros países, una que nos prioriza frente a cualquier interés mezquino y extranjero. No existe proceso regional exitoso en el mundo que sea solo impulsado por sus poderes ejecutivos; los problemas que puedan surgir de la integración hay que solucionarlos con más y mejor integración y en ese sentido va la decisión de nuestro país de avanzar con la elección directa de los parlamentarios. El Parlasur nos permitirá profundizar los lazos entre nuestros países en todas sus dimensiones: productivas, sociales, culturales y educativas. Quienes hoy dudan de la importancia y funcionalidad de este espacio son los mismos que se oponen a los procesos de integración regional, que prefieren que esos acuerdos los hagamos en soledad y con las grandes potencias beneficiando a unos pocos solamente. Son quienes apo-
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yaron y aún hoy apoyan el libre mercado sin regulación estatal. Desde nuestro lugar vamos a fortalecer la diplomacia parlamentaria necesaria para afianzar los vínculos regionales y hacer crecer entre todos al Mercosur y a cada uno de sus países. La integración es imprescindible para el desarrollo sustentable de nuestros pueblos. La conformación de un bloque regional nos permite fortalecernos ante la globalización y minimizar los riesgos que ella implica. Profundizar el Parlasur es darle cada vez más institucionalidad al Mercosur, porque sabemos que sin integración no hay desarrollo sustentable posible. Como parlamentaria impulsaré muchos de los derechos y políticas que nuestro país ha conquistado en esta última década. Propondremos la creación de mecanismos y estructuras regionales que ayuden a combatir y penalizar los delitos transfronterizos como la trata de personas, el narcotráfico y el lavado de dinero. ¿Cómo pensar en combatir estos temas que nos involucran a todos los países sin tener acciones coordinadas? Por otro lado, necesitamos facilitar en la región el reconocimiento y la validación de títulos académicos en todos los países del Mercosur, y en esta materia educativa estamos proyectando también una Universidad de la Patria Grande que nos permita, por medio de las nuevas tecnologías, generar aún más lazos entre nuestros pueblos. En materia de diplomacia más tradicional promoveremos una legislación común que coloque la recuperación del ejercicio de la soberanía de Malvinas y
la defensa de los recursos naturales del Atlántico Sur como causa nacional, en definitiva, latinoamericana. Asimismo, tenemos mucho para aportar en otros derechos: de inclusión, diversidad sexual y protección de las mujeres y de los trabajadores. En este sentido, llevaremos al Parlamento del Mercosur nuestra excelente Ley de identidad de Género, para que nuestros países hermanos se apropien de esta legislación y podamos así generar las condiciones para que las personas trans y travestis de nuestra región no tengan que migrar necesariamente a la Argentina para poder vivir con libertad sus identidades. Nuestra ley de migraciones reconoce el Derecho Humano a migrar y estamos convencidos que eso es así. Pero también queremos que todas las personas puedan disfrutar de iguales derechos en todos los países que conformamos este espacio regional. Queremos generar políticas regionales que nos ayuden a erradicar al machismo de la matriz social de nuestros pueblos, con políticas públicas y legislaciones que protejan a la mujer y generen otras condiciones de relacionamiento en nuestras sociedades. En esto también la Argentina tiene mucho para compartir y seguramente podremos nutrirnos de lo que se viene haciendo en otros lados. En materia de derechos laborales tenemos una larga historia de sindicalización y derechos que es necesario que podamos poner en común y discutir con el resto de los países; nuestras recientes leyes de trabajadoras de casas particulares y de trabajadores agrarios son ejemplo de ello. En definitiva, seguir profundizando los procesos de integración, con institucionalidad y con los pueblos adentro, nos permitirá ser más fuertes frente a las vicisitudes del mundo y sobre todo frente a la nueva ofensiva de la derecha en nuestra región. Este proceso de integración es una herramienta más para profundizar las transformaciones de todos estos años.
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ACTIVIDADES de la Red
FOROS DE EXPERTOS
4 Efectividad de la capacitación en la tarea diaria en los Parlamentos 4 El ciudadano como víctima de las normas. La creación del derecho y su aplicación 4 Los principios de buena regulación. Su alcance en relación con el eventual control jurisdiccional de las normas
FOROS TEMÁTICOS
4 La modernización parlamentaria y la necesidad de implementar sistemas de Gestión de la calidad 4 La regeneración política y su reflejo en el parlamento 4 Comisiones de Investigación en los Parlamentos Unicamerales y Bicamerales 4 Novedades en la jurisprudencia sobre el procedimiento legislativo
WEBINARIOS
TALLERES VIRTUALES
4 Derecho al olvido en Internet 4 La aplicación de la legislación sobre transparencia en las Administraciones Públicas 4 La documentación jurídica española y de la UE: uso y aplicación en América Latina
4 El Empoderamiento de las Mujeres. Perspectivas Nacionales y Globales, 1ª Edición
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Red de Expertos en Parlamentos
FORO TEMÁTICO LA REGENERACIÓN POLÍTICA Y SU REFLEJO EN EL PARLAMENTO FECHAS
8 al 19 de abril
OBJETIVO GENERAL Debatir sobre las medidas que las democracias contemporáneas deben acometer para regenerar la política y adecuar las instituciones en general, y el Parlamento en particular, a las exigencias de las sociedades avanzadas del siglo XXI.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
-Reflexionar sobre hasta qué punto la regeneración política es necesaria. -Situar al Parlamento en el centro de dicho reflexión. -Proponer medidas que contribuyan a la regeneración política de un país.
REFERENCIAS
MODERADOR
José María Codes Calatrava
CONCLUSIONES
Pueden proponerse las siguientes medidas para favorecer la regeneración democrática: 3Impulsar las legislaciones en materia de Transparencia y buen gobierno, 3Fortalecer el principio de representación política mediante la verdadera democratización interna de los partidos políticos (elecciones primarias obligatorias en las que puedan votar todos los simpatizantes y afiliados a un partido). 3Utilizar razonablemente los elementos de democracia directa. 3Regular la actividad de los lobbies y de los grupos de interés. 3Establecer una regulación detallada, justa y transparente de la financiación de los partidos políticos. 3Fortalecer las capacidades de los Tribunales de Cuentas o de los órganos de Contraloría. 3Respetar la división de poderes, en especial en lo que afecta al Poder Judicial y al Parlamento: Y todas estas medidas, en la conciencia de que el regeneracionismo es una actitud, que requiere de una sociedad madura y con una cultura política desarrollada.
El Parlamento ante la crisis. Asociación española de Letrados de Parlamentos. Tecnos. 2014
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Actividades de la Red
FORO TEMÁTICO LA MODERNIZACIÓN PARLAMENTARIA Y LA NECESIDAD DE IMPLEMENTAR SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA CALIDAD FECHAS
3 al 15 de marzo
OBJETIVO GENERAL Reflexionar sobre la Necesidad de Modernización de nuestros Parlamentos tanto en su organización como en el procedimiento parlamentario.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS - Deliberar sobre la situación actual de nuestros Parlamentos como formadora de leyes que da respuesta a la sociedad. - Proponer planes de modernización para producir un cambio organizacional. - Plantear la implementación de Sistemas de Gestión de la Calidad
REFERENCIAS
MODERADOR
María Fabiola Wahnish
CONCLUSIONES 3 Los Parlamentos en Latinoamérica sufren crisis de representatividad, de imagen, credibilidad, legitimidad, y capacidad institucional. 3 Nuestros Parlamentos deben fortificarse, y buscar planes de modernización más amplios y urgentes . 3 La situación de cada Parlamento responde además a sus costumbres y situaciones propias de cada país, pero todos tienen un hilo conductor que es la resistencia al cambio y por ende a la Modernización. 3 Los programas de modernización deben lograr que legisladores, funcionarios y empleados se comprometan. 3 Los Sistemas de Gestión de Calidad integran una serie de actividades interrelacionadas cuyo objetivo final es mejorar la efectividad de una organización en su producción. 3 La calidad no es un fin en sí mismo sino un medio para plantear cambios verdaderos en las instituciones. Se necesitan medidas profundas que permanezcan más allá de los cambios de Legislatura.
- Norma ISO 9001 – 2008 - “Guía de Evaluación Modelo EVAM - Modelo de Evaluación, Aprendizaje y Mejora”. Madrid 2009. Agencia Estatal de evaluación de las políticas públicas y calidad de los servicios. - “Procedimiento Legislativo y la Calidad de las leyes”. Autores: Benigno Pendás García. Revista Española de Derecho Constitucional. ISSN 0211 5743 n° 10, n° 28. 1990. - Correa Miguel Ángel, Ferrel Noris, Nugent María Inés, Sorbellini Villafañe Liliana y Wahnish María Fabiola. “Derecho Parlamentario y Técnica Legislativa Investigaciones y conclusiones”. Córdoba: Legislatura de la Provincia de Córdoba, 2009. - Llopis Tavernet Juan; Conca Flor Francisco José; Tarí Guilló Juan José: “Cualidades de los Líderes para la Calidad: exigencias ante la adversidad”. Universidad de Alicante, 1999. - Moyano Estrada, Francisco: “Gestión pública y calidad: hacia la mejora continua y el rediseño de las instituciones del sector público” VII Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública, Lisboa, Portugal, 8 11 Oct. 2002. - Ubertone, Fermín: “La Calidad del Texto Normativo”. Congreso de Administración Pública, Córdoba, 2002. link
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Red de Expertos en Parlamentos
FORO DE EXPERTO EFECTIVIDAD DE LA CAPACITACIÓN EN LA TAREA DIARIA EN LOS PARLAMENTOS FECHAS
15 al 24 de mayo
OBJETIVO GENERAL
MODERADOR
Jorge Manuel Picchio
CONCLUSIONES
Contribuir a incorporar valor agregado permanente en las tareas cotidianas de la actividad legislativa.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Contribuir a: - mejorar el desempeño individual de los agentes legislativos; - perfeccionar el proceso de formación y sanción de leyes, - fortalecer la imagen institucional.
REFERENCIAS
3La capacitación permanente es imprescindible para la mejora individual de los agentes legislativos. 3La capacitación de los agentes legislativos debe formar parte de una estrategia global.
- Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Corrientes (Argentina). - Resolución nº 343/2010 de la Presidencia de la Cámara de Diputados de la Provincia de Corrientes (Argentina). - Norma IRAM 30702 – “Competencias Laborales en el órgano legislativo” comentado por Jorge Omar Rinaldi, Director del Instituto de Capacitación Parlamentaria de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe (Argentina) – 2013
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Actividades de la Red
WEBINAR DERECHO AL OLVIDO EN INTERNET FECHAS
26 de mayo
MODERADOR
OBJETIVOS
Analizar las implicaciones de la Sentencia de 14/5/14 del TJUE en la que entraban en juego dos derechos fundamentales: el acceso a la información y la protección de los datos personales (el llamado caso Google).
REFERENCIAS
Agustín Puente Escobar
CONCLUSIONES
3 La localización de la empresa que trata materialmente los datos no es relevante y no puede servir como excusa para evitar la aplicación de la legislación de protección de datos. 3 Los principios de protección de datos son sólidos y persisten con independencia del tiempo en que hayan de ser aplicados. 3 Los prestadores de servicios de motores de búsqueda realizan tratamientos de datos personales y tienen una determinada legitimación para ello. 3 Los prestadores de motores de búsqueda son responsables del tratamiento, aunque sean prestadores de servicios de intermediación. 3 El papel del motor de búsqueda no es accesorio o complementario del que corresponde al editor de la información, sino independiente de aquél. 3 Las obligaciones del motor de búsqueda y del editor son distintas y obedecen a criterios distintos. 3 El derecho al olvido no es nuevo, sino que participa de los derechos de cancelación y de oposición. 3 La licitud del tratamiento y su conformidad con los principios debe persistir durante todo el tiempo que dure el tratamiento.
Web del TJUE: link
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Red de Expertos en Parlamentos
FORO TEMÁTICO EL EMPODERAMIENTO DE LAS MUJERES. PERSPECTIVAS NACIONALES Y GLOBALES, 1ª EDICIÓN FECHAS
20 al 28 de julio
MODERADOR
Gemma Bardají
PROGRAMA
1. Objetivos 3 Familiarizarse con los instrumentos para la promoción de la mujer dentro del marco normativo internacional (Beijing, CEDAW etc.). 3 Identificar diferentes mecanismos de protección y promoción de las derechos de la mujer en su contexto nacional. 3 Intercambiar experiencias sobre los diferentes contextos socio - políticos y legislativos. 3 Identificar medidas adoptadas en ámbito legislativo y en los procesos políticos para la promoción de la equidad de género y los derechos de las mujeres. 2. Contenidos Este taller pretender estudiar el marco normativo internacional de derechos básicos de la mujer y su implementación a nivel nacional. Los participantes conocerán e intercambiarán experiencias sobre reformas constitucionales y legales, así como políticas públicas que promuevan la equidad de género y reduzcan la discriminación. Este taller también pretende crear un espacio de intercambio de buenas prácticas y lecciones aprendidas a la hora de implementar normas de derechos humanos y equidad de género internacionales en los diferentes contextos nacionales. En especial, se requerirá que se aporten las experiencias existentes en cada país para fortalecer y aumentar la presencia y la participación de mujeres en los Parlamentos nacionales y regionales.
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Actividades de la Red
FORO TEMÁTICO COMISIONES DE INVESTIGACIÓN EN LOS PARLAMENTOS UNICAMERALES Y BICAMERALES FECHAS
5 al 16 de agosto
OBJETIVO GENERAL Conocer la función y el funcionamiento de las Comisiones de Investigación tanto en los Parlamentos Unicamerales como Bicamerales.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
- Ponderar el trabajo de las Comisiones de Investigación como medio de Control Parlamentario. Profundizar sobre su función. - Conocer las Características y funcionamiento de las Comisiones de Investigación. - Discutir sobre las materias de investigación tanto en los Parlamentos Unicamerales como los Bicamerales. - Comparar las características de las Sesiones de las Comisiones de Investigación.
REFERENCIAS
MODERADOR
María Fabiola Wahnish
CONCLUSIONES
3 El Parlamentos utiliza las Comisiones de Investigación como un instrumento de control sobre el ejercicio del Ejecutivo. 3 En las Comisiones de Investigación son las minorías las que ejercen el control parlamentario sobre el accionar del Gobierno. 3 Sin embargo, también participan las mayorías, ya que la Comisión de Investigación se conforma con legisladores de todos los bloques políticos. 3 Las Comisiones de Investigación son comisiones especiales tanto en su conformación, objeto, tiempo de duración y funcionamiento. Las podemos encontrar en los regímenes presidenciales como parlamentarios, en los sistemas unicamerales y bicamerales 3 Las conclusiones que elaboran no constituyen simplemente una recopilación de la información obtenida sino un juicio sobre la misma. 3 La publicidad de las sesiones parlamentarias tanto del pleno como el de las comisiones es considerada como un principio esencial de los sistemas democráticos. 3 Con las comisiones de investigación se le da a la minoría la posibilidad de denunciar las irregularidades del Estado, pero la práctica parlamentaria nos muestra que los bloques mayoritarios, dependientes del Poder Ejecutivo, impedirán la efectividad del trabajo de estas Comisiones o hasta su constitución misma.
- BIDART CAMPOS, Germán. “Manual de Derecho Constitucional Argentino” y “Tratado Elemental de Derecho Constitucional Argentino”, Tomo I: Derecho Constitucional del Poder. Buenos Aires: Ediar, 1989. - GENTILE, Jorge. Derecho Parlamentario Argentino. Buenos Aires: Ciudad Argentina, 2008. - http://www2.congreso.gob.pe/sicr/cendocbib/con4_uibd.nsf - http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/2/641/31.pdf - http://www.congreso.es/cos/nsti/constitucion/indice/sinopsisinopsis - http://www.adminpublica.org.ar/Publicaciones/ ComisionesInvestigadorasFacultadesConstitucionalesParaSuIntegracion.pdf
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Red de Expertos en Parlamentos
FORO DE EXPERTO EL CIUDADANO COMO VÍCTIMA DE LAS NORMAS. LA CREACIÓN DEL DERECHO Y SU APLICACIÓN FECHAS
7 al 16 de septiembre
OBJETIVO
Destacar el valor de la técnica normativa en la elaboración del derecho con el objetivo de conseguir que la aplicación del ordenamiento sea posible.
REFERENCIAS
MODERADOR
Rosa María Collado Martínez
CONCLUSIONES 3 El exceso de normas es un problema común en cualquier ordenamiento moderno. 3 Las iniciativas para recopilar las normas vigentes en códigos o digestos tratan de superar esta dificultad y se han puesto en marcha en distintos países (Costa Rica, Argentina) con desigual apoyo institucional. 3 Los asesores parlamentarios también colaboran a este fin (identificar las leyes que suponen una verdadera novedad y utilidad). 3 La abundancia de normas tiene su origen en la necesidad de los Gobiernos y Parlamentos de justificar su labor política y afecta gravemente a la seguridad jurídica.
- Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno español. - Guía Metodológica para la elaboración de la Memoria del Análisis de Impacto Normativo, aprobada el 11 de diciembre de 2009 por Acuerdo del Consejo de Ministros.
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Actividades de la Red
FORO TEMÁTICO NOVEDADES EN LA JURISPRUDENCIA SOBRE EL PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO FECHAS
14 al 25 de octubre
OBJETIVO GENERAL Obtener una visión general de las decisiones de los Tribunales Constitucionales y de las Supremas Cortes de Justicia en relación con las cuestiones y trámites fundamentales que integran el procedimiento legislativo.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
- Estudiar las posiciones jurisprudenciales en relación con la incidencia de un vicio en el procedimiento legislativo en la posible inconstitucionalidad de una ley. - Determinar el alcance de la potestad de enmienda de los parlamentarios y fijar si se ha fijado un concepto jurisprudencial de enmienda. - Analizar las potestades que tienen los órganos de gobierno de las Cámaras a la hora de decidir sobre el inicio del procedimiento legislativo.
REFERENCIAS
MODERADOR
José María Codes
CONCLUSIONES
3 El procedimiento legislativo tiene una enorme relevancia por ser garantía de la correcta elaboración de las leyes y del papel de las minorías en dicho marco. Los vicios que impliquen que se ha distorsionado la voluntad de la Cámara deben implicar la inconstitucionalidad de la ley. 3 En concreto, las enmiendas, muy relevantes en el citado procedimiento, deben guardar una cierta coherencia material con el contenido del proyecto de ley que pretenden modificar, por el bien de la técnica legislativa, de la seguridad jurídica y, de nuevo, de los derechos de las minorías en el trámite parlamentario. 3 La Mesa u órgano rector de la Cámara debe velar por el respeto a los trámites que integran el procedimiento legislativo para evitar vicios que impliquen inconstitucionalidad. 3 En el supuesto de que los filtros fallen, el TC u órgano constitucional competente debe valorar qué vicios provocan inconstitucionalidad y cuáles no, todo ello con el fin de crear una jurisprudencia que haga más fácil y seguro el trámite legislativo.
- Curso de Derecho Constitucional. Enrique Álvarez Conde. Tecnos. - Lecciones de Derecho Constitucional. López Guerra y otros. Tirant lo Blanch. - Comentarios a la Constitución de 1978. Garrido Falla y otros. - Derecho Parlamentario español y Tribunal Constitucional. Luis de la Peña Rodríguez Comares. - Calificación y admisión a trámite en los procedimientos parlamentarios. Arce Janáriz. - El trámite de admisión de los procedimientos parlamentarios en la jurisprudencia constitucional. Arce Janáriz. - Los vicios en el procedimiento legislativo: la posición del Tribunal Constitucional en la sentencia 99/87. Biglino Campos. - El procedimiento legislativo en las Cortes generales: regulación, fases y tipos. Piedad García Escudero.
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Red de Expertos en Parlamentos
WEBINAR LA APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN SOBRE TRANSPARENCIA EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS FECHAS
20 de octubre
OBJETIVO
Tomando como punto de partida la normativa española sobre transparencia, valorar tanto las causas que han llevado a desarrollar y consolidar esta buena práctica de gobierno a través de una norma con rango legal, como a hacer un balance del primer año de aplicación de esta normativa.
REFERENCIAS
MODERADOR
Juan Alfonso Domenech
CONCLUSIONES
3 Es necesario generalizar la transparencia y las buenas prácticas en todos los niveles de la Administración . 3 Lo anterior redundará en un mayor fortalecimiento de las instituciones, profundizará en los siempre necesarios procesos de regeneración democrática y será un importante activo para la recuperación económica 3 En los aspectos generales, la legislación sobre transparencia en los distintos países sigue la misma línea, tal como se constata por los propios observatorios y organizaciones internacionales 3 Se trata de una materia aún muy novedosa y en proceso de construcción. 3 Parte del reto es lograr mantener el interés de los ciudadanos en esta oportunidad de conocer lo público.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (España).
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Actividades de la Red
FORO EXPERTO LOS PRINCIPIOS DE BUENA REGULACIÓN. SU ALCANCE EN RELACIÓN CON EL EVENTUAL CONTROL JURISDICCIONAL DE LAS NORMAS FECHAS
18 al 29 de noviembre
OBJETIVO GENERAL Reflexionar sobre el alcance y virtualidad práctica de los llamados principios de la buena regulación y, más concretamente, su juego en la resolución de eventuales conflictos contra las normas.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Conocer: - Cómo se formulan los principios de buena regulación. - Las limitaciones de estos principios como parámetro de control jurisdiccional. - Su relación con la validez de las normas. - La experiencia en el control judicial de las normas reglamentarias.
REFERENCIAS
MODERADOR
María Burzaco
CONCLUSIONES 3 Los principios de buena regulación se formulan de modo genérico y sin negar la dificultad que puede tener cualquier pretensión de mayor precisión en los mismos, se advierte que algunos de tales principios se limitan a un relato de buenas intenciones. 3 La realidad de los distintos países demuestra que en algunos de ellos no existe control jurisdiccional de las normas por un entendimiento estricto de la separación de poderes, ni existe órgano especializado análogo al Tribunal Constitucional español. 3 El control jurisdiccional de las normas, de distinto alcance y diverso protagonista según el rango normativo de las mismas, se advierte como una garantía frente a la arbitrariedad del poder. 3 Algunos principios actúan de modo más intenso en el plano formal materializándose en trámites, informes y documentos en los que se verifica el control del poder judicial (vgr. las memorias justificativas y económicas respecto de los principios de necesidad y eficacia o eficiencia) 3 Otros principios muestran la dificultad del control del contenido material frente a la discrecionalidad del legislador. Es significativa muestra de ello el análisis del principio de proporcionalidad. 3 Los controles judiciales pueden convivir con fórmulas de participación democrática que sirvan de contrapeso (vgr. petición revocatoria de leyes).
- AAVV (García Mexía, Pablo y Rodríguez Arana, Jaime). “La técnica normativa: una necesidad para la realización de la justicia”. CEU Ediciones, Madrid, 2010. Comisión de Las Comunidades Europeas. Informe de la Comisión “Legislar mejor 2004”. COM (2005) 98 final. - “Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones Normativa inteligente en la Unión Europea”. COM (2010) 543 final (fecha: 8 de octubre de 2010) - Fontillovet, Tomás. “Los órganos consultivos y la calidad normativa”. Revista Española de la Función Consultiva, núm. 11, enero - junio 2009. - García Álvarez, Gerardo. “Los poderes normativos de las Administraciones independientes en el ámbito económico”. Revista de Administración Pública, núm. 171, septiembre diciembre 2006. - García-Escudero, Piedad. “Manual de técnica legislativa”. Cizur Menor (Navarra): Thomson Reuters/ Instituto de Derecho Parlamentario, 2011. - García-Escudero, Piedad. “Técnica legislativa y seguridad jurídica: ¿hacia el control constitucional de la calidad de las leyes?” Cizur Menor (Navarra): Thomson Reuters, 2010.
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Red de Expertos en Parlamentos
REFERENCIAS
- Lavilla Rubira, Juan José. “El procedimiento de elaboración de los reglamentos en la Ley del Gobierno doce años después”. Revista Española de la Función Consultiva, núm. 11, enero - junio 2009. - Ponce Solé, Juli. “La calidad en el desarrollo de la discrecionalidad reglamentaria: teorías sobre la regulación y adopción de buenas decisiones normativas por los Gobiernos y las Administraciones”. Revista de Administración Pública, núm. 162, septiembre - diciembre 2003. - Sánchez Graells, Albert. “Movimiento por la calidad de la regulación: iniciativas en el contexto internacional y principios rectores”. En AAVV. Marco regulatorio y unidad de mercado. Libro marrón Madrid, mayo 2006 Madrid: Círculo de empresarios, 2006. - Vaquer Caballería, Marcos. “El criterio de la eficiencia en el Derecho Administrativo”. Revista de Administración Pública, núm. 186, 2011.
WEBINAR LA DOCUMENTACIÓN JURÍDICA ESPAÑOLA Y DE LA UE: USO Y APLICACIÓN EN AMÉRICA LATINA FECHAS
10 de diciembre
OBJETIVO
Dar a conocer las principales fuentes de información jurídica españolas y de la Unión Europea desde las posibilidades de su uso y aplicación en América Latina.
REFERENCIAS
MODERADOR
Rosa María Grau Guadix
CONCLUSIONES 3 La presentación se ha planteado como una “guía” que proporciona una visión global de los recursos documentales disponibles en Internet, en especial los pertenecientes al ámbito jurídico. 3 Las fuentes documentales seleccionadas se han circunscrito a las generadas en España y en la Unión Europea, considerando que su conocimiento es interesante y útil en el entorno hispanoparlante. 3 Uno de los resultados es un mayor conocimiento de sitios “seguros”, facilitando la organización de “favoritos”, herramienta indispensable para los profesionales que desempeñan su trabajo en el ámbito del Derecho y disciplinas relacionadas.
- http://www.boe.es/ - http://www.aranzadi.es/ - http://www.laleydigital.es/ - http://www.iustel.com - http:/ /noticias.juridicas.com/ - http://www.bne.es - http://www.crue.org/ - http://bibliotecas.csic.es/ http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/Congreso/ SDocum/CGFBib - http://eur - lex.europa.eu/
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EVENTOS Y CONVOCATORIAS ENERO 14 enero Diálogos: DEMOCRACIA, PARLAMENTO Y PARTICIPACIÓN EN UNA SOCIEDAD GLOBALIZADA. Acerca del libro “Los Parlamentos autonómicos en tiempos de crisis”. Organiza: Fundación Manuel Giménez Abad. Más información: http://www.fundacionmgimenezabad.es/
21 y 22 de enero II Seminario sobre el concierto económico: “Federalismo fiscal y Concierto Económico. Una aproximación desde el derecho comparado”. Organiza: Parlamento Vasco. Más información: link
27 y 28 de enero Seminario de Derecho Parlamentario: “La última jurisprudencia relativa al Parlamento”. Organiza: Parlamento Vasco Más información: link
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