EDITORIAL
El Consejo entre sombras
U
na intensa cobertura periodística a lo largo de pocas semanas provocó que el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) viva la peor crisis institucional de su historia: un destacado fiscal inexplicablemente desaprobado, un proceso de selección de jueces y fiscales supremos con reglas nada transparentes, un consejero pidiendo “incentivos económicos” a un aspirante a fiscal supremo, abogados litigantes preparando y calificando los exámenes que rinden los postulantes, la opinión pública pidiendo la nulidad del proceso y la reforma total del CNM, el presidente del Poder Judicial solicitando la renuncia de los consejeros; al final, solo una conclusión: un órgano que se ha venido desprestigiando ante la ciudadanía, cuyos integrantes demostraron no estar a la altura de las trascendentales funciones que les asigna la Constitución. No se equivocan aquellos que piden una recomposición del CNM, pero pienso que una solución más adecuada sería transitar el camino de una reforma constitucional. ¿Con qué finalidad? Muy sencillo. Aquellos que nombran, evalúan y ratifican jueces y fiscales deben poseer no solo una conducta intachable, sino también la preparación idónea para determinar si estos deben seguir siéndolo o no. Aquí es donde se explica por qué el CNM optó por delegar funciones a terceros: no todos sus miembros se encuentran capacitados para evaluar los conocimientos jurídicos de un juez o un fiscal. De ahí que es válido preguntarse si la función esencialmente técnica de dicho órgano permite contar con personas que no tienen formación jurídica. ¿Es realmente adecuado que agrónomos, ingenieros o enfermeros evalúen a jueces y fiscales? Más aún, resulta muy discutible la posibilidad establecida por la Constitución (artículo 155, in fine) de que las instituciones representativas del sector laboral (CGTP) y empresarial (Confiep) tengan también sus representantes en el CNM. Considero que es saludable y positiva la participación política de diversos gremios y que estos vean representados sus intereses en los más altos cargos públicos, pero la labor encargada al CNM, más allá de promover la representatividad, debería ser ejercida por los juristas mejor preparados de nuestro país. De lo contrario, ¿cómo los justiciables podrían exigir que se elijan los jueces y fiscales más calificados? Asimismo, la ciudadanía tiene el derecho de conocer los criterios por los cuales un juez o un fiscal son nombrados, evaluados o destituidos. Lo más idóneo para esta transparencia es que las entrevistas en los procesos de selección sean públicas y grabadas –lo cual inclusive ofrece mayores garantías a los propios postulantes– y que los resultados de las evaluaciones sean publicados de acuerdo con las pautas de evaluación del concurso.
Por su parte, para un mejor funcionamiento del CNM como institución, la Ceriajus propuso que este órgano se encargue de la selección, nombramiento, promoción y del régimen disciplinario de todos los jueces y fiscales, de manera tal que asuma el control externo y permanente, eliminando el sistema de control interno (dependiente del Poder Judicial y del Ministerio Público). Además, se sugirió eliminar las ratificaciones de jueces y fiscales cada siete años, “pues en la práctica se han convertido en un poder discrecional absoluto, secreto e incuestionable”. Al respecto, es válido preguntarse por qué ninguna de estas propuestas se ha debatido en el Congreso. Finalmente, para empezar a conseguir la verdadera reforma de justicia hay mucho por hacer. En efecto, las partes y los abogados litigantes deben comprender que el proceso, más que un instrumento técnico, es un instrumento ético; los propios jueces y fiscales deben asumir su rol de legítimos representantes de la sociedad; y los responsables de la elección de estos deben asumir su tarea con responsabilidad y con la convicción de que otorgarle a una persona idónea el poder de impartir justicia es uno de los presupuestos para la progresiva construcción de un verdadero Estado Constitucional de Derecho.
Renzo I. Cavani Brain
Coordinador de la sección de Derecho Procesal Civil de Actualidad Jurídica