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El derecho de huelga de los empresarios

Ante abusos de trabajadores y del Estado

La ética política ofrece herramientas a los trabajadores para defenderse mediante huelgas sindicales, pero no olvidemos que los empresarios también pueden hacer moralmente lo mismo, cuando los trabajadores abusan; y el Estado impone excesivos impuestos, obstaculiza las operaciones de trabajo o se cruza de brazos ante las crisis del aparato productivo privado.

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Por: Federico Prieto Celi. Miembro de la Academia Peruana de Ciencias Morales y Políticas

Como bien sabemos, el derecho de huelga es un instrumento del sindicato de trabajadores para defender un derecho laboral conculcado, de modo extraordinario, mediante la prudente y justa paralización, pacífica y unilateral, de las labores que desempeñan en la empresa, con el fin de bloquear el proceso productivo, a modo de presión o ultimátum a los empleadores, una vez roto e imposibilitado el diálogo con ellos. Los límites de la huelga laboral son las leyes del país, de tal modo que el mal que ocasiona sea siempre menor que el bien que busca; no debe extenderse a la paralización de servicios esenciales, porque el bien común está por encima del bien individual; y no debe usarse para fines políticos, porque desnaturaliza su finalidad de defensa laboral (Cfr. Cardenal Cipriani, Catecismo de doctrina social, n. 249-253).

Un modelo de huelga que se desnaturaliza es la que desde agosto hasta diciembre de 2021 se ha producido en el Perú entre los trabajadores de diversas empresas mineras. En primer lugar, los mineros bloquean las carreteras, produciendo un mal común a toda la sociedad peruana, porque se pierden muchos productos perecibles, los comerciantes incumplen involuntariamente los plazos acordados con los distribuidores para la entrega de sus mercaderías, y se impide el libre tránsito de personas y vehículos, a veces con graves consecuencias para terceros.

El derecho al libre tránsito implica la facultad que tiene toda persona de poder desplazarse libremente y con total discrecionalidad, por cualquier lugar del territorio nacional, con los límites establecidos por las leyes. El artículo 13 de la Declaración Universal de Derechos Humanos reconoce el derecho a la libre circulación al proclamar que “toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado” y que “toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso el propio, y a regresar a su país”.

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos recoge que este derecho “no podrá ser objeto de restricciones a no ser que éstas se hallen previstas en la ley, sean necesarias para proteger la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de terceros, y sean compatibles con los demás derechos reconocidos en el presente Pacto” (art. 12.3). El código penal peruano prohíbe el bloqueo de carreteras y se sanciona el delito de extorsión a quienes, con violencia o amenaza, toman locales, obstaculizan vías de comunicación, impiden el libre tránsito o perturban el normal funcionamiento de servicios públicos, con el objeto de obtener de las autoridades beneficios o ventajas (Art. 200°).

Un modelo de huelga que se desnaturaliza es la que desde agosto hasta diciembre de 2021 se ha producido en el Perú entre los trabajadores de diversas empresas mineras.

Inclusive se ha constatado la agresión física contra los transeúntes, ya sea a pie o en vehículos de todo tipo, provocando accidentes, heridos y, en casos extremos, muertes. Los agitadores de huelgas suelen defenderse, acusando a la Policía Nacional de esos casos, cuando normalmente son los huelguistas quienes provocan y agreden. La Policía actúa con cautela y, últimamente, no actúa: mira los bloqueos sin recibir indicación del ministerio del Interior de despejar las carreteras. Así lo vemos en las noticias de los medios de comunicación. Tienen el mismo comportamiento cuando los huelguistas utilizan las manifestaciones no autorizadas y el bloqueo de carreteras para respaldar al gobierno que asumió funciones el 28 de julio de 2021, tras la victoria del presidente Pedro Castillo y del partido Perú Libre. Este abuso se origina en una ideología de lucha de clases, de efecto pernicioso para la sociedad peruana.

El presidente de la Sociedad de Minería, Petróleo y Energía, Manuel Fumagalli Drago ha declarado a la prensa el 16 de diciembre, que seis minas se han visto obligadas a paralizar sus operaciones: Uchuchacua, Antamina, Breapampa, Cerro Lindo, Apumayo y Las Bambas. Asimismo, la primera ministra anunció el cierre unilateral de cuatro minas en Ayacucho.

El ministerio de Energía y Minas, por su parte, tiene una actuación insegura, en el sentido de que no responde a tiempo las solicitudes para operar nuevas minas, a pesar de que los empresarios mineros urgen al gobierno a aprovechar la coyuntura de los precios altos de los minerales, como el cobre, en el comercio internacional. El mismo directivo ha hecho notar al gobierno, que quiere elevar los impuestos a las compañías mineras, que si todas las minas peruanas operaran al cien por ciento, el Fisco hubiera recibido durante el año que termina (2021) 1,450 millones de soles que no ha podido recibir; y que esa cifra es más de lo que el ministerio de Economía piensa que el Estado recibiría si se aumentara el monto de impuestos a pagar por las compañías mineras: 1,200 millones de soles.

Manuel Fumagalli Drago

Presidente de la Sociedad de Minería, Petróleo y Energía

El código penal peruano prohíbe el bloqueo de carreteras y se sanciona el delito de extorsión a quienes, con violencia o amenaza, toman locales, obstaculizan vías de comunicación, impiden el libre tránsito o perturban el normal funcionamiento de servicios públicos, con el objeto de obtener de las autoridades beneficios o ventajas (Art. 200°).

El mismo 16 de diciembre del año en curso, el presidente de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas, CONFIEP, Oscar Caipo, ha recordado al gobierno que debe resolver rápidamente los conflictos sociales y poner punto final a los abusos en el ejercicio de la huelga. Alguna de las cuales es un desentendimiento comercial que nada tiene que ver con la minería.

La situación se agrava día a día con el nombramiento de funcionarios del ministerio de Energía y Minas que no están de acuerdo con el desarrollo de este sector. Son declaradamente anti-mineros, mientras que el Perú es básicamente un país minero. En realidad, Oscar Caipo, ha sido cauto en sus apreciaciones, porque la crítica objetiva al comportamiento del gobierno llega al mismo presidente de la República, a la primera ministra, al ministro del sector y a los principales directivos del ministerio de marras.

En fin, el doble lenguaje del gobierno: mientras un ministro invita a invertir, otro anuncia el cierre de minas, hace imposible un diálogo razonable. De ahí que el panorama parece encaminarse a una paralización de labores de las empresas mineras, lo que además de las pérdidas para esas compañías, implica la ausencia de remuneraciones a los trabajadores mineros y un golpe al Tesoro Público, que no recibiría ingresos tributarios de la producción minera. En otras palabras, se avizora una huelga empresarial, para hacerse sentir en el aparato productivo peruano, una vez agotadas con creces las negociaciones ordinarias para resolver los problemas, sin que los sindicatos y el gobierno parezcan interesados en volver a la normalidad.

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