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Corrupción, Fraude y Lavado de Activos Dr. Javier Morales, Consultor, Investigador y Desarrollador de procedimientos organizacionales para la integración preventiva y manejo de Conductas Desviadas de Fraude, Corrupción y Lavado de Dinero

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Carta Editorial

Carta Editorial

Dr. Javier Morales

Consultor, Investigador y Desarrollador de procedimientos organizacionales para la integración preventiva y manejo de Conductas Desviadas de Fraude, Corrupción y Lavado de Dinero.

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Más de 20 años como consultor, investigador y desarrollador de procedimientos organizacionales para la integración preventiva y manejo de Conductas Desviadas de Fraude, Corrupción y Lavado de Dinero. 17 años desarrollando Programas Anti-Lavado de Dinero, auditorías y adiestramientos para Instituciones Financieras bancarias y no bancarias (Ley Patriótica). Más de 15 años desarrollando estructuras competitivas de reclutamiento en Recursos Humanos, Conductas y Cultura Organizacional y Manejo del Factor Humano. 25 años forzando las Leyes de Propiedad Intelectual (Copyright) en la prevención y manejo de casos de piratería. 20 años de experiencia como Profesor Universitario a niveles de Bachiller, Maestría y Doctorado (Justicia Criminal /Psicología/Economía Social/Conducta

Organizacional). Psicólogo Jurídico/Consultor de Tribunales de Justicia. Consultor Conductual de los Juicios y Tribunales de Justicia (Psicología Legal) Especialidad: casos de fraude, corrupción y lavado de dinero. Consultor en Selección de Jurados.Psicología Investigativa y Autopsia Psicológica (Perfilación Criminal y Análisis Científico de las Conductas Criminales).

Corrupción, Fraude y Lavado de Activos

Tocó el turno de participar en una charla con nosotros para el doctor Javier Morales, consultor, investigador y desarrollador de procedimientos organizacionales para la integración preventiva y manejo de conductas desviadas de fraude, corrupción y lavado de dinero. El tema que abordó ya se mira en el título, y se relaciona directamente con el factor humano. En un principio nos dejó en claro que este tipo de delito es uno vinculante directamente al factor humano: no son las computadoras las que cometen los fraudes. Para entender estos delitos, pues, hay que fijarnos en el factor humano. Se constituye de distintas instancias: planificación, toma de decisiones, capacidad cognitiva, nivel educativo, sacrificio, resultados, transferencia, entorno, mentalidad táctica. Para el doctor, a nivel mundial, este tipo de delito no es considerado con base en estos factores, de modo que no cree que se maneje de manera adecuada. En esta charla, lo primordial fue explicarnos cómo se manejan estos elementos desde el aspecto de la auditoría y en la recopilación de evidencia para casos judiciales. Ahora bien, como sabemos, el lavado de dinero implica transacciones entre diversas cuentas bancarias. El Fondo Monetario Internacional estima en 600 billones a 1.5 trillones el lavado de activos anualmente. Se entiende que la magnitud del problema es mayúscula y por eso merece nuestra atención. Dentro de estas actividades delictivas, el elemento motivador no es sino el dinero, evidentemente. Se desarrollan grandes montos que de alguna manera hay que poner en circulación en el sistema financiero. Así pues, entendamos el lavado de dinero, a grandes rasgos, de la siguiente manera: Esconder o disfrazar activos. Estructuración de transacciones de apariencia legal. La conversión o transferencia de propiedad, a

sabiendas de que deriva de ofensa criminal. Cuando uno hace transacciones divididas en espacio de tiempo razonables (semanas, meses), para los bancos es muy difícil identificar que se trata de una actividad ilícita. Poniéndonos en la postura del lavador de dinero, vemos que este debe tener muchas cosas en consideración. Sobre todo, se necesita una justificación o excusa para explicar de dónde surgió el dinero. Existen cuatro tipos de lavadores, a saber: Criminal que lava su propio dinero. Criminal que lava su propio dinero y el de otros. No criminal que lava dinero de otros a través de sus negocios. No criminal que solo se dedica a lavar dinero (bróker). Las etapas del lavado de dinero, por su parte, son tres: Colocación: cuando damos el dinero al banco. Primer depósito con la justificación de su procedencia. Diversificación: cuando comenzamos a utilizar los productos del banco de forma adecuada y estructurada, sin llamar la atención (préstamos, transferencias, etc.). Se trata de un proceso que toma tiempo, como lo mencionamos arriba. Integración: sacamos el dinero de la institución, ya lavado, para depositarlo en otra institución. Ahora esa gran cantidad queda justificada por el simple hecho de provenir de otra institución financiera. Ahora bien, cada país tiene sus leyes al respecto. En el caso de México, “el lavado de dinero permite a la delincuencia organizada financiar violencia y corrupción. Cumpliendo con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), proteges el sistema financiero y contribuyes a la economía nacional”. El Programa Anti Lavado de Dinero (PLD), que aplica en nuestro país, consta de 4 pilares para controlar estas actividades: políticas, capacitación, sistemas y auditorías. Actualmente se está implementando un quinto que se conoce como “debida diligencia del cliente”: esto es, que hemos de verificar con quién hace negociones nuestro cliente. El propósito de dicha estrategia “es que la institución pueda predecir los tipos de transacciones habituales que el cliente va a realizar y de esta manera poder detectar con mayor precisión un comportamiento inusual de la actividad comercial o individual del cliente”. Asimismo, “el poder identificar perfiles conductuales de los clientes para identificar conductas sospechosas”. Por su parte, las instituciones financieras deben generar un Reporte de Actividades Sospechosas (RAS). El problema, señala el doctor Javier, es que, cuando algo es sospechoso para ti, pudiera no serlo para mí. Esta aparente subjetividad o arbitrariedad en cuanto a las actividades sospechosas es algo que también se intenta salvar. Pero el propósito de un RAS es el de “informar a la Agencia FinCEN (Unidad de Inteligencia Financiera) de toda actividad que la institución sospeche, detecte o tenga conocimiento de que se está violando cualquier ley o reglamento (BSA). Para informar de este tipo de transacción se utiliza el RAS. Puede ser una transacción o un intento de transacción (aunque esta no se llegue a completar). También puede ser patrón de transacciones que no se ajusten a la conducta comercial o individual del cliente”. Sin embargo, retomando la idea que mencionamos al principio sobre que es importantísimo considerar el factor humano con respecto a estos delitos, es entonces igual de importante apelar a la psicología jurídica para resolverlos. En primera instancia, fraudes de esta magnitud requieren un conocimiento previo y amplio del sistema por parte del corrupto. De hecho, usualmente el propio delincuente se encuentra en una posición de poder dentro de la empresa o institución. A manera de conclusión, nos queda retomar el principio que estuvo constantemente recordándonos el doctor Javier: los delitos los cometen los humanos, no las computadoras. Con vista a esto, es necesario apelar a la psicología jurídica; lo que necesitamos no es sino generar los criterios correspondientes para poder actuar correctamente en estos casos y erradicar el problema de raíz.

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