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Justicia Abierta: Enfoque en el quehacer de los Tribunales Electorales

Mtra. Elizabeth Bautista Velasco Magistrada Presidenta del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca

Licenciatura en Derecho por la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales en la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Maestría en Derecho Constitucional y Amparo por la Universidad Nacionalista México con la Tesis: “Procedimiento Administrativo Especial Sancionador en Materia Electoral”aprobada por unanimidad con mención honorífica. Doctorante en Derecho por la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales en la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca Capacitadora Asistente Electoral. Supervisora Electoral. Consejera Electoral Distrital. Consejera Electoral del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación

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Ciudadana de Oaxaca. Consejera del Consejo Local del Instituto

Nacional Electoral en el Estado de Oaxaca. Docente en diversas universidades. Aspirante a Consejera Electoral del Consejo General del Instituto Nacional Electoral. Conferencias y Ponente en diversos foros en materia electoral. Resolución de inconformidades; procedimiento administrativo de responsabilidades de los servidores públicos; atención ciudadana y normas para la atención de solicitudes ciudadanas; encuestas por muestreo probabilístico; usuario simulado; auditoria de obra pública; pliego de responsabilidades de los servidores públicos; todos estos cursos recibidos en el Centro de Capacitación en Calidad (CECAL), dependiente de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo. Integrante de la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales A.C. (AMCEE).

La Justicia Abierta en años recientes ha ido permeando el quehacer de los órganos jurisdiccionales en materia electoral. Aunque este concepto hunde sus raíces en los principios que rigen el sistema democrático mexicano, emerge al amparo del llamado Gobierno Abierto, una política pública de alcance internacional, que ha tenido un importante desarrollo conceptual. Se trata de una perspectiva grosso modo orientada hacia una mayor transparencia de la administración pública, rendición de cuentas, mejor información y una serie de enfoques incluyentes de la ciudadanía. Sin embargo, esta perspectiva es un modelo aplicable también a los poderes legislativo y judicial, órganos autónomos, partidos políticos e incluso gobiernos municipales. En ese sentido, la justicia abierta, se inscribe en un enfoque más amplio que se conoce como Estado Abierto: un modelo cada vez más aceptado en las democracias del mundo. Dentro de las dimensiones que configuran en la actualidad la justicia abierta se el acceso a la información, la transparencia y la publicidad son elementos centrales del sistema democrático. Parafraseando a Konrad Hesse, la democracia vive de la publicidad del proceso político. Es decir, las elecciones son posibles si la ciudadanía cuenta con las condiciones para formarse un juicio sobre lo que hay que decidir, por quién votar, cómo votar, que vías existen para la defensa de los derechos políticos o cómo se resuelven las controversias electorales. Un segundo elemento fundamental del modelo de justicia abierta en la actualidad es la transparencia, rendición de cuentas y protección de datos personales en materia electoral. Esto con base a lo dispuesto en el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, derecho fundamental cuya tutela y garantía le corresponde al Estado. De manera que, como órganos judiciales o autónomos constitucionales, que reciben y ejercen recursos públicos o realicen actos de

autoridad tienen el imperativo de garantizar el acceso a la información, debido a que la información que poseen es pública. Además, en el caso de las solicitudes de información, éstas tienen repercusiones internas al interior de un Tribunal porque contribuyen a orientar y mejorar el trabajo de divulgación, particularmente de la estadística judicial electoral, respondiendo así a las necesidades de información ciudadana. En tercer término, otra dimensión de la justicia abierta en materia electoral y de carácter sustantivo, es la apertura al llamado diálogo jurisprudencial. Es decir, en términos de derecho comparado, la actualización constante, la interrelación y la congruencia con los estándares internacionales en materia de derechos humanos, tal y como se aprecia en el contenido tanto de la jurisprudencia emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), como en su adopción en las sentencias y resoluciones del conjunto de Tribunales electorales. En cuarto lugar, uno de los principales aspectos de la justicia abierta, sin lugar a duda, lo constituye la transparencia o publicidad de las decisiones judiciales. Así, conforme a la reforma a la fracción II del artículo 73 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública del 13 de agosto de 2020, se estableció que los Poderes Judiciales Federal y de las Entidades Federativas deben poner a disposición del público y actualizar las versiones públicas de todas las sentencias emitidas. Así, en el caso del Tribunal Electoral del Estado cumple con dicha obligación, eliminando la precisión del deber de publicar los votos particulares, razonados y demás datos relevantes, situación que se realiza de facto al publicar las versiones públicas de las sentencias en la página web del Tribunal, y que constituye el medio a través del cual la ciudadanía accede a las versiones públicas de las sentencias dictadas por el Pleno del órgano jurisdiccional electoral local. De igual manera, como parte de las actividades de acercamiento de la actividad jurisdiccional a #RevistaLEXINFORMA

la ciudadanía, finalizando cada sesión de Pleno del Tribunal, se implementa la elaboración y publicación de tarjetas informativas de cada una de las sentencias emitidas, las cuales se ponen a disposición del público en general a través de las redes sociales de Twitter y Facebook. Finalmente, crear vínculos y una cercanía con la sociedad, impulsando actividades que impacten positivamente en el conocimiento y la confianza ciudadana hacia los tribunales electorales es una tarea necesaria. En Oaxaca se refleja en algunas acciones tales como las transmisiones en vivo de las sesiones públicas del Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, en las que se resuelven los asuntos jurisdiccionales tanto del Sistema de Partidos Políticos como del régimen de Sistemas Normativos Indígenas; las audiencias de oídas; la publicación en la página oficial del Tribunal del listado de asuntos a resolverse en las sesiones públicas, entre otras. Queda claro que el modelo de justicia abierta, además de ser parte de la ética judicial y ampliar la confianza de la sociedad en la justicia, es la mejor forma de consolidar una ciudadanía informada, participativa y crítica. Es decir, una ciudadanía que participa activamente y contribuye a mejorar la función jurisdiccional.

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