REVISTA UNIVERSIDAD FERMIN TORO EL MUNDO DEL DERECHO PENAL EN VENEZUELA
ulio J o cop s รณ r Ho 2017
de
INTEGRANTE: Wilmarth Oropeza
a Sop y a m a r as cig Cru De Letr
Fecha: Julio de 2017
LEYES PENALES ESPECIALES DE RANGO ORGÁNICO
Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Objeto de la Ley.- Garantizar y promover el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia creando condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos, impulsando cambios en los patrones socioculturales que sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres, para favorecer la construcción de una sociedad democrática, participativa, paritaria y protagónica.
Ley Orgánica de Drogas
Objeto de la Ley.- Establecer las medidas de control y vigilancia a que serán sometidos los estupefacientes y sustancias psicotrópicas, así como las sustancias químicas, susceptibles de ser desviadas a la fabricación ilícita de drogas; determinar los delitos y penas relacionados con el tráfico ilícito de drogas, asimismo, regular las medidas de seguridad social aplicables a la persona consumidora y regular la prevención del consumo de drogas y la prevención del tráfico ilícito de las mismas.
Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada
Objeto de la Ley.- La presente Ley tiene por objeto prevenir, investigar, perseguir, tipificar y sancionar los delitos relacionados con la delincuencia organizada y el financiamiento al terrorismo de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República y los tratados internacionales relacionados con la materia, suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela.
LEYES PENALES ESPECIALES DE RANGO ORGÁNICO
Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Objeto de la Ley .- Esta ley tiene por objeto garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes, que se encuentren en el territorio nacional, el ejercicio y el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, a través de la protección integral que el Estado, la sociedad y a familia deben brindarles desde el momento de su concepción.
Ley Orgánica de Aduanas
Objeto de la Ley.- La Administración Aduanera tendrá por finalidad intervenir, facilitar y controlar la entrada, permanencia y salida del territorio nacional, de mercancías objeto de tráfico internacional y de los medios de transporte que las conduzcan, con el propósito de determinar y aplicar el régimen jurídico al cual dichas mercancías estén sometidas, así como la supervisión de bienes inmuebles cuando razones de interés y control fiscal lo justifiquen.
Código Orgánico Tributario
Objeto de la Ley.- Para los tributos aduaneros se aplicará en lo atinente a los medios de extinción de las obligaciones, para los recursos administrativos y judiciales, la determinación de intereses y lo referente a las normas para la administración de tales tributos que se indican en este Código; para los demás efectos se aplicará con carácter supletorio.
LEYES PENALES ESPECIALES DE RANGO ESPECIAL
Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores
Objeto de la Ley .- Tipificar y penalizar el hurto y robo de vehículos y demás hechos punibles conexos, así como establecer los procedimientos para la devolución de los vehículos recuperados a sus propietarios y la destrucción de los vehículos no identificados.
Ley Contra la Corrupción
Objeto de la Ley.- Establecer las normas que rijan la conducta que deben asumir las personas sujetas a la misma, a los fines de salvaguardar el patrimonio público, garantizar el manejo adecuado y transparente de los bienes y recursos públicos, preservando la ética pública y la moral administrativa con fundamento en los principios de honestidad, transparencia, participación, eficiencia, eficacia, legalidad, rendición de cuentas, responsabilidad y corresponsabilidad, consagrados en la CRBV y la ley.
Ley Penal de Ambiente
Objeto de la Ley.- La presente Ley tiene por objeto tipificar como delito los hechos atentatorios contra los recursos naturales y el ambiente e imponer las sanciones penales. Asimismo, determinar las medidas precautelativas, de restitución y de reparación a que haya lugar y las disposiciones de carácter procesal derivadas de la especificidad de los asuntos ambientales.
LEYES PENALES ESPECIALES DE RANGO ESPECIAL
Ley Penal Contra Delitos Informáticos
Objeto de la Ley. La presente ley tiene por objeto la protección integral de los sistemas que utilicen tecnologías de información, así como la prevención y sanción de los delitos cometidos contra tales sistemas o cualquiera de sus componentes.
Ley sobre Armas y Explosivos
Objeto de la Ley.- Establecer las disposiciones sobre las armas, municiones, explosivos, químicos y crear el marco jurídico para la fabricación, importación, reexportación, exportación, tránsito, transporte, almacenamiento, reparación y mantenimiento, comercialización, inspección, supervisión, fiscalización, registro, control, tenencia, posesión, porte y uso de las Armas de Guerra y Otras Armas, clasificadas en la presente Ley, así como las sanciones administrativas, civiles y penales correspondientes.
Ley sobre el Delito de Contrabando
Objeto de la Ley.- Tipificar y sancionar los actos y omisiones que constituyan ilícitos penales o administrativos en materia de contrabando.
LEYES PENALES ESPECIALES DE RANGO ESPECIAL
Ley contra los Ilícitos Cambiarios
Objeto de la Ley.- Regular los términos y condiciones en que los Organismos con competencia en el régimen de administración de divisas, ejercen las atribuciones que le han sido conferidas por el ordenamiento jurídico; así como los parámetros para la participación de los particulares y entes públicos en la adquisición de divisas y los supuestos de hecho que constituyen ilícitos en tal materia y sus respectivas sanciones.
Ley Penal Especial de Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales
Objeto de la Ley.- Esta Ley tiene por objeto proteger los derechos e intereses de las víctimas, testigos y demás sujetos procesales, así como regular las medidas de protección, en cuanto a su ámbito de aplicación, modalidades y procedimiento.
LEYES PENALES ESPECIALES DE RANGO ORGÁNICO Y LAS LEYES PENALES ESPECIALES DE RANGO ESPECIAL
Es la creación de una ley especializada en regular un derecho punible relacionados con ciertos delitos que constituyen un conjunto de normas especificas, que van dirigidas a un determinado sujeto o a ciertas ocasiones, que NO son previstas en el código penal venezolano. Dichas leyes especiales se crearon con el fin de controlar ciertas situaciones donde se establecen las penas, las sanciones u omisiones del delito cometido ya sea un hecho individual o particular.
Leyes Penales Especiales de Rango Especial
Muchas de las leyes poseen su propio procedimiento; para de este modo hacer cumplir los derechos de los ciudadanos, la generalidad de la norma es que el Derecho Penal rige situaciones corrientes aplicables a la mayoría de las personas y casos, ya que estas leyes especiales son creadas para regular situaciones dentro de la convivencia ciudadana.
Es muy importante contar con dichas leyes especiales, que brinden el derecho o garantía a la seguridad por medio del estado a todos aquellos ciudadanos que la requieran, con la finalidad que todo hecho impune sea castigado por el órgano jurisdiccional mediante su debido proceso.
LEYES PENALES ESPECIALES DE RANGO ORGÁNICO Y LAS LEYES PENALES ESPECIALES DE RANGO ESPECIAL
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, señala, que son leyes orgánicas las que así denomina la Constitución; las que dicte para organizar los poderes públicos, o para desarrollar los derechos constitucionales y las que sirvan de marco normativo a otras leyes. Todo proyecto de la ley orgánica, salvo aquel que la propia Constitución así califica, será previamente admitido por la Asamblea Nacional, por el voto de las dos terceras partes de los integrantes presentes antes de iniciarse la discusión del respectivo proyecto de Ley. Leyes Penales de Rango Orgánico
Una ley especial orgánica es aquella que se requiere constitucionalmente para regular ciertas materias y se oponen o distinguen de la ley ordinaria a nivel de competencias. Habitualmente para la aprobación de leyes orgánicas son necesarios requisitos extraordinarios como por ejemplo, mayoría absoluta o cualificada. Entonces las Leyes Penales de Rango Orgánico se diferencian de las Leyes Especiales de Rango Especial por su carácter orgánico que le otorga un rango especial en el ordenamiento legal, ellas privan sobre las leyes ordinarias, salvo por razón de la especialidad, en cuyo caso, las disposiciones de una ley ordinaria, pese a su jerarquía inferior, son de aplicación preferente, pero nunca en cuanto a las leyes a las que han dado origen.
DEFINICIÓN Y FORMAS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
La violencia contra las mujeres a que se refiere la presente Ley, comprende todo acto sexista que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, emocional, laboral, económico o patrimonial; la coacción o la privación arbitraria de la libertad, así como la amenaza de ejecutar tales actos, tanto si se producen en el ámbito público como en el privado. •
FORMAS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
VIOLENCIA PSICOLÓGICA: Es toda conducta activa u omisiva ejercida en deshonra, descrédito o menosprecio al valor o dignidad personal, tratos humillantes y vejatorios, vigilancia constante, aislamiento, marginalización, negligencia, abandono, celotipia, comparaciones destructivas, amenazas y actos que conllevan a las mujeres víctimas de violencia a disminuir su autoestima, a perjudicar o perturbar su sano desarrollo, a la depresión e incluso al suicidio
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FORMAS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
Es toda conducta activa u omisiva ejercida en deshonra, descrédito o menosprecio al valor o dignidad personal, tratos humillantes y vejatorios, vigilancia constante, aislamiento, marginalización, negligencia, abandono, celotipia, comparaciones destructivas, amenazas y actos que conllevan a las mujeres víctimas de violencia a disminuir su autoestima, a perjudicar o perturbar su sano desarrollo, a la depresión e incluso al suicidio
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VIOLENCIA PSICOLÓGICA
Es toda conducta abusiva y especialmente los comportamientos, palabras, actos, gestos, escritos o mensajes electrónicos dirigidos a perseguir, intimidar, chantajear, apremiar, importunar y vigilar a una mujer que pueda atentar contra su estabilidad emocional, dignidad, prestigio, integridad física o psíquica, o que puedan poner en peligro su empleo, promoción, reconocimiento en el lugar de trabajo o fuera de él.
ACOSO U HOSTIGAMIENTO:
FORMAS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
Es el anuncio verbal o con actos de la ejecución de un daño físico, psicológico, sexual, laboral o patrimonial con el fin de intimidar a la mujer, tanto en el contexto doméstico como fuera de él. AMENAZA
Es toda conducta activa u omisiva, constante o no, de empleo de fuerza física o violencia psicológica, intimidación, persecución o amenaza contra la mujer por parte del cónyuge, el concubino, ex cónyuge, ex concubino, persona con quien mantiene o mantuvo relación de afectividad, ascendientes, descendientes, parientes colaterales, consanguíneos y afines.
VIOLENCIA DOMÉSTICA
FORMAS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
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Es una forma de violencia sexual, en la cual el hombre mediante violencias o amenazas, constriñe a la cónyuge, concubina, persona con quien hace vida marital o mantenga unión estable de hecho o no, a un acto carnal por vía vaginal, anal u oral, o introduzca objetos sea cual fuere su clase, por alguna de estas vías..
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VIOLENCIA SEXUAL: Es toda conducta que amenace o vulnere el derecho de la mujer a decidir voluntaria y libremente su sexualidad, comprendiendo ésta no sólo el acto sexual, sino toda forma de contacto o acceso sexual, genital o no genital, tales como actos lascivos, actos lascivos violentos, acceso carnal violento o la violación propiamente dicha.
ACCESO CARNAL VIOLENTO:
Se entiende por prostitución forzada la acción de obligar a una mujer a realizar uno o más actos de naturaleza sexual por la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza, o mediante coacción como la causada por el temor a la violencia, la intimidación, la opresión psicológica o el abuso del poder, esperando obtener o haber obtenido ventajas o beneficios pecuniarios o de otro tipo, a cambio de los actos de naturaleza sexual de la mujer..
PROSTITUCIÓN FORZADA:
FORMAS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
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Se entiende por esclavitud sexual la privación ilegítima de libertad de la mujer, para su venta, compra, préstamo o trueque con la obligación de realizar uno o más actos de naturaleza sexual. VIOLENCIA
SEXUAL: Es toda conducta que amenace o vulnere el derecho de la mujer a decidir voluntaria y libremente su sexualidad, comprendiendo ésta no sólo el acto sexual, sino toda forma de contacto o acceso sexual, genital o no genital, tales como actos lascivos, actos lascivos violentos, acceso carnal violento o la violación propiamente dicha.
ESCLAVITUD SEXUAL:
Es la solicitud de cualquier acto o comportamiento de contenido sexual, para sí o para un tercero, o el procurar cualquier tipo de acercamiento sexual no deseado que realice un hombre prevaliéndose de una situación de superioridad laboral, docente o análoga, o con ocasión de relaciones derivadas del ejercicio profesional, y con la amenaza expresa o tácita de causarle a la mujer un daño relacionado con las legítimas expectativas que ésta pueda tener en el ámbito de dicha relación.
ACOSO SEXUAL
FORMAS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
Es la discriminación hacia la mujer en los centros de trabajo: públicos o privados que obstaculicen su acceso al empleo, ascenso o estabilidad en el mismo, tales como exigir requisitos sobre el estado civil, la edad, la apariencia física o buena presencia, o la solicitud de resultados de exámenes de laboratorios clínicos, que supeditan la contratación, ascenso o la permanencia de la mujer en el empleo. Constituye también discriminación de género en el ámbito laboral quebrantar el derecho de igual salario por igual trabajo.
VIOLENCIA LABORAL
VIOLENCIA PATRIMONIAL Y ECONÓMICA
Se considera violencia patrimonial y económica toda conducta activa u emisiva que directa o indirectamente, en lo sámbitos público y privado, esté dirigida a ocasionar un daño a los bienes muebles o inmuebles en menoscabo del patrimonio de las mujeres víctimas de violencia o a los bienes comunes, así como la perturbación a la posesión o a la propiedad de sus bienes, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades; limitaciones económicas encaminadas a controlar sus ingresos; o la privación de los medios económicos indispensables para vivir..
FORMAS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES ESTERILIZACIÓN FORZADA: •
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Se entiende por violencia obstétrica la apropiación del cuerpo y procesos reproductivos de las mujeres por personal de salud, que se expresa en un trato deshumanizador, en un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, trayendo consigo pérdida de autonomía y capacidad de decidir libremente sobre sus cuerpos y sexualidad, impactando negativamente en la calidad de vida de las mujeres.
VIOLENCIA SIMBÓLICA: Son mensajes, valores, iconos, signos que transmiten y reproducen relaciones de dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales que se establecen entre las personas y naturalizan la subordinación de la mujer en la sociedad.
VIOLENCIA OBSTÉTRICA
Se entiende por esterilización forzada, realizar o causar intencionalmente a la mujer, sin brindarle la debida información, sin su consentimiento voluntario e informado y sin que la misma haya tenido justificación, un tratamiento médico o quirúrgico u otro acto que tenga como resultado su esterilización o la privación de su capacidad biológica y reproductiva. TRÁFICO DE MUJERES, NIÑAS Y ADOLESCENTES: Son todos los actos que implican su reclutamiento o transporte dentro o entre fronteras, empleando engaños, coerción o fuerza, con el propósito de obtener un beneficio de tipo financiero u otro de orden material de carácter ilícito.
FORMAS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES VIOLENCIA MEDIÁTICA: •
Es la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de mujeres, niñas y adolescentes, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza o de otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre mujeres, niñas o adolescentes, con fines de explotación, tales como prostitución, explotación sexual, trabajos o servicios forzados, la esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.
TRATA DE MUJERES, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Se entiende por violencia mediática la exposición, a través de cualquier medio de difusión, de la mujer, niña o adolescente, que de manera directa o indirecta explote, discrimine, deshonre, humille o que atente contra su dignidad con fines económicos, sociales o de dominación. 16. Violencia institucional: Son las acciones u omisiones que realizan las autoridades, funcionarios y funcionarias, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tengan como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos previstos en esta Ley para asegurarles una vida libre de violencia.
CRUCIGRAMA PENALISTICO
Verticales
Horizontales
2.revisa las actividades relacionadas con la preservación efectuada por los intervinientes, se coordina con estos y organiza a los peritos en el procesamiento de los indicios o elementos materiales probatorios; 3.Cualquier equipo, objeto o instrumento que emplea el interviniente para crear una barrera física entre él, el sitio de intervención, los indicios y las personas involucradas en un hecho 4.Documento en el que se registran los indicios o elementos materiales probatorios y las personas que intervienen desde su localización, descubrimiento o aportación en el lugar de intervención hasta que la autoridad ordene su conclusión. 12.Materiales para el procesamiento de indicios o elementos materiales probatorios y equipo de protección personal. 16.Letrero escrito o impreso que se añade al embalaje para identificarlo (Anexo 5 Formato de etiqueta para embalaje). 17.Consiste en cerrar el embalaje empleando medios adhesivos o térmicos que dejen rastros visibles cuando sea abierto indebidamente o sin autorización 18.Todo aquel material que se utiliza para contener, proteger y/o preservar indicios o elementos materiales probatorios permitiendo que llegue íntegro a los servicios periciales, la bodega de indicios o, en su caso, a algún otro lugar en condiciones de preservación o conservación. 19.Término genérico empleado para referirse a huellas, vestigios, señales, localizados, descubiertos o aportados que pudieran o no estar relacionados con un hecho probablemente delictivo y, en su caso, constituirse en un elemento material probatorio 20.es la persona con conocimientos especiales en alguna ciencia, arte, técnica u oficio que ejecuta las actividades del procesamiento de los indicios o elementos materiales probatorios y emite recomendaciones para su traslado. 21.La Guía de Cadena de Custodia (Anexo 1 Guía de Cadena de Custodia).
1.verifica que la actuación de los intervinientes en la cadena de custodia se haya realizado dentro de la estricta legalidad y respeto a los derechos humanos 5.Evidencia física, objeto, instrumento o producto relacionado con un hecho delictivo y que puede constituirse como prueba. 6.Sitio en el que se ha cometido un hecho presuntamente delictivo o en el que se localizan o aportan indicios relacionados con el mismo 7.Lugar con características específicas que tiene como finalidad el resguardo de indicios o elementos materiales probatorios para garantizar su integridad. 8.Sistema de control y registro que se aplica al indicio o elemento material probatorio, desde su localización, descubrimiento o aportación, en el lugar de intervención, hasta que la autoridad competente ordene su conclusión. 9.La acción de delimitar el lugar de intervención mediante el uso de cintas, cuerdas u otro tipo de barreras físicas con el fin de preservarlo. 10.Término utilizado para asignar un número, letra o una combinación de ambos a los indicios o elementos materiales probatorios en el momento de su localización, descubrimiento o aportación 11.Registro fidedigno de la condición que guardan lugares, personas, objetos, indicios o elementos materiales probatorios en el lugar de intervención 13.Acción de levantar los indicios o elementos materiales probatorios mediante métodos y técnicas que garanticen su integridad 14.Conjunto de materiales que envuelven, soportan y protegen al indicio o elemento material probatorio con la finalidad de identificarlos, garantizar su mismidad y reconocer el acceso no autorizados durante su traslado y almacenamiento 15.Opinión científico técnica que emite por escrito un perito o experto en cualquier ciencia, arte, técnica u oficio, como resultado del examen de personas, hechos, objetos o circunstancias sometidos a su consideración.
CRIMIHOROSCOPO JULIO 2017
ARIES horóscopo 2017. Un buen mes en el amor sobre todo si tenemos pareja. Si no la tenemos sin duda es un buen mes para conocer personas interesantes. En los temas económicos, Aries debemos tener cuidado con realizar gastos excesivos, hay que vigilar nuestras finanzas. Aries puede salir muy reforzado a nivel personal durante este mes, ya que mejorará su autoestima. En la salud no se presenta grandes cambios, contando Aries con un buen estado salud. TAURO horóscopo 2017. Es un mes donde hay que trabajar las relaciones personales, sobre todo en lo relacionado con la pareja. Piensa fríamente y no tomes decisiones en caliente. En las finanzas no se presenta males números. Este mes de mayo puede ser provechoso. En la salud es bueno que tauro vigile sus emociones, momento para hacer terapia emocional. GÉMINIS horóscopo 2017. Este mes nos da un indicativo para estar tranquilos, así que lo ideal es realizar alguna actividad relacionada con la meditación. En el amor no te quedes parado y dile a tu pareja cuanto la quieres, y si no tienes pareja, es el momento de dar a conocer tus intenciones por esa persona especial. Debes realizar algún chequeo de cara a tu salud, si bien este mes de mayo no indica ninguna gravedad. CÁNCER horóscopo 2017. Es un buen mes para buscar colaboradores que te ayuden en tus proyectos. La unión hace la fuerza y esa premisa te ayudará a crecer. En la pareja los cáncer puedes hacer actividades de ocio conjuntas en el ámbito familiar, una reunión con amigos o una cena romántica en tu casa sería ideal. Cáncer debe dejarse guiar por sus emociones o sentimientos tanto en el amor como en otras facetas de la vida.
LEO horóscopo 2017. Momento de retos para Leo, si supera sus límite sin duda podrá crecer en todos los aspectos de su vida. Leo tiene que romper su límites y podrá tener recompensas en todas las facetas de la vida como son el amor o el profesional. VIRGO horóscopo 2017. Buen mes de mayo, quizás este mes determine como puedes afrontar el resto del año. Virgo tendrá una actividad sexual importante lo que repercutirá en una actividad plena y feliz para los nacidos en Virgo. Si no tienes pareja, puedes tener aventuras, puedes seguir el famoso lema de "vive la vida, sin hacer daño a nadie". En el plano económico se presenta un buen mes para tomar buenas decisiones y vigilar aquellos gastos de carácter extraordinarios. Planifica tus finanzas y recursos económicos para tener una vida tranquila LIBRA horóscopo 2017. Un mes donde libra tiene que realizar importantes esfuerzos, pero que tendrán un buena recompensa. En el amor se presenta un buen mes para momentos íntimos con la pareja, tanto si tienes pareja como sino, será extraordinario en el tema erótico. Si no tiene pareja, puede conocer personas, pero posiblemente ninguna de ellas llegue a buen puerto, es decir, se convierta en un relación seria. ESCORPIO horóscopo 2017 En el amor tienes que apoyar a tu pareja, y una de las mejores manera de hacerlo es fomentar el dialogo. Si no tienes pareja debes buscar a una persona que te haga sentir bien, puede que si eliges a la persona adecuada en meses siguientes se asiente en una buena relación. Respecto el dinero no incurras en gastos innecesarios, y en la salud tienes que llevar hábitos saludables, vigila tu comida y haz ejercicio moderado de forma regular.
SAGITARIO horóscopo 2017 Vas a tener un mes poco complicado en el trabajo, así que se hace necesario que organices tu agenda. Si organizas tu agenda, tendrás más posibilidades de éxito en tu trabajo. En el aspecto emocional, y por que no decirlo en el tema de salud, debes intentar no juzgar. Si no te sientes bien en el tema emocional, es momento de trabajar ese aspecto, puedes pedir ayuda profesional, que te ayude con esta cuestión. Respecto al amor, mayo será un buen mes, ya que tendrás buena actividad sexual. Aprovecha la ocasión. CAPRICORNIO horóscopo 2017 Debe cuidar la salud, para ello una dieta equilibrada y cierto ejercicio. También es un buen mes para trabajar el crecimiento personal, romper los límites para crecer como persona. Trabajar nuestra autoestima. Cuida tus finanzas y no hagas gastos extraordinarios. ACUARIO horóscopo 2017 Se pronostican buenas previsiones para acuario en el trabajo, para ello deberá fomentar las relaciones sociales. Personas interesantes te ayudarán en tus proyectos empresariales. Es una buena época para realizar viajes con tu pareja, o para conocer nuevas personas, si estas soltero. En la salud debes vigilar tensiones innecesarias, cuidado con el estrés y en la medida de lo posible, intenta estar tranquilo. PISCIS horóscopo 2017 Piscis debe vigilar malentendidos, cuidado con las discusiones absurdas. En este mes puede que ocurran problemas, debes dialogar y no te dejes llevar por la ira. Cuidado con tus finanzas, puede que tengas problemas en este mes que se perpetúen en el largo plazo. Es un buen momento para compartir con amigos y la familia.
DIGITAL EL MUNDO DEL DERECHO PENAL EN VENEZUELA
Integrante: Wilmarth Oropeza
Revista Digital acerca del mundo del Derecho Penal en Venezuela Universidad “Fermín Toro”
Facultad de Derecho Profesora: Yelena Martinez
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