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Introducción
INTRODUCCIÓN
La presente obra titulada: Ética judicial en Iberoamérica: una aproximación desde la argumentación jurídica, tiene como firme propósito entablar un diálogo académico e institucional acerca de una de las temáticas más apasionantes en el mundo de la ciencia jurídica: la ética judicial y sus implicaciones en la labor que llevan a cabo los jueces constitucionales. A nivel Iberoamérica, es emblemático el Código Iberoamericano de Ética Judicial como un docu-
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mento preliminar y pionero en el cual se consagran los princi-
pios básicos de la función judicial, además de ser un referente para muchos operadores jurídicos. Este libro nace precisamente de la necesidad de debatir en el seno de nuestros Estados Democráticos la evolución que han tenido estos principios en la función que llevan a cabo los jueces en su actividad cotidiana.
El primer capítulo se titula: La cortesía como principio en la ética judicial para la comunicación eficaz de las decisiones. En este sentido, el tema de la cortesía es uno de los principios éticos escasamente explorados en estudios judiciales especializados de tradición romano-germana; no obstante, su dimensión ética y psicosocial es importante para entender los actuales fenómenos de incomprensión
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hacia el Poder Judicial en Iberoamérica. Este problema complejo necesita ser replanteado desde una óptica interdisciplinaria, plural y crítica, que permita a los jueces comunicar eficazmente a la sociedad el conocimiento generado, así como las distintas interpretaciones que los mismos hacen de la realidad.
Por tal motivo, en dicho capítulo se examina la dimensión psicosocial de la cortesía a partir de distintas categorías que han sido explicitadas por los paradigmas de mayor adhesión dentro de la pragmática, siguiendo en este sentido el modelo de Brown y Levinson, quienes han perfeccionado de manera clara y precisa los elementos antagónicos de esta figura (descortesía). Expuesto lo anterior, se moviliza este concepto para configurar un modelo de cortesía judicial desde distintas teorías jurídicas del discurso y tópica judicial de algunos de sus principales exponentes como Robert Alexy, Jürgen Habermas y Chaim Perelman.
El siguiente capítulo tiene como propósito realizar una revisión histórica sobre la conexión entre derecho y moral, con el fin de sustraer de la misma los elementos comunes que son traídos en la actualidad para justificar el apego o desapego de las normas a la ética, ya sea una visión atenuada o reforzada, de ahí que la mayor parte del tiempo dicha conexión sea invisible, pero que siempre dota y fundamenta axiológicamente las decisiones judiciales. Hoy en día, el desafío más grande que tiene la jurisdicción constitucional en la actualidad es la concreción de los valores, contenidos no sólo en los textos fundamentales, sino en el propio Derecho Internacional. Dar efectividad al derecho a través de la justicia y la equidad es la mejor fórmula que tiene el Juez Constitucional, no sólo porque las normas son vigentes o satisfacen determinado criterio de validez formal, sino por las «razones en las que ellas se fundamentan».
En la última parte del libro se aborda el tema de la responsabilidad social e institucional que tiene la judicatura frente a la sociedad. En este sentido, se parte de la línea de pensamiento del jurista Karl
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Loewenstein, quien defendió una de las tesis más sólidas sobre la independencia que debe guardar el Poder Judicial frente al Gobierno. En este sentido, se analizan los tres modelos principales en torno al autogobierno judicial: externo, interno e institucional.
De acuerdo al modelo externo, la administración y gestión está a cargo de órganos no integrados al Poder Judicial. Por otra parte, el modelo interno atribuye las decisiones de la materia, a los mismos órganos jurisdiccionales. Finalmente el institucional, encomienda el gobierno del Poder Judicial a órganos creados ex professo por el legislador para ese efecto. En tal sentido, el modelo español y mexicano, con el Consejo General del Poder Judicial (España) y el Consejo de la Judicatura Federal (México) forman parte de este último paradigma. A pesar de los enormes esfuerzos que se realizan en Iberoamérica para concientizar sobre la responsabilidad patrimonial en las anomalías relacionadas con la administración de justicia, aún existen naciones como México, donde se ha comenzado tarde en la construcción de instrumentos judiciales para solicitar la reparación de los daños ocasionados por una deficiente administración de justicia.
Ello a diferencia de naciones como Colombia, la cual que ha tenido un avance bastante notable, o Argentina, que a pesar de no contar con una legislación expresa, la evolución jurisprudencial es considerable en lo concerniente a la responsabilidad patrimonial del Estado, así como algunas anomalías derivadas de una mala administración de justicia. En sentido contrario, desde el punto de vista de la responsabilidad administrativa, el Poder Judicial de la Federación en México cuenta con una destacada línea de precedentes y criterios orientativos para el correcto desempeño de la función judicial, destacando los precedentes en materia Disciplinaria, emitidos por el Consejo de la Judicatura Federal.
Este libro invita al lector a cuestionar y reflexionar de manera crítica sobre la elevada función que tienen los jueces en nuestros Estados Constitucionales en Iberoamérica, desde un enfoque de la
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argumentación jurídica. Esperemos que esta obra sea un aliciente y represente una contribución digna de ser debatida en los círculos especializados de la función judicial y la doctrina jurídica.
Agradecemos enteramente a la Universidad Autónoma de Coahuila, por conducto de su Rector, el Ingeniero Salvador Hernández Vélez, así como al Director de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, el Lic. Juan Carlos Hernández Cruz, por su patrocinio y liderazgo al apoyar de manera decidida el proyecto que el lector tiene en sus manos. De igual forma, agradecemos a nuestro equipo de trabajo por preparar este proyecto editorial, y a nuestras familias, quienes son parte esencial de este proyecto profesional.
Mayo 2019 José Luis Leal Espinoza Rogelio López Sánchez
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