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DESAFÍOS
TECNOLÓGICOS EN EL TRATAMIENTO JURÍDICO: UN ENFOQUE PEDAGÓGICO
Introducci N
Al paso de los años la disciplina pedagógica en el campo jurídico ha buscado en sus mismos fines los métodos de transmisión que permitan acercarse con mayor certeza a los objetivos y contenidos demandados por la materia.
El acercamiento se ha dado a partir de la definición de diversas corrientes teóricas aceptadas, donde se ha observado, en métodos como la narrativa histórica o el estudio de casos, malas prácticas asociadas a la legitimación propia de los actos descritos, en los que se atiende el problema de forma aislada y se pierde en la argumentación, la valoración positiva y negativa del contexto y efecto en el que tuvieron lugar, destacando en su transmisión, un tratamiento subjetivo que afecta el análisis tanto en alcance como en profundidad reales.
Lo que ocurre en el campo del Derecho es un ejemplo práctico de la problemática que por décadas genera reflexiones referidas a los métodos de enseñanza que se traduzcan en una mejor comprensión y aplicación didáctica, tanto en contenidos, entendidos como saberes culturales transmitidos generacionalmente, como en su ejercicio desde el enfoque práctico.
Fuente: Google
Parecería, respecto a la claridad con la que es definido el problema que la solución se podría vislumbrar cercana. No obstante, es importante destacar que la evolución de los modelos educativos se sujeta a las transformaciones del contexto que se vive, y actualmente, dicha evolución ha acrecentado de forma importante la brecha entre lo que sucede y lo que debiera suceder.
Se indica que los contenidos del Derecho se han sustentado en “la comprensión del pensamiento ius positivista, enfocando el proceso de enseñanza y aprendizaje al estudio de la normativa con frecuentes remisiones a antecedentes históricos que en muchas ocasiones no evidencian una conexión para problematizar y comprender la finalidad de acudir a ellos para orientar la comprensión y aplicación del Derecho en la realidad actual.” (Vásquez, J. y Restrepo, A. 2021 p. 433)
El debate abre diversos ejes que van de la selección de la información, la definición de objetivos, las estrategias de enseñanza y de aprendizaje, los recursos y la forma de medir los resultados del proceso de forma sumativa, pero alcanza aspectos de mayor profundidad como su proyección en “la construcción de
Texto: Lic. Christian Diaz- Guerrero Rodríguez y Dra. Mónica Castelló Barajas
una paz positiva, los retos que de ello se derivan para la enseñanza y el aprendizaje de la abogacía, y resulta imprescindible una fundamentación pedagógica que otorgue sustento a dichos procesos” p. 435.
Se propone entonces reinventar formas para desde el presente, facilitar la transición a cambios inminentes en el ejercicio jurídico, a futuro, con premisas que apuntan no solo la atención al conflicto atribuible a los fines normativos de la disciplina, sino que contribuya a la mejora de su comprensión en una transición orientada al tratamiento no solo reactivo, sino preventivo de las problemáticas sociales.
Como se comenta, son diversas las variables implicadas, aunque el supuesto que se plantea propone ineludible, la incorporación de los recursos tecnológicos que abren dos vertientes en su tratamiento, la incorporación tecnológica a la disciplina, que tal como se presenta en este artículo abre nuevas formas de operarla y por ende la relación que guarda en su avance con los procesos formativos.
El punto en las reflexiones conjunta los fines de la pedagogía jurídica, atendiendo los aspectos señalados en los párrafos anteriores y vinculando con la latente exigencia de reajustar la transmisión de la disciplina a las necesidades actuales, considerando las demandas de la disciplina con enfoque pacifista, estratégico y proyectivo.
Así, el objetivo de este artículo es analizar la incorporación de las nuevas tecnologías a la disciplina jurídica, y destacar la importancia de asumir una postura pedagógica estratégica que permita su ejecución y seguimiento con una visión proyectiva.
Desarrollo
La velocidad con la que se han visto modificadas las estructuras sociales a raíz de la pandemia por COVID- 19, ha impulsado la evolución de intangibles, cuyo avance está influenciado y definido por las nuevas tecnologías de información y comunicación (TICS).
Este fenómeno de impacto global, aun cuando sea transitorio, se presenta como un parteaguas, porque amén de las implicaciones y efectos adversos que arrastra a su paso, resultó en la incorporación de esquemas que garanticen la continuidad operativa, y que han supuesto cambios radicales no planificados y carentes de control, abonando una transición con amplia proyección, en todas las esferas donde tiene lugar la vida humana.
Desde una visión no reduccionista, el análisis de este fenómeno se propone interdisciplinar e integral y con matices altamente complejos.
Es importante destacar que, el avance de los modelos educativos propone un acercamiento a las corrientes que enfatizan la construcción del propio conocimiento a partir del aprendizaje significativo y que hoy avanzan para considerar en sus fundamentos teórico cognoscitivos, donde la incorporación tecnológica a la propia disciplina precisa incorporar un enfoque que determine el uso y alcance de las nuevas tecnologías y los ajustes y modificaciones que tienen lugar en su mediación. Uno de ellos puede ser por sus atributos el conectivismo, fundamentado en la corriente constructivista y el aprendizaje sociocultural y asociado al conductismo en lo que refiere al estímulo respuesta.
El conectivismo se traduce en una propuesta óptima para el tratamiento del Derecho porque indica que el conocimiento reside en las conexiones que se forman, ya sea con otras personas o con fuentes o recursos de información, en donde la tecnología juega un rol clave. Ello se evidencia en la práctica jurídica de forma importante.