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Texto: Lic. Christian Diaz- Guerrero Rodríguez y Dra. Mónica Castelló Barajas

IEE Plantel CDMX

En ello, toma parte la coyuntura del estado en que se ubica la disciplina. El análisis comparativo de la evolución señala que “la praxis de la abogacía tal y como se ejerce actualmente, dará paso formas completamente distintas, y se prevé que en 10 años, estos cambios rebasen incluso los acaecidos durante los últimos 400 Susskind, R (s/a citado por Carbonell, M 2022).

En atención a lo anterior, será útil considerar lo señalado por Schuschny, (2009 citado por Jiménez, J. 2014, p. 4) “El conocimiento es un patrón de relaciones y el aprendizaje se da con la creación de nuevas conexiones y patrones y con la habilidad de maniobrar alrededor de las redes/patrones existentes.”

Los patrones referidos han transformado algunas ideologías en el caso del Derecho y muestran una construcción histórica relevante. Tradicionalmente éste ha tenido como objeto resolver problemáticas, observando para ello el apego a leyes y al paso, ha buscado crear un cuerpo teórico que fomente la mejora del tratamiento y ejercicio normativo.

Lo que discrepa de los fines pedagógicos en sí mismos, toda vez que las leyes no están hechas para educar, las leyes están hechas para sustentar una sanción, regulando la convivencia de las personas. Su finalidad no es el aprendizaje sino la aplicación y observancia de una normativa.

No obstante, y en la perspectiva que propone puntos de identificación entre ambas disciplinas para la mejora del contexto que se vive, exige una perspectiva más humana y pacifista del derecho, donde lo ideal sería que analicen las consecuencias a la luz de los procesos formativos, es decir donde cohabite con las normas, la conciencia del deber ser.

El enfoque de la ley y su efecto en una sanción ubica este elemento en un nivel de carácter conductual estímulo- respuesta, orientado a evadir una sanción, en tanto que su combinación con métodos constructivistas abrirá paso a reflexiones que permitan avanzar en el conocimiento y mejorar lo social.

En este orden de ideas, es pertinente señalar, los desafíos que en la disciplina jurídica se producen considerando, la incorporación de las nuevas tecnologías, para definir la importancia de atenderlo Fuente: desde un enfoque pedagógico que, con visión altamente proyectiva permita incorporar los métodos empleados por el Derecho a este nuevo paradigma, reconociendo el camino andado para construir hacia los destinos que encaren el futuro con mayor certeza.

En una entrevista Garza, J. (citado en Carbonell, M. 2022, min. 26) señala que “la tecnología no solo eficientiza, transparenta y rinde cuentas. La comprensión de la disciplina se propone en un reajuste constante que requerirá una operación distinta. “la nueva abogacía generara un entendimiento de la abogacía como una herramienta tecnológica para resolver la conflictividad que en México cada día incrementa, dejando de lado la abogacía estancada (min. 29).

Y entre los retos que encara la disciplina se destaca la falta de un plan, “no hay una ruta, no hay una estructura, no hay una política pública para efectos de la implementación de la tecnología en el área jurídica que requerirá de procesos establecidos y proyectados al paso del tiempo” (min 31).

Es importante considerar, que gran parte de los avances logrados en distintas áreas tecnológicas, tienen sus inicios décadas atrás, dejando de manifiesto brechas asociadas a la falta de una evolución paralela, que no ha dejado indiferente a ningún sector económico y productivo. No obstante, existen disciplinas que presentan un ritmo lento de incorporación, donde se percibe resistencia al cambio acompañado de una fuerte deficiencia financiera que no abona en nada la transición.

Sin lugar a duda, el posibilitar la transformación respondiente a dichos escenarios hace parte del crecimiento disciplinar mismo, aunque apunta hacia la necesidad de incorporar tendencias que, desde un enfoque estratégico, asuman el reto de formar ante la diversidad, con una postura crítica que garantice que las personas sean capaces de reconocer en la adaptación al cambio, una constante.

Por estratégico se comprende la visión holística, planificada y estructurada del fenómeno, una cualidad que, al proporcionar sistematicidad, permitirá conjuntar pasado y presente con una visión proyectiva. Ello es fundamental, toda vez que la disciplina jurídica tiene en sí misma una evolución histórica por demás valiosa. Se nutre del bagaje de diversas civilizaciones y culturas y se ha enriquecido además del empleo de diversos métodos y técnicas.

Nada de lo señalado en el párrafo anterior, deberá pasar inadvertido en la construcción de nuevas realidades, al contrario, deberá proponerse como el punto de partida para fusionar con los requerimientos jurídicos actuales.

Así, se plantean nuevas formas de aprovechamiento de los recursos tecnológicos, considerando la incorporación de fenómenos como la multiculturalidad, y que son posibles, dadas las ventajas que ofrece la conectividad global.

La paradoja que sobreviene al uso de la tecnología, se ubica en el alcance masivo que permite, y al tiempo, desde la sistematicidad que facilita tratamientos específicos y de carácter individual.

Texto: Lic. Christian Diaz- Guerrero Rodríguez y Dra. Mónica Castelló Barajas

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Conclusiones

El presente artículo ha tenido como objetivo analizar la incorporación de las nuevas tecnologías a la disciplina jurídica, y destacar la importancia de asumir una postura pedagógica estratégica que permita su ejecución y seguimiento con una visión proyectiva.

La reflexión ha considerado como variables de atención en la problemática la integración de la disciplina jurídica y la tecnología, asociada a un enfoque pedagógico que destaca la importancia de avanzar de manera conjunta y consecuente con el contexto que se vive.

Se concluye entonces en algunas reflexiones importantes al respecto:

(1) Los fines de la disciplina pedagógica y el derecho han transitado a lo largo de la historia por distintas rutas, no obstante, desde un enfoque metodológico, presentan áreas en común que posibilita su articulación; cada una, aunque con distintos fines, cuenta con un desarrollo histórico enriquecedor y de gran aporte a la convivencia humana y presenta afinidades asociadas a la forma en que responden a la evolución para adoptar métodos y prácticas consecuentes.

Asimismo, se ubica un punto de identificación en la práctica de ambas disciplinas, en lo que corresponde a la inserción de la variable tecnológica, que supone tanto para lo jurídico como lo pedagógico, un importante desafío por atender mediante el acercamiento a procesos planificados. No obstante, y aunque el grado de penetración y los mismos fines sean distintos, se argumenta la importancia de asociar sus propósitos en el trayecto propio de la formación jurídica mediante una misma ruta propuesta por fundamentos teóricos que atienden la interacción humana mediante canales de comunicación potenciados por las nuevas tecnologías de la información.

(2) La tecnología, vista como recurso en sí mismo, ha generado importantes disputas asociadas a la transición propia del Derecho, con impacto tal, que se prevén ajustes sustanciales en la praxis jurídica y que, ha decir de los expertos, experimentara veloces cambios que dejarán de lado la conceptualización conocida de su ejercicio a la fecha. No solo ha modificado patrones de interacción humana, sino que estos ajustes han penetrado de forma tal los distintos escenarios de convivencia que algunos especialistas, tal como se ha mencionado, definen a la tecnología como un eje transformador más que un recurso propio.

(3) En común a lo pedagógico y lo jurídico, sobreviene al avance tecnológico con un amplio debate en la forma como se proyecta, que va desde su método, recurso y hasta la velocidad con la que lo hace sin aparente planificación. Ello marcado por quienes se muestran a favor e insisten en los efectos colaterales que tendrá su incorporación para mejorar la sistematicidad y aportar hacia el estado de derecho; mejorar con ello la integración de trámites y procesos y por supuesto la mejora continua y eficiente que permitirá traspasar fronteras y asumir una visión global única, que tiende a la masificación con un enfoque y tratamiento particular.

(4) En contraparte, los escépticos aun consideran que la disciplina y su ejercicio, precisa de las prácticas presenciales y la ejecución de procesos. Lo importante será en todo caso preservar en los actos del Derecho que éste “debe tomar aquellos que permitan la existencia y desarrollo pacífico y ordenado, dotando de obligatoriedad. Para aquellos usos sociales retomados por el Derecho, la obligatoriedad no les es esencial, sino circunstancial, pues deriva del orden jurídico” (García, M. 2018).

(5) Con respecto a la importancia de la evolución en la práctica jurídica y la pedagogía, será importante comprender el estado del que parten ambas. Observar de forma crítica las malas prácticas reflejadas en la pedagogía tradicional, academicista y con un restringido campo pensante para el estudiante y considerar para ambas materias, la jurídica y la pedagógica la incorporación pensante de las nuevas tendencias.

El avance de la Pedagogía como disciplina propone en corrientes teóricas de avance permanente, la inminente necesidad de migrar hacia escenarios tecnológicos. Y al respecto, deberá entonces facilitar la transición, atendiendo la brecha generacional y las características de los perfiles ampliamente diversos y heterogéneos que hoy forman parte de la oferta educativa.

(6) Se unirá de forma importante, la atención a variables multiculturales que garanticen el aprovechamiento de los recursos tecnológicos en la comprensión y aceptación de diversas formas de vida, hábitos y costumbres. En un nivel más particular, se ubica el replanteamiento de los modelos educativos, que si antes se ocupaban de responder a las necesidades de Instituciones específicas, el día de hoy tienen como eje las necesidades globales, donde destaca el fortalecimiento de las estrategias que potencien la multiculturalidad y que, desde el la interacción mediada por los recursos tecnológicos es una realidad con importantes líneas y ejes atribuibles a las formas en que tiene lugar la práctica jurídica.

El reto de esta integración en la multiculturalidad es mayúsculo. El reconocimiento e identificación de las necesidades de cada cultura que en la perspectiva de este trabajo se propone como la unidad que integra una visión global posible de compartir desde la transformación educativa pero siempre desde el reconocimiento de las particularidades y diferencias que competen tanto a la disciplina como a los perfiles involucrados en ella.

Asimismo, es importante señalar que el multiculturalismo se propone también como estrategia potencial de desarrollo global que no tendrá lugar de forma particular sino que deberá trabajarse.

Y en esta línea será necesario señalar que el bagaje propio de dichas especificidades culturales conforma en si gran parte del contenido tácito que se comparte en entornos educativos, con propuestas de contenidos implícitos propuestos por la educación formal. Es decir, el currículo oculto que se presenta en entornos multiculturales rebasa al propio manifiesto, y es ampliamente enriquecedor, siempre y cuando, sea compartido de forma planificada, con una lógica y estructurada planificación pedagógica.

(7) Desde esta perspectiva, será importante dejar de lado dichas premisas, para impactar en las mejores prácticas en el ejercicio disciplinar, razón por la cual, la trayectoria educativa formal asume un desafío aun mayor al de diseñar el currículo y asume el reto de posibilitar una mejor transición a escenarios proyectados, pero aun inciertos, que además es prudente señalar, serán en gran medida definidos por quienes actualmente son destinatarios de los servicios educativos, asumiendo la perspectiva de hacer camino al andar.

Texto: Lic. Christian Diaz- Guerrero Rodríguez y Dra. Mónica Castelló Barajas

Los cambios de paradigma propondrán entonces para la disciplina jurídica, nuevas formas de interacción y desempeño; el reconocimiento de la tecnología como eje y motor de cambio y transformación, en tanto que encontrará en la práctica pedagógica el medio que por excelencia permita articular la conexión con el ser humano y su impacto en el deber ser para una mejor sociedad.

(8) Cabe señalar que es importante abrir foros de reflexión en torno a la conveniencia de continuar refiriendo la irrupción tecnológica como un tema novedoso. Si bien es cierto, que la pandemia por COVID- 19 aceleró de forma sustancial la incorporación de la tecnología para preservar las actividades productivas en gran parte de los giros organizacionales, es también cierto que la necesidad de incorporar a la cadena de valor estos recursos, no data del periodo pandémico, más bien al sobrevenir ésta, evidenció malas prácticas y brechas asociadas a un proceso de incorporación por demás pausado y lento.

Al tiempo es prudente señalar que se han alcanzado en tiempo récord grandes avances en materia de desarrollo social impulsados por la tecnología en un contexto álgido y problemático como lo fue la pandemia, donde quedará por lamentar el saldo en materia de salud y economía, pero será importante emplear con plena conciencia el potencial tecnológico que ha impulsado, dejando a su paso la inminente necesidad de adaptarse de forma consecuente a nuevas realidades en las estructuras sociales.

Texto: Lic. Christian Diaz- Guerrero Rodríguez y Dra. Mónica Castelló Barajas

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Referencias

Carbonell, M (2022) Introspectiva. Barra Mexicana de Abogados. Archivo de video, canal de Youtube 31.55 minutos https://www.youtube. com/watch?v=H5BmKk6CUes

García, M. (2018) Juzgado sin papel, un paso más de la justicia electrónica. Revista del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla, México enero- junio, 133- 154. https://www. scielo.org.mx/pdf/rius/v12n41/1870-2147rius-12-41-133.pdf

Jiménez, J. (2014) Modelo de diseño instruccional semipresencial basado en proyectos a partir de un LMS y PLEs - Integrando ambientes organizacionales y personales Revista de Educación a Distancia, núm. 42, septiembre-diciembre, pp. 73-96 Universidad de Murcia, España. En línea https://www.redalyc.org/ pdf/547/54731828007.pdf

Vásquez, J. y Restrepo, A. (2021) Enseñanza y Aprendizaje Clínico del Derecho (EACD) – Investigación: integración para la educación jurídica. Revista estudios pedagógicos. XLVII Pp. 431451, en línea https://www.scielo.cl/pdf/estped/ v47n1/0718-0705-estped-47-01-431.pdf

Christian

Diaz- Guerrero Rodríguez Alumno IEE

Licenciado en Derecho con Especialidad en Derecho Fiscal. Socio de la firma Díaz- Guerrero Abogados y Consultores de Negocios, S. C. Estudiante de la Maestría en Derecho Fiscal.

Dra. Mónica Castelló Barajas Egresada y Docente IEE

Doctora en Desarrollo Humano; Maestra en Administración y Finanzas; Docente e Investigadora del Plantel IEE Ciudad de México. Se desempeña en la Coordinación de Desarrollo Institucional en UTEL y como docente titular en ULSA México.

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