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Inspeectoría Salesiiana San Luiss Beltrán Medeellín – Colom mbia A CÓDIGO DE ÉTICA A SALESIANO OS Y LAICOS PARA VINCULADOS A LLA SOCIEDAD D SALESIANA A INSPEECTORÍA DE MEDELLÍN
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CONTTENIDO
PÁ ÁG
I.
ACIÓN PRESENTA
II.
FUNDAM MENTACIÓN
III.
NORMAS DE CONDUC CTA EN LAS R RELACIONES PROFESIONALES
A ADMINISTR RACIÓN EN LA
EN AC COMPAÑAM MIENTO PASTTORAL
COND DUCTA CON NIÑOS, NIÑA AS Y ADOLESSCENTES
MALTTRATO INFAN NTIL Y ABUSO O SEXUAL
COMPORTAMIEN NTO PROFESIONAL
ORTE DE COM MPORTAMIEN NTOS INAPR ROPIADOS REPO
COMUNICACIÓN ELECTRÓNIC CA
IV.
AS NORMAS GENERALES DE CONDUC CTA QUE DEB BEN GUARDA AR Y CUMPLIIR LAS SOBRE LA
ULADAS LABO ORALMENTEE A LA PIA SO OCIEDAD SALLESIANA INSP PECTORÍA SA AN PERSONAS VINCU O DE VOLUNTARIADO LUIS BELTRÁN O EEN EJERCICIO
PRESENTACIÓN ha venido co onociendo y aaplicando el Código de Ética La Insspectoría Sallesiana San LLuis Beltrán h desdee el 2008. A petición dell P. Inspector, el Ecónom mo Provincial ha revisado este documento 3
introd duciéndolo d desde el pun nto de vista ju urídico y missional en el ccontexto de n nuestra misión educaativo pastoraal salesiana. El Código de Éticaa de la Inspectoría contin núa trazando o un camino seguro para realizar el de la Comun nidad Educativo Pastoral de la Inspecttoría proyeecto de vida personal y ccomunitaria d San LLuis Beltrán, que ofrece ssus servicios en el occidente colombiano. De m manera particcular ofrecem mos un Códiggo de Ética que asegure eel adecuado crecimiento o integral de todos los niños, niiñas y Adolesscentes que son destinattarios de la m misión salesiaana o las normativvidades nacionales, interrnacionales yy propias de la en la Inspectoría; atendiendo congrregación saleesiana que atañen al tem ma de niñez yy juventud, tteniendo esp pecial cuidad do con laa niñez más vulnerable. Se precisa tambiéén en este Có ódigo de Éticca la corresponsabilidad entre religio osos salesiano os y ollo profesion nal de la misión salesianaa a favor de llos destinataarios. laicoss para facilitaar el desarro La ressponsabilidaad que tienen n los mismoss niños, niñas y adolescentes como su us padres de e familia y acudienttes en la form mación, es p presentado taambién aquíí y así todos jjuntos seguim mos ondiendo con n audacia al siempre y acctual legado educativo de Don Bosco o, formar respo honestos ciudadaanos y bueno os cristianos.. ACIÓN II. FUNDAMENTA por lo Los Salesianos dee Don Bosco, en la Inspecctoría San Luis Beltrán dee Medellín, reespetuosos p uesto por la C Constitución Nacional en n su artículo 4 44, asumimo os que: “Son derechos dispu fundaamentales dee los niños: lla vida, la inttegridad físicca, la salud y la seguridad d social, la alimeentación equ uilibrada, su ccuidado y am mor, la educaación y la culltura, la recreeación y la libre expreesión de su o opinión. Seráán protegidos contra toda forma de aabandono, viiolencia físicaa o moraal, trabajos riiesgosos. Gozarán tambiéén de los derechos consaagrados en laa Constitució ón, en las leyes y en los tratados inteernacionaless ratificados por Colombia. La familia, la sociedad d y el do, tiene la o obligación dee asistir y pro oteger al niño o para garantizar su desaarrollo armónico e estad integral y el ejerccicio pleno dee sus derechos. Cualquie er persona pu uede exigir d de la autoridaad comp petente el cu umplimiento y la sanción de los infracctores. Los derechos de llos niños prevaalecen sobree los derecho os de los dem más. ” Cuando se utilicen los términos “NIÑO” o “NIÑA” se h hace referenccia a las perssonas entre llos cero (o) y los doce (12) años yy “ADOLESCEENTE” las personas entree los doce (12 2) y los dieciocho 4
(18) aaños de edad d, de acuerdo con el artícculo 3 de la LLey 1098. Cu uando se utilice el términ no “ADU ULTO” se deb be entender como todas aquellas perrsonas mayo ores de edad y el término o “ENTIDAD” como o los colegioss, escuelas. o “PROTECCIÓ ÓN INTEGRA AL” se hace m mención “…al reconocimiiento Cuando se utilice el concepto de los niños, niñaas y adolesceentes como ssujetos de de erechos, la gaarantía y cum mplimiento d de los mism mos, la prevención de su aamenaza o vvulneración yy la seguridad d de su restaablecimiento o inmediato en dessarrollo al principio del in nterés suprem mo”, como cconsta en el artículo 7 de e la Ley 1 1098. Cuando se utilice el concepto o “INTERÉS SU UPERIOR” se e entenderá como se estaablece en el artícu ulo 8 de la Leey 1098, a saaber: “Se enttiende por interés superior del niño, niña y adoleescente, el im mperativo qu ue obliga a to odas las perssonas a garan ntizar la satissfacción inte egral y simulltánea de tod dos sus Dereechos Human nos, que son universales,, prevalentess e interd dependientees”. Cuando se haga rreferencia al concepto “P PREVALENCIA A DE LOS DERECHOS”, see estará utilizzando como o se estipula en el artículo 9 de la Leyy 1098; así: ““En todo acto o, decisión o medida administrativa, ju udicial o de cualquier natturaleza que deba adoptaarse en relacción con los n niños, olescentes, p prevalecerán n los derecho os de éstos, een especial ssi existe confflicto las niñas y los ado entree sus derecho os fundamen ntales con los de cualquie er otra perso ona. En caso o de conflicto o entree dos o más d disposiciones legales, administrativass o disciplinaarias, se apliccará la norma más favorrable al interés del niño, niña o adoleescente”. La Ley 1098 de 20 006 en el artículo 18 defiine “MALTRA ATO INFANTIIL” de la sigu uiente manerra: “…tod da forma de perjuicio, caastigo, humilllación o abu uso físico o psicológico, d descuido, om misión o tratto negligentee, malos trattos o explotaación sexual, incluidos loss actos sexuaales abusivoss y la violacción y en gen neral toda fo orma de violeencia o agressión sobre ell niño, la niñaa o el adolesscente por p parte de sus p padres, representantes legales o cuaalquier otra p persona.” El “AB BUSO SEXUA AL”, como un na clase de m maltrato infantil, se entiende en el sentido de cualq quier actividaad sexual con n un niño, niña o adolesccente. Incluyye el contactto sexual acom mpañado por la fuerza o la amenaza d de utilizarla, con indepen ndencia de laa edad de loss particcipantes, y cualquier con ntacto sexuall entre un ad dulto y un niñ ño, niña o ad dolescente, ccon indep pendencia dee que haya eengaño o de que la víctim ma comprend da la naturaleeza sexual de e la activiidad. El conttacto sexual entre un ado olescente y u un niño más pequeño también se puede considerar abusivvo cuando exxista una disp paridad significativa de eedad (cinco o o más años), de haga que el m más pequeño o no esté en condicioness de dar un desarrrollo o de taamaño que h conseentimiento in nformado. LLa actividad ssexual puede e incluir penetración, toccamientos o actos sexuaales que no impliquen co ontacto, com mo la exposición, o el voyeurismo. (Beerliner y Ellio ott, 1996, citado por C Caballo y Cols. 2002) 5
ORMAS DE C CONDUCTA EEN RELACION NES PROFESIO ONALES III. NO A ADMINISTR RACIÓN EN LA o justo hacia otros El personal practiica el trabajo En lass operacionees cotidianass El personal tiene un trato de resp peto y cordialidad con tod das las perso onas. Las • encia y corteesía mostrando respeto aa los reuniiones y conversaciones se llevan a caabo con pacie punto os de vista de los otros yy en un ambieente donde ttodos se sien ntan seguross en ofrecer ssu aportte profesionaal en el camp po en que see desempeñaan. El personal anima a o otros, apoyan ndo a cada persona a vivir la vida a laa cual Dios lo os ha • onal trabaja d de una formaa que valora los diferentees dones quee las personaas llamaado. El perso traen n a la Comunidad. • El personal asume la responsabilidad colectivaa de salvaguardar los bieenes y recurssos de la Píaa Sociedad Saalesiana y daarles un uso aapropiado y eficiente seggún los valorres de la misión Salesiana. n las presenccias y obras sse realiza tall como lo quiere • La administración de los bienes en el derecho propio o consignado o en las Consstituciones Salesianas y een el Directorio Inspectorrial: Sección comunidaades solidariias. Según el directorio In nspectorial aaprobado por el Capítulo Inspeectorial y el cconsejo en ju unio de 2010 0 6
Ante cuallquier evento o en la administración de e las tareas aasignadas paara un emple eado • de la pía sociedad d Salesiana een cualquieraa de las sede es de la Inspeectoría San Luis Beltrán yy que requiiera de un prronunciamiento legal se llevará adelaante el debid do proceso como estipulaa la ley. COMPAÑAM MIENTO PASTTORAL EN AC pañamiento pastoral, resspeta los derrechos de lass personas y los El personal que reealiza acomp os que orienta y busca ell mejoramien nto del biene estar de todo os grupo uis Beltrán que realiza • El personal de la Pía SSociedad Saleesiana Inspectoría San Lu acom mpañamiento o en cualquieer área de paastoral evita someter a siituaciones ab busivas o traum máticas indivvidualmentee o en grupo a los destinaarios de esa iintervención n. El personal de la Pía SSociedad Saleesiana Inspectoría San Lu uis Beltrán m maneja la • confidencialidad en la información que reecibe como resultado de su labor de acom mpañamiento o; en caso dee ser necesarrio, le dará el mejor trataamiento de aacuerdo a lass norm mas de la orgaanización. El personal de la Pía SSociedad Saleesiana Inspectoría San Lu uis Beltrán establece • relaciones de caráácter estrictaamente proffesional con los destinataarios de la m misión. 7
El personal de la Pía SSociedad Saleesiana Inspectoría San Lu uis Beltrán tiene prohibid do • particcipar con loss destinatario os en cualquier conductaa que distorsione el acom mpañamiento o en los prrocesos de p pastoral. El acompañamiento sse realiza en lugares y ho orarios aprop piados, por lo o tanto no de ebe • realizzarse en mom mentos o sitiios que pudieran parecerr ambiguos. El personal de la Pía SSociedad Saleesiana Inspectoría San Lu uis Beltrán m mantiene límites • aprop piados en lass relaciones ccon los destiinatarios de la misión. No o acostumbrra, por tanto,, a tomaar parte de acctividades so ociales difereentes a las qu ue conlleva lla labor educcativo pastorral. Los religio osos y sacerd dotes salesiaanos que han n hecho sus vvotos religiossos de pobre eza, • castid dad y obedieencia los tend drán presenttes en todas sus relacion nes para llevaar a cabo la misió ón educativa pastoral. DUCTA CON NIÑOS, NIÑA AS Y ADOLESSCENTES COND menores debee usar el critterio apropiaado para aseggurar la existtencia El personal que trrabaja con m de lass relaciones de confianzaa marcadas p por la integridad personaal y profesion nal o con el Código de la Infaancia y la Adolescencia , el • En concordancia con lo estipulado onal tiene el compromiso o fundamenttal de garanttizar a los niñ ños, niñas y aadolescentess el perso pleno o respeto de su dignidad,, vida, integrridad física y moral en la prestación d del servicio Educaativo Pastoraal. El personal debe ser cconsciente de su propia vvulnerabilidaad y de cualq quier individuo • or de edad co on quien pud diera estar trrabajando. EEn toda instancia posible,, se debe buscar meno 8
una aactitud en eq quipo cuando o se lleven a cabo activid dades juveniles. El person nal debe evittar el estab blecer cualqu uier relación exclusiva co on un menor de edad y teener la precaaución debida cuand do se enteree de que algú ún menos busca tal relación. •
Evitar el ccontacto físicco cuando see está con un n menor a so olas.
Buscar qu ue más de un n adulto a caargo esté pre esente en eveentos que involucren • meno ores, tales co omo juegos, actividades d deportivas, cculturales y ssociales. El personal no debe p proveer en ningún mome ento a los meenores sustancias • psico oactivas, ni m material inaprropiado u offensivo. Ni Salesiaanos, ni laico os deben ofreecer hospedaaje a niños, n niñas y adoleescentes para • pasarr la noche, yaa sea en instalaciones prrivadas o com mpartidas, instalaciones d de propiedad d de la com munidad, ressidencias privadas, cuarttos de hotel o o cualquier o otro lugar en n donde no e existe la sup pervisión de otro adulto.. ual por miem mbros • El personal debe sabeer y entender las políticas respecto al abuso sexu de la Comunidad o laicos y los procedimieentos conten nidos en el reeglamento in nterno de traabajo para reportar con nductas inapropiadas quee involucren a menores. MALTTRATO INFAN NTIL Y ABUSO O SEXUAL busa de la con nfianza de laa comunidad para beneficio sexual o intimidad El personal no ab
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RUTA A PARA LA A ATENCIÓN, DETECCIÓN Y PREVENCIÓN N DE SITUAC CIONES DE M MALTRATO INFAN NTIL Y ABUSO SEXUAL DE LOS NIÑOSS, NIÑAS Y AD DOLESCENTEES MAYORESS DE 18 AÑOSS CON SUS DERECH HOS AMENAZZADOS, INOB BSERVADOS O VULNERAD DOS A PIA SOCIED DAD SALESIANA INSPECTO ORIA SAN LU UIS BELTRÁN DE LA ODUCCIÓN INTRO documento ees una guía yy referencia obligada en la atención, detección y prevención del Este d maltrrato infantil yy el abuso seexual de los n niños, niñas y adolescenttes de la Pía Sociedad Salesiana Inspectoría San Luiss Beltrán. onsiderará po or separado el manejo de los casos d de maltrato infantil y abu uso En essta ruta se co sexuaal propiciado o por un emp pleado sobree un niño, niñ ña o adolescente (numerral 1), de aqu uel que sse presenta eentre los missmos niños, n niñas y adole escentes (numeral 2) y del que se da en las faamilias de loss niños, niñass y adolescen ntes (numeral 3). Además se estableece una ruta a seguiir en los caso os en que un adulto es m maltratado po or un niño, niña o adolescente (nume eral 4). o, numeral 1: el maltrato y abuso sexu ual propiciad do por un em mpleado sobrre un En el primer caso niño, niña o adoleescente, se cconsidera loss aspectos disciplinarios yy del reglamento de trab bajo de Pía Sociedad SSalesiana Inspectoría San n Luis Beltrán n. Además, see anexan a eeste numerall dos documentos de p pertinencia p para la entidaad con relación a esta rutta, estos son n las “Accione es a seguiir para preveenir y/o atender situacion nes de abuso o o maltrato de niños meenores de ed dad en el pro oceso administrativo de protección yy adopcioness” del ICBF y las “Recomeendaciones p para trabaajar con niños en proteccción”. La deetección del m maltrato infaantil y el abu uso sexual se abordará po or separado en cada uno o de los caasos mencion nados, numeerales 1.1, 2.1 y 3.1. Finaalmente, en el numeral 5 5, se tratan laas acciones de preveención del m maltrato infan ntil y el abuso sexual en Pía Sociedad d Salesiana Inspeectoría San Luis Beltrán. miento de todo el person nal y parte deel proceso dee inducción aa la Esta rruta debe seer de conocim entidad. 1 0
DEFIN NICIONES e 2006, en su u artículo 18, sobre el de erecho El Código de la Infancia y la Adolescencia,, Ley 1098 de a la in ntegridad peersonal, defin ne el maltratto infantil como “toda forma de perju uicio, castigo o, humillación o abu uso físico o p psicológico, d descuido, om misión o trato o negligente,, malos trato os o explo otación sexuaal, incluidos los actos sexxuales abusivvos y la violación y en general toda fo orma de vio olencia o agrresión sobre el niño, la niña o el adolescente por parte de suss padres, repreesentantes leegales o cualquier otra peersona”. más, dicho arrtículo establece que “loss niños, las n niñas y los ad dolescentes ttienen dereccho a Adem ser protegidos co ontra todas laas acciones o o conductas que causen muerte, dañ ño o sufrimiento o, sexual o pssicológico. En n especial, tieenen derech ho a la proteccción contra el maltrato y los físico abuso os de toda ín ndole por parte de sus paadres, de suss representantes legales,, de las perso onas respo onsables de ssu cuidado yy de los miem mbros de su ggrupo familiaar, escolar y comunitario o”. uso sexual see entiende como todo tip po de compo ortamientos sexuales con n niños, niñaas o El abu adoleescentes, hacciendo o no uso de la fueerza física, uttilizando la in ntimidación, amenaza, soborno o coerció ón psicológicca, donde la persona adu ulta (o también un menor de edad cu uando abusaa de otro) bu usca su satisffacción sexual aprovecháándose de su u condición ffísica, estatuss social, autoridad, poder o dom minación sob bre un niño, niña o adoleescente, sin ttener en consideración su desarrollo p psicosexual y desconocien ndo que ésto os no poseen n la capacidaad para admitir plen na y conscien ntemente acttos sexuales,, así sea con su consentim miento, ya que careccen de la madurez para eevaluarla y co onocer de an ntemano su ssignificado y sus implicacciones psíqu uicas y emocionales. ormas de abuso sexual, eentre ellas se e incluye dessde el incesto o, la violación Existeen muchas fo sexuaal y la estimu ulación sexuaal directa (caaricias y man nipulación dee genitales, aano, pecho, b boca, etc.) hasta aquellos comportaamientos quee no implican contacto fíísico con el ccuerpo del niiño, tales como la massturbación een presencia del niño, niñ ña o adolesceente, mostraarle material porno ográfico, exh hibirse con fines sexualm mente insinuaantes, expiarrlo mientras se viste o se baña,, dirigirle com mentarios seeductores o ssexualmente e explícitos, rrealizarle llam madas telefó ónicas obsceenas o manteener contactto con él a trravés de la re ed virtual con fines eróticcos, entre ottras múltiiples formas.. uso sexual es por lo tanto, en todos llos casos y siin excepción, un delito del adulto pues El abu viola los derechoss fundamenttales del ser humano (a la libertad, a la integridad d física y 1 1
psico ológica, a la p protección in ntegral, a la in nocencia y al libre desarrrollo de la peersonalidad, entre otross) y como tal es penalizab ble. d deben ser considerado os bajo esta p perspectiva d del Los actos sexualees entre menores de edad o y la dominación de uno o sobre otro,, así no se uttilice la violen ncia y se tenga el abuso conseentimiento d del otro; espeecíficamentee se considerra un delito ccuando uno de ellos tiene 14 años o más, puess éstos son su ujetos con reesponsabilidaad penal a partir de dicha edad. Cuaando dos en los actos sexuales son menorees de 14 años, los niiños, niñas y adolescentees involucrad aunque no sean judicializablees, tenemos lla obligación n de adelantaar la interven nción interiinstitucional para que reciban la aten nción que requieran. 1. MALTRATTO INFANTIL Y/O ABUSO SEXUAL POR R PARTE DE EEMPLEADOSS SOBRE LOS NIÑO OS, NIÑAS Y A ADOLESCENTTES DETECCIÓN 1.1 D niños, niñas y adolescenttes denunciaan a Geneeralmente la detección see da porque los mismos n los ad dultos de la eentidad que los han malttratado, ante e otros adulttos de la entiidad encargaados de su u cuidado y p proceso de attención interrdisciplinariaa, quienes deeben proceder a hacer la intervvención tal ccual se describe en el num meral siguien nte: 1.2 . mismo, cuand do un empleaado escucha rumores de e los niños, niñas y adolesscentes sobrre un Así m posib ble evento dee maltrato o abuso sexuaal de parte de un adulto sobre algún niño, niña o adoleescente, debe proceder aa realizar la indagación co on quienes eestán haciendo dichos comeentarios y con quienes esstán implicad dos en ellos. En su defeccto, el empleeado debe comu unicar dichoss rumores al jefe inmediaato, Coordinador o a los profesionalees de los equ uipos interd disciplinarioss y/o bienesttar institucio onal, quieness deben iniciaar la indagacción correespondiente y verificar la situación. LLa omisión de este proceedimiento se considera un acto ggrave de neggligencia del empleado yy está sujeto a proceso diisciplinario. ATENCIÓN: 1.2 A 1 2
Manejo d de situacionees de maltratto y abuso se exual a nivel de la entidad por parte d de un empleado sobre u un niño, niñaa o adolescente. Se realizaa la intervencción con el niño, niña o aadolescente b brindando in nicialmente u un espaccio de escuch ha y descargga de sus emo ociones. Lue ego se le deb be aclarar qu ue nuestra fu unción y obliigación es prrotegerlo y acompañarlo, que se segu uirán las acciones pertineentes para q que esta ssituación de maltrato o aabuso sexuall no se vuelva a presentaar y para quee se sancione e a quien n lo maltrató ó o abusó, lueego de que sse realice el d debido proceeso con el em mpleado, por lo que aal niño, niña o adolescente se le debee hacer saber las implicaciones de su acusación yy debe estar dispuesto a continuar co on las diligen ncias que con nlleva su den nuncia. La person na que tiene conocimientto de la situaación de malltrato o abusso sexual de un adultto sobre un n niño, niña o aadolescente debe comun nicarla rápidaamente al jeefe inmediato o, Coord dinador y, seeguidamentee, al Directorr/Rector. La omisión de eeste procedimiento se considera un acto o grave de neegligencia deel empleado y está sujeto o a proceso d disciplinario.. El Coordinador debe realizar inmeediatamente e la intervencción con el adulto implicaado en la situación dee maltrato o abuso y, porr separado, ccon el niño agredido, parra escuchar laas versio ones de los h hechos. En ccaso de abusso sexual, la vversión del n niño, niña o aadolescente debe ser esscuchada po or el psicóloggo(a) o trabajjador(a) social. Posteriorrmente el Coordinador deebe poner laas versiones d de los hecho os en conocimiento dell Director/Reector, quien ordena el prrocedimiento o a seguir de acuerdo a laas circun nstancias deel caso; esto ees, si debe reemitirse el caaso a la Oficiina de Desarrrollo Human no para iniciar el pro ocedimiento disciplinario o correspond diente con el empleado si debe proce ederse de inmediato a in nterponer deenuncia ante las autoridaades competentes, Fiscalía o, para loss delito os sexuales C CAIVAS (Centtro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexxual) mente, se deebe informarr al padre dee familia, acu udiente o en su defecto aal Defensor, Igualm Comisario o Juez de Familia teelefónicamente y a travé és de informee escrito, el ccual debe lle evar los daatos complettos del niño, niña o adoleescente agre edido ‐y del p presunto agrresor‐, nomb bre, edad, datos del grupo familiar y, por supu uesto, las circcunstancias del evento d debidamente e descrritas.
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Dentro deel proceso disciplinario, eel Coordinad dor debe rendir informacción verbal de las versio ones de los h hechos al delegado de Deesarrollo Humano. Adem más debe preesentar inforrme escritto detallado,, donde se deebe dar clariidad de los n nombres, edaades, docum mentos de identtidad de los implicados, ccircunstanciaas de tiempo o, lugar y mod do de los hechos, testigo os, etc. El delegado de Desarrollo Humano, p por su parte levantará un n acta de dicha reunión ccon el dinador, la cual debe serr firmada porr ambos. Cuando se considere pertin nente se pod drá Coord llamaar a los testiggos implicado os para dar ssu versión. El delegad do de Desarrrollo Humano citará al em mpleado imp plicado para rendir versió ón verbaal de los hech hos, este último debe ad demás presen ntar informee escrito detaallando circun nstancias dee tiempo, lugar y modo de los hechoss, testigos, ettc. El delegado de Desarrollo Humaano, levantará un acta dee esta reunió ón con el adu ulto implicad do, la cual deebe ser firmaada por ambos. Cuan ndo se consid dere pertinente se podráá llamar a loss testigos imp plicados paraa dar su veersión. elegado de D Desarrollo Hu umano, llamaará al En los cassos de maltraato o abuso sexual, el de profeesional psicólogo o trabajjador social encargado d del niño, niñaa o adolescen nte implicado que tengaa conocimien nto de los heechos ya quee ha escuchad do previameente al niño. El profesion nal deberá rendir la información pertinente ccuidando el d derecho a la confidenciallidad del niño, niña o o adolescentte y presentaará informe escrito de la situación. EEl delegado d de Desarrollo o Humaano levantarrá acta de la reunión quee deberán firmar ambos. El delegad do de Desarrrollo Humano se reunirá con el Direcctor/Rector, a quien pond drá en co onocimiento de las difereentes version nes y determ minarán las accciones disciplinarias y le egales a seguir de acuerdo al reglam mento de trab bajo (ver el aapartado de aspectos disciplinarios, numeeral siguientee: 1.3). Las actas e informes rrelacionadoss con este proceso se arcchivarán en laa Oficina de Desarrollo Human no. Finalizad do el proceso o, si es del caaso, se redacctará un info orme final qu ue se anexaará a la hoja de vida del eempleado. ASPECTOS DISSCIPLINARIO OS 1.3 A
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o de Pía Sociiedad Salesiaana Inspecto oría San Luis Beltrán el haacer Es fallta grave de un empleado uso d de la violencia física y/o vverbal con lo os niños, niñaas y adolesceentes. Así co onsta en el Reglaamento Interrno de Trabaajo. Como lo d describe el R Reglamento IInterno de Trabajo de Píaa Sociedad SSalesiana a) Inspeectoría San Luis Beltrán, sse debe teneer en cuenta la intervencción prioritarria en casos d de maltrrato en cualq quiera de suss manifestacciones. La comprrobación de ffaltas y la aplicación de laas sancioness las debe hacer el jefe b) No obstante la escala dee sanciones inmediato del cuaal dependa eel respectivo empleado. N estab blecidas, la entidad se resserva el dereecho de term minar inmediata y unilateeralmente el contrrato de trabaajo cuando eel trabajador incurra en cualquier classe de faltas yy cause con e ella perju uicios a la Enttidad, para lo o cual sólo basta la afirm mación por esscrito del em mpleado. Así lo expreesa el Reglam mento Intern no de Trabajo o. Cuando eel empleado sea suspend dido, Pía Sociedad Salesiaana Inspectoría San Luis c) ocerá, ni paggará el salario o correspond diente al tiem mpo dejado de trabajar. Beltráán no recono Adem más la entidaad llevará un registro de llas faltas en que haya inccurrido el traabajador y laas sanciones impuesstas con mottivo de tales faltas, para efectos de reegistros de trabajo y para ser que hubiera lugar, como se indica en n el Reglamento tenido en cuenta en los demáás efectos a q Intern no de Trabajjo. Antes de aplicar una ssanción, la entidad debe oír al trabajador inculpaado directam mente, d) o solicita se d deben oír dos de sus com mpañeros. Reeglamento In nterno de si el ttrabajador lo Trabaajo. ones se apliccarán teniend do en cuentaa los anteced dentes del trrabajador de la e) Las sancio Entidad, las circunstancias dee la falta, el cargo del trab bajador y loss perjuicios sufridos por la entidad con motivo de la faltaa. Reglamentto Interno de e Trabajo. Igualm mente, se prrocederá con nforme a las acciones que recomiend da el ICBF en la circular númeero 6 del 29 de junio de 2 2006 en el punto II, en caaso de preseentarse una ssituación de
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abuso o o maltrato que ponga een riesgo la vvida e integrridad física, ssexual, emoccional o menttal de los niiños o adolesscentes (aneexo 1). Cuando eel implicado ees un religiosso salesiano el Director d de la Comunidad debe re emitir F) el casso a la Comissión de Disciplina Religiosa de la Pía SSociedad Salesiana Inspeectoría San Luis Beltráán XO 1 ANEX ONES A SEGU UIR PARA PR REVENIR Y/O ATENDER SIITUACIONES DE ABUSO O O MALTRATO O DE ACCIO NIÑO OS MENORESS DE EDAD EN N EL PROCESSO ADMINISTTRATIVO DE PROTECCIÓN N Y ADOPCIO ONES 1.
ACCIONES DE PROMO OCIÓN Y PREVENCIÓN EN N LAS INSTITUCIONES DE PROTECCIÓ ÓN:
us deberes reespecto a loss derechos d de los niños yy, en caso dee ser contratiistas, Asumir su a) dar cuenta de suss obligacionees especialess, entre ellas: ‐Velar por la identificación op portuna de siituaciones qu ue pongan en riesgo la vida e integrid dad física, emocional y mental de los niños usuarios del se ervicio y, en caso de teneer conocimie ento sobree algún evento de maltraato o violencia sexual haccia ellos, presentar la resspectiva denu uncia ante la Fiscalía, e informar inm mediatamen nte del hecho o al superviso or ICBF. onal idóneo yy suficiente p para cumplirr cabalmentee con el objetto del contraato y ‐Vincular el perso con laas obligacion nes pactadass conforme aa lo estipulad do en los lineeamientos téécnico‐ administrativos yy los estándares de los seervicios, manteniendo acttualizadas su us hojas de vvida… Los operaadores de loss servicios dee protección en cualquieera de las mo odalidades, d deben b) definir y establecer medidas p preventivas yy correctivass dentro de ssu Plan de Accción, así com mo incluiir en el reglamento interno de trabajo la calificacción de todo hecho que aatente contraa la integridad, física, moral, o la llibertad o la formación sexual como falta grave, p para preveniir la ocurrrencia de situ uaciones de abuso, maltrrato, discrim minación o cu ualquier otra que atente contrra los derech hos fundameentales de loss niños, niñas y adolescentes vinculad dos al proceso administrativo dee protección..
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c) Exigir a lo os operadorees de los servvicios de protección en cualquier modalidad el diseño de un na estrategiaa pedagógicaa de informacción sobre lo os derechos d de los niños y niñas que se encueentran en lass institucionees de proteccción. Exigir a lo os operadorees de los servvicios que de eben contar ccon mecanissmos que les d) perm mitan a los niñ ños y niñas p plantear sus quejas y reclamos ante eel ICBF, con ffacilidades de accesso de acuerd do a la edad yy mecanismo o de remisión n,…estableciiendo el proccedimiento d de atencción y solució ón de las missmas. Realizar aadecuados procesos de sselección de su personal, especialmen nte de aquell que e) interaactuará direcctamente co on los niños b bajo su cuidaado. CCIONES EN C CASO DE PREESENTARSE U UNA SITUACIIÓN DE ABUSSO O MALTR RATO QUE PO ONGA 2. AC EN RIIESGO LA VID DA E INTEGRIDAD FÍSICA,, SEXUAL, EM MOCIONAL O O MENTAL DEE LOS NIÑOSS, NIÑA AS O ADOLESCENTES. ones: Para las institucio Reportar de manera iinmediata al Centro Zonaal sobre la occurrencia del hecho con la a) inform mación básicca necesaria (Nombre, ed dad y sexo del niño agred dido; nombrre, edad y sexo del presunto agreesor, circunsttancias cono ocidas de tiem mpo, lugar yy modo indicaado si existen perso onas conoced doras de la o ocurrencia deel hecho, etcc.), para que el ICBF adelante las acciones pertin nentes. b) Instaurar denuncia inmediata antte autoridad competentee, con el objeeto de facilitaar el recau udo de prueb bas e identifiicación del agresor y dem más circunstaancias necessarias para laa buena administraación de la ju usticia. Coordinar con el sector salud, la aatención méd dica oportun na del niño, n niña o c) ún se requierra. adoleescente segú 1 7
d) Brindar asistencia psicosocial a los niños invollucrados en eel presunto h hecho y orien ntación a los miembros de su red de aapoyo familiar. oria de urgencia, del comité de estudiio de caso paara analizar ccon el e) Solicitar la convocato ICBF la situación, tomar decissiones y desaarrollar las accciones a quee haya lugar. Algunos elementos a conssiderar en el estudio de ccaso son: ‐La ed dad, sexo y ccircunstanciaas psicosociaales del niño agredido. ‐La ed dad y sexo del presunto agresor. Si ees mayor de e edad debe seer separado de labores o o activiidades que im mpliquen contacto directo con los niños, niñas o adolescentees. Si el presu unto agressor es menorr de edad, deeberán analizzarse las circcunstancias p para prestarlle apoyo psico osocial con accompañamieento de la familia o del grupo a cargo o. De ser necesario, habrá de preseentarse la deenuncia ante el juez de m menores o en n su defecto aal juez de fam milia o prom miscuo de familia, para q que tome las medidas reeeducativas a que haya lugar. Estableceer estrategiass para el manejo adecuado de la situación y de laa información con f) ella relacionada, de manera q que se protejja la honra e intimidad de los involuccrados. ANEX XO 2 OMENDACIONES DEL CÓD DIGO ÉTICO PARA TRABA AJAR CON NIÑOS EN PRO OTECCIÓN RECO En el marco del enfoque de D Derechos, se consideran ssituaciones vvulneradorass de los dere echos nadas a continuación, porr lo tanto de los niños, niñaas y adolesceentes, entre, las mencion consttituyen una gguía para la p protección d de la població ón atendida, así mismo im mplica que d de ser ejercidas por unaa persona o eentidad a quiien se le ha cconfiado su ccuidado, en ggarantía o restablecimiento de sus derecchos, conllevvará sanciones acordes aa la gravedad d de la mismaa, previa investigaciión y los deb bidos requeriimientos estaablecidos paara tal fin: a) Imponer sanciones qu ue atenten ccontra la inte egridad físicaa o mental y el desarrollo o de la perso onalidad de los niños, niñ ñas y adolesccentes. b)
nar por raza, sexo, orientaación sexual, condición ffísica, mental o religiosa Discrimin
c)
Proporcio onar maltrato físico, verb bal o psicológgico
Presentarr negligenciaa en el cuidad do del niño, niña o adoleescente por p parte de la d) Institución 1 8
e)
Privar tottal o parcialm mente de alim mentos o rettardo en los horarios de ccomida
Utilizar en n la preparacción de los alimentos inggredientes qu ue, previo esstudio f) fisico oquímico y m microbiológico os, el ICBF co onsidera com mo nocivos p para la salud.. g) Privar dell suministro de medicam mentos o uso de medicam mentos cuya fecha de venciimiento se haya cumplido. h)
prestación op portuna del sservicio de saalud. Ser negliggente en la p
Negar la p provisión de dotación peersonal (cama, colchón, rropa de camaa, vestuario, i) elementos de aseeo o material pedagógico o) j)
Utilizar ceeldas de casttigo
k) Excluir a llos niños, niñ ñas o adolescentes de los programass de formació ón académica o de caapacitación l)
Negar el d derecho a las visitas o a la comunicacción con la faamilia como forma de caastigo
Presentarr permisividaad frente a actos de malttrato o abuso o entre los niños, niñas yy m) adoleescentes ben neficiarios dee los program mas. n) Omitir deeliberadamen nte accioness de denunciaa y comunicaación ante laas autoridade es comp petentes de aactos de maltrato o abusso sexual haccia niños, niñ ñas o adolesccentes. Esta omisiión adquieree mayor gravvedad en caso de que el aagresor sea u una persona autorizada aa relacionarse con ellos. o adolescentees con fines de explotación económicca y en trabaajos o) Utilizar niiños, niñas o que aatenten conttra su salud ffísica y emoccional o su integridad perrsonal. p) Incumplirr normas de seguridad y prevención d de desastress o de cualqu uier riesgo paara la d y la integrid dad de los niñ ños, niñas o adolescente es. salud q) Incumplirr las normas de seguridad d en el transsporte de loss niños, niñass o adolescen ntes, de accuerdo con lo o estipulado en el Código o de Tránsito o y demás no ormas relacio onadas con e el transsporte escolaar. r) Dar egresso definitivo del servicio o suspenderr la atención del niño, niñ ña o adolescente de la institución ssin la autorización del equipo técnico o interdisciplinario de la D Defensoría d de Familia o de la au utoridad com mpetente enccargado del ccaso. s) Ocultar al ICBF la info ormación sob bre los niños, niñas o ado olescentes baajo protecció ón del serviccio, que even ntualmente d diera lugar aa un cambio de medida o o toma de deecisiones importante en el marco del proceso de prrotección. t)
CBF, esté en contra del Interés Superrior del Niño o. Cualquierra otra que, aa juicio deI IC
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El inccurrir en cuallquiera de esstas accioness, será causaal de: a) Si existe rrelación conttractual con el ICBF, se dará por term minado unilatteral el contrrato sin reequerimiento o previo, aplicación de laas cláusulas d de incumplim miento y multas a que haaya lugar. ón de la licen ncia de funcionamiento, sin perjuicio o de las sanciiones penale es o b) Suspensió discip plinarias a qu ue haya lugar. c) Terminacción unilateraal del contrato de trabajo o por parte d del empleado or o la suspe ensión inmediata del Contrato, cualq quiera que seea su naturaleza. Las personas quee trabajan dirrectamente ccon los niñoss, niñas y ado olescentes deben: a) Garantizaar al niño, niñ ña o adolescente la atención y cuidad dos necesariios para su desarrrollo integraal, tanto físicco, como mo oral, emocion nal y social. b) Prevenir la ocurrenciaa de situaciones de abuso, maltrato, discriminación o cualquiier otra q que atente ccontra los derechos fundamentales de los niños, niñas y adoleescentes. c) Velar porr la identificaación oportuna de situaciiones que po ongan en riessgo la vida e os niños, niñ ñas y adolesccentes a su cargo, durantte el integridad física, emocional yy mental de lo tiemp po que estén n bajo su cuid dado y respo onsabilidad. En caso de tener conocim miento sobre e posib ble maltrato o abuso sexu ual, informarr inmediatam mente a la au utoridad a caargo del caso o. d) do estando b bajo su cuidado, Gestionarr y acompañar al niño, niña o adolesccente, cuand n en salud. requiiera atención e) Tener resspeto y reserrva por la hisstoria de vidaa de los niños, niñas y ad dolescentes aa cargo o, sin exploraar sobre la m misma o preteender profun ndizar en información esspecífica f)
Respetar la privacidad d de los niño os, niñas y ad dolescentes aa su cargo
os miembross de la familiaa y exigir resspeto hacia lo os niños, niñ ñas y g) Estableceer límites a lo proceso de rrestablecimieento de dere echos, asumiendo directaamente su adoleescentes en p función como ressponsable dee cada uno de ellos, sin permitir que o otras person nas asuman u un papel de autoridaad sobre ésto os h) Abstenerse de sanciones o castigo os hacia los n niños, niñas o adolescentes, comu unicando a laa autoridad ccompetente cualquier co omportamien nto que requ uiera el abord daje por p parte del equ uipo técnico interdisciplin nario. i) Estableceer con los niñ ños, niñas y aadolescentess a cargo, una comunicacción con men nsajes sanoss, asertivos, amables y reespetuosos 2 0
j) Comprom meterse en el cuidado dirrecto de los n niños, niñas y adolescenttes sin deleggar a otross su atención n ni dejarlos aa cargo de personas ajen nas a la famillia, a menos que esté debid damente auttorizado por la autoridad d administrattiva a cargo d del caso. k) Compartiir con los niñ ños, niñas y aadolescentess actividades caracterizad das por las buenas costumbrres, la moral,, y la integrid dad en el obrrar l)
Estableceer relaciones caracterizad das por la eq quidad, la jussticia y la soliidaridad
m) Asumir un n rol de conssideración y respeto por los niños, niñas y adolesscentes, y exigirlo de igu ual manera aa quienes esttén en interaacción con ellos n) Abstenerse de compo ortamientos o expresione es de discrim minación, recchazo, dan afectar lla salud emo ocional o físicca del niño, n niña y indifeerencia, u otros que pued adoleescente. nstitucional d debe divulgaar esta relación de prohib biciones e inccluirla tanto en el Cada programa in onal como en n sus manualles o pactos de convivencia. Así mism mo, reglamento interno del perso debe dar a conoccer estos lineeamientos técnicos a su p personal y a sus beneficiaarios. 2.
MALTRATTO INFANTIL Y/O ABUSO SEXUAL ENTTRE LOS NIÑO OS, NIÑAS Y ADOLESCEN NTES
2.1
DETECCIÓ ÓN
mo se detecttan los casoss de maltrato o y abuso sexxual entre los niños, niñaas y (¿Cóm adoleescentes?) e detecta dirrectamente een los espaciios de Por obserrvación de caampo: esto ees, cuando se la enttidad, entre los mismos n niños, niñas o adolescentes y compañeros, las aggresiones físicas o verbaales, monopo olio, intimidaación o dominación de unos sobre ottros. En entrevvista con el n niño, niña o aadolescente: cuando en aalguna de lass áreas de miento situacciones de maaltrato entre atencción el niño, niña o adoleescente ponee en conocim comp pañeros o cuando el proffesional en laas intervenciiones que realiza los deteecta. 2 1
En reporttes de la fam milia (en entreevista o teleffónicamentee): los cuales ésta hace directtamente a laas áreas de p pedagogía, trrabajo social o psicología. Por remissión de los assistentes: cuando éstos rremiten a loss niños, niñas o adolesce entes de las áreas p psicosocialess. involucrados en aalgún conflictto para la inttervención d 2.2
ATENCIÓN
de situaciones de maltraato y abuso ssexual entre los mismos n niños, niñas y (Manejo d adoleescentes) os se detecta directamente en campo o, esto Cuando eel caso de maaltrato entree compañero n los espacioss de la entidaad, todo empleado‐educcador tiene laa responsabiilidad de es en intervvenir directaamente, siem mpre que seaa posible, tratando de inttermediar en n el conflicto de los niiños, niñas o adolescentees a través del diálogo, procurando eevitar que la situación trascienda a prob blemas mayo ores como aggresiones o le esiones perssonales. Inmediataamente desp pués, se debe informar aa los educado ores, asistentes o Coord dinador paraa que verifiquen que el conflicto entrre los adolescentes no co ontinúe o, de e lo contrrario, para qu ue prosigan la intervenciión buscando o la conciliacción de las paartes, hacien ndo las deevoluciones pertinentes, al agresor yy al agredido,, y realizando o seguimientto posterior a los adoleescentes para que no se sigan presen ntando confliictos entre eellos. o de atenció ón a los Si el conflicto persistee o es de gravedad, se realiza llamado plicados, se eelabora inforrme escrito d de la situació ón, por parte de los adoleescentes imp educaadores, equiipo psicosociial o Coordin nador, donde e se definen los comprom misos del o lo os niñoss, niñas y ado olescentes im mplicados. D Dicho informe debe ser fiirmado por los participan ntes de la reunión.
2 2
Si el conflicto fue en p público y afeecta el ambie ente de convvivencia comunitaria, se d debe poner en conocim miento del grrupo de niño os, niñas y ad dolescentes, los acuerdoss que permittieron la con nciliación y lo os comprom misos que adq quirieron los adolescentees implicados. Si el conflicto es de un na gravedad tal que conlllevó lesionees personaless por ejemplo, o es un na situación d de abuso sexxual, se procede a inform mar al Defenssor, Comisario o Juez de Familia telefónicaamente y a través de info orme escrito, el cual debe llevar los d datos comple etos del agresor‐: nombres, ed dades, datoss del grupo del niño, niña o adolescente aagredido ‐y d familiar y, por sup puesto, las circunstancias del evento o debidamente descritas. Con cada Defensor, C Comisario o Juez de Familia se estableecerá la perttinencia de n de Estudio d de Casos” paara discutir laa situación yy establecer u un plan de accción realizzar “Reunión interiinstitucional. Se debe interponer denuncia antee las autoridades compettentes y acompañar a los niñoss, niñas y ado olescentes en los proceso os que de alllí se deriven (acompañam miento a medicina legal, orrientación frrente a los exxámenes parramédicos y a las entrevistas del procceso de invvestigación aadelantadas por la autorridad corresp pondiente). Se realizaa intervenció ón con la fam milia del niño,, niña o adolescente, busscando brind darle iniciaalmente un eespacio de esscucha y ventilación de e emociones, concientizarlaa de la importancia de laa denuncia, h hacerla partee de dicho prroceso y acompañarla deesde las áreas psico osociales. En caso de quee la familia no se encuentre radicada en el área m metropolitana, se debe informarla ttelefónicameente de la sittuación. Finalmente, se debe rrealizar la inttervención ggrupal con la comunidad aclarando lo o suced dido y las accciones pedaggógicas y legales que se ssiguieron. En los cassos de graved dad, deben q quedar regisstro en las hisstorias de los niños, niñaas y adoleescentes de llas intervencciones que reealizaron con n ellos los profesionales yy educadore es. ANOTTACIONES 2 3
uien, Para interponer laa demanda sse debe soliccitar la autorización escrita del Directtor/Rector qu como o representante legal de Pía Sociedad d Salesiana In nspectoría San Luis Beltrrán, confiere el poder al denunciaante para intterponer la d denuncia, ya sea de lesio ones personaales o abuso sexuaal. Además, se debe llevar a las auto oridades corrrespondientees, copias de los documentos de identidad de lo os niños, niñ ñas y adolesccentes impliccados y direccciones de reesidencia. menor de ed dad pero tien ne 14 años o más CAIVASS Se deebe tener en cuenta, si el agresor es m (Centtro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexual). edad, CAIVASS (Centro dee Atención Cuando es un delito sexual y el agresor ess mayor de e Integgral a Víctimaas de Abuso Sexual) nicamente niiños, niñas y adolescentees menores d de 14 años, sse Cuando los impliccados son ún onocimiento del defensor con quien sse evaluará lla pertinencia de remitirllos al debe poner en co CAIVA AS, (Centro d de Atención Integral a Vííctimas de Ab buso Sexual)). MALTRATTO INFANTIL Y/0 ABUSO SEXUAL EN LLAS FAMILIA AS DE LOS NIÑ ÑOS, NIÑAS Y 3. ADOLLESCENTES Q QUE ATIENDEE PÍA SOCIED DAD SALESIANA INSPECTORÍA SAN LU UIS BELTRÁN 3.1
DETECCIÓ ÓN
En las primeras entrevistas con el niño, niña o o adolescente, durante el proceso de e recibimiento y accogida, por parte de la Institución, se indaga por llos patrones de relación entre los m miembros del hogar, pauttas de crianzaa como el caastigo, manejjo de la auto oridad, hábito os de higien ne y autocuidado, destin nación del niñ ño, niña o ad dolescente a trabajos que excedan su us condiciones físicaas, entornos de exclusión n o rechazo, deprivación afectiva, forrmas de comu unicación, en ntre otras, qu ue permiten detectar facctores de riessgo frente all maltrato inffantil y el abuso sexual. A su vez, en la entrevissta se debe in ndagar direcctamente, peero con tacto o profeesional, por ssituaciones d de abuso físicco psicológicco, económicco o sexual. 2 4
Así mismo o, se observaan estos facttores en las vvisitas domicciliarias que sse realizan a las familias de los niñ ños, niñas y aadolescentess. Otro agen nte de imporrtancia para la detección n del maltrato o y el abuso es la versión n de los m mismos niños, niñas y ado olescentes, cuando inform man a los pro ofesionales d del equipo interd disciplinario o de la entid dad, que en ssus familias h han sido o esstán siendo maltratados o abusaados sexualm mente. Existen ad demás algun nos signos, taanto físicos ccomo de com mportamiento, que nos sirven n niño, niña o o adolescente puede estaar siendo maaltratado o de indicios para ssaber que un abusaado sexualm mente y que aamerita iniciaar una investtigación máss minuciosa ccon miras a deterrminar si efectivamente la situación d de maltrato se presentó o se está preesentando. niños, niñas o o adolescenttes que de un momento a otro se vuelven Ejemplo de estos signos son n retraíídos, apático os y/o temerrosos con loss adultos, dejjan de hablar o de comerr, se aíslan, n no quierren jugar, tieenen pesadillas nocturnass, presentan enuresis o eencopresis, lloran repen ntinamente, se vuelven inestables, bajan su nivell de atención n o su rendim miento escolar, empiezan a exterriorizar juego os sexuales in napropiadoss y persistenttes, muestran conductas de seduccción o seudomadurez co on los adulto os o hacen co omentarios q que dan indicios de lo qu ue les está ssucediendo o o resultan co on moretonees, quemaduras u otro tip po de laceraciones. Esto os son signo os que, aunqu ue no se dan n necesaria yy exclusivame ente en caso os de maltratto infantil o aabuso sexuaal, muchas veeces están asociados. A pesar de estto, existen signos físicos evidentes de e abuso o sexual com mo laceracion nes en el áreea genital, en nfermedadess de transmissión sexual, herid das, flujos o infecciones vvaginales, anales u oraless, que precisaan intervencción inmediata del equip po interdiscip plinario. 3.2
ATENCIÓN
mento en qu ue se tiene co onocimiento o o se sospeccha de situaciones de maltrato En el mom infantil o abuso sexual en las familias de los niños, niñ ñas y adolesccentes, se iniicia un proce eso conceertado de atención interdisciplinaria desde el áre ea psicosociaal brindando asesoría y orien ntación a los miembros de la familia d del niño, niñaa o adolescente y a éste,, que pueden n derivar, entre otrros, en tratam miento psico oterapéutico para éstos. 2 5
Cuando laa evidencia indica que effectivamente e existe una situación de maltrato graave que h ha llevado lesiones perso onales o de aabuso sexual,, se procede a brindar assesoría a la víctim ma y a los acu udientes de ésta para intterponer la d denuncia corrrespondientte ante las autorridades comp petentes, Fisscalía o CAIV VAS (para los delitos sexu uales). Los educaadores a carggo del niño, niña o adole escente debeen comunicar de inmediaato la situacción al Coord dinador y al Director/Recctor. Igualmente, se debe iinformar al p padre de fam milia y/o acud diente o en ssu defecto al nsor, Comisaario o Juez dee Familia teleefónicamentte y a través de informe eescrito, el cu ual Defen debe llevar los daatos complettos del niño, niña o adole escente agredido ‐y del aagresor‐, nom mbre, uesto, las circcunstancias del evento d debidamente e edad, datos del grupo familiar y, por supu descrritas. Con caada padre dee familia y/o acudiente o en su defectto al Defenso or, Comisario o o Juez d de Familia see estableceráá la pertinen ncia de realizar “Reunión de Estudio d de Casos” paara discutir la situació ón y estableccer un plan d de acción interinstitucion nal. Así mismo o, se debe co ontinuar con n seguimiento al caso, ya sea telefóniico, para verificar que la situación n no se siga preesentando. En caso de q que la situación de riesgo o permanezca, se continúa brindado la atención n integral hasta tanto ella desaparezcca. 4. O, NIÑA O ADOLESCENTEE SOBRE UN ADULTO DE LA MALTRATTO DE PARTEE DE UN NIÑO INSTITUCIÓN Consideración preeliminar: Es im mportante considerar quee cuando se d da un caso de maltrato d de parte de u un niño, niñaa o adoleescente sobrre un adulto‐‐educador, co omo ocurre generalmente en la mayyoría de los ccasos de aggresión, es po orque se ha dado ya, preeviamente, u una serie de ssituaciones q que desen ncadenan en n el acto de aagresión, estto quiere deccir, que si el aadulto‐educaador ha sabido llevarr una situació ón de confliccto a través d del diálogo, lla concertaciión o la remiisión del caso o cuand do dicha situ uación se le h ha vuelto inm manejable, este tipo de m maltrato quee estamos considerando no tendría porq que presentaarse. En otraas palabras, ssabiendo lass dificultadess de portamiento de la poblacción que aten ndemos, un adulto‐educador de la en ntidad debe tener comp 2 6
preseente que en ningún mom mento puede caer en el enfrentamien nto personal,, físico o verb bal, con eel niño, niña o adolescentte ya que pu uede desencaadenar en un n acto de agrresión de parte de éstoss sobre él. un acto de m maltrato o aggresión de paarte de un niñ ño, niña o ad dolescente sobre A pessar de esto, u un ad dulto, no es jjustificable b bajo ninguna circunstancia y, cuando se presente, debe ser ob bjeto de inttervención p pedagógica, d disciplinaria y, en caso de e lesiones peersonales, dee denuncia p penal. A con ntinuación see establecen algunos pun ntos de la rutta a seguir en estos casos: Cuando u un niño, niña o adolescen nte agrede o maltrata a u un adulto, em mpleado o educaador, éste deebe informar inmediatam mente en conocimiento d de la situació ón al Coordin nador quien n indagará lo os detalles dee la misma y las circunstaancias previaas que desen ncadenaron e el acto d de maltrato.. El Coordinaador debe teener el tacto para facilitar un espacio de escucha y descaarga de emociones de paarte del adultto‐educadorr agredido. A Además, se lee debe informar el pro ocedimiento que se segu uirá con el caaso. ño, niña o adolescente aggresor, para escuchar su El Coordinador entrevvistará al niñ versió ón de los hecchos. Igualm mente, el Coo ordinador de ebe estar ateento a permittir un espacio de escuccha y descargga de emocio ones de partte del niño, n niña o adolesscente agressor, luego le d debe aclaraar lo indebid do de su acto o y el procedimiento que se seguirá ccon él. Adem más, el Coord dinador estaablecerá la peertinencia dee entrevistarr testigos parra tener mayyor claridad ssobre los heechos. Posteriorrmente el Coordinador deebe poner en conocimiento del Direcctor/Rector llas difereentes version nes de los heechos, y con él definirá e el procedimieento a seguirr de acuerdo a las circun nstancias deel caso; esto ees, si es posible realizar u una conciliacción entre lass partes e iniciar el pro oceso disciplinario con ell niño, niña o o adolescentte agresor paara lo cual see remite el caaso al equip po interdiscip plinario. orientar al ad dulto‐educad dor para asum mir la decisió ón de En caaso de lesiones personalees, se debe o interp poner denun ncia sobre el niño, niña o o adolescente e ante las au utoridades co ompetentes. Cuando el agreso or es mayor d de 14 años de edad y me enor de 18, laa denuncia see debe interponer en Laa Fiscalía.
2 7
El Coordinador inform mará la situacción al Trabaajador(a) Soccial y al psicó ólogo(a) del n niño, niña o o adolescentte para iniciaar la interven nción psicoso ocial, la cual implica llam mado a la fam milia o acudiientes del niñ ño, niña o ad dolescente, ssi se existe este contacto o. Además, sse les debe inform mar si se inteerpuso denu uncia contra el niño, niñaa o adolescen nte. Se debe informar al p padre de fam milia y/o acud diente o en su defecto al Defensor, Comisario o Juez de Familia, ttelefónicameente y/o por escrito, la siituación de m maltrato, debid damente desscritas, de paarte del niño, niña o adollescente sobre el adulto y si se formu uló o se va a formular d denuncia antte La Fiscalíaa. Con cada D Defensor, Co omisario o Ju uez se establecerá la perrtinencia de realizar “Reu unión de Esttudio de Caso os” para disccutir la situacción y establecer un plan de acción n interinstitucional. Dentro deel proceso disciplinario q que se realice e con el niño o, niña o adolescente, el Coord dinador debee asegurarsee que se le reealice inform me escrito sob bre lo sucedido y se estab blezcan los co ompromisoss que adquiere el niño, niiña o adolesccente, los cuales debe firrmar. Además, el niño, niñaa o adolescen nte debe reaalizar actos de reconocim miento y reparración de su falta, tanto een privado con el adulto‐educador aggredido, com mo públicos aante los deemás niños, niñas y adolescentes de la Comunidaad Educativaa, para que co omprendan la graveedad de esto os hechos y como acto peedagógico y p preventivo d de la repetición de los mism mos. más, en tal in ntervención ggrupal con laa comunidad se debe aclaarar, por parrte del Adem Coord dinador, lo sucedido y las acciones pedagógicas yy legales quee se siguieron n en el mane ejo del caaso. oordinador d debe realizarr seguimiento o a la relació ón del adulto o‐ Posteriorrmente, el Co educaador agredid do y el niño, niña o adoleescente agressor, y velar p porque no see presenten retaliiaciones de n ningún tipo. En los cassos de graved dad, debe qu uedar registrro en la histo oria del niño,, niña o adoleescente agresor las intervvenciones qu ue realizaron n los profesio onales y educadores. 2 8
PREVENC CIÓN DEL MA ALTRATO INFANTIL Y EL A ABUSO SEXUA AL EN PÍA SO OCIEDAD 5. SALESSIANA INSPEECTORÍA SAN N LUIS BELTRÁN Con el peersonal nuevo o de la entid dad, durante el proceso d de inducción,, se les da a n atendida por Pía Socied dad Salesiana Inspectoríaa San conocer las caraccterísticas dee la población Luis B Beltrán y del cuidado y esspecial atencción que req quieren dado os sus anteceedentes de maltrrato infantil, problemas d de comportaamiento, dificcultades con n las normas y personas q que repreesentan la au utoridad, enttre otras. Ad demás, se less brinda la información concerniente a las prohiibiciones exp presas de Bieenestar Famiiliar y se les e entrega por escrito, las ccuales se encueentran en el documento “Recomend daciones paraa trabajar co on niños en p protección” (ver anexo o 2 del numeeral 1). Con el peersonal de la entidad, perriódicamente e se realizan capacitacion nes en preveención del m maltrato infan ntil y el abuso sexual que e programa laa Oficina de Desarrollo Humaano. Ademáás, en la activvidad pedagó ógica de los ““Buenos Días” que se reaalizan semaanalmente co on los empleeados, se trab bajan temas relacionado os con el artee de educar yy el buen trato con lo os niños, niñaas y adolesceentes. Con los niños, niñas yy adolescentees que ingressan a la entid dad, en el prroceso de recibimiento y accogida, se less informa las característiccas de la pob blación atend dida en Pía Socieedad Salesian na Inspectoríía San Luis Beltrán, se less da a conoceer el Pacto o o manual de Convivencia y se les indica a q quien acudir en caso de sser víctima d de maltrato d de compañerros y/o adultos de la entidad. Con los niños, niñas yy adolescentees, durante e el año, se reaalizan diferen ntes Talleress Form mativos relativvos al Fomen nto del Buen n Trato y Prevvención del A Abuso Sexuaal, en el marcco de los diiferentes Pro oyectos Pedaagógicos. Con los padres de fam milia y acudieentes de los niños, niñas y adolescentes se realizaan perió ódicamente los Encuentro os de Familiaa y/o Escuelaas de Padres donde se ab bordan, med diante 2 9
tallerres reflexivoss, temáticas relativas al FFomento del Buen Trato y Prevención n del Abuso Sexuaal. ONES ESPECIA ALES DE ACTTUACIÓN DEN NTRO DEL M MARCO DE EN NFOQUE DE 6. SITUACIO A PIA SOCIEDA AD SALESIAN NA INSPECTO ORÍA SAN LUIS BELTRÁN DEREECHOS DE LA
Evasión d de un niño, niña o adolescente del servicio:
ntes de las 24 4 horas a la p policía y a la Cuando un benefficiario se evaade, debe daarse aviso an fiscalía. Debe darrse aviso a laa autoridad ccompetente y elaborar el correspond diente inform me. Frentte a un niño, niña o adoleescente con comprobadaa tendencia aa la evasión o deserción,, debe inform marse al Deffensor de Fam milia del Insttituto Colom mbiano de Bieenestar Famiiliar, Comisario o Inspeector de Policcía, que estáá siguiendo eel caso y realiizarse un anáálisis de caso o conjunto (ICBF – Institución), con eel fin de que se tomen laas decisiones a que haya lugar, cuya b base fundam mental ha dee ser el criterrio del interéés Superior d del Niño. En ttodo caso, la evasión o deserción en sí mism ma no debe seer causal parra no recibir nuevamente e al niño, niñ ña o adolesceente o para solicitar su cambiio de institucción. Toda evasión amerrita un análissis especial p por parte del Equip po Técnico In nterdisciplinaario de la Insstitución y de el Equipo Téccnico Interdisciplinario de la Defen nsoría de fam milia o de la autoridad co ompetente yy en caso de retorno debee hacerse un n trabaajo pedagógico de reflexión para el niño, niña o adolescente yy para la insttitución desd de su modeelo de atenciión.
Fallecimieento de un n niño, niña o aadolescente en el servicio o
En caso d de muerte dee un niño, niñ ña o adolescente durantee su ubicació ón en el servvicio, a) mediatamen nte a la autorridad competente a cargo del la insstitución o el hogar debe informar inm caso (Defensor dee Familia, Co omisario de FFamilia o Insp pector de Po olicía). El Defenssor de Familia, Comisario o de Familia o o Inspector d de Policía debe desplazarrse al b) lugar de los hecho os, preferiblemente en ccompañía del Equipo Téccnico Interdissciplinario, y deben levantar un acta de lo ocurrido. c) dad competeente deberá informar a M Medicina Leggal, a fin de q que se La autorid estab blezcan las caausas de falleecimiento deel niño, niña o adolescen nte. d) La autorid dad competeente deberá poner en co onocimiento de la familiaa lo sucedido o do se cuentee con esta. cuand
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e) De formaa simultánea,, la autoridad d competentte debe inforrmar por esccrito al grupo o de Asisteencia Técnica Regional del ICBF, con copia al Dire ector Regional. En este in nforme debe en consttar las circun nstancias y laas actuacionees adelantad das ante las d diferentes insstancias. f) La Region nal debe brin ndar apoyo een las accione es que deban n desarrollarrse desde lass áreass psicosocial y jurídica, ad demás de ad delantar los ttrámites exeq quiales respeectivos. NTO PROFESIONAL COMPORTAMIEN ma parte en ningún tipo de acoso en n contra de lo os miembross de la Comu unidad El personal no tom Educaativo Pastoraal ni de terceeros El personal de la Pía SSociedad Saleesiana Inspectoría San Lu uis Beltrán está • comp prometido a ofrecer un aambiente de trabajo proffesional y libre de cualqu uier tipo de aacoso laborral . ÓN DE ACOSO LABORAL: Se entenderá por acoso o laboral todaa conducta • DEFINICIÓ persisstente y dem mostrable, ejercida sobree un emplead do, trabajado or por parte de un 3 1
empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un n compañero o de trabajo un suballterno, encam minada a inffundir miedo o, intimidació ón, terror y aangustia, a caausar perjuiccio laborral, generar d desmotivació ón en el trab bajo, o induciir la renunciaa del mismo . MODALID DADES DE AC COSO LABOR RAL: Tal como o se encuenttran definidaas en la Ley 1 1010 • de 20 006 se consid deran las sigu uientes: Malltrato laboral, persecució ón laboral, diiscriminación n laborral, entorpeccimiento labo oral, inequidad laboral y desprotecció ón laboral. Las exigencias técnicaas, los requerimientos de e eficiencia yy las peticion nes de • boración quee se refiere eel artículo 8 d de la Ley 101 10 de 2006 een cuanto a laas conductass que colab no co onstituyen accoso laboral,, deberán ser justificadoss, fundados een criterios o objetivos y no discriiminatorios. puede ocurriir como resu ultado de un incidente aisslado o de un n patrón de • El acoso p conducta que con ntribuya a crrear un ambiente de trab bajo hostil, offensivo o de intimidación n. • El personal debe segu uir los proced dimientos esstablecidos p para reportarr el acoso y d debe asegu urarse de que no se tolerrarán represalias a conse ecuencia de p presentar un na queja de e este tipo. olítica clara ssobre los rep portes de aco oso • El personal debe aseggurarse que eexiste una po tanto o para empleeados como p para voluntaarios descrito o en el Reglamento Interno de Trabajjo. ORTE DE COM MPORTAMIEN NTOS INAPR ROPIADOS REPO bilidad de reportar comp portamientoss éticos inapropiados por El personal tiene la responsab partee del personaal 3 2
En casos que haya ind dicaciones dee acciones ile egales o delitos comuness por parte d del • perso onal de la Píaa Sociedad Saalesiana Insp pectoría San Luis Beltrán, se debe notificar inmediatamente a las autorid dades de la comunidad taal como lo seeñala el reglaamento interrno de traabajo, quienes se encarggarán de dar trámite a la denuncia. ones de accio ones faltas aa la ética, perro no ilegales o • En los cassos en que haya indicacio violacciones a las n normas interrnas por partte del person nal de la Pía Sociedad Salesiana Inspeectoría San Luis Beltrán, sse deben nottificar a las aautoridades ccorrespondieentes de la comu unidad salesiiana en los téérminos quee señala el reglamento intterno de trabajo. CA COMUNICACIÓN ELECTRÓNIC nológicos y de informació ón se utilizan n como apoyo o para los essfuerzos Los reecursos tecn pasto orales, educaativos y administrativos d de la Comunidad Bajo ningguna circunsttancia se perrmite que lass publicacion nes, correos d de voz, corre eos • electrónicos o uso o del interneet que se origginen en pro opiedad de laa Sociedad Saalesiana – Inspeectoría de Meedellín, en cualquiera dee sus presenccias violen las enseñanzaas de la iglesia católica o el espírritu de las po olíticas de la Comunidad. No se deb ben utilizar laas herramien ntas de comunicación paara beneficio o personal, • activiidades políticcas partidistas, apuestass, o para hace er solicitudes de actividaades ajenas aa los asunttos propios d de la obra salesiana. Bajo ningguna circunsttancia se perrmite que se utilicen las ccomunicacio ones electrón nicas • para transmitir m materiales diffamatorios, d discriminatorios u obscen nos. Se prohíbe enviar y recibir cualquier m material quee viole cualqu uier regla nacional o locaal. 3 3
• Pía Socied dad Salesiana – Inspecto oría San Luis Beltrán de M Medellín resp peta la privaccidad de su u personal. Siin embargo, dado que see proveen lass herramienttas de comun nicación con fines laborrales, los derechos de privacidad del personal en este contextto están limitados. No de ebe existiir la expectattiva de que ccualquier info ormación qu ue se transmita o se almaacene en el equip po de la comunidad es co onsiderado p privado. dida de lo po osible, los asu untos tratados con ocasión del trabajo, deberán • En la med ónicos institu ucionales, loss cuales debeerán registraar el canallizarse a travvés de los corrreos electró siguieente aviso legal como píee de página: nformación ccontenida en n este mensaaje electrónicco tiene caráácter CONFID DENCIAL, está “La in dirigida únicamen nte al destinaatario de la m misma y sólo o podrá ser u usada por el mismo. Si el lector de este meensaje no es el destinatarrio del mismo, se le notiffica que cualquier copia o o distribución que sse haga de éste se encueentra totalme ente prohibida. Si usted a recibido essta comu unicación por error por faavor notifiqu ue inmediataamente al remitente teleefónicamente e o por eeste medio. G Gracias.” SOBRE LA AS NORMAS GENERALES DE CONDUC CTA QUE DEB BEN GUARDA AR Y CUMPLIIR LAS IV. ULADAS LABO ORALMENTEE A LA PIA SO OCIEDAD SALLESIANA INSP PECTORIA SA AN PERSONAS VINCU O DE VOLUNTARIADO LUIS BELTRAN O EEN EJERCICIO umple lo estipulado, sino o que entregaa lo En la Sociedad Saalesiana, el personal no solamente cu mejor para superrar lo realizad do cada día A SOCIEDAD SALESIANA INSPECTORIA A SAN LUIS B BELTRÁN con nsidera que llas personas La PIA vincu uladas a la en ntidad mediaante contrato o de trabajo o cualquier otra vinculacción o en eje ercicio de un n voluntariad do, deben tener presentee que en el d desarrollo dee las actividad des a ellos
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encomendadas lo os principios fundamentaales que a co ontinuación sse expresan se tendrán ccomo marco de referen ncia de obligaatorio acatam miento, a sab ber: 1.
Honestidaad, Justicia ee integridad
2.
Confidencialidad
3.
Capacitacción y Professionalismo
4.
Conductaa Moral
5.
Transpareencia y Consistencia
6.
Ética y Leegalidad
7.
Honradezz
8.
Lealtad
9.
Imparcialidad
10.
Objetividad
ARROLLO DESA AD SALESIANA INSPECTORIA SAN LUIS BELTRÁN, por Las personas vincculadas a la PIA SOCIEDA medio de contrattos de carácter laboral o o profesional o en ejercicio de una lab bor de volun ntariado, deb berán en sus relaciones ccon miembro os de la Comunidad o con n terceros, manttener una ateención imparcial, rechazaando cualquier favoritism mo o discrim minación. n el trato con n terceros m mantendrá viggencia la reggla de la En la toma de deccisiones y en objettividad como o norma básica, extendiendo dicho crriterio a todo o tipo de actividades u operaaciones que tengan que ver con la En ntidad. mismo principio se manteendrá en la ccontratación,, donde se reechazará cuaalquier sesgo o Ese m subjeetivo o preferencias, proccurando en ttodo momen nto que las decisiones qu ue se tomen 3 5
deben fundamentarse en el h hecho de quee lo que se ejjecute o se p pretenda gen nere a favor de la Entidad los máxim mos beneficios posibles. No see acordarán o o reconoceráán retribucio ones especiales a ninguna persona y por ninguna causaa, si no se haa previamentte establecid do y acordado o de maneraa general y aggotados paraa su acepttación todoss los procedim mientos neceesarios para ello. motivo de la prestación d del En el manejo inteerpersonal y en toda relación que se suscite con m serviccio, los actoss estarán envvueltos en un n comportam miento absollutamente ín ntegro y se garan ntizará que een la toma dee decisiones se estará a lo previsto en los procedimientos y se someeterán a los ccontroles tod das las actuaaciones proce edentes. o falta grave toda omisió ón premeditaada que prettenda burlar esos controles y Se calificará como nte. será ssancionada eejemplarmen mprescindiblee que las acciiones y transsacciones efe ectuadas en desarrollo de las funcion nes Es im propiias del cargo o estén enmaarcadas denttro del principio de la hon nestidad. o vestigio de distorsión o o cualquier ottro vicio quee afecte la ob bjetividad y/o o la Se eliiminará todo transsparencia o in ntegridad en n cualquier trransacción, yy si ellas perssistieren, serrán calificadaas como o graves, en la ponderaciión que se haaga del desempeño indivvidual. mpleado o fun ncionario dee la Pía Socied dad Salesian na Inspectoría San Luis Beeltrán de El em Medeellín, en los aasuntos de su u competenccia garantizaará el principio de la conffidencialidad d, a fin de avvalar la segurridad, tranqu uilidad y bien nestar de la EEntidad, de ssus funcionarios, de terce eros, y en ggeneral, de ttoda la Entidad. uncionarios q que por cuallquier circunstancia cono ozcan, manejjen, clasifiqu uen informacción Los fu privilegiada, eliminarán cualq quier elemen nto crítico qu ue confabule o que pongaa en riesgo e esa mación. inform esarrollo de la actividad q que cada uno o de La confianza es uno de los eleementos críticos en el de los fu uncionarios d desempeña d dentro de la Entidad. 3 6
uso de confiaanza cualquie er divulgación de la inforrmación, sin Consttituirá un verdadero abu previa autorizació ón. ón vinculadaa con la PÍA SSOCIEDAD SA ALESIANA INSSPECTORÍA SSAN En geeneral, toda la informació LUIS BELTRÁN ten ndrá esa caraacterización,, es decir, de e confidenciaalidad. A SOCIEDAD SALESIANA INSPECTORÍA A SAN LUIS B BELTRÁN garrantizará que con la debida La PÍA oporttunidad y en n la medida d de las necesid dades, buscaará la capacittación de loss distintos funcionarios en actividades propias del caargo que dessempeñan, a fin de que sse garantice lla uada de los n negocios y/o o actividadess y un adecuaado manejo del patrimon nio de conducción adecu la Comunidad. El pro ofesionalismo es el conju unto de elem mentos que m mandan al peersonal a con nducirse y desarrrollar sus labores de acu uerdo con la legislación p pertinente, laas costumbrees y las práctticas sanass y para garaantizar este ccomportamieento se requieren entoncces que los funcionarios vincu ulados tengan n conocimiento sobre lass leyes y regulaciones qu ue rigen asun ntos propios de sus caargos, reglam mentos interrnos, legislacción inmobiliaria, Código del Derecho o Canónico, norm mas de derech ho tributario o, contabilidaad, laboral, e entre otros. nto de esas consideracion nes especiale es o de los procedimientos internos o o de El dessconocimien las po olíticas exterrnas, no justiifican los incumplimiento os, ni por esee hecho se co ondonarían llas sanciones corresp pondientes. A CONDUCTA A MORAL DE LA La conducta moraal de las perssonas vinculaadas a la Pía Sociedad Saalesiana Inspectoría San LLuis Beltráán ha de ser intachable. nal o con perrsonas ajenas a la Entidad, sin distincción de rango o o Las reelaciones entre el person posicción se regiráán por la corttesía, el deco oro, el respeto y el bueno o trato. Debeen ser cortesses, franccas y directass, evitando laa intriga, los comentarioss y actitudes que compro ometan a la Comu unidad o a laas relaciones interperson nales. 3 7
dministración n tendrá la faacultad de vigilar el cump plimiento dee estas normaas y tomará las La ad medidas necesariias para mitigar las situacciones que ccomprometan estos princcipios. na exigencia d de la Entidad d que todo eel personal observe reglas de conductta acogidas p por la Es un PÍA SOCIEDAD SA ALESIANA INSSPECTORÍA SSAN LUIS BELLTRÁN y estará especialm mente prohib bido todass las actividades que tenggan que ver con la particcipación en ju uegos de azaar, tráfico de e drogaas, lavado dee dinero, apu uestas ilegalees, evasión d de impuestoss o cualquierr otra de caráácter criminal. En caso de que existta alguna sosspecha sobre e el incumplimiento por aalgún funcionario de esstas prohibiciones se iniciará una inveestigación, cuyo resultado, en caso de ser positivo, ocasionará la term minación de la relación laaboral. Será norma de co onducta absttenerse de in nducir, acosaar, promoverr, participar, cohonestar en activiidades o insinuaciones seexuales o inm morales con personal vin nculado en caalidad de beneficiario a las distintas obras de la Com munidad u otras relacion nes que pued dan producirr magen de la EEntidad o dee alguno de lo os gremios vvinculados a ella. Toda deterrioro de la im violacción a estas prohibicionees se consideerará como faalta grave y o ocasionará laa terminació ón del contrrato o vinculaación con la Comunidad,, sin perjuicio o de las otras sanciones q que puedan deducirse disciplinaria o penaalmente. mente prohib bido igualmeente participaar, inducir, p procurar, coh honestar, Está tterminantem consu umir, comerccializar, el co onsumo de eestupefacienttes, drogas, narcóticos o bebidas alcoh hólicas dentro de las instaalaciones dee la Comunidad o su vecin ndad. Infringgir esta norm ma, ocasionará de inm mediato la teerminación d del contrato, sin perjuicio o de las otrass sanciones q que puedan deducirsee disciplinaria o penalmeente. DE LA AS RELACION NES INTEPERSSONALES ón u hostigamiento basaado en la edaad, raza, disccapacidad, esstado No see tolerará la discriminació civil, género, tend dencia sexuaal. 3 8
oco será una norma de co onducta gen neralmente aaceptada, aco ompañada d de El resspeto recípro corteesías propias de los más aaltos niveles de cultura yy solidarios co on la ejecuciión de las dispo osiciones y reeglamentos iinternos de la empresa, iincluyendo laa implementtación y la ejecu ución de las m medidas de sseguridad. A RESPONSABILIDAD DE LA ones y proceedimientos een que incurrra el personaal se encuenttran previam mente Todas las actuacio descrritos en los m manuales de procedimien nto de la Enttidad, y en elllos se atenderán las normas y las prrácticas que generalmente se aceptan para asunttos de competencia de consolidación n de estad dos financieros. Cada transacción asentada, que conformaan finalmentte la documeentación de la empresa, No se asentarrá en la contaabilidad, ninguna deberá estar debidamente reespaldada y ssoportada. N expreesión matem mática o patriimonial, sin q que exista ell debido sopo orte, so penaa de conside erarse tal accto como fraudulento. quier falla o iincumplimiento en los prrocedimiento os se debe n notificar inmeediatamente e al Cualq superrior jerárquicco. Si se guarda silencio, se consideraará como constitutivo dee un acto de encubrimiento. n respetando o el concepto o de consisteencia operattiva y no se Las operaciones sse ejecutarán mitirán desviaaciones o mo odificacioness a los proced dimientos esstablecidos yy aprobados. perm mación real y objetiva. La presentación de La traansparencia en las transaacciones requiere inform inform mación incom mpleta o fictticia para com mpletar una transacción constituye u un acto fraud dulento y con nlleva a sanciones económicas y penaales. mación es unaa fuente imp perfecta o errrada si se utiliza para tom mar una decisión La fallta de inform sobree inversioness, y crea una situación arrtificial que n no se compad dece con la rrealidad. 3 9
Igual efecto produce la inform mación no su uministrada, incomprensible, ambigu ua, erróneam mente interp pretada, tard día o deform mada deliberaadamente. A BUENA FE DE LA o jurídico. En general, tod dos los actoss y los contraatos En esste Código prrevalece lo éético sobre lo que sse realicen co on la Entidad d debe garan ntizarse que los mismos sse celebran m manteniendo o la vigen ncia de la ley,, los reglameentos, las san nas prácticass y costumbrres, que asegguren la correcta organ nización, inteegración, eficcacia y transsparencia de las mismas. prohibido a ttodo funcion nario realizarr por sí o inducir a terceros a realizar cualquier accción Está p u omisión que deerive en una perturbación n patrimoniaal para la Enttidad Pía Sociedad Salesiaana. Se le solicita ento onces que actúe con idon neidad y tran nsparencia. APEN NDICE A UYE LAS SIGU UIENTES CATEEGORÍAS: PERSONAL INCLU a)
Todos loss religiosos Salesianos.
Todos aquellos que see encuentren n en proceso o de formació ón en la Insp pectoría San Luis b) Beltráán. c) nas en quien nes se confía la participacción en ejerccicio del cuid dado Todas aquellas person pasto oral, de acuerdo con el caanon 517 seccción 2, del C Código de Deerecho Canó ónico. d) ócesis o comu unidades religiosas que e estén Todos loss clérigos y seeminaristas, de otras dió trabaajando con laa comunidad. e)
Todo religgioso (a) quee trabaje parra la comunid dad.
Todo el p personal doceente, de apo oyo a la formación, admin nistrativo, dee mantenimiiento f) y servvicios generaales que se eencuentre en n las oficinas,, colegios, institutos técn nicos, centro os de 4 0
capaccitación paraa el trabajo yy el desarrollo humano, p parroquias, ccasas de form mación y otraas preseencias de la inspectoría. g) esiana y apreendices que ttengan contacto Todos loss voluntarios, aspirantes a la vida sale nores. continuo con men h)
Cualquierr otro person nal designado por el Insp pector.
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