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Dónde está la Ley de Costas para Puerto Rico?

Por: Nataly Camacho Rodríguez

El Proyecto de Ley 674 del Senado de Puerto Rico (PS674) propone la aprobación de la Ley de Zona Costanera para Puerto Rico. El mismo pretende terminar con infinidad de controversias, pleitos y desacuerdos que se derivan de la falta de criterios uniformes para delimitar o establecer un deslinde de la zona marítimo-terrestre (ZMT). Esta ausencia de criterios uniformes ha desencadenado en un desarrollo desmedido en la ZMT, pone en riesgo la vida y propiedad la ciudadanía y ha estado afectando la salud de los recursos costeros y marinos y el acceso de las personas a los mismos.

El PS674 fue presentado el pasado año 2014 por la Senadora por el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), María de Lourdes Santiago Negrón y quedó radicado en la Oficina de la Comisión de Recursos Naturales del Senado que preside el Senador Cirilo Tirado Rivera. De aprobarse el proyecto, se pondría fin a las diferentes interpretaciones del término “sensibilidad,” refiriéndose a las mareas, en la definición de la ZMT. Esta definición está contenida en la Ley de Muelles y Puertos de Puerto Rico de 1968, cuyos antecedentes se remontan a la Ley Española de Puertos de 1880, la cual fue extendida a Puerto Rico en 1886 por el gobierno español. Esto evidencia la antigüedad de la ley y la necesidad de revisar su contenido. La ley establece que la zona marítimo-terrestre es: “Espacio de las costas o fronteras marinas de la Isla de Puerto Rico y sus islas adyacentes…y que baña el mar en su flujo y reflujo, en donde son sensibles las mareas y las mayores olas en los temporales en donde no lo son. Se extiende también por los márgenes de los ríos hasta el sitio en que sean navegables o se hagan sensibles las mareas. Incluye los terrenos ganados al mar, las accesiones y aterramientos que ocasiona el mismo.”

La ley también indica que son también de dominio público “los terrenos que se unen a la zona marítimo-terrestre por las accesiones y aterramientos que ocasione el mar. Cuando por consecuencia de estas accesiones y por efecto de retirarse al mar, la línea interior que limita la expresada zona avance hacia aquel, los terrenos sobrantes de lo que era antigua zona marítimoterrestre, pasarán a ser propiedad del Estado…” Asimismo, la ley expresa que: “Son de dominio nacional y uso público el mar litoral o bien la zona marítima que ciñe las costas de la Isla y de sus islas adyacentes en toda la anchura determinada por el derecho internacional, con sus ensenadas, radas, bahías y puertos y demás abrigos utilizables para la pesca y navegación.” Es decir, es de dominio nacional toda el área del litoral, incluso las dunas de arena costeras y el fondo marino asociado por los flujos y los intercambios continuos de arena entre la alta playa y la duna de arena litoral y la playa submarina. 1

1 Esta información sobre la zona marítimo-terrestre fue obtenida de la Cartilla de la Zona Marítimo-Terrestre.

Vista aérea de la costa de Vieques.

Se observan construcciones en la costa en la Reserva Natural de La Parguera en Lajas, PR.

Existen además, otros reglamentos que explican lo que es la zona marítimo terrestre y mantienen, básicamente, la misma definición. Estos son: el Reglamento del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) para el Aprovechamiento, Vigilancia, Conservación y Administración de las Aguas Territoriales, los Terrenos Sumergidos bajo estas y la Zona Marítimo-Terrestre; el Reglamento de Zonificación de Puerto Rico; y el Reglamento de Zonificación de la Zona Costanera y de Acceso a Playas y Costas de Puerto Rico; ambos de la Junta de Planificación.

En resumidas cuentas, la ZMT es un área inestable y dinámica, expuesta continuamente a los cambios costeros y a la influencia del oleaje. Es también un bien de dominio público que nos pertenece a todos los puertorriqueños y puertorriqueñas por igual. Sin embargo, no está claramente definido, particularmente en un país en el que no se observan cambios drásticos en las mareas. Esto se presta para que se construya muy cerca del mar a pesar de los riesgos que esto conlleva para la seguridad de la vida y propiedad, para el acceso a las playas y para el bienestar de nuestros ecosistemas marinos y costeros. Al día de hoy, el PS674, que pudiera resolver parte de la controversia acerca de lo que es la ZMT, se encuentra estancado. Para conocer el estado de este proyecto, nos comunicamos con la Licenciada Mariangely Valentín, de la Oficina de la Comisión de Recursos Naturales del Senado. La licenciada indicó que durante el mes de octubre de 2014 se llevó a cabo en la Asamblea Legislativa la lectura del Primer Informe Parcial de sobre la Resolución del Senado 609 (RS609). Dicha resolución solicita que se investigue el cumplimiento de la Orden Ejecutiva del Gobernador Alejandro García Padilla, en la cual le ordena al DRNA realizar un deslinde nacional de la zona marítimo terrestre a fin de promover el desarrollo sostenible de nuestras costas (Núm. OE-2013-019). El informe expone que la investigación se está llevando a cabo en conjunto con el PS674 debido a que ambas medidas comparten el mismo fin último de lograr la aprobación e implantación de una Ley de Costas para la Isla. Además, pudimos constatar en el Portal Oficial de la Oficina de Servicios Legislativos de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico, que el pasado 21 de enero de 2015 se aprobó el primer informe preliminar rendido de la RS609 y el 21 de octubre de 2015, se rindió el Informe Final donde la Comisión de Recursos Naturales del Senado concluye y recomienda que “Es necesario lograr la aprobación final de una Ley de Costas para Puerto Rico” y añade, “A estos fines la Comisión está trabajando con las enmiendas finales al Proyecto del Senado Núm. 674 el cual se presentó con dicho

propósito.” Además dice que aún falta el proceso de enmiendas al Reglamento 4860 del DRNA, titulado “Reglamento para el aprovechamiento, Vigilancia, Conservación y Administración de las Aguas Territoriales, los Terrenos Sumergidos bajo éstas y la Zona Marítimo Terrestre.” Este proceso se encuentra actualmente en etapa de vistas públicas y también se espera que se someta el informe correspondiente del PS674. Recientemente, nos comunicamos también con la Senadora María de Lourdes Santiago y esta indicó que “el PS674 continúa en la Comisión de Recursos Naturales del Senado; no se ha aprobado ni se han celebrado vistas públicas adicionales.” Es importante mencionar que el nuevo deslinde de la ZMT también representa una herramienta para resolver algunos problemas de interpretación de lo que es la zona marítimo-terrestre. Este nuevo deslinde será en adelante, el Sistema de Referencia Oficial de la Zona Marítimo Terrestre (SRO - ZMT). “Algunos elementos positivos de este proyecto de ley [PS674] fueron expresados en la RS609 […]. El propósito del nuevo deslinde es proveer un sistema de evaluación confiable, que permita valorar a la Isla de forma estandarizada y no fragmentada. Para ello, el DRNA desarrolló el Sistema de Referencia Oficial de la Zona Marítimo Terrestre (SRO-ZMT) para Puerto Rico. A través de este Sistema, no tan solo se logra dar confiabilidad a los procesos de agrimensura que se pretendan llevar a cabo en la costa de Puerto Rico sino que le sirve de gran ayuda a proponentes y ciudadanos en los procesos administrativos,” explicó el señor Ernesto Díaz, Director del Programa de Manejo de la Zona Costanera (PMZC) del DRNA. Sobre este tema del PS674 y el informe de la RS609 para el nuevo deslinde de la ZMT dialogamos con Aurelio Mercado Irizarry, Oceanógrafo Físico y Profesor de la Universidad de Puerto Rico. Recinto de Mayagüez (UPRM). Por años, el profesor Mercado-Irizarry ha ofrecido asesoría sobre el tema de la delimitación de la ZMT, esto gracias a sus conocimientos sobre oceanografía física, marejadas ciclónicas, maremotos, mareas, huracanes y erosión costera. “Este asunto de decir si marea sensible o no sensible ha sido el argumento que han utilizado los grandes intereses, los abogados que los representan, políticos y tribunales y han sembrado la duda en la interpretación de lo que se quiere decir con estos términos,” manifestó el oceanógrafo con cierto pesimismo. El profesor Mercado-Irizarry añadió que “es una contradicción que hayan construcciones que para efectos del gobierno estén fuera de la ZMT pero que el oleaje las arrope.” Sobre el proyecto del PMZC, advirtió: “Para mí, lo que va a hacer el DRNA es que va a tirar una línea en base a la geomorfología sin considerar el oleaje y eso no sirve como deslinde; eso va a traer problemas.” Mercado no se opone al desarrollo costero pero insiste en que se respete el límite legal del espacio de la ZMT, un espacio cuya definición ha traído controversias pero que ante los ojos de Ruperto Chaparro Serrano, director del Programa Sea Grant de la

La imagen muestra estructuras constriudas cerca de la orilla del mar en el barrio Caguabo, Añasco, PR.

Universidad de Puerto Rico, no es tan complejo entenderla y ponerla en vigor. “Entender la definición de la ZMT no es ninguna ciencia, todo lo que tiene que hacer el gobierno es decir: tu propiedad empieza hasta donde llegue la ola más alta del huracán o hasta donde llegue la marea alta, lo que sea mayor, pero que se decida a favor del pueblo,” expresó Chaparro. “La Junta de Planificación (JP) es la que se supone que haga el plan de uso de terreno y son los responsables de la falta de planificación que tenemos, otorgando permisos sin importar si es en ZMT o si privatizan una playa y por eso es que aquí hay un desorden en la ZMT donde actualmente se están otorgando permisos para construir en áreas de dominio público y dejando que sean los tribunales los que decidan en lugar de las agencias que cuentan con los técnicos y especialistas capacitados para delimitar esta zona,” agregó Chaparro. Si bien es cierto que hasta el momento ningún partido político en el poder ha resuelto este asunto, ahora el Gobierno de Puerto Rico, especialmente el DRNA y la JP, le compete avalar el PS674 que solicita una Ley de Zona Costanera para Puerto Rico. Este proyecto ofrece una gran oportunidad de demostrar el compromiso que existe de proteger nuestras vidas, propiedades y recursos costeros y marinos. Ya que el proceso del PS674 debe culminar en el año 2015, los ciudadanos interesados o afectados en el asunto de resolver los problemas costeros sobre la delimitación de la ZMT en Puerto Rico podrán formar parte de este proyecto participando de las vistas públicas, sometiendo opiniones, proponiendo cambios y ofreciendo comentarios a través del correo general o de la página electrónica de la Legislatura, o llamando a la Oficina de la Comisión de Recursos Naturales y Ambientales donde está radicado el proyecto para obtener información sobre las fechas de las vistas públicas y del estado del proyecto. La información sobre los procesos que se han llevado a cabo hasta esta fecha relacionados con el PS0674 y la RS609 se encuentra en el portal electrónico http:// www.oslpr.org/v2/. El SRO-ZMT se encuentra disponible a través de: www.drna.gobierno.pr/zmt.

Glosario

1. accesiones - Modo o derecho mediante el cual el propietario de unos bienes tiene el dominio de todo lo que estos bienes produzcan o de todo lo que se incorpore a los mismos ya sea por obra de la naturaleza, por obra del ser humano (artificialmente) o por ambos medios. 2. aterramiento - Incremento de depósito de tierra y de una arena en el fondo de un mar o de una rivera por acarreo voluntario o habitual.

3. bahía - Entrada a un mar, océano o lago, rodeada por tierra excepto por una apertura, que suele ser más ancha que el resto de la penetración en tierra adentro; es decir, una concavidad en la línea costera formada por los movimientos del mar o del lago. 4. dominio público - Dominio de los bienes destinados al uso público (como el mar litoral y sus playas, etc.) y los destinados a algún servicio público (como los edificios públicos, vías de comunicación públicas, etc.). 5. ensenadas - Accidente geográfico costero caracterizado por una entrada circular de agua y una boca estrecha. A veces, se denomina de esta forma a cualquier bahía, pero los geólogos especifican este término porque una ensenada es más pequeña que una bahía.

6. radas - Zona fuera de puerto en la que un barco puede echar anclas. Se trata de un área cerrada con una apertura al mar, más estrecha que una bahía o un golfo. Por su extensión no puede confundirse con un estuario. Se puede crear artificialmente mediante espigones o diques. Las radas naturales ofrecen abrigo frente a las tormentas y se usan frecuentemente como bases navales.

Chaparro, R. (comunicación personal, 17 de octubre de 2014). Departamento de Recursos Naturales y Ambientales de Puerto Rico. (2010). Sistema de referencia oficial para el deslinde de la zona marítimo terrestre. Recuperado de http://drna.gobierno.pr/zmt/ En proceso una medida del Senado para la Ley de Costas. (4 de agosto de 2014). Presencia. Recuperado de http://www.presenciapr.com/en-proceso-una-medida-del-senado-para-la-ley-de-costas/ Lugo, A. Ramos, A. Mercado, A. La Luz, D. Cintrón, G., Márquez, L. Chaparro, R. Fernández, J. Peisch, S. & Rivera, J. (2004). Cartilla de la Zona Marítimo- Terrestre (UPRSG-B-200). Programa Sea Grant de la Universidad de Puerto Rico y Servicio Federal de los Estados Unidos. Mercado, A. (comunicación personal, 17 de octubre de 2014). Mercado-Irizarry. (2005). La innecesaria polémica sobre la zona marítimo terrestre en Puerto Rico. Recuperado de http://coastalhazards.uprm.edu/publications/LA_INECESARIA_POLEMICA_ SOBRE_LA_ZONA_MARITIMO.pdf Oficina de Servicios Legislativos (2014). Recuperado de http://www.oslpr.org/v2/ PRFrogui. (2010). Zona Maritimo Terrestre. Recuperado de http://www.prfrogui.com/geocities/ zonamarit.htm

Santiago, M. d. (comunicación personal, 25 de agosto de 2015). Senado de Puerto Rico. (2014). Ley de Zona Costanera es analizada en el Senado. Recuperado de http://senado.pr.gov/Comunicados%20de%20Prensa%2020132016/Ley%20de%20Zona%20 Costanera%20es%20analizada%20en%20el%20Senado.pdf Valentín, M. (comunicación personal, 5 de noviembre de 2014). Zona costera de Puerto Rico regida por leyes de 1886. (12 de julio de 2011). Primera Hora. Recuperado de http://www.primerahora.com/noticias/puerto-rico/nota/ zonacosteradepuertoricoregidaporleyesde1886-

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